EQUIPO NIZKOR |
|
16feb05
La empresa insiste en que no tenía a su cargo la seguridad pública.
La portavoz de la compañía aérea Southern Winds, Encarnación Ezcurra, insistió esta mañana con que la responsabilidad de la seguridad pública en el aeropuerto de Ezeiza es de la Policía Aeronáutica (PAN).
“Nosotros no tenemos problemas en asignar las responsabilidades, somos denunciantes, pero eso es responsabilidad de la Policía Aérea, una empresa privada no puede estar a cargo de la seguridad pública”, dijo la mujer.
En una entrevista con Radio Mitre, Ezcurra afirmó que se debe investigar por qué no se guardaron las filmaciones del día del embarque de las valijas (con droga), el 16 de setiembre pasado. Según señaló, “no pasaron 30 días desde que Southern Winds denunció el caso" hasta que PAN tomó intervención en la investigación.
Para la portavoz, ese dato no es menor. Ocurre que la Policía Aeronáutica alegó que las filmaciones "se pisan" y auto-borran de los servidores cada 30 o 35 días. Y explicaron que cuando se enteraron de la denuncia, ya había pasado ese lapso de tiempo y por eso las imágenes no se habían conservado.
Por otra parte, la mujer relató que Southern Winds, empresa para la que trabajaban tres acusados por el contrabando de 60 kilos de cocaína a España, "fue denunciante en la causa y aportó todo al juez", Carlos Liporace.
Escurra reconoció que fueron empleados de la empresa (en referencia a los tres acusados del caso) quienes “violaron leyes y procedimientos internos" que permitieron el contrabando de la droga.
En tanto, el juez Liporace consideró que investigará “si la PAN hacía un control complementario, o no hacía ninguno” y en caso de que no haya controlado “por qué no lo hizo".
En este sentido, el juez insistió con que no se puede descartar la participación de personal de Policía Aeronaútica en el caso. "No podemos descartar nada, pero esto no significa que la fuerza, como tal, sea responsable del hecho. Será investigada la connivencia de personal aeronaútico", agregó.
[Fuente: Clarin, Bs As, Arg, 16feb05]
This document has been published on 28Mar05 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |