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25jul10


Tribunal ordenó indemnización de 786 millones a favor de Ovidio Claros por pérdida de curul


La novela de la millonaria demanda contra la Nación entablada por el magistrado Ovidio Claros Polanco volverá al Consejo de Estado, el mismo tribunal que hace seis años le dio origen al pleito cuando le quitó a Claros la investidura como congresista y luego echó reversa en esa decisión.

Esta semana, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó indemnizar al magistrado con 786 millones de pesos. Claros había sido criticado por persistir en sus reclamaciones a pesar de asumir el cargo en la Sala del Consejo Superior de la Judicatura que juzga disciplinariamente a los jueces y magistrados (excepto los de las altas cortes) del país.

Según la sentencia, la Nación es responsable por el tiempo que Claros estuvo fuera de su curul, situación que, dice el Tribunal, le generó "gran tristeza" y lo convirtió en "una persona retraída y que perdió el carácter alegre que quienes lo conocían dicen que lo identificaba".

La Procuraduría no comparte esa sentencia. El Ministerio Público dice que no hubo error en la decisión que despojó a Claros de la investidura, sino que entre una decisión y otra el Consejo de Estado cambió su jurisprudencia (interpretación). Por eso, señala que no hay pie para la compensación económica exigida por el hoy magistrado.

Los hechos ocurrieron en el 2004. El Consejo de Estado decretó la muerte política de Claros por haber violado el régimen de inhabilidades. Según las pruebas que analizaron en la demanda, cuando Claros Polanco se inscribió como candidato no había pasado un año desde su renuncia como Contralor de Bogotá.

En el 2006, el mismo Consejo de Estado revisó de nuevo el caso y cambió su interpretación de la norma. Dijo que la obligación no aplicaba taxativamente para el cargo de Contralor. Por eso decidió devolverle la curul y Claros volvió a posesionarse por un mes, pues ya finalizaba su periodo. El fallo fue polémico y varios consejeros salvaron voto.

En la demanda contra la Nación, alegó que en su caso hubo un error jurídico y pidió una reparación que superaba los 3 mil millones de pesos. Según él, los magistrados del Consejo de Estado interpretaron de forma errada y "caprichosa" la Constitución.

La Nación, y en esa posición la acompañó la Procuraduría, se defendió argumentando que la primera sentencia no violó la ley. Y el Tribunal de Cundinamarca, al resolver el pleito, desvirtuó una a una las reclamaciones de Claros.

El fallo de esta semana dice que el Consejo no incurrió en errores judiciales ni tuvo "posturas caprichosas o arbitrarias". Por el contrario, resalta: "No se trató (la pérdida de investidura) de una decisión carente de justificación o de una argumentación digna de reproche, sino de una posición jurídica fundada en razonamientos e interpretaciones, acordes con la posición que tuvo la alta corporación en ese momento".

Los magistrados de Cundinamarca ordenaron pagar los 786 millones porque dicen que, entre otros daños, al perder su curul Claros "desatendió sus obligaciones con sus hijos, por lo cual su esposa lo demandó por inasistencia alimentaria". La Procuraduría dice que "no es lógico en términos jurídicos que se conceda un perjuicio si las causas que lo originaron no existen".

Por eso habrá apelación. El escenario para el ahora magistrado Ovidio Claros vuelve a ser el Consejo de Estado, esta vez en su Sección Tercera.

Claros espera la notificación

El magistrado Ovidio Claros Polanco se abstuvo de dar declaraciones sobre la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca a su favor.

En un breve diálogo con EL TIEMPO dijo: "No voy a hablar sobre el tema ni voy a dar ninguna opinión. Aún no tengo la notificación del fallo ni conozco el texto de la sentencia. Por lo tanto, no puedo decir nada al respecto".

El monto por el que el magistrado Claros demandó a la Nación fue de 3.800 millones de pesos. Según sus argumentos, por un error judicial duró dos años, dos meses y 14 días sin el cargo de representante a la Cámara, hecho que le causó perjuicios morales y materiales.

[Fuente: El Tiempo, Redacción justicia, Bogotá, 25jul10]

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