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16feb18


Sentencia en la que se ordena investigar a Álvaro Uribe por manipulación de testigos en el caso Cepeda


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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Penal
Sala de Instrucción n.º 2

JOSÉ LUIS BARCELO CAMACHO
Magistrado ponente

SP245-2018
Radicación n.° 38451
Acta n.° 50

Bogotá, D.C., dieciséis (16) febrero de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Se pronuncia la Sala de instrucción respecto a las solicitudes del defensor del Senador IVÁN CEPEDA CASTRO, de proferir auto inhibitorio, y del apoderado del también Senador Álvaro Uribe Vélez, para abrir investigación.

ANTECEDENTES

1. En febrero de 2012, el doctor Álvaro Uribe Vélez denunció -a través de apoderado- al congresista IVÁN CEPEDA CASTRO, porque como miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes, el 19 de agosto y el 11 de septiembre de 2011, entrevistó a los internos Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, en las cárceles de Itagüí y Cómbita, respectivamente. Luego, en las ediciones del 7 y 21 del mismo mes y año, el periódico El Espectador publicó la información periodística tituladas, en su orden, "Cepeda entrega a la Fiscalía declaración que compromete a Uribe con 'paras"' y "Cepeda muestra video que acusa a Uribe", en las que de manera calumniosa lo señaló de participar en la comisión de varios delitos ejecutados por los paramilitares mientras él (Uribe) fue gobernador de Antioquia, denunciándolo ante la Fiscalía General de la Nación, aportando como pruebas los testimonios falsos de Sierra y Monsalve.

Tales hechos, a juicio del denunciante, tipifican el delito de abuso de la función pública, porque para escuchar los testimonios de los citados internos "falsamente se valió de sus funciones parlamentarias", pues buscar en las cárceles del país "declaraciones en donde implicaran al ex presidente URIBE y su hermano SANTIAGO, [...] con el único fin de hacerles daño" no corresponde a lo dispuesto en la Ley 5.a de 1992, en cuanto a las funciones judicial, legislativa, de control político, electoral, o de protocolo señaladas para los congresistas.

Asimismo, afirmó el denunciante, que al solicitarle a la Fiscalía General de la Nación iniciar investigaciones penales en contra del ex Presidente Uribe y su hermano Santiago, con base en los testimonios "falsos" de Sierra y Monsalve, utilizó medios fraudulentos para inducir en error, a la justicia, lo cual tipifica el delito de fraude procesal.

El Congresista incurrió, también, en el delito de calumnia agravada, porque, en las columnas escritas para el Diario El Espectador calificó de verdaderas las "falsas imputaciones" de los citados exparamilitares y afirmó, con base en ello, que el ex Presidente Álvaro Uribe Vélez tenía vínculos con grupos armados ilegales, relacionándolo directamente con varios delitos de lesa humanidad cometidos por ellos, es decir, "lo acusó falsamente por lo menos de: concierto para delinquir, art. 340 del C.P., terrorismo, art. 343 del C.P., secuestro, arts. 168 y ss del C.P., homicidio, arts. 103 y ss. del CP. y todo aquel imputable a los grupos paramilitares".

En la página Web del periódico El Tiempo, en la columna titulada "La cuna del Bloque Metro", escribió el Senador CEPEDA:

"(...)

Uno de los pasajes esenciales de esta historia, aún en construcción, que encumbra más la responsabilidad de la parainstitucionalidad, lo constituye el caso de Álvaro Uribe Vélez en el período en que fue gobernador, entre 1.995 y 1.997.

"Como es conocido de la opinión, en los últimos meses recibí los testimonios de los dos exparamilitares. El primero, Pablo Hernán Sierra García, alias 'Alberto Guerrero', ex comandante del bloque paramilitar Cacique Pipintá, recluido en la cárcel de Itagüí, y el segundo, Juan Guillermo Monsalve, alias 'Guacharaco', recluido en la cárcel de Cómbita. Por las gravísimas acusaciones que contra Uribe contienen los videos de ambos relatos, los remití de manera inmediata a la Fiscalía General de la Nación.

"Sierra afirma que el Bloque Metro de las AUC lo fundaron Álvaro Uribe y su hermano Santiago, en compañía del ganadero Santiago Gallón Henao -condenado por paramilitarismo y quien compró en algún momento parte de la hacienda Guacharacas-, así como de los hermanos Luis Alberto y Juan. Guillermo Villegas Uribe, también ganaderos y propietarios de numerosas fincas en el área de San Roque, en Antioquia.

"Según Sierra, el grupo criminal se creó inicialmente para enfrentar a alias 'Juan Pablo', comandante del bloque Bernardo López Arroyave, del ELN, quien. Había asaltado la hacienda Guacharacas, de propiedad de los Uribe Vélez, quemando su casa principal y robado cerca de seiscientas reces y varios caballos y mulares de paso fino.

"En desarrollo de este propósito y el de recuperar el ganado robado, y con el apoyo de la convivir El Cóndor, que presidía Luis Alberto Villegas -afirma Sierra-, los Uribe Vélez ordenaron dos masacres y asesinatos que ejecutaron los miembros del grupo paramilitar que usó como base la propia hacienda Guacharacas.

"El testimonio de Monsalve, el otro exparamilitar encarcelado, hijo del administrador de la hacienda Guacharacas para la época y trabajador de la misma, no solo ratifica lo afirmado por Sierra sobre los personajes que crearon y financiaron el Bloque Metro, sino que abundan en detalles de los hechos, como el crimen de carniceros de la región que habían comprado algunas de las reses robadas, la conformación de un cartel de la gasolina por Luis Alberto Villegas y la protección del gobernador Uribe al negocio del narcotráfico que practicaba la estructura paramilitar nacida en su predio.

"Dado que los hechos denunciados por estos paramilitares ocurrieron antes de que Uribe fuera elegido presidente, corresponde a la Fiscalía General asumir las investigaciones que deben esclarecer los sucesos que, tal vez, constituyen la más alta fase de la criminalidad paramilitar.

"Tales denuncias requieren una pronta y eficiente investigación, proteger a los testigos y a sus familias, que denuncian crecientes amenazas contra ellos. Ese es el enorme reto que tiene hoy la administración de justicia en Colombia.

"No cesan los voceros de Uribe de intentar deslegitimar las decisiones que inexorablemente viene asumiendo la justicia colombiana en el esclarecimiento de casos como los aquí planteados. Sus herramientas, las calumnias y los falsos sofismas no lograran detener la verdad". |1|

2. Acreditada la calidad foral, |2| el 2 de marzo del mismo año esta Sala ordenó el inicio de una investigación previa, dentro de la cual se llevó a cabo una ardua y dispendiosa actividad probatoria, de oficio y a solicitud de las partes, principalmente la representación de los intereses del denunciante, la cual se esforzó con vehemencia por demostrar que el Senador IVÁN CEPEDA dirige un cartel de falsos testigos en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago, propósito para el que también acudió a otros internos ofreciéndoles beneficios jurídicos, económicos, medidas cautelares y ubicación fuera del país, a cambio de que, en entrevistas similares a las de Sierra Monsalve, y con base en "libretos" previamente preparados por él, los sindicaran de cometer delitos en asocio con paramilitares, en los cuales no participaron, no presenciaron o simplemente desconocen.

Como tal hipótesis apunta al delito de falso testimonio, en el que habría incurrido el doctor CEPEDA CASTRO en calidad de determinador, fue necesario, entonces, abrir una actuación reservada con la cual, como resultado de las interceptaciones telefónicas ordenadas, se obtuvieron miles de llamadas, cuyo análisis, y el de los múltiples testimonios y documentos acopiados, ponen de presente una serie de intríngulis detrás de todo este asunto, lo cual, por supuesto no solo demandó tiempo importante, sino que tornó compleja la decisión que corresponde adoptar en derecho.

3. En diligencia de versión libre, |3| el doctor IVÁN CEPEDA explicó que cuando se posesionó como Representante a la Cámara fue designado miembro de la Comisión Segunda del Congreso, célula que tiene a cargo el control político de las Fuerzas Militares, la Policía, el orden público y las relaciones internacionales y, además, fue comisionado por su partido político -por petición suya- para integrar la Comisión de Derechos Humanos, en donde fue elegido vicepresidente y, posteriormente, vocero de la Comisión de Paz.

Aseguró que no es cierto que haya abusado de sus funciones en las visitas realizadas a las diferentes cárceles del país, según el denunciante, para entrevistar internos "con el supuesto propósito de difamar y de atentar contra la honra del expresidente Álvaro Uribe", porque como defensor de derechos humanos, entre otras cosas, le preocupa la política criminal y el tema carcelario, cuya crisis se evidencia hace años.

Explicó que a finales de 2010, cuando llegó a la Comisión de Derechos Humanos y encontró un voluminoso archivo de quejas y derechos de petición provenientes de personas detenidas, diseñó un plan de trabajo con su Unidad Legislativa, que comprendía un cronograma de visitas aprobado por la Comisión Segunda y la Plenaria de la Cámara de Representantes, y, luego de algunas conversaciones sobre el tema con el general Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia, Director del INPEC, y el doctor Germán Vargas Lleras, entonces Ministro del Interior y de Justicia, en mayo de 2011 empezó a desarrollar tal actividad, en la cual contó con el acompañamiento de sus asesores y el de organizaciones defensoras de derechos humanos.

Relató los pormenores e incidencias de sus visitas a la cárcel de Valledupar, en donde empezó su trabajo, las gestiones que adelantó con la gobernación de ese departamento, el Ministerio de Justicia, la Contraloría y la Procuraduría ante la crítica situación de ese centro de reclusión, enfatizando que gracias a ello varios internos se trasladaron a otras penitenciarias del país.

Asimismo, dijo, con base en esas esas gestiones y otras similares adelantadas en las cárceles de Bellavista y Picota, la queja disciplinaria presentada en contra de la directora de la cárcel de Jamundí por las condiciones en que permanecían las reclusas, la solicitud que elevó al Director del INPEC para que se verificara el maltrato reportado por las internas del citado establecimiento, los informes y estudios de distintos organismos internacionales, en agosto de 2011, promovió un debate de control político sobre la situación carcelaria en el país, |4| en cuyo desarrollo se conformó una Comisión mixta |5| para verificar la situación de hacinamiento y hacer las proposiciones pertinentes y, una vez presentado el informe sobre las labores adelantadas a la Plenaria de la Cámara y a la Comisión Segunda, ésta última designó una Comisión de seguimiento, de la cual hizo parte.

Agregó, además, que ese trabajo adelantado en el Congreso en cuanto tema carcelario fue considerado por la Corte Constitucional en una sentencia que declaró nuevamente el estado de cosas inconstitucional en la situación carcelaria del país.

En desarrollo de esa labor visitó cárceles de diferentes ciudades y entrevistó a muchos presos de manera conjunta e individual, varias veces a solicitud de los mismos. Previo a ello, primero, se entrevistaba con el Director y el personal de funcionamiento, luego, hacía -con sus acompañantes- un recorrido por las instalaciones para verificar su estado y las condiciones de higiene, entrevistaba a los internos, generalmente en presencia de un defensor de derechos humanos y, por último, se levantaba un acta.

Explicó, igualmente, que en algunas ocasiones los internos se acercaban con otras inquietudes, como ocurrió, por ejemplo, con Gélvez Albarracín en el patio de extraditables de la cárcel Picota. Esta persona le manifestó tener conocimiento de un plan para atentar en contra de John Jairo Velásquez Vásquez, alias Popeye; agregándole, además, que lo extraditarían porque ante una Fiscal de Justicia y Paz declaró que Tomás y Jerónimo Uribe tuvieron vínculos con Hernán Giraldo para las artesanías, hechos que de inmediato puso en conocimiento de la Fiscalía y, hasta donde sabe, en ese caso se abrió investigación.

Días después de que el noticiero de la Cámara de Representantes diera a conocer la denuncia anterior, recibió un escrito de Pablo Hernán Sierra García pidiéndole su visita a la cárcel de Itagüí, porque tenía unos hechos graves para denunciar. Entonces, acudió a entrevistarse con él, encuentro que por expresa solicitud del interno se grabó en video.

Explicó el doctor CEPEDA CASTRO que Sierra aseguró que a finales de los años 90's, "concretamente en la época en la que el señor Álvaro Uribe era Gobernador de Antioquia, [...] Sierra dice que en la hacienda Guacharacas surgió el grupo que dio origen a esa estructura del bloque Metro. Y que los señores Álvaro Uribe Vélez, Santiago Uribe Vélez, el señor Santiago Gallón Henao, el hermano de este, Pedro Gallón, los hermanos Villegas Uribe, Luis Alberto Villegas Uribe y Juan Guillermo Villegas Uribe eran los jefes y los creadores de esa estructura" y que Juan Guillermo Monsalve, hijo del administrador de la finca, también hizo parte de esa organización ilegal.

Sobre esa entrevista -dijo el versionado- escribió una columna de opinión, y al poco tiempo también recibió un manuscrito de Juan Guillermo Monsalve Pineda, pidiéndole que lo visitara, porque después de las declaraciones de Sierra, en donde lo menciona, él y su familia fueron amenazados. Por ese motivo, en septiembre de 2011, lo entrevistó en la cárcel de Cómbita y también grabó su encuentro, cuyo registro en CD igualmente remitió a la Fiscalía General de la Nación, dados los graves señalamientos que hizo en contra de diferentes personas.

Posteriormente volvió a visitar a estos dos internos para tratar temas relacionados con su seguridad personal, afectada luego de conocerse sus declaraciones, hizo las denuncias correspondientes a la Fiscalía, adelantó gestiones ante el INPEC para que los trasladaran de cárcel y, en repetidas ocasiones, escribió a las autoridades competentes advirtiendo acerca del peligro que corría la vida de los mencionados, situación que igualmente puso en conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Esta última diligencia, enfatizó, dio lugar a una fuerte discusión con el doctor Jaime Granados, en un programa radial, en donde lo acusó de saltarse la justicia colombiana, pero él le explicó que poner en conocimiento de esa instancia internacional la situación de riesgo de Sierra y Monsalve, no implicaba el inicio de un trámite.

Luego de que Juan Guillermo Monsalve Pineda sufriera un atentado contra su vida en la cárcel de Cómbita, citó al Fiscal General de la Nación y al Ministro de Justicia a un debate de control Político, en el que se habló de las reuniones con el doctor Eduardo Montealegre, entonces jefe del ente investigador, para tratar el tema, además del incremento de amenazas en su contra, luego de escuchar las entrevistas de los internos mencionados.

Puntualizó que siempre ha ejercido sus funciones de congresista con seriedad y haciendo uso de las herramientas que la ley le permite, como los debates de control político y los derechos de petición preferentes, más no, como se dice en la denuncia, para "realizar una venganza criminal", ni ha ido "con lupa" a las cárceles a buscar quién quiere perjudicar al doctor Uribe Vélez, ni se ha confabulado con nadie, son los internos quienes han solicitado su presencia, como ocurrió con Pablo Hernán Sierra o Juan Guillermo Monsalve Pineda, cuya existencia desconocía.

Para responder a la sindicación por el delito de fraude procesal, dijo que las entrevistas de Sierra y Monsalve solo contienen las manifestaciones que ellos quisieron hacer, sin ninguna formalidad, como consta en la grabación hecha a solicitud de los mismos. Su actuación se limitó a escucharlos y a informar, como le correspondía en su condición de ciudadano y funcionario, a las autoridades competentes para escuchar sus testimonios, "y por supuesto, posteriormente me he encargado de buscar que esas autoridades realicen su función".

Explicó que la columna periodística por la que se le sindica de calumnia, tiene origen en lo que ha ocurrido con el doctor Álvaro Uribe años atrás, que lo señala de cosas y él se ve obligado a responder, como:

i) El fallo de tutela n.° 959/06 proferido por la Corte Constitucional, mediante el cual se protegieron sus derechos y los de su familia como víctimas de la UP, vulnerados por la campaña presidencial de Álvaro Uribe a la segunda reelección, "Adelante Presidente", con un mensaje en el que se afirmaba que el candidato perteneció a la UP, pero se retiró cuando vio que "se torcieron y empezaron a asesinar y extorsionar", señalamiento que el gerente de la misma, Fabio Echeverry, se negó a retirar amparándose en. el derecho a la libertad de expresión. Y aunque se ordenó retirar la cuña y pedir perdón, su somero cumplimiento pareció "una segunda ofensa".

ii) Por el artículo "vea pues lo que pasa en Montería", escrito en 2008, como columnista, concluyendo que en Montería "no pasa nada", pese a que, según testimonios de ciudadanos, eran notorias las constantes visitas de Mancuso a su residencia mientras estaban en las negociaciones de Ralito, el entonces Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, lo acusó de aprovecharse de la condición de víctima para pedirle plata a la comunidad internacional e instigar a la violación de derechos humanos de quienes no comparten sus ideas, "y no les pasa nada".

iii) En marzo de 2008, cuando convocó a la marcha contra el secuestro, el Gobierno dijo que eran las FARC, tuvo un fuerte enfrentamiento con José Obdulio Gaviria, asesor del Presidente, y después de que 65 Congresistas de los Estados Unidos le pidieron, en un comunicado, que se abstuviera de acusarlos de guerrilleros, debió retractarse.

iv) En 2010, en la sesión solemne del Congreso para cumplir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado Colombiano por la muerte de Manuel Cepeda, su padre, y ordenó el reconocimiento de los derechos a la honra y a la dignidad de las víctimas, el entonces presidente Álvaro Uribe dijo: "si al señor Cepeda lo mataron, no se quien lo mató, tenemos que pedir perdón a la sociedad colombiana, pero al mismo tiempo hay que señalar que hay gente como el señor Cepeda y su familia y sus abogados que van a desprestigiar a la patria en los tribunales extranjeros [...]".

Ante ello, dijo CEPEDA CASTRO, expresó su molestia, porque el acto le resultó ofensivo. Entonces, José Obdulio Gavina escribió en una columna publicada por el periódico El Tiempo, "palabras más, palabras menos, que la muerte de mi padre era un hecho apenas natural y justificado después de haber sido "semejante" líder guerrillero. Termina diciendo que las FARC no son ingratas, su caudrilla mas sanguinaria, epónima de Manuel Cepeda honra diariamente su memoria, Iván, su hijo, no se inmuta por ello y en cambio se ufana que nuestra justicia está condenando a mandos del ejército y líderes políticos como autores de...[...]". Esa publicación la respondió -el congresista-con la columna "las víctimas no deben pedir perdón".

Por último, el 9 agosto de 2011, el Presidente Juan Manuel Santos y el Ministro de Justicia cumplieron la sentencia de la Corte Interamericana, en una sesión solemne en el Congreso en pleno, televisada, en la que en nombre del Estado reconoció la responsabilidad y pidió perdón.

Lo anterior, dijo el versionado en este asunto, demuestra que el expresidente y su entorno le tienen una enorme animadversión, pues en repetidas oportunidades han debido retractarse y pedirle perdón por las ofensas de las que lo han hecho víctima. Por eso, considera que después del último episodio narrado, se convirtió

"[....] prácticamente en una obsesión de este señor José Obdulio Gaviria, y de su entorno. Entonces la dinámica se convirtió en que cada semana escribía su columna, la semana siguiente yo le pedía al periódico El Tiempo escribir la réplica. Y así ocurrió con esta columna que trae a colación el ex presidente Uribe en esta oportunidad, la que menciona la denuncia, en esta oportunidad el sr José Obdulio Gaviria escribió el 20 de abril de 2010, que efectivamente yo había organizado con las FARC las movilizaciones del 6 de Marzo, porque supuestamente en uno de los correos electrónicos que aparecen (supuestamente dijo) en los computadores de Raúl Reyes uno de estos jefes guerrilleros le dijo al otro que sería muy bueno apoyar la marcha de Cepeda del 6 de Marzo. Una situación muy grave, y yo hice uso de mi derecho de réplica,-y en esa columna, se sabe que el derecho de réplica tiene que ver con la posibilidad en los términos el que replica quiere hacerlo, una columna de opinión de otro periodista o de otro columnista del periódico, y escribí la columna que escribí, una columna en la cual hablo de los hechos que ocurrieron en la hacienda Guacharacas y di mi opinión sobre esos hechos. Entonces es una circunstancia que no apareció de la noche a la mañana, aquí tenemos una polémica en la cual el ex presidente Álvaro Uribe lanzo unos ataques y yole he dado respuesta, el he dado respuesta no solamente desde mis convicciones, pareceres, mis sentimientos, mis ideas, sino a través de sentencias judiciales, de actos públicos, entonces no hay tal campaña en la cual yo estoy tejiendo permanentemente una difamación publica ni de él, ni de su familia, ni de su entorno, aquí lo que ha ocurrido son unos hechos concretos a los cuales me he referido".

4. Por auto del 29 de marzo de 2012, se reconoció al doctor Álvaro Uribe Vélez como parte civil y a su apoderado para intervenir en este asunto, en los términos de la Ley 600 de 2000.

5. El 21 de junio de 2013, el doctor Álvaro Uribe Vélez amplió la denuncia. Ratificó los hechos narrados por su abogado en el escrito inicial, hizo un relato de los mismos e insistió que el doctor IVÁN CEPEDA abusó de sus funciones porque excedió las facultades otorgadas por la Comisión de Derechos Humanos al entrevistar a los internos Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve, a quienes, con la colaboración de la abogada Mercedes Arroyave, visitó para manipularlos con el propósito de que hicieran declaraciones en su contra.

Resaltó que el Congresista denunciado visitó a Juan Guillermo Monsalve Pineda en 21 oportunidades, lo cual, a su juicio, no corresponde a una labor humanitaria, ni se justifica en amenazas al mismo, sino en un "contubernio -de CEPEDA-con esos testigos que ha entrenado para difamarnos a mi hermano Santiago y a mí", porque si un preso está amenazado, para eso están las autoridades competentes.

Dijo no recordar contacto con Juan Guillermo Monsalve Pineda, porque a la hacienda Guacharacas no va desde junio de 1983, cuando la guerrilla asesinó a su padre, y sólo estuvo fugazmente en 1988. Por eso, no puede afirmar tampoco que conociera al padre de aquél, Oscar Monsalve Correa, porque después de su paso por la Gobernación de Antioquia, siempre ha contado con escolta del Estado y se transporta por vía aérea principalmente.

Se refirió a la declaración de Oscar Monsalve Correa, obtenida por el doctor Granados, su abogado, en una Fiscalía de Medellín. Allí, el padre de Juan Guillermo, dijo que él y su esposa recibieron dinero del señor IVÁN CEPEDA, "primero les ofreció asilo en Argentina y después llevarlos a Barranquilla [...], yo si quiero decir, esto está relacionado por ejemplo con testigos que han estado entre Venezuela y Argentina, que yo supe como Presidente, que a través de las FARC y de la Coordinadora Continental Bolivariana, les gestionaban y les ofrecían dinero y asilo, o que permanecieran allá".

Sobre su conocimiento acerca del origen de los fondos, le contestó al defensor que:

"[...] a diferencia del doctor CEPEDA, yo no me he ido a manipular testigos. Yo hubiera podido encontrar quien vaya a manipular a Oscar Monsalve como el doctor CEPEDA ha manipulado a Juan Guillermo Monsalve y ha manipulado a Pablo Hernán Sierra. Yo me he limitado simplemente a las piezas que obran en el proceso, entonces el único conocimiento que tengo es el conocimiento de lo que declaró Oscar Monsalve ante una Fiscalía de Medellín".

Negó que él, su hermano Santiago, o sus abogados, tuvieran contacto con la familia Monsalve, pues es algo de lo que se cuida mucho para que no se diga que están manipulando a los testigos, limitándose a aportar la declaración que Oscar rindió en la Fiscalía.

Dijo no tener conocimiento acerca de si la familia Monsalve se relacionaba con paramilitares, pero supo por sus abogados que Juan Guillermo está condenado por unos secuestros en el sur del país y, precisó, a propósito de las fotografías de aquél, vestido de camuflado, que después de la quema de la hacienda Guacharacas, hubo presencia del Ejército. Por eso, a solicitud de sus abogados, la Brigada de Puerto Berrío certificó que las insignias del uniforme de Juan son las de esa Base Militar. Además, habría que establecer si la geografía que allí se observa corresponde a ese lugar.

Pablo Hernán Sierra es un exparamilitar capturado durante su Gobierno y excluido de Justicia y Paz por orden suya como Presidente de la República, porque el Comisionado de Paz le informó que era el cabecilla de una estructura paramilitar que no se desmovilizó.

Señaló, también, que IVÁN CEPEDA visitó con Piedad Córdoba |6| y unos miembros del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, a Néstor Abad Giraldo y Wilson Herrera Montoya, cuyos testimonios fueron pedidos por la defensa de Pablo Hernán Sierra en el juicio que se le sigue por calumnia.

El 29 de mayo de 2013, el Coronel Pedro Manuel Benavides declaró ante un fiscal que Alexander Amaya, el conductor del Coronel Meneses en la Policía de Yarumal, lo llamó para pedirle que declarara que Santiago Uribe perteneció a "los 12 apóstoles", porque:

"IVÁN CEPEDA le ha hecho ofrecimientos de dineros y garantías para que declarara en contra de Uribe. Ahora, esto tiene un problema político muy delicado: en Venezuela, hoy Telesur, periódicamente pasa una cosa en televisión que llama el expresidente Uribe, es la manera castrista y stanilista de desacreditar a la gente. Al que no pueden matar o reducir a la cárcel, buscan destruirle la honra. Todas esas infamias tienen que ver con esto, y entonces uno ve que aquí están correlacionados en el mismo tema la senadora Piedad Córdoba, el doctor CEPEDA, personas paramilitares puestas presas bajo mi gobierno, y aparece el tema de Argentina y aparece el tema de Venezuela porque son los países que han protegido prófugos de la justicia que se han dedicado a maltratar a nuestro Gobierno desde afuera, como Joaquín García y Meneses. Y aquí el caso de Alexander Amaya, citado por el Coronel en retiro Benavides, es donde dice que incluso CEPEDA le ofreció dinero para que declarara en contra de Uribe, es un caso que hace parte de todo esto que termina en el Gobierno de Venezuela con lo que es el expresidente Uribe".

Concluyó, así, que detrás de las denuncias de Telesur y las del "dictador de Venezuela" en su contra, está IVÁN CEPEDA, quien no tiene un interés por los derechos humanos sino "una obsesión política en maltratar a Álvaro Uribe", pues no se entiende porque acudía a las cárceles con el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, si dichos testigos se encontraban investigados por delitos de lesa humanidad.

Por último, negó tener vínculos o negocios con los hermanos Gallón Henao, y de Juan Guillermo y Luis Alberto Villegas Uribe, dijo conocerlos "prácticamente desde mi juventud. Hijos de Guillermo Villegas Ceballos, persona que fue muy importante en el sector agropecuario y político de Antioquia". Al defensor del Congresista, le respondió que las diferencias con el doctor IVÁN CEPEDA y las fuertes expresiones en su contra, a través de su cuenta de twiter, solo responden a la idea de protestar y escribir con dolor ante el maltrato que el congresista ejerce sobre su familia, y respecto a su proceder como Presidente de la República frente a la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la muerte del ex congresista Manuel Cepeda, dijo no recordar que le hubiera correspondido el acto de perdón, pero si fue así, no hubiera tenido ningún reparo al respecto.

A la pregunta del Magistrado Ponente acerca de su ánimo conciliatorio en este asunto, respondió que no lo tiene porque el doctor CEPEDA CASTRO alberga una obsesión en contra de su familia, y "aquí hubo un concierto de personas para maltratarme", refiriéndose al congresista investigado, Piedad Córdoba, Pablo Hernán Sierra y la abogada Mercedes Arroyave, quien fungió de defensora de este último en el proceso que se le sigue por calumnia.

6. El 13 de agosto de 2013, el doctor IVÁN CEPEDA amplió su versión reiterando lo expresado en la primera oportunidad y, agregó, que también realizó visitas a las cárceles como trabajo previo al debate del Código Penitenciario. Posteriormente, por solicitud y con autorización del Gobierno Nacional, a propósito de los diálogos de paz, y con otros congresistas recaudó más de 270 testimonios de miembros de las FARC y del ELN privados de la libertad, luego de lo cual presentó un informe con recomendaciones, que fueron acogidas casi en su totalidad.

Precisó que, a mediados de 2011, la abogada Mercedes Arroyave lo buscó en el Congreso pidiéndole visitar a Pablo Hernán Sierra, quien quería hacer una denuncia, y así lo hizo, lo demás ya se conoce, presentó a la Fiscalía las entrevistas de Sierra y Monsalve, y ante la demora en los procedimientos se constituyó en uno de esos asuntos como actor popular, haciéndole seguimiento al asunto, porque siempre se procede así en su oficina.

Aclaró que para la fecha de la diligencia, Juan Guillermo Monsalve ya había declarado ante la Fiscalía, de modo que no es cierto que se hubiera negado sistemáticamente a hacerlo, como lo aseguraron el doctor Uribe y su abogado.

Hizo énfasis en los problemas de seguridad de los internos entrevistados, llamando la atención sobre las denuncias presentadas ante las autoridades correspondientes por los atentados perpetrados en contra de Juan Guillermo Monsalve y, resaltó que no es cierto que lo haya visitado en 21 oportunidades, aunque es posible que exista ese número de solicitudes, pues a veces se cruzaban otras actividades. Lo cierto es que ha ido a verlo 9 veces, y siempre para tratar el tema de su seguridad y el de un chantaje que le estaban haciendo unos abogados, para evitar su supuesto traslado a la cárcel de Valledupar.

Aseguró que no visitó a Néstor Abad Giraldo y a Wilson Herrera Montoya en la cárcel de Itagüí, en compañía de Piedad Córdoba, pues, como consta en el acta correspondiente, él fue porque los internos pidieron su presencia para tratar asuntos de su seguridad.

Es falso, dijo, que hubiera buscado a Oscar Monsalve para ofrecerle dinero o ubicarlo fuera del país. Los encuentros con miembros de esa familia, en Bogotá, ocurrieron a petición de Juan Guillermo y luego de que la esposa de éste lo contactara para tal fin, pero no se enteró cómo financiaron su traslado a esta ciudad.

Tuvieron dos reuniones, una en las Oficinas del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, con Oscar Monsalve, su esposa Marina y la hija Martha Elena, quienes expresaron temores por sus vidas porque luego de las declaraciones de Juan Guillermo les habían hecho seguimientos, circunstancia que tenía molesto al señor Oscar, padre.

El otro encuentro ocurrió en su oficina del Congreso. Allí la iniciativa de salir del país provino del señor Oscar Monsalve, él explicó los requisitos y le sugirió que el Comité de Solidaridad podía asesorarlo en ese tema. Posteriormente se enteró, sin más detalles, que la referida ONG le dio apoyo económico a la familia Monsalve.

Enfatizó no conocer a Pedro Manuel Benavides, ni a Alexander Amaya, y agregó, al respecto, que el 25 de junio tuvo conocimiento de su existencia, porque ese día, encontrándose en las instalaciones de la Alpujarra, en Medellín, en presencia de la señora Gloria Silva, Fernando Vélez y la abogada Mercedes Arroyave, se reunieron con un señor de apellido Marín, quien se presentó como investigador privado, y les dijo, primero, que era víctima de los paramilitares, y, en segundo lugar, que tenía en su apartamento a un sobreviviente de los doce apóstoles que conocía información que vinculaba a Álvaro Uribe y a su hermano Santiago con ese grupo y los delitos cometidos en Yarumal, y "estaría dispuesto a suministrar dicha información, siempre y cuando el Representante Cepeda le brindara protección, ayuda y lo apoyara para salir del país", ante lo cual le sugirió poner esos hechos en conocimiento de la Fiscalía y solicitar protección.

Por último, aceptó conocer a Piedad Córdoba y tener una constante relación con ella y comentarle de este asunto, lo cual no significa que hayan diseñado o premeditado un plan como lo aseguró el doctor Álvaro Uribe en la ampliación de denuncia. A la abogada Mercedes Arroyave la conoció a mediados de 2011.

7. El 17 de septiembre de 2014, el doctor Álvaro Uribe Vélez radicó en la Secretaría de la Sala un memorial con las entrevistas tomadas en la cárcel de Itagüí a Ramiro de Jesús Henao Aguilar y a Gabriel Muñoz Ramírez, por Obed Herrera Salazar, investigador privado, en cumplimiento a orden impartida por Wilser Darío Molina, "en calidad de abogado defensor, investigando posibles conductas delictivas". En ellas, los entrevistados afirmaron que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO les hizo. ofrecimientos a cambio de declaraciones en contra de Álvaro Uribe Vélez.

8. En el mismo sentido, en 2015, diferentes medios de comunicación dieron cuenta de una carta, al parecer de Carlos Enrique Areiza Arango, dirigida al proceso que se le sigue en la Corte al exgobernador de Antioquia, doctor Luis Alfredo Ramos Botero, manifestando que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO le ofreció 100 millones de pesos si declaraba en contra de Álvaro y Santiago Uribe, Luis Alfredo Ramos y José Obdulio Gaviria, pues de lo contrario le haría la vida imposible en la cárcel, y también a su familia.

LAS PETICIONES

1. El defensor

Sentando como punto de partida una reseña del perfil personal y profesional del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, su actividad congresional, tanto en Cámara como en Senado, en temas de trascendencia nacional y los aportes a favor de la paz, la democracia y los derechos humanos, el defensor se refirió a los hechos de la denuncia y a cada uno de los delitos imputados, así:

Abuso de la función pública

No se tipifica porque su defendido no actuó como policía judicial, fiscal o juez, sino en ejercicio de sus funciones como miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara, lo cual está ampliamente demostrado en el expediente con las diferentes visitas a las cárceles y los informes presentados al respecto, las quejas y .denuncias radicadas en la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la Nación e, igualmente, con los debates de control político promovidos acerca de la problemática carcelaria y la situación de los internos en el país. Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve pidieron, a través de sus abogados, la presencia del doctor IVÁN CEPEDA, y como pusieron en su conocimiento hechos que podían constituir delitos, el hoy Senador los denunció ante la Fiscalía, porque, al menos en el caso de Monsalve, el delegado del ente acusador se negó a escucharlo "cuando éste mencionó la responsabilidad de los Uribe, los Villegas y los Gallón en la promoción del paramilitarismo en Antioquia".

Adicional a ello, debe tenerse en cuenta que antes del encuentro con el Congresista, los citados internos ya habían hecho señalamientos, en actuaciones judiciales, en contra del doctor Álvaro URIBE. Sierra dio entrevista al noticiero RCN, a su vez trasmitida en un prestigioso diario de los Estados Unidos y posteriormente por el periodista Hollman Morris, la cual está publicada en Youtube. Y aunque Álvaro Uribe lo denunció penalmente por el delito de calumnia, fue absuelto en primera y segunda instancia.

Juan Guillermo Monsalve, también declaró sobre la responsabilidad de los hermanos Uribe Vélez, los Villegas Uribe y Gallón Henao en la conformación de grupos paramilitares, antes de entrevistarse con el doctor IVÁN CEPEDA, por lo tanto, no es cierto que estuviera buscando testigos en contra de Álvaro Uribe, ni que les hiciera ofrecimientos a cambio de ello.

Fraude procesal

No se tipifica, porque los testimonios de Sierra y Monsalve fueron puestos en conocimiento de la autoridad competente, como era su deber legal. La apertura de investigación previa dispuesta el 11 de septiembre de 2011 por la Fiscalía, en contra de Santiago Uribe, indica que la denuncia presentada por el doctor IVÁN CEPEDA sí tenía fundamento y que los testigos son creíbles. Incluso en la actualidad cuenta con medida de aseguramiento -actualmente en juicio-, de modo que la situación de dicha persona no depende del congresista denunciado sino de la justicia.

Ernesto Macías, congresista del Centro Democrático, dio declaraciones públicas en el sentido de que IVÁN CEPEDA habría entregado cheques a la familia de Juan Guillermo Muñoz Ramírez, alias "Castañeda", quedando demostrado, por el contexto en el que se recaudaron, que se trata de un complot en contra del congresista IVÁN CEPEDA CASTRO. En efecto:

i) El 17 de septiembre de 2014, al inicio del debate de control político sobre el paramilitarismo en Antioquia, promovido por IVÁN CEPEDA CASTRO, el doctor Álvaro Uribe anunció su retiro para dirigirse a la Corte a presentar las pruebas de que "este debate está apoyado por el grupo terrorista de las Farc y publicitado por Telesur y Canal Capital, medios de comunicación que apoyan el terrorismo".

Efectivamente, radicó, con destino a este proceso, varios folios contentivos de una orden de trabajo fechada el 1.° de septiembre de 2014 impartida por el abogado Wilser Molina al investigador Obed Herrera para escuchar los testimonios de Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez, que se cumplió al día siguiente.

ii) Henao Aguilar, "alias Simón", es un paramilitar privado de la libertad desde el 2014, condenado a 40 años de prisión. El doctor IVÁN CEPEDA lo entrevistó en la cárcel de Itagüí, a petición suya y sin la presencia del Director del Establecimiento, porque así se procede cuando se tratan temas de violaciones a los derechos humanos y la situación carcelaria, para que los presos se expresen con libertad. En ese sentido no es cierto que el Congresista hiciera esa exigencia al Director, como lo aseguró el testigo, y tampoco corresponde a la verdad, que en tal encuentro estuviera presente Pablo Hernán Sierra, ya Monsalve como pago a sus declaraciones en contra de Álvaro Uribe. Sin embargo, esta investigación demostró que no es cierto, los títulos valores y el dinero fueron emitidos por el Comité de Solidaridad de Presos Políticos para atender necesidades básicas de la familia del interno, que por razones de seguridad se desplazó hasta Bogotá.

Juan Guillermo Monsalve, en declaración rendida a la Corte, manifestó que su familia fue visitada "por los Villegas después de su declaración contra Uribe y les habían filmado una declaración, que han sido presionados para descalificar el testimonio de él -Juan Guillermo- que al parecer uno de los abogados que acompañó a los Villegas era Jaime Granados".

Calumnia

Tampoco se tipifica porque no es cierto, como lo afirma el denunciante, que el Congresista, en la columna "La cuna del Bloque Metro" publicada en el periódico El Tiempo, pusiera en boca de Sierra y Monsalve acusaciones en contra del doctor Álvaro Uribe. Lo que realmente hizo, como correspondía, fue conminar a las autoridades para que investiguen tales señalamientos.

En conclusión, la denuncia es temeraria, y así lo ha sido desde un comienzo; por ello, ante la falta de fundamento serio el denunciante y su abogado acudieron a los testimonios -no creíbles- de dos exparamilitares del extinto Bloque Metro, Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias "Simón" y Gabriel que este permaneció afuera conversando con el señor Rolando Díaz, escolta del Congresista.

Concluyó, así, que es absurdo y contrario al proceder del Congresista en su lucha para la identificación de cadáveres y búsqueda de desaparecidos, |7| la afirmación de este testigo, según la cual, ante la solicitud de colaboración para la entrega de unas fosas, el doctor IVÁN CEPEDA le respondiera que no le interesaba, porque el objeto de su visita "era que él -Simón-declarara en contra de Álvaro Uribe, que se dejara hacer una grabación que dijera lo que él le indicaría en un papelito". Una persona de las calidades del investigado, no acude a "bajas prácticas" como la señalada, ya que tiene la inteligencia suficiente para precaver que un tal proceder con un connotado delincuente, "sería en extremo peligroso para su seguridad y prestigio". Además, si el testigo estaba colaborando con la ubicación de fosas, resultaba innecesario acudir al Congresista.

Al contrario, Alias Simón pidió beneficios judiciales a cambio de información sobre fosas, y por ello el Congresista le dijo -como lo explicó en su versión libre- que eso no era de su resorte sino de su abogado y de la justicia. También le preguntó por el bloque Metro, los Villegas, los Gallón y los Uribe, pero ante la respuesta de que había conocido mucha gente, no hubo más conversación al respecto. De la corta charla fue testigo David García.

El interés por utilizar a esta persona para desvirtuar las declaraciones de Pablo Hernán Sierra se evidencia en la afirmación del testigo, relacionada con el ofrecimiento del doctor IVÁN CEPEDA de traslado de cárcel, beneficios administrativos para él y su familia y medidas cautelares si se prestaba para hacer un video diciendo que los hermanos Uribe Vélez ordenaron la muerte de "alias Juan Pablo", un guerrillero del ELN, luego de ponerlo de rodillas y cachetearlo, pues este episodio es relatado en detalle por Pablo Hernán Sierra.

Tampoco es de recibo para el defensor, el supuesto desconocimiento de lo que es una medida cautelar, porque él mismo afirmó que Pablo Hernán le dijo ser beneficiario de una. Wilser Molina se entrevistó con Ramiro de Jesús Henao, alias Simón, y Gabriel Muñoz, alias Castañeda, para que declararan en la Corte a favor de Luis Alfredo Ramos |8| y, dos semanas más tarde lo hicieron en contra del doctor CEPEDA CASTRO refiriéndose a una reunión ocurrida dos años atrás y a temas que nunca habían mencionado.

La declaración de Ramiro Henao es inconsistente: a) dijo que se reunió con CEPEDA CASTRO porque el periódico El Tiempo publicó unas declaraciones de Sierra, citándolo, siendo que para entonces no había ocurrido ese hecho. Por eso, en la entrevista con el investigador Obed Herrera no hizo alusión a ello y solo habló de los supuestos ofrecimientos del Congresista; b) habló de un invéstigador, mientras que Castañeda, entrevistado el mismo día, afirmó que eran tres; c) él le dijo a Wilser Molina que el entrevistador fue funcionario del DAS, y d) negó conocer a Juan Guillermo Monsalve, la hacienda Guacharacas y la existencia de un tubo cpn una válvula de gasolina instalada solo por el afán de desvirtuar que Pablo Hernán Sierra fue miembro del Bloque Metro, pese a conocerse que esa organización se financiaba en gran parte del hurto de combustible.

iii) Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, fue superior de Ramiro de Jesús Henao en el bloque Metro, son amigos y compadres, y están en el mismo patio en la cárcel de Itagüí. Expresó que IVÁN CEPEDA le ofreció un mejor sitio de reclusión y asilo para él y su familia si declaraba que Uribe tenía contacto con alias Jota y tuvo apoyo político de esa agrupación armada.

Como ocurrió con Ramiro de Jesús Henao, el doctor CEPEDA CASTRO lo entrevistó el 30 de mayo de 2013, porque se lo solicitó por escrito aduciendo razones de seguridad. Sin embargo, en ese encuentro manifestó que fue miembro del Bloque Metro desde 1989 hasta 2001, a órdenes de alias Jota y alias Arboleda, conocía a Monsalve y a Pablo Hernán Sierra, y "había conocido personalmente a Álvaro Uribe, que 'es un duro', que lo vio en un acto político en San José del Nus en 2001". Aun así, en la Procuraduría le atribuyó a CEPEDA tal aseveración, en la Corte no la mencionó y tampoco lo hizo en la entrevista con el investigador privado, luego, no es cierto que su abogada Mercedes Arroyave propiciara el encuentro mediante engaños.

Dicha visita fue colectiva, pues en ella también estuvieron Wilson Herrera, alias Pedro, Néstor Abad Giraldo, alias El Indio, y Víctor Manuel Charry Ursola porque todos tenían inquietudes frente a su seguridad, como consta en el acta que reposa en la actuación. Y aunque según este testigo el Congresista también le pidió decir cosas que le escribiría en un papelito, ello no es creíble por las razones expuestas en relación con Ramiro de Jesús Henao y, además, porque mientras al investigador Obed Herrera le aseguró que fue su abogada Mercedes Arroyave quien le sugirió el papel, en la Procuraduría y en la Corte atribuyó tal proceder a su defendido.

Tampoco es cierto que no conociera al abogado Wilser Molina, porque éste declaró en la presente actuación que se reunió con Simón y Castañeda antes de formalizarse la entrevista con el investigador privado.

En el mismo sentido, la imposibilidad del testigo para explicar si conversó del tema de la entrevista con alias Simón, antes o después de su recaudo, denota que sus declaraciones son el "producto de una intervención colectiva entre alias 'Memin', alias 'Rene', alias Simón y el abogado Wilser Molina, quienes en realidad actuaron acatando otras directrices como se sabría más adelante".

Al pasado delincuencial de alias Castañeda se suma la compulsa de copias por el delito de falso testimonio, ordenada por un Juzgado Penal del Circuito, circunstancia que refuerza su inclinación a la mentira y, por ende, su falta de credibilidad.

iv) Carlos Enrique Areiza Arango, persona que, después de fugarse de la cárcel de Bellavista se contactó con el doctor IVAN CEPEDA, quien, previa autorización del entonces Ministro de Justicia y la Defensoría del Pueblo fungió de intermediario para su entrega a la justicia, el 15 de diciembre de 2011.

A finales de 2014, Areiza declaró en contra de Luis Alfredo Ramos en el juicio que la Corte tramita en su contra, y el 19 de enero de 2015, a través de los medios de comunicación se supo que el doctor Luis Gustavo Moreno, entonces defensor del doctor Luis Alfredo Ramos, aseguró en una sesión de audiencia que demostraría la existencia de un cartel de falsos testigos, al tiempo que la FM y RCN publicaron cartas firmadas por él, señalando a IVÁN CEPEDA de ofrecerle cien millones de pesos para incriminar a Luis Alfredo Ramos, Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago y a José Obdulio Gaviria, y de mtimidarlo con hacerle la vida imposible en la cárcel y a su familia también, si no accedía. |9|

Y aunque en este asunto declaró con temor, explicó que en la cárcel lo abordó un abogado de nombre Juan Carlos, diciéndole que "deje de hablar mal de la gente de Uribe, ni de los amigos de él, no comprometa más la vida, no se amargue más la vida...", y por ese motivo se comunicó con la sede de Pensamiento Colombia -en Bogotá-, sin que fuera posible hablar directamente con José Obdulio Gaviria, pero días después recibió dos visitas de Jaime Restrepo Restrepo, en nombre de las personas a quienes llamó -según se lo dijo- y, le pidió como muestra de confianza la firma en dos hojas en blanco. Accedió a ello, al tiempo que escribió una carta dirigida al doctor Luis Alfredo Ramos pidiéndole perdón porque se equivocó al dejarse influenciar por Pablo Hernán Sierra, quien le aseguraba que el doctor CEPEDA tenía influencias para "hacer sacar al que fuera". Sin embargo, ese documento nunca se anexó al proceso de la Corte y, al parecer, entregaron algunos pedazos a la Revista Semana y a otros medios de comunicación, "esa es la verdadera razón de esas cartas, sino que yo quiero que usted atienda que el abogado Jaime Restrepo y el señor IVÁN CEPEDA tienen un problema personal".

Asimismo, negó los ofrecimientos atribuidos al Congresista, según las cartas publicadas, y aclaró que: "a mí lo único que me dijo el señor CEPEDA, que me lo dijo en el carro el día que me entregué, me dijo: que si yo tenía denuncias o pruebas en contra de senadores que estuvieran involucrados con paramilitarismo él las tramitaba, que si quería él me ponía en plenaria de la Cámara y que si quería denunciar que él me apoyaba en eso".

También explicó que un video publicado en las redes sociales, en las que él aparece recibiendo dinero, no ocurrió en la cárcel de Itagüí, sino en la Oficina del Director del DAS en Bucaramanga y en el año 2005, y era secreto, pero el Centro Democrático, dijo, lo ha utilizado de manera mentirosa.

Lo anterior demuestra, a juicio del defensor del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, que Jaime Restrepo Restrepo y José Obdulio Gaviria manipularon a Carlos Enrique Areiza para publicar las burdas denuncias en contra de su representado, pues son personas que le profesan un odio visceral, al punto que el primero lo retó por twiter a un duelo armado.

v) Alexander Amaya, a quien se llamó a declarar en este asunto porque Pedro Manuel Benavides atestiguó en la Fiscalía que aquél le expresó vía telefónica que el doctor IVÁN CEPEDA le ofreció dinero para declarar en contra de los hermanos Uribe Vélez, negó, como no podía ser de otra manera, cualquier contacto con el congresista, y aseguró que desde 1996 ha manifestado a la justicia sus vínculos y los de Santiago Uribe con el grupo denominado "Los Doce Apóstoles".

Al efecto, recordó el episodio ocurrido en 2013 en la ciudad de Medellín, cuando el doctor IVÁN CEPEDA se entrevistó en el complejo de la Alpujarra con quien se identificó como Alonso Marín |10| y quien aseguraba tener bajo su custodia a un sobreviviente de "Los Doce Apóstoles", Alexander Amaya, revelación ante la que el Congresista sugirió dirigirse a la Fiscalía, al tiempo que se negó a acompañarlo a hablar con el presunto sobreviviente.

Con base en lo anterior y del hecho de que Pedro Manuel Benavides declarara al día siguiente, concluye que se estaba preparando una trampa que su defendido evitó al no aceptar la propuesta de Marín.

vi) Wilser Molina Molina -abogado- participó en la confabulación para desacreditar los testimonios de Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve Pineda, acabar políticamente al senador IVÁN CEPEDA CASTRO y desprestigiar el debate político que promovió sobre el paramilitarismo en Antioquia.

Era abogado defensor de alias Memín, paramilitar que lo puso en contacto con Henao y Muñoz, contrató a Obed Herrera, ex agente del DAS, para entrevistar a los mencionados internos, pagándole los honorarios de su bolsillo, dijo reunirse con Álvaro Uribe para enterarlo de los ofrecimientos que supuestamente aquellos recibieron de IVÁN CEPEDA, y acató la recomendación de recoger sus versiones, en tiempo record.

Sin embargo, en este asunto, declaró que con Ramiro de Jesús Henao y Gabriel Muñoz Ramírez se reunió antes y después de la entrevista; que le indicó al investigador Herrera los temas a tratar; que Simón y Castañeda fueron testigos en el proceso de Luis Alfredo Ramos, también a expensas de Memín y a través de su gestión, y que, para esa época, aspiraba a la Alcaldía de Amagá -cargo que desempeña actualmente-. Y pese a negar, en principio, que Uribe lo apoyó, terminó aceptando lo contrario, porque participó en eventos públicos con él, su fotografía apareció en la publicidad de la campaña y, finalmente, reconoció haber recibido poder para una gestión relacionada con una compulsa de copias ordenada por el Tribunal de Medellín, por la masacre de Ituango.

Concluyó el defensor de CEPEDA CASTRO que este proceso es producto de un montaje en el que participaron Wilser Molina, Jaime Restrepo Restrepo, José Obdulio Gaviria "y el propio Álvaro Uribe", quien tenía conocimiento en tiempo real de lo que acontecía en la cárcel de Itagüí, como ocurrió cuando sacaron a alias Simón para trasladarlo a la Dorada. Ese día escribió en su cuenta de twiter que era una retaliación por sus declaraciones en contra del congresista CEPEDA, y cuando el periodista Hollman Morris entró a esa cárcel para entrevistar a Pablo Hernán Sierra, escribió "¿qué hace Hollman Morris visitando paramiliares?", hechos de los que se enteró por Wilser Molina, según lo refirió este en su declaración.

Solicitó, en consecuencia, resolución inhibitoria, al tiempo que demandó la compulsa de copias para investigar penalmente a Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago, a José Obdulio Gaviria, Wilser Molina, Jaime Restrepo, Pedro Manuel Benavides, Alexander Amaya, Luis Arnulfo Tuberquia, alias Memín, Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda y Carlos Enrique Areiza Arango.

Del mismo modo, pidió expedir copias para que se investigue disciplinariamente a Álvaro Uribe Vélez, José Obdulio Gaviria "y demás personas que, ostentando la calidad de funcionarios o servidores del Estado, tuvieron participación en el 'montaje' que se orquestó contra el congresista IVÁN CEPEDA CASTRO".

Posteriormente radicó otra solicitud demandando con urgencia se adopte decisión de fondo en este asunto, dado que se ha superado el plazo razonable.

2. El apoderado de la parte civil

El abogado del doctor Álvaro Uribe Vélez solicitó la apertura de investigación en contra del congresista IVÁN CEPEDA CASTRO, indicando que han transcurrido más de 5 años en los que se ha acopiado abundante prueba documental y testimonial, sin que exista duda sobre la ocurrencia de los hechos expuestos en la denuncia y su posterior ampliación, su correspondencia típica con varias conductas descritas en la ley como delito, el autor está plenamente individualizado e identificado y no se trata en este estadio de establecer o no si actuó amparado en una causal de justificación.

En suma, no considera necesario prolongar indefinidamente este asunto en fase preliminar, cuando están dados todos los requisitos para avanzar a la etapa subsiguiente, esto es, se inicie investigación formal en contra del Congresista IVÁN CEPEDA CASTRO y se le vincule mediante indagatoria.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Competencia

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 235.3 de la Carta Política y 75.7 de la Ley 600 de 2000, la Corte es la autoridad competente para conocer de la presente actuación, toda vez que el investigado Iván Cepeda Castro ostentó la calidad de Representante a la Cámara durante el periodo constitucional 2010-2014, |11| y en la actualidad es Senador de la República, cargo al que fué elegido por circunscripción nacional, para el periodo constitucional 2014-2018. |12|

2. Cuestión Previa

Como se consignó en el acápite anterior, los hechos que dieron origen a esta actuación, según la denuncia, los constituyeron las constantes visitas realizadas por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO a diferentes cárceles del país, en su condición de miembro de la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Paz, en desarrollo de las cuales escuchó en entrevista a los internos Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, quienes señalaron a Álvaro y Santiago Uribe Vélez, Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao de ser fundadores del bloque Metro de las autodefensas, organización armada ilegal responsable, entre otros, de las masacres de San Roque y Santo Domingo, en la época en que el primero de los mencionados fungió como gobernador del departamento de Antioquia. Asimismo, el haber presentado sendas denuncias ante la Fiscalía General de la Nación y escribir unas columnas periodísticas, imputándole a Álvaro Uribe y los demás mencionados, como si fuera cierto, responsabilidad en varios delitos de lesa humanidad.

En el curso de la investigación, la actividad probatoria del denunciante puso de presente también que,-al parecer, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO se valió de ofrecimientos a los reclusos entrevistados, a cambio de obtener de ellos testimonios falsos que corroboraran las versiones de Sierra y Monsalve en los señalamientos ya mencionados, pues en asocio con el interno Sierra García, y otras personas, conformó un cartel de falsos testigos con el propósito de incriminar al doctor Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago y a otras personas.

Así las cosas, por metodología, la Sala se ocupará, en primer lugar, de los atentados a la función pública y a la eñcaz y recta adrmmstración de justicia y, en segundo término, hará unos breves comentarios con respecto a los delitos de calumnia y fraude procesal, respecto de los cuales no es posible sostener que existieron, como se dejará sentado a medida que se ponderen los diferentes medios de prueba.

En ese orden, desde ya anuncia la Sala que la decisión en este asunto es la de abstenerse de iniciar investigación formal en contra del hoy Senador IVÁN CEPEDA CASTRO pues, una vez agotados los objetivos de la indagación preliminar, no halló elementos de juicio que permitan concluir que las conductas inicialmente reprochadas se adecúen típicamente a uno de los delitos indicados en la denuncia, o que las puestas en conocimiento en el curso de la investigación en realidad existieron. Por el contrario, lo que se demostró es que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO no abusó de sus funciones como congresista, no determinó a reclusos mediante sobornos para testificar falsamente en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago y otras personas, ya que, como se verá enseguida, en primer lugar actuó dentro del marco constitucional y legal que su cargo le impone, de modo que su conducta es atípica y, en segundo término, la prueba acopiada muestra con suficiencia que no son ciertos los cargos que terminaron haciéndole a través de las declaraciones de varios exparamilitares que declararon en su contra.

De igual modo, debe resaltarse que la abundante prueba practicada -en todos los eventos con la intervención del defensor del congresista investigado, el apoderado de la parte civil y el representante del Ministerio Público, en algunas ocasiones-, así como aquella obtenida en la actuación reservada a través de interceptaciones telefónicas, sorprendentemente evidenciaron una realidad muy diferente a la denunciada y, por lo mismo, a esta Sala no le quedará alternativa distinta a la de compulsar copias para que se adelanten las correspondientes pesquisas y se establezcan las responsabilidades a que haya lugar.

3. Abuso de la función pública y falso testimonio en calidad de determinador

Según el denunciante, el Representante IVÁN CEPEDA CASTRO habría incurrido en estas infracciones al escuchar a los exparamilitares Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve, y manipularlos, como lo hizo con otros internos, ofreciéndoles ayudas económicas, beneficios jurídicos o mejores condiciones de reclusión para que, luego de su encuentro con él, declararan falsamente ante autoridades judiciales.

Tales hipótesis obligan, en primer lugar, a determinar si la conducta del congresista constituyó un abuso del poder que entraña el cargo, para atribuirse funciones que por ley están asignadas a otro funcionario con competencia para ejercerlas lícitamente, |13| o si, por el contrario, su conducta se encaminó a determinar, mediante promesa remuneratoria o de otro tipo, a varios internos para relatar hechos cuya ocurrencia no presenciaron ni conocieron, para activar la justicia penal en contra del doctor Álvaro Uribe, su hermano Santiago y, en general, a personas allegadas a él o afectas a su movimiento político, incurriendo de esa manera en el ilícito de falso testimonio como determinador, para hacer mcurrir en error a fiscales y jueces, lo que tipificaría el fraude procesal.

Dicha labor, que en estricto sentido corresponde al proceso de adecuación típica, no puede abordarse sin valorar la prueba acopiada y analizar jurídicamente los hechos, teniendo en cuenta, para lo que interesa a la hipótesis planteada en este asunto, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Carta Política, "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento" y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 428 del Código Penal, abusa de la función publica "el servidor público que abusando de su cargo realice funciones públicas diversas de las que legalmente le corresponden" (resaltado fuera del texto original).

Lo anterior es así, porque el Estado Colombiano se define como Social de Derecho, fundando "en el respeto por la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del bien común", cuyos fines esenciales, a voces del artículo 2.° ejusdem, se concretan en "servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los principios, deberes y derechos consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia y la vigencia de un orden justo [...]".

El resultado de la ponderación conjunta de la prueba obliga a concluir que el doctor CEPEDA CASTRO no incurrió en ese delito por cuanto su proceder como congresista en ejercicio del control político, principalmente en el tema carcelario, y la forma como accedió a los testimonios de Sierra y Monsalve, no implicó el ejercicio de funciones de competencia de otra autoridad, como se verá a continuación.

Asimismo, en lo que respecta a los internos Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, Pedro Manuel Benavides, Alexander Amaya y Carlos Enrique Areiza, escuchados en declaración como pruebas de la parte civil y de oficio, con miras a establecer si el doctor CEPEDA CASTRO les hizo ofrecimientos a cambio de testificar hechos delictivos en los que, supuestamente, participó el doctor Uribe Vélez -y otras personas-, |14| cuando no lo fueron, la prueba demostró lo contrario, de modo que no se dan los elementos del artículo 331 de la Ley 600 de 2000 para abrir formalmente investigación penal en su contra, sino que, como ya se advirtió, se hace necesario expedir copias para que se inicien las investigaciones penales y disciplinarias a que haya lugar.

En ese orden, corresponde determinar: i) cuál era el ámbito de competencia del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, como Representante a la Cámara y miembro de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Paz, ii) cuál ha sido su participación como congresista en el tema carcelario y penitenciario, iii) si el contexto en el que entrevistó a los internos de los diferentes centros de reclusión sobrepasó üícitamente los límites funcionales y, iv) si hizo ofrecimientos con el propósito de determinar a uno o varios internos para que declararan falsamente en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y otras personas.

4. Ámbito de competencia del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO como miembro de la Comisión de Derechos Humanos y de Paz de la Cámara de Representantes

Como quiera que la actuación reprochada al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO se circunscribe, según lo expuso él en la versión libre rendida en este asunto, al cumplimiento de las funciones propias de la Comisión de Derechos Humanos, de la cual fue su Vicepresidente y de la Comisión de Paz, en la que fungió como vocero, las cuales, a la postre, constituyeron el fundamento de los debates de control político promovidos en relación con la crisis carcelaria, la Sala se referirá a la naturaleza y alcances de esta específica función congresional, a efectos de establecer si rebasó sus límites de manera ilícita.

La participación en política, uno de los derechos reconocidos a los ciudadanos en la Carta de 1991, se ha decantado ampliamente por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, pues en el desarrollo del constitucionalismo moderno y la evolución de los diferentes sistemas de gobierno, éste se erige en uno de los más compatibles con las democracias contemporáneas, en tanto que el modelo de delimitación y separación de poderes, permite, a través del mecanismo de balances y contrapesos, que el Estado Social de Derecho, en el que el ser humano constituye su fundamento, -esencia y justificación, cumpla de manera eficiente los fines que le son propios.

En ese sentido, en la sentencia C-082/96, al estudiar algunas disposiciones del Estatuto Anticorrupción, referidas a las inhabilidades para acceder a los órganos de gestión de las entidades descentralizadas por parte de diputados y concejales, o sus delegados, el Alto Tribunal explicó:

"La separación de las funciones administrativa y de control político constituye una garantía institucional para el cumplimiento efectivo de los fines del Estado (CP., arts. 113 y 2).

"En efecto, el artículo 113 de la Constitución Política entroniza la separación de funciones como uno de los principios medulares de la organización del Estado. Este principio es un corolario del Estado de Derecho. La atribución de funciones a diferentes órganos, autónomos e independientes entre si, busca evitar la concentración de poder político en una persona (dictador, monarca) o en una institución (junta, comité o partido). Como afirmara lord Acton, "el poder tiende a corromper y el poder absoluto tiende a corromperse absolutamente". Sólo la restricción o limitación en el ejercicio del poder político permite superar el peligro inherente a un gobierno de hombres y no de leyes.

"En el sistema constitucional colombiano, el diseño y la formulación de los planes y programas de desarrollo económico y social corresponde a instancias legislativas (CP., art. 150-3) y administrativas (CP., arts. 300-3 y 313-2). La ejecución de las políticas está a cargo de las autoridades gubernamentales (CP., arts. 189-11, 305-2 y 315-3). El control político del gobierno se radica en el Congreso, pero también en las Asambleas Departamentales y en los Concejos Municipales, en su calidad de órganos elegidos popularmente. La atribución de diferentes funciones públicas a diversos órganos permite un ejercicio eficaz del control político sobre la actividad estatal, con miras a garantizar el cumplimiento de los fines sociales del Estado (CP., art. 2). Los órganos del Estado ejercen sus funciones en forma independiente y bajo su propia responsabilidad, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines (CP., art. 113). La distribución del poder entre varios órganos significa su limitación y control mediante un sistema de pesos y contrapesos, que permiten hacer realidad la responsabilidad política de los titulares del poder.

"La separación de funciones representa, por lo tanto, una garantía institucional para el correcto funcionamiento del aparato estatal. Esta garantía institucional constituye un presupuesto normativo necesario para el control horizontal y vertical del poder político. La división de funciones dentro de los diferentes órganos del estado permite ejercer un control intraorgánico, mientras que la distribución de funciones entre órganos autónomos e independientes (CP., arts. 113, 136), asegura la operatividad de controles "inter-órganos", como los que se presentan entre el Congreso y el Gobierno (citación a los ministros, moción de censura, etc.). A su vez, los controles verticales se manifiestan en la estructura unitaria, descentralizada y autónoma de la organización estatal, y en la existencia de derechos fundamentales como límite al poder estatal. La distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales supone la mutua delimitación de sus funciones y el control en su ejercicio. De otro lado, el reconocimiento de derechos fundamentales oponibles a las autoridades y, en ciertas situaciones, a los particulares, y exigibles judicialmente, acredita la evolución de la organización estatal hacia el ejercicio limitado y controlado del poder político".

En auto 983 A del 8 de octubre de 2004, la Corte Constitucional puntualizó al respecto:

"El alcance de dicho derecho ha sido reconocido en la doctrina foránea, principalmente, en la jurisprudencia expuesta por el Tribunal Constitucional Español con el nombre del ius in officium. Según el citado derecho, una vez se ha ejercido la libre configuración normativa, para determinar el alcance y los límites a los cuáles está sujeto el ejercicio de la actividad legislativa (CP. art. 151), particularmente, en cuanto al señalamiento de los derechos y atribuciones de los parlamentarios, éstos, una vez definidos, ordenados y especificados, quedan integrados en el status propio del cargo, con la consecuencia de que podrán sus titulares, reclamar su protección cuando consideren que ilegítimamente se han constreñido o ignorado en sus alcances o efectos, por cualesquiera de los actos del poder público, incluidos los provenientes de la misma Corporación.

"La cobertura del derecho implica la protección judicial del conjunto de potestades y atribuciones parlamentarias definidas, ordenadas y especificadas en el status propio del cargo (ley 5ª de 1992). Sin embargo, no cualquier limitación jurídica o práctica al desenvolvimiento de dichas atribuciones constituye una vulneración al ius in officium, pues solamente aquellas que tengan la entidad suficiente para afectar el núcleo esencial de la función representativa parlamentaria, pueden llegar a ser objeto de control por parte de los jueces constitucionales. Dicho núcleo esencial se manifiesta entonces, por una parte, en las actividades directamente relacionadas con la producción legislativa, tales como, el poder formar parte de una Comisión Constitucional Permanente, el reconocimiento de la iniciativa legislativa, el derecho a asistir libremente a las sesiones de Comisión y Plenaria, la posibilidad de presentar proposiciones (principales, sustitutivas, suspensivas, modificativas o especiales), de intervenir, interpelar y replicar, y en general, todas aquellas garantías propias del debate o discusión parlamentaria para la aprobación de una ley. Y, por otra, involucra aquellos poderes que permiten el adelantamiento del control político a la actividad del Gobierno y a otras autoridades públicas del Estado, a través del ejercicio de la moción de censura, la solicitud de informes u la práctica de citaciones". (Resaltado no original).

Y en el auto 330 del 19 de noviembre de 2008, el Alto Tribunal sostuvo, que:

"[...] los fines del control político se han extendido con el paso del tiempo, pues éste ya no es solamente un instrumento para hacer efectiva la responsabilidad política del gobierno |15|, sino que ha terminado por convertirse en un instrumento para ventilar las principales preocupaciones de la sociedad y en un canal de comunicación entre el Congreso y la opinión pública |16|. De ahí, que en la concepción actual de control político, se haya extendido también el número de sujetos controlables, lo cuál ha supuesto la ampliación acompasada del ámbito de actividades susceptibles de control, que pasó de unas pocas y trascendentales decisiones del poder ejecutivo a cualquier atribución de carácter constitucional o legal encabeza de los poderes públicos |17| y privados". |18|

En el mismo sentido, importa señalar que en la actuación disciplinaria que la Procuraduría General de la Nación sigue en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, por estos mismos hechos, se escuchó al doctor José Gregorio Hernández Galindo, en calidad de testigo experto, quien, en esa condición, manifestó que el control político hace parte del sistema de "frenos y contrapesos" propio de una democracia como mecanismo para controlar el ejercicio del poder, por manera que, cuando un congresista cita o va a participar en ion debate de control político, o en el trámite de un proyecto de ley, debe contar con los elementos de juicio que estime suficientes, pudiendo para ello buscar información, datos, antecedentes y documentos e, incluso, entrevistar a un interno si fuere importante para su labor.

Igualmente precisó que si en desarrollo de dicha actividad el funcionario conoce de conductas punibles, está en la obligación de hacer las denuncias correspondientes ante la autoridad competente, de modo que "no puede ser sometido al silencio cuando conoce de un delito". |19|

Eso, precisamente, se demostró en esta investigación, pues como se verá enseguida, el doctor CEPEDA CASTRO, desde su llegada al congreso orientó su labor legislativa a temas relacionados con la defensa de los derechos humanos, tarea a la que venía dedicándose desde años atrás, |20| como lo manifestaron a la Procuraduría General de la Nación, en la actuación disciplinaria que se le sigue al congresista por estos mismos hechos, los doctores Ángela María Robledo, |21| Liliana María Uribe Tirado, |22| miembro de la Corporación Jurídica La Libertad, Juan Carlos Contreras, |23| Director Ejecutivo -suplente-de Nuevos y Mejores Caminos, Alirio Uribe, |24| Representante a la Cámara, y Franklin Castañeda Villacob, |25| Presidente del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, con quienes -excepto Alirio Uribe-, visitó varias de las cárceles del país.

Siendo ello así, es apenas lógico que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO aspirara a pertenecer a la Comisión de Derechos Humanos y, seguidamente, que la coyuntura presentada, a comienzos de su primer periodo legislativo, con la situación carcelaria fuera de su interés y, consecuente con ello, dedicara sus primeros esfuerzos, con el apoyo de su equipo de trabajo, a documentar las causas y los efectos de la crisis carcelaria.

En este sentido, vale la pena recordar que, en virtud a su trayectoria y labores desarrolladas como defensor de los derechos humanos, en la sesión del 10 de agosto de 2010, |26| en la Comisión Primera Constitucional, el doctor Germán Navas Talero lo postuló a la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos, honor que éste declinó, tras acordar a la doctora Consuelo González de Perdomo para esa dignidad. No obstante, en la misma fecha fue elegido vicepresidente.

Huelga anotar, en este sentido, que el doctor Navas Talero también declaró mediante certificación jurada en el proceso disciplinario que se sigue en contra del doctor CEPEDA CASTRO, y en esa ocasión manifestó que si bien no tuvo la oportunidad de acompañar a su colega en las visitas a las cárceles, si le consta que, como miembro igualmente de la Comisión de Derechos Humanos, ha visitado diferentes cárceles del país por solicitud de los reclusos o sus familiares, al tiempo que explicó que las funciones de la citada Comisión implican, especialmente, "la defensa de los derechos humanos cuando son desconocidos, como también, el control sobre toda autoridad encargada de velar por el respeto de los mismos", remitiéndose, en cuanto a las demás funciones, al artículo 57 del Reglamento del Congreso, Ley 5.ª de 1992. |27|

En efecto, de conformidad con la norma citada, la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias (que está conformada por 10 Senadores y 15 Representantes, según lo dispuesto en el artículo 57 de la ley 5.ª de 1992), tiene asignadas, entre otras funciones:

"1. La defensa de los derechos humanos, cuyas garantías sean vulneradas o desconocidas.

"En cumplimiento de esta función informará a las Plenarias de cada una de las Cámaras sobre los resultados alcanzados.

"2. La vigilancia y control sobre toda autoridad encargada de velar por el respeto de los derechos humanos, así como la promoción de las acciones pertinentes para que, en caso de incumplimiento, se apliquen las sanciones penales y disciplinarias correspondientes.

"3. La celebración de audiencias públicas especiales en las que los ciudadanos y representantes de gremios, colegios de profesionales, asociaciones cívicas y sociales, puedan exponer temas de interés para la sociedad y el conocimiento del Congreso.

"En las audiencias que serán públicas, se escucharán a los distintos sectores de la opinión nacional sobre aspectos de la legislación existente y sobre los proyectos que cursan en las Cámaras Legislativas, a fin de transmitir las iniciativas de carácter popular.

"4. Tramitar las observaciones que por escrito hagan llegar los ciudadanos con respecto a un proyecto de ley o acto legislativo.

"5. Realizar seguimiento del ejercicio real y efectivo de los derechos de las mujeres en los ámbitos públicos y privados en que se desarrollen.

"Realizar la promoción y difusión de los instrumentos normativos para la protección y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como preparar la elaboración de proyectos de ley para proteger a la mujer en el ejercicio de sus derechos y la adecuación de la legislación de las normas internacionales en la materia |28|".

Asimismo, mediante Resolución n.° 3053 del 2 de noviembre de 2010, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, |29| junto con otros 12 Representantes, fue designado miembro de la Comisión Accidental de Paz de la Cámara de Representantes, cuyas funciones |30| se concretaban a analizar y proponer iniciativas "que permitan superar situaciones inherentes al conflicto colombiano y que perturben la paz y reconciliación entre los colombianos".

Ahora bien, en el caso concreto de la crisis carcelaria que se viene presentando en nuestro país desde hace por lo menos 40 años, por diferentes circunstancias, no puede desconocerse que para el año 2010, cuando el doctor CEPEDA CASTRO se posesionó como Representante a la Cámara e integró la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias, la Corte Constitucional ya había declarado el Estado de cosas inconstitucional en esa materia, mediante la sentencia T-153 de 1998, señalando que la crisis carcelaria en el país se traduce en la violación de los derechos fundamentales de la población reclusa y su entorno, familiar, |31| ya qué se trata de un problema estructural, que viene de años atrás, porque las políticas públicas en esa materia han resultado ineficientes, pues:

"el problema de las cárceles y de las condiciones de vida dentro de ellas no ocupa un lugar destacado dentro de la agenda política. A pesar de que desde hace décadas se conoce que la infraestructura carcelaria es inadecuada, que los derechos de los reclusos se vulneran, que los penales no cumplen con su función primordial de resocialización y que los centros carcelarios del país rebosan de sindicados, no se observa una actitud diligente de los organismos políticos del Estado con miras a poner remedio a esta situación".

Tal decisión, que le ordenó al Gobierno Nacional y a las entidades vinculadas con el tema carcelario, como el INPEC, entre otros, diseñar "un plan, de construcción y refacción carcelaria tendiente a garantizar a los reclusos condiciones de vida dignas en los penales", |32| y a los entes de control como la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación ejercer vigilancia, también dispuso su notificación al Presidente de la República, a los Presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado de la República, al Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a los Presidentes de las Salas Administrativa y Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al Fiscal General de la Nación, a los Gobernadores, Alcaldes, Presidentes de las Asambleas Departamentales y Consejos Municipales y a los Personeros Municipales.

De tal magnitud era la gravedad del problema que en 2001, el Alto Comisionado de Naciones para los Derechos Humanos, en su informe sobre Colombia, advirtió que una de las preocupaciones de ese Organismo Internacional lo constituía la crisis carcelaria, porque:

"A través de visitas, entrevistas, documentos y estudios de las quejas recibidas por la Oficina en el 2001, la misión confirmó la existencia de una situación flagrante y sistemática de violaciones de los derechos humanos en los establecimientos carcelarios y las estaciones de la policía. A casi cuatro años de la sentencia T-153/98 de la Corte Constitucional que declaró que "el estado de cosas que se presenta en las prisiones colombianas, [...] es inconstitucional", y ordenó entre otras medidas "la realización total del plan de construcción y refacción carcelaria en un término de cuatro años" y "al Presidente de la República, como suprema autoridad administrativa y al Ministro de Justicia y del Derecho que [...] tomen medidas necesarias para garantizar el orden público y el respeto de los derechos fundamentales de los internos en los establecimientos de reclusión", la situación de las personas privadas de libertad ha empeorado".

Consecuente con ello, le recomendó al Estado colombiano:

"n.º 9. [...] la adopción y aplicación de una política criminal democrática y garantista, asegurando el diseño concertado de políticas sociales, de prevención de la violencia y manejo del conflicto intracarcelario. En este sentido, exhorta al cumplimiento oportuno de las decisiones de la Corte Constitucional relativas a las tutelas T 153/98 y T 847/00. La Alta Comisionada invita al Gobierno colombiano a que, en cooperación con su Oficina en Colombia, examine las recomendaciones producto de la misión internacional sobre cárceles a efectos de llevarlas eficientemente a la práctica". |33|

Ello, indudablemente pone de presente que la situación carcelaria del país y, en general, la de las personas privadas de la libertad, obligaba a concitar el interés de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Paz y, por lo mismo, concernían a las funciones del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO como Vicepresidente de la primera |34| y vocero oficial de la Segunda, |35| pues no obstante que en cumplimiento de la sentencia T 153/98 se adoptaron varias medidas, éstas no resultaban suficientes y ello se veía reflejado no solo en el cúmulo de tutelas instauradas por ese motivo, sino en las quejas enviadas a diferentes entidades, aún a instancias internacionales, como lo refirió el informe de Naciones Unidas, en las que reiteradamente se denunciaban violaciones a los derechos de los internos y reclamaban condiciones de vida digna.

Así lo evidencian, también, la multiplicidad de quejas, escritos y derechos de petición tramitados por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO ante la defensoría del Pueblo |36| entre 2010 y 2015, las cuales comprenden desde solicitudes de apoyo laboral para quienes salen en libertad, como maltrato en reclusiones de hombres y mujeres por parte de la guardia del INPEC, dificultades para el acceso a la salud, injusticias cometidas por funcionarios judiciales, solicitud de celdas adecuadas para minusválidos, o seguimiento o estudio de procesos, entre otras, todas dirigidas directamente al Congresista.

Lo anterior corrobora lo expresado por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO en la diligencia de versión libre y su posterior ampliación, en el sentido de que su interés por la situación carcelaria emanaba no solo de su formación como defensor de los derechos humanos, sino porque es un problema que viene de años atrás, aún no resuelto y, a no dudarlo, hace parte de la política criminal del Estado.

5. Intervención del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO en la crisis carcelaria y penitenciaria del país

El doctor CEPEDA CASTRO explicó que cuando se posesionó como miembro de la Comisión de Derechos Humanos, su proceder conteste con lo que el cargo le implicaba ante la grave situación de las cárceles en el país, reflejada en el cumulo de quejas y derechos de petición provenientes de los internos, fue diseñar un cronograma de visitas con el objeto de verificar las condiciones de privación de la libertad de los reclusos.

En el mismo sentido, Franklin Castañeda Villacob, Presidente de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, |37| declaró que acompañó al congresista IVÁN CEPEDA CASTRO en muchas de las visitas realizadas a las cárceles. Explicó que, ante la crisis presentada en 2011, principalmente con la penitenciaría la Tramacúa en Valledupar, en donde varios internos, en señal de protesta se habían cosido la boca, le solicitó al doctor IVÁN CEPEDA en la sede de Fecode hacer una visita, que efectivamente realizaron junto con el noticiero de la Cámara, luego de que el Congresista realizara los trámites pertinentes.

Efectivamente, el 17 de mayo de 2011 la Comisión de Derechos Humanos aprobó la proposición de autorizarlo, a él y a la doctora Consuelo González de Perdomo, |38| en condición de miembros de la Comisión de Paz -con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo y del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos-, para visitar, el día 22 del mismo mes, la cárcel de Valledupar, teniendo en cuenta que desde el 30 de abril de ese año, los internos estaban en desobediencia civil y exigían respeto a sus derechos: i) a no ser sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes, ii) los generados por desabastecimiento de agua potable en un lugar cuya temperatura ambiente alcanza los 40° C e, iii) insuficiencia del sistema de protección de salud de los internos, entre otros.

El 24 de mayo el doctor IVÁN CEPEDA rindió informe de su visita a la cárcel de Valledupar ante la plenaria de la Cámara de Representantes, solicitando remitir copia al Procurador General de la Nación y a la entonces Fiscal General de la Nación.

Dicho informe concluyó que a las delicadas denuncias de los internos |39| sobre la crisis sanitaria debido a la falta de agua potable, maltrato por parte del personal de la guardia, dificultades para desarrollar actividades de estudio y trabajo e irregularidades en los horarios y tratamiento de las visitas, se sumaba la constatación de un serio problema de salubridad |40| y la insuficiencia de la infraestructura del establecimiento, por manera que, para ese momento, no había mejorado, sino empeorado la situación advertida por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los derechos Humanos, en el informe presentado en 2011, cuando llamó la atención por las irregularidades y prácticas abusivas originadoras de tratos crueles e inhumanos.

El 13 de junio nuevamente visitó la cárcel de Valledupar, y se enteró que los guardias del INPEC habían incitado, en la anterior oportunidad, a un interno para que atentara contra su vida.

El 15 de Junio de 2011, la plenaria de la Cámara aprobó la proposición presentada por el doctor CEPEDA CASTRO, de dirigir una carta al Presidente Juan Manuel Santos, firmada por él y otros 15 congresistas, solicitando el cierre de la cárcel de alta y mediana seguridad de Valledupar. |41|

De igual modo, en sesión del 27 de julio de 2011, |42| la Comisión Segunda de la Cámara consintió la propuesta n.° 002 presentada por el mismo Congresista, con el fin de adelantar un debate de control político "para discutir la situación actual de los establecimientos carcelarios y penitenciarios del país", el cual se llevaría a cabo el 24 de agosto de 2011, |43| previa citación al Ministro de Justicia y al Director del INPEC.

Entre tanto, también visitó las cárceles de La Dorada, |44| Itagüí |45| Bellavista |46| y Picota, |47| con el acompañamiento de miembros de su Unidad Legislativa de Trabajo y, la mayoría de veces, del Comité Solidaridad con los Presos Políticos, en otras ocasiones con la organización Lazos de Dignidad y Nuevos y Mejores Caminos, al tiempo que presentó diferentes quejas a la Procuraduría General de la Nación sobre irregularidades denunciadas por los internos, y denuncias a la Fiscalía General de la Nación en contra de funcionarios del INPEC por actos de corrupción y violación de derechos humanos de los internos. |48|

El 24 de agosto de 2011, |49| en el debate de control político sobre la situación penitenciaria del país, en la Plenaria de la Cámara de Representantes, efectivamente el doctor IVÁN CEPEDA expresó que con su Unidad Legislativa estableció un cronograma de visitas para atender "los múltiples informes, solicitudes, testimonios [...]" recibidos en la Comisión acerca de la situación de las cárceles, y en esa sesión, pretendía mostrar la gravedad de la situación para que las autoridades del Gobierno encargadas de esa materia respondieran aspectos puntuales, al tiempo que propondría soluciones, como la atención prioritaria de los tres centros carcelarios del país en peores condiciones (Valledupar, Bellavista y Modelo) y crear una comisión encargada de revisar la situación de los detenidos que no tienen resuelto su caso, como "una medida de descongestión". |50|

Refirió el Congresista que las mayores dificultades del sistema carcelario se centran en las políticas públicas, hacinamiento, infraestructura penitenciaria, régimen disciplinario, salud y servicios públicos, así como el incumplimiento a la prohibición de infligir tratos crueles, inhumanos o degradantes, y concluyó, en primer lugar, que la situación descrita en la sentencia T 153/98, cuando la Corte Constitucional declaró el estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario, continuaba igual y empeorando y, en segundo lugar, que el populismo punitivo estaba contribuyendo a una situación insostenible de hacmamiento.

El Viceministro de Justicia agradeció al doctor IVÁN CEPEDA por el trabajo realizado con el equipo de colaboradores y por la realización del debate. Expresó que "la situación de los centros penitenciarios en Colombia, no es grave, es gravísima", |51| por las dificultades administrativas, de presupuesto, la falta de cupos, etc.

El director del INPEC, Brigadier General Gustavo Ricaurte Tapia, por su parte, también agradeció al doctor CEPEDA CASTRO y a su equipo de trabajo, con quienes visitó las cárceles, porque "sus apreciaciones han sido justas y han sido objetivas de lo que corresponde en el sistema penitenciario de Colombia y de lo que se viene desarrollando detrás [...] para direccionar una política penitenciaria del país", como en téiminos similares lo declaró en este asunto |52| al señalar que con el doctor IVÁN CEPEDA tuvo un diálogo amable y respetuoso y estaba agradecido por su gestión, porque le "ayudó a visibilizar un problema de hacinamiento y también en algunas ocasiones denunció". |53|

En esa oportunidad el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO presentó la proposición n.° 008, |54| consistente en crear una comisión de seguimiento para evaluar la situación actual de los establecimientos carcelarios y penitenciarios del país en temas de hacinamiento, alimentación, salud, educación, redención de pena y seguridad, la cual se tramitó y aprobó en sesión del 14 de septiembre del mismo año, |55| y una vez enterado el Director del INPEC, mediante oficio del siguiente 20, |56| suscrito por la Secretaria General de esa colectividad, requirió del Representante allegar a esa Institución la propuesta del cronograma de visitas, |57|

El debate continuó el siguiente 30 de agosto, |58| por solicitud de los congresistas Albeiro Vanegas Osorio y Yahir Fernando Acuña. |59| En esa ocasión asistieron, además del Viceministro de Justicia y el Director del INPEC, la canciller María Ángela Holguín, para tratar el tema de las personas privadas de la libertad con fines de extradición, y el Director del Grupo de Defensa y Seguridad de la Dirección General de Presupuesto, por delegación que le hiciera el Ministro de Hacienda.

A partir de entonces, las visitas realizadas por el doctor IVÁN CEPEDA a las diferentes cárceles del país se intensificaron, pudiéndose constatar cuando menos 52, en varias de ellas, con la presencia también de otros representantes |60| y algunos senadores, |61| lo mismo que asistentes de los grupos de trabajo de los congresistas acompañantes y miembros de las organizaciones de derechos Humanos como Lazos por la Paz y Comité de Solidaridad con los presos políticos.

En ese lapso, esto es, el 19 de junio de 2012, ofició al Ministro de Justicia dando cuenta de la actividad ilegal de Delio Alfonso Gálvis y Leonardo Ballesteros, quienes, según lo informaron los internos José Germán Senna Pico y Juan Guillermo Monsalve Pineda, ingresaron a la Picota como abogados y les exigieron una suma de dinero para evitar su traslado a la cárcel de Valledupar. |62|

El 15 de agosto de 2012, |63| nuevamente se llevó en la Plenaria de la Cámara un debate de control político sobre la situación carcelaria y penitenciaria de país, por citación que hicieran los Representantes IVÁN CEPEDA CASTRO, Gloria Estella Díaz, Hernando Hernández Tapasco y Alba Luz Pinilla, así como el Senador Carlos Alberto Baena -mismos que visitaron las cárceles-, con el objeto de rendir informe de la Comisión de Paz, "especialmente la situación de hacinamiento y las consecuencias que ello conlleva a los Derechos Humanos de la población carcelaria", además de escuchar las respuestas de la Ministra de Justicia, el Director del INPEC, la Ministra de Salud, el Defensor del Pueblo y la Contralora General de la República a los cuestionarios presentados por los citantes acerca de esta temática. |64|

Intervinieron también, por petición del doctor CEPEDA CASTRO, Franklin Castañeda, a nombre del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, quien se refirió al tema de hacinamiento, al populismo punitivo, a los manejos irregulares en los contratos de salud para atender a los internos y a las protestas que para ese momento se presentaban en 24 penales del país por todas esas circunstancias e, igualmente, sentó su inconformidad porque ante una semejante crisis le cerraron espacios a las organizaciones defensoras de derechos humanos para dialogar con los internos. |65|

Diego Arias, en representación de la Unión de Trabajadores Penitenciarios, se refirió, en términos generales, a la discriminación recaída en los funcionarios del INPEC, la excesiva centralización de funciones en la Unidad de Servicios Penitenciarios, el precario presupuesto para atender las necesidades, la pluralidad de regímenes internos, entre otras dificultades, que sumadas al hacinamiento carcelario por el populismo punitivo, ubican a la guardia penitenciaria también como víctima de la grave situación, ante la falta de personal de custodia para cubrir los puestos de servicio, los cuales distan mucho de lo que exigen los estándares internacionales.

Por último, importa señalar que, para mayo de 2013, |66| la Secretaria General de la Cámara de Representantes informó a la Sala que en relación con la situación del sistema carcelario y penitenciario, el doctor IVÁN CEPEDA promovió los debates de control político aludidos en precedencia, agregando, además, que el 15 de mayo de ese año se llevaría a cabo otro sobre idéntica problemática.

Consecuencia de esa intensa actividad al interior de las cárceles, misma que, a través de los debates de control político, permitió revelar en el seno de la Plenaria de la Cámara de Representantes, del Gobierno y las autoridades concernidas con el tema carcelario la gravedad de la crisis, pueden destacarse: i) la creación de la Comisión Interinstitucional con el objeto de analizar y hacer seguimiento al Sistema Carcelario, |67| al cual asisten como invitados permanentes los doctores IVÁN CEPEDA CASTRO y Gloria Inés Ramírez Ríos, según lo informó a la Corte la Directora de Política Criminal y Penitenciaria de esa entidad, |68| y ii) la sentencia T 388 del 28 de junio de 2013, mediante la cual, al pronunciarse respecto de un cúmulo de acciones de tutela interpuestas por múltiples internos desde diferentes cárceles de país, la Corte Constitucional declaró que el sistema carcelario "nuevamente está en un estado de cosas contrario a la constitución política de 1991", pues consideró, entre otras razones, que si bien la situación declarada en la sentencia T 153/98, básicamente por situación de abandono del Estado se había superado, en la actualidad, pese a las inversiones al respecto, persistía un severo problema de hacinamiento.que genera una compleja vulneración de derechos fundamentales de los internos.

Lo anterior evidencia que el trabajo del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO con su equipo del Congreso, y otros congresistas, en uñ tema tan complejo, cumplió los objetivos, pues el debate de control político adelantado el 24 y 30 de agosto de 2011 para visibilizar el problema y exigir de las autoridades competentes las medidas necesarias para conjurar la crisis, constituyó un elemento de prueba a tal punto importante, que integra, como anexo n.° 3, la sentencia T 388/13, mediante la cual la Corte Constitucional, como se dijo, declaró por segunda vez el estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario del país.

Por último, resulta oportuno señalar que, mediante resolución n.° 2282 del 12 de septiembre de 2012, |69| la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes,

"teniendo en cuenta las nuevas circunstancias para la consecución de una paz negociada al conflicto armado por parte del Gobierno Nacional, se hace necesario y conveniente fortalecer la Comisión de Paz designando nuevos miembros con el fin de dar mayor participación en las deliberaciones sobre el trascendental tema para la paz que tanto interés tiene para la sociedad colombiana y el papel que tiene el Congreso de la República dentro de la colaboración armónica como órgano del Estado que asegure la convivencia pacífica de los colombianos".

Tal Comisión se conformó con 28 Congresistas, incluido el doctor CEPEDA CASTRO, y en desarrollo de sus funciones también visitó las cárceles y entrevistó internos, como igualmente lo afirmó en la versión libre rendida en este asunto, aportando como prueba de ello la nota publicada el 25 de diciembre de 2015 por el diario el Tiempo |70| titulada "Gobierno Colombiano recibió recomendaciones sobre guerrilleros presos".

Allí se informa que la Comisión integrada por los congresistas Gloria Inés Ramírez, IVÁN CEPEDA, Hernando Hernández, Ángela María Robledo y Gloria Stella Díaz, los funcionarios de sus Unidades Legislativas, así como miembros de las organizaciones de derechos humanos Lazos de Dignidad, Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y Comité de Solidaridad con los Presos Políticos del Partido Comunista, presentaron al Gobierno Nacional un texto con el resultado de 15 visitas a cárceles del país, con entrevistas a 274 personas y un diagnóstico sobre las condiciones actuales de privación de la libertad y recomendaciones al respecto, que serían evaluadas en reuniones periódicas con la Ministra de Justicia y el Alto Comisionado para la Paz.

De tales visitas la doctora Ángela María Robledo también dio cuenta en la Procuraduría, donde declaró mediante certificación jurada. |71| Allí explicó que, como miembro de la Comisión de Paz del Congreso, en compañía de otros compañeros de ese cuerpo legislativo, el doctor IVÁN CEPEDA y la Senadora Gloria Inés Ramírez, visitaron cerca de 14 cárceles del país, luego trasladaron las denuncias a la Plenaria de la Cámara y, con "con una misión humanitaria de la Comisión de Paz de la Cámara y a finales de 2012, entregamos al Gobierno un informe sobre la precaria situación en que sobreviven miles de personas. A la fecha no conocemos los avances al respecto. En dicho informe también se presentan las condiciones de vulneración de los derechos humanos de integrantes de la guerrilla de las Farc - Ep y del Eln". |72|

Y mediante la proposición n.° 28, |73| aprobada el 17 de abril de 2013, por Unanimidad en sesión Plenaria de la Comisión Segunda Constitucional Permanente, se adicionó la anterior, en el sentido de invitar al representante delegado por el Centro Penitenciario y Carcelario de Cómbita, al director del INPEC, a los 10 ponentes de la reforma al Código Penitenciario y a los integrantes de la Comisión de seguimiento al sistema penitenciario y carcelario.

Por último, tampoco puede pasar inadvertido que, consecuente con su forma de proceder en las tareas emprendidas por el doctor IVÁN CEPEDA como congresista, continuó, como lo dijo categóricamente en la versión libre, haciéndole seguimiento a las denuncias disciplinarias y penales presentadas durante su labor al interior de las cárceles y, por ello, diligenció ante las autoridades competentes las solicitudes de protección para los internos Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, constituyéndose como actor popular en la investigación que se abrió en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez, luego de escuchar en declaración a los citados testigos quienes, como se verá más adelante, se ratificaron de sus dichos.

Además, como la situación de seguridad, en particular con Sierra Monsalve, se advirtió difícil desde un comienzo y fue tornándose preocupante con los hechos subsiguientes, no sólo actuó ante el INPEC y la Fiscalía para que se adoptaran medidas preventivas tendientes a conjurar los riesgos, evidenciados en los atentados de que fue víctima aquél, el 11 de abril de 2012 promovió un debate de control político acerca del estado de las investigaciones iniciadas por los crímenes de lesa humanidad relatados por aquellos y dejó constancia de situaciones que indicaban la planificación de acciones con miras a neutralizar las denuncias.

El 5 de agosto de 2014, mediante la proposición n.° 06, |74| demandó citar al Director de la Aeronáutica Civil, al Jefe de la Dirección Nacional Antinarcóticos de la Policía, para que "respondan el siguiente cuestionaño sobre los derechos a la verdad y a la justicia de las víctimas del paramilitarismo en Colombia", invitación que igualmente extendió al Contralor General de la República, al Fiscal General y al Procurador General de la Nación.

Ese debate se llevó a cabo el 17 de septiembre de 2014. Allí el doctor IVÁN CEPEDA hizo un recuento de la génesis del paramilitarismo en Antioquia, advirtiendo que el tema del debate era, a la postre, sobre una responsabilidad que ha permanecido en silencio, pero la debe asumir el doctor Álvaro Uribe Vélez, actualmente Senador de la República, de modo que se desarrollaría en dos sesiones: i) las denuncias más destacadas en contra de Álvaro Uribe durante su carrera política y, ii) las pruebas que de todas esas denuncias, comprometen judicialmente a Uribe Vélez.

De igual manera, en uso del derecho a la palabra, el doctor Álvaro Uribe Vélez, manifestó que las infamias en su contra y de su familia, de las que "el actual Gobierno" se valió para promover el debate, no son ciertas, y en lo que concierne a los temas objeto de este asunto, señaló: i) Juan Carlos Meneses, fue desvinculado de la Policía durante su Gobierno, trabaja con narcotraíicantes para desacreditarlo "con un Gobierno extranjero como el de Venezuela, parapolíticos, y enemigos, como el citante, ofrecían jugosas sumas para declarar en mi contra" (resalta la Sala), cuestionando que no se haya solicitado la extradición de Rafael García o Meneses ii) Pablo Hernán Sierra fue capturado durante su Gobierno porque no se desmovilizó y lo que dice en su contra y de su hermano, es producto del odio porque no lo postuló a Justicia y Paz, iii) el congresista citante tramitó 27 permisos para visitar a Juan Guillermo Monsalve Pineda, hijo del administrador de Guacharacas, "le dice una cosa al video del senador citante y otra a la Corte, entre lo que dice, es que yo patrullaba de camuflado, yo de gobernador de Guacharacas patrullaba de camuflado [...]", iv) no es cierto que los paramilitares lo hubieran escoltado, siempre ha sido el Ejército el encargado de su seguridad, v) el padre de Monsalve dijo en la Corte que el congresista Citante le ofreció llevarlo al extranjero o a Barranquilla y le hizo pagos de hasta $ 1.200.000 al mes, "hay, que yo pagara testigos" y vi) anunció la existencia de otras pruebas, recolectadas por él, que demostrarían la existencia de una conspiración en su contra y de su familia para difamarlo. Fue entonces, cuando trajo a la Corte las entrevistas de Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez, quienes, como ser demostrará en el acápite pertinente, mintieron en sus declaraciones.

Corolario de lo anterior, es que nada indica que el doctor IVÁN CEPEDA actuó ilícitamente. Su actividad en ejercicio de la función de control político se ajusta al alcance constitucional y legal de dicha facultad, de modo que no ejerció de manera abusiva una competencia atribuida a otra autoridad.

6. En el contexto en el cual se llevaron a cabo las entrevistas a los internos Pablo Hernán Sierra García, Juan Guillermo Monsalve Pineda y otros, excedió el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO sus funciones congresionales.

Como se dejó claro atrás, varias son las circunstancias en las que el doctor IVÁN CEPEDA visitó las cárceles del país: i) por iniciativa propia como defensor de Derechos Humanos con el acompañamiento de su grupo de Trabajo Legislativo y miembros de las organizaciones Lazos de Dignidad, Nuevos y Mejores Caminos con el propósito de atender la diversidad de quejas y solicitudes de los internos del país, con miras a documentar el tema objeto del control político sobre la crisis carcelaria ii) por autorización de la Comisión Segunda de la Cámara de. Representantes en relación con la cárcel de la Tramacúa en Valledupar, a raíz de la desobediencia de los internos presentada desde el mes de abril de 2011; iii) como miembro de la comisión autorizada en sesión plenaria del 24 de agosto, para evaluar la situación carcelaria del país,, a propósito del debate de control político promovido por él sobre dicho tema, y iv) como miembro de la Comisión de Paz para establecer las condiciones de reclusión con miras a rendir al Gobierno un informe, en relación con los guerrilleros privados de la libertad.

La actuación del doctor IVÁN CEPEDA en tal sentido, desde luego, fue y sigue siendo visible ante la población reclusa, por estar relacionada con un tema de alta sensibilidad, que aún para 2011, es decir, más de 10 años después de que la Corte Constitucional declarara el Estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario y penitenciario del país en 1998, calificado en ese momento como un "problema de orden público", persistía, como nuevamente se declaró en la sentencia T 388 de 2013, según se reseñó en precedencia.

En este sentido, resulta relevante lo declarado por Franklin Castañeda Villacob, Presidente del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, en cuanto que el tema de la cárcel de Valledupar,

"[...] si se quiere, fue un tema ejemplar, hubo hasta especiales en el Tiempo y demás. Como lo dije, pronunciamientos del Alto Gobierno, pronunciamientos de la Comunidad Internacional y eso ocasionó que los detenidos del país nos llamaran, se comunicaran o con el Comité o con IVÁN CEPEDA. [...] tiene una particularidad y es que él en las reuniones con los detenidos daba su número de teléfono [...] y empezamos a recibir llamadas. Así fue que fuimos a la cárcel de Bellavista, fuimos a la cárcel de Itagüí, fuimos a Cómbita, fuimos a Picota, se estuvo en la Modelo, estuvimos en Jamundí, estuvimos en la cárcel de la Dorada atendiendo distintas situaciones. En esto atendimos temas de situación carcelaria; atendimos cartas de presos que al llegar nos planteaban situaciones un poco más particulares, atendimos casos graves de violaciones de derechos humanos o de acusaciones contra terceros como creo que lo puedo plantear así, el objeto de esto, el tema de la denuncia por todo el mundo conocida, contra el señor Álvaro Uribe Vélez, atendimos temas de muertos [...]"

Así, igualmente, se observa en el escrito fechado el 30 de agosto de 2011, suscrito por Luis Emilio Úsuga Urrego, |75| en el que, luego de agradecerle por su "trabajo investigativo y crítico que ha venido desarrollando [...] en aras de visibilizar la real problemática y crisis carcelaria y defender nuestros derechos que a diario se ven pisoteados y vulnerados [...]" y expresarle que los internos estuvieron totalmente de acuerdo con lo planteado en el debate de control político, le expresó su deseo de "dar nuevas pautas a Ustedes y cada uno de los que han venido defendiendo y luchando para que nuestra vida carcelaria se haga más humana y digna".

Así las cosas, la Sala examinará las circunstancias en que el doctor IVÁN CEPEDA se entrevistó con los internos con quienes, según las constancias procesales acopiadas en este asunto, o bien hicieron denuncias en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y otras personas, o señalaron al Congresista de solicitarles declaraciones con sindicaciones específicas, como pasa a verse:

7. Pablo Hernán Sierra García

El 19 de agosto de 2011, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO entrevistó a este interno en la cárcel de Itagúí, con el acompañamiento de Franklin Castañeda Villacob, David García Rodríguez, funcionario de la Unidad de Trabajo Legislativo del congresista, y algunos miembros de su escolta.

Previo a esa visita, el doctor CEPEDA CASTRO solicitó, por escrito, |76| autorización al INPEC, y una vez otorgada la misma, por oficio n.° 2681 del 18 de agosto de ese mismo año, el Director Técnico del Instituto Penitenciario, así se lo informó al Director de la cárcel de Itagüí.

Teniendo en cuenta la fecha en que se llevó a cabo tal actuación, varias son las circunstancias que ameritan destacarse:

i) La visita del 19 de agosto 2011 realizada por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO a Pablo Hernán Sierra García, obviamente no tuvo como sustento la autorización general otorgada por la Plenaria de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, pues ésta, como se ha repetido, se originó en la plenaria del 24 de agosto de 2011, con el propósito de hacer seguimiento a la situación carcelaria.

Tal circunstancia, sin embargo, no deslegitima, ni desborda el ámbito funcional de competencia del doctor CEPEDA CASTRO, no solo porque no está prohibido que un congresista visite y entreviste a un interno, como lo sostuvo el doctor José Gregorio Hernández en la declaración rendida en la Procuraduría General de la Nación, |77| sino porque como miembro de la Comisión de Derechos Humanos, desde el mes de mayo adelantaba un intenso y arduo trabajo con el apoyo de su Unidad Legislativa, precisamente con miras a documentar la crisis carcelaria, reflejada con las protestas de los internos de la cárcel de Valledupar, y porque la labor del Congresista para visibilizar el problema trascendió, de manera seria, a instancias Gubernamentales, y evidenció una realidad generalizada en los demás centros de reclusión del país, razón por la cual, muchas de las visitas a otras instituciones carcelarias, como lo recordó el señor Castañeda Villacob en su declaración, se originaron en solicitudes individuales o colectivas de los internos, e incluso de los directores de tales establecimientos, como ocurrió con la cárcel de Bellavista.

Tal circunstancia, destacada por el doctor CEPEDA CASTRO a la hora de explicar por qué se entrevistó con Sierra y Monsalve, encuentra clara corroboración en las solicitudes de ingreso a la cárcel de Itagüí y en las actas de las sesiones del 24 de agosto y el 30 de septiembre de 2011 -todas reseñadas en el acápite anterior-, correspondientes al debate de control político sobre la crisis carcelaria, y por los testimonios de quienes presenciaron tales encuentros.

Pablo Hernán Sierra García, en declaración rendida en este asunto, |78| explicó, con el ánimo de contextualizar por qué en la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO habló de los presuntos vínculos del doctor Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago con el bloque Metro de las autodefensas, que por intermedio de la doctora Mercedes Arroyave, su abogada, estableció contacto con el Congresista, porque desde comienzos de 2011 tenía la decisión de contar la verdad.

Efectivamente, en el encuentro de esa fecha, Sierra, relató las circunstancias en que se vinculó con esa organización armada ilegal en 1995, su participación en los diálogos del Gobierno del doctor Álvaro Uribe Vélez con las autodefensas para su desmovilización, las circunstancias en que, posteriormente, capturaron a alias Don Berna, Julián Bolívar y Ramón Isaza, los motivos de la extradición de otros líderes de la agrupación, sus temores, como Comandante del Bloque Cacique Pipintá frente a la falta de garantías, finalmente confirmados con su captura en enero de 2007 pese a estar reconocido mediante resolución Presidencial n.° 119 |79| del 18 de mayo de 2004, como miembro representante de la citada agrupación.

Explicó, entonces, que después de 4 años de permanecer en silencio enfrentando procesos penales, mientras que sus compañeros, postulados a Justicia y Paz, estaban hablando, decidió contar la verdad. Por eso, el 20 de febrero de 2011 le dio una entrevista al periodista Arnulfo Méndez:

"que hice yo, empecé a buscar apoyo en la izquierda como medida de protección para mí, para mi familia y para yo poder contar la verdad, a la primera que yo llame fue a la senadora Piedad Córdoba. Ya después, hice un contacto con [...] Iván Cepeda porque él era el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara, ¿quién mejor que él? Y yo le hice la primera invitación lo hice por escrito y tengo copia, soy yo quien lo convoco a él, y ya después le doy la entrevista en Itagüí, ya cuando hablo de todo esto de parapolítica, porque ahí es donde yo hablo de Luis Alfredo Ramos, del gobernador Aguilar, de Bonet Patiño, que fue la cuota que le dieron a la central Bolívar [...] y ahí la Corte me da credibilidad y le meten falso testimonio a Julián Bolívar [...] también hablo de reuniones en el Valle [...], a los 15 días me hacen llegar aquí a la Corte Suprema de Justicia [...] y entonces ahí comienza toda mi odisea, en esa entrevista le digo yo al Presidente Uribe que se desmovilice, que le cuente la verdad a este país [...] ya el Presidente me pone una denuncia por injuria y calumnia que es el proceso que vengo librando en Medellín [...]".

En la misma diligencia, y luego de destacar situaciones de riesgo e irregularidades que sobrevinieron a sus declaraciones iniciales, en cuanto a las condiciones de seguridad en los traslados del sitio de reclusión, precisó que el único motivo por el que buscó entrevistarse con el congresista investigado,

"fue por protección como representante de Derechos Humanos, no fue más", y enfatizó que, "en ningún momento él doctor Cepeda me ha direccionado a mí, no me ha orientado, diga esto, nunca, es solo ver las declaraciones, el doctor Cepeda, cuando por Dios, podía saber lo que yo estaba yo diciendo?", máxime que, "es un hombre muy parco, es un hombre muy seco para hablar, yo le conté que quería hacer unas denuncias, de contar la verdad, de cómo se había fundado el bloque Metro y él ahí mismo prendió la grabadora y me dijo, hable, cuente y yo comencé a contar, como aquí, la conversación fue muy poquita".

En idéntico sentido, Franklin Castañeda Villacob declaró sobre los antecedentes y pormenores de la entrevista, así:

"[...] nosotros no sabíamos que Pablo Hernán Sierra iba a hablar de ese tema. Nosotros fuimos, [...] Iván Cepeda, fue David y yo [...] él comenzó hablando del tema del proceso de paz con los paramilitares, de que el gobierno les había fallado, de cómo se vivía en la cárcel y, terminó posteriormente en el tema del doctor Álvaro Uribe Vélez, su hermano y otras personas. Estos hechos incluso ya habían sido anunciados por el señor, el señor nos entregó una documentación casi de referencia a eso, nos entregó un recorte de periódico [...] de una subasta ganadera. Nos entregó una declaración que él había dado en Justicia y Paz, mucho antes, incluso, de que nosotros lo visitáramos. En consecuencia, aquí no es que nosotros llegamos y a decirle al señor, 'le vamos a ofrecer tanto para que usted diga tal cosa de Álvaro Uribe' y ese señor ya lo había dicho unos meses antes y yo soy sincero, nosotros no sabíamos que ese señor había dicho eso. [....] en consecuencia, resulta totalmente ilógico decir que nosotros somos los que llegamos, o que IVÁN CEPEDA, quien es el que está acusado aquí, llegue a pedirle o a ofrecerle dinero a X o Y persona o a ofrecerle beneficios que además, no puede dar".

David García, miembro de la Unidad de Trabajo Legislativo del doctor IVÁN CEPEDA, en la Cámara de Representantes, |80| quien grabó la entrevista de Pablo Hernán Sierra en la cárcel de Itagüí, también aseguró que el interno solicitó la visita, expresamente autorizó la filmación, la cual se llevó a cabo sin ninguna formalidad.

David García también especificó que Alias Alberto Guerrero contó la historia de su vida, su fugaz paso por la política, sus nexos con los paramilitares, el hurto de gasolina, la conformación del bloque Cacique Pipintá y, en relación con el doctor Álvaro Uribe Vélez, rememoró una subasta ganadera, hecho relatado meses atrás a Noticias Uno y a una Fiscalía de Justicia y Paz, según dijo.

Pues bien, como se verá enseguida, la secuencia cronológica de las intervenciones de Sierra García ante los medios, las autoridades judiciales, la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA, su actitud en ella y la forma como se desarrolló, claramente corroboran, de un lado, que el contexto en que ocurrió fue el de la coyuntura presentada con la situación carcelaria en 2011, en lo que tiene que ver con el investigado y, de otro, esto es, con respecto al interno, con su determinación de contar la verdad y su convencimiento de ser merecedor a la postulación a Justicia y Paz, por su compromiso de asumir responsabilidad por los delitos cometidos en la zona en donde tuvo injerencia el bloque Cacique Pipintá, del cual fue su comandante.

Para comenzar, no puede pasar desapercibido que desde su captura en 2007, Pablo Hernán Sierra expresó su disposición de aclarar los hechos delictivos ocurridos en su zona, y se reservó en sus intervenciones lo pertinente a los vínculos de su organización con personalidades de la política, porque, como se expresó atrás, está convencido de reunir las condiciones para su inclusión en Justicia y Paz, pese a que no se desmovilizó en 2006, porque, a su juicio, no se cumplían las garantías acordadas con el Gobierno de entonces.

En efecto, año y medio después de su captura, Sierra García le solicitó al Fiscal 53 Delegado ante el Tribunal de Manizales, |81| lo escuchara en declaración, diligencia que se cumplió los días 11 y 12 de septiembre de 2008. En esa ocasión manifestó: "yo soy el responsable de todos los delitos políticos que el Cacique Pipintá cometió en Caldas en los municipios en que tuvo injerencia y es lo que estoy dispuesto a esclarecer en Justicia y Paz", siempre y cuando se cumplan las garantías para él y las personas que desmovilizó.

En su relato, Pablo Hernán Sierra, contó que antes de ser paramilitar fue comerciante de productos agropecuarios y sus padres tenían una finca en Barbosa, Antioquia, pero como el frente Bernardo López Arroyave del E.L.N. los sacó de la zona, se convirtió en informante de la Cuarta Brigada y colaboró también con el Batallón Pedro Nel Ospina, luego, cuando comenzó la incursión de las autodefensas en Santo Domingo, conoció a alias Jota y a Doble Cero, y a través de ellos, se involucró con la organización. Estuvo preso en 1997 por el hurto de una volqueta que necesitaban para "hacer un trabajo [...] bueno en el bloque Metro yo me desempeño y es lo que debo contar cuando se den las condiciones de Justicia y Paz, yo en el bloque Metro fui el fundador del cartel de la gasolina", construyó válvulas para la extracción de gasolina, que instaló en el oleoducto de Ecopetrol para financiar el grupo. De allí salió para el departamento de Caldas, en donde continuó con el hurto de combustible y, cuando ascendió a comandante conformó el bloque Cacique Pipintá, asumiendo el alias de Alberto Guerrero, porque Alberto és un nombre muy común y guerrero porque estaba en la guerra, explicó.

También mencionó los municipios de influencia del bloque Cacique Pipintá, suministró nombres de sus miembros, incluido su rango, y advirtió que varias de sus estructuras, con las que no tenía contacto desde que capturaron a Jonathan, uno de sus hombres, continuaban delinquiendo y, por último, le comentó al Fiscal que para su postulación a Justicia y Paz envió escritos al Comisionado de Paz expresándole su voluntad de "desmovilizar las estructuras que hay, inclusive antes de que se entregaran estos muchachos" y que, antes de esa diligencia, le envió un derecho de petición, pero no le habían contestado.

A partir de entonces, no se tiene conocimiento de declaraciones o cualquier otra manifestación de Sierra García en relación con su pertenencia a las autodefensas, diferente a la entrevista del 20 de febrero de 2011, |82| cuando le contó al periodista Arnulfo Méndez, de Noticias Uno, que en 2002 el bloque Cacique Pipintá, que él comandaba, apoyó la campaña de Álvaro Uribe Vélez a la Presidencia de la República con una subasta ganadera organizada por él, a la que asistió el candidato.

En esa oportunidad, también le reveló algunos detalles del complot para desprestigiar a la Corte Suprema de Justicia, en el que participó el abogado Enrique Anaya, alias Job y Don Berna, "simulando un ofrecimiento de los Magistrados de la Corte".

Seguidamente, esto es, el 11, 15 y 22 de marzo del mismo año -2011-, Sierra García declaró en la Corte. |83| Habló de su relación con el bloque Metro, de la creación del cartel de la gasolina en el corregimiento de Cristales con autorización de alisas J, su posterior traslado al departamento de Caldas, en 1999, en donde inició su actividad ilícita en el municipio de La Merced. Explicó que como los ganaderos hablaron con Vicente Castaño para no depender del grupo del suroeste sino del Cacique Pipintá, hacia el 2002 le entregaron el municipio de la Pintada, donde contó con el apoyo de Hernando Montes, Presidente de Asogán.

Según lo aseguró Sierra García en esa diligencia, era la primera vez que contaba ante una autoridad judicial que la subasta ganadera realizada el 9 de febrero de 2002, para apoyar la campaña presidencial de Álvaro Uribe Velez, |84| la organizó él con el apoyo de Hernando Montes.

Igualmente, mencionó un encuentro ocurrido en 2005 o 2006 entre Oscar Arboleda, Manuel Ramiro Velásquez y el exgobernador Luis Alfredo Ramos Botero para tratar el tema de la ley de Justicia y Paz, en el municipio de Bello, Antioquia, en una finca de Albeiro Quintero, hecho sobre el cual nuevamente declaró el 23 de marzo de 2011 en el radicado n.° 27.267 que se tramitó en esta Corporación en contra de Oscar Suárez Mira |85| y el 8 de abril del mismo año en el expediente n.° 35.691 contra el doctor Luis Alfredo Ramos, |86| ex gobernador de Antioquia.

El 13 de julio de 2011, Pablo Hernán Sierra rindió entrevista ante funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía de Justicia y Paz de Medellín. |87| Contó: a) que en 1993 aspiró a la alcaldía de Santo Domingo, avalado por el movimiento Unionismo del doctor Luis Alfredo Ramos, b) cómo se vinculó con los paramilitares entre 1995 y 1996, c) que 1998 con la autorización de alias J y alias Doble Cero, en San José del Nus, inició el cartel de la gasolina para financiar el grupo armado ilegal que nacía como bloque Metro, d) luego de su traslado a Caldas conformó el bloque Cacique Pipintá, cuya estructura y zona de injerencia explicó y, e) reiteró lo dicho en la entrevista del 20 de febrero del mismo año a Noticias Uno, con el periodista Arnulfo Méndez, sobre la subasta ganadera organizada por él en 2002 para recolectarle fondos a la Campana presidencial del doctor Uribe Vélez, agregando que integrantes del bloque Cacique Pipintá prestaron seguridad con la aprobación de Hernando Montes, presidente de Asogan, hechos sobre los cuales, precisó, también dio testimonio en la Fiscalía 11 de Manizales.

ii) Si bien es cierto que en la entrevista del 19 de agosto de 2011 Sierra García se explayó en detalles y hechos cuya ejecución le atribuye al doctor Álvaro Uribe, a su hermano Santiago, a los hermanos Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe, así como a Santiago Gallón Henao, también lo es que, una vez llamado por las autoridades judiciales a rendir declaración formal en las diferentes investigaciones, bajo la gravedad del juramento, se ratificó sin ambages de esos señalamientos, narrándolos de manera conteste y coherente con los relatos informales dados al noticiero y al doctor CEPEDA CASTRO e, igualmente, en este asunto, en declaración rendida bajo la gravedad del juramento, |88| en presencia del Representante del Ministerio Público, de la parte civil y de la defensa, relató su historia como paramilitar y sus vínculos con otras personas, incluido el doctor Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago.

Tales hechos, con mayores detalles, precisiones y otros relacionados con el accionar del bloque Metro en Antioquia y el Cacique Pipintá en Caldas, fueron extensamente relatados ante el Fiscal 45 de Justicia y Paz de Medellín, en entrevista realizada el 25 de octubre de 2011, en cumplimiento de orden impartida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de esa ciudad, con base en publicaciones de la Revista Semana acerca de los hechos revelados por él al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO.

Sierra relató: a) que fue capturado el 18 de enero de 2007 en Medellín, no se desmovilizó, pero participó en los diálogos de paz con el Gobierno en el municipio de La Merced, en donde iniciaron las conversaciones; b) explicó los pormenores de las circunstancias que lo convencieron de no continuar en los diálogos; c) la negativa del Gobierno de postularlo a Justicia y Paz, pese a su voluntad para desmovilizar a sus hombres, siempre y cuando le asegurarán garantías, como lo ofreció desde el momento de su captura; d) que su situación después de conocerse el contenido de la entrevista con IVAN CEPEDA no se vio alterada, ni recibió amenazas. De todas maneras, dijo, estaba gestionando protección en la Fiscalía con la colaboración del congresista y de Piedad Córdoba. No obstante, el Fiscal le manifestó que el ente investigador había solicitado las medidas de protección necesarias y ahondaría para que se extendieran a la familia.

En dicha diligencia, Sierra García le informó al Fiscal que Juan Guillermo Monsalve Pineda, mencionado por él como testigo de varios hechos del bloque Metro, porque fue su amigo y compañero en la organización, además de ser el hijo del administrador de la hacienda Guacharacas, y a quien igualmente entrevistó el doctor CEPEDA CASTRO, fue hostigado, incluso por su propio hermano, para que no hablara y no le causara problemas a la familia, y agregó que por lo menos hacía 20 días los abogados de Álvaro y Santiago Uribe, Juan Guillermo Villegas y Santiago Gallón visitaron a los parientes de Juan Monsalve para que se comprometieran a desmentirlo.

En cuanto a los hechos que dio a conocer, en los cuales involucra al doctor Álvaro Uribe y miembros de su familia, enfatizó que después de 4 años de guardar silencio "no voy a salir a especular", máxime que su decisión de contar la verdad no es una persecución personal contra nadie, lo que pasa, enfatizó, es que las personas tienen miedo de contar lo que pasó con las autodefensas en Antioquia, por la falta de garantías, como dijo, le ocurría en ese momento a alias Simón y alias Castañeda.

El 12 de diciembre de 2011, en la denuncia en contra de Álvaro Uribe Vélez, puesta anticipadamente en conocimiento del doctor CEPEDA CASTRO mediante escrito fechado el 12 de diciembre de ese año |89|, Sierra García relató las irregularidades que, a su juicio, se presentaron en las capturas de Edward Cobos Téllez, Carlos Mario Jiménez Naranjo, Daniel Mejía, Luis Eduardo Zuluaga, Rodrigo Pérez Álzate y Arnulfo Triana Mahecha, entre otros, en la sede de negociaciones con el Gobierno, las presiones originadas en el seno de la Presidencia del doctor Uribe Vélez para "callar la verdad de los paramilitares a cualquier precio" y los motivos, que calificó de infundados, para realizar el operativo en las instalaciones de la cárcel de Itagüí, con el que, a la postre, se justificó el trámite de extradición de los altos mandos de la organización que resultaban "incómodos".

En el interrogatorio al indiciado, rendido por Pablo Hernán Sierra el 3 de abril de 2012, |90| dentro de la investigación que cursó en su contra por el delito de calumnia, según la querella presentada por el doctor Álvaro Uribe Vélez, a propósito de la entrevista con el congresista IVÁN CEPEDA CASTRO, aseguró que buscó al congresista por voluntad propia y para "contarle la verdad al país" y no porqué aquél le ofreciera contraprestación alguna. Por último, ratificó lo dicho en aquella ocasión y dejó la siguiente constancia:

"el doctor CEPEDA me visitó en la cárcel por petición mía y que lo que estoy denunciando en contra del señor ex presidente Álvaro Uribe no es un montaje, no es persecución política, sino un compromiso con la verdad [...]".

En declaraciones rendidas el 23 y 24 de mayo de 2012, en su orden, ante la Fiscalía 32 Especializada de Medellín |91| y 18 Especializada de la Unidad Nacional contra el Terrorismo dé Bogotá, |92| Sierra García reiteró que a finales de 2011 se entrevistó con el doctor IVÁN CEPEDA, por iniciativa suya, y ratificó sus afirmaciones acerca de la conformación del bloque Metro y los presuntos vínculos de Álvaro y Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón Henao y Juan Guillermo Villegas Uribe con ese grupo, y advirtió que si algo llegare a ocurrirle a él o a su familia, hacía responsables a dichas personas.

El 23 de mayo de 2012 en el proceso n.° 1.060.051 que se sigue en contra de Santiago Gallón Henao y Juan Guillermo Villegas Uribe, por el delito de concierto para delinquir: a) relató que se vinculó en 1995 con las autodefensas como informante de la Cuarta Brigada, después de que su familia fuera desplazada del municipio de Santo Domingo, región del nordeste antioqueño |93| en donde hacia presencia el Frente Bernardo López Arroyave, del ELN, comandado inicialmente por alias Héctor o José y posteriormente por alias Juan Pablo, b) conoció a alias Jota, uno de los fundadores del bloque Metro, por intermedio del Comandante de Policía de Santo Domingo, c) alias Filo y alias Doble Cero, eran los otros hombres más importantes del grupo, d) en los años 1995 y 1996 la guerrilla hurtó 600 cabezas de ganado y unos caballos de paso fino y quemaron la hacienda Guacharacas de propiedad de los hermanos Uribe Vélez, e) ese lugar fue la base principal de operaciones del bloque Metro, creado por los hermanos Álvaro y Santiago Uribe Vélez, Luis Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao y f) la Convivir El Cóndor, creada por decreto de la Gobernación de Antioquia, auspició la actividad ilegal de esa organización.

Aseguró también que se enteró por Juan Guillermo Monsalve, |94| con quien hizo amistad cuando estuvo por esa región, que Santiago Uribe Vélez está vinculado con el enjuiciamiento que se le hizo a Darío Granda, alias Gigante, ex miembro del E.L.N. que después integró las filas del bloque Metro, porque había participado en el hurto de ganado a la finca y con él había tenido diferencias por la explotación de unas minas de oro.

Sierra García, aseguró conocer hechos concretos con respecto a Juan Guillermo Villegas Uribe, como su participación en la muerte de Gustavo Arenas Pérez, señalado de surninistrar la información para el homicidio Luis Alberto Villegas Uribe, su hermano, cuando estuvieron enfrentados los bloques central Bolívar, héroes de Granada y Calima, que se unieron para combatir el bloque Metro.

En esta diligencia el testigo dijo que, a comienzos de 1999, después de llegar a un acuerdo con alias Jota y alias Arboleda, junto con Rodrigo Aguirre, ya fallecido, inició el cartel de la gasolina en San José del Ñus, y de ello es testigo directo Juan Guillermo Monsalve, quien lo acompañó a instalar una válvula en el poliducto que conduce de Puerto Berrío a Medellín.

Mencionó igualmente la masacre de San Roque, ocurrida el 13 de julio de 1996, en la que hubo 4 muertos, y otra ocurrida el 14 de septiembre de 1996 en el corregimiento del Ñus, cuyas víctimas fueron Álvaro Carmona y otras tres personas, por comprar caballos hurtados en Guacharacas, cuyos cuerpos nunca aparecieron.

De similar contenido fue la declaración vertida, el 24 de mayo de 2012, dentro de la investigación n.° 69.426 en contra de Santiago Uribe. En esta oportunidad contó los detalles de la muerte de alias Juan Pablo, guerrillero del Frente Bernardo López Arroyave, del E.L.N., porque, según el testigo, Álvaro Uribe Vélez, entonces Gobernador de Antioquia, se enteró que montaba un caballo de paso fino hurtado en Guacharacas, y no obstante que las autodefensas dieron de baja al subversivo, luego de que Guillermo Sierra, alias Gavilán, un informante de las autodefensas del Oriente Antioqueño, lo entregó, la Gobernación pagó la recompensa ofrecida por su captura.

Adicionalmente, Sierra dejó constancia de misivas dirigidas al Fiscal General de la Nación y al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con copia a la Procuraduría General de la Nación, a la Comisión de Derechos Humanos del Senado y Cámara, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Defensoría del Pueblo y Corte Penal Internacional, solicitando protección para él y su familia.

Por último, sugirió que la Fiscalía 18 Especializada de Bogotá tramitara también la investigación de la Fiscalía 32 Especializada de Medellín, por tratarse de los mismos hechos, y por seguridad "ya que estos señores son oriundos de esta región y podrían tener acceso a manipular estas declaraciones". |95|

Asimismo, el 13 de noviembre de 2013 ante el Fiscal 16 Especializado de la Unidad de Derechos Humanos, |96| Pablo Hernán Sierra nuevamente implicó a Santiago Uribe Vélez como cofundador del bloque Metro de las autodefensas y el homicidio de Darío Granda, alias Gigante.

El 3 de diciembre de 2013, ante el Fiscal 18 Especializado de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, amplió su testimonio dentro del radicado 69.426, en contra de Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón Henao y Juan Guillermo Villegas Uribe. En lo fundamental, reiteró lo expuesto el 24 de mayo y, explicó, en extenso, que instaló válvulas en el Alto de Dolores, en la vía de San José del Nus a Puerto Berrío, en Cisneros, en la la hacienda Guacharacas, junto al río Nus, y en Santo Domingo, cuando fundó el cartel de la gasolina, actividad que, cuando se fue para Caldas, continuó a cargo de alias Panadero.

En aquella diligencia Sierra reiteró lo dicho en relación con la Convivir El Cóndor, en cuanto a su origen, su representación por cuenta de Luis Villegas, y la seguridad que le prestaron en varias ocasiones a los paramilitares, mientras hurtaban gasolina.

Por último, en el escrito que tituló "Manual y Ruta para la Paz", Pablo Hernán Sierra García contó de manera descarnada y detallada todos los episodios narrados, no solo al doctor IVÁN CEPEDA en la entrevista del 19 de agosto de 2011, sino a los Fiscales de Justicia y Paz y a los Fiscales Especializados que lo escucharon, como testigo en los asuntos reseñados atrás. |97|

iii) Por sus declaraciones, Pablo Hernán Sierra García enfrentó dos investigaciones penales, una por el delito de falso testimonio, según querella presentada por Álvaro y Santiago Uribe Vélez, |98| y luego de comparecer la investigación y el juicio aferrado a su versión inicial, de la cual no se retractó, como ya se indicó, el Juzgado 1.° Penal del Circuito de Itagüí lo absolvió mediante sentencia del 12 de mayo de 2015, |99| decisión que el 9 de junio del mismo año, el Tribunal Superior de Antioquia confirmó.

La segunda, por idéntico ilícito, más el de fraude procesal, a instancias del doctor Luis Alfredo Ramos Botero, |100| fue archivada por el Fiscal Décimo Delegado ante la Corte, mediante resolución del 29 de diciembre de 2014, por atipicidad de la conducta. |101|

iv) Tales antecedentes, desde luego, resultan relevantes frente a las imputaciones que pesan en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, pues demuestran que los señalamientos de Pablo Hernán Sierra García en contra del doctor Álvaro Uribe, no obedecen a una actuación solapada del Congresista o abusiva de sus funciones y, mucho menos, son el resultado de ofrecimientos consistentes en mejorar sus condiciones de reclusión, o conseguirle beneficios jurídicos o medidas de protección.

Todo lo contrario, la prueba recaudada ilustra con suficiencia, primero, que la entrevista del 19 de agosto de 2011 con Pablo Hernán Sierra García no puede, en modo alguno, calificarse de una actuación abusiva del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, pues, como quedó visto, no ejerció funciones asignadas por ley a otra autoridad, solo se trató de una conversación sin pretensiones de reemplazar a un Fiscal o a un Juez, o cumplir las que constitucional y legalmente le competen a la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, como lo señala el denunciante, dado que, como lo advirtió el defensor del investigado, no estuvo sujeta, ni siquiera en apariencia, a una diligencia que procesalmente pueda calificarse de testimonio, en la medida en que no se le imprimió formalidad procesal alguna. Solo se limitó a grabarla con la autorización de Sierra García, |102| y a ponerla en conocimiento de la autoridad competente, como era su deber legal, como ciudadano y con mayor razón, funcionario público.

En efecto, las primeras imágenes del video muestran que el Congresista le preguntó a Pablo Hernán Sierra si autorizaba grabar la entrevista y así lo asintió éste sin condiciones de ninguna índole, luego, el doctor IVÁN CEPEDA se presentó y procedió de idéntica manera con Franklin Castañeda, David García y Elber Barrios, indicando quién era cada uno de ellos e inmediatamente le manifestó "estoy a su disposición", ante lo cual el interno le expresó que se presentaría, le contaría la historia de su vida para que entendiera quién es él. Y así empezó la entrevista, en términos sustancialmente idénticos a los que replicó posteriormente ante las autoridades judiciales; Sierra le contó al Congresista acerca de los vínculos de Álvaro y Santiago Uribe, Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao con las autodefensas, hizo énfasis en que no fue postulado porque Álvaro Uribe Vélez, para entonces Presidente de la República, "se puso furioso" cuando él pidió el acompañamiento del Presidente Chávez ante las inconsistencias que advirtió cuando estaban en el proceso de negociación en cuanto a los términos en que saldría la Ley de Justicia y Paz y cuáles serían los mecanismos de resocialización para el personal que dejaría las armas para reintegrarse a la vida civil.

Sierra explicó, entonces, que cuando la Corte Constitucional interpretó que los paramilitares no cometían delitos políticos, sino comunes, llamó a Piedad Córdoba para que le colaborara en los reconocimientos como desmovilizados, de unos de sus hombres que se entregaron individualmente en Salamina, Caldas, pero finalmente eso no fue posible.

En cuanto a los hechos de su conocimiento como miembro de las autodefensas, expresó que Álvaro Uribe, cuando fue gobernador de Antioquia, participó en la muerte de alias Juan Pablo, guerrillero del E.L.N., porque estuvo en el incendio a la hacienda Guacharacas, hecho que también fue conocido por el Alemán. Santiago Uribe, afirmó, fue quien ordenó el homicidio de Darío Granda, alias Gigante, quien después de tener inconvenientes con él por la explotación de unas minas de oro, perteneció al ELN, quien cuando se retiró, se integró a las autodefensas.

Dijo, igualmente, que Juan Guillermo Monsalve, hijo del administrador de Guacharacas, fue su amigo y compañero en las autodefensas, lamentándose que para la fecha de la entrevista no se encontrara en Itagüí, pues, una semana antes lo trasladaron a Cómbita, pero él, agregó Sierra, es otra persona muy conocedora del tema porque fue mano derecha de Juan Guillermo Villegas y él tuvo un hijo con una hermana de Darío Granda.

Los hechos narrados por Sierra García fueron puestos en conocimiento de la entonces Fiscal General de la Nación por el Representante IVÁN CEPEDA mediante oñcio remitido el 7 de septiembre del mismo año, junto con el CD contentivo de la declaración, solicitando adelantar la investigación correspondiente |103| y luego de que tanto Sierra como Monsalve se ratificaran de sus dichos, en testimonios formalmente recaudados por la autoridad competente, el instructor concluyó que existía mérito suficiente para adelantar formalmente las respectivas investigaciones penales.

v) Lo anterior, igualmente obliga a concluir que Jas declaraciones de Pablo Hernán Sierra a la Fiscalía, en las diferentes investigaciones en donde ha respondido a interrogatorios formulados por los defensores de Santiago Uribe, Juan Guillermo Villegas, Álvaro Uribe y Santiago Gallón, claramente no hacen parte de un plan criminal gestado entre él y el doctor CEPEDA CASTRO y otras personas, y tampoco se evidencian como el producto de manipulaciones basadas en ofrecimientos hechos por el Congresista, como lo sostuvo el doctor Álvaro Uribe Vélez en la ampliación de denuncia rendida en la Corte en este asunto, sugiriendo una especie de complicidad de la abogada Mercedes Arroyave, quien en algunos momentos fungió como defensora de la mayoría de los testigos conocidos en esta investigación.

Nótese al respecto que después de la entrevista con Sierra García, el doctor CEPEDA CASTRO limitó su intervención a velar por su seguridad, como igualmente lo aseguró el interno en declaración rendida ante la Corte. Le solicitó al Director del INPEC, el traslado de la cárcel de Itagüí a la de Cómbita, |104| por razones de seguridad, lo cual ocurrió el 7 y 12 de septiembre de 2011, misma que reiteró el 12 de octubre siguiente; el 7,13 y 21 del mismo mes y año elevó idéntica petición a la entonces Fiscal General de la Nación |105| y, el 26 de octubre a la Jefe de la Unidad de Justicia y Paz, siendo atendida positivamente mediante resolución del 6 de diciembre del mismo año, |106| mismas que estuvieron acompañadas de algunas visitas con idéntico propósito, según lo manifestaron sus dos protagonistas.

Esa gestión, que de ninguna manera puede entenderse como una prebenda a cambio de declarar hechos que no le constan a Sierra García, pone de presente, de un lado, que el doctor CEPEDA CASTRO, no obstante su condición de congresista, no podía incidir en las decisiones administrativas de competencia del INPEC, más allá de elevar las solicitudes que estimó pertinentes para salvaguardar el derecho a la vida de un interno que reveló hechos de especial trascendencia, en atención a las personas involucradas y a los riesgos que ello implicaba.

Lo dicho encuentra corroboración en lo expresado por el propio Sierra en las declaraciones vertidas en la Fiscalía después de su encuentro con el doctor CEPEDA CASTRO, pues, como se reseñó en precedencia, en todas dejó expresa constancia de que si algo le ocurría a él o a su familia hacía responsables a los hermanos Uribe Vélez, a Juan Guillermo Villegas Uribe y a Santiago Gallón Henao.

Adicionalmente a ello, ajuicio de la Sala, el hecho de que, por razones de seguridad, se autorizara el traslado de Pablo Hernán Sierra García dos meses después de solicitarlo, tampoco implica el cumplimiento de un beneficio previamente ofrecido, si se tiene en cuenta que, cuando éste declaró en la Corte, aludió a situaciones irregulares en sus traslados para cumplir diligencias judiciales y cambios en sus condiciones de reclusión, a su juicio, desmejoradas después de hacerse públicas sus revelaciones a CEPEDA CASTRO.

En esa oportunidad, Sierra le expresó a la Corte que le pidió protección al Presidente Juan Manuel Santos, habló de amenazas y seguimientos a su esposa y del apoyo que pidió a Astenfar y Human Rights Watch y, aunque aseguró que personalmente no recibió amenazas, lo cierto es que después de prescindir de los servicios de la doctora Mercedes Arroyave, designó al doctor Carlos Arturo Toro López, pero dicho profesional se vio obligado a renunciar a su defensa, por intimidaciones en su contra.

De igual modo, no puede olvidarse que en la declaración rendida en el juicio del doctor Luis Alfredo Ramos Botero, en sesión del 19 de julio de 2016, el doctor Juan Carlos Jaramillo Vélez, quien fue director de la cárcel de Itagüí entre mayo de 2011 y octubre de 2013, manifestó que con Sierra García tenían muchas preocupaciones en cuanto a su seguridad y tenían que trasladarlo muy bien protegido a las diligencias. |107|

Lo anterior significa que el interés del Congresista por proteger la vida de alguien que hizo tales revelaciones, no fue caprichoso, sino obligatorio, pues como servidor público y representante de la sociedad en materia de derechos humanos, no podía ser indiferente y, obviamente, adoptar las medidas de cautela necesarias ante las autoridades competentes no és abusivo de las funciones del cargo, como lo expresaron el denunciante y su apoderado con la pretensión de hacer ver esa situación como una prolongación de las manipulaciones que le atribuyen al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, cuando ello no tiene nada de suspicaz.

Nótese, igualmente, que, en la actualidad, 6 años después de hacer la entrevista con el congresista, Sierra García no ha mejorado su situación jurídica, pues a pesar de que, desde el momento de su captura expresó en todos los escenarios su entera disposición a contar la verdad, guiado por su convencimiento de tener derecho a ser postulado a Justicia y Paz, lo cual no ha ocurrido según lo certificó La Unidad Nacional para la Justicia y la Paz |108|, su situación sigue en manos de la justicia ordinaria, en donde, a pesar de todo, ha cumplido su compromiso de confesar los delitos cometidos por los paramilitares en la zona de Caldas, donde tuvo influencia el bloque Cacique Pipintá, y ha recibido varias sentencias condenatorias.

Prueba de lo anterior, es la diligencia surtida el 23 de noviembre de 2013 en la Fiscalía 23 de Itagüí, por comisión de una Fiscalía de Manizales, |109| en la que reconoció ser el autor de la orden para atentar, el 30 de julio 2001, en contra del alcalde Aguadas, Caldas.

Ahora, la solicitud elevada el 28 de octubre de 2011 por el doctor CEPEDA CASTRO al Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, |110| que tanta suspicacia despierta en el denunciante, a la postre sirvió de pretexto para adicionar a la sindicación inicial de abuso de la función pública, la de falso testimonio, como se verá más adelante, trayendo testigos dispuestos a sostener que idénticos o similares "beneficios" les ofreció el Congresista para que declararan hechos ya narrados por Sierra García, en todo caso inexistentes, a su juicio, o de los que nada les consta, sólo con el mezquino ánimo de perjudicar al doctor Álvaro Uribe, a su hermano Santiago y a otras personas mencionadas a lo largo de esta decisión.

Aunque el escrito en mención no es una solicitud formal de medidas cautelares, conforme a los requisitos señalados en el artículo 25 del Reglamento de la Comisión, y solo se concretó a poner en conocimiento de esa autoridad internacional el grave riesgo que pudieran estar enfrentando Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, y sus familias, en atención a la naturaleza de la información suministrada por los mismos en las entrevistas de agosto y septiembre de 2011, tampoco constituye una actuación indicativa de que fuese uno de los ofrecimientos que el denunciante y su apoderado le atribuyeron al Congresista investigado.

Como ya se vio, y se ahondará en ello enseguida, en relación con Juan Guillermo Monsalve, fueron los diferentes acontecimientos que sobrevinieron a las entrevistas los que forzaron acudir a instancias nacionales e internacionales para preservar la vida e integridad de dichos internos, pues no en vano el contenido de sus entrevistas, dado a conocer en columnas de opinión escritas por el doctor IVÁN CEPEDA y exhibidos en el Congreso de la República en el debate de control político del 17 de septiembre de 2014, desató un enfrentamiento, quizá más agudo que los anteriores, entre el doctor IVÁN CEPEDA y Álvaro Uribe Vélez.

vi) Con base en todo lo anterior, difícil sería concluir, conforme a las reglas de la sana crítica, que una persona como Pablo Hernán Sierra García, cuya actitud desde el momento de su captura ha permanecido firme en cuanto a su decisión de decir la verdad, así en principio lo hubiera condicionado a su inclusión a Justicia y Paz guiado por su convencimiento al respecto, se repite, se haya dejado convencer con el ofrecimiento de algún tipo de beneficio o de promesa. No, su encuentro con el doctor IVÁN CEPEDA hizo parte de una deterrninación que tenía asumida de tiempo atrás, y ante los eventuales riesgos que pudiera enfrentar después de romper su silencio, él mismo se dio a la tarea de enviar solicitudes y peticiones a diferentes autoridades nacionales e internacionales denunciando lo ocurrido en su caso y pidiendo protección, y no ha vacilado en ningún escenario en reiterar de manera conteste y coherente los relatos que involucran al doctor Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago, Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao, con la conformación del bloque Metro de las autodefensas y la orden para cometer en la región del Nus varios homicidios.

Lo anterior es así, porque como se ha repetido en esta decisión, para la Sala está claro que las circunstancias en que CEPEDA CASTRO se entrevistó con Sierra no tienen nada que ver con las afirmaciones de la denuncia y su posterior ampliación, a la postre especulativas y producto de la antipatía que por años el doctor Álvaro Uribe le ha profesado -y no lo niega- al congresista IVÁN CEPEDA, como evidentemente se advierte del rastreo efectuado en la web sobre sus enconados enfrentamientos, y en los que, como bien lo afirmó el doctor CEPEDA CASTRO en la ampliación de versión, el denunciante y su entorno no han salido bien librados, y esta investigación, como se verá al final, no es la excepción.

Así las cosas, a juicio de la Sala, el fundamento de la denuncia parece reducirse a la molestia del doctor Álvaro Uribe Vélez, porque, precisamente, alguien a quien ha llamado guerrillero, hiciera públicos los señalamientos criminales que Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve han reiterado y le haya solicitado a la Fiscalía General de la Nación las investigaciones correspondientes.

8. Juan Guillermo Monsalve Pineda

Previa solicitud del interno, por escrito, el 16 de septiembre de 2011, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO visitó a Juan Guillermo Monsalve Pineda, en la cárcel de Cómbita.

Para esa fecha se conocía públicamente que Pablo Hernán Sierra afirmó en entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA, que Juan Guillermo Monsalve Pineda fue testigo de excepción de la conformación del bloque "Metro" de las autodefensas, en la hacienda Guacharacas, porque para esa época, 1995, vivía allí con su familia, en atención a que su padre, Oscar Monsalve, era el mayordomo. Además porque Monsalve, al igual que Sierra, fue miembro activo de las autodefensas y amigo suyo también.

Es decir, tal como lo relataron el doctor CEPEDA CASTRO en la versión libre y Monsalve Pineda en declaración rendida en este asunto, la razón por la que el interno buscó la intervención del congresista fueron las amenazas que recibió inmediatamente después de conocerse la entrevista de Sierra García, mencionándolo como el hijo del mayordomo de la hacienda Guacharacas, de propiedad de los hermanos Uribe Vélez y lugar donde se conformó y concentró el bloque "Metro" de las autodefensas.

Así lo dijo expresamente Juan Guillermo Monsalve Pineda en el manuscrito del 10 de septiembre de 2011, dirigido a la entonces Fiscal de General de la Nación, Viviane Morales, aportado por el doctor IVÁN CEPEDA en su versión libre. En tal documento, Monsalve puso en conocimiento que el día inmediatamente anterior, su familia, residente en Barbosa, Antioquia, recibió "amenazas de muerte, además de advertirle que debían abandonar la región y decirme a mí que me declarara loco, me retractara de lo que estaba diciendo Pablo Sierra y lo desmintiera" y, advirtió, que si algo le ocurría a él o a su familia hacía responsables "a los señores Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón y Juan Guillermo Villegas" al tiempo que pidió, como medida preventiva su traslado a la cárcel de Itagüí. |111|

Por ello, como se verá enseguida, la atención dispensada por el congresista a este interno y las gestiones adelantadas en relación con su seguridad y la de su familia, luego de recibida la comunicación mencionada, desde el primer momento tuvieron origen en la seguridad del mismo, por la gravedad de los hechos que admitió conocer, y que, al parecer, involucran al doctor Álvaro Uribe y otras personas:

-El 13 de septiembre de 2011, fecha en que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO conoció el escrito fechado el 10 del mismo mes y año, en el cual Juan Guillermo Monsalve Pineda alertaba sobre los riesgos para su seguridad por las declaraciones de Sierra García, se dirigió a la vez a la entonces Fiscal General de la Nación reiterando la solicitud de medidas de protección tanto para Pablo Hernán Sierra, como para Juan Guillermo Monsalve y su familia, según consta en la denuncia presentada desde el 7 de ese mismo mes y año, mediante la cual había puesto en conocimiento el contenido de la entrevista de Sierra. |112|

-El 15 de septiembre de 2011, CEPEDA CASTRO solicitó permiso al INPEC para entrar a la cárcel de "Itagüí" |113| en compañía de Franklin Castañeda, del Comité de Solidaridad de Presos Políticos, David García Rodríguez, del Congreso de la República, y Ember Luis Barrios, de su esquema de seguridad, para entrevistar a los internos Juan Guillermo Monsalve y Julio Emilio Usuga, |114| así como para ingresar una video cámara, los que fueron otorgados mediante oficio n.° 2923 |115| de la misma fecha suscrito por el Director Técnico del- INPEC y remitido al director EPAMSAS, Cómbita.

-En la entrevista del 16 de septiembre de 2011, con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, Juan Guillermo Monsalve ratificó en lo fundamental lo dicho por Sierra García, a la vez que refirió otros hechos, no mencionados por aquél.

Le contó al congresista que estuvo vinculado con la hacienda Guacharacas desde los 8 años, luego dejó el estudio para trabajar allí, pero en 1994 Santiago Uribe tuvo problemas con la guerrilla y "a los seis meses" quemaron la finca, mataron a Tobías Mira, un trabajador amigo suyo, y se tuvieron que ir. Meses después Santiago les pidió regresar, lo cual hicieron. Él participó en la recuperación de muchas reses y "por eso viene la masacre de San Roque", en la que mataron a muchos carniceros que le compraron ganado robado a la guerrilla, y eso lo sabe, dijo, "porque como a mí me buscaron para recuperar el ganado".

Se refirió a la "guerra" entre Santiago Uribe y Darío Gigante, quien primero fue de la guerrilla y después del bloque Metro, pero cuando aquél se enteró que participó en la quema de la finca, lo mandó a matar.

Monsalve también le contó al congresista que él y su familia trabajaron para Juan Guillermo Villegas; en 1996, cuando volvieron a Guacharacas, la guerrilla se los llevó para indagarles acerca de sus actuales dueños, respondiéndoles que los hermanos Medina -como se había previamente acordado con sus verdaderos dueños, los Uribe-, "nos sueltan y ahí empieza la conformación del bloque Metro". Allí conoció mucha gente, con Alberto Villegas hizo buena amistad y también fue su patrón, "y entonces ahí salían las órdenes para muchas cosas", comenzaron a hacer masacres, limpiar la zona, es decir San José del Nus, Providencia, San Roque y Cristales, incursionaron en el negocio del narcotráfico -por cuenta de Alberto Villegas- y de la gasolina, con los contactos que hacía Juan Guillermo Villegas, participando también, anotó, Santiago Gallón.

Igualmente relató Monsalve que el bloque Metro se terminó porque Alberto Villegas se enfrentó con todos los grupos "por una mercancía y un ganado" y, luego, acordó eliminar a alias Jota y después a Panadero. Desvertebrado el bloque lo recibió Julián Bolívar en Providencia, mataron a otras personas y lo mandaron "a que cogiera la zona del Caquetá" con un señor que no se desmovilizó. También aseguró que actualmente está preso por unos secuestros que no cometió, siendo el resultado de un montaje que le hizo un compañero.

Asimismo le manifestó al doctor CEPEDA CASTRO sus preocupaciones por su seguridad y la de su familia, "por lo de la entrevista de Sierra, y han recibido llamadas, me han enviado razones que no siga con esto, que desmienta a Pablo Sierra [...] porque ellos son señores y yo soy un preso", además, que su situación en la cárcel no era fácil porque "aquí llegan muchas bandas de grupos, y ellos tienen buen manejo pa' eso. De pronto le pueden hacer mandar una cosa a uno acá". Y añadió que con esa gente la situación ha sido "muy verraca [...], me mandaron a decir con un abogado y un Fiscal que yo con esto no estaba ganando sino más problemas y más cárcel, me mandaron a decir esta semana que mirara el problema en que me estaba metiendo".

Monsalve Pineda también corroboró lo dicho por Sierra acerca del guerrillero alias Juan Pablo. Dijo que Gavilán lo entregó en Medellín, pero no supo cómo lo mataron. Igualmente habló de 6 personas y un niño que desaparecieron por los lados de Puerto Berrío, por negociar con la guerrilla unas "bestias" hurtadas en Guacharacas, y reiteró que esos cadáveres nunca aparecieron.

Aseguró haber presenciado reuniones entre Santiago Uribe y Santiago Gallón con alias Jota y que, en 2002, ayudaron en la campaña presidencial de Álvaro Uribe, "el bloque Metro puso los carros para sacar la gente de las veredas, y ahí fue donde pintaron las paredes que decía: Álvaro Uribe AUC a la Presidencia [...], don Juan me mandó [...] que llevara unos tarros de aerosol para que borrara eso porque Uribe se estaba metiendo en problemas porque le estaban dando mucha prensa a eso [...]".

- El 21 de septiembre de 2011, el periódico El Espectador publicó la noticia "Cepeda muestra video de otro paramilitar que acusa a Uribe", en el cual se afirma que Monsalve le contó que cuando Álvaro Uribe fue gobernador de Antioquia, ordenó una masacre y protegía a narcotraficantes, además de ser el fundador del bloque Metro de las autodefensas, junto con su hermano Santiago, Luis Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao.

-En la misma fecha, el doctor IVÁN CEPEDA dirigió sendos memoriales a la Fiscal General de la Nación |116| y al Director del INPEC. |117| Al Jefe del ente investigador le remitió el CD contentivo de la entrevista de Monsalve Pineda, y le solicitó investigar la masacre ocurrida en 1994 en el municipio de San Roque Antioquia, ordenada, según Monsalve, por Álvaro Uribe Vélez, al tiempo que alertó sobre la necesidad de proteger a este testigo.

En el segundo escrito, CEPEDA CASTRO le solicitó al Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia -Director del INPEC-, adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la vida del interno Juan Guillermo Monsalve Pineda.

En oficio del 12 de octubre del mismo año, el doctor CEPEDA CASTRO nuevamente se dirigió al Director del INPEC para que emitiera orden de reclusión permanente en la cárcel de Itagüí, a favor del interno Juan Guillermo Monsalve Pineda, por razones de seguridad.

-El 26 de octubre de 2011, el Congresista también se dirigió a la Jefe de la Unidad Nacional de Justicia y Paz, comunicándole que Monsalve fue trasladado en dos oportunidades desde la cárcel de Cómbita a la de Itagüí, por carretera, con riesgo para su seguridad y, "en condiciones que el interno, calificó intimidatorias" y que, el día inmediatamente anterior, esto es, el 25, se le trasladó a la cárcel Picota: "Según informa, los guardias del INPEC lo sacaron a empellones y encadenado de pies y manos. En la carretera, señala que fue dejado solo, aproximadamente hora y media, mientras los guardas almorzaban" y, "en la madrugada de hoy, el señor Juan Guillermo Monsalve Pineda, fue trasladado nuevamente a la cárcel de Itagüí, Antioquia".

Efectivamente, el 26 de octubre de 2011, Juan Guillermo Monsalve estuvo en las instalaciones de Justicia y Paz de Medellín y solicitó fijar nueva fecha para la diligencia porque se sentía enfermo, razón por la cual el Fiscal la señaló para el 11 de noviembre del mismo año.

-El 28 de octubre de 2011, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO radicó en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en Washington, como se anotó en precedencia, escrito informando acerca de la situación de riesgo de los testigos Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve Pineda por la información a él suministrada en relación con los presuntos vínculos del doctor Álvaro Uribe Vélez con la creación del bloque Metro, grupo armado ilegal que operó en Antioquia, en la década de 1990. |118| Solicitó tomar nota de la situación y ejercer las acciones correspondientes.

-Con oficio del 2 de noviembre de 2011, el Jefe de la Oficina de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación le informó al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, respecto a la solicitud de protección que presentó ante la Jefe de la Unidad de Justicia y Paz en relación con la seguridad de Juan Guillermo Monsalve Pineda, que las medidas correspondientes para las personas privadas de la libertad son de competencia del INPEC, de conformidad con la Resolución n.° 0-5101 de 2008, entidad a la que la Fiscal comunicó la situación y que, en relación con los familiares de aquél, se dispuso hacer evaluación del riesgo. |119|

El día anterior, esto es, el 1.° de noviembre, el doctor IVÁN CEPEDA solicitó al INPEC, autorización para entrar a la cárcel Picota con el fin de visitar a Juan Guillermo Monsalve Pineda.

-El 25 de noviembre de 2011, en la cárcel de Cómbita, el Fiscal 16 de la Unidad Nacional de Derechos Humanos |120| dejó constancia que el interno Juan Guillermo Monsalve no rindió la declaración programada para esa fecha, en atención a que "se encuentra tramitando ante la Vicefiscalía y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que garantice la segundad, beneficios jurídicos, previo a colaborar con la justicia, pues dice ha sido objeto de amenazas".

-Mediante escrito del 29 de enero de 2012, |121| Juan Guillermo Monsalve Pineda puso en conocimiento del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO amenazas en la cárcel de Cómbita, y solicitó el cambio inmediato de su sitio de reclusión.

-Con oficio del 31 de enero del mismo año, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO se dirigió a la señora Fiscal General de la Nación, |122| explicando la delicada situación de seguridad de Juan Guillermo Monsalve y las gestiones adelantadas ante esa entidad y el INPEC para dispensar protección al interno, al tiempo que solicitó escucharlo formalmente en declaración y hacerle un nuevo estudio de seguridad.

-El 16 de febrero de 2012, Juan Guillermo Monsalve le escribió nuevamente al doctor IVÁN CEPEDA, reiterándole su preocupación por la seguridad en el interior de la cárcel, pues recibió información de que su cabeza tenía un precio.

-Con oficio del 16 de marzo de 2012, |123| el doctor IVÁN CEPEDA le solicitó al Director del INPEC el traslado del interno Juan Guillermo Monsalve de la cárcel de Cómbita a la Picota, de Bogotá, así como la reevaluación de su nivel de riesgo, calificado como normal en anterior oportunidad. |124|

-El 24 de marzo de 2012, Juan Guillermo Monsalve Pineda fue atacado con cuchillo al interior de su celda por dos internos que le causaron heridas en el antebrazo izquierdo y debajo de la axila izquierda, según denuncia formulada por él ante la Fiscalía General |125| y el reporte del Instituto de Medicina Legal. |126| En esa oportunidad, afirmó que estaba recibiendo amenazas desde cuando le dio la entrevista a IVÁN CEPEDA sobre los señores Álvaro y Santiago Uribe, Santiago Gallón y Juan Guillermo Villegas Uribe.

Ese hecho deterrninó el inmediato traslado de Juan Guillermo Monsalve de la cárcel de Cómbita a la Picota, ordenando adoptar "rigurosas medidas de seguridad, tendientes a garantizar la vida e integridad del interno evitando la causación de cualquier novedad", durante su permanencia en el lugar, según se consignó en la Resolución n.° 0760 del 24 de marzo de 2012, expedida por el Director del INPEC. |127|

-El 11 de abril de 2012, el doctor IVÁN CEPEDA adelantó en el seno de la Comisión Segunda de la Cámara, debate de control político, con la presencia del Ministro de Justicia y el Fiscal General de la Nación respecto de las investigaciones que deben realizarse por los crímenes de lesa humanidad cometidos en los municipios de San Roque y otros, del Nordeste Antioqueño, para establecer la eventual responsabilidad de Álvaro y Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón y Juan Guillermo Villegas, según los relatos ofrecidos por Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, en las visitas a las cárceles para verificar la situación penitenciaria, los cuales puso en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación.

También mencionó el testimonio de Juan Carlos Meneses, quien aseguró que Santiago Uribe conformó en la hacienda La Carolina, un grupo armado denominado "los doce apóstoles". |128|

En esa misma fecha, por los hechos ventilados en el debate de control político, el doctor IVÁN CEPEDA denunció penalmente al doctor Álvaro Uribe Vélez, quien fungía como Gobernador de Antioquia para la época en que ocurrieron las masacres en el nordeste antioqueño. |129|

-El 7 de mayo de 2012, |130| el Congresista le informó al Fiscal General de la Nación, doctor Eduardo Montealegre Lynett, las incidencias ocurridas con la seguridad de Juan Guillermo Monsalve después de conocerse la entrevista que hizo con él, y le reiteró la necesidad de que el interno y su familia fueran incorporados al programa dé protección a testigos de la Fiscalía General del ente acusador.

Adiciona 1 m ente, los días 14 y 16 de mayo y el 28 de agosto de 2012, el doctor CEPEDA CASTRO se reunió personalmente con el jefe del ente investigativo para expresarle su preocupación por la seguridad de Monsalve y su familia, según lo informó el exfúncionario en el oficio n.° 01374 del 21 de mayo de 2013, |131| indicando que en una de esas reuniones estuvieron presentes el Fiscal del caso y el jefe de la oficina de protección.

-El 12 de mayo de 2012, en la Plenaria de la Cámara de Representantes, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO dejó expresa constancia indicando que días después del debate del 11 de abril,

"se habría realizado una reunión en la Hacienda Guacharacas (San Roque), liderada por Juan Guillermo Villegas, en la cual habrían participado miembros de grupos paramilitares, a quienes supuestamente se les dieron instrucciones para contrarrestar estas denuncias".

Según expuso el congresista, también recibió información de que,

"en días pasados, un grupo compuesto por, entre diez y quince individuos pertenecientes a las estructuras paramilitares conocido como los urabeños habría sido enviado a la ciudad de Bogotá y que su presencia en la ciudad tendría por propósito ejecutar actos criminales tendientes a neutralizar las actuaciones que he venido adelantando, como consecuencia de la realización del debate de control político del pasado 11 de abril, por lo que temo por la vida del señor Juan Guillermo Monsalve y sus familiares, así como la del suscrito y los miembros de mi Unidad de Trabajo Legislativo".

-Con oficio del 6 de marzo de 2013 -radicado el día 7-, el doctor CEPEDA CASTRO |132| le informó a la Fiscal Octava Delegada ante la Corte, acerca de una sustancia "altamente" venenosa hallada en la celda de Juan Guillermo Monsalve, en el Patio A de la penitenciaría de la Picota, después de una requisa, razón por la cual solicitó ordenarle al INPEC reforzar las medidas de seguridad del testigo y la autorización de un refrigerador, como medida preventiva, para permitirle al interno la manipulación de sus propios alimentos y adelantar las investigaciones correspondientes sobre lo ocurrido.

Tal petición la sustentó el congresista con el informe pericial rendido por el Instituto de Medicina Legal el 25 de febrero de 2013, mediante el cual se estableció que la sustancia líquida hallada en la celda del interno JUAN GUILLERMO MONSALVE PINEDA, arrojó positivo para "fluoracetatode sodio [...] un compuesto altamente tóxico que es usado como insecticida y, rodenticida, se comercializa con el nombre de Matarratas Guayaquil. En Colombia está prohibida su venta" (resaltado no original). |133|

Lo anterior, pone de relieve varias situaciones relevantes:

i) El efecto inmediato del artículo titulado "Cepeda entrega a la Fiscalía declaración que compromete a Uribe con 'paras'", |134| publicado en el periódico El Espectador el 7 de septiembre de 2011, lo constituyeron las continuas y reiteradas amenazas a Juan Guillermo Monsalve en los sitios de reclusión en donde ha estado, así como su familia, que como se verá, quedó atrapada entre la disyuntiva de respaldarlo o desmentirlo, como se los manda Juan Guillermo Villegas Uribe.

En efecto, conforme lo narró Juan Guillermo Monsalve en el primer escrito enviado al doctor IVÁN CEPEDA, lo relatado en la entrevista y lo declarado ante la Corte, desde que su nombre se mencionó públicamente en razón de las declaraciones de Pablo Hernán Sierra, su familia fue abordada por Juan Guillermo Villegas y constreñida para desmentir sus afirmaciones y las de Sierra García, llegando a tal punto la situación que implicó un conflicto familiar que lo distanció de su padre y su hermano.

Obsérvese que en la nota del 10 de septiembre de 2011, que Juan Guillermo Monsalve envió a la entonces Fiscal General de la Nación y al doctor CEPEDA CASTRO, manifestando que como Sierra lo mencionó como testigo de unos hechos ocurridos en la hacienda Guacharacas, "propiedad de la familia Uribe, cuando el suscrito trabajaba para ellos", el día anterior, o sea el 8 de septiembre, su familia, residente en zona rural de Barbosa, Antioquia, recibió amenazas de muerte, la orden de abandonar la región y desmentir las manifestaciones de Sierra. |135|

Y todo indica que así fue, pues el 25 de octubre de 2011, cuando Pablo Hernán Sierra dio entrevista en la Fiscalía de Justicia y Paz narrando con mayor detalle los hechos contados en la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA, ya sabía que la seguridad de Juan Guillermo Monsalve Pineda y la de su familia se vieron afectadas no solo por sus comentarios, sino por la ratificación que de los mismos le hizo Monsalve al Congresista.

Mírese cómo, para entonces, escasamente habían transcurrido dos meses después de publicada en la página web del periódico El espectador, la noticia titulada "Cepeda entrega a Fiscalía declaración que compromete a Uribe con paras", lo que significa que el nombre de Monsalve indispuso, molestó y preocupó a las personas mencionadas por él, principalmente a Juan Guillermo Villegas Uribe, si se tiene en cuenta, primero, que el interno mencionó en su escrito que su familia residía en zona rural de Barbosa, Antioquia, y debió abandonar el lugar; y, segundo, que, de acuerdo con la información que el 25 de octubre Sierra le dio a la Fiscalía al respecto, hacía 20 días que los abogados de las personas mencionadas por ellos estuvieron hostigando a los familiares de Monsalve para que los desmintieran, a él y a Juan Guillermo Monslave.

La Corte llamó a declarar a Oscar Monsalve Correa, padre de Juan, porque así lo solicitó el abogado del doctor Uribe Vélez cuando aportó la copia de la declaración que este rindió el 20 de febrero de 2013 en la Fiscalía 32 Especializada de Medellín dentro del radicado n.° 1.060.051 en el asunto que se sigue en contra de Juan Guillermo Villegas Uribe. |136| En tal diligencia, Monsalve Correa dijo que administró la hacienda Guacharacas entre 1986 y 1996, conoció a Juan Guillermo Villegas como ganadero y político de la región del Nus, y también a Santiago Gallón, porque tuvo ganado a utilidades en Guacharacas, y él se lo administraba. Nunca vio a Álvaro Uribe, pero en algunas ocasiones sí a Santiago Uribe, cuando iba a pagarle a los trabajadores y negó que en esa finca se hubiera presentado el hurto de ganado y de caballos, concretamente de "un macho fino".

Oscar Monsalve Correa también dijo que a IVÁN CEPEDA lo conoció porque habló con su hijo Juan Guillermo para sacarlos del país y se entrevistó con él en Bogotá, en donde les ofreció a él, a su esposa Marina y a su hija Martha sacarlos para Argentina, y les dio un millón de pesos, pero como no resultó el asilo político, el Congresista les habló de ubicarlos en Barranquilla "y yo le dije que hasta ahí iba, que ya me salía yo de esa pendejada que estaba diciendo".

Finalmente, respondió que el doctor CEPEDA no le solicitó nada a cambio de su declaración, y negó que él o su familia hubieran recibido amenazas.

Por ello, con el fin de obtener pruebas que permitieran establecer quién le hacía ofrecimientos a la familia Monsalve, por auto del 10 de febrero de 2015, la Sala ordenó momtorear las llamadas telefónicas de Oscar Monsalve |137| al abonado número 3144642017, pudiéndose verificar que cuando fue contactado por la Secretaría de la Sala para declarar en este asunto, se encontraba en Bogotá y no en Supía, como lo afirmaba, y de otro, que la diligencia en la Corte lo tenía nervioso, incómodo y disgustado con Juan Guillermo, su hijo, pues, al parecer, había personas muy interesadas en su declaración.

En efecto, según se desprende del informe del 23 de febrero de 2015, |138| el 16 y 19 de febrero de ese año, a las 9:40:40 |139| y 2:55:30 p.m., |140| cuando el testigo respondió las llamadas efectuadas por la Secretaría de la Corte para definir la fecha de su comparecencia a este proceso, el dato de ubicación del sistema lo situaba en la celda número 000035-64854 correspondiente a una dirección en la ciudad de Bogotá en la carrera 24 con calle 12 sur.

Lo anterior, surgía igualmente del contenido de las conversaciones sostenidas entre Oscar Monsalve Correa y su hijo Oscar Hernán Monsalve Pineda, en las que este último le sugería a su padre salirse de Bogotá, en donde al parecer no estaba a gusto, aunque Juan sostenía los gastos de su padre y la señora Marina, su madre, mientras trataba de ubicarlo laboralmente con un camión, lo que finalmente no se pudo, según se colige de los registros 10378239 y 10378235. |141|

Asimismo, aunque Oscar Monsalve Correa le aseguró a la Corte, en su declaración a través de videoconferencia, no haber comentado de este asunto con su familia, las conversaciones del 17 y 19 de febrero a las 8:02:02 |142| a.m. y 3:48:3 p.m., |143| con su hijo Oscar, no solo demuestran lo contrario sino que la citación lo tenía preocupado, molesto con Juan Guillermo, lo mismo que a su hermano; y que Oscar, padre, no podía confirmar lo dicho por él, porque se metían en líos. Obsérvese el contenido de la última llamada en mención:

"Oscar Padre: Oiga a Ud. dejaron de guevionarlo que esa con esa maricada que llamaban aquí parejo, dejaron de pendejiar (sic) o que.

Oscar Hijo: No. No, pues conmigo nunca han hablado por qué.

OP: Cómo le parece que a mí me llamaron. Me llamaron dos veces lo que hace que estoy aquí.

OH: Ahh qué le han dicho.

OP: Yo digo que vivo en Supía, como siempre, como les dije yo la primer vez que me llamaron, entonces dizque me necesitan para una diligencia en la Corte Suprema de Justicia.

OH: Ahhh, con quién o qué?.

OP: [...] le dije yo, de qué se trata. No que referente a un congresista.

OH: Ahhh, no sé, será que lo está citando él porque como Ud. dijo que él le había ofrecido plata a Ud. será que lo está citando para eso.

OP: Que me daba plata a mí?.

OH: El viejo de aquí.

OP: sí.

OH: síiíí ¡¡¡¡.

OP: Ah...., si, no, no, no, es que yo eso lo sigo sosteniendo. Sobre qué me vine yo, o sobre qué se vino ella, a eso, que el viejo se lo metiera él a uno, entonces eso digo yo, yo sigo sosteniendo eso.

OH: Ahh, ya.

OP: Ya que más digo, tengo que decir la misma cosa.

OH: Ah

OP: Pero entonces yo dije que vivía en Supía, entonces me dijeron, que esa diligencia, de aquí, mandaban a Supía para que yo fuera al juzgado, porque yo dije que yo no tenía un peso pa' moverme, que trabajo no me daban [...] Eso hace días, entonces me dijo la vieja que iba a hablar a ver qué se hacía. Entonces ya ella, antier me llamó la misma vieja y me dijo que la cita estaba pal' 24 de marzo a las 11 am en el juzgado promiscuo de Supía.

OH: Entonces es obligatorio ir o qué.

OP: Pues yo no sé, Ud. porque no se conversa así bajito la mano por alguien por ahí.

OH: No, no, no, no [...] a mí no me mande pa' esa chimbada que yo pa' eso no voy.

OP: No, pero por ejemplo con su amigo, el que trabajo en Medellín.

OH: No. Pero si no sabemos quién lo está llamado [...].

OP: Por eso, dice que de la Corte Suprema de Justicia [...] que a un amigo mío lo llamaron, ¿Ud. dice así [...] eso es obligatorio ir o qué? Dizque a una diligencia. Eso si se lo puede comentar a Nélson".

OH: Y Ud. estando esta semana allá, por qué no le dijo a ese guevón que lo están llamando pa' eso.

OP: Es que yo no quiero hablar con él sobre esas mañeadas, porque el domingo me dijo que vea, que yo había estrellado a CEPEDA y a él [...] que porque ese señor los había demando [...] entonces le dije yo, donde yo me ponga a meter hp mentiras allá como las que me preguntaba él, entonces qué, a dónde estuviera yo sin un hp peso y sin quien me ayudara a mí a salir de ninguna parte y a llevarme nada a mí, como estuviera yo de enredado. Donde yo me ponga a decir de animales perdidos, de gente así también..., de eso donde se hacen sancochos y eso así. Entonces dónde estuviera yo, [..] entonces se me quedó callado [...] que un carro (inaudible) viajes también, no, no. Todo eso se lo dije [...] Entonces me dijo que esa declaración mía no servía, y le dije, lo uno no le sirve, y lo otro, bórreme de ahí también. Y así le dije y si me toca volver a decir la misma cosa, vuelvo y digo la misma cosa, así este no me vuelva a hablar, porque el domingo formal, lo único que me dijo malo fue eso [...] pero no me lo dijo braco.

OH: Aja.

OP. A mi sinceramente no me gusta ir porque no hace sino hijueputear (sic) a la familia".

También importa resaltar que, como se advierte en el contenido de la llamada en cita, Oscar Antonio Monsalve Correa estaba renuente para concretar el lugar y la fecha de la diligencia, anteponía como motivo no tener con qué sufragar los gastos para su traslado, cuando bien pudo comparecer personalmente a la Corte, porque se encontraba en Bogotá.

Aunque la falsa situación aducida por Oscar Monsalve Correa, de encontrarse en una ciudad fuera de Bogotá y carecer de recursos para transportarse, forzó a recibir su testimonio mediante videoconferencia, en diligencia que se cumplió el 24 de marzo de 2015, ese día ocurrieron varias incidencias que corroboran que esa familia y el propio Juan Monsalve, sí estaban intimidados por lo que pudieran declarar ante las autoridades judiciales. Véase:

- Conforme a lo consignado en el informe parcial rendido el 26 del mismo mes y año, el teléfono de Oscar Monsalve tuvo un incremento en el número de llamadas entrantes, con la fatal casualidad de que "el sistema NO permitió la escucha de las comunicaciones" |144| de él, y de Laura Monsalve, cuyo teléfono, el 3144751637, también estaba interceptado como se ordenó por auto del 25 de febrero de 2015. |145|

- Paradójicamente (de manera extraña) el sistema no grabó ese día las comunicaciones de los abonados telefónicos que recibieron llamadas del número 3103595057.

- Oscar Monsalve Correa recibió 10 llamadas desde el abonado 3103595057 entre las 2:18 p.m. y las 2:40 p.m., es decir, en un lapso de 20 minutos, lo que denota interés o cuando menos una marcada urgencia del usuario del teléfono originador, como se resalta en el siguiente cuadro, dado que el número de llamadas resulta inusual para un lapso tan corto, y la diferencia entre una y otra llamada es mínima: |146|

Hora de llamada Duración
2:18 p.m. 00:00:21
2:19 p.m. 00:06:42
2:26 p.m. 00:00:00
2:26 p.m. 00:00:00
2:27 p.m. 00:00:00
2:29 p.m. 00:00:00
2:30 p.m. 00:00:00
2:33 p.m. 00:00:00
2:36 p.m. 00:00:00
2:40 p.m. 00:12:00

Dicha secuencia demuestra que la persona que llamaba a Oscar Monsalve le marcó insistentemente sin lograr comunicación inmediata, y que, primero, pudo hablar con él por espacio de 6 minutos -a las 2:19- y, posteriormente, su interlocutor no le contestó. Sólo lo hizo hasta las 2:40 p.m., cuando conversaron durante 12 minutos, que curiosamente no se pudieron escuchar, y no lo volvió a llamar durante el día.

Lo anterior determinó que, con miras á aclarar los hechos, la Sala ordenara establecer los datos biográficos del usuario de la línea celular número 3103595057, |147| más las comunicaciones registradas en el periodo comprendido entre el 20 y 30 de marzo de 2015.

Paradójicamente, la inexplicable falla técnica ocurrida el 24 de marzo de 2015 en la Sala de interceptaciones de la fiscalía General de la Nación, cuando la Corte escuchó en declaración, por videoconferencia, a Oscar Monsalve Correa, permitió obtener información de especialísima importancia para esta investigación, como se verá en este acápite y en los sub siguientes.

Las labores de verificación arrojaron como resultado que fue Juan Guillermo Villegas Uribe quien con tanta-insistencia quería comunicarse con Oscar Monsalve Correa luego de cumplir su cita con la Corte para rendir declaración, teniendo en cuenta que el móvil desde donde se originaron las llamadas estaba a nombre de J. G. Villegas y Cia. S. en C, y en 2004 estuvo a nombre del citado. En consecuencia, por auto del 1.° de septiembre de 2015, se ordenó la interceptación del teléfono n.° 3103595057 |148|.

Asimismo, el listado de las comunicaciones registradas por dicho abonado |149| mostró que el mismo 24 de marzo de 2015, el teléfono de Laura Monsalve reportó 4 llamadas entre las 11:50:27 y las 13:16:42, es decir, momentos después de iniciada la diligencia en la Corte con Oscar Monsalve Correa, y una hora después de terminada la misma, debiéndose destacar que la primera se originó desde el teléfono 3103595057, las dos siguientes se hicieron desde el celular n.° 314475163 de Laura Monsalve, y la última, la recibió ella, lo que sugiere que estaba siguiendo instrucciones consistentes en avisar el inicio de la declaración de su padre desde el Juzgado de Supía y su culminación, si se tiene en cuenta que, de acuerdo con el acta correspondiente, el registro de la misma empezó a las 11:25 a.m. y terminó a la 1:10 p.m. |150|

Lo anterior pone de presente que el 24 de marzo de 2015, Juan Guillermo Villegas Uribe tuvo un marcado interés en la familia de Juan Guillermo Monsalve Pineda, por la declaración que Oscar Monsalve rendía en este asunto y que en el testigo se tradujo: i) en el estado anímico al momento declarar, nervioso y dubitativo, como se desprende de los silencios que antecedieron a muchas de sus respuestas a las preguntas formuladas por la Corte, la parte civil y el defensor del doctor IVÁN CEPEDA, ii) en la respuesta mendaz que le ofreció al Despacho al responderle que no tenía contacto con Juan Guillermo Villegas Uribe hacía "[...] mucho tiempo", y no lo veía desde "principios del año pasado", |151| al indagársele cuándo fue la última vez que habló con Juan Guillermo Villegas, iii) en la evidente molestia ante la pregunta acerca de si antes de la diligencia alguien lo buscó o le hizo ofrecimientos, a la que respondió: "me choca [...] y el que me ofrezca alguna cosa pa' que yo diga, yo de esos no soy [...]", iv) en la manifestación, contraria a la verdad, de que a nadie, diferente a su señora y su hija, les había comentado de la diligencia en la Corte y, v) en que fue notorio que se sintió en apuros evitó continuar respondiendo. Se paró, dijo que tenía afán y que tenía que irse". |152|

A pesar de las citadas fallas en la grabación, el sistema grabó una llamada del teléfono número 3216119484 a la 01:00:32, es decir, cuando aún no terminaba la diligencia, porque Oscar Hernán Monsalve Pineda, |153| quien también estaba interceptado por orden |154| de la Corte, habló con su hermana acerca de la declaración rendida por su padre Oscar Monsalve.

