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25jul19
Juez prohíbe a periodista colombiana Claudia Duque emitir opiniones durante proceso judicial por su caso de tortura psicológica
Una juez de Colombia prohibió a la periodista Claudia Julieta Duque emitir opiniones y fotografías en el marco de un proceso judicial en contra de Emiro Rojas Granados, exsubdirector del ahora extinto departamento de inteligencia del país, acusado de tortura psicológica en contra de Duque.
La decisión de la Juez Segunda Penal Especializada de Bogotá que se dio a conocer este 25 de julio limita las expresiones de Duque las cuales deberán ser "veraces, imparciales y concretas, pero sin tergiversaciones u opiniones", según la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP).
De acuerdo con la FLIP, la decisión de la juez también restringe "la emisión de opiniones que pongan en tela de juicio a los acusados, testigos y al despacho mismo". También le prohibió publicar fotografías de cualquiera de las partes de este proceso.
Durante la audiencia, la periodista le expresó a la juez su desacuerdo con su decisión entre otras razones porque consideró que la juez descontextualizó algunas de las opiniones expresadas por Duque.
"Debo dejar constancia que su decisión finalmente cumple con los objetivos que se fijó el DAS con la censura, la tortura, la denuncia por injuria y calumnia, las amenazas, los exilios y los hostigamientos, y es silenciarme, callarme", dijo Duque durante la audiencia según una grabación proporcionada al Centro Knight. "Entonces señora juez de una vez y por respeto le digo a usted que si usted mantiene su decisión del día de hoy, solicitaré permiso para retirarme y además entraré en desacato a la misma por considerar que es ilegítimo completamente que usted exceda su posición como juez para censurar la opinión de una víctima".
Posteriormente, en declaraciones públicas, la periodista calificó esta decisión como una "censura clara previa respecto a [sus] opiniones". "Para la juez es irrespetuoso que yo diga que este juicio está retrasado, que en su despacho se han dejado en libertad a tres de los cuatro detenidos por vencimiento de términos. Es una valoración que a ella le molesta y por lo tanto considera que debo callarme", agregó Duque.
Sobre la prohibición de fotografías consideró que era "absurdo" toda vez que los acusados fueron funcionarios públicos quienes por el ejercicio de estos cargos incluso ofrecieron ruedas de prensa en su momento.
Duque dijo que explorará diferentes recursos legales, como la tutela, "para hacer valer [su] derecho a la libertad de expresión y opinión tanto como víctima como periodista".
La reciente decisión de la juez se da después de que el pasado 3 de julio, la defensa de Rojas Granados, el exfuncionario en este proceso, solicitara al juzgado que prohibiera a Duque a opinar de manera pública sobre el caso o informar sobre este, publicó El Espectador en su momento.
De acuerdo con el diario, la defensa argumentó que Duque habría "violado las normas del proceso" y para esto se habría basado, entre algunos hechos, en una entrevista que Duque dio a El Espectador en enero de 2019 y en una fotografía que ella publicó en su cuenta de Twitter.
En su momento, la FLIP rechazó la petición de la defensa de Rojas. "El juicio que se adelanta contra Emiro Rojas por la tortura psicológica contra @JulieDuque1 es de alto interés público. En él se está juzgando una grave violación de derechos humanos", escribió la organización en su cuenta de Twitter. "Si la justicia accede a la solicitud de Rojas, se afecta la libertad de expresión de la periodista como víctima y el derecho de la sociedad a recibir información y opiniones".
En esa misma línea también se manifestó el Director Ejecutivo para las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, quien aseguró que de aceptarse la petición de la defensa "sería una absurda e inadmisible restricción a la libertad de expresión".
Para la FLIP, la reciente decisión de la juez y las restricciones impuestas a Duque "son contrarias a la libertad de expresión, protegida por el artículo 20 de la Constitución [de Colombia] y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. La orden de la Juez es una forma de censura previa, prohibida por el artículo 13 de la Convención Americana".
"Limitaciones como la determinada por la Juez sólo pueden darse en los casos más extremos, en los que esté comprobado que se causaría un daño superior al interés que existe para que la sociedad conozca lo que pasa en el transcurso de dicho juicio", agregó la FLIP. "En este caso, las opiniones e informaciones que Claudia Julieta Duque pueda dar sobre este proceso son de un alto interés público, pues el crimen que se investiga es una grave violación a los derechos humanos y ha sido declarado como crimen de lesa humanidad por parte de la Fiscalía".
Al menos ocho exfuncionarios del ahora extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), la entidad de inteligencia del país, están en juicio por el caso de amenazas, tortura psicológica y persecución en contra de Duque.
En 2001 Duque fue secuestrada y amenazada, y posteriormente comenzó la tortura psicológica debido a su trabajo periodístico, especialmente a su investigación del asesinato del también periodista y humorista Jaime Garzón ocurrido en 1999. En sus investigaciones periodísticas Duque vinculó a exfuncionarios del DAS en la planeación y ejecución del asesinato de Garzón. En efecto, en 2018, un exsubdirector del DAS fue condenado a 30 años de prisión por "determinador" del asesinato de Garzón.
En 2003 y 2004 la periodista hizo las denuncias, pero fue solo hasta 2013 cuando la Fiscalía dictó medida de aseguramiento contra algunos exfuncionarios del DAS acusados de delito de tortura psicológica agravada.
El crimen en contra de Duque fue catalogado como de lesa humanidad por la Fiscalía General de Colombia en 2017. En octubre de 2018, la periodista presentó su caso en contra del Estado colombiano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El Centro Knight no pudo encontrar la información de contacto de la Juez Segunda Penal Especializada de Bogotá para solicitar comentarios sobre el caso.
[Fuente: Por Silvia Higuera, Blog Periodismo en las Américas, Knight Center, The University of Texas at Austin, 25jul19]
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This document has been published on 26Jul19 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.