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10feb12
Una condena del TS por prevaricación expulsa a Garzón de la carrera judicial
Se acabó la buena estrella de Baltasar Garzón. En el Estado español hay cosas que -como le recuerda en la sentencia el Tribunal Supremo- solo pueden hacerse "excepcionalmente y sin que dicha excepción pueda contagiarse al resto del sistema, en el ámbito personal exclusivo de los supuestos de terrorismo". Entre ellas, intervenir las conversaciones entre acusados presos y sus abogados.
Así que la Sala de lo Penal del Supremo, por unanimidad de sus siete miembros, ha condenado a "D. Baltasar Garzón Real, titular del D.N.I. número 26.182.037-X, nacido en Torres (Jaén) el 26 de octubre de 1.955, hijo de Ildefonso y de María, y con domicilio profesional en Madrid, C/ García Gutiérrez s/n, de profesión Magistrado", a una multa de 2.520 euros y a "once años de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado, con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos". Además, deberá pagar "las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares".
Esto supone que el Consejo General del Poder Judicial le expulsará de la carrera y después convocará su plaza del Juzgado Central de Instrucción número 5, que cubre actualmente Pablo Ruz de forma interina. En cualquier caso, Baltasar Garzón podrá ejercer como abogado y continuar colaborando con foros internacionales.
Acto arbitrario y de ventaja
El Tribunal Supremo considera probado que Baltasar Garzón "acordó la intervención de las comunicaciones de los internos [procesados por la trama de corrupción Gürtel] con todos los letrados" con los que se entrevistaron en prisión; que "lo hizo mediante un acuerdo tan genérico que afectaba, sin excepción alguna, a cualquier letrado defensor, ya designado o que lo fuera en el futuro"; y que "no disponía de dato alguno que indicara que alguno de los letrados, de los que según los hechos probados fueron afectados, estuviera aprovechando el ejercicio de la defensa para cometer nuevos delitos"
En su defensa, Baltasar Garzón alegó que había tratado de proteger el derecho a la defensa de los encarcelados y que los párrafos de las transcripciones de las conversaciones en los que se hablaba de la estrategia de defensa habían sido borrados. Le responde el Tribunal Supremo que habían sido borrados para emplearlos como prueba, pero que él los conoció, lo que da "ventaja al investigador" porque le permite "saber si el imputado ha participado o no en el hecho del que se le acusa, saber si una línea de investigación es acertada o resulta poco útil, saber cuál es la estrategia defensiva, cuáles son las pruebas contrarias a las de cargo, o incluso conocer las impresiones, las necesidades o las preocupaciones del imputado, o los consejos y sugerencias que le hace su letrado defensor".
Según la sentencia, lo que Baltasar Garzón hizo no fue "una interpretación errónea de la ley, sino un acto arbitrario, por carente de razón, que desmantela la configuración constitucional del proceso penal como un proceso justo", lo que le lleva a condenarle por un delito de prevaricación.
Como en regímenes totalitarios
El juez trató de justificar la orden de intervenir las conversaciones entre los implicados en el caso Gürtel y sus abogados aduciendo que podían estar dando continuidad a sus labores delictivas, como el blanqueo de dinero o la ocultación de capitales, para lo que contarían con la colaboración de alguno de los letrados.
Le corrige el Tribunal Supremo diciendo que ordenó la intervención de comunicaciones de forma indiscriminada con todos los abogados, incluidos los que se sumaron después a la causa, lo que convirtió a todos en imputados. Y añaden que lo hizo sin "un razonamiento justificativo" y sin que existieran "ningún indicio de actuación criminal que implicara a los letrados defensores".
La sentencia recuerda a Garzón que "la investigación criminal no justifica por sí misma cualquier clase de actuación" y que "la verdad no puede alcanzarse a cualquier precio".
La condena incluye una apreciación que resulta algo cáustica en este momento, al acusar a Baltasar Garzón de "prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos".
El abogado de Baltasar Garzón en esta causa, Francisco Baena Bocanegra, aseguró que su cliente está "dolido y abatido", aunque anunció que "se pondrá en pie" y, si no hay contraorden, "recurrirá ante el Tribunal Constitucional porque se han vulnerado sus derechos".
[Fuente: Gara, Donostia, 10feb12]
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