En la conversación sostenida por los hermanos Oscar Hernán y Laura Monsalve, es notorio que la declaración que en esos momentos estaba rindiendo su padre en la Corte los tenía en vilo, preocupados y molestos, pues Laura estaba llorando y alterada cuando habló con Oscar Hernán. Por ello, para mayor comprensión, la Sala la transcribe en su totalidad:

Laura Monsalve Pineda: Aló

Oscar Monsalve Pineda: Qué hubo.

LMP: Entonces mi papá dijo que se había enterado [...] que de un cuchillo en la espalda, o no sé qué, es que casi no se escuchaba. Qué como se había enterado de eso, entonces dijo que mi mamá había ido pues a visitar a Juan y que él le había contado.

OMP: sí, sí, sí.

LMP: Bueno, otro [...] que si a nosotros nos han llegado amenazas. Entonces mi papá dijo que en ningún momento.

OMP: Pero venga pues Laurita, primero que todo cálmese, deje de llorar pues [...] porque se escucha muy feíto así. Ahora si sígame contando, pero cálmese [...] no va a pasar nada.

LMP: Es que me da mucha rabia ver a mi papá en estas.

OMP: No, no, no. Cuente, pero bien las cosas.

LMP: Y ya, yo no pude escuchar más porque la juez me dijo que me retirara de ahí, que esperara en la Sala.

[...]

OMP: Y eso hace mucho rato comenzó.

LMP: Si. Entonces yo le dije a la Juez y se demora mucho, y me dijo, no, no sé. Porque la casa de Justicia la cierran a las 12:30, pero ellos estaban allá. Imagínese que ni siquiera están haciendo la audiencia donde hacen las audiencias ahí normal (si), sino por allá en la oficina de la Juez y eso se escucha así con parlantes.

OMP: Laura, pero yo lo que quiero decir a Ud. es si cuando esas gonorreas llegaron no hablaron con mi papá primero.

LMP: Es que yo no vi cuando llegaron [...] cuando yo llegué a la casa de Justicia, mi papá ya estaba allá encerrado, sino que yo lo escuché, yo lo escuché desde afuera.

OMP: No, pero mi papá no es ningún huevón para dejarse corchar por allá. Él va a decir lo que es.

LMP: Pero Ud. sabe que esa gente hace la misma pregunta de diferentes formas a ver él que responde [...] lo maluco, por eso yo digo que hubiera sido mejor que un abogado hubiera estado ahí [...].

OMP: Y pa' qué abogado. Mi papá tiene el celular allá.

LMP: sí [...] yo cuando venía bajando de estudiar le marqué a ver si todavía estaba allá y él me rechazó la llamada.

[...]

Y esa gente la mandó fue CEPEDA, entonces imagínese él allá encerrado con esa gente de CEPEDA [...]

OMP: [...] Yo le dije a Ud. Laura y a mi papá que se quedaran callados, si les llegaban a preguntar alguna cosa se quedaran callados.

LMP: Pero es que mi papá es un testigo clave Oscar [...] mi papá no se puede quedar callado [...] mi papá tiene que responder lo que le pregunten, no ve que entonces se embala [...] un testigo clave, es que mi papá vio todo lo que Juan está diciendo, si es que mi papá era el encargado de la finca.

[...]

si mi papá se queda callado es peor.

OMP: entonces cuando a mí me llamaron de Bogotá, entonces quién me estaba llamando, la gente con que está mi papá, o la otra gente.

LMP: Según eso es de CEPEDA.

OMP: Cierto.

LMP: Si eso tiene que ver con CEPEDA [...] yo no sé CEPEDA por qué está buscando a mi papá [...] si él sabe que con mi papá no tiene nada. Eso es lo que yo no entiendo, él por qué está buscando a mi papá.

[...]

Se escuchaba una señora y un señor haciéndole preguntas.

OMP: O sea que cuánto más o menos lleva allá Laura.

LMP: No, pues yo me imagino que eso empezó por ahí alas 11:30.

OMP: Entonces por ahí a la una deben estar saliendo más o menos.

[...]

LMP: Ud sabe que mi papá está diciendo la verdad [...] entonces no va a responder por nada malo, pero Ud, sabe que esa gente hace la pregunta de diferentes formas, esa es la cosa, que lo enreden a él así.

[...]

OMP: no pero mi papá no se deja enredar.

LMP: el responde bien [...] el responde lo que es". |155|

Así las cosas, frente a lo ocurrido ese día -24 de marzo de 2015- cobra sentido la llamada que el primero de marzo le hizo Juan Guillermo Villegas a Oscar Monsalve -padre-, en la que le reclama porque no se ha vuelto a comunicar, y luego de preguntarle por su esposa, sus hijos Oscar y Laura y en qué se estaba ocupando, comprometiéndose, ante las dificultades económicas que Oscar le refirió estar atravesando, a enviarle "una ayudadita pues, [,..] subo por ahí martes o miércoles [...] yo entiendo eso hombre [...] y le he dicho a Ud. mil veces que cuando necesite algo huevón que me llame sin pena". |156|

Y casualmente, pasado un mes de la diligencia en la Corte, tal parece que Jorge Mario Gallón, familiar de Santiago Gallón, también lo llamó, según le comentó Oscar padre a Oscar hijo, en una llamada del 21 de abril de 2015, que transcurrió en los siguientes términos:

"[...]

Oscar Antonio Monsalve Correa: Oiga, como le parece que estaba yo arriba en la finquita.

Oscar Hernán Monsalve Pineda: Como así arriba.

OAMC: Pues aquí arriba, donde yo me mantengo.

[...]

Y por ahí como a las 7:30 de la mañana el celular timbrando.

[...]

Yo recibí la llamada, que contesté pues. Entonces: Ahhh, que hubo señor.- Cómo te ha ido, hablas con Jorge Mario Gallón.

OHMP: Ahhh, si, si, si. Ellos son familiares de [...].

OAMC: Si, primos hermanos de ellos [...] ese es el que estaba ese día allá con el señor del billete.

OHMP: Y formal con Ud.?

OAMC: Por eso, muy formal, pero qué, como cayó agua ayer todo el día y toda la noche, y hoy amaneció todo toldao.

[...]

Se cortó la llamada y volvió y me marcó y se volvió a cortar, entonces dejamos de hablar porque se cortaba la llamada.

OHMP: Ahhh, entonces no sabe pa' que lo necesitaban ni nada.

OAMC: No, no sé, me imagino que sería pa' esa finca, como yo manejé esa finca allá abajo, entonces quién sabe quién le diría algo o hubo algo así.

OHMP: y cuando fue eso.

OAMC: Esta mañana, por ahí a las 7:30 de la mañana.

OHMP: Pero Ud. si es muy dormidito, y por qué no se vino pues pa' llamarlo bien en forma y todo eso, o métale minutos al celular y devuelva la llamada.

[...] Están pensando que Ud. no quería hablar con ellos, seguro, que les colgó". |157|

De esta comunicación dos situaciones llaman la atención: i) salvo que Oscar Antonio Monsalve utilizara un número de teléfono diferente -al interceptado por orden de la Corte- cuando está "arriba", según se lo comentó a su hijo, no se entiende por qué la llamada que dijo recibir a las 7:30 no está en las grabaciones recogidas por la Sala Esperanza, y sí, en cambio, está registrada la comunicación de ese mismo día, a la 1:01 p.m., ya transcrita, ii) resulta muy casual que, preciso en tiempos muy cercanos, antes y después de que Oscar Antonio declarara en la Corte, aparecieran los protagonistas de las historias narradas por Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve Pineda, o personas cercanas o allegadas a ellos, y que todos conocieran a Oscar Monsalve Correa, el antiguo administrador de la finca Guacharacas.

Así las cosas, es dable concluir, de un lado, que Juan Monsalve decía la verdad cuando estableció contacto con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, advirtiéndole de las amenazas que él y su familia recibieron desde el momento en que Sierra García lo mencionó como testigo de hechos delictivos ocurridos en la hacienda Guacharacas, y de otro, que el congresista no lo buscó para hacerle ofrecimientos y que declarara en contra de la familia Uribe Vélez.

En efecto, no obstante la encrucijada de Oscar Monsalve Correa a la hora de rendir la declaración ante la Corte, dejó en claro que el Congresista no le pidió nada a cambio de intervenir por la seguridad de su familia y, mucho menos, le pidió hacer declaraciones en contra de Álvaro o Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón y Juan Guillermo Villegas Uribe, cuyas responsabilidades, de comprobarse, agrega la Sala, compete definirlas a las autoridades judiciales que conocen de las respectivas investigaciones penales que se tramitan y las que habrán de iniciarse, como se precisará en esta providencia.

Lo anterior, por cuanto las llamadas mencionadas en precedencia, más las que se citarán enseguida, dejan al descubierto que Juan Guillermo Villegas Uribe, y otros, han intervenido testigos para involucrar al doctor IVÁN CEPEDA en la conformación de un supuesto cartel de falsos testigos, cuando lo que parece ocurrir es lo contrario, un complot, como lo señaló el defensor del congresista, para desprestigiar su labor legislativa y, de paso, las entrevistas lícitamente recogidas en ejercicio de sus funciones.

A propósito de lo expuesto, nótese cómo, con posterioridad a la declaración rendida en la Corte, la familia Monsalve continuó bajo una especie de supervisión de Juan Guillermo Villegas Uribe en asuntos relacionados con los procesos penales que está enfrentando.

Por ello, por lo reveladora que resulta, la Corte reproducirá textualmente la conversación sostenida entre Villegas Uribe y Oscar Monsalve Pineda -hijo-, el 4 de septiembre de 2015, 6 meses después de la diligencia en la Corte, cuando éste último acató el mensaje |158| dejado a las 9:45:06 a.m. por Villegas en el sentido de que se comunicara con él apenas pudiera y no se desprendiera del teléfono "hasta no hablar con el larguirucho". Efectivamente a las 9:52:18 a.m., hablaron personalmente así:

"[...]

Juan Guillermo Villegas Uribe: Marica y Ud. Porque no me llama hombre... ahhh, por qué no me llamaste.

Oscar Monsalve Pineda: Ah.

JGV: Por qué no me llamaste.

OM: No, pues yo hablo con el sobrino.

JGV. Ahhh, pero es que ese es como guevón (si). Es como aguevado (sic) no sé.

OM: Cada que voy allá le digo que estoy, hablamos mucho.

JGV: Ahhh, y vos por qué no me llamás a mi guevón (sic). Venga, lo van a llamar unos investigadores, pero pues la cosa es bien, si me entiende, no hay ningún problema, todo está organizado.

Oscar Monsalve Pineda: ¿Otra vez con eso???

JGVU: Cuál vez si nunca lo han hecho.

OMP: Comienzo a estresarme de una vez.

JGVU: No, no, no. No, Es decir, lo mismo, lo mismo que hemos dich...lo mismo que se ha dicho. Pero entonces lo van a llamar. Entonces lo que U. tiene que decir es que Ud. Si viene y declara y que pues... aquí en Medellín y con su abogado, eso es la misma cosa.

OMP: Pero ¿quién, o qué?

JGVU: No, nada. Lo mismo, lo mismo. La misma cosa que estamos hablando hace unos 3 o 4 años. Lo mismo que pa' ayudarme a mí. Absolutamente más nada.

[...]

Lo llaman entonces U. dice sí, yo sí declaro. Sí, sí declaro, yo estoy dispuesto a declarar, no hay ningún problema, pero declaro ante un Fiscal con mi abogado. Si me entiende. Entonces ya Ud. Me avisa. No diga cuál juez ni cuál fiscal y con mi abogado, ni diga quién es el abogado ni nada. Pero eso no es problema, es la misma mierda que preguntan y la misma cosa de Oscar, la misma cosa.

OM: Yeso se puede un fin de semana?

JGV: Nooo, el fin de semana no. Eso tiene que ser un viernes. Tiene que ser un viernes o sea un día laboral [...] eso dice hermano. Eso es ''a darle final a todo eso y ya, terminamos esa mierda y no jodemos más con eso.... Vé y Martha dónde está? La hermana.

OM: Mi hermana?. Debe estar allá en Medellín.

JGV: Porque a ella también la están pidiendo ahí. Ella cómo lo hará?.

OM: No, no sé, no sé.

JGV: Vos has estado hablando con ella?

OM: No, no, no.

JGV: Quién habla con ella, Laura?

OM: Me imagino que todos, mi mamá, Laura. No sé.

JGV: No, pero no es mejor, yo avísales (sic) que las van a llamar, claaaro!!!. Es mejor yo avísales (sic.) pa' que no se asusten. Es que no te asustes que no es nada, es como declara tu papá, es la misma cosa que declara tu papá [...] hombre que si las reses? Eso es mentira señora, ahí no se han robado [...]"

OMP: ¿Luego van a llamar otra vez a mi papá?

JGVU: ¿No hombre, a Oscar pa' qué? A Oscar ya lo que fue fue. A Oscar viejo? [...] No, pa' qué si él ya lo que fue fue. Y ese como es un tigre que defiende como un León. Acuérdese, allá estuvieron en Ibagué y allá casi se los come. [...] como era, como una pantera.

OM: Ah, bueno, entonces si me llaman, pues yo ya cuadro entonces a ver qué día puedo.

JGV: Diga que sí, diga que sí. Que Ud. Está listo pa' eso que ante un fiscal y que ante un... con su abogado, entonces ahí mismo me llama.

OM: Ah, bueno listo.

JGV: No de dirección de nada, sino el número de teléfono. ¿Cómo me consiguen a mí? En este teléfono señor, es que me llaman con tiempo, yo manejo una finca y me mantengo andando.

OM: Sí, sí.

JGV: Bueno esté tranquilo pues que no es ningún problema, y aquí se prepara todo y manejamos todo.

OM: Ah, bueno listo.

JGV: Hágale pues papito.

OM: Listo pues, viejo".

Como se ve, Juan Villegas controla los movimientos de la familia Monsalve Pineda. Conoce a todos sus miembros, sabe de sus actividades o le deben informar de las mismas y de su ubicación, como ocurre con Laura. Además los insta a declarar en el momento y en los términos en que él lo define, previa preparación de un abogado, como claramente se lo advirtió a Oscar Hernán Monsalve para darle tranquilidad y confianza. Incluso, como Oscar Monsalve -padre- declaró, según sus instrucciones, negando el hurto de ganada, poniéndolo como ejemplo de la forma en que deben enfrentar los interrogatorios.

Esa situación persistía cuando Juan Guillermo Monsalve rindió declaración en este asunto, |159| pues para entonces había afrontado dos atentados en la cárcel y la relación con su familia estaba deteriorada por los contratiempos que implicó su entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA, según lo explicó. Por ello, no es extraño -dijo- que su papá hubiera negado las amenazas a su familia, "lo dice es por miedo [...] y yo lo entiendo y yo desde un principio traté de comprometer a mi familia, ellos no tienen la culpa de lo que yo haya hecho o yo haga", la relación con él cambió mucho desde esta situación, pues,

"[...] Al principio, mi familia, me los llevé para Santafé deAntioquia pa' una finquita, mi papá trabajaba con este señor Juan Guillermo Villegas

.[...]

"Sí, a los diitas me lo llevo, mi papá después de eso cambió mucho conmigo, cambió, y lo entiendo por el temor que le tiene a esa gente. Y después de eso él se fue pa' otra parte, pero la comunicación con mi papá ha sido más bien malita, aunque él vino estos días a visitarme, pero ya no es lo mismo. [...]

"Don Juan lo llama mucho, por ejemplo, don Juan le dijo a él que le dijera a mi hermano que le ayudara para la declaración en contra mía y como que le dijo que le ayudara con las declaraciones, yo se eso porque mi hermana es la que me cuenta, y ellos, por ejemplo, mi mamá y mi hermana le quitan el teléfono a mi papá para que no hablara conmigo y esas cosas, ellos tienen mucha comunicación con don Juan".

Con su papá, dijo Juan Guillermo, no se puede hablar de los hechos que le contó al doctor IVÁN CEPEDA, "[...] dónde yo le ponga ese tema me pega. Él dice que nosotros le hemos jodido mucho la vida, el me echa la culpa a mí de vivir mal [...]" y al parecer, para ese momento, la situación de su familia también seguía intranquila, porque cuando el Despacho le preguntó acerca de los problemas que tuvieron, contestó: "Yo me reservo eso".

Lo anterior, sobra decirlo, explica con creces por qué el acercamiento que el doctor CEPEDA CASTRO tuvo con el interno Juan Guillermo Monsalve Pineda no fue con abuso de sus funciones, sino, todo lo contrario, ajustado a sus deberes y compromisos constitucionales y legales como congresista miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes, pues si bien, para esos efectos existen autoridades del Estado instituidas para hacerlo, como lo señaló el doctor Álvaro Uribe Vélez en la ampliación de denuncia, no puede olvidarse que las personas privadas de la libertad se encuentran en una especial relación de sujeción frente al Estado, como reiteradamente lo ha expresado la Corte Constitucional, incluidas las sentencias T153/98 y T388/13, citadas en esta decisión y, por consiguiente, sus autoridades deben velar especialmente por los derechos de aquellas.

ii) La familia Monsalve Pineda recibió apoyo económico del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos porque su situación de seguridad se vio afectada concomitantemente con la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, y fue Juan Guillermo Monsalve quien, ante la intensidad de las amenazas, se lo solicitó.

Al respecto no puede pasar inadvertido que en declaración rendida en este asunto, Juan Guillermo Monsalve Pineda explicó con claridad que le pidió a su esposa entrar en contacto con Franklin Castañeda, del Comité de Solidaridad, con el ánimo de buscar seguridad para su familia, por cuanto su abogada Mercedes Arroyave se lo sugirió y, además, la ayuda que recibieron se condensó en el pago del arriendo.

También, dijo Juan, se enteró que a su hermana le adelantaron algunas gestiones con la Oficina de Protección a testigos, "pero por ejemplo, mi mamá no podía hablar conmigo ni con nadie, entonces le dio muy duro y hasta le dio un infarto aquí en Bogotá, tantos problemas".

De la misma manera, Oscar Monsalve, padre de Juan, en las declaraciones rendidas ante la Fiscalía 32 Especializada de Medellín, y en este asunto, |160| terminó por corroborar las explicaciones que juiciosamente dieron Franklin Castañeda Villacob, entonces Presidente del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y el propio congresista en la diligencia de versión libre.

Franklin Castañeda explicó, en la declaración rendida en este caso, |161| que antes de iniciar la entrevista con Juan Guillermo Monsalve,

"[...] se le puso en conocimiento que lo que resultare de esa reunión, si había alguna denuncia, nosotros le íbamos a dar trámite ante las asutoridades que fueran competentes.

[...]

Posteriormente a eso, el señor Juan Monsalve escribe preocupado porque al hacerse pública la denuncia él y su familia, comenzaron a ser objeto de presiones y él sufre un primer atentado en la cárcel".

Agregó, también, que el atentado no quedó grabado porque las cámaras estaban tapadas con mantequilla, y al interior del penal se decía que por la cabeza de Juan Monsalve ofrecían ochenta millones de pesos, dando lugar al traslado de este interno a la cárcel Picota,

"Muy al final del año, hay una persona que ya fue asesinada en la zona de San Roque, en Antioquia, es un Comandante paramilitar [...] conocido con el alias de Arboleda, posteriormente, fue comandante de los urabeños cuando fue asesinado, o mejor, dado de baja por la Policía, según el reporte. Esta persona, Arboleda, en varias ocasiones había manifestado que iba a atentar contra la familia Monsalve, en San Roque [...] dentro de los rumores y de las cosas que dijeron es que la familia Villegas y, particularmente el señor Juan Guillermo Villegas, era quien había [...] planteado al señor Arboleda de que en ese momento se quedara quieto, porque eso podía terminar de alborotar el avispero.

[...]

"[...] me consta que esta familia empezó a vivir un proceso de mucha zozobra y mucho temor. Y de que el ambiente en el pueblo se comenzó a tornar bastante complejo en contra de ellos. Había muchos chismes, muchas especulaciones de qué le podía pasar a esa familia, había mucho temor de ellos, y cuando se da el atentado contra Juan Monsalve [...] nos decía que estaban ofreciendo 80 millones y que a su familia también la tenía vigilada para asesinarla en caso de que Juan Monsalve continuara, pues, a nosotros lo que nos toca es entrar a mirar qué hacer con la seguridad de esta familia [...] pagamos unos tiquetes aéreos [...]."

Todo ello, narró el testigo, ocurrió a finales de 2011. Primero salió Martha Monsalve con sus dos hijos menores, posteriormente viajó la señora Marina, madre de Juan, y don Oscar llegó a lo último, porque viajó por tierra, recibiendo apoyo económico hasta el mes de mayo. Indicó, igualmente, que Oscar Monsalve Correa, padre, "siempre tenía mucha desconfianza, mucho temor", frente al proceso de acompañamiento de la fundación. Les contó que cuando se presentaron las denuncias por los hechos narrados por Juan Monsalve, "lo habían buscado la familia Villegas, le habían filmado un video en el cual le daban una versión de los hechos de la finca Guacharacas y le habían entregado una tarjeta en la que le decían, si a Ud. lo llegan a buscar de la Fiscalía o de estas organizaciones de derechos humanos, ud tiene que llamar a este abogado y no diga nada hasta que no hable con este abogado".

Explicó, igualmente, que paralelo al trámite surtido por la Fundación, cuyo Comité aprobó y autorizó los apoyos a la familia Monsalve, tuvieron reuniones con la Oficina de Protección de la Fiscalía y con el Fiscal General de la Nación para expresarle sus preocupaciones por la situación de las personas mencionadas, pero les dijeron que no podían ser acogidas por el programa porque no había una declaración de Juan Monsalve,

"En mayo -dijo el testigo-, yo mismo llevo a Martha Monsalve a una sede de la Fiscalía General de la Nación [...] una sede del programa de protección porque ellos son citados para estudio y el examen de nesgo en mayo y estamos hablando que éstos trámites los iniciamos en enero, febrero. En mayo el programa apenas empieza una respuesta y en junio nos termina diciendo que no. [...]

"En todo ese tiempo, al ver la lentitud de la Fiscalía, hicimos trámites, nosotros mi oficina, no IVÁN CEPEDA, nosotros el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, hicimos trámite ante fondos alternativos para mirar el tema de sus recursos. Nosotros hicimos además trámites ante embajadas para mirar la posibilidad de salida del país de alguno de ellos, pero esto es un caso muy complejo, porque en últimas son familiares de una persona que está condenada por haber cometido delitos. En consecuencia, las embajadas le tienen a eso, mucha resistencia".

Indicó, asimismo, que las reuniones con la familia Monsalve Pineda se llevaron a cabo en las oficinas del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos ubicadas en la calle 26 en el edificio KLM, referencia citada por Oscar Monsalve en su declaración, y para ello también hicieron otras visitas a Sierra y a Monsalve en sus sitios de reclusión, debiendo, posteriormente, hacerlo IVÁN CEPEDA solo, porque el INPEC le prohibió el ingreso al Comité.

En este sentido, valga la pena anotar que, de esa situación, el propio Franklin Castañeda dejó constancia en la sesión del 15 de agosto de 2012, en la Plenaria de la Cámara, cuando le reclamó al Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia, por qué le impedían el ingreso a las cárceles a organizaciones de derechos humanos, no obstante vivir una crisis de gran magnitud, |162| y, efectivamente, de ello da cuenta el oficio número S-GAID-15-051165 del 25 de mayo de 2015, suscrito por la Coordinadora del Grupo de Trabajo de Atención a Instancias Internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, |163| mediante el cual se anexó el "acta de acuerdo temporal para el ingreso de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos a los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional", suscrito entre el General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia como Director del INPEC y Franklin Castañeda Villacob en calidad de Presidente del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, acuerdo en el que, aclaró la Cancillería, "acompañó y facilitó un espacio independiente de diálogo", el cual culminó el 13 de febrero de 2013.

Lo anterior, a no dudarlo, demuestra que: i) la intervención del Comité de Solidaridad y la del doctor IVÁN CEPEDA en relación con el interno Juan Guillermo Monsalve Pineda, estaba fundada en motivos serios y verificados sobre el riesgo que corrían su vida y la de los miembros de su familia; ii) que frente a las dificultades presentadas con los trámites adelantados con la Oficina de Protección de Testigos de la Fiscalía, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos prestó apoyo económico y adelantó los trámites correspondientes ante otros países, sin que fuera posible ubicar a la familia Monsalve Pineda, dada la situación jurídica de Juan Guillermo Monsalve, siendo ese el motivo por el cual los protegidos suprimieron los contactos con dicha ONG y al parecer, excepto Marta Monsalve, retornaron a su lugar de origen y, iii) que el auxilio económico que recibió la familia Monsalve en 2012, lo giró la Fundación Comité de Presos Políticos, previa aprobación de la Junta Directiva, como igualmente lo acreditó Franklin Castañeda en este asunto con los respectivos soportes, tales como cuentas de cobro, comprobantes de egreso, recibos de caja, facturas de venta con los cuales se cubrió el traslado, alojamiento y alimentación de Martha Monsalve y sus hijos de Medellín a Bogotá, así como el de los esposos Monsalve Pineda, en la ciudad de Bogotá entre diciembre de 2011 y mayo de 2012. |164|

Como se ve, la asistencia económica brindada por el Comité de Solidaridad se dio como consecuencia de los sucesos surgidos a raíz de la situación afrontada por Juan Guillermo Monsalve y su familia, con ocasión de las declaraciones de Sierra y la entrevista dada por aquél al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO y no en contraprestación a señalamientos falsos sugeridos por el congresista al interno, como se planteó en la denuncia y su posterior ampliación por el doctor Álvaro Uribe Vélez.

Por el contrario, la situación que afrontaba Juan Guillermo Monsalve en relación con su seguridad y la de su familia, cuando solicitó la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, así como la gravedad de los hechos relatados, por éste, los cuales vinculaban a Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago, Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón, así como la hacienda Guacharacas, de propiedad de los primeros, tornaba lógico y comprensible que el miembro del Comité de Solidaridad, que acompañó al congresista en esa visita a la cárcel, le pusiera de presente a Juan Guillermo, que en caso de eventuales riesgos esa ONG le brindaría apoyo en la medida de sus posibilidades para garantizar su seguridad, como efectivamente ocurrió posteriormente, debido a la persistencia de las amenazas.

El hecho de que testigos como Oscar Monsalve relacionara el apoyo que le brindó la citada Fundación con el Congresista CEPEDA CASTRO, como si se tratase de una misma persona o entidad, no es más que su desconocimiento acerca de cómo colaboran este tipo de ONG en situaciones como las aquí relatadas, aunque, valga anotarlo, a pesar de que O scar Monsalve negó las amenazas y trató de mostrar que la opción de salir del país fue un ofrecimiento de IVÁN CEPEDA sin justificación alguna, terminó respondiendo que no se le pidió nada a cambio. Su actitud podría explicarse también en la difícil situación que afrontaba su familia y la incomodidad de declarar en presencia del abogado de Juan Guillermo Villegas Uribe, quien lo había buscado cuando se conocieron las declaraciones de su hijo, para "asesorarlo" acerca de la versión que debería dar sobre los hechos en caso de ser llamado a rendir testimonio al respecto.

Recuérdese que para la fecha en que declaró en este asunto habían pasado por situaciones apremiantes. Tuvieron que abandonar su residencia en Barbosa, continuaban recibiendo amenazas y debieron regresar a la región quedando expuestos porque la Oficina de protección a testigos de la Fiscalía no los admitió en el programa, las gestiones adelantadas por el Comité para sacarlos del país no resultaron y no fue posible que esa ONG continuara asistiéndolos económicamente, por tratarse de medidas temporales.

iii) Por último, debe destacarse que cuando Juan Guillermo Monsalve Pineda se entrevistó con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, no obstante las amenazas, estaba decidido a contar su verdad y, por ello, antes de buscar al Congresista, directamente y por intermedio de su abogada se contactó con la Fiscalía de Justicia y Paz de Medellín, que documentaba el bloque Metro sin obtener la receptividad que esperaba, no obstante la gravedad de los hechos que conoció y la calidad de las personas involucradas.

Para corroborar ese aserto, la Sala dispuso una serie de labores de policía judicial que permitieron establecer, que antes de la fecha de la entrevista con el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, esto es, el 16 de septiembre de 2011, Monsalve Pineda fue remitido en varias ocasiones a Medellín a la Fiscalía 45 de la Unidad de Justicia y Paz, por solicitud del Fiscal, los días 2,9, 18 y 19 de agosto, para entrevista, |165| sin que la misma se documentara, pues según lo informó el funcionario mencionado en desarrollo de la diligencia de inspección, el interno estuvo en su despacho, comentó de la conformación del bloque "Metro", el apoyo de un militar y la hacienda Guacharacas, pero "de esto no hubo registro porque fue una charla informal". |166|

De todas maneras, el 30 de agosto de 2011, |167| Juan Guillermo Monsalve rindió entrevista en la Fiscalía 45 de Justicia y Paz de Medellín, en razón a las referencias que de él hiciera Pablo Hernán Sierra en diligencia del 28 de julio del mismo año.

En esa ocasión, Juan Guillermo Monsalve refirió brevemente su paso por la hacienda Guacharacas de propiedad de la familia Uribe Vélez. Contó que su padre, Oscar Monsalve, fue el mayordomo, que en ese lugar conoció la presencia de grupos armados ilegales, del hurto de 600 cabezas de ganado y el incendio de la finca por parte de la guerrilla del ELN, comandada por Darío Gigante, y que "el ganado fue recuperado días después, al parecer para dicha recuperación fue por el naciente grupo paramilitar que en ese entonces estaba al mando de alias FILO y que luego se autodenominara Bloque Metro. |168|

Desde ese momento, Juan Guillermo expresó al Fiscal su convencimiento de estar condenado por algo que no hizo y de su intención de ingresar a Justicia y Paz porque tiene mucha información para aportar, pero la dará a conocer cuando sea postulado y se le brinden condiciones de seguridad.

El 27 de septiembre de 2012, Juan Guillermo Monsalve Pineda declaró ante el Fiscal 6º Delegado ante la Corte |169|. Explicó el bloque Metro se conformó a finales de 1996 y comienzos de 1997 en la hacienda Guacharacas, con la participación de Luis Alberto Villegas, Juan Guillermo Villegas, Santiago Uribe, Álvaro Uribe, Santiago Gallón, John Jairo Franco, alias Jota y alias Arboleda, quienes impartían las órdenes y contaban con la colaboración de alias Beto, quien llegó del Urabá con 25 muchachos, Roberto Cano, cuñado y escolta de Alberto Villegas y administrador de Santiago Gallón, quien fue dueño de la mitad de Guacharacas, el Comandante de la Estación de Policía de San José del Nus, el sargento Morelos de las Fuerzas Militares y alias Filo, miembro del Ejército. Este último, dijo, coordinaba las masacres en la zona.

Monsalve también afirmó que en 1994, cuando Álvaro Uribe estaba en campaña para la gobernación de Antioquia, Santiago Uribe le comunicó a Darío Gigante, comandante del ELN que no le arrendaría más unas vegas, lo que suscitó amenazas de éste hacia Santiago y la hacienda Guacharacas, concretadas después en el hurto de ganado y el incendio de la propiedad, circunstancia que obligó el abandono de la misma e incluso el homicidio del empleado que se quedó a su cuidado.

Reiteró Monsalve, que después de tales hechos Santiago Uribe le pidió a su familia regresar a la finca argumentándoles que en poco tiempo se arreglarían los problemas, pero ellos no quisieron. Sin embargo, aproximadamente un año después retornaron allí por pedido de Juan Guillermo Villega que se encargó de administrarla y reabrirla, y es cuando ocurrieron las masacres de providencia y San José del Nus, cometidas por el Ejército y los "grupos urbanos" con los que se inició el bloque Metro, en relación con personas vinculadas con el hurto del ganado y el incendio de la finca. Precisó que los crímenes en los que él participó los aclarará si es postulado en Justicia y Paz.

En esa oportunidad, Juan Guillermo Monsalve también narró que para retomar Guacharacas fue necesario cambiarle de nombre y venderla para reducir el riesgo. La finca, entonces, era custodiada por el Ejército y los paramilitares mientras Álvaro Uribe fue Gobernador de Antioquia. Reconoció, en fotografías, lugares y personas mencionadas en su testimonio.

No vio a Álvaro Uribe en la hacienda, pero si le consta de las conversaciones de Santiago Uribe con él, y haberlo visto en San José del Nus como gobernador de Antioquia en la inauguración de la Cooperativa León VIII y una Convivir en esa misma zona en la que habló de "montar un matadero regional" y posteriormente en 2001, cuando estaba haciendo campaña a la Presidencia de la República.

Monsalve Pineda, dio cuenta de la amistad y los vínculos de los hermanos Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe con Álvaro y Santiago Uribe Vélez. Nuevamente señaló que el primero fue el representante legal de la Convivir El Cóndor y uno de los líderes del bloque Metro, que participó en la desaparición de alias Juan Pablo, por quien alias Gavilán cobró una recompensa. Además era quien dirigía el negocio del narcotráfico, detrás de San José del Nus en una finca denominada la Chinka. En esa actividad, él -Juan Guillermo -Juan Guillermo, era su mano derecha.

Aclaró que a la muerte de Luis Alberto Villegas y el exterminio del bloque Metro le resultó una conexión con unos señores para "coger una zona en el Caquetá, [...] como Comandante de un grupo de autodefensas [...]".

También afirmó conocer a Pablo Hernán Sierra, en aquella época sin alias, como la persona encargada del tubo y de las finanzas de la organización y luego lo trasladaron a la Pintada, precisamente por el buen manejo de esa actividad.

Juan Guillermo Monsalve, dio cuenta que estableció contacto con el doctor IVÁN CEPEDA por intermedio de la doctora Mercedes Arroyave, a quien conoció por recomendación de un compañero en Cómbita, también paramilitar de Amalfi. Su interés, dijo, era aclarar los hechos y buscar una solución a su situación jurídica. La entrevista con el congresista contiene la declaración que él quiso dar acerca de la conformación del bloque Metro, unas cocinas de procesamiento de cocaína y unas masacres.

Por último, habló del atentado con arma blanca del que fue objeto en la cárcel de Cómbita, con unos internos a quienes no conocía y con los que no tuvo ningún problema.

El 29 de noviembre de 2013, declaró ante el Fiscal 18 de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, dentro del radicado 69.426 |170| seguido en contra de Santiago Uribe Vélez y Santiago Gallón. Relató sobre su pertenencia al bloque Metro y central Bolívar de las autodefensas, conociéndosele como Guacharaco y, por último, su vinculación con los rastrojos.

Reiteró que cuando quiso contar esos hechos en la Fiscalía de Justicia y Paz de Medellín "no me pararon bolas, que ese tema era muy delicado y que me iban a llamar y no me llamaron, y cuando di la declaración ahí si me llamaron y no me quise presentar allá". Dijo conocer a Santiago Uribe, Santiago Gallón y a los hermanos Juan Guillermo y. Alberto Villegas Uribe, pues este último fue su patrón.

Relató los problemas que tuvo Santiago Uribe en la hacienda Guacharacas con la guerrilla del ELN, concretamente con Darío Gigante, la muerte de Tobías Mira, un trabajador que se quedó cuidando los ganados cuando les tocó abandonar la finca; cómo después le pidieron a su familia regresar a la finca, su participación en la recuperación del ganado hurtado, así como los motivos de las masacres de Providencia, San José del Nus y Cristales por parte de Filo. Se abstuvo de responder acerca de la muerte de los carniceros para no autoincriminarse, pero sí se refirió a la reunión entre Santiago Gallón, Santiago Uribe y Luis Villegas previo a la muerte de Darío Gigante.

También mencionó reuniones que presenció entre Luis Villegas, Santiago Gallón y Santiago Uribe de donde salían órdenes para cometer homicidios y para asuntos de narcotráfico como "laboratorios para hacer cristal, invernaderos de marihuana, porque yo trabajaba ahí con Don Luis"; la instalación de válvulas al oleoducto que pasa por la hacienda Guacharacas para financiar el grupo armado; por qué Luis Alberto Villegas entró en guerra con el bloque Metro hasta lograr su exterminio; los motivos por los que lo mataron y, al final, habló de las amenazas y atentados que le hicieron desde que empezó a dar las declaraciones que involucran a las personas mencionadas.

Asimismo, en la declaración rendida el 11 de marzo de 2015 en esta averiguación, Monsalve Pineda insistió en que buscó al doctor CEPEDA CASTRO por intermedio de su abogada Mercedes Arroyave, porque intentó declarar esos hechos en Justicia y Paz de Medellín y no le prestaron atención.

Monsalve reiteró que fue su decisión hablar de los temas relatados al congresista en la entrevista, "[...] -no de- ese señor -Franklin Castañeda-, ni la abogada, ni don IVÁN CEPEDA, yo lo hice por contar, pues empezar por algo, pues contar desde el principio hasta el 4 de agosto de 2007, que es cuando yo me retiro de todo [...]". Por eso, explicó, quería narrar lo relacionado con unas personas que desaparecieron de un taxi y aún no se sabe nada de ellas.

En lo demás, Juan Guillermo Monsalve refirió las amenazas a su familia, el contacto de Juan Guillermo Villegas Uribe para pedirles que lo desmientan, el miedo que su papá le tiene "a esa gente" y la fractura de la relación con su padre y hermano por sus declaraciones.

El 20 de febrero de 2014, en la sesión del juicio oral llevada a cabo en el Juzgado Primero Penal Municipal de Itagüí, en el proceso contra Pablo Hernán Sierra por el delito de calumnia, Juan Guillermo Monsalve reiteró, en términos similares, lo relatado en la entrevista recogida por el doctor IVÁN CEPEDA acerca de los orígenes del bloque "Metro", la muerte de Darío Gigante por orden de Santiago Uribe, asegurando que sus fundadores fueron "Santiago Uribe -a quien dijo reconocer entre el público-, Santiago Gallón y los hermanos Villegas. Álvaro Uribe Vélez sabía de la existencia de ese bloque en la hacienda porque él era muy allegado a los hermanos Villegas y ese bloque fue montado para poder abrir la hacienda", a la vez que Sierra intervenía en los asuntos del tubo "y él participaba cuando abrían las válvulas en la hacienda Guacharacas". |171|

Aun así, como le ocurrió a Pablo Hernán Sierra García, Juan Guillermo Monsalve no está postulado a Justicia y Paz, |172| ni el doctor IVÁN CEPEDA adelantó gestión al respecto, pues no le corresponde, ciñéndose, como ha sido su pauta de conducta en estos casos, a hacer las denuncias correspondientes, elevar los derechos de petición que estimó necesarios ante las autoridades competentes, y a hacerle seguimiento a las investigaciones iniciadas a partir de sus denuncias.

De igual modo, Juan Guillermo Monsalve Pineda mantiene sus condiciones de reclusión con las medidas de seguridad que las circunstancias han impuesto, al tiempo que la situación de su familia continúa igual, de modo que no puede sostenerse que sus señalamientos en contra del denunciante y otras personas sean el producto de ofrecimientos por parte del congresista investigado como ampliamente se demostró acápites atrás. A pesar de los riesgos que enfrentó, no se ha retractado de lo dicho en la entrevista del 16 de septiembre de 2011, en las declaraciones rendidas ante la Fiscalía y el Juzgado Primero Penal Municipal de Itagüí, como se acaba de reseñar, y aunque por todos los medios han buscado desmentirlo, él ha mantenido, en lo esencial, sus versiones, guardando silencio en algunos aspectos ante la seriedad de las amenazas que ha recibido y el derecho a no automcriminarse.

En ese sentido, no puede pasar desapercibido que el apoderado del denunciante trajo a esta actuación, como prueba de que las declaraciones de Monsalve Pineda son el resultado de ofrecimientos hechos por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, una copia informal de un escrito fechado el 22 de octubre de 2014, |173| dirigido al doctor Álvaro Uribe Vélez, suscrito por John James Granja Lizalda, en el que le informaba que en 2012, cuando se encontraba en el patio R 5 de la cárcel Picota, en Bogotá, un sábado mientras tomaba licor con otros internos, Juan Guillermo Monsalve,

"[...] hablaba con mucha confianza diciendo palabras '...Estoy buscando asilo político... y el senador Iván Cepeda me dijo que le ayudara, que él podría también ayudarme a salir de la cárcel y brindarme ese asilo político...'

"Señor Senador Álvaro Uribe esto lo hago porque el interno está hablando mentiras, dicho por él mismo, que el senador Iván Cepeda le da dinero".

Sin embargo, en declaración rendida en este asunto el 8 de septiembre de 2015 |174|, Granja Lizalda se limitó a manifestar que le pidió a alguien hacer la carta y la envió por el correo de la cárcel, porque en 2012 tuvo un problema con Juan Guillermo Monsalve, allí escuchaba que él no era paraco. Por último aclaró que quien hizo de amanuense escribió "más de la cuenta".

Este testigo preocupado por el doctor Álvaro Uribe, no resiste la menor confrontación conforme a las reglas de la experiencia, pues no se entiende por qué, si la misiva fue enviada por el conducto regular de la cárcel, carece de sellos. Además, las manifestaciones que hizo ante la Corte, bajo la gravedad del juramento, se advierten mendaces porque a la hora de responder acerca de las condiciones, motivos y circunstancias por las cuales la envió, manifestó que dos años antes había tenido un altercado con Juan Guillermo Monsalve y no pudo explicar cómo hizo para hacerle llegar el escrito a su destinatario.

Aunado a lo anterior, cotejadas las fechas y los patios en los que estuvo privado de la libertad en la cárcel Picota, se advierte que Granja Lizalda coincidió en el mismo lugar con Monsalve Pineda, pabellón 12, bloque B, entre el 9 de diciembre de 2012 y 23 de abril de 2013, mientras que el segundo de los mencionados permanecía allí desde el 26 de marzo de 2012, fecha en que fue trasladado desde la cárcel de Cómbita. |175|

Mucho más inverosímil resulta la versión de Granja Lizalda, si se observa que la estadía de Juan Guillermo Monsalve Pineda para entonces, obedecía al traslado de urgencia ordenado por el Director del INPEC, luego del atentado con cuchillo del que fue víctima el 24 de marzo de 2012, y el 3 de marzo de 2013 se había presentado el incidente relacionado con el hallazgo de una sustancia altamente tóxica en su celda.

Así las cosas, no corresponde al sentido común que una persona que venía afrontando serios riesgos para su vida desde el momento mismo en que su nombre fue mencionado por un tercero, que fue trasladado a ese centro de reclusión bajo medidas de seguridad más estrictas por los antecedentes narrados, expresara de manera desprevenida e irresponsable afirmaciones como las referidas por Granja Lizalda, siendo que, para esas fechas, era claro que su familia no contaba con protección de ninguna índole porque no fue posible otorgársela ni por el Comité de Solidaridad ni por la Oficina de Protección de la Fiscalía general de la Nación.

Algo similar puede decirse de la carta allegada por el apoderado de la parte civil suscrita por un interno identificado con el número de cédula 18.464.700, fechada el 18 de julio de 2017, que corresponde al nombre de Carlos Enrique Vélez Ramírez, recluido en la cárcel de Palmira, en la que le manifiesta al señor Fiscal General de la Nación que en una visita a la Picota, el doctor IVÁN CEPEDA le pidió declarar en el caso de la hacienda Guacharacas y en el de los Doce Apóstoles, y dijera que estuvo reunido con Santiago Uribe, en el Poblado, en Medellín, "lo cuál es falso" y, a cambio, le ofreció lo mismo que a Pablo Hernán Sierra, es decir, protección.

