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31jul17


JxSí y la CUP registran la ley del referéndum en el último día antes del cierre del Parlament


JxSí y la CUP han registrado este lunes en el Parlamento catalán la ley para convocar, organizar y celebrar el referéndum del 1 de octubre sobre la independencia de Cataluña. Lo han hecho en el último día hábil de la Cámara, ya que el martes cierra sus puertas y no volverá a abrirlas hasta el miércoles 16 de agosto.

El registro de la ley no tienen consecuencias a efectos prácticos, ya que solo se entiende que la Cámara la empieza a tramitar cuando así lo dice la Mesa del Parlamento catalán, el órgano rector. Y eso no sucederá hasta la próxima reunión del órgano de gobierno que está prevista para el miércoles 16 de agosto. Además, no está claro que en esa reunión se decida tramitar la iniciativa. La Mesa está controlada por JxSí, que tiene cuatro de los siete miembros y hace valer su mayoría, por lo que dominará los tiempos de tramitación de la ley.

Por otra parte, con la reciente reforma del reglamento de la Cámara, si el Tribunal Constitucional no la suspende, los soberanistas podrían aprobar esta ley de forma definitiva en un solo día. Y en el caso de que el TC la suspenda, como es previsible que ocurra este mismo lunes, cuando admita a trámite el recurso presentado por el Gobierno, también podría recurrirse a la vía exprés gracias al artículo 81.3 del Reglamento actualmente vigente, el previo a la reforma, que establece lo siguiente: "El orden del día del Pleno puede ser alterado si este lo acuerda, a propuesta del presidente o a petición de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte de los miembros del Parlamento, y cuando así lo obliga el cumplimiento de una ley. Si debe incluirse un asunto, este debe haber cumplido los trámites reglamentarios que lo permiten, salvo un acuerdo explícito en sentido opuesto, por mayoría absoluta".

Esa mayoría se alcanza con los 72 diputados que suman Junts pel Sí, la CUP y el diputado no adscrito Germà Gordó, lo que permitiría que la ley, que ha sido elaborada en el máximo secreto y que no ha superado esos trámites preceptivos. El Consejo de Garantías Estatutarias, por ejemplo, debería emitir un informe que no es vinculante pero que, a tenor de otros dictámenes recientes, advertiría probablemente de que aprobar por lectura única una norma de relevancia vulnera derechos y también el Estatuto y la Constitución.

En cualquier caso, los tiempos de tramitación tanto de esta ley como la de las tres leyes de desconexión -la de la hacienda catalana, la de la seguridad social y la de transitoriedad jurídica- no son un tema menor, ya que JxSí y la CUP los han diseñado para que el Estado tenga el mínimo margen de reacción para impugnarlas.

El primer pleno ordinario de la legislatura, por otra parte, está previsto para el miércoles 6 de septiembre, pero JxSí y la CUP tienen mayoría para forzar uno extraordinario cuando lo consideren oportuno. Los dos partidos independentistas han acordado dejar la presentación de otra de las leyes soberanistas, la de transitoriedad jurídica, hasta finales del mes de agosto, pese a que anunciaron que lo harían antes de finalizar julio.

JxSí y la CUP se encuentran inmersos en una campaña por todo el territorio catalán para explicar las "garantías" de la ley del referéndum, por lo que consideran que presentar ahora de la de transitoriedad hubiera podido generar confusión entre los ciudadanos, alegan fuentes de JxSí.

La ley del referéndum es la que regula la consulta anunciada para el 1 de octubre, mientras que la ley de transitoriedad es la que certifica la independencia y sienta las bases de la transición del ordenamiento jurídico actual a uno catalán. La elaboración de la ley de transitoriedad ha estado envuelta de un gran secretismo: JxSí y la CUP anunciaron que tenían un acuerdo en diciembre de 2016, pero desde entonces no han desvelado su contenido. El día del acuerdo tan solo desvelaron los varios epígrafes que tiene la ley y que el artículo uno preveía declarar Catalunya como una "República de derecho, democrática y social".

Registro y articulado de la ley

La proposición de ley ha sido registrada en representación de Junts pel Sí (JxSí) por su presidente, Lluís Corominas; la portavoz, Marta Rovira, y el diputado Jordi Orobitg, mientras que por parte de la CUP estaban presentes Gabriela Serra y Benet Salellas.

JxSí y la CUP establecen en la proposición de ley las condiciones y garantías que tiene que tener el referéndum que desean convocar para el 1 de octubre, aunque el texto puede ser modificado. La base legal sobre la que se asienta la nueva ley se refleja en el artículo 2, al afirmar que el pueblo de Cataluña es un "sujeto político soberano" y, como tal, "ejerce el derecho a decidir libre y democráticamente su condición política". La ley establece "un régimen jurídico excepcional" para celebrar el referéndum y se ampara en la legislación internacional, especialmente en sentencias del Tribunal Internacional de La Haya y de la Corte Suprema del Canadá que consideran aplicables en la consulta catalana.

El artículo 3 supone una advertencia ante la previsible suspensión de la ley por parte del Tribunal Constitucional (TC), y destaca que "prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que puedan entrar en conflicto, puesto que regula el ejercicio de un derecho fundamental inalienable del pueblo de Cataluña". También indica, ante posibles querellas u otras acciones judiciales, que la ley ampara "a todas aquellas autoridades, personas y empresas que participen directa o indirectamente" en la preparación y celebración del referéndum.

En el siguiente artículo se especifica que la pregunta del referéndum será: "¿Quiere que Cataluña sea un Estado independiente en forma de república?" y se declara el carácter "vinculante" de la consulta, por lo que no será una simple "movilización" o un proceso participativo como el del 9N.

En la ley se indica que, si en el recuento de votos válidos hay más votos afirmativos que negativos, esto "implica la independencia de Cataluña" por lo que, a tal efecto, el Parlament "dentro de los dos días siguientes a la proclamación de los resultados" celebrará "una sesión ordinaria para efectuar la declaración formal de la independencia de Cataluña, sus efectos y el inicio del proceso constituyente". Por el contrario, si en el recuento hay más votos negativos que afirmativos, esto "implicará la convocatoria inmediata de unas elecciones autonómicas".

El texto prevé que el referéndum se celebre con las condiciones más parecidas posibles a las convocatorias electorales precedentes, pero con algunas excepciones, como por ejemplo la creación de la Sindicatura Electoral como sustitutiva de la Junta Electoral y un censo parecido pero no idéntico al utilizado habitualmente. Con respecto al censo, los grupos proponentes no han detallado sus características, pero sí que indican que para votar "no será necesaria la autorización" del votante para inscribirse, sino que las mesas electorales dispondrán de un censo preestablecido.

Sobre la Sindicatura Electoral, que sustituye a la Junta Electoral como administración, la ley especifica que estará integrada por 5 personas, la mayoría juristas, que serán designadas por el Parlament a propuesta de los grupos. "Todas las autoridades públicas tienen la obligación de colaborar con la Sindicatura", precisa el texto, antes de apuntar que la Generalitat "podrá habilitar locales alternativos" cuando los ayuntamientos no cedan las escuelas u otras dependencias habituales. Además de la Sindicatura Electoral nacional, habrá cuatro Sindicaturas de demarcación territorial, repartidas por secciones electorales y por mesas, y respecto a estas últimas, se prevé que sean elegidas por sorteo entre los electores.

[Fuente: República de las ideas, Agencias, Madrid, 31jul17]

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