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25jul19
FLIP rechaza orden de censura en el caso de la periodista Claudia Julieta Duque
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la orden dada por la Juez Segunda Penal Especializada de Bogotá de censurar las expresiones de la periodista Claudia Julieta Duque en el marco del proceso adelantado contra Emiro Rojas Granados, ex funcionario del DAS, por tortura psicológica contra Duque.
La orden de la Juez consiste en limitar la publicación de informaciones por parte de Duque a que estas sean veraces, imparciales y concretas, pero sin tergiversaciones u opiniones; restringir la emisión de opiniones que pongan en tela de juicio a los acusados, testigos o al despacho mismo y; prohibir la publicación de fotos de las partes del proceso.
Las restricciones que se impone a Duque a opinar sobre dicho proceso son contrarias a la libertad de expresión, protegida por el artículo 20 de la Constitución y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. La orden de la Juez es una forma de censura previa, prohibida por el artículo 13 de la Convención Americana.
La Corte Constitucional ha dicho que las autoridades no pueden establecer medidas de "supeditar la divulgación del contenido a su permiso, autorización, examen previo, o al recorte, adaptación o modificación"1.
La FLIP considera grave que la Juez restrinja la opinión de Duque de una forma completamente alejada de las garantías de la libertad de expresión. En palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), "la opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto oficial de un funcionario público en el desempeño de su cargo"2. Adicionalmente, la libertad de expresión "no sólo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población"3.
Limitaciones como la determinada por la Juez sólo pueden darse en los casos más extremos, en los que esté comprobado que se causaría un daño superior al interés que existe para que la sociedad conozca lo que pasa en el transcurso de dicho juicio. En este caso, las opiniones e informaciones que Claudia Julieta Duque pueda dar sobre este proceso son de un alto interés público, pues el crimen que se investiga es una grave violación a los derechos humanos y ha sido declarado como crimen de lesa humanidad por parte de la Fiscalía.
Las restricciones que se imponen a Duque, además de violar la libertad de expresión de la periodista, vulneran gravemente el derecho de la sociedad a recibir informaciones y opiniones. Adicionalmente, la libertad de expresión no solo "protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población".
El abogado que representa a Duque presentó un recurso de reposición para que la juez reconsiderara su decisión y esta última indicó que se pronunciaría otro día. La FLIP exige a la juez que revoque su decisión y que otorgue garantías para el ejercicio de la libertad de expresión por parte de la periodista Duque.
[Fuente: FLIP, Bogotá, 25jul19]
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