Se lee también en la nota que su relación con Pablo Hernán Sierra sé dañó porque se negó a repetir sus mentiras, y se enteró por alias fosforito, quien estuvo preso en la cárcel de Itagüí con Sierra, que éste también le pidió declarar "sobre lo que pasaba en la hacienda Guacharacas [...] que él lo preparaba con lo que debía decir".

Finalmente, el supuesto autor de la carta le pidió al Fiscal llamarlo a declarar para contar "la verdad sobre esta farsa que se le montó a Santiago Uribe (sic), para perjudicar al expresidente Álvaro Uribe Vélez". |176|

Del documento aludido, la Sala no hará mayores comen-tarios, diferentes a que se trata de una fotocopia informal en la que se aprecia membrete de la firma Medina y Asociados Law Office, según el apoderado de la parte civil, conocida por él días antes de anexarlo a este proceso.

La Corte ordenó algunas labores de verificación al respecto, pudiéndose establecer, según se consignó en el informe n.° 10-127244 del 19 de diciembre de 2017, que, efectivamente, la cédula de ciudadanía n.° 18.464.700 fue asignada a Carlos Enrique Vélez Ramírez, quien se encuentra privado de la libertad en Palmira, su testimonio fue solicitado como prueba de la defensa en el juicio que se sigue en contra de Santiago Uribe Vélez, siendo negada por el Juzgado en decisión que fue objeto de apelación.

Pues bien, aunque ese documento informal contiene sindicaciones en contra del doctor IVÁN CEPEDA, que a la postre replican otras, la Sala no profundizó en las verificaciones al respecto por cuanto resulta innecesario, dado que idéntica hipótesis fáctica se ha conocido a través de testimonios legalmente recaudados y contundentemente desvirtuados con prueba lícitamente acopiada.

9. Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, y Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda

El senador Álvaro Uribe Vélez dio a conocer los nombres de estos testigos el 17 de septiembre de 2014, en el debate de control político promovido por el senador IVÁN CEPEDA sobre el paramilitarismo en Antioquia, cuando el aquí denunciante -Uribe Vélez- fungió como gobernador de ese departamento. |177|

En la misma fecha, el propio doctor Uribe Vélez radicó en la Secretaría de la. Sala memorial anexando los CDs con las entrevistas recaudadas el 2 de septiembre de 2014, en la cárcel de Itagüí, a Ramiro de Jesús Henao Aguilar y a Gabriel Muñoz Ramírez, por el investigador Obed Herrera, con su respectiva transcripción, según orden de trabajo impartida por el abogado Wilser Darío Molina Molina. |178|

De acuerdo con esos documentos, Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, le contó al investigador que se encontraba en la cárcel de Itagüí "en calidad de guardado porque estoy en unas diligencias judiciales", |179| pero está privado de la libertad desde marzo de 2004 y condenado por 500 homicidios cometidos en 18 masacres, desaparición forzada y concierto para delinquir, cometidos durante su militancia en el bloque Metro de las autodefensas, al que ingresó a mediados de los años 90. Aclaró que si bien no es postulado a Justicia y Paz, ha colaborado en el esclarecimiento de varios hechos cometidos cuando estuvo en el bloque Calima, a donde pasó cuando se desestructuró el bloque "Metro", y también estaba interviniendo ante varias fiscalías para la ubicación de fosas.

En lo fundamental, Ramiro Henao relató que en 2012 conoció al. doctor IVÁN CEPEDA porque le comentó a Pabló Hernán Sierra su interés en dar a conocer unas fosas. El día del encuentro con el congresista le habló del tema, pero él le respondió que solo le interesaba grabar una entrevista, según las instrucciones que le daría previamente, para que dijera que el doctor Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago estuvieron en una finca, a donde las autodefensas llevaron al guerrillero alias Juan Pablo para ajusticiarlo, luego de capturarlo vivo, pero él no aceptó. De ese episodio, dijo, es téstigo Castañeda.

Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, en entrevista rendida el mismo día, le dijo al investigador que fue capturado el 23 de diciembre de 2010 por pertenecer a las autodefensas, como comandante en la zona de San Carlos, San Rafael y Guatapé. Sin embargo, aclaró que la condena de 40 años que pesa en su contra por unos homicidios es injusta porque se refiere a hechos ocurridos con posterioridad a su retiro de la organización.

Dijo que su abogada Mercedes Arroyave lo visitó de manera inconsulta con el doctor IVÁN . CEPEDA porque el congresista quería preguntarle acerca de Álvaro Uribe Vélez, y aunque él le respondió que no lo conoció, le propuso hacerle una entrevista, grabada, en la que afirmara ser conocedor del apoyo político que le dieron las autodefensas al exmandatario, y, a cambio le ofreció colaborarle para que no lo trasladaran más de cárcel y sacar a su familia del país, pero él se negó rotundamente.

Muñoz Ramírez enfatizó en la participación de la doctora Mercedes Arroyave en ese episodio, pues, según él, "siguió insistiéndome a mí que hablara, que ellos me sacaban a mí un papel donde yo pudiera hablar bien, porque como yo soy campesino, yo no sé hablar bien y todo es, me enrede y ella me sacaba un papel para que yo hablara en contra de Álvaro Uribe".

Con base en la documentación aportada por el doctor Álvaro Uribe en relación con las citadas entrevistas, la Corte ordenó la práctica de varias pruebas tendientes a corroborar o desvirtuar sus afirmaciones, de las cuales se desprende lo siguiente:

i) Las labores de policía judicial ordenadas en esta investigación, permitieron establecer que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO fue autorizado el 25 de julio de 2012 para entrevistar en la cárcel La Paz, de Itagüí, a los internos Iván Roberto Duque Gaviria, Pablo Hernán Sierra, José Orlando Moneada y Ramiro de Jesús Henao Aguilar, conforme a la boleta de ingreso n.° 0597 de la misma fecha, |180| en compañía de David García Rodríguez, Humberto Ramírez, Abdón Antonio Barrios, Gabriel Barrios G., Ember Barrios Guzmán y Rolando Días Prieto. En esa oportunidad se le negó la entrada a Franklin Castañeda Villacob, así como el ingreso de medios de comunicación o grabadoras.

El doctor IVÁN CEPEDA, por su parte, explicó que esa entrevista se originó en una solicitud que le hiciera Henao Aguilar con el propósito de suministrarle información sobre fosas, pero a la hora del encuentro el interno condicionó cualquier información a la obtención de beneficios jurídicos, los cuales no son de su competencia. Por ello, aunque admitió haberle preguntado acerca de Álvaro Uribe Vélez, aclaró, la conversación terminó rápido porque aquél le aseguró no conocer nada al respecto.

Así las cosas, confrontadas las explicaciones del investigado con las distintas versiones que Henao Aguilar dio sobre esa visita, es dable concluir que el testigo mintió, y ello es notorio por las dificultades en que se vio para enfrentar las preguntas que se le hicieron en declaración rendida en esta investigación y en el juicio oral que esta misma Corporación tramita en contra del doctor Luis Alfredo Ramos Botero, lo que indica que escasamente estaba preparado para hacer sindicaciones irresponsables en contra del doctor CEPEDA CASTRO más no para enfrentar un interrogatorio serio y detallado.

Lo primero a destacar es que el único encuentro que este testigo tuvo con el doctor IVÁN CEPEDA ocurrió en Julio de 2012, y a pesar de la gravedad del ofrecimiento que supuestamente le hizo, solo hasta 2014, dos años después, decidió denunciar esos hechos, según él, porque para entonces Pablo Hernán sierra, alias Alberto Guerrero lo mencionó en unas declaraciones que involucraban al doctor Luis Alfredo Ramos Botero, las cuales fueron publicadas en el periódico El Colombiano. Por ese motivo, dijo, le consultó a alias Memín quien lo contactó con el doctor Wilser Molina.

En este sentido, si bien la Sala comparte con el defensor la conclusión en cuanto a la mendacidad de este testigo, es dable aclarar que contrario a lo señalado por el abogado, Henao Aguilar no dijo que llamó a IVÁN CEPEDA en 2011 ante la publicación de las declaraciones de Pablo Hernán Sierra en 2014, sino que a raíz de esas notas de prensa decidió buscar ayuda, porque con tal episodio serían dos los asuntos en que lo estaría involucrando Pipintá, según dijo.

Importa señalar al respecto que Sierra García declaró en este expediente el 12 de marzo de 2015, es decir 5 meses después del debate de control político del 17 de septiembre de 2014 que tuvo como eje central la responsabilidad del entonces gobernador de Antioquia, Álvaro Uribe Vélez, con el fenómeno del paramilitarismo en ese departamento. En esa oportunidad, el denunciante, hoy senador, puso de presente las entrevistas de Henao Aguilar y Muñoz Ramírez como prueba de que las denuncias presentadas en su contra por IVÁN CEPEDA CASTRO son un montaje para desprestigiarlo, procediendo igualmente, como ya se dijo, a radicar copia de las mismas en la Secretaría de la Sala con destino a este proceso.

En relación con las entrevistas recogidas por un investigador privado en cumplimiento de órdenes impartidas por el abogado Wilser Darío Molina Molina, entonces candidato a la alcaldía de Amagá y actual primer mandatario de ese municipio, Pablo Hernán Sierra explicó que Ramiro Henao le comentó que había entregado unas fosas, pero además sabía de hechos que contar de los hermanos Valencia Cossio en relación con una "gente pa' matar cuando él fue comandante del oriente antioqueño", ante lo cual él le sugirió que hiciera la denuncia con el doctor IVÁN CEPEDA con quien efectivamente se reunieron Simón y Castañeda, sólo que como el congresista no se prestó a las exigencias económicas de éstos, "entonces voltearon la torta".

Al respecto, Sierra agregó que le dijo a Henao Aguilar,

"Hombre, vos debías pedir las medidas, eso te sirve a vos pa' pedir las medidas de protección y salir del país y todo ese cuento, que vos tenés un enemigo muy poderoso, entonces me dijo ése es un gamín para mí' y entonces yo le dije, hasta aquí llegó la conversación, porque los enemigos hay que respetarlos, le dije -yo estoy hablando del presidente Uribe, [...] antes yo al presidente Uribe lo quiero [...] Lo que pasa es que a él y a los congresistas se les olvidaron (sic) qué debían, y para contar la verdad resulta que ellos están sumergidos dentro de esa verdad, y cuanto tocamos los cacaos ya somos unos hijueputas [...]"

Por eso se sorprendió, comentó Sierra, cuando vio que en medio del debate de control político del 17 de septiembre de 2014, las pruebas del doctor Uribe fueran las entrevistas de Ramiro Henao y Gabriel Muñoz. Empezó a averiguar y descubrió que,

"el abogado de cabecera de Memín que se llama Wilser Molina, es el que convoca a un ex miembro del Das y es el que les toma las declaraciones a estos dos señores [...] resulta que el complot se armó en contra de Cepeda y contra mi persona , para desmentirme a mí como falso testigo es, hmm en primer lugar Simón y Castañeda que son los que declaran, resulta que a éstos dos señores, hay algo que voy a decir pero no puedo, no tengo pruebas, pero resulta que a ellos a Simón y Castañeda les dieron una plata [...] comenzaron a gastar a hacer negocios a comprar carros a comprar ganado, y yo conozco la situación económica de ellos [...] Simón lleva muchos años preso [...]".

Asimismo, cuando refirió las diferencias políticas que tuvo con Julián Bolívar, el Alemán y Pedro Hasbúm, por las que éstos lo expulsaron del patio 1 de la cárcel de Itagüí, anotó: "Pedro Hasbúm me ofreció plata para que no hablara de Santiago Uribe porque ellos son amigos personales y todavía defienden la causa de Uribe".

Lo anterior es cierto si se tiene en cuenta que en la entrevista rendida el 25 de octubre de 2011 por Pablo Hernán Sierra García ante el Fiscal 45 de la Unidad de Justicia y Paz de Medellín, aseguró que unas de las personas que tenían intenciones de contar la verdad de lo ocurrido con las autodefensas en Antioquia eran alias Simón y Castañeda, pero tenían miedo.

Por ello, el repentino temor de Ramiro de Jesús Henao por sentirse falsamente involucrado en hechos narrados por Sierra, dos años después de su encuentro con el doctor IVÁN CEPEDA, no fue más que el pretexto utilizado para deformar la verdad. El mismo dijo en la entrevista que le comentó a Sierra haber participado en el "operativo donde se había dado de baja a un comandante de la guerrilla del ELN que operaba en el Nordeste Antioqueño, de alias Juan Pablo [...]", circunstancia claramente aprovechada para sostener que el congresista aquí investigado le propuso hacer una grabación contando ese episodio de acuerdo a lo que le escribirían en un papel.

Esa versión no es lógica. Si en ese orden de tiempo ocurrieron los hechos relatados, y fue otro el motivo que suscitó su interés por descubrir lo que supuestamente el doctor CEPEDA CASTRO estaba haciendo al interior de las cárceles, ¿por qué entonces en la entrevista dada al investigador Obed Herrera no mencionó que el congresista también le preguntó por el doctor Luis Alfredo Ramos, o por otras personas?.

Lo anterior explica por qué lo dicho por Henao Aguilar al investigador Obed Herrera en la entrevista, lo puso en dificultades cuando la Corte lo confrontó bajo la gravedad del juramento en el juicio del doctor Ramos Botero. Cuando el Magistrado Ponente lo interrogó acerca de si el congresista le hizo ofrecimientos para que involucrara falsamente al exgobernador de Antioquia en una reunión en la que no estuvo y si en verdad Gabriel Muñoz lo enteró de haber sido objeto de similares ofrecimientos con idéntico propósito, terminó respondiendo, a lo primero, que no, y, a lo segundo, que era comentarios del patio. |181|

Aunado a lo anterior, téngase en cuenta que el 12 de marzo de 2015, cuando Sierra García declaró en este asunto, |182| explicó que efectivamente la entrevista entre el doctor CEPEDA CASTRO y Henao Aguilar tenía como objeto, en principio, hablar de ubicación de fosas, "sino que ellos lo que quisieron fue buscar plata y no encontraron, entonces por eso nunca hubo nada de denuncias de parte de ellos, ni de Castañeda, ni de Simón, ellos esperaron que lo que se iban a encontrar era una guaca ahí, y no pasó".

Ahora bien, se ha querido presentar como algo soterrado el hecho de que el Director del establecimiento no estuviera presente en la entrevista, cuando como lo explicó el doctor CEPEDA en la versión y así se acreditó en esta pesquisa, él venía haciendo una notoria labor de interés público con sus constantes visitas a los centros de reclusión para documentar las circunstancias deterrninantes de la crisis carcelaria acompañado de miembros de su Unidad de Trabajo Legislativo, de su esquema de seguridad y, hasta cuando lo permitió el INPEC, con representantes de organizaciones defensoras de derechos humanos.

Tampoco, entonces, es dable sostener que se tratara de una taimada condición con el propósito de desviar el objetivo anunciado para el ingreso a la cárcel. Al respecto resulta de especial importancia lo declarado por el doctor Juan Carlos Jaramillo Vélez, |183| Director del instituto penitenciario de Itagüí, cuando se llevó a cabo el encuentro entre Henao Aguilar y el congresista, quien afirmó no haber presenciado esas entrevistas porque los internos "de pronto se sentían presionados a hablar, o de pronto tomáramos represalias contra ellos, al parecer dentro de lo que se informaba es que se iban a tratar temas de hacinamiento, de convivencia [...]". Además, por tratarse el doctor CEPEDA CASTRO de un personaje público, "normalmente se hacía en el bloque administrativo, si estaba disponible, la oficina de la dirección, como dije, yo por espacio yo no tenía ningún problema [...] estábamos cortos de espacio, para nosotros era mejor prestar las oficinas que trasladar los internos".

En términos sustancialmente idénticos, el doctor Jaramillo Vélez explicó en el juicio del doctor Ramos Botero que el doctor IVÁN CEPEDA se entrevistaba con los internos en la oficina de la dirección del penal "porque no teníamos espacio". |184|

ii) Según acta n.° 0000223 del 29 de mayo de 2013, el doctor IVÁN CEPEDA se reunió "en la subdirección" de la cárcel de Itagüí con los internos Gabriel Muñoz Ramírez, Wilson Herrera Montoya, Víctor Charris Ursola y Néstor Giraldo, quienes, según se dejó constancia, pusieron de presente al congresista amenazas, además de expresarle "sentirse en situación de riesgo junto con sus familias". |185|

Lo anterior, contrario a lo sostenido por Gabriel Muñoz Ramírez en la diligencia vertida en la Procuraduría en el proceso disciplinario seguido en contra del doctor IVÁN CEPEDA por estos hechos, como en este asunto y en el juicio del doctor Luis Alfredo Ramos Botero, desvirtúa claramente su sindicación en el sentido de que el congresista y la doctora Mercedes Arroyave, quisieron aprovecharse de él.

No hay tal, téngase en cuenta que conforme se acreditó en la actuación disciplinaria, el 30 de mayo de 2013, el propio Gabriel Muñoz Ramírez |186| le solicitó al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO su presencia en la cárcel manifestándole que: "me encuentro en el patio 2 y aquí es el único lugar donde me siento seguro, sé que en esta cárcel corro peligro. Su presencia es muy importante para que me escuche mis inquietudes".

Adicional a ello, según se dejó constancia en el acta respectiva, la reunión no fue individual sino conjunta porque a los internos que en ella estuvieron les asistía una preocupación común: su seguridad. Así igualmente lo corrobora el memorial del 4 de julio de 2013, un mes después de la visita, dirigido por la doctora Arroyave a la Fiscal Jefe de la Unidad Delegada ante la Corte solicitando medidas de protección y, especificando, en relación con Muñoz Ramírez, que se le mantuviera en el patio 2 de la cárcel de Itagüí, donde se encontraba más seguro, |187| al tiempo que elevó idéntica petición con respecto a Víctor Manuel Ursola Charris, Wilson Herrera y Néstor Abad Giraldo, respecto de quienes se incrementó su situación de riesgo después de testificar, el 27 de mayo de esa anualidad, en el Juzgado Primero Penal Municipal de Itagüí, acerca de los vínculos del doctor Álvaro Uribe con los paramilitares.

Como se ve, el encuentro de Gabriel Muñoz con el Congresista IVÁN CEPEDA no fue producto de una emboscada que le tendiera su abogada al presentarse de sorpresa con aquél. Es más, Muñoz declaró en este asunto |188| que él le pidió a la doctora Arroyave gestionarle una cita con el doctor CEPEDA CASTRO para que le "consiguiera radicación en una sola cárcel", de modo que no se trató, enfatiza la Corte, de un acto de deslealtad de su apoderada, ni uno socarrón del funcionario.

Igualmente, como lo resaltó el defensor, el testigo incurrió en contradicciones con su propio dicho y el de Ramiro de Jesús Henao. En la entrevista dijo que fue la doctora Mercedes Arroyave quien le explicó que le darían anotado en un papelito lo que debía decir, mientras que en la Corte insistió en que esa sugerencia provino del doctor CEPEDA CASTRO.

Gabriel Muñoz también anotó haberle comentado todo lo sucedido a alias Simón, pero como quedó visto en precedencia, éste terminó diciéndole a la Sala que no le comentó nada y que se enteró por rumores del patio, porque en la cárcel eran muy comunicativos. En suma, ofreció un relato precario, plagado de incoherencias y ausente de detalles que no pudo precisar. Se limitó a replicar básicamente la acusación en contra del doctor IVÁN CEPEDA, la cual, conforme a las reglas de la lógica, el sentido común y la experiencia, no es admisible, como ya se dijo, si se considera que una persona de las características del congresista, dedicada por más de 20 años a tratar este tipo de situaciones por su actividad como defensor de derechos humanos y hombre público, abordara en esos términos a un recluso que la mayor parte de su vida ha ejercido en la delincuencia, a sabiendas del riesgo al que se exponía, como lo señaló el defensor.

El testigo se limitó a lo único que tenía preparado para decir, pero no pudo responderle a la Corte con esa misma claridad las preguntas obvias que surgían de una historia tan inusual como la que narró. No dio una explicación razonable cuando se le interrogó por qué creía que el doctor CEPEDA podía esperar que él accediera al pedimento de hacer acusaciones falsas en contra del doctor Álvaro Uribe, si no lo conocía, limitándose a responder: "tal vez porque he estado en varias cárceles".

En el testimonio rendido en el juicio que se sigue en contra del doctor Luis Alfredo Ramos, también se vio en apuros para precisar los detalles de los supuestos ofrecimientos del congresista investigado, y aunque compareció para ese puntual señalamiento en relación con el exgobernador de Antioquia, Gabriel Muñoz se limitó a responder que el doctor CEPEDA CASTRO "seguro quería que yo hablara de él" -Álvaro Uribe-, porque le estuvo preguntando, dijo, "si lo conocía o había estado por allá en el bloque Metro", |189| y a diferencia de sus intervenciones anteriores agregó que Pablo Hernán Sierra fue quien le habló de beneficios.

Estos personajes, con los que se pretendió distorsionar la verdad de lo ocurrido, presentan varias coincidencias:

i) Los dos testigos surgieron dos semanas antes del debate de control político del 17 de septiembre de 2014.

ii) Sus relatos son sustancialmente idénticos en los señalamientos en contra del doctor CEPEDA CASTRO, y curiosamente recogen todas las circunstancias que rodearon las entrevistas de Sierra y Monsalve. Los hechos que según ellos debían manifestar falsamente corresponden a aspectos esenciales de los relatos de aquellos, aunque el tema de los beneficios ofrecidos como contraprestación a las falsas sindicaciones en contra del doctor Álvaro Uribe se resaltan para justificar la teoría de una patraña que de buenas a primeras el congresista habría urdido con extraños.

Similar señalamiento aparece replicado por otros internos, como Granja Lizalda y Carlos Enrique Vélez, quienes supuestamente enviaron sendos escritos al doctor Álvaro Uribe y al Fiscal General de la Nación, pero, como se vio, ninguno de los dos admite el menor cuestionamiento.

Contrario a ello, las especiales circunstancias que incidieron en Sierra y Monsalve para buscar un acercamiento con el doctor CEPEDA CASTRO, la actuación que aquél se vio obligado a hacer de inmediato y en los años subsiguientes en relación con la seguridad de estos internos, basado en causas fundadas y reales, así como la postura que cada uno de ellos ha mantenido ante los diversos escenarios en los que se les ha interrogado al respecto, ponen de presente que aquí se han querido utilizar algunas circunstancias verdaderas para distorsionar el alcance real de la actuación del investigado al interior de las cárceles y, en general, el tema humanitario en relación con las víctimas y la búsqueda de personas desparecidas.

En efecto, La averiguación indica la labor desarrollada por el congresista IVÁN CEPEDA en el tema de la ubicación de fosas e identificación de cadáveres, según lo informó el Fiscal Coordinador del Grupo de exhumaciones de la Fiscalía, mediante oficio n.° 000502, recibido en la Secretaría de la Sala el 16 de febrero de 2016, |190| según el cual, de acuerdo con las bases de datos que se llevan en esa Unidad, el doctor CEPEDA CASTRO no ha solicitado información sobre la localización de fosas, pero sí "ha solicitado a esta coordinación adelantar acciones en la búsqueda de cuerpos de víctimas de la violencia de las mismas (OSCAR GIRALDO BENJUMEA, JOSÉ ANTONIO VILLEGAS BOTERO, WILLIAM ALEXANDER REINA PARDO y JAVIER VILLAMIL CARVAJAL), adicional remite documentación enviada por los internos RODOLFO PEÑARALDA, OSCAR MAURICIO FERNÁNDEZ, RODOLFO PEÑARANDA FERNÁNDEZ, en donde manifiestan tener información sobre varios cuerpos inhumados que han sido desaparecidos o ejecutados por integrantes de grupos armados al margen de la ley", actuaciones que, conforme con la documentación soporte datan de julio de 2011 en adelante.

De igual modo, el Director del Instituto de Medicina Legal informó a la Corte, mediante oficio n.° 642-DG-2015, del 16 de diciembre de 2015, |191| que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, ha participado desde su actividad de control político en numerosas reuniones con esa institución, además de acompañar, desde junio a diciembre de 2011, a la mesa de seguimiento de los resultados del convenio interadministrativo 01 de 2010, el cual permitió la identificación de 9.968 cadáveres y, además, la oficina del congresista impulsó el proyecto de ley 009 de. 2012, "por la cual se crea una sistema de búsqueda de desaparecidos y se adoptan medidas de satisfacción y garantías de no repetición"; asistió al congreso nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el panel "ley de vícitimas y ley de homenaje a víctimas de desaparición forzada"; en el mes de febrero de 2013 solicitó al Instituto de Medicina Legal información. sobre las acciones adelantadas en cementerios de NN en los departamentos del Meta y Guaviare y, además, el 6 y 20 de agosto de 2015 se reunió con la Alta Dirección del Instituto para revisar la estrategia de abordaje de cementerios en Colombia en las tres fases y acompañó al colectivo de desaparecidos del Meta en la búsqueda de personas desaparecidas del Ariari.

iii) Ramiro de Jesús y Gabriel Muñoz insistieron en sostener que Pablo Hernán Sierra García nunca perteneció al bloque Metro, punto de partida para poder asegurar que no son ciertas las manifestaciones que hizo en su entrevista con el doctor CEPEDA CASTRO y las que ha hecho ante las diferentes autoridades judiciales reiterando sus denuncias en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez, su hermano Santiago y otras personas.

Aunque los dos testigos admitieron conocerlo por su cercanía con Jota, un comandante del bloque Metro, a la postre familiar de Sierra García, se empeñaron en negar sus vínculos con dicha organización, pese a reconocer que posteriormente sí fue comandante del bloque Cacique Pipintá, en Manizales, hecho que no fue casual ni coyuntural como quisieron hacerlo ver Henao y Ramírez. Si fuera lo contrario, no se entendería por qué el Gobierno del propio doctor Álvaro Uribe lo reconoció como miembro representante del bloque Cacique Pipintá, mediante resolución n.° 119 del 18 de mayo de 2006 |192| y por resolución presidencial n.° 118 |193| de la misma fecha fijó la vereda El Tambor, del municipio de La Merced, Caldas, como zona de ubicación temporal para "la concentración y desmovilización del frente Cacique Pipintá".

Además, tal como lo afirmaron Sierra García y Monsalve Pineda, el bloque Cacique Pipintá nació del bloque Metro, después de su exterminio por la guerra que hubo al interior de las mismas autodefensas, como a la postre lo corroboró Gabriel Muñoz y, según lo consignado en el informe de policía judicial del 23 de marzo de 2016, Pablo Hernán Sierra ha sido" uno de los miembros de esa organización que ha contribuido a documentar la historia de esa agrupación armada. |194|

iv) Wilser Darío Molina Molina le mintió a la Corte en todo cuanto tiene que ver con las condiciones en que él se enteró de la grave información que tenían Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez, su escasa cercanía con los senadores Luis Alfredo Ramos y Álvaro Uribe Vélez, los motivos por los cuales enteró al doctor Álvaro Uribe Vélez de las sindicaciones de los mencionados internos en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO, las circunstancias que rodearon el acopio de las entrevistas con un investigador privado, al igual que las impresiones que le generaron alias Simón y Castañeda acerca de la veracidad de sus afirmaciones en cuanto repudiable conducta del congresista investigado.

En efecto, Molina aseguró que luego de entrevistarse con Ramiro de Jesús Henao y Gabriel Muñoz consideró creíbles sus versiones porque Simón le dijo la verdad al estar próximo a salir. Además, sus relatos coincidían con algunas declaraciones dadas a la prensa por el congresista Ernesto Macias, quien afirmó que el doctor CEPEDA CASTRO le había dado cheques de sus cuentas a Juan Guacharaco, y, además, porque la doctora Mercedes Arroyave se jactaba por los pasillos del edificio La Alpujarra de Medellín, de ser amiga de Piedad Córdoba y el aquí investigado.

Tales apreciaciones se caen por su propio peso con la prueba acopiada en este asunto. Ramiro de Jesús Henao le dijo a la Corte, en declaración rendida en el juicio del doctor Ramos Botero, que de todas sus condenas ha logrado una acumulación jurídica que significó una pena de 40 años de cárcel y que no tenía idea de cuántas sentencias condenatorias pesan en su contra; y Gabriel Muñoz también dijo estar condenado a 40 años de prisión por hechos cometidos por fuera de la organización, y si a ello se le suma que fue excluido de Justicia y Paz, aún tiene pendiente por responder muchos otros hechos delictivos, luego no es cierto que estuvieran próximos a obtener la libertad.

Como se precisó en precedencia, el apoyo económico a la familia Monsalve fue solicitado por Juan Guillermo Monsalve al Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, ante la grave situación de peligro que corría él y su familia, una vez evaluado el nivel de riesgo y los obstáculos que encontraron en la Oficina de Protección de la Fiscalía.

La doctora Mercedes Arroyave fue la abogada de la mayoría de los internos que declararon en este asunto, todos exmiembros del bloque Metro, varios de ellos con interés de obtener su postulación a Justicia y Paz declarando lo que conocieron al interior de la organización, siempre y cuando les brindaran seguridad por la gravedad de los hechos a contar y las personas involucradas.

En este punto, vale la pena mencionar que al igual que Wilser Molina, el doctor Álvaro Uribe Vélez se refirió a ella como una partícipe de la conformación del "cartel de falsos testigos" que el doctor IVÁN CEPEDA se empeñó en conformar en contra de él, en esta investigación se intentó obtener el testimonio de la citada profesional, sin que fuera posible. Las labores dispuestas para localizarla dieron a conocer que la información recogida al respecto indica que abandonó la ciudad de Medellín, por amenazas. |195| Además, quienes declararon haber accedido a sus servicios profesionales, como Muñoz Ramírez, Wilson Herrera, Víctor Manuel Ursola, entre otros, dijeron que no volvieron a saber nada de ella.

Wilser Molina también explicó que como no contaba con los medios técnicos para cumplir el favor que le pidió el doctor Uribe, contrató y sufragó los gastos de un investigador privado, Obed Herrera, quien le requirió cumplir una serie de protocolos para justificar su ingreso a la cárcel. Él lo puso en contexto de los hechos sin sugerirle preguntas con el ánimo de que Simón y Castañeda dieran sus versiones de manera espontánea. Se trataba de hacer -dijo- "algo informal, pero muy formal", sobretodo porque desde que postuló su nombre a la alcaldía de Amagá se desentendió del tema del paramilitarismo. A Tuberquia lo visitó a lo sumo dos o tres veces.

Ese despliegue de transparencia, según lo declarado en la Corte, se opaca también ante las sustanciales contradicciones en que incurrió con el investigador Obed Herrera Salazar. Escuchado en declaración el 17 de marzo de 2016, |196| manifestó que fue el abogado Molina quien le solicitó aplicar todo el protocolo, le dio instrucciones para que le preguntara a Ramiro de Jesús Henao y a Gabriel Muñoz acerca de quiénes eran, qué cargos tenían en la organización, si estaban postulados a Justicia y Paz, si habían colaborado con la justicia, si en su actividad ilegal tuvieron apoyo de políticos y si el doctor IVÁN CEPEDA los había visitado. |197|

En la declaración rendida en la Procuraduría en el proceso disciplinario que se sigue en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO y en este asunto, Wilser Molina afirmó que fue defensor de Luis Arnulfo Tuberquia, alias Memín y por intermedio de él se enteró de la grave sindicación de Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO. Refirió que primero se enteró de presiones del congresista investigado para que los citados internos incriminaran al doctor Luis Alfredo Ramos, por lo que buscó a Esteban Ramos, por no tener cercanía con Luis Alfredo Ramos -hijo- actualmente Senador.

No es cierto. Las comunicaciones telefónicas identificadas con los números 28291059, 29869688, 28640443 y 28635267 |198| interceptadas legalmente en esta investigación indican que es una persona cercana a la familia Ramos, en particular al Senador Luis Alfredo Ramos, con quien se contactaba a través de terceras personas, no obstante que manifestó bajo juramento haber acudido a Esteban Ramos para enterarlo de lo ocurrido con el doctor CEPEDA CASTRO en relación con Henao Aguilar y Gabriel Muñoz, por no tener cercanía con aquél.

Su intervención para que Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez declararan como testigos en el caso del doctor Luis Alfredo Ramos se dio por esa cercanía y no, como quiso hacerlo creer, como producto de un acto de solidaridad ante una injusticia. Téngase en cuenta que, según su propio relato, primero fue el contacto con la defensa del doctor Luis Alfredo Ramos y luego el que tiene que ver con el doctor Uribe Vélez.

Tampoco se compadece con el sentido común y la experiencia que una información de esa valía para la defensa del doctor Ramos Botero, quien para entonces se encontraba privado de la libertad, se hubiera recibido por los familiares del exgobernador de manera tan apacible, limitándose a pedirle que se pusiera en contacto con el abogado Gustavo Moreno y el investigador Jefry, quienes se encargaban de la defensa del jefe de la familia.

Esa presunta apatía contrasta con el especial interés del doctor Ramos Botero y, desde luego, su defensor, e inclusive la representante del Ministerio Público, en la clase de preguntas que le formularon a Henao Aguilar y a Muñoz Ramírez cuando comparecieron a declarar en el juicio que se sigue en su contra. Fue claro el esfuerzo por obtener de los testigos la afirmación en el sentido de que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO les ofreció beneficios jurídicos y asilo político para que declararan en su contra, lo que finalmente no se logró porque los testigos no pudieron enfrentar las preguntas del Magistrado Ponente, como ya se dijo.

Además, si mucho antes del 1.° y 2.° de septiembre de 2014, |199| fecha en que Wilser Molina gestionó las entrevistas de Henao Aguilar y Muñoz Ramírez para el doctor Álvaro Uribe, ya los había visitado en la cárcel, entonces es claro que su contacto con los Ramos existía también desde antes de abandonar el litigio, porque, según él, dejó de atender asuntos como abogado desde un año antes a las elecciones del 25 de octubre de 2015.

Adicional a ello, la Registraduría Nacional del Estado Civil |200| certificó que el doctor Wilser Darío Molina fue elegido alcalde del municipio de Amagá -Antioquia- para el período constitucional 2016-2019 en representación del Centro Democrático, hecho aceptado por él, aunque precisó que lo hizo para separarse un poco del gobierno actual porque es de tradición conservadora y admitió que lanzó su candidatura con el acompañamiento de Luis Alfredo Ramos, el actual Senador.

Para ratificar que no es cercano al doctor Álvaro Uribe Vélez y su contacto fue ocasional, Wilser Molina dijo que el doctor Leonardo Agudelo sirvió de intermediario para contactarlo con él, se entrevistaron personalmente y el tema de la reunión se concretó a revelarle lo manifestado por Henao Aguilar y Muñoz Ramírez acerca de los propósitos dañinos del doctor IVÁN CEPEDA en su contra en sus visitas a los internos en las cárceles, luego hubo un segundo encuentro para entregarle las diligencias realizadas por el investigador Obed Herrera y, en otra oportunidad, porque aquél le pidió gestionar una solicitud de copias de una decisión en la que ordenaron investigarlo por el asunto del helicóptero, lo que finalmente no se pudo.

Posteriormente, dijo Molina, toco de nuevo el tema de estos testigos porque a través de su abogado le hicieron llegar un video en donde se les apreciaba maltratados, según le dijeron, como represalia a las declaraciones en contra del doctor IVÁN CEPEDA, hecho al cual se sumaba el traslado de alias Simón a la cárcel de la Dorada.

Este contacto del abogado de tales internos resulta cuando menos inusitado, si se tiene en cuenta que Luis Arnulfo Túberquia declaró haberle pedido al doctor Wilser que hablara con Ramiro Henao y Gabriel Muñoz, dado lo delicado de la situación y a que no tenían abogado.

Adicional a ello, no podría entenderse el traslado de Ramiro Henao a la cárcel de la Dorada como un castigo o retaliación, porque él y Gabriel Muñoz manifestaron en la declaración rendida en este asunto encontrarse de paso en Itagüí, porque debían cumplir diligencias en Medellín y que su sitio de reclusión es la Dorada, tal como se verificó mediante inspección practicada a ese centro de reclusión.

Asimismo, si la actuación de Molina fue tan clara en el tema de las entrevistas que se vienen analizando, pues, según él, se desentendió después de entregarle al doctor Álvaro Uribe el informe del investigador privado que las recogió y conoció su contenido cuando se proyectaron en el debate de control político de septiembre de 2014, inexplicable resultan, entonces, sus posteriores comunicaciones con el doctor Uribe Vélez y Santiago Uribe, con quien dijo no tocar temas jurídicos, al igual que con Juan Guillermo Villegas Uribe, persona a quien, según lo afirmó, no conoce, para hablar de testigos que le querían colaborar al doctor Uribe en el asunto del Aro, de suyo delicado.

A propósito de ese vínculo, y para contextualizar, la Corte debe señalar que Luis Arnulfo Túberquia, alias Memín, persona que sirvió de enlace entre Wilser Molina Molina con Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz, fue uno de los comandantes Paramilitares -por la zona del Nordeste Antioqueño- que, junto con otros, participó en la planeación y ejecución de la masacre del municipio de Peque, ocurrida en julio de 2001, hechos por los que, junto con los de la masacre del Aro e ítuango, entre otros, fue condenado Ramiro Vanoy Murillo en la sentencia del 2 de febrero de 2015, proferida por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, que ordenó la expedición de copias para investigar penalmente al doctor Álvaro Uribe Vélez por la omisión en que pudo incurrir como gobernador del departamento -en la masacre del Aro-, como quiera que varias de las víctimas sobrevivientes afirmaron que mientras los paramilitares se tomaban el pueblo y asesinaban a sus habitantes, un helicóptero de la gobernación sobrevoló el lugar.

Estos dos hechos permiten, entre otras cosas, comprender el nexo de Wilser Molina Molina con Arnulfo Túberquia como su defensor en todos los asuntos en los que fue vinculado por los delitos cometidos durante su militancia en las autodefensas, y el interés del doctor Uribe para que el abogado en mención obtuviera copias de esa determinación, aunque, sobra decirlo, se trata de un documento de acceso al público por su contenido de reconstrucción histórica del accionar de las autodefensas en Antioquia.

Lo anterior contrasta abiertamente con la aseveración de Wilser Molina, según la cual, después de lanzar su candidatura a la alcaldía de Amagá se desligó de los temas del paramilitarismo y sólo visitó a Túberquia en dos o tres oportunidades con ocasión del llamado que le hiciera para ponerlo en contacto con Ramiro de Jesús Henao y Gabriel Muñoz Ramírez.

Las labores de verificación ordenadas por la Corte y consignadas en el informe de policía Judicial del 31 de mayo de 2016 |201| lo desmienten. La realidad es abiertamente opuesta a la que afirmó el declarante en la Corte al expresar que en 2014 visitó a Luís Arnulfo Túberquia en dos o tres oportunidades, porque lo cierto es que entre 2014 y 2015 registró 13 ingresos a la cárcel de Itagüí para entrevistarse con ese interno. Tres antes de evacuar las entrevistas de alias Simón y alias Castañeda, esto es 1º, 14 y 21 de agosto de 2014, el 2 de septiembre de 2014, fecha en que Obed Herrera tomó las diligencias y posteriormente, y volvió el 26 del mismo mes y el 15 de diciembre de ese año, y luego, el 7 y 19 de enero, 17 y 20 de febrero, 5 y 27 de marzo y el 11 de mayo de 2015. Incluso llama la atención que en fechas como el 11 de agosto, 1º y 5 de septiembre, 10 de octubre y 16 de diciembre de 2014 y 13, 24 y 29 de abril y el 6 de julio de 2015, también estuvo en ese centro penitenciario, sin que se dejara consignado en los libros de registro, a quién visitó.

De igual modo, se tiene que en el curso de las interceptaciones a Wilser Molina, las únicas llamadas que el sistema Esperanza grabó con la voz del doctor Álvaro Uribe fueron las originadas por él desde su número privado para tratar el tema de los testigos que le hacen señalamientos y la urgencia de buscar mecanismos para neutralizarlos, lo cual evidencia un grado de confianza y cercanía superior a lo normal.

Siendo ello así, la extrañeza expresada por el doctor Álvaro Uribe ante la vinculación que algunos medios hicieron de Wilser Molina con las entrevistas que Obed Herrera le hizo a Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, y a Gabriel Muñoz Ramírez, alias Castañeda, el 2 de septiembre de 2014 en la cárcel de Itagüí, desconcierta, si se tiene en cuenta que un año atrás, en el debate de control político del 17 de septiembre de 2014, él mismo las exhibió en el seno de la Comisión Segunda Constitucional de la Cámara de Representantes para desvirtuar las acusaciones que surgían en su contra del tema planteado por el doctor CEPEDA CASTRO.

Para mayor comprensión, se debe mencionar que mediante auto del 21 de octubre de 2015, |202| la Sala de Instrucción ordenó interceptar las comunicaciones de Wilser Darío Molina Molina, luego de que, mediante informe del 15 del mismo mes y año, en el monitoreo de las comunicaciones a Juan Guillermo Villegas Uribe se reportara una llamada efectuada por aquél desde el teléfono número 3176575483, |203| el 6 de octubre de 2015. para preguntarle por un testigo de la masacre del Aro.

En esa llamada Wilser Molina le indagó a Juan Guillermo Villegas Uribe por alias El Viejo, una persona que, según él, "desmiente a estos bandidos, mentirosos, tramposos", pero aquél no lo recordaba. Entonces la conversación continuó así:

"WM: si recuerda que Ud. una vez me dio el nombre de él, de un muchacho que quería suministrarnos o colaboramos, sí recuerda?

JGV: Pero dónde, en, en...

WM: En máxima. Porque yo le dije al Presidente que yo ya había hablado con él, acuérdate uno de ese tema del aro, que desmiente a ese bandido mentiroso, que quiere ganar protagonismo ahora a costillas del Presidente Uribe.

JGV: Pero cuál es el viejo hombre, mirá.

WM: No el viejo es el único vivo que participó en lo del Aro, es el único que estuvo ahí en el tema del Aro y desmiente a ese bandido de Berna.

JGV: Pero no sé cuál es él. No hombre, pero cuál es el viejo, yo no sé cuál es el viejo. Y yo tengo muy buena memoria pero el viejo no es. [...]

WM: Un señor canosito que está en la Huerta, yo inclusive hablé con él.

JGV: que está dónde?

WM: No, sabes quién me dio esa información, quién me la suministró? Yo creo que va ser don Santiago porque a él le dijeron que allá hay un señor que tiene toda esa información y está dispuesto a colaborarles [...] yo le dije al presidente que le ayudaba con eso [...] un abogado para que recoja esas pruebas porque es el único, porque pues la Corte Suprema, pues se hace la de la oreja mocha.

[...].

JGV: Alguna cosa me marca."

Llama la atención que días antes de los comicios del 25 de octubre Wilser Molina Molina hiciera gestiones y averiguaciones de testigos a favor del doctor Uribe Vélez en un asunto por el que la Sala de Justicia y Paz de Medellín, 8 meses atrás, había ordenado expedir copias para investigarlo penalmente, cuando aquél, como lo aseguró a la Corte, se había desvinculado del litigio para dedicarse a hacer campaña política con el fin de concretar su aspiración a la alcaldía de Amaga.

El 30 de octubre de 2015, |204| el propio doctor Álvaro Uribe Vélez se comunicó desde su teléfono personal con Wilser Molina para indagarle por los motivos de la captura del alcalde de Amagá, al tiempo que le expresó su preocupación porque ANCOL estaba diciendo que él hizo el montaje de los testigos contra CEPEDA. Así fue la conversación, en lo pertinente:

"WM: Presidente, buenos días.

