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01sep04


Difícil anulación de sentencias sin cambio legal.


La revisión de sentencias de condena a muerte dictadas durante el franquismo ha tropezado hasta ahora con el escollo insalvable de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo y, en ocasiones, del Tribunal Constitucional. Una situación difícil de modificar, a menos que la anunciada Ley de Solidaridad que pretende impulsar el Gobierno abra nuevos cauces.

Desde la oposición, los socialistas habían reclamado la anulación de todos los juicios sumarios instruidos durante el franquismo contra políticos opositores, rechazada por el PP. Ahora, el Gobierno ha creado una llamada Comisión de la Memoria que dirigirá la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, que aún no ha empezado sus trabajos.

Hasta este momento, el recurso de revisión que llegó más lejos fue el presentado por la viuda del dirigente comunista Julián Grimau. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo rechazó por siete votos contra uno, el de su entonces presidente, José Jiménez Villarejo, revisar la sentencia y alegó que ese recurso debía haberse planteado ante el Tribunal Constitucional en los 20 días hábiles siguientes a su formación en julio de 1980.

El propio TC rechazó otorgar el amparo a las familias de los últimos fusilados durante el franquismo. En su decisión, adoptada el pasado mes de mayo, lamentaba no conceder el amparo, pero añadía que la demanda se presentó 22 años después y que Ğla dura realidad de la Historia no puede soslayarse en lo jurídico con procesos de revisión indefinidağ.

Recientemente, la Sala de lo Militar del Supremo rechazó también revisar 74 sentencias de condenas a muerte dictadas por los tribunales durante el franquismo en Cataluña y Valencia. Se basaba en que no había nuevas pruebas que demuestren que se cometió un error en el fallo determinado por la desatención de las que fueron presentadas en el momento de dictar sentencia.

[Fuente: La Razón, Madrid, Esp, 01sep04]

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