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18nov19

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Ante la orden de silenciamiento forzado, CJD renuncia a su presencia en el procedimiento penal y rechaza la competencia de la JEP


Este 17 de noviembre de 2019 se cumplió el décimo quinto aniversario del peor de los actos de persecución y tortura ejecutados por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) de la Presidencia de Colombia contra la periodista Claudia Julieta Duque, esto es, la macabra llamada en la que un funcionario de esa entidad, ya reconocido por ella pero nunca investigado, le notificó que su hija sería el siguiente blanco de la estrategia forjada para acallarla.

Quince años después, y pese a algunos pocos avances que durante un tiempo fueron usados por el Estado colombiano para excusar su propia impunidad (ocho exfuncionarios en juicio, tres condenados tras aceptar cargos, uno más investigado y la orden de investigación a un exdirector del DAS y al expresidente Álvaro Uribe), desde el Equipo Nizkor alertamos sobre la puesta en marcha de nuevas maniobras para la consecución del cierre del procedimiento penal y el silenciamiento forzoso de Claudia Julieta Duque.

Desde octubre de 2017, cuando el caso fue declarado como crimen contra la humanidad, diversas decisiones plagadas de irregularidades confirman la denegación de justicia a Claudia Julieta Duque como nueva estrategia en su contra, la cual amenaza con llegar incluso a su judicialización:

  • En noviembre de 2017, el fiscal Quinto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Eberto Rodríguez Hernández, archivó el proceso contra el exdirector del DAS Jorge Noguera Cotes sin tener en cuenta las pruebas obrantes en el expediente. Esta decisión rompió de forma definitiva la investigación en cadena de mando que tendría que haber llegado hasta el expresidente y hoy senador Álvaro Uribe Vélez.

  • También en noviembre de 2017 culminó el juicio contra los acusados Rodolfo Medina Alemán (exdirector de Contrainteligencia del DAS) y Ronal Harbey Rivera Rodríguez (detective del Grupo Especial de Inteligencia 3), sin que a la fecha se haya producido un fallo de primera instancia. El único detenido en este proceso, Rivera Rodríguez, quedó en libertad por vencimiento de términos en julio de 2018.

  • En diciembre de 2017, la fiscal 53 de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, Catherine Naranjo Sierra (designada dos días antes como fiscal de apoyo en el proceso), dejó en libertad a Néstor Pachón Bermúdez, exdetective del DAS acusado en octubre de 2017. La decisión se dio en el marco de las vacaciones colectivas de la Fiscalía a través de un recurso de reposición cuyos términos, según la normativa, debieron interrumpirse hasta el fin de la vacancia judicial. Aunque la víctima y su abogado solicitaron nulidad ante dicha irregularidad, la petición estuvo paralizada durante un año, hasta diciembre de 2018, cuando la Juez Segunda Penal Especializada, Nidia Angélica Carrero Torres, de manera extemporánea -es decir, cuando ya carecía de sentido dado el tiempo transcurrido- la rechazó.

  • Durante el año 2018, todos los procesos estuvieron paralizados, con excepción de decisiones absurdas como la tomada en julio por la fiscal 189 de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los DDHH, Gilma Amparo Duarte Rodríguez, quien ordenó allegar la historia clínica psiquiátrica y médica de Claudia Julieta Duque con el ánimo de contrastarla con las afectaciones físicas y mentales "derivadas exclusivamente" de la tortura, insinuando que la periodista sufría algún tipo de enfermedad psíquica previa. Si bien esta orden fue reversada por la propia fiscal en respuesta a la solicitud del abogado de la periodista, la misma implicó una grave situación de revictimización de la que le costó meses reponerse, pues fue el primer indicio de lo que vendría después: la intención de convertir a Claudia Julieta Duque en objeto de la investigación en los procesos en los que ella figura como víctima.

