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15jul09


Corte Suprema le responde al Procurador por entrevistas a 'paras'


La Sala Penal tuvo un vehemente pronunciamiento ante el Ministerio Público.

Un vehemente pronunciamiento emitió la Corte Suprema al procurador Alejandro Ordóñez. Este último, en el marco del proceso contra la congresista y ex presidenta del Senado Nancy Patricia Gutiérrez por supuestos nexos con grupos de autodefensas, solicitó al alto tribunal que se dejaran de practicar entrevistas a potenciales testigos de la parapolítica porque eran un “acto procesal ilegítimo”, que violaba “los principios constitucionales del debido proceso” y contaminaban “el testimonio futuro, su espontaneidad y autenticidad”. De igual manera, Ordóñez Maldonado cuestionó la legalidad de que estas diligencias, además, fueran realizadas por magistrados auxiliares.

La Sala Penal le recordó al Ministerio Público que entre sus obligaciones están las de investigar y asimismo juzgar a los parlamentarios que cometan delitos y que, en primera instancia, es deber de los funcionarios que los apoyan con labores de Policía Judicial —es decir, los magistrados auxiliares— aproximarse a los hechos y circunstancias “con el único ánimo de obtener un nivel mínimo de conocimiento”. El alto tribunal resaltó que las entrevistas “permiten conocer el contexto histórico y la situación general de los hechos” que se indagan y descartó que estas diligencias atentaran contra la autenticidad de declaraciones futuras.

Los magistrados expresaron que sería un contrasentido impedir a estos servidores inmiscuirse en los detalles del proceso investigativo, y le aseguró al procurador Ordóñez que “indagar o explorar no significa judicializar”. La Corte manifestó que requerir que los magistrados auxiliares no se involucren “traduciría al absurdo extremo de pensar que el rector de un establecimiento educativo no pueda ingresar a todas las aulas” y que admitir las solicitudes hechas por Ordóñez “significaría el absurdo de facultar a los (investigados) para acompañar a los investigadores a efectuar seguimientos o a monitorear una línea telefónica intervenida”.

[Fuente: El Espectador, Bogotá, 15jul09]

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