AU: Cómo va dr. Wilser

WM Bien presidente Uribe, bien

AU: Vea, es que a raíz de que metieron a la cárcel al alcalde de Amagá. Qué sabe Ud. de eso.

WM: Presidente, a ese muchacho lo capturaron por homicidio y concierto para delinquir. Aquí en Amagá, inclusive antes de las elecciones empezaron de la campaña de él a hacer una campaña de desprestigio diciendo que yo lo había hecho capturar. Es un proceso del 2003, tengo entendido que de justicia y paz, no solamente lo señalaron a él de pertenecer a los grupos de autodefensas, sino a la sra. Auxilio Zapata, la exalcaldesa. La Fiscalía ha estado como adelantando ese proceso. [...] me puso a mi ante los simpatizantes de él como el culpable de que lo hubiera hecho capturar, para sacarlo del medio, para poder ser alcalde y entonces ayer yo hablaba con el dr. Federico Hoyos, en un almuerzo que me invitaron con el dr. Andrés Guerra y les dije que eso me ponía un poquito vulnerable frente a ANCOL, en la página ANCOL, ese grupo terrorista también sacaron que yo era el que hacía montajes con Ud. para lo de Iván Cepeda, entonces me pusieron como vulnerable, yo pedí inclusive, ayer estuve ante la UNP, le he pedido a la policía de acá que esté muy atento a mi seguridad porque eso no deja de ponerlo a uno un poquito vulnerable. Pero Presidente, las cosas son transparentes, la Fiscalía creo que ha actuado de una forma correcta. No conozco pormenores en el caso de este alcalde, si en el pueblo se conocía que el muchacho era un muchacho más bien delicadito antes de ser alcalde, entonces mucha gente no se extraña de lo que le pasó.

[...]

AU: Hombre, y de dónde saca ANCOL eso

[...]

Pero me preocupa que ANCOL diga que Ud hizo un montaje contra Cepeda y que yo le estoy pagando con el aval

WM: Como le parece. Si claro y sacaron eso en ANCOL y aquí entonces sacaron un pasquín 3 días antes, el mismo día de las elecciones también lo repartieron. Eso lo saca Alirio Uribe, Presidente, el abogado tramposo del Colectivo de Abogados. El inclusive manda un twiter, eso lo regaron acá, entonces le hicieron eco los contradictores míos, según alcance a observar dice que favor paga favor. Cómo le parece?

AV.: por qué tienen que relacionarlo a Ud con el tema de esas pruebas.

WM: De las pruebas contra Iván Cepeda

AU: Por qué lo tienen que relacionar a Ud con eso.

WM: Porque la Silla vacía, acuérdese Presidente que la silla vacía alguna dijo que el investigador Obed Herrera contratado por uno de los abogados de Álvaro Uribe Vélez. Eso dice en esa silla vacía. En ese pasquín también que sacan, que se presta para ellos. De ahí sale eso. Entonces ANCOL

AU: Alguien dijo que... el investigador lo mencionó a Ud. o qué.

WM: Lo que pasa es que... Presidente, como obtuvieron todo esos elementos y aparezco yo ahí, donde dice que me dan la firma, o sea cuando yo le autorizo al investigador elaborar los audios o recoger la prueba, entonces aparece el nombre mío ahí, cierto, que esos documentos inclusive los exhibieron públicamente, o sea, donde yo dentro de los protocolos que debemos de seguir en el derecho penal de autorizar al investigador, que el investigador recoja la prueba, entonces eso lo obtuvo ellos por parte como de la Corte, cierto, toda esa gente y lo publicaron. Y Ramiro Bejarano también empezó a hablar mal de mí inclusive en Blu Radio, ayer nada más él senador Alfredo Ramos me decía que había oído a Ramiro Bejarano dirigirse, antes de la época de las elecciones de mí.

[...]

AU: Bueno, de todas maneras tenga mucho cuidado ud porque esta izquierda va estar pendiente de perseguirlo a Ud dr. Wilser.

WM: Mucho, mucho, no pero ahí ha habido mucho, vea Presidente, algo he tenido yo en mi vida y es actuar con mucha transparencia. Cuando a mí me buscan para recolectar esas pruebas yo lo primero que le dije a esas personas es Uds van a decir la verdad porque yo no me presto para desinformar. Entonces me dijeron ellos, vea hombre abogado nosotros estamos a punto de salir por pena cumplida por pagar homicidios yo llevo 11 años detenido, privado de la libertad, físicos, si yo me meto en este tema pues sería una mentira, yo sé que voy a cometer un delito y que lo voy a tener que pagar, a quien se le ocurre que va a cometer una falsedad o un falso testimonio para pagar 5 años de cárcel más cuando esto es lo más horrible que le puede pasar a un ser humano y además cuando uno dice, cuando la verdad es tan bonita, que si a uno le preguntan uno cometió un homicidio hace 10 años y el muchacho llevaba blue jean negro uno a los 10 años vuelve y dice que el blue jean que llevaba era negro, si es una mentira uno ya le dice que el blue jean es azul. Entonces eso a mí me dio tranquilidad y credibilidad para mandarles a recoger las versiones, yo lo único que les dije es, yo con Uds no puedo hablar porque estos elementos los tiene que recoger un investigador para que quede dentro de los protocolos y así lo hicieron y así se han sostenido todo el tiempo Presidente, por eso es que Bejarano está tan desencajado, creo yo como lo he dicho, si fuera un montaje, se lo dije yo inclusive a los de la Procuraduría de acá de Amagá, yo les dije, el Procurador Ordoñez es una persona pulcra, honesta, una persona que no se deja coaccionar de ninguna persona y es una persona que actúa, entonces en este momento si está elevando pliego de cargos es porque tiene elementos suficientes para hacer dicho pliego, entonces, de lo contrario Presidente no creo, en cuanto a que de pronto estén un poquito muy cortos en las respuestas, ellos están siendo muy intimidados, yo ayer hablaba con Juan Fernando Tabares para que vayan y los entrevisten allá, para que miren en las condiciones infrahumanas en que los tienen, en celdas de castigo y entonces Juan Fernando me dijo, no yo mañana estoy con el Presidente Santos y con el Presidente Umala, el Presidente de Perú, estoy en Medellín, miremos a ver si podemos el martes mirar ese tema. Yo quisiera que un periodista vaya y los entreviste y los muestre Presidente, porque los tienen muy, muy maltratados.

AU: Muy bien, entonces estemos atentos a eso dr.

WM: Si Presidente, yo he actuado con total transparencia, como Ud. me enseñó, me ha dado un legado

AU: En qué cárcel están esos dos testigos.

WM: Están en la Dorada, el señor Gabriel Castañeda si está en la cárcel de la paz en Itagüí, pero el sr Ramiro Henao, alias Simón, que es el testigo que ha sido más fuerte contra Iván Cepeda y el sr Alcides Durango Alias Rene, también se lo llevaron para la Dorada castigado, ellos tienen en celdas de castigo, tienen enfermedades, tienen ampolletas en el cuerpo, ellos a través de los abogados que ellos tienen me han dicho dr como le parece que por decir la verdad están castigando a nuestros clientes.

AU: Eso hay que pedir ya una intervención de la Procuraduría y el Ministerio Público, a mí me parece muy grave eso.

WM: Si Presidente totalmente de acuerdo.

AU: Mándeme ya un mensaje con los nombres y eso si, donde están los unos y los otros.

WM: Perfecto Presidente, ya mismo le mando un mensaje y yo he sido, una persona, para que Ud tenga total tranquilidad, acá en mi municipio, una persona que reconocen por la rectitud y la transparencia, me he ganado es el cariño de la gente, en el caso de Juan Carlos me da mucho pesar y mucha lástima pero, yo ahí inclusive no quiero meterme ni siquiera abogar por él porque después dirán que mire, este también en que está, quiero ser muy neutro.

AU: Si, toda la prudencia.

WM: Presidente, ya mismo le mando los nombres a ver si la Procuraduría, la verdad interviene en el caso de ellos, de estas personas que están siendo maltratadas desde las cárceles".

Sobre el mismo tema volvieron a tratar en las comunicaciones del 26 de noviembre de 2015, |205| cuando, al parecer se producía el traslado de Ramiro de Jesús Henao Aguilar, alias Simón, a la cárcel de la Dorada. Véase:

Llamada. n.° 1

"WM: Presidente Buenos días.

AU: Cómo le va dr. Wilser.

[...]

AU: Como le parece pues que la noticia de ayer y ya está en todos los medios, que otro testigo me acusa a mi hermano Santiago y a mí lo del Aro y entonces compulsan copias y es la hora que yo no sé nada que han dicho esos testigos, ni quiénes son ni nada.

WM: Nooo, pero los testigos, es que los únicos testigos del Aro no.... No, no puede ser porque los testigos que inclusive fueron el sr Luis Arnulfo Tuberquia y Luis Alberto Henao Miranda, alias Pilatos manifestaron antes que en el Aro, ese Villalba y ese señor nunca estuvo, o sea declararon desmintiendo a Berna, a don Berna, por encima de don Berna porque ellos fueron....

AU: Y Ud porque no se echa una preguntadita quién es este nuevo testigo al que se refirieron ayer y en qué medio de comunicación periodístico.

WM: Ahh eso está en RCN. [...] voy a mirar entonces, voy a llamar a Juan Fernando Tabares y (sic) indago y neutralizamos y realmente ponemos entonces a que entrevisten a los testigos que estuvieron, a los comandantes que realmente estuvieron allá.

AU: Miremos eso a ver hombre, hágame ese favor.

WM: Ya mismo Presidente.

AU: Y si es del caso mandar unos investigadores a que hablen con ese testigo, eso es infamia tras infamia.

WM: Ya mismo lo hago Presidente.

AU: Bueno hombre, muchas gracias.

Llamada nº. 2

"Wilser Molina: Juan Fernando como estás.

Juan Fernando Tabares: Sr alcalde como le va.

[...]

WM: Juan es que me llamó el Presidente Uribe que ayer en RCN lo mencionaron, que la masacre del Aro, y que un testigo, y que Álvaro Uribe y que no se que, entonces me llamo hasta molesto, vea ahí RCN otra vez con el cuento conmigo y que otro testigo, pero yo busco la noticia y no me aparece, tu que sabes de eso.

JFT: Pues la verdad, de acá de Medellín nosotros no hemos manejado eso, yo no sé si por Bogotá, pero yo no vi nada.

WM: Entonces, porque es que hay unos testigos que declararon en favor, que fueron comandantes, y entonces él me dijo, entonces, haber Juan es posible que por decir, por ejemplo alias Pilatos y alias Memin, que fueron comandantes y estuvieron en ese tema de las masacres por que no los entrevistan a ellos que ellos si tienen la verdad de lo sucedido.

JFT: Y ellos donde están. Eso si es posible???.

WM: Ellos están en la cárcel de la Paz en Itagüí en el patio 2 y Pilatos en el patio 6, León Alberto Henao Miranda, alias Pilatos y ellos por ejemplo tienen la información.... de la masacre del Aro, entonces si fuera posible en aras del equilibrio hicieran esa parte, no es posible?.

JFT: Si déjeme yo consulto, me puede escribir un correito con los nombres, los detalles.

WM: Si, te lo mando al whatsapp??.

JFT: Y con quien gestiono el ingreso.

WM: Eso tiene que ver con director de la cárcel, Ud le dice que tiene esa información del tema de la masacre.

JFT: Eso creo que debe haber un consentimiento de parte de los internos para poder.... (¿?¿¿¿???¿)

WM: Sí, Luis Arnulfo Tuberquia, alias Memin y León Alberto Henao Miranda, yo hablo con los abogados de ellos para que puedan acceder a eso.

[...]".

Al día siguiente, esto es, el 27 de noviembre de 2015, |206| en la llamada que Santiago Uribe le hizo a Wilser Molina se trató el mismo asunto de esta manera, en lo pertinente:

"WM: Don Santiago, cómo está,

SU: Dr. Wilser qué ha hecho.

WM: Ahí vi yo lo del tal Rodolfo, es un testigo, no es un declarante ahí paramilitar, por ahí dizque del bloque Calima.

SU: Qué dice.

WM: Queeee ... vuelve y juega el refrito pues de tanta calumnia contra Ud. y el Presidente. El Presidente me llamó y me dijo que mirará quién era ese muchacho. Yo le dije, no, pero es que ya hay los testimonios de los que realmente estuvieron allá como comandantes, que son Alberto Henao Miranda, alias Pilatos y Luis Arnulfo Tuberquia, alias Memín, que dijeron ya ante la Fiscalía, que desmintieron absolutamente a don Berna y a ese Villalba, ese que supuestamente declaró. 'No señor, ese nunca fue paramilitar, él no estuvo allá y entonces lo desmintió y dijeron no, nada, ni helicópteros de la gobernación, ni el señor Uribe Nada tiene que ver en estos hechos', y no porque conozcan ni al Presidente ni a nadie, sino porque es la verdad. Ellos lo dijeron todo.

SU: Ya lo sacaron?

WM: Ese Rodolfo, antier en RCN, o sea, RCN le echó candela a eso, pues como antier, entonces el Presidente me llamó [...] me parece que por allá del bloque Calima. Está como en el Valle del Cauca retenido... pero es un testigo que no tiene ningún interés, o sea, el interés de ellos, quien sabe patrocinado por quién para declarar en contra de Uds., pero a mí me parece que no tienen fundamento, porque yo le dije a la periodista que fuera a entrevistar a León Alberto Henao Miranda y a Luis Arnulfo Tuberquia. Yo le dije ahorita, vaya entrevístelos pero publique eso, la versión de ellos de que desmienten esos tipos.

SU: Ud. le dijo a la periodista hoy?

WM: Sí, a ver si va a que haga esa entrevista y a ver si en los medios también dice que nada tienen que ver, y fueron comandantes, porque es que ya declararon esa masacre.

SU: Ah, se tienen que ratificar.

[...]

Aunque, en principio, pudiera admitirse que tales conversaciones explican la normal preocupación ante la manipulación de testigos que desmienten imputaciones de gravedad como la participación en delitos de lesa humanidad cometidos por grupos armados ilegales, o las normales inquietudes en torno a nuevos testimonios que incriminan al doctor Uribe, como Gobernador de Antioquia, con la Masacre del Aro, lo que pone de presente el contenido de las comunicaciones es que con posterioridad al 21 de octubre de 2015, las llamadas se advierten intencionadas a tocar los mismos temas, a partir de una realidad inexistente, dada la forma como los abordaron. Por ello, la Sala no puede concluir nada diferente a que tenían conocimiento de la intervención de las comunicaciones, como lo twitteó el doctor Álvaro Uribe Vélez, en un trino del 23 de diciembre de 2015.

Para contextualizar, se tiene que este día, a las 10:11:27 a.m. Juan Guillermo Villegas Uribe, quien como ya se anotó en precedencia estaba interceptado desde el 1.° de septiembre de ese año, se comunicó con el doctor Álvaro Uribe Vélez |207| en los siguientes téiminos:

"JGV: [por fuera de la llamada]... Él me contesta ahí mismo

Uribe: Juan, Juan háblame que estoy en Popayán, háblame que estoy en Popayán

JGV: Ah bueno, bueno, bueno cuándo estará en Medellín

Uribe: háblame, háblame habla...

JGV: No... yo quiero hablar con vos. Cuándo estas en Medellín p'a que hablemos unas cosas importantes.

Uribe: Yo voy a estar esta tarde haciendo política en Medellín alrededor de las cuatro.

JGV: Bueno cuando llegue me llama pues... De cuatro a cinco porque es importante... pero [interferencias] muy bien las cosas.

Uribe: Bueno".

En la tarde, el doctor Álvaro Uribe llamó desde su teléfono privado a Juan Guillermo Villegas en cuatro oportunidades más, sosteniendo la siguiente conversación a las 14:32:49: |208|

"JGV: Aló.

Uribe: Juan es que apenas estoy aterrizando en Florencia.

JGV: Que pena molestarlo.

Uribe: Como a las cinco.

JGV: ¿Qué pena molestarlo porque es que yo quiero hablar con usted porque tenemos una cosa pues como bien... ¿ehmmmm ... mañana vas a estar en la sede? ¿O esta tarde vas a tu casa?

Uribe: No, no, no, yo llego a Medellín a hacer compromisos políticos, lo llamo ya a ver en qué punto nos vemos, intenta salir muy temprano...

JGV: Bueno, bueno.

Uribe: ¡Si temprano! Hago por la mañana política en Medellín y me voy para Arauca y (inaudible).

JGV: Bueno, pero yo tengo que hablar con Usted antes. Me llama en la tardecita apenas llegue...

Uribe: Bueno, hombre... Me está diciendo Mario Uribe que dizque una investigación por allá en Asogan, ¿usted sabe de eso?

JGV: No... ¿en Asogan?

Uribe: ¿qué es que es una cosa relacionada con el Nus?

JGV: no...y es que... ¿Y Qué es Asogan?

Uribe: Una asociación de ganaderos de allá de Caldas.

JGV: Pero... ¿No, con el Nus?

Uribe: ¿Que vos tenías algo con el Nus?

JGV: No señor... De eso no sé nada.

Uribe: ¿ Es que ha habido nuevas declaraciones o qué...

JGV: No, no, no, eso son los últimos hechos, lo de anoche y lo de antenoche...

Uribe: ¿Sí? ¿Y cómo ves eso?

JGV: No, no, no, bien pues no, no, pues es que... hummm, ehhhhh, no bien hummm... con este pues que jode tanto.

AU: si...

JGV: ¿Sí, es que hay mucha gente que quiere hacer lo mismo, ah?

Uribe: Yo lo llamo apenas llegue.

JGV: ¿Si me entiende? ¿Si?

AU: ¿quiere hacer lo mismo de lo que hizo ese tipo?

JGV: Sí con esa barba de chivo.

AU: Denunciar lo mismo.

JGV: Sí si, sí, sí! Es que eso ha sido pues una cosa de nosotros que... qué hay un hombre que es casi el papá de él y entonces estábamos en eso y entonces haber pues como... muy bueno hablar con Ud. Para ver mmmmm.

AU: Yo lo llamo apenas aterrice allá...

JGV: Sí, sí, sí. Listo pues.

A las 17:28:21, 17:33:13 y 19:47:55 el doctor Uribe se comunicó nuevamente con Juan Guillermo Villegas Uribe para coordinar la hora y el sitio del encuentro, porque ese día estaba en actividad política en diferentes lugares, siendo del caso realzar que una tercera persona, José Humberto Gómez Garro, también asistió para verse con él.

Gómez Garro es el usuario del abonado número 3187117803, |209| con quien, el mismo 21 de octubre, se comunicó en tres oportunidades con Juan Guillermo Villegas para saber si pudo coordinar el encuentro con el doctor Álvaro Uribe Vélez, del cual estaba pendiente. Las conversaciones entre estas dos personas son del siguiente tenor:

Llamada n.° 1 (4:25:49 p.m.) |210|

"HGG: Que hubo Juan.

JGV: Ahí he hablado con este hombrecito, que llegaba a las 5 al aeropuerto, aquí abajo, que ahí mismo me llamaba a ver dónde nos encontramos con él.

HGG: [...] Si quiere nos encontramos en el aeropuerto, no hay problema.

JGV: Ahhh, listo, listo. A las 5 listo.

HGG: Pues eso dijo, que me avisaba ahí mismo, vamos a ver entonces [...] te llamo. Ahí nos marcamos.

JGV: Bueno, bueno".

Llamada n.º 2 (5:23:10 p.m.) |211|

"JGV: Que hubo Humberto, ahí me está llamado, volví y le marqué y está ocupado.

HGG: Hágale pues, me llama.

JGV: Bueno".

Llamada n.° 3 (5:37:49) |212|

"HGG: Que hubo Juan.

JGV: Hermano hablar con ese hombre es muy difícil. Vea, por allá está barriando (sic). Acabó de llegar de por allá del Caquetá y del Putumayo y no sé dónde. Bueno y que está por allá en unos barrios en Aranjuez. Por allá no en la cruz. Eso por allá no sube uno porque eso por allá es una pelotera, no nos deja, pues... Claro está la escolta, pues todos me conocen a mí. Pero entonces qué, Ud., va estar dónde. Ud. amanece deporonto (inaudilble).

HGG: (inaudible) Mañana... Mañana en la tarde.

JGV: No. Entonces que por ahí a las 8:30 o 9:00 de la noche que nos le parquiemos (sic) aquí arriba de las Palmas en un estadero que se llama la Tienda de Pedro.

HGG: Mañana?

JGV: Noooo!!! Hoy.

HGG: Ud. Pa' dónde se fue?

JGV: Hoy marica, mijo.

HGG: No... (inaudible) no me he ido pensando en eso.

JGV: Yo también. Yo no me ido esperando eso.

HGG: Ud. va pa' abajo hoy?

JGV: No, que nos vamos a ir con eso, ahí sin hablar con ese hombre.

HGG: Ahh no, yo lo espero, dígame a qué horas y ya [...] yo me voy entonces por ahí a las 11 de la noche (inaudible). Si hablamos con él son 10 minutos y ya.

JGV: La hablada con él son 10 minutos.

HGG: Sí. Entonces me marca a las 9:00 o 9:30

JGV: Nooo, encontrémonos. Yo estoy hablando con el capitán de escoltas de él. Con los escoltas de él estoy hablando, entonces yo le aviso para que esté listo por ahí a las 8:30.

HGG: A las 8:30 se desocupa?

JGV: No, más o menos a las 8:30 o 9:00.

HGG: No hay problema. Ud. me marca y me dice a dónde nos encontramos.

JGV: Eso es de San Diego pa' arriba, subiendo por las Palmas.

HGG: Ud. me dice y yo le llego. JGV: Listo, listo.

HG: Me espera en el rompoy (sic) de San Diego, allá le llego.

JGV: Ahí nos encontramos.

[...]"

Es de precisar que con el propósito de verificar el encuentro de Juan Guillermo Villegas Uribe, por auto de la misma fecha |213| la Sala ordenó su seguimiento, labor de la que se rindió el informe n.° 11-59932 del 30 de octubre de 2015, en el que se indica:

"Siendo las 19:40 del día 21 de octubre de 2015, el analista de control telemático informa que en una de las conversaciones, en tiempo real, se menciona de una reunión a realizarse en un establecimiento denominado la 'jugosa de la 70' por lo cual los suscritos investigadores proceden a realizar búsquedas en medios abiertos de la ubicación y características de ese lugar, hallando que se ubica en la carrera 70 C 4-39 esquina, donde funciona el establecimiento comercial de razón social 'la jugosa' destinado para la comercialización y venta de jugos y frutas, de forma inmediata una vez establecida la ubicación de este lugar el equipo de trabajo de policía judicial se traslada a este lugar donde se arriba a las 20:00 h, al llegar al sector de ubicación del establecimiento comercial la jugosa, se evidencia la presencia de fuerzas militares y esquemas de seguridad del estado, al observar este tipo de seguridad nos acercamos al entorno del establecimiento, encontrándonos con una reunión de varias personas entre las cuales se observa notoriamente y por ser una figura pública al señor expresidente de la República Doctor Álvaro Uribe Vélez, acompañado de tres personas con características de edad entre los 50 a 55 años apx, cabello canoso, tés blanca, con acento de la región, contextura gruesa y talla 1.70 a 1.80 apx quienes sostienen conversaciones con el señor expresidente por corto tiempo [...]".

Efectivamente, en el registro fotográfico integrado al informe se observa al doctor Álvaro Uribe Vélez con tres personas a su alrededor, que se confunden entre su cuerpo de escoltas y una mujer joven, con un celular en la mano, que intercambiaba información del aparato con los acompañantes del aquí denunciante.

Al día siguiente, esto es, el 22 de octubre de 2015 a las 8:39:59 |214| a.m., Humberto Gómez Garro se comunicó con Juan Guillermo Villegas Uribe y así conversaron de la reunión sostenida el día anterior con el doctor Álvaro Uribe Vélez:

"HGG: Que hubo Juan.

JGV: Que hubo Humberto, dónde anda hermano. No pues yo me quedé aquí en Medellín. Voy a estar haciendo unas vuelticas por aquí [...] Por la noche me llamó ese hombrecito como a las 11 de la noche hombre, ese hp es incansable. ¿No lo ves cómo está de cansado ese hombre?

HGG: Ehhh ave maría.

JGV: Pobrecito se le ve el cansando. Esta viejo hermano, hp, y se le ve el cansancio tan hp hermano.

HGG: Yeso que es lo que a él le gusta. Entonces que hacer hombre.

JGV: Ahh. No, no. Es que se hizo matar de eso. Me dijo yo me hago matar. Imagínese que se echó todo el país encima y es el jefe de debate de todo el país, hp, ah. Me llamó y me dijo hombre a Humberto muchas saludes, dígale que le agradezco mucho todas esas cosas y que tenemos que terminar esa labor y que si estos muchachos están tan entusiasmados, entonces, eh... hmmmm. No ya lo que hablamos anoche, de todas maneras muchas gracias hombre que muy bien el señor, como muy agradecido con vos pues. Muy agradecido que habías ido y que habías estado en eso y que (Inaudible).

HGG: Sí, claro, de todas maneras hay que apoyarlo en la mala.

JGV: Si hermano, que muy bien, muy importante.

HGG: Yo voy a tratar de entrar donde aquél hombre a ver que le cojo y ya vuelvo, y más sin embargo Uds. (inaudible)

[...]"

Pues bien, indudablemente a ese encuentro se refirió el doctor Álvaro Uribe en la comunicación sostenida el 22 de diciembre de 2015 a las 8:08:47 p.m., |215| con Juan Guillermo Villegas Uribe, la cual transcurrió de la siguiente manera:

"JGV: Presidente.

AU: ¿Juan cómo le ha ido?

JGV: Bien presidente ¿qué has hecho?

AU: ¿Cómo está su familia?

JGV: ¿Bien señor que ha habido, qué hay por ahí?

AU: Bien, bien hombre, vea le quería contar esto.

JGV: Señor.

AU: ¿Se acuerda el día que usted y yo nos reunimos en la 70?

JGV: Sí señor.

AU: Que hubo unas llamadas... Que nos tomamos un jugo por allá en una...

JGV: Si ahí en la 70, en la frutera.

AU: Las llamadas las interceptaron todas y la fiscalía nos hizo seguimiento a la 70. Yo desde hace muchos días sabía eso, pero no lo había concretado, me están investigando a mí con usted y que tienen interceptado el teléfono... O sea que esta llamada la están escuchando esos hijueputas.

JGV: Ah, sí, esos hijueputas interceptan todo.

AU: Entonces sí, dije lo voy a llamar para decirle claro, para que sepa yo por la mañana voy a hacer un escándalo en Twitter con esto sin mencionarlo a ud.

JGV: ah, bueno pero que nos van a interceptar a nosotros si nosotros sólo hablamos de política y hablamos de política ese día.

AU: ¿Cómo le parece? ni que fuéramos unos bandidos, entonces tenemos una organización criminal y nos tienen interceptados.

JGV: por eso nosotros somos... hablamos de política ese día y todo el día hacemos política.

AU: póngale cuidado a lo que voy a decir mañana... ¿Cómo le ha ido usted?

JGV: bien hombre presidente y vos como has estado.

AU: bien Juan no faltan líos en esta batalla, hoy ya habrás visto

JGV: si, si, muy duro.

[...]"

Tal como se lo aseguró a Villegas Uribe, al día siguiente, esto es, el 23 de diciembre de 2015, el doctor Álvaro Uribe trinó en su cuenta de twiter |216| lo siguiente:

"He recibido informaciones sobre interceptaciones y seguimientos de la justicia en mi contra, ya tengo pruebas de los días 21 y 22 de octubre".

Toda la secuencia anterior obliga a resaltar que el encuentro entre Álvaro Uribe Vélez, Juan Guillermo Villegas Uribe y José Humberto Gómez Garro ocurrió al día siguiente de publicarse por todos los medios de comunicación que el Procurador General de la Nación, mediante providencia del 19 de octubre de 2015, |217| formuló pliego de cargos en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO dentro de la actuación disciplinaria que en esa entidad se le sigue por estos mismos hechos, imputándole la comisión de una falta grave, cometida a título de dolo.

Las comunicaciones sostenidas el 21 y 22 de octubre entre Juan Guillermo Villegas Uribe y Humberto Gómez Garro, así como las labores de verificación ordenadas para tal efecto, como el seguimiento a Villegas y otras relacionadas con los ingresos a la cárcel de Itagüí, |218| indican que el objeto de la reunión entre los mencionados y el doctor Álvaro Uribe Vélez estaba relacionado con el caso de testigos dispuestos a colaborarle al Senador, mcriminando falsamente al doctor IVÁN CEPEDA de hacerles ofrecimientos a cambio de declaraciones en su contra.

En ese sentido la inspección a los registros de ingreso a la cárcel de Itagüí, dieron cuenta que antes del encuentro con el doctor Álvaro Uribe -octubre 21-, Gómez Garro visitó a Gabriel Muñoz Ramírez el 12 de septiembre de 2015, y después lo hizo el 14 de noviembre de 2015. Más aún, en el informe número 971768 del 31 de mayo de 2016, |219| mediante el cual se cumplió lo ordenado por la Sala en relación con las visitas recibidas por Gabriel Muñoz y Ramiro de Jesús Henao en el periodo comprendido entre octubre de 2013 y junio de 2014, |220| se aprecia también que José Humberto Gómez Garro se entrevistó con alias Castañeda el 10 de mayo de 2014, fecha aproximada, según el relato de Wilser Molina a aquella en que entraron en contacto con el equipo de la defensa del doctor Luis Alfredo Ramos, para contarle de los supuestos ofrecimientos del doctor CEPEDA CASTRO.

No puede perderse de vista, tampoco, que las conversaciones sostenidas el 21 de octubre de 2015 entre el doctor Álvaro Uribe Vélez y Juan Guillermo Villegas Uribe y las de éste con Gómez Garro, al día siguiente, discurren con mucha cautela a la hora de referirse al tema de los testigos, y ello es así, por la forma cifrada en que desarrollan la conversación, la incomodidad para referirlo y la pausa que se toman para seleccionar con tino y discreción cada palabra relacionada.

Cuando Juan Villegas estableció comunicación con el doctor Álvaro Uribe a su teléfono personal, se escucha diciéndole a un tercero que lo acompaña: "él me contesta ahí mismo", y cuando el interlocutor le respondió que se encontraba fuera de la ciudad de Medellín, aquél le planteó la urgencia de la reunión para "que hablemos unas cosas importantes", por lo que fue necesario cuatro llamadas más durante el día a efectos de lograr el objetivo, no obstante la actividad pública que el primero de los mencionados cumplía en diferentes partes del país.

En la conversación de las 2:35:09 cuando el doctor Álvaro Uribe Vélez le comentó a Juan Guillermo Villegas Uribe que Mario Uribe le habló de una investigación "por allá en Asogan", inusitadamente Juan Villegas, una persona que comercia frecuentemente con ganado porque así se deduce de sus conversaciones e inclusive de ello habló con Gómez Garro, no supo que es Asogan, y solo cuando su interlocutor le aclaró que es una asociación de ganaderos en Caldas, Villegas de inmediato lo relacionó con el Nus -Antioquia- dando paso a que el Senador le preguntara si "es que ha habido nuevas declaraciones", refiriéndose aquél de inmediato a "lo de anoche y lo de antenoche [...] ese barba e chivo que jode tanto".

Al respecto, debe recordarse que, precisamente, Juan Guillermo Villegas Uribe es la persona que, como se vio, estuvo muy atenta a la declaración que Oscar Antonio Monsalve Correa rindió en la Corte el 24 de marzo de ese mismo año, día en que, además, casualmente el sistema no grabó las conversaciones de los abonados que recibieron sus llamadas, y posteriormente, también tuvo comunicación con Oscar Hernán Monsalve Pineda -hijo- para recordarle de una diligencia judicial en la que solo debía decir lo mismo que su papá y negar hechos como "el hurto de ganado".

Por todo lo expuesto, para la Corte está demostrado que el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO no hizo ofrecimientos indebidos a estos testigos.

10. Pedro Manuel Benavides Rivera y Alexander Amaya

En la ampliación de denuncia, el doctor Álvaro Uribe Vélez aludió como prueba de sus sindicaciones en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO la declaración rendida por el Coronel Benavides Rivera, aportada previamente por su apoderado.

Adicional a ello, mediante memorial del 27 de junio de 2013, |221| el doctor IVÁN CEPEDA informó que el 25 del mismo mes y año, en la ciudad de Medellín, en donde se encontraba para cumplir diligencias con la Fiscalía 278 Local de Itagüí, en la investigación que se tramitaba en contra de Pablo Hernán Sierra por el delito de falso testimonio, iniciada con base en la querella presentada por el doctor Álvaro Uribe, fue contactado por una persona que se identificó como Alfonso Marín, quien tras afirmarle ser víctima de los paramilitares, le manifestó tener resguardado en su casa a Alexander Amaya, sobreviviente del denominado grupo de los 12 apóstoles, dispuesto a entregarse siempre y cuando le brindara protección y lo ayudara a salir del país, pero él -CEPEDA- se limitó a sugerirle tramitar esas inquietudes en la Fiscalía General de la Nación.

Así las cosas, es de precisar que, con miras a aclarar este hecho, la Corte ordenó la declaración de Alfonso Marín, persona que no fue posible ubicar, no obstante las diferentes labores adelantadas por el Cuerpo Técnico de Investigación para localizarla. |222|

En todo caso, se escucharon los testimonios de Alexander Amaya Vargas |223| y de Pedro Manuel Benavides, de quien, además, se obtuvo copia de diligencias rendidas en otros asuntos en los que refirió que Alexander Amaya le manifestó por teléfono que el doctor CEPEDA CASTRO le hizo ofrecimientos para que declarara que Santiago Uribe tuyo vínculos con él grupo denominado de los 12 apóstoles.

En ese orden, se tiene que el Coronel Pedro Manuel Benavides Rivera rindió declaración el 19 de diciembre de 2012 en la Fiscalía 16. |224| Allí afirmó que en 2008, en Bogotá, y en 2009, en Medellín, se entrevistó con Juan Carlos Meneses, quien le ofreció dinero a cambio de declarar en contra de Santiago Uribe, vinculándolo con la agrupación ilegal de los 12 apóstoles, empresa en la que estaban interesados Hugo Chávez, Piedad Córdoba, Gustavo Petro, el Loco Barrera, Los Comba y personalidades internaciones con el fin de evitar que el doctor Álvaro Uribe continuara en el poder. Del segundo encuentro dijo fue testigo una persona que se sentó junto a ellos a lustrarse los zapatos.

Benavides aseguró igualmente que cuando se conocieron las declaraciones de Juan Carlos Meneses, Alexander Amaya lo llamó para decirle que estaba dispuesto a declarar en contra de Meneses si le ofrecían garantías.

El 29 de mayo de 2013, en entrevista con funcionarios del CTI de la Unidad de falsos testigos, |225| luego de responder a las preguntas relacionadas con la existencia del grupo armado ilegal denominado los 12 apóstoles y señalar que Mario Jiménez es la persona a la que se refirió en pretérita oportunidad como testigo de la propuesta de Meneses en el encuentro en Medellín, añadió que Alexander Amaya lo llamó para contarle que conocía de toda la actividad delincuencial de Meneses, y:

"[...] que inclusive sabe que ni SANTIAGO URIBE tiene que ver con esto, que Meneses es un torcido en palabras textuales de él, el día de ayer lo llamé le pedí que si quería venir a hablar con los delegados de Bogotá, me manifestó que él no quería saber nada de éstos, que inclusive el Senador IVÁN CEPEDA le ha hecho ofrecimiento de dinero y garantías para que declarara en contra de Uribe y él se ha negado, eso me lo manifestó ayer teléfono cuando hablé [...]"

En términos sustancialmente idénticos declaró el 25 de marzo de 2014, |226| ante la Fiscalía 16 Especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, en investigación en contra de Santiago Uribe Vélez, y el 27 de octubre de 2015 en este asunto. |227|

Asimismo, en testimonio rendido el 11 de febrero de 2014 ante la Fiscalía 18 Especializada de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, Carlos Mario Jiménez Salinas, |228| persona mencionada por Pedro Manuel Benavides como testigo de los ofrecimientos de Meneses en la reunión sostenida en Medellín, afirmó que la última vez que vio a Meneses en compañía del Coronel Pedro Manuel Benavides "fue en el año 2009 antes de que aprobaran la reelección para presidente (sic) Álvaro URIBE", en un café en Medellín y escuchó cuando aquél le dijo al coronel,

"que personas del Polo Democrático (sic) el señor IVÁN CEPEDA y (sic) mal no estoy PIEDAD CÓRDOBA también y al final mienta al señor GUSTAVO PETRO, alcalde de Bogotá, manifestando que éstos señores y estas personas estaban recibiendo apoyo de otros gobiernos como [...] Ecuador, Nicaragua, Bolivia y Venezuela, en especial Venezuela porque Chavez en vida [...] con personalidades de la Unión Europea,con el apoyo de un señor de Argentina [...] nobel de paz, que los estaba apoyando en ese económicamente.

[...]

[...] se habían unido para llevar éste caso a CPI [...] que ofrecieron mucha plata y que todo aquél que declarara en contra de ÁLVARO y SANTIAGO URIBE por hechos de violación de derechos humanos y los 12 apóstoles, estaban ofreciendo asilo político esos países que menté (sic) anteriormente [...] y manifiesta que el señor IVÁN CEPEDA andaba por las cárceles del país, creo que dijo en la Costa, comprando testigos y buscando testigos y que les ofrecía también asilo político para que declararan en contra de los hermanos URIBE [...]". Resalta, la Sala.

Alexander Amaya, por su parte, en declaración rendida en este asunto el 23 de junio de 2015 |229| aseguró que nunca habló con el doctor IVÁN CEPEDA, no sabía quién es Alonso Marín, y que mucho menos le hizo comentarios semejantes a Pedro Manuel Benavides. Al contrario, puntualizó que después de que se conocieron las declaraciones de Meneses, el coronel lo llamó en varias oportunidades por intermedio de Edison Agudelo, pero nunca se vieron personalmente.

Amaya también enfatizó que nadie le hizo ofrecimientos para hablar en contra de Álvaro y Santiago Uribe, o para que los vinculara con el asunto de los 12 apóstoles; al contrario, detalló que sobre la conformación de esa agrupación y sus integrantes él fue el primero en destaparlo en 1996, cuando estuvo preso por un homicidio, diferente al de Camilo Barrientos, "había mencionado a varios [...] alias Rodrigo, alias Mas Carne, alias Oscar, Peluza, y había yo mencionado ahí también a Santiago Uribe. En ese tiempo lo había mencionado".

Confrontadas las anteriores declaraciones con la información suministrada por el doctor IVÁN CEPEDA en junio de 2013, la Sala no puede concluir menos a que en verdad se estaba tejiendo una maraña para involucrarlo cuando se entrevistó con quien dijo ser Alonso Marín, como lo sugirió el congresista desde el momento en que puso en conocimiento de la Corte ese episodio y lo reiteró el defensor en memorial previo a esta decisión.

Lo anterior es así, porque de las circunstancias en que se enteró el congresista de que una persona lo estaba buscando con urgencia en la ciudad de Medellín dieron cuenta Franklin Castañeda Villacob y Gloria Amparo Silva Tovar, quienes acompañaban al doctor CEPEDA CASTRO el 25 de junio de 2013 en la ciudad de Medellín, donde se encontraba para asistir como testigo en el juicio seguido en contra de Pablo Hernán Sierra. Así consta en la sentencia dictada por el Juzgado Primero Penal Municipal de Itagüí, según la cual, en la sesión de esa fecha se interrogó al congresista como testigo.

Adicional a ello debe resaltarse que en diciembre de 2012, Pedro Manuel Benavides no mencionó al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO entre las personalidades a las que, según él, Meneses refirió como fínanciadoras de la compra de testigos para hacerle sindicaciones falsas a los Uribe Vélez. Es solo a partir de la declaración de 2013 en la Unidad de falsos testigos, un mes antes del episodio narrado por el doctor CEPEDA con el sujeto Alonso Marín, que el testigo en comento hizo expreso señalamiento al congresista, indicando que de ello se enteró por Alexander Amaya, a quien él llamó el día anterior a esa diligencia.

Sin embargo, como se anotó, Amaya Vargas, en la diligencia rendida en este caso, negó enfáticamente las afirmaciones de Benavides, por la sencilla razón de que fue el primero en "destapar" el asunto de los 12 apóstoles, según lo dijo, y porque no conoce al congresista.

Mayor aún es la inconsistencia del coronel Pedro Manuel Benavides en la reproducción de los supuestos señalamientos al doctor CEPEDA CASTRO, conocidos, según dijo, a través de Juan Carlos Meneses y Alexander Amaya, si se tiene en cuenta la manera grosera en que Mario Alberto Jiménez Salinas mintió cuando testificó ante el Fiscal 18 de la Unidad Nacional de Terrorismo.

En efecto, como se reseñó en precedencia, Salinas aseguró haber escuchado en 2009 que Juan Carlos Meneses le manifestó al coronel Pedro Manuel Benavides que el doctor CEPEDA CASTRO es una de las personas interesadas en acusar falsamente a los hermanos Uribe Vélez, y que para cumplir con ese objetivo andaba por las cárceles comprando testigos. Nada más alejado de la realidad, si se tiene en cuenta que para esa fecha el aquí investigado ni siquiera era congresista y no realizaba labores de ninguna índole en los centros penitenciarios del país. Recuérdese que, tal como lo certificó el Secretario de la Cámara de Representantes, aquél fue electo representante a la Cámara para el periodo constitucional 20102014 y tomó posesión del cargo el 20 de julio de 2010, como consta en la Gaceta del Congreso n.° 505 de 2010. Además, como se analizó al comienzo de esta providencia, las primeras visitas del investigado como congresista a centros de reclusión fueron en Valledupar a mediados de 2011 y ante la grave crisis presentada por las condiciones de supervivencia de los internos.

Siendo ello así, Jiménez Salinas mal podía entonces escuchar tal aseveración en 2009, y menos de boca del coronel Benavides después de que Meneses abandonara la cafetería en la que supuestamente ocurrió esa conversación.

11. Carlos Enrique Areiza Arango

En 2015 se conoció por la prensa escrita que Carlos Enrique Areiza, uno de los testigos en el caso del exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, habría enviado a la Corte, con destino a esa actuación, una carta denunciando presiones del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO y el ofrecimiento de 100 millones de pesos para que declarara en contra de los hermanos Álvaro y Santiago Uribe Vélez, José Obdulio Gaviria y el exgobernador de Antioquia, Ramos Botero.

Mediante inspección judicial al radicado 35.691 |230| se obtuvo copia de la carta, sin fecha, al parecer suscrita por Carlos Enrique Areiza, en la que relata que en diciembre de 2011, cuando el doctor IVÁN CEPEDA sirvió de mediador para su entrega, junto con Carlos Contreras, luego de fugarse en una remisión a una cita médica, en el recorrido a la cárcel de Itagüí le preguntó constantemente por la familia Uribe Vélez y sus colaboradores, y como le respondiera que no, lo instó a que recordara y lo pusiera en conocimiento de la Corte.

No obstante, en diligencia del 16 de marzo de 2016, |231| en este asunto, Areiza Arango manifestó de manera reiterada el temor que tenía para declarar porque venía siendo objeto de amenazas en la cárcel a raíz de su declaración en contra del doctor Luis Alfredo Ramos Botero. Aclaró, sin embargo, que con el ánimo de enfrentar el asunto se comunicó con la oficina de Pensamiento Colombia con el propósito de hablar con José Obdulio Gaviria, pero como no fue posible, se identificó y esbozó los motivos por los que requería la entrevista.

