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07jul15
El Consejo de Estado ordena indemnizar a Rafaela Rodríguez Orejuela por los cuatro años de cárcel
A mediados de los 90, tras la muerte de Pablo Escobar, el cartel de Cali, que había ayudado al Gobierno a acabar con el jefe del cartel de Medellín, se convirtió de repente en el nuevo enemigo número uno. Sus jefes, los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, fueron capturados el 9 de junio y el 6 de agosto de 1995, respectivamente. Las investigaciones contra el cartel llegaron incluso a salpicar al entonces presidente y hoy secretario general de Unasur, Ernesto Samper, por el ingreso de dineros ilícitos a su campaña, y a varios congresistas que fueron vinculados al ya famoso Proceso 8.000.
Igualmente, varios familiares de los Rodríguez Orejuela fueron detenidos por las autoridades. Ese es el caso de su hermana, Rafaela Rodríguez, capturada en 1996. Diecinueve años después el Consejo de Estado acaba de ordenar que se indemnice a la hermana de los ya extraditados narcotraficantes por los casi cuatro años que estuvo detenida, pues, de acuerdo con el alto tribunal, las autoridades cometieron una injusticia con ella. Así lo dictaminó en un fallo de 33 páginas conocido por El Espectador.
El 3 de enero de 1996, el Bloque de Búsqueda, el mismo que dio muerte a Pablo Escobar, capturó en Bogotá a Rafaela Rodríguez Orejuela por el delito de enriquecimiento ilícito. Según las autoridades, documentos obtenidos durante varios allanamientos realizados entre 1993 y 1994 a la Constructora Roma Limitada y a la firma Inversiones Maquilón y Maquilón (de propiedad de Rodríguez y su esposo, Luis Alfonso Maquilón, detenido meses después) vinculaban a la pareja con el cartel de Cali. El 14 de agosto de 1998 un juez de Cali condenó a Maquilón a ocho años de prisión y a pagar una multa de $600 millones. Rafaela Rodríguez fue sentenciada a seis años de prisión y a una multa de $30 millones.
Sin embargo, el 4 de noviembre de 1999 el Tribunal Superior de Bogotá los absolvió porque, en su criterio, no había pruebas de que Rodríguez y Maquilón se hubieran enriquecido de forma ilegal. El tribunal sostuvo, entre otras cosas, que los documentos hallados durante la captura de Rafaela Rodríguez, "alusivos al sonado Proceso 8.000", no demostraban que la pareja tuviera vínculos con el cartel de Cali.
En su decisión también señaló que "los lazos familiares que unen a la pareja con Miguel y Gilberto Rodríguez" de modo alguno podían constituir un indicio grave en su contra. Incluso, en ese fallo se advirtió que, de hecho, había "constancias documentales" de un "completo marginamiento, en especial, de parte de Rafaela, de no pertenecer o hacer parte de las sociedades en las que aquellos (Miguel y Gilberto Rodríguez) tienen o han tenido relación".
Rafaela Rodríguez salió en libertad el 18 de noviembre de 1999. El 6 de septiembre de 2001 la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia del Tribunal de Bogotá. Así las cosas, el 2 de noviembre de 2001 Rodríguez demandó a la Nación por $6.000 millones porque, en su criterio, "la persecución que desató el Estado contra las personas dedicadas al narcotráfico la afectó directa e injustamente, sólo por el hecho de ser hermana de quienes estaban siendo investigados por ese delito, a pesar de que siempre manifestó permanecer ajena a esa actividad delincuencial y que, incluso, se mantuvo distante de sus propios hermanos y de su familia, con el fin de que no la vincularan o asociaran con el narcotráfico". Además sostuvo fue condenada "sólo por llevar los apellidos Rodríguez Orejuela".
Igualmente dijo que por "la angustia, la persecución de la que fue víctima, las condiciones de su sitio de detención, la preocupación por la ausencia y situación de sus hijos y el escándalo por la mala publicidad", padeció serios quebrantos de salud "que le dejaron secuelas de por vida, al disminuirle notoriamente su capacidad productiva". Por lo que pidió que se la indemnizara, además, con $10 millones por concepto de gastos médicos.
El 2 de octubre de 2007 el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca le dijo no a las pretensiones de la demanda porque no se podía concluir que "en la detención preventiva a la que fue sometida Rafaela Rodríguez hubo algo de ilegal e injusto". El fallo indicó que, aunque en Colombia no existen los delitos de sangre, "es claro que la dinámica que tuvo el seguimiento a los grandes barones del narcotráfico le imponía a la Fiscalía realizar una investigación exhaustiva y detallada hasta las últimas consecuencias de todo el entramado de relaciones que la naturaleza misma del delito engendra y que las más de las veces involucra a familiares y amigos, con el objeto de realizar el llamado lavado de activos".
Fue, por así decirlo, una segunda derrota para ella. Dos años antes, a mediados de 2005, desconocidos habían asesinado a su hijo, el dirigente deportivo Mauricio Idárraga Rodríguez. Sus hermanos, por su parte, ya se encontraban en Estados Unidos respondiéndole a la justicia de ese país por narcotráfico.
El caso llegó entonces al Consejo de Estado, donde le dieron la razón a Rodríguez. El alto tribunal argumentó que el simple hecho de que ella hubiera sido declarada inocente porque "el hecho punible no existió" era suficiente argumento para concluir que la mujer "no estaba en la obligación de soportar el daño que el Estado le ocasionó y que el mismo debe calificarse como antijurídico". Por ello ordenó que se pagaran a Rodríguez cerca de $113 millones, una pretensión bastante inferior a los $6.000 millones que ella reclamaba por daños y perjuicios. Así se puso fin a un proceso de 14 años por parte de una mujer cuyo único pecado fue tener los mismos apellidos de esos capos de la droga.
[Fuente: Por Juan Sebastián Jiménez Herrera, El Espectador, Bogotá, 07jul15]
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