  • En diciembre de 2018 dieron inicio las audiencias preparatorias, en dos juicios diferentes, contra los acusados Néstor Pachón Bermúdez, Emiro Rojas Granados (exsubdirector del DAS) y William Alberto Merchán López (hacker y detective de Contrainteligencia), en medio de nuevas revictimizaciones: los abogados de Rojas y Merchán solicitaron, como pruebas a favor de sus defendidos, investigar a la totalidad de organizaciones y personas que han apoyado a la periodista desde su primer exilio en 2001, así como la declaración de sus familiares más cercanos, incluida su hija, víctima directa de los hechos. La periodista logró la negativa de tales peticiones gracias a la acción de su abogado y la constancia que dejó en uno de los juicios, en el sentido de que las supuestas pruebas no buscaban contradecir la resolución de acusación sino atacarla a ella y a quienes la han protegido a lo largo de los años.

  • Pocos días después, Emiro Rojas quedó en libertad, también por vencimiento de términos. A él le siguió William Alberto Merchán. De esta manera, en pocos meses todos los procesados quedaron libres, o bien de forma irregular o legal, o por encontrarse prófugos de la justicia desde hace varios años, como es el caso del exdirector de Inteligencia Giancarlo Auqué, el exdirector de Contrainteligencia Rodolfo Medina Alemán y, en Fiscalía, el ex coordinador del Grupo G-3, Juan Carlos Sastoque. Otros dos procesados, Enrique Ariza, también exjefe de Inteligencia, y José Miguel Narváez, asesor y fundador del G-3 y exsubdirector del DAS, están privados de la libertad en procesos diferentes, mientras en el caso Claudia Julieta Duque su juicio no presenta mayores avances desde marzo de 2018.

  • En 2019, la juez que lleva los casos, Nidia Angélica Carrero Torres, impuso censura a Claudia Julieta Duque con la excusa de que vulneró los derechos del acusado Emiro Rojas Granados al insinuar que mintió durante una audiencia el 24 de abril (con esa disculpa, la Corte Suprema tendría que amordazar al senador Iván Cepeda por calificar de mentiras las declaraciones en la indagatoria de Álvaro Uribe por soborno y fraude procesal), y ofendió "la majestad de la justicia" al criticar la impunidad en el proceso y su actuación en particular.

  • Entre agosto y septiembre, los procesados Juan Carlos Sastoque, Rodolfo Medina Alemán, José Miguel Narváez y Enique Alberto Ariza Rivas solicitaron el traslado de los casos a la Justicia Especial para la Paz (JEP) sin demostrar en forma alguna la relación entre la tortura a la periodista Duque y el conflicto armado, afirmación por lo demás ausente en los más de 42 mil folios que conforman el expediente.

  • Recientemente, en septiembre, Luis Carlos Hoyos Quimbayo, abogado de José Miguel Narváez, acusó a Claudia Julieta Duque de ser la responsable de una supuesta agresión que sufrió el 21 de agosto pasado en Bogotá, en momentos en que la periodista se encontraba de viaje. No obstante, la juez Carrero compulsó copias para que se investiguen los hechos y el abogado sea protegido, con lo cual se abre un nuevo sendero en el caso: la probable judicialización de la periodista, ya sea por negarse a aceptar el silenciamiento forzoso, o por unas amenazas inexistentes contra un abogado que estuvo fuera del caso durante más de un año.

Aunque la juez Carrero considera "inaceptable" denunciarlo, este sucinto recuento demuestra que en el caso de Claudia Julieta Duque es posible inferir que se acerca un cierre final del procedimiento mediante la denegación casi total de sus reclamos de esclarecimiento de la verdad plena y sanción penal de todos los responsables de la tortura y persecución en su contra.

La justicia ordinaria incumplió su deber de procesar en un plazo razonable a los sindicados y todos quedaron en libertad, uno de ellos por irregularidades y otros por situaciones que facilitaron su fuga sin que hasta la fecha ninguna autoridad haya sido capaz de capturarlos.

Quince años después de los peores hechos de tortura y 18 años después del secuestro, la consolidación de la impunidad redunda en la falta de resultados en muchos aspectos, como la individualización e identificación de toda la cadena de mando involucrada, o quién hizo la llamada del 17 de noviembre de 2004, o quiénes fueron los autores materiales del secuestro y las otras múltiples llamadas amenazantes, seguimientos, vigilancias y hostigamientos que sufrió la periodista, entre otros interrogantes.

Pese a la orden y las afirmaciones de la juez Carrero Torres, es innegable que impunidad ha ganado la batalla. De ella hacen parte los operadores judiciales que han facilitado su afianzamiento por acción u omisión. Basta recordar con que desde el año 2015 se ha pedido la vinculación a la investigación de más de 15 funcionarios del DAS y 3 del Ministerio del Interior sin que a la fecha tal petición haya sido respondida ni afirmativa ni negativamente.

La solicitud de aceptación en la JEP por parte de los sindicados tampoco ofrece garantías de justicia, pues esa jurisdicción constituye el más sofisticado mecanismo de cierre y punto final de la justicia colombiana en lo que a crímenes de Estado se refiere, y el caso DAS no será la excepción. El caso Claudia Julieta Duque no tiene relación alguna con el conflicto armado, sino con la libertad de prensa y opinión.

Ninguna de las resoluciones de acusación, ni otras decisiones en el proceso, han mencionado que tuviera relación con el conflicto armado.

Si embargo la Ficalía 73 especializada (en apoyo), Nathalie Gil Rodríguez, resolvió aceptar el traslado del caso de Juan Carlos Sastoque (único funcionario ligado a la fase de investigación) a la JEP con la consiguiente ruptura de la unidad procesal y en momentos en que la Fiscal titular estaba de vacaciones.

Las recusaciones presentadas por la representación legal de la periodista en contra de la juez Carrero fueron resueltas sin ningún tipo de análisis jurídico después de tres meses de parálisis. El caso de la periodista, con excepción de uno, es el más antiguo de los 77 que lleva ese despacho, y también el más lento. Las denuncias de Claudia Julieta Duque respecto a la dilación de los juicios sólo han servido para que ella sea condenada al silencio forzoso mediante un vergonzoso pronunciamiento de marcado carácter ideológico que vulnera los más básicos principios de libertad de expresión de una periodista y víctima cuya labor ha sido impulsora y promotora de los pocos resultados judiciales que hoy están en franco retroceso.

Si bien durante algunos años la justicia fue clave para la recuperación psicológica y emocional de Claudia Julieta Duque, en la actualidad ésta constituye un escenario de revictimización a través del silenciamiento, la dilación y los ataques verbales y jurídicos de los abogados defensores y los acusados. La justicia hoy está del lado de los victimarios.

En síntesis, en la actualidad ninguna de las dos jurisdicciones ofrece garantías de participación y justicia para Claudia Julieta Duque como víctima. La justicia ordinaria se ha convertido en un régimen de beneficios para los sindicados, y la JEP es un tribunal de excepción que lleva a la impunidad en nombre de la paz, desconociendo que no es posible la paz sin justicia.

Por lo anterior, el Equipo Nizkor pone en conocimiento de la opinión pública que:

  • 1. Claudia Julieta Duque ha tomado la decisión de suspender su participación en el proceso penal con excepción de la audiencia del 26 de noviembre próximo, en la que se decidirá el recurso de reposición frente a la orden de silenciamiento forzoso impuesto en su contra- y no continuar asistiendo a los juicios por la tortura de que fue víctima.

  • 2. Claudia Julieta Duque y su abogado comparecerán ante la JEP exclusivamente para impugnar la competencia de esa jurisdicción de exepción, negando la competencia para conocer los casos.

  • 3. La periodista persistirá en sus denuncias respecto a la impunidad que rodea, no sólo su caso, sino la gran mayoría de violaciones a los derechos humanos en Colombia, y desacatará la orden de la juez segunda de silenciarse.

Desde el Equipo Nizkor respaldamos la decisión de nuestra representante en Colombia, y denunciamos que la misma es producto de una exitosa estrategia para poner término al caso con impunidad. Claudia Julieta Duque tiene derecho a vivir los próximos 18 años de su vida por fuera de procedimientos judiciales insensibles a las vicisitudes de una víctima con tres exilios a cuestas, múltiples y continuados ataques, y golpes y revictimizaciones que, pese a todo, nunca doblegaron su voluntad.

En todo caso, renunciar al procedimiento penal no significa que moralmente renuncie a luchar por la justicia.

[Fuente: Equipo Nizkor, Charleroi, Madrid y Bogotá, 18nov19]

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