Días más tarde, contó Areiza, lo visitó en la cárcel Jaime Restrepo Restrepo, quien se anunció como el enviado de las personas a quienes llamó y le pidió su firma en varias hojas en blanco, como prueba de confianza de que no declararía más, a lo cual accedió. Sin embargo, aclaró que de su puño y letra escribió una misiva dirigida al doctor Luis Alfredo Ramos pidiéndole perdón por haberse equivocado, pues se dejó convencer de Pablo Hernán Sierra para incriminarlo, pero como nunca llegó, después envió otra por correo.

También negó que el doctor IVÁN CEPEDA le hubiera hecho ofrecimientos o que, en 20,11, el día de su entrega, le hubiera indagado por los Uribe Vélez. Se limitó únicamente a decirle que si tenía denuncias que hacer, él las canalizaba.

Asimismo, negó su autoría en la carta en la que supuestamente relató que el doctor IVÁN CEPEDA le hizo ofrecimientos para incriminar a las personas ya mencionádas, precisando que "nunca le di permiso -a Jaime Restrepo- , ni nunca le di el consentimiento para que eso lo entregara a medios de comunicación y uno es pendejo [...] me puse de pendejo y de idiota a darle una entrevista al programa los informantes para contar la verdad y de tres horas que estuvimos aquí reunidos, esa señora sacó 7 minutos con lo peor de mi [...]"

También se refirió al video del DAS dado a conocer en los medios de comunicación, en el que supuestamente él está recibiendo dinero. Aclaró que se trata de un episodio ocurrido en 2005 en las oficinas de esa desaparecida entidad en Bucaramanga, y no en 2015 como lo sacó el periodista Norbey Quevedo para manipular la información, pues los hechos allí contenidos "eran una constancia que a mí me estaban dando para grabar esa supuesta reunión de apoyo al señor Luis Alfredo Ramos", pero finalmente no se hizo porque no lo autorizaron desde Bogotá", aunque lo cierto es -dijo- que las personas que "conocimos de esas reuniones en esa empresa solo quedamos dos vivas, y eso porque estamos detenidos, de resto, la mayoría de escoltas y gente que estuvo y cercanos a la segundad todos están muertos y desaparecidos, entonces imagínese cómo es la situación".

En declaración rendida por Jaime Restrepo Restrepo |232| y en inspección a los registros de ingresos a la cárcel de Itagüí |233|, se confirmó que efectivamente él fue la persona enviada por Pensamiento Colombia para hablar con Carlos Enrique Areiza Arango. Sin embargo, negó la solicitud de firmas en hojas en blanco y precisó que no le consta lo que se dice en la carta, porque solo fungió de razonero, aunque sí advirtió que el interno, a propósito, anotó equivocadamente su número de cédula.

Areiza amplió su testimonio el 22 de enero del año en curso. Reiteró no ser el autor de la carta obtenida en el proceso del doctor Luis Alfredo Ramos, en la cual, él supuestamente sindica al doctor IVÁN CEPEDA CASTRO de hacerle ofrecimientos a cambio de declaraciones mentirosas, porque eso no es cierto.

En cuanto a su situación actual, expresó encontrarse en prisión domiciliaria en virtud a un preacuerdo al que llegó con el Fiscal de su caso, pues le propuso que si no aceptaba ese delito le imputaría el de extorsión, por el que, al igual que el de falso testimonio, también lo denunció la defensa del doctor Ramos. Entonces, terrrünó aceptándolo para preservar su vida y reiteró sus temores frente a su seguridad.

Aquí, la Sala debe acotar que dicho preacuerdo llama la atención por el fundamento probatorio expuesto por el Fiscal en cuanto a la prueba . de responsabilidad, referido a manifestaciones de terceros y no al contenido de las declaraciones supuestamente falsas de Areiza y por el reconocimiento adicional de la causal específica de atenuación contenida en el artículo 335 deí Código Penal, fundada en la constancia de haber remitido a la Corte por correo externo de la cárcel, una carta en la que Areiza se retractaba de sus manifestaciones iniciales, la cual no corresponde en su texto a la obtenida en este asunto mediante inspección judicial, cuya autoría, como se anotó, aquél rechaza.

Además, no está claro el fundamento jurídico con apoyo en el cual el Fiscal y el Juez estimaron pertinente tal documento como prueba de la retractación aminorante, cuando no se produjo de manera judicial en el juicio y bajo la gravedad del juramento, como cuando hizo los señalamientos cuya veracidad quedó en entredicho.

Siendo ello así, para la Sala no se probó que el doctor CEPEDA CASTRO le hiciera ofrecimientos a Carlos Enrique Areiza Arango para declarar falsamente en contra del doctor Ramos Botero, de los hermanos Álvaro y Santiago Uribe Vélez y de José Obdulio Gaviria, porque no reconoció el contenido de la carta en la que supuestamente hizo ese expreso señalamiento.

Y si bien en la declaración rendida en este asunto y en la investigación que se siguió en su contra por el delito de falso testimonio adujo haber mentido en relación con los vínculos del doctor Luis Alfredo Ramos con los paramilitares, porque Pablo Hernán Sierra lo convenció de hacerlo ofreciéndole beneficios que le podía conseguir a través del doctor IVÁN CEPEDA, tal explicación no resulta admisible, si se tiene en cuenta que Areiza Arango llegó a la cárcel de Itagüí el 15 de diciembre de 2011, tras entregarse luego de su fuga de la cárcel de Bellavista en donde estaba recluido |234|, y para entonces había declarado ante la Fiscalía 20 de Justicia y Paz acerca de varias reuniones del doctor Ramos Botero con paramilitares en Béllo, en diligencia cumplida el 25 de octubre de 2011, es decir, para ese momento no tenía contacto con Sierra García y tampoco lo había tenido con el doctor CEPEDA CASTRO.

En conclusión queda desvirtuada la supuesta acción determinadora del doctor CEPEDA CASTRO frente a este testigo para declarar hechos contrarios a la realidad, razón por la cual la Sala también se inhibirá de abrir investigación al respecto.

12. Los delitos de calumnia y fraude procesal

Como se advirtió al comienzo de las consideraciones, el análisis de los delitos de abuso de función pública y falso testimonio en calidad de determinador dejan sin piso las hipótesis delictivas de calumnia y fraude procesal.

Lo primero por cuanto las publicaciones de prensa que el denunciante cuestionó se limitaron a exponer las impresiones del congresista frente a los hechos narrados por Sierra García y Monsalve Pineda, de modo que, en esas condiciones, no es dable atribuir el ánimo doloso de imputar conductas delictivas a sabiendas de su falsedad, no solo porque en tales documentos hizo un llamado a las autoridades judiciales para que establezcan la verdad de esos hechos, sino porque, consecuente con ello, formuló las denuncias correspondientes ante la autoridad competente.

Por la misma razón, es claro que tampoco es posible sostener bajo esos supuestos de hecho la hipótesis delictiva de fraude procesal, puesto que se estaría incurriendo en una petición de principio al afirmar a priori que el doctor IVÁN CEPEDA conocía la falsedad de las imputaciones de Sierra y Monsalve y aun así accionó el aparato de justicia, cuando eso es lo que le correspondía, de modo que como resultado de esas investigaciones, que surgieron con ocasión de las denuncias del congresista, se determinará la veracidad o no de las mismas.

Por consiguiente, también se dictará decisión inhibitoria en lo que concierne a estas imputaciones, por atipicidad objetiva.

13. Otras determinaciones

Tal como se observa a lo largo de las consideraciones expuestas en esta decisión, varias son las situaciones sobre las cuales esta Sala de Instrucción debe llamar la atención, así:

a. Lo primero, solicitarle al Magistrado Ponente a cargo de la investigación n°. 45.110, que cursa en esta Corte en contra del Senador Álvaro Uribe Vélez, se sirva rendir un informe a la Sala de Casación Penal acerca del estado actual de esa investigación, teniendo en cuenta que la misma se encuentra en ese despacho desde el mes de diciembre de 2014, sin que a la fecha se hayan tomado decisiones en algún sentido y se desconoce si la investigación ha tenido impulso procesal.

Dicho asunto, no está demás anotarlo, inició con ocasión de la denuncia presentada por el doctor Jesús María Valle Jaramillo (q.e.p.d.) por las presuntas omisiones de la Gobernación de Antioquia en la masacre del corregimiento de la Granja en junio 1996 y, posteriormente, con ocasión de la denuncia presentada por el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO y las entrevistas tomadas a Pablo Hernán Sierra y Juan Guillermo Monsalve, aportadas por éste, se practicaron varias pruebas e incluso se llevó a cabo diligencia de inspección en la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, determinándose que el expediente n.° 4954-6 que allí cursaba contenía hechos conexos con los que dieron origen a la actuación archivada por la Fiscalía por cuanto se trataba de una denuncia en contra de Álvaro Uribe Vélez por la creación de las Convivir, a la postre colaboradoras de los grupos paramilitares.

Con base en lo anterior, el 2 de enero de 2013 el Fiscal 6.° Delegado ante la Corte, revocó la resolución inhibitoria dictada a favor del doctor Uribe Vélez el 28 de diciembre de 2000, y adelantó una amplia labor probatoria hasta el 25 de noviembre de 2014, cuando dispuso remitir las diligencias a la Corte, por competencia, dada la calidad de congresista del investigado, según se constató en este asunto, mediante diligencia de inspección practicada el 16 de febrero de 2015.

b. La Sala estima necesario solicitarle al INPEC intensiñcar las medidas de seguridad en relación con Juan Guillermo Monsalve, Pablo Hernán Sierra García y Carlos Enrique Areiza Arango, quien se encuentra en prisión domiciliaria, pues fue notorio y así lo expresaron ellos, la constante incertidumbre y temor por su seguridad y la de sus familiares.

Asimismo, se solicitará a la Oficina de Protección de la Fiscalía General de la Nación reevaluar la situación de riesgo de las familias de Juan Guillermo Monsalve Pineda y de Carlos Enrique Areiza Arango.

c. De la misma manera, como a lo largo de esta decisión se han puesto de presente situaciones irregulares en lo que tiene que ver con la actuación reservada y los testigos, la Sala dispondrá la compulsa de copias, en los siguientes términos:

1. Con destino al despacho del Fiscal Coordinador de los Fiscales Delegados ante la Corte, se remitirá copia de las siguientes piezas procesales:

- Esta decisión.

- Los cuadernos de la actuación reservada.

- Las declaraciones de Ramiro de Jesús Henao Aguilar, Gabriel Muños Ramírez, Pedro Manuel Benavides Rivera y Mario Humberto Jiménez Salinas y John James Granja Lizalda y Wilser Molina Molina.

- La declaración y ampliación de la; misma, rendida en este asunto por Carlos Enrique Areiza Arango y Jaime Restrepo Restrepo, así como del cuaderno anexo 10 y folio 219 y el CD contentivo de la audiencia de verificación de preacuerdo y sentencia dictada por el Juzgado 16 Penal del Circuito de Medellín con funciones de conocimiento.

- Las declaraciones de Juan Guillermo Monsalve Pineda y el aparte pertinente del informe 9-51626 (f. 142 y ss, cuaderno original n.° 6).

Lo anterior, para que se investiguen los siguientes hechos:

- Lo ocurrido entre el 24 y 30 de marzo de 2015 con los abonados 3144642017 y 3144475416, respecto de los cuales el sistema no grabó.

- La filtración de información contenida en la actuación reservada, la cual tuvo como destinatario el doctor Álvaro Uribe Vélez, según lo trinó el 23 de diciembre de 2015.

- El delito de falso testimonio en que pudieron mcurrir Ramiro de Jesús Henao Aguilar, Gabriel Muñoz Rarnírez, Pedro Manuel. Benavides Rivera, Wilser Darío Molina Molina, Mario Humberto Jiménez Salinas y John James Granja Lizalda.

- El presunto delito de transhumancia cometido por Wilser Molina Molina en su elección a la alcaldía de Amagá llevadas a cabo el 25 de octubre de 2015, según se desprende de las comunicaciones identificadas con los números 27818895 y 77707253 de las comunicaciones interceptadas.

- La manipulación a testigos en que pudieron incurrir Juan Guillermo Villegas Uribe, Humberto Gómez Garro y Wilser Molina Molina.

- El presunto delito de falsedad en el que se pudo incurrir respecto de la carta de Areiza Arango obtenida en esta actuación mediante inspección judicial al proceso que se sigue en contra del doctor Luis Alfredo Ramos Botero. (Rad. 35691)

- Las conductas del Fiscal de la Unidad de falsos testigos y del Juez 16 Penal del Circuito de Conocimiento de Medellín, en lo que tiene que ver con el cuestionable preacuerdo con Carlos Enrique Areiza por el delito de falso testimonio.

- La conducta del doctor Albeiro Chavarro Ávila como Fiscal 45 de la Unidad de Justicia y Paz de Medellín, en cuanto tiene que ver con la remisión de Juan Guillermo Monsalve Pineda desde Cómbita sin levantar acta formal de la entrevista, pese a la gravedad de los hechos mencionados y la. calidad de las personas señaladas.

2. Igualmente, se remitirá copia de esta decisión a las siguientes autoridades:

- A la Secretaría de la Sala con copia de la actuación reservada, a efectos de que se investigue la presunta participación del doctor Álvaro Uribe Vélez en la manipulación de testigos.

- Al consejo Nacional electoral, con copia de la actuación reservada, en lo pertinente a la interceptación de las comunicaciones telefónicas de Wilser Molina Molina, para que se investigue la posible transhumancia.

- Al Consejo Seccional de la Judicatura de Medellín, con copia de toda la documentación allegada por el doctor Álvaro Uribe Vélez el 17 de septiembre del 2014 y de las declaraciones rendidas en este asunto por Wilser Molina y Obed Herrera, para que se investigue disciplinariamente la conducta profesional de Wilser Darío Molina en el recaudo de las entrevistas a Ramiro de Jesús Henao Aguilar y Gabriel Muñoz Ramírez.

Adicionalmente, se rerrntírá copia del registro de la audiencia de verificación de preacuerdo y sentencia surtida el 30 de noviembre de 2016, en el Juzgado 16 Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Medellín, para que se investigue disciplinariamente la conducta del Fiscal 3º Especializado del Grupo de Investigación de falsos testigos y la del titular del juzgado en mención.

- A los radicados números 45.110 y 35.691 que se tramitan en esta corporación, en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y Luis Alfredo Ramos Botero, respectivamente.

Al radicado 45.110 se remitirá, además, copia de la actuación reservada.

- Al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia que tramita el juicio contra Santiago Uribe Vélez, junto con copia de las declaraciones rendidas por Pedro Manuel Benavides Rivera y Alexander Amaya Vargas.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal,

RESUELVE

PRIMERO: ABSTENERSE de abrir investigación penal en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO por las conductas punibles de abuso de la función pública, calumnia, fraude procesal y falso testimonio en calidad de determinador, según lo consignado a lo largo de la parte motiva de esta decisión.

SEGUNDO: SOLICITAR al Magistrado Ponente de la investigación N°. 45. 110 que se tramita en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez, rendir informe a la Sala acerca del estado en que se encuentra dicha actuación.

TERCERO: OFICIAR AL INPEC solicitando se intensifiquen las medidas de la seguridad de los internos Juan Guillermo Monsalve, Pablo Hernán Sierra García y Carlos Enrique Areiza Arango.

CUARTO: OFICIAR A LA OFICINA DE PROTECCIÓN A TESTIGOS DE LA FISCALÍA, solicitando evaluar la situación de la familia del interno Juan Guillermo Monsalve Pineda y la de Carlos Enrique Areiza Arango, quien se encuentra en prisión domiciliaria.

QUINTO: EXPEDIR con destino a las autoridades mencionadas, las copias de que trata el numeral 13.c de esta determinación, a efectos de que se tramiten las investigaciones penales y disciplinarias a que haya lugar.

SEXTO: Contra esta decisión procede recurso de reposición.

SEPTIMO: En firme esta decisión, archívense las diligencias.

Notifíquese y cúmplase.

José Luis Barceló Camacho
Fernando Alberto Castro Caballero
Luis Antonio Hernández Barbosa

Nubia Yolanda Nova García
Secretaria


Notas:

1. Cepeda Castro, Iván. Cuna del Bloque Metro. Periódico El tiempo, 13 de noviembre de 2011, el cual obra a folio 34, cuaderno 1. [Volver]

2. Fs. 62 y 71, cuaderno original n.° 1. [Volver]

3. Rendida el 15 de mayo de 2014, f. 120, cuaderno original n°. 1. [Volver]

4. [Volver]

5. Conformada por cuatro miembros de la sociedad civil y 4 del Ministerio. [Volver]

6. Quien como Senadora dijo en Méjico que su gobierno era paramilitar. [Volver]

7. El doctor IVÁN CEPEDA en asocio con la Fiscalía General de la Nación y el Instituto de Medicina Legal adelantaron labores en cementerios del Meta y Guaviare encontrando más de 2000 cadáveres; promovió un debate de control político sobre personas no identificadas en los cementerios, lo que terminó en un Convenio entre el Ministerio del Interior y de Justicia, Medicina Legal y la Registraduría, que permitió la ubicación de más de 10.000 tarjetas necrodactilares, la identificación de cuerpos y la entrega a sus familiares, como lo refirió el doctor CEPEDA CASTRO en la ampliación y se demostró con prueba documental proveniente de las citadas entidades. [Volver]

8. Allí fueron entrevistados por un investigador privado de la defensa de Luis Alfredo Ramos. [Volver]

9. Por tratarse de un montaje, el doctor IVÁN CEPEDA denunció penalmente a Carlos Enrique Areiza, aportando declaraciones de fechas anteriores al primer contacto que tuvo con él, en las que hizo señaló a varios personajes de la política nacional, entre ellos, a Luis Alfredo Ramos, todas, de tener vínculos con paramilitares. [Volver]

10. El congresista se encontraba para entonces en la ciudad de Medellín y en presencia de la doctora Gloria Silva, defensora de Derechos Humanos, recibió una llamada de su oficina en Bogotá en la que le comunicaban que Alonso Marín requería con urgencia comunicarse. [Volver]

11. Folio 71, cuaderno original n.° 1, certificación expedida por el Secretario General de la Cámara de Representantes. [Volver]

12. F. 252, cuaderno original n.° 10, certificación expedida por el Secretario General del Senado de la República. [Volver]

13. Cfr. CSJ, SP 12.926-14 (39279), 24/09/14. [Volver]

14. Santiago Uribe Vélez, Santiago Gallón Henao, Juan Guillermo Villegas Uribe y Luis Alfredo Ramos Botero. [Volver]

15. A pesar de haber surgido históricamente como una competencia con un destinatario específico -el poder ejecutivo, precisamente para asegurar que funcionara el sistema de frenos y contrapesos entre las distintas ramas del poder público- el control político del órgano legislativo paulatinamente se ha ido extendiendo hasta abarcar otros sujetos como agencias estatales independientes y particulares. [Volver]

16. Artículos 135-3 y 137 de la Constitución citados. [Volver]

17. El sentido del numeral 3 del artículo 135 de Constitución deja ver esta tendencia, al facultar a las cámaras del Congreso, para "solicitar los informes que necesite" del Gobierno. Conviene aclarar también, que el principio de separación de poderes tiene distinto alcance en los regímenes presidenciales y en los parlamentarios por el mero hecho de existir poderes separados existe control, independientemente de que exista una necesaria relación de confianza -propia de un régimen parlamentario- o una completa separación orgánica y funcional de los poderes -sistema presidencial-. [Volver]

18. El artículo 137 constitucional, objeto de análisis en la presente providencia, se orienta igualmente hacia esta idea al autorizar a cualquier comisión constitucional permanente del Congreso a emplazar a toda persona natural o jurídica. Por su lado, la doctrina señala al respecto: "El veto legislativo es uno de los distintos medios por medio de los cuales el Congreso controla agencias administrativas en las cuales ha delegado una considerable autoridad discrecional. Por ejemplo, comités o subcomités del Congreso pueden llevar a cabo audiencias en las cuales pueden citar funcionarios de dichas agencias e interrogarlos sobre su conducta pasada o futura. Tales audiencias pueden producir considerable publicidad y presionar para introducir cambios en la política de las agencias." STONE, SEIDMAN, SUNSTEIN, TUSHNET. Constitutional Law, New Cork, Aspen Law & Business, 2001, p. 339 [Volver]

19. Minuto 12:24, diligencia del 7 de octubre de 2014. [Volver]

20. Básicamente, desde 1994, a partir del asesinato de su padre, pues dio una intensa lucha para evitar que el crimen quedara impune, según lo relato el abogado Alirio Uribe, en declaración rendida el 6 de octubre de 2014, en el proceso disciplinario que la Procuraduría adelanta en contra del doctor CEPEDA CASTRO. [Volver]

21. F. 22, cuaderno Anexo No.9, declaración mediante certificación jurada. [Volver]

22. Declaración rendida el 13 de enero de 2015. [Volver]

23. Ídem. [Volver]

24. Declaró el 6 de octubre de 2014. [Volver]

25. Declaró el 2 de octubre de 2014. [Volver]

26. Como se señaló a comienzo de estas consideraciones, el doctor IVÁN CEPEDA CASTRO llegó por primera vez al congreso, como representante a la Cámara para el periodo constitucional 2010-2014, cargo al cual se posesionó el 7 de agosto de 2010. [Volver]

27. F. 14 vto. Cuaderno anexo n.° 9. [Volver]

28. Numeral adicionado por el artículo 1.° de la Ley 1202 de 2008. [Volver]

29. F. 257, cuaderno original n.° 2, resolución expedida por la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes. [Volver]

30. Artículo 2.° de la citada Resolución. [Volver]

31. Pues varias de las quejas se han centrado en el internamiento en centros de reclusión alejados de su entorno familiar, lo que dificulta la posibilidad de visitas, la comunicación con los familiares, el régimen de visitas conyugales, el ingreso de menores de edad, etc. [Volver]

32. También impartió órdenes relacionadas con la elaboración de un plan de construcción y refacción carcelaria; celebrar un contrato de remodelación de las cárceles Distrital y Modelo de Bogotá; recluir en establecimientos especiales a miembros de la Fuerza Pública; separar sindicados de condenados; investigar por qué los jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y Medellín no asisten a las cárceles Modelo y Beüavista; solucionar carencias de personal especializado en prisiones y guardia penitenciaria; que Gobernadores y Alcaldes creen y mantengan centros de reclusión propios y; que el Gobierno Nacional tome medidas para garantizar el orden público y el respeto por los derechos fundamentales de los internos, mientras se ejecutan las obras ordenadas. [Volver]

33. La T 847 de 2000, se pronunció sobre la situación de las personas privadas de la libertad que se encontraban en las Salas de retenidos de las Estaciones de Policía de Bogotá, el DAS, la DIJIN, la SIJIN y las instalaciones del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación. Tal circunstancia, dijo la Corte Constitucional, viola los derechos a la dignidad y trato digno de los reclusos, porque se mezclan en un mismo lugar a personas condenadas con sindicadas, pese a la obligación de mantenerlas separadas y en centros de reclusión dispuestos por el INPEC También precisó que ello no hacía parte del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T 153 de 1998 porque en aquella oportunidad se refirió a las condiciones de hacinamiento que presentaban los establecimientos carcelarios del país, especialmente las cárceles Nacional Modelo de Bogotá, y Distrital de Bellavista de Medellín, y no se ocupó del tema de las Salas de retenidos. [Volver]

34. Nombrado en sesión plenaria llevada a cabo 5 de agosto de 2011 en la Comisión Primera Constitucional Permanente [Volver]

35. F. 177 anexo. [Volver]

36. Documentación que integra el cuaderno original n.° 8. [Volver]

37. Diligencia rendida en este asunto el 3 de diciembre de 2013. [Volver]

38. F. 87, cuaderno anexo n.° 8. [Volver]

39. Se reunió con 15 de diferentes patios, entre ellos, los voceros de la comisión de crisis. [Volver]

40. Básicamente por el no suministro de agua. [Volver]

41. F. 10, cuaderno anexo n.° 1. El fundamento de tal solicitud al Presidente de la República lo constituía la difícil situación sanitaria y de derechos humanos, reconocida así por el Gobernador del Cesar y el Alcalde de Valledupar, pues según certificación del Secretario de Gobierno a ese centro carcelario solo se enviaba el 10% del agua que los presos requerían para vivir en condiciones de dignidad.

Dicha carta, además, recibió el respaldo de 85 Parlamentarios del Reino Unido, según documento obrante al folio 13, cuaderno anexo n.° 1, firmado por Tony Lloyd Presidente de "Amigos Parlamentarios por Colombia". [Volver]

42. Gaceta 711 de 2011, F. 266 al 283, cuaderno original n.° 2. [Volver]

43. F. 112, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

44. Según solicitud de ingreso del 18 de julio de 2011, f. 114, anexo 1. [Volver]

45. Folio 31, cuaderno anexo 3. Inspección realizada el 5 de noviembre de 2014, por funcionaria del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General, En el mismo sentido, a folio 108 del cuaderno anexo n.° 1, se tiene solicitud del 8 de agosto de 2011, elevada por el doctor IVÁN CEPEDA, al Director del INPEC solicitando autorización para ingresar a la cárcel de Itagüí, para entrevistar a un interno. [Volver]

46. Solicitudes presentadas el 18 de julio de 2011, para ingresar el 5 de agosto del mismo mes y año, f. 115s, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

47. Solicitud del 5 de julio de 2011, para ingresar el 12 del mismo mes y año, f. 118, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

48. Fs. 44 a 107, cuaderno original n.° 9. [Volver]

49. Gaceta 712 de 2011, Folio 1 al 57, cuaderno original n.° 3. [Volver]

50. Estos temas, a la postre, sirvieron de antecedentes a las leyes 1760 de 2015 y 17986 de 2017, mediante las cuales se introdujeron modificaciones al Código de Procedimiento Penal estableciendo el ténnino razonable de la detención preventiva en un año, prorrogable a 2, en determinados casos, y lo pertinente a las causales de libertad por términos, adicionando el numeral 6 al artículo 317 de la Ley 906 de 2004, fijando un plazo máximo entre el inicio de la audiencia de juicio y la lectura del fallo. [Volver]

51. F. 15 vto., cuaderno original n.° 3, Gaceta 712 de 2011. [Volver]

52. Así respondió cuando se le preguntó si había conversado con el doctor IVÁN CEPEDA acerca del objeto de sus visitas. [Volver]

53. Declaración rendida el 4 de diciembre de 2014, f. 165, cuaderno original n.° 4. [Volver]

54. F. 35, cuaderno anexo n.° 3. [Volver]

55. F. 43, cuaderno original n.° 3, Gaceta n.° 869 de 2011. [Volver]

56. F. 87, cuaderno original n.° 3. [Volver]

57. F. 81, cuaderno original n.° 3, oficio n.° 7650 del 30 de septiembre de 2011, suscrito por el Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia. [Volver]

58. Gaceta n.° 780 de 2011, fs.19 a 30, cuaderno original n.° 3. [Volver]

59. F. 18, Gaceta 712 de 2011, cuaderno original n.° 3. [Volver]

60. Como María Ángela Robledo, Hernando Hernández Tapasco, Luis Carlos Domínguez, Gloria Estella Díaz. Fs. 63 al 223, cuaderno original n.° 3, Oficio n.° 2860 del 20 de mayo de 2013, suscrito por el Director General del INPEC, remitido a la Corte en respuesta a solicitud elevada dentro de esta actuación. [Volver]

61. Gloria Inés Ramírez. [Volver]

62. F. 36, cuaderno original n.° 4. [Volver]

63. F 17 y ss, cuaderno original n.° 2. Gaceta n.° 850 de 2012. [Volver]

64. Asistieron la Ministra de Justicia y el Director del INPEC, la Ministra de Salud delegó a la Viceministro, el Defensor del Pueblo delegó a dos funcionarios de la entidad, y el delegado de la Contralora no asistió. [Volver]

65. F. 31, cuaderno original n.° 2. [Volver]

66. F. 264, cuaderno original n.° 2, oficio del 13 de mayo de 2013. [Volver]

67. Numeral 11, Decreto 2897 del 11 de agosto de 2011, que establece como función del Ministerio de Justicia, hacer seguimiento y evaluar la "política en materia carcelaria, en la prevención del delito y las acciones contra la criminalidad organizada". En tal sentido, el doctor IVÁN CEPEDA había presentado derecho de petición al Ministerio de Justicia, mediante oficio del 27 de julio de 2012, f. 2 y s., cuaderno original n.° 2, que le fue respondido el 3 de agosto del mismo año, indicándole que la resolución que creó la Comisión de seguimiento al sistema carcelario se encontraba en trámites administrativos de publicación, f 7. y ss. Ut supra. [Volver]

68. F 1 y s. Ut supra. [Volver]

69. F. 261, cuaderno original n.° 2. [Volver]

70. F. 126, cuaderno anexo n.° 2. [Volver]

71. Ut supra. [Volver]

72. El escrito está fechado el 3 de octubre de 2014. [Volver]

73. F. 33 y s., cuaderno original n.° 3. [Volver]

74. F. 145, cuaderno original n.° 6. Informe n.° 9-51626 del 6 de agosto de 2015. [Volver]

75. F. 4 y ss., cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

76. Fs. 74 y 78, cuaderno original n.° 3. [Volver]

77. Rendida el 7 de octubre de 2014, dentro del proceso disciplinario que por los mismos hechos se tramita en la Procuraduría General de la Nación. [Volver]

78. El 13 de marzo de 2015. [Volver]

79. F. 28, cuaderno original n.° 6. [Volver]

80. Folio 137, cuaderno original n.° 4, declaración rendida el 3 de diciembre de 2014. [Volver]

81. CD 29 actuación original. [Volver]

82. CD 1 anexos. [Volver]

83. Dentro del radicado 26.625, las cuales contaron con la presencia del Ministerio Público. Cd 8. [Volver]

84. En la sesión de 11 de marzo, CD 8 de los cuadernos anexos. [Volver]

85. Ut supra. [Volver]

86. Ut supra. [Volver]

87. Folio 18 y ss., cuaderno original n.° 6, informe n.° 1239 del 11 de noviembre de 2011. [Volver]

88. Cfr. CD 18, declaración rendida el 3 de marzo de 2015. [Volver]

89. F. 36 y ss., cuaderno anexo n.° 1, memorial suscrito por Pablo Hernán Sierra García, poniendo en conocimiento del doctor CEPEDA CASTRO la denuncia, "en el transcurso de la siguiente semana radicaré en la Comisión de Acusaciones de la Honorable Cámara de Representantes". [Volver]

90. F. 210, cuaderno anexo 4. [Volver]

91. Diligencia rendida dentro del radicado n.° 1.060.051, seguido en contra de Juan Guillermo Villegas Uribe y Santiago Gallón Henao folio 40 y ss., cuaderno original n.° 5. [Volver]

92. Rendida en el radicado n.° 69.426, seguido en contra de Santiago Uribe Vélez, folio 183 y ss, cuaderno original n.° 4. [Volver]

93. Región a la que también pertenecen los municipios de San Roque, Cisneros, San José del Ñus y Providencia. [Volver]

94. hijo de Oscar Monsalve, el mayordomo Guacharacas. [Volver]

95. Cfr. F. 188, cuaderno original n.° 4. [Volver]

96. F. 107, cuaderno anexo n.° 5, diligencia rendida dentro del radicado n.° 8051 en contra de Santiago Uribe Vélez y otros. [Volver]

97. Fs. 1 y ss, cuaderno original n.° 10. [Volver]

98. Rad. 05360-60-08839-2011-00574. [Volver]

99. F. 87 y ss., cuaderno original n.º 1. [Volver]

100. Rad. 110016000050201410171. [Volver]

101. F. 236 y ss., cuaderno original n.° 9. [Volver]

102. CD n.º 13. [Volver]

103. Fs. 91 a 94, cuaderno anexo. [Volver]

104. F. 11, cuaderno anexo n.° 11. [Volver]

105. Fs. 16, cuaderno anexo n.° 4 y f. 58, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

106. F. 48, cuaderno anexo n.º 1. [Volver]

107. Cfr. Min. 17:47:00 sesión del 19 de julio de 2016, audiencia pública. Rad. 35.691. [Volver]

108. Fs. 227 y 233, cuaderno original n.° 1, oficios n.° 00390 y 4229 del 28 de mayo y 6 de junio de 2013, respectivamente. [Volver]

109. CD 29. [Volver]

110. F. 68, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

111. F. 89 y ss., cuaderno anexo n.º 1. [Volver]

112. F. 16, cuaderno anexo n.° 4. [Volver]

113. Parece un lapsos calami de la solicitud. [Volver]

114. Quien mediante escrito fechado el 30 de agosto de 2011, se había dirigido al doctor IVÁN CEPEDA y otros Representantes, solicitándole una visita a la cárcel con el ánimo de enriquecer los temas del debate sobre la crisis carcelaria a "uds. Que ha venido defendiendo y luchando para que nuestra vida carcelaria se haga un poco más humana y digna". [Volver]

115. F. 51, cuaderno original n.° 1. [Volver]

116. F. 31, Cuaderno original n.° 1. [Volver]

117. F. 86, Cuaderno original n.° 1. [Volver]

118. F. 68, cuaderno Anexo n.° 1. [Volver]

119. F. 63 y ss., cuaderno anexo original n.° 1. [Volver]

120. F. 71, cuaderno anexo original n.° 1. [Volver]

121. F. 29, cuaderno anexo original n.° 1. [Volver]

122. F. 31, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

123. F. 1, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

124. Se refiere al oficio n.° 8225 del 18 de octubre de 3011, suscrito por el Director del INPEC, Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia, f. 72, cuaderno anexo n.° 1. [Volver]

125. F. 56, cuaderno anexo n.° 7. [Volver]

126. F. 70, cuaderno anexo n.° 7. [Volver]

127. F. 132 y ss., cuaderno de anexos n.° 7. [Volver]

128. CD n.° 2. [Volver]

129. F. 104, cuaderno original n.° 1. [Volver]

130. F. 40 y ss, cuaderno anexo n.° 4. [Volver]

131. F. 228 y ss., cuaderno original n.° 3. [Volver]

132. F. 89, cuaderno anexo original n.° 4. [Volver]

133. F. 93, cuaderno anexo original n.° 4. [Volver]

134. F. 28, cuaderno original n.° 1, prueba aportada por el apoderado del denunciante. [Volver]

135. Cuaderno anexo n.° 1, ut supra. [Volver]

136. En la que estuvieron presentes los abogados de Juan Guillermo Villegas Uribe, quienes solicitaron su práctica en dicha actuación. [Volver]

137. F. 1, cuaderno n.° 1, actuación reservada, mediante el cual se ordenó la interceptación de abonado n.° 3144642017 utilizado por Oscar Monsalve Correa. [Volver]

138. F. 7 y ss., cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

139. F. 10. Cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

140. F. 13, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

141. Cuaderno reservado n.° 1. CD n.° 2741. [Volver]

142. F. 10, cuaderno original n.° 1. [Volver]

143. Cuaderno reservado n.° 1. CD n.° 2741, ID llamada-10424761. [Volver]

144. F. 29, cuaderno reservado n.° 29. [Volver]

145. F. 15, cuaderno reservado n.° 1. La anomalía en el sistema perduró hasta el día 28 de marzo. [Volver]

146. Cfr. Informe del 26 de marzo de 2015, f. 29, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

147. F. 32, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

148. F. 91, cuaderno RESERVADO n.° 1. [Volver]

149. F. 43 y ss., cuaderno reservado n.° 1, informe del 23 de abril de 2015. [Volver]

150. F. 46, cuaderno original n.° 6, CD 21. [Volver]

151. CD 21, min, 1:37: [Volver]

152. Ut supra. [Volver]

153. Cuya línea telefónica también se ordenó interceptar mediante auto del 25 de febrero de 2015. [Volver]

154. Auto del 25 de febrero de 2015, ut supra. [Volver]

155. CD n.° 2787, ID 0015666 del 24 de marzo de 2015. [Volver]

156. F. 27, cuaderno reservado n.° 1, llamada ID 10517450. [Volver]

157. CD 2787, ID llamada 10966789, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

158. ID 21022941 DVD 11789, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

159. Declaración rendida el 15 de marzo de 2015, f. 191, cuaderno original n.° 5, CD 17. [Volver]

160. Ut supra. [Volver]

161. Ut supra. [Volver]

162. Sesión plenaria del 15 de agosto de 2012, en la que la Comisión de Paz rindió informe sobre la situación carcelaria, según lo aprobado en la sesión del 24 de agosto del mismo año, durante el debate de control político relativo a la crisis de los centros penitenciarios del país. [Volver]

163. F. 34, cuaderno anexo n.° 7. [Volver]

164. Cfr. F. 140 a 161, cuaderno original n.° 4. [Volver]

165. F. 133, cuaderno anexo n.º 7, inspección realizada en la cárcel de Cómbita, y F. 75, cuaderno anexo n.º 7, inspección llevada a cabo en la cárcel de Itagüí. [Volver]

166. F. 197, cuaderno original n.° 6. [Volver]

167. Según informe de Policía Judicial de la Misma Fecha, dirigido al Fiscal 45 de la Unidad de Justicia y Paz de Medellín. [Volver]

168. F. 163, cuaderno anexo n.° 7. [Volver]

169. F. 70, anexo 4, CD 10. [Volver]

170. F. 250 y ss, cuaderno original n.° 4. [Volver]

171. Cfr. sentencia del 12 de mayo de 2015, mediante la cual el Juzgado primero penal municipal de Itagüí absolvió a Pablo Hernán Sierra del delito de calumnia. Ut supra. [Volver]

172. según lo certificó la Jede la Unidad Nacional para Justicia y Paz, mediante oficio n.° 4229 del 6 de junio de 2013. [Volver]

173. F. 117 y ss., cuaderno original n.° 4. [Volver]

174. F. 17, cuaderno original n.° 7, acta de la diligencia, contenida en CD 24. [Volver]

175. F. 200, anexo 7. [Volver]

176. F. 274 y ss, cuaderno original 10, documento aportado por el apoderado del doctor Álvaro Uribe Vélez. [Volver]

177. Cfr. Informe n.° 9-51626 del 6 de agosto de 2015, en el cual se hizo un resumen del debate de control político realizado el 17 de septiembre de 2014 y se anexaron en CD los registros de audio y video del mismo. [Volver]

178. Fs. Al 92, cuaderno original n.° 4. [Volver]

179. F. 71, cuaderno original n.° 4. [Volver]

180. Cfr. F. 31, cuaderno anexo n.° 3. [Volver]

181. Cfr. Min, 1:07:55 CD trasladado del proceso n.° 35.691. [Volver]

182. F. 199, cuaderno original n.° 1, CD 18. [Volver]

183. Cfr.f53, cuaderno original n°7 GD26, declaración rendida el 26 de octubre de 2015 en este asunto y f.243 y ss, cuaderno original n° 10, CD 36, sesiones de audiencia pública del 18 y 19 de julio de 2016 dentro del radicado n.° 35.691 en contra de Luis Alfredo Ramos Botero, trasladadas a esta actuación en cumplimiento de auto del 8 de agosto de 2016. [Volver]

184. Cfr. Min. 1:47:51 sesión de juicio del 19 de julio de 2016, rad, 35.69.1. [Volver]

185. F. 20, cuaderno anexo n.° 2. Debe aclararse que según inspección realizada en la cárcel de Paz en Itagüí, F. 33, cuaderno anexo n.º 3, la visita se habría realizado el día 30, según los libros de registro de la cárcel. [Volver]

186. F. 35 vto. Cuaderno anexo n.° 9, documento trasladado a esta actuación mediante inspección practicada al proceso disciplinario n.º IUIS 2013-87096 que se sigue en contra del doctor IVÁN CEPEDA CASTRO. [Volver]

187. F. 104, cuaderno anexo n.° 4. [Volver]

188. CD 19, F. 264, cuaderno original n.° 5, declaración rendida el 16 de marzo de 2015. [Volver]

189. CD 36, sesión de audiencia del 19 de julio de 2016 en el rad. 35.691 contra Luis Alfredo Ramos. [Volver]

190. F. 46 y ss., cuaderno original n.º 9. [Volver]

191. F. 14, cuaderno original n.º 9. [Volver]

192. Ut supra. [Volver]

193. F. 126, cuaderno original n.° 6. [Volver]

194. F. 254, cuaderno original n.° 10. CD 34. [Volver]

195. F. 36, cuaderno original n.° 7. [Volver]

196. F. 99, cuaderno 10, acta de la diligencia recogida en cd 10. [Volver]

197. F. 99, cuaderno original n.° 10, CD 34, Record 18:38. [Volver]

198. DVD 1172, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

199. Efectivamente verificadas en los registros de ingreso a la cárcel de Itagüí. [Volver]

200. F. 114, cuaderno original n.° 9. [Volver]

201. F. 178 y ss, cuaderno original n.° 10. [Volver]

202. F. 81, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

203. ID25159552, cd, informe del 15 de octubre de 2015, f- 278, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

204. F. 13, cuaderno reservado n.° 2, informe del 8 de marzo de 2016, ID 28729056 DVD 11791. [Volver]

205. ID 28729056, dvd 11792, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

206. ID 33182301 DVD 11792, cuaderno n.° 2 actuación reservada. [Volver]

207. ID 27273168, dvd 11789, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

208. ID 27319355 dvd 11789, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

209. Informe de Policía Judicial n.° 9-96483 del 5 de abril de 2017, F. 30 cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

210. ID 27337393 ut supra. [Volver]

211. ID 27345396. [Volver]

212. ID 27348027. [Volver]

213. F. 228, cuaderno reservado n.° 1. [Volver]

214. ID 27396686, DVD 11789, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

215. ID 37268719, DVD 11790, cuaderno reservado n.° 2. [Volver]

216. Informe de policía judicial n.° 10-121769 del 19 de diciembre de 2017. [Volver]

217. F. 66 y ss, cuaderno original n.° 7. [Volver]

218. Fs. 18 y 73, cuaderno reservado n.° 2, autos del 21 de marzo de 2017, y fs. 76 y ss. Correspondientes a los informes de policía judicial Nos. 9-96483 del 5 de abril de 2017 y 9-99887 del 11 de mayo del mismo año. [Volver]

219. F. 175, cuaderno anexo n.° 10. [Volver]

220. En cumplimiento a lo ordenado en auto del 5 de abril de 2016. F. 113, cuaderno original n.° 10. [Volver]

221. F. 261, cuaderno original n.° 3. [Volver]

222. F. 147 y ss., cuaderno original n.° 9. Informe n.° 9-63867 del 234 de febrero de 2016. [Volver]

223. F. 88, cuaderno original n.° 6, acta de declaración rendida el 23 de junio de 2015, CD 22. [Volver]

224. F. 175, cuaderno original n.º 1. [Volver]

225. F. 254, cuaderno original n.° 3. [Volver]

226. F. 152, anexo 5, CD 23. [Volver]

227. 27 octubre de 2015, F. 56, CD 26. [Volver]

228. Cuaderno anexo n.° 5, CD 23. [Volver]

229. Cfr. F. 88, cuaderno original n.° 6, acta de la diligencia y CD 22. [Volver]

230. F. 1, acta de inspección realizada el 21 de septiembre de 2015. [Volver]

231. F. 92, cuaderno original n.° 10, CD 31. [Volver]

232. F. 148, cuaderno original n.° 10, CD 33. [Volver]

233. Cfr informe No.9-71768 del 31 de mayo de 2016, f. 15 y ss., cuaderno original n° 10. [Volver]

234. Cuando fue remitido a una institución médica. [Volver]


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