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1 y 2feb02
Veredicto del Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la deuda.
Porto Alegre, Rio Grande do Sul, Brasil - 1 y 2 de febrero de 2002
Por iniciativa de la red internacional Jubileo Sur, junto con la Campaña Jubileu Sul Brasil, la Asociación Americana de Juristas, el Comité por la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo, Kairos- Canadá, Jubilee USA Network, Alianza de los Pueblos del Sur Acreedores de la Deuda Ecológica, Ustawi y la Marcha Mundial de Mujeres, entre tantas otras, se reunió, en Porto Alegre, Rio Grande do Sul, Brasil, como parte del II Foro Social Mundial, el Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la Deuda.
Promovido por los Movimientos sociales, Iglesias, Sindicatos, Organizaciones profesionales, Ongs, organizaciones feministas, partidos políticos y personalidades de destaque que constituyen Jubileo Sur en 45 países de América Latina, el Caribe, África, Asia y el Pacífico, y con el apoyo de aliados del Norte, el Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la Deuda se reunió con el objetivo primero de determinar y juzgar la responsabilidad de los Bancos y Corporaciones transnacionales, los Gobiernos de Norte, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y otras instituciones financieras internacionales por el delito de endeudar ilegítimamente a los países y pueblos del Sur, generando un alto costo de vidas humanas y la destrucción de la capacidad productiva y la calidad de vida de los pueblos, con el aumento de la pobreza, la mortalidad infantil, la exclusión social y los graves daños económicos y al medio ambiente. Además de evidenciar la ilegitimidad de la deuda, identificar los principales responsables y sus respectivos papeles, el Tribunal asumió el objetivo de proponer vías alternativas de repudio y anulación de la deuda.
Este es un Tribunal de opinión, no una corte de justicia. Sin embargo, respeta una argumentación y documentación rigurosas, apoyado en la diversidad de las tradiciones judiciales y éticas. A partir de una acusación basada en un amplio material documentado y de testimonios presentados por hombres y mujeres de pueblos de todo el Sur, en tres sesiones, el Jurado Popular, formado por representantes sociales de diferentes países, llegó al siguiente
Veredicto:
CONSIDERANDO
1. QUE según estudios y datos la deuda de los países del Sur ya fue paga con creces, y por eso, además de ser impagable, es ilegítima, injusta e inmoral.
2. QUE la deuda externa, además de un problema económico, es un problema ético, político, social, histórico y ecológico, abarca responsabilidades de distintos niveles y exige una acción inmediata.
3. QUE el pago de los servicios de la deuda externa significa una transferencia neta de recursos del Sur hacia el Norte. En 1998, los 41 países más pobres y más endeudados transfirieron al Norte 1.680 millones de dólares más de los que recibieron. En el mismo año, el conjunto de los países del Tercer Mundo engrosaron las arcas públicas y privadas de los países más industrializados con 114.600 millones de dólares.
4. QUE los pueblos del Sur han transferido para el Norte, de 1981 hasta el año 2000, 3.450 mil millones de dólares, lo que corresponde a seis veces lo que debían en 1981 (567 mil millones) y todavía deben 2 millones de millones de dólares.
5. QUE la política de corte neoliberal provoca un crecimiento exponencial de la deuda externa que impide políticas sociales y compromete gravemente la soberanía política de los países del Sur.
6. QUE la decisión unilateral de los EE.UU. en el fin de los años 70 de aumentar la tasa de intereses del nivel histórico de 4 a 6 por ciento a más de 20 por ciento en pocos meses, significó una traición de la buena fe de contratos y, además de haber forzado a los países deudores a tomar préstamos para pagar los intereses, ocasionó un pago extra que significó una pérdida de US$ 106 mil millones para América Latina.
7. QUE hay un vínculo entre la deuda externa, el excesivo endeudamiento público interno y la búsqueda de capital externo de corto plazo, sometiendo los países de Sur a una política de altísimas tasas de interés.
8. QUE los gobiernos de los países de Sur, por concebir el sistema financiero como un fin absoluto, sacrificaron la parte del presupuesto dedicado a gastos de políticas sociales y de dinamización de la misma economía interna para mantener al día el pago de las deudas financieras, teniendo como resultado el abandono de la salud, de la educación, de las políticas de empleo, de vivienda popular, de demarcación y garantía de las tierras de los pueblos indígenas y de sus condiciones de supervivencia como pueblos, de valorización de los ancianos y de los niños, de realización de reforma agraria, de conservación y recuperación del medio ambiente.
9. QUE las políticas económicas y de ajuste del FMI se mostraron desastrosas para los países que se sometieran a ellas y sirven para aumentar todavía más la deuda externa y los otros pasivos externos de esos países, forzando una moratoria sin fin de las deudas sociales y ambientales, de las que son acreedores los niños y niñas, los pueblos indígenas, las mujeres y hombres trabajadores de campo y de la ciudad, los negros y negras y la naturaleza.
