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11may17


Rato y Acebes, procesados por la salida a Bolsa de Bankia y el Banco de España, exculpado


El juez Fernando Andreu ha dictado un auto en el que da por concluida la instrucción del caso Bankia, que investiga su salida a Bolsa, y coloca más cerca que nunca del banquillo de los acusados a la antigua cúpula de la entidad pero exonera al Banco de España y a la CNMV, que eran los que tenían la responsabilidad de supervisar esa operación. Rodrigo Rato, Ángel Acebes, Arturo Fernández, José Luis Olivas y el 'compiyogui', Javier López Madrid, forman parte de la lista de 34 nombres procesados por el magistrado.

Lo que ha hecho el juez es transformar las diligencias en procedimiento abreviado para proceder contra 34 personas físicas y jurídicas. Entre ellas, también están la propia Bankia, la entidad matriz Banco Financiero y de Ahorros, S.A. (BFA), el ex consejero delegado, Francisco Verdú, el consejero José Manuel Fernández Norniella y los vocales, administradores y consejeros de la entidad en los años 2010 y 2011. A todos ellos se les imputa los delitos de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios de esos años y delito de fraude de inversores por la inclusión de datos falsos en el folleto informativo para la salida a Bolsa de la entidad financiera.

El juez procede también contra el auditor externo de Deloitte Francisco Celma, por los dos informes favorables que elaboró sobre los estados financieros de Bankia, durante los meses de la salida a Bolsa de la entidad. Respecto a Deloitte, como persona jurídica, el magistrado acuerda el sobreseimiento y archivo al entender que cumplió con el sistema de control de calidad y que según la Ley, es una Sociedad Profesional, donde sus socios, como Francisco Celma, disponen de autonomía respecto de la firma o sociedad a la que pertenecen. Deloitte continuará en la causa como responsable civil.

En el mismo auto de transformación a procedimiento abreviado Andreu acuerda el sobreseimiento y archivo para 2 consejeros de Bankia que no intervinieron en las reuniones del Consejo de Administración en las que se adoptaron los acuerdos objeto de la presente causa y también archiva las actuaciones respecto a los directivos de la CNMV y del Banco de España, cuya imputación había solicitado la acusación popular. Quedan fuera de la causa, entre otros, el exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y el exvicepresidente Javier Aríztegui.

A partir de ahora el Ministerio Fiscal y las 44 acusaciones particulares y populares personadas disponen de un mes para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. Contra el auto se puede interponer recurso de reforma ante el propio instructor o directamente recurso de apelación ante la Sala de lo Penal.

"Cuentas maquilladas" para ocultar la verdadera situación de Bankia

En su auto, de 253 folios, el juez resume los 5 años de investigación penal y da especial trascendencia a los informes periciales recabados, que le permiten concluir que los estados financieros individuales y consolidados de BFA a 31 de diciembre de 2010 y a 31 de diciembre de 2011, así como las cuentas anuales de Bankia de 2011 no reflejaban la imagen fiel de la situación económica de la entidad. Por ello, concluye que los administradores de BFA y Bankia, "aprobaron unas cuentas maquilladas sobre la verdadera situación de las entidades que administraban, que no reflejaban la imagen fiel de las mismas, de manera que no mostraban la verdadera situación económica de la Entidad con el consiguiente perjuicio tanto para los que posteriormente suscribieron acciones de la mercantil cotizada, como para el Estado".

Andreu cita sentencias del Tribunal Supremo que destacan que este tipo de infracciones cobran especial singularidad cuando perjudican la economía nacional, "como la que nos ocupa en el presente procedimiento, cuya repercusión en la economía nacional, es de tal intensidad que, sus crisis, pueden afectar seriamente a la estabilidad económica del sistema". Y, en consecuencia, argumenta que debe procederse contra los miembros del Consejo de Administración que adoptaron las decisiones.

El falseamiento de las cuentas y de la situación financiera de Bankia tuvo un especial reflejo en el folleto con el que se promocionó la salida a Bolsa de la entidad que arrastró a los inversores víctimas de un delito de fraude ya que, según el juez, no sólo se produjo una falsa información al inversor, "sino que se habría llegado a producir el resultado lesivo para este último, dado que tal y como obra en autos, mediante la Oferta Pública de suscripción, se llegó a producir un perjuicio para los nuevos accionistas, quienes basaron su inversión en una información y unos datos que resultaron ser falsos".

Por ese reflejo "irreal" de la situación de Bankia que mostraba el folleto informativo, el juez imputa el delito de fraude de inversores a Bankia y BFA S.A. como personas jurídicas y a Rato, Verdú, Olivas y Fernández Norniella en tanto que participaron el 15 de junio de 2011 en la reunión del Consejo de Administración de Bankia que aprobó la inclusión de esa información en el folleto. El mismo delito se imputa también al auditor externo como cooperador necesario.

No se castiga el error, sino la falsedad y el fraude

Por lo que se refiere a los exonerados, el juez explica que la labor de la CNMV era la de adoptar las medidas necesarias legalmente establecidas para la protección de los inversores y no parece razonable- señala Andreu- exigirle que constatara por sus propios medios que los estados financieros incluidos en el folleto y avalados por el auditor representasen la imagen fiel de la entidad. Respecto al Banco de España, el juez reitera que no fue decisión suya la salida a Bolsa, aunque no se opusiera a ella y que no ha participado en la ficción de aparentar solvencia donde no la había. Es decir, el juez recuerda que la conducta que se persigue es la de falsear los estados financieros y no el hecho de acordar, o autorizar, que una determinada Sociedad realizara una Oferta Pública de Suscripción de Acciones con el fin de salir a Bolsa. No se castiga la incorrecta o errónea decisión de salir a Bolsa, cuestión que según Andreu, "podría ser objeto de examen y de exigencia de responsabilidad en otro foros, más no en éste, al carecer de relevancia penal".

En definitiva, lo que el juez considera punible en el caso Bankia son las conductas de los tipos penales que atribuye a los procesados, falsedad y fraude. De ahí que deje fuera a la CNMV y al Banco de España responsables, según señala, de una decisión perfectamente legítima "y que no por lo errónea que finalmente hubiera podido ser, deba ser objeto de una investigación en sede penal". Recuerda en este punto que en este procedimiento "no se investiga si la decisión de salida al parqué de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba el inspector del Banco de España, D. José Antonio Casaus, errónea".

Casaus era el jefe de los inspectores destinados en la entidad y autor de los correos que alertaban de su inviabilidad, y en su declaración en el juicio, se reafirmó y añadió frases lapidarias: "Bankia estaba muerta"; "Bankia era el banco malo, solo que BFA era el banco peor". Los cuatro correos, que el juez de la Audiencia Nacional calificó en su día como "demoledores", fueron aportados por Casaus al juzgado central de instrucción número 4 el pasado mes de octubre después de que Andreu le tomara declaración como testigo. Durante su comparecencia ante el juez en septiembre de 2016, Casaus reveló la existencia de los citados mails, dos en el mes de abril (8 y 14) y otros dos en el mes de mayo de 2011 (10 y 16).

A modo de ejemplo, en uno de ellos se dicen cosas como "no es viable a medio plazo una estructura como la de BFA con un pasivo de 21.000 millones de euros (…) al que hacer frente básicamente con unas acciones valoradas en el mercado en 9.000 millones de euros. (…) los ingresos serán menores que los costes por mucha cuenta de resultados que pinten con beneficio. (…) Pero además de no ser viable económicamente tampoco lo es financieramente (…). En otro, se afirma que "(la única solución es la compra del grupo por un banco ajeno) con capacidad suficiente como para convencer al mercado de que puede afrontar los CIENTO VEINTE MIL MILLONES DE EUROS de financiación mayorista (…) esta sería la solución definitiva y la óptima, pues no perdería nadie: ni el contribuyente ni los acreedores. Y creo que es posible. Otra cosa es que los políticos que gestionan Bankia no quieran explorar esa vía para no perder sus poltronas ni su herramienta de financiación".

El juez concluye que después de haber tomado declaración a los responsables de ambas entidades supervisoras, "no se ha acreditado, ni siquiera de forma indiciaria, que hubieran tenido una participación en la formulación y aprobación de las cuentas que se incorporaron al folleto informativo que Bankia presentó a la CNMV para su salida a Bolsa".

Esta es la lista de los 34 procesados por el 'caso Bankia':

  • Banco Financiero y de Ahorros, S.A.
  • Bankia, S.A.
  • Rodrigo Rato Figaredo
  • José Luis Olivas Martínez
  • Pedro Bedia Pérez
  • Arturo Fernández Álvarez
  • José Manuel Fernández Norniella
  • Rafael Ferrando Giner
  • José Rafael García-Fuster y González Alegre
  • Jorge Gómez Moreno
  • Agustín González González
  • Francisco Javier López Madrid
  • José Antonio Moral Santín
  • Remigio Pellicer Segarra
  • Mercedes Rojo Izquierdo
  • Ricardo Romero de Tejada y Picatoste
  • José Manuel Serra Peris
  • Juan Manuel Suárez del Toro Rivero
  • Antonio Tirado Jiménez
  • Ángel Daniel Villanueva Pareja
  • Francisco Verdú Pons
  • Alberto Ibáñez González
  • Araceli Mora Enguidanos
  • Francisco Juan Ros
  • Francisco Pons Alcoy
  • Ángel Acebes Paniagua
  • Francisco Baquero Noriega
  • Jesús Pedroche Nieto
  • José María de la Riva Amez
  • Estanislao Rodríguez Ponga y Salamanca
  • Sergio Durá Mañas
  • Miguel Ángel Soria Navarro
  • Ildefonso Sánchez Barcoj
  • Francisco Celma Sánchez
[Fuente: Por Pilar Gassent, República de las ideas, Madrid, 11may17]

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