10. QUE el endeudamiento de esos países fue constituido por gobiernos dictatoriales, y por eso ilegítimos y antipopulares, y que los acreedores, además de haber sido cómplices, tenían conciencia de los riesgos que implicaba esos préstamos.
11. QUE la expansión de la deuda está relacionada con las elites de los países del Sur que, en toda la historia y actualmente, han sido complacientes con las instituciones financieras del exterior, tanto privadas y oficiales como también multilaterales.
12. QUE los países del Norte tienen con el Sur una deuda ecológica por el histórico saqueo de sus recursos, por la apropiación intelectual de los conocimientos ancestrales, por el uso y degradación de las mejores tierras, agua y aire para proyectos de exportación que amenazan la soberanía alimentaria, producción de desechos tóxicos que ponen en riesgo la supervivencia de los pueblos.
13. QUE la deuda externa constituye una violación permanente sobre los derechos económicos, sociales y culturales establecidos por las NN.UU. en 1966, que exige el reconocimiento de cada nación a la autodeterminación, al desarrollo económico así como también a la libre disposición de sus riquezas y recursos naturales, y además que en ningún caso podrá un pueblo ser privado de sus propios medios de subsistencia.
Los integrantes del jurado del Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la Deuda deciden, por unanimidad:
1. La Deuda Externa de los Países del Sur, por haber sido constituida fuera de los marcos legales nacionales e internacionales, y sin consulta a la sociedad, por haber favorecido casi exclusivamente las elites en detrimento de la mayoría de la población, y por herir la soberanía nacional, es ilegítima, injusta e insustentable ética, jurídica y políticamente.
2. Los acusados, Bancos y corporaciones transnacionales, Gobiernos del Norte, Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, otras instituciones financieras internacionales y sus colaboradores en el Sur, son autores, coautores, cómplices o encubridores de los siguientes delitos y crímenes cometidos:
- a. captar parasitariamente el patrimonio natural y demás recursos del Sur para satisfacer el pago de la Deuda Externa, instrumento político, ideológico y económico de explotación sobre nuestros pueblos;
- b. mantener y favorecer el intercambio desigual que contribuyó al aumento de la Deuda Externa, contribuyendo al aumento de la extracción y producción de materia prima vendida a precios muy bajos y a su vez la importación de productos industrializados comprados a precios sumamente elevados, intercambio desigual que se vio favorecido por los subsidios que los países ricos mantienen;
- c. cobrar intereses usurarios que hicieron que la Deuda Externa aumentara de manera exponencial, en lugar de disminuir, a pesar del flujo de pagos por parte de los países del Sur;
- d. realizar operaciones fraudulentas entre los grandes bancos transnacionales y empresarios de países del Sur, simulando deudas inexistentes, a través de mecanismos especulativos que en lugar de favorecer la producción, sirvieron para el enriquecimiento de pocos pues esas deudas simuladas fueron nacionalizadas;
- e. aplicar las políticas de ajuste estructural y otras políticas económicas que obligan a nuestros Estados a procesos de privatización de los recursos naturales y servicios esenciales y a destinar el dinero que debe ser invertido en obras sociales, o reactivación económica, al pago de la deuda;
- f. apoyar a regímenes dictatoriales o criminales a través de préstamos que los sostienen y enriquecer ilícitamente a los dictadores, a pesar del rechazo de los pueblos oprimidos y la sanción por parte de organismos de las Naciones Unidas o de derechos humanos;
- g. aplicar en forma perversa los recursos de las deudas contraídas, destinándolos a enriquecer a los gobernantes, a favorecer gastos suntuarios y depositarlos en bancos extranjeros, en lugar de destinarlos a obras sociales;
- h. forzar la imposición de programas de integración económica que se caracterizan por favorecer uacute;nicamente los intereses de las empresas transnacionales de los países industrializados del Norte y por violar a los derechos fundamentales y colectivos de los pueblos;
- i. imponer condiciones políticas y económicas recesivas en los países deudores para consentir la renegociación de la deuda;
- j. seguir cobrando una deuda que ya se ha pagado con creces, es decir cometiendo el delito de estafa;
- k. violar el Derecho Internacional y sus normas y cuerpos legales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio 169 de la OIT sobre los pueblos indígenas, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, el derecho a la autodeterminación de los Pueblos, entre muchos otros, y las leyes nacionales;
- l. fomentar y manejar un complot internacional entre los acusados para saquear y expoliar a los pueblos del Tercer Mundo, para lo cual han cometido sistemáticamente los crímenes anteriormente mencionados;
- m. cometer el crimen de genocidio y crímenes contra la humanidad.
El jurado solicita al Tribunal que dicte la sentencia condenando a los acusados por la comisión de todos o algunos de los delitos y crímenes cometidos y mencionados en este veredicto. Solicita además que declare a la DEUDA EXTERNA como inexistente, y por eso extinta, por ser odiosa, infame, ilegal, usurera, injusta, fraudulenta, ilegítima y causante de la pérdida de soberanía nacional y de la calidad de vida de la mayoría de la población del Sur.
A la vez solicita al Tribunal que acepte las siguientes recomendaciones:
- - Hacer un llamado a la unión de todos los ciudadanos presentes en este foro, a los pueblos del Sur y a aquellos ciudadanos de los países del Norte solidarios con las causas de los pueblos a realizar campaña para asegurar la cancelación y el repudio de la Deuda Externa.
- - Iniciar procesos soberanos de auditorias independientes de las deudas externas en nuestros países a fin de hacer una verificación contable y jurídica y establecer si existe aún una deuda a pagar, así como a establecer procedimientos participativos y democráticos de control sobre el endeudamiento.
- - Pedir a los Parlamentos de los países endeudados que investiguen el manejo que hicieron los responsables por generar la deuda y hacerlos legalmente responsables ante la justicia.
- - Exigir la restitución de las riquezas extraídas del Sur así como el pago por los daños causados por la misma.
- - Demandar la devolución a los pueblos de las riquezas ilegítimamente habidas por las dictaduras,los gobiernos corruptos y las empresas transnacionales cómplices de estos hechos.
- - Sostener campañas por la dignidad y soberanía a fin de no permitir acuerdos económicos multilaterales o bilaterales que atenten contra el bienestar de los pueblos, incluyendo los acuerdos con el FMI o con Instituciones Financieras Internacionales.
- - Proponer a los gobiernos la unión a favor de esta causa común y hacer lo necesario al fin de que solicite a la Corte Internacional de la Haya una opinión consultiva sobre la ilegitimidad de la deuda externa, y suspender todos los pagos de intereses de la Deuda.
- - Proponer a los gobiernos que esos intereses sean utilizados exclusivamente en programas para el desarrollo sustentable para la vida de los pueblos.
- - Acompañar los procesos locales y nacionales, que buscan la creación de sociedades sustentables desde el punto de vista económico, alimenticio, energético, ambiental, equitativo e igualitario.
- - Apoyar la campaña por el reclamo de la Deuda Ecológica, que es la responsabilidad y obligación que tienen los estados del Norte, las corporaciones transnacionales, la banca multilateral y otras instituciones financieras privadas por la destrucción ambiental en el Sur.
- - Entregar las conclusiones de este Tribunal a los principales acusados y pedirles que responden a ellas en un tiempo determinado.
- - Acompañar los procesos legales que sigan a este veredicto por parte de los demandantes a los acusados plenamente identificados, declarados culpables por este tribunal, para evitar que estos crímenes cometidos queden en la impunidad. Denunciar a los gobiernos corruptos que han permitido el saqueo de sus pueblos.
- - Constituir una comisión global sobre la deuda con el mandato de investigar e identificar a los responsables de perpetuar la deuda ilegitima e impulsar iniciativas que los lleven ante la justicia.
- - Notificar a las Naciones Unidas y a los cuerpos internacionales y regionales exigiendo la consideración de la elaboración de instrumentos para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos universales por encima de todo reclamo en materia de servicio de la deuda.
El Jurado eleva al Tribunal el presente Veredicto, buscando justicia para los pueblos del Sur y toda la humanidad. Este es un paso en una larga marcha. Esta es nuestra decisión. Que se publique y se difunda.
Porto Alegre, Río Grande do Sul, Brasil, 2 de febrero de 2002
Miembros del Jurado:
Adolfo Pérez Esquivel (Premio Nobel de la Paz, ARGENTINA); Dennis Brutus (Poeta, SUDÁFRICA); Pedro Ross (Central de Trabajadores de CUBA); Yvonn Yanez (Alianza de los Pueblos del Sur Acreedores de la Deuda Ecológica, ECUADOR); Rosemary Nyerere (Miembro de Parlamento, TANZANIA); Marie Frantz Joachim (Marcha Mundial de las Mujeres,HAITI); Samba Tembile (Campamento Internacional de la Juventud, MALI); Rogate Mshana (Consejo Mundial de Iglesias, TANZANIA); Sekou Diarra (Jubile 2000, MALI); Shelly Emalyn Rao (Consejo de Investigaciones Económicas y Sociales, FIDJI).
DDHH en Argentina
Este documento ha sido publicado el 28feb02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights