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23feb10
Diligencia de declaración que rinde la periodista Claudia Julieta Duque
Ir al inicioDILIGENCIA DE DECLARACION QUE RINDE LA SEÑORA CLAUDIA JULIETA DUQUE ORREGO. IDENTIFICADA CON C.C. No. [...]. RECIBO NOTIFICACIONES EN [...].
SUMARIO UI 12490.
En Bogotá a los veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil diez (2010), siendo las 9:00 A.M. compareció a la Fiscalía General de la Nación la persona arriba nombrada con el fin de rendir diligencia de declaración ordenada en resolución que antecede por el despacho del señor Fiscal General de la Nación dentro del sumario de la referencia. En tal virtud la suscrita fiscal especializada como funcionaria comisionada para llevar a cabo la diligencia, procede a ponerle de presente el contenido de los artículos 266, 267, 269 del CPP - ley 600/2000- así como los artículos 436 y 442 del C.Penal - ley 599/2000- sobre las sanciones a imponer en caso de faltar total o parcialmente a la verdad, por cuya gravedad jura decir la verdad en lo que fuere motivo de pregunta.
PREGUNTADO por sus generales de ley.
CONTESTO: Me llamo e identifico cómo quedó anotado, natural de Pereira Risaralda, hija de ALIRIO y JULIETA, mayor de edad, estado civil, separada, tengo una hija pequeña, tiene quince añós, profesión periodista y en la actualidad me desempeño como corresponsal de radio Nizkor de Colombia es un proyecto de información sobre derechos humanos del equipo Nizkor que es organización internacional que tiene sede en Bruselas y España, allí trabajo como colaboradora en el 2004 y ya en forma desde el 2006.
PREGUNTADO: Diga hace cuanto ejerce usted la profesión de periodista.
CONTESTO: Desde el año 1988 aunque eme gradué en el año 1993.
PREGUNTADO: Diga si usted ha pertenecido a la corporación colectivo de abogados JOSE ALVEAR RESTREPO CAJAR, en caso cierto en que época y que cargos ocupó en ella.
CONTESTO: Si yo trabajé con el colectivo desde agosto de 2003 hasta diciembre de 2004 cuando tuve que exiliarme debido a las amenazas graves y torturas sicológicas a las que fuimos sometidas me hija y yo. Primero como coordinadora del Congreso Mundial de la Federación Internacional de derechos humanos y luego como investigadora del caso JAI ME GARZON FORERO y también sobre el tema de la infiltración del paramilitarismo en la Fiscalía General de la Nación.
PREGUNTADO: Diga si en esa condición usted recibió amenazas o fue objeto de seguimientos en caso cierto diga si usted formuló denuncia por ello y cuales las consecuencias del proceso de judicialización.
CONTESTO: En realidad empezaron las Amenazas desde el año 2001, cuando fui victima de un secuestro en la modalidad de paseo millonario, hechos que narré en mi declaración en el proceso 12495 y sobre los cuales me ratifico en su totalidad aclarando que debido a esta situación me exilié en el año 2001 2002 y que las amenazas si se incrementaron en forma muy grave durante mi trabajo en el colectivo de abogados. Frente a este hecho formulé mi denuncia penal y eso está judicializado y de hecho en la fiscalía desaparecieron ese expediente, se abrieron dos procesos uno en la fiscalía de delitos contrata libertad individual y el otro era una fiscalía local por el tema del hurto, pero no me acuerdo el numero. Esos datos en el proceso 2053 de la unidad de DH que adelanta la investigación sobre mi caso.
PREGUNTADO: Diga si antes del mes de febrero de 2009 cuando a los medios salió la noticia de las irregularidades del DAS, usted sabía de quien provenían los seguimientos y amenazas en su contra.
CONTESTO: Si y lo he denunciado en los últimos ocho años en forma repetida e insistente y solo hasta ahora las autoridades han dado credibilidad a mi denuncia a raíz a las pruebas que se han recolectado y a la sentencia T.1037 de la Corte Constitucional que amparó mis derechos fundamentales y ordenó al DAS la desclasificación y entrega de toda mi información que había sobre mi en esa entidad la cual no me fue entregada en forma real y en cambio pienso yo, fue la razón por la que se dio la destrucción de documentos que denunció la revista Semana en febrero de 2009.
PREGUNTADO: Dice usted en respuesta anterior que esas amenazas vienen desde hace mas de ocho años.
PREGUNTADO: Diga al despacho porque razón cree usted que era objeto de amenazas desde esa época si aún no había ingresado a laborar con CAJAR.
CONTESTO: Desde el año 2001 yo investigué en forma independiente el caso de JAIME GARZON y apoyé al abogado ALIRIO URIBE en la parte civil de ese proceso aunque no trabajaba para el colectivo, en aquella época las únicas personas que sospechaban sobre la existencia de un montaje orquestado por el DAS para desviar, la investigación sobre el asesinato de JAIME GARZON, éramos ALIRIO URIBE y yo, vale decir que el doctor ALIRIO URIBE también representa a reporteros sin fronteras como parte civil popular en ese mismo caso y por ello yo como periodista siempre pude investigar el caso en forma independiente. En esa época desde días antes del secuestro que fue el 23 de julio de 2001 yo estaba siendo seguida por taxis a los lugares donde me desplazaba y uno de esos vehículos resultó pertenecer al DAS y estar adscrito a la dirección general de inteligencia de esa entidad, por eso desde 2001 he denunciado en forma directa al DAS como responsable de los hostigamientos que he sufrido y ello se ha comprobado a lo largo del tiempo no solo para 2004 y 2005 como lo ha podido verificar la fiscalía 3 unidad DH que lleva mi caso. Por estos hechos yo fui denunciada por injuria y calumnia por el entonce subdirector general del DAS EMIRO ROJAS GRANADOS quien además aparece involucrado en el montaje del caso JAIME GARZON y quien fue subdirector nacional de JORGE NOGUERA durante dos años y medio, la investigación se precluyó en mi favor en el mes de febrero de 2009 y en las pruebas de la fiscalía es claro que esa denuncia hizo parte de la estrategia de persecución en mi contra tal como lo afirme cuando declaré en octubre pasado en la fiscalía 11 delegada ante la CSJ.
PREGUNTADO: Como consecuencia de una serie de inspecciones realizadas por la policía judicial del CTI a diferentes áreas del DAS desplegadas particularmente los días 22 de febrero, 01 y 19 de marzo de 2009, se encontró documentación significativa, entre otras, la hallada en el archivo de la Subdirección de Análisis. A través de informe de fecha 10 de noviembre de 2009 el CTI rindió informe con fundamento en la inspección total de 93 AZ encontrándose que en la AZ 1.10 2004 a folio 132 y 134 aparece información suya. La Fiscalía le pone de presente el contenido del mismo para que diga qué tiene que decir al respecto.
CONTESTO: Corresponden a fotocopias de facturas del CAJAR por compra de tiquetes en el merco del proyecto del Congreso Mundial de la Federación internacional de derechos humanos que se llevó a cabo en Quito Ecuador en marzo de 2004 y que me implicó una serie de viajes de esa país que están relacionados en estas facturas.
PREGUNTADO: Igualmente en el informe del CTI de fecha 10 de noviembre de 2009, se consigna que en la AZ 54 2004 aparece otra información suya. Se le pone de presente el contenido de la misma para que manifieste al despacho que comentario le merece esa información, especificando folio de la misma.
CONTESTO: En el fl.35 de la AZ 54 hay un artículo del periódico PERIFERIA en el que se transcriben apartes de una entrevista que di a radio NIZKOR a raíz de la sentencia contra CARLOS CASTAÑO en el caso de JAIME GARZÓN, quiero llamar la atención sobre el hecho que este mismo recorte fue entregado como prueba en mi contra por el Señor EMIRO ROJAS GRANADOS en el proceso de injuria y calumnia al que me referí. A fl.52 de la AZ 54 hay una carta del doctor ALIRIO URIBE dirigida al presidente de la república de fecha 10 de octubre de 2003 que a su vez remitía copia de una carta enviada por el doctor ALIRIO URIBE al señor JORGE NOGUERA el 02 de octubre de 2003 en la que por primera vez nosotros nos dirigíamos al DAS en forma directa para denunciar los nuevos hostigamientos y amenazas que estaba sufriendo y que se habían incrementado a raíz del documental del programa CONTRAVIA de Hollman Morris sobre el caso Jaime Garzón en que yo había participado en forma activa y que se emitió los días 17 Y 24 de agosto de 2003, de igual manera se encuentran comunicaciones de fl.53 al 69 de la Az 54 reposan cartas del señor JORGE NOGUERA, Procuraduría General de la Nación, del mismo ALIRIO URIBE así como de otros funcionarios del DAS sobre mi caso, a este respecto quiero manifestar que a raíz de esa comunicación del 02 de octubre y de las subsiguientes algunas de las cuales aparecen en esta AZ, el doctor ALIRIO URIBE y yo nos reunimos con JORGE NOGUERA el 12 de diciembre de 2003, en esa reunión el señor NOGUERA negó enfáticamente que las amenazas en mi contra pudieran provenir de ordenes emitidas institucionalmente dentro del DAS, sin embargo me ofreció sus escoltas personales para que me sirvieran de escolta y me dio numero de celular, en caso de una eventualidad y me manifestó una y mil veces que por el DAS no había intencionalidad de persecución en mi contra, sin embargo, en el informe del CTI al que usted ha hecho mención del 10 de noviembre de 2009 en el fl.67 se hace mención a un memorando que obra en el fl.67 del informe del 10 de noviembre del CTI que compone el anexo 50 de la actuación, allí se hace mención de un documento fechado 06 de octubre de 2003, dirigido al doctor JORGE AURELIO NOGUERA COTES firmado por HUGO DANEY ORTIZ GARCIA en ese entonces director seccional del DAS Risaralda es decir, ubicado en mi tierra natal, en el que se me califica, como "traficante de derechos humanos debido a mi labor como coordinadora del Congreso de la FIDH, en ese mismo documento se hace mención a MARTHA LUCIA MOSQUERA MONROY ex alcaldesa de Quinchia Risaralda y a LUIS ENRIQUE TABARES, quienes son dos de mis mejores amigos de infancia y a quienes el DAS buscaba judicializar en particular dice "esta seccional continuará con el proceso de obtención de información sobre el particular, judicializando y controlando las líneas telefónicas de algunas de las personas mencionadas en el presente documento, aunque aún no conozco el documento en su totalidad para mi esta información es una prueba en el sentido que el señor JORGE NOGUERA sí conocía quien soy yo y que el DAS si me estaba siguiendo de tiempo atrás puesto que se mencionan a mis amigos de infancia en ese documento; en ese momento había 120 personas capturadas por la Fiscalía en una mal llamada operación LIBERTAD en la que detuvieron a todo el tejido social de ese municipio incluidos el alcalde, el líder la oposición, el concejal mas antiguo del país y el mas viejo, el jefe de bomberos, etc, para mi es claro que la única manera de relacionarme con lo que sucedía en Quinchia era a través de los seguimientos de que yo fui víctima anteriormente, pues mis dos mejores amigos son de ese municipio y con ellos compartí muchas veces la preocupación de lo que sucedía en Quinchia, especialmente con MARTHA MOSQUERA quien como líder política de ese municipio incluso tuvo temores de ser detenida en ese mismo proceso. También debo decir que ella fue víctima de un secuestro por el EPL cuando era alcaldesa y esa organización le exigió dar el 10% del presupuesto municipal a lo que ella se negó y por ello tuvo que despachar desde Pereira cuando fué liberada, Digo esto porque he sido informada por mi abogado de que a mi se me sindica también en otro documento del DAS en power point de asesorar a MARTHA MOSQUERA y se distorsiona la realidad con respecto a ella. Con esto pretendo decir que JORGE NOGUERA tenía conocimiento desde mucho antes sobre mi y mi círculo mas íntimo, incluso en mi ciudad natal y no obstante nosotros con el doctor ALIRIO URIBE haberle puesto de presente la situación que yo estaba viviendo, él siempre lo negó. En los fls.70 y siguientes de la AZ 54 hay documentos como misiones de trabajo para hacerme estudios de riesgo por el DAS, cartas ail Ministerio del Interior sobre el particular, cartas de NOGUERA una de ellas a fl. 76 dirigida a CARLOS ALBERTO ARZAYUZ para entonces jefe de control interno del DAS a quien le pidió investigar mis denuncias, es del 22 de diciembre de 2003, ARZAYUZ en abril del 2004 rápidamente y en forma irresponsable archivó la actuación tanto de mi caso como el de JAIME GARZÓN, con lo cual cubrió de impunidad ambas denuncias puesto que no fueron asumidas por la Procuraduría General de la Nación. Del fl.77 en adelante hasta el fl. 107 AZ 54 -2004 hay una serie de memorandos e informaciones respecto de mi caso que en el mismo orden me fueron entregadas en febrero de 2009 por el DAS ante la orden de la Corte Constitucional y llamo la atención sobre el hecho de que la señora Fiscal me ha informado que esta información toda hace parte de lo encontrado en las carpetas del G3, esta misma información me fue entregada los días 06 y 27 de febrero de 2009 por el DAS en un supuesto cumplimiento de la tutela, hasta el día de hoy el DAS siempre me ha ocultado otras informaciones que aparecen en esta misma AZ 54 como por ejemplo dos correos electrónicos que aparecen a fl. 115 fechados el 17 de diciembre de 2004, dos días después de mi exilio en los que en manuscrito se dice señor Ovalle buscar caso CLAUDIA JULIETA y anexar", a fl. 152 hasta el fl. 169 se encuentran impresos acciones urgentes emitidas a raíz de una grave amenaza que yo recibí el 17 de noviembre de 2004 contra mi hija, en varios de esos documentos está manuscrito OPERACIÓN FILTRACIÓN y CASO FILTRACIÓN que era el nombre con el que rotularon mi caso. A fl. 170 hay un instructivo que el original está impreso en papelería oficial que dice USO EXCLUSIVO DAS, ese instructivo corresponde a una orden de amenaza directa contra mi hija quien para entonces tenía 10 años de edad (se deja constancia que el contenido del folio descompone el animo de la declarante quien llora y pide un momento para proseguir) ese instructivo de amenazas está también transcrito en el informe del 10 de noviembre de 2009, lo conocí el pasado mes de diciembre y lo denuncié públicamente porque creo que esto supera los meros hechos judiciales puesto que esta amenaza efectivamente se dio el 17 de noviembre de 2004 tal y como está manuscrito a mano y resaltado, yo siempre pensé que el hombre que me llamó a mi avantel esa noche tenía voz de locutor, hoy entiendo porqué porque esa persona estaba leyendo un libreto, entre las recomendaciones que se hacen en este documento la de hacer la llamada en cercanías a las instalaciones de la inteligencia de la policía, con esto, el DAS pretendió involucrar a la policía en las amenazas en mi contra y particularmente buscaba que yo perdiera la confianza en el coronel LUIS ALFONSO NOVOA para entonces coordinador de derechos humanos de la Policía nacional quien fue la persona que en el año 2001 nos informó a ALIRIO URIBE y a mi que el carro que me seguía a mi pertenecía al DAS (SHH- 348), NOVOA fue la persona que durante los años 2003 2004 llegó a mi casa cuando se daban las llamadas de amenazas coordinó las rondas policiales alrededor de mi residencia en junio de 2004, mediante las cuales la propia policía terminó descubriendo un operativo gigantesco alrededor de mi casa de vigilancias y seguimientos los cuales me obligaron a salir por dos meses de mi apartamento, el coronel NOVOA también gestionó la entrega del vehículo blindado que me había sido dado el 12 de noviembre de 2004, es decir, tan solo 5 días antes de esa amenazas y de hecho debo dedir, que yo siempre pensé que después de entregarme el carro blindado esos criminales la emprenderían contra mi hija lo cual efectivamente sucedió, esa llamada además obligó a que mi hija fuera con policía al colegio durante las tres semanas siguientes mientras yo gestionaba nuestro segundo exilio y además nos obligó a escondernos, a cambiarnos del lugar de casa y a un exilio de un año y dos meses. Yo considero que esto es mucho mas que una simple amenaza es un hecho de tortura sicológica del que me hija y yo solo nos podremos recuperar el día que haya justicia en Colombia frente a estos hechos y es un crimen contra la humanidad tal y cómo está consignado en el estatuto de la CPI en la Convención contra la tortura y es clara violación a los Derechos de la Niñez, a la Constitución Política que en su artículo 44 establece que los derechos de los niños prevalecerán sobre los derechos del demás, al art.3 de la Convención Internacional de derechos del Niño que establecen que todas las medidas que tomen los Estados sean políticas, administrativas, judiciales, etc, se tendrá como condición primordial el interés superior del niño, es claro que para el DAS en cabeza del señor JORGE NOGUERA lo único que importaba era neutralizar a los opositores, yo reclamo la responsabilidad jurídica del señor NOGUERA frente a estos hechos tan graves y al mismo tiempo reclamo la responsabilidad del presidente ALVARO URIBE máximo jefe jerárquico del DAS. El principio de cadena de mando establece la responsabilidad por acción y omisión de los jefes jerárquicos de una entidad como el DAS por lo que hacen sus subordinados, además este documento está impreso en papelería oficial del DAS, lo que demuestra la gran impunidad que esos criminales tenían al cometer estas fechorías, creo que es la mayor prueba , de que el terrorismo de Estado en Colombia si existe y responsabilizó también a las autoridades juncales que desde el año 2001 hasta la fecha no han individualizado a quienes ejecutaron estos hechos tan graves, quiero contarle al despacho que no ha pasado un solo 23 de julio sin que recuerde el secuestro de que fui víctima ni un solo 17 de noviembre desde el 2004, sin que yo deje de recordar esa llamada en la que además me dijeron que eso me pasaba por meterme con el que no era y me amenazaron con que iban a violar y quemar viva a mi hija y con dejarme sus dedos esparcidos por todo el apartamento. Yo en esa época entregué los datos de esa llamada a la Fiscalía General de la Nación que estableció que la llamada se había hecho desde un teléfono de venta de minutos, sin embargo, antes de irme al exilio el coronel NOVOA me entregó los datos de las llamadas realizadas de ese mismo teléfono ese día y es claro que esa persona hizo mas llamadas a varios avanteles tan solo minutos después de haberme amenazado. En el año 2006 cuando declaré nuevamente ante la fiscalía de DH, realice algunas llamadas de verificación a esos avanteles contestaba un capitán es decir, dos años después esos teléfonos seguían activos, pero no me creo el cuento que ese teléfono hubiera sido público porque el teléfono cambió de dueño a los pocos días de haberme amenazado y además cuando informe a la doctora SORAYA GUTIERREZ esa noche de esa llamada una abogada del colectivo llamó a ese mismo número y le contestaron y el hombre que contestó dijo que era ALEX y que estaba en la estación sexta de policía, con lo que además se siguió la instrucción de hacer la llamada cerca de la policía. Estoy segura que un buen investigador con voluntad de encontrar a los responsables materiales y los intelectuales de estas violaciones a derechos humanos hubiera podido encontrar a las personas que los cometieron, pero durante todos estos años caso nadie me ha tomado en serio en mis denuncias. Otra instrucción que se da es la no durar en la llamada mas de 49 segundos, lo que también se cumplió pues la llamada duró 46 segundos y fui yo quien colgó el teléfono, después de eso me bloquearon tantos los teléfonos fijos como el avantel de mi casa y pude comunicarme con SORAYA GUTIERREZ porque tan solo días antes, previendo cualquier situación, yo había comprado un celular nuevo para casos de emergencia el cual no le había dado a nadie, y fuí desde allí que me pude comunicar. Al fl. 170ª AZ 54 aparece recorte de prensa del diario el TIEMPO sobre la denuncia de la llamada del 17 de noviembre 2004, como si con ello se pretendiera dar un parte de misión cumplida. A fl. 171 de la misma AZ 54, obra copia de una cotización recibida en el fax del CAJAR sobre un apartamento amoblado que estaba cotizando precisamente porque mi situación de seguridad estaba tan difícil que estábamos contemplando la necesidad de buscar otro lugar mientras se materializaba el blindaje de mi apartamento. Fl. 172 y 173 hay una denuncia incompleta que instaura JOSE FERNANDO RAMÍREZ LOZANO a quien no conozco pero por el contenido del la misma asumo que es un sindicalista de la USO que denuncia un operativo irregular de personas armadas alrededor de ECOPETROL quienes se movilizaban en dos motos y en el vehículo taxi de placas SHH- 348 que fue el taxi que me siguió a mi durante el año 2001, en manuscrito aparece 09 -11 de 2004, no se si sea la misma fecha de la denuncia. A fl. 178 y ss hasta el fl. 182 nuevas comunicaciones respecto a mi caso, a fl. 183 hasta el fl. 190 son correos electrónicos que me fueron interceptados sobre mi situación de seguridad, a fl. 199 veo otro correo electrónico que me fue interceptado respecto a un intento que hice de investigar una de las llamadas que me hicieron el 8 de septiembre de 2004, en manuscrito aparece en la parte de abajo, "nota copia entregada a doctor Rodolfo Medina el 11 de octubre de 2004 a las 15:00 horas, firma A". El mismo documento aparece a fl. 200 y en manuscrito aparece CASO TRANSMILENIO GAES 2, quiero aclarara que esa hipótesis fue descartada por tratarse de un error. A fl.201 a 206 nuevas comunicaciones relacionadas con mi caso, a fl. 210 un memorando del señor JAIME FERNANDO OVALLE dirigido al doctor RODOLFO ALEMAN subdirector de contrainteligencia de DAS de fecha 05 de octubre de 2004, que en manuscrito resumen CASO FILTRACIÓN como si lo hubiera recibido Gloria a las 14 horas del 05 de octubre de 2004. A fl. 214 a 217 aparece el resumen del caso FILTRACIÓN donde se menciona a DIANA TERESA SIERRA y a mi haciendo particular énfasis en mi. Del fl.218 al 229 aparecen correos electrónicos interceptados entre el doctor ALIRIO URIBE y yo algunos de los cuales en manuscrito dicen CJD CLAVE, es decir, como si hubieran descubierto información importante sobre mi, algunos están subrayados con interrogantes, asteriscos y otros con la frase INVESTIGACIÓN ESTRATEGICA. Del fl. 244 a 257 corresponden a córreos electrónicos interceptados míos, a fls. 293 y ss hasta el 330 obra información biográfica y personal del señor ALCIDES MOLINARES QUIEN FUE COMPAÑERO MIO EN LA MAESTRÍA y de quien yo sospecho, eran informante del DAS y a quien equivocadamente el DAS señala de ser informante en el caso de JAIME GARZON, lo cual es falso pues ellos piensan que es la misma persona a la que me refiero en varios correos interceptados y que me refiero cómo el ex perdido. En realidad no son la misma persona y yo me reservo la fuente como periodista.
PREGUNTADO: Teniendo en cuenta que de acuerdo con el informe del CTI a que hemos venido refiriendo en esta diligencia, obra la AZ 45.1 2004 donde aparece información suya. El despacho le pone de presente la misma para que con vista en la foliatura pertinente diga a la Fiscalía lo que desee frente a ese contenido.
CONTESTO: Entre los folios 536 y 537 hay una hoja en blanco manuscrita con el nombre de CLAUDIA JULIETA DUQUE, a partir de allí y hasta el fl. 559 hay información a la que me voy a referir en forma detallada. En primer lugar en el fl.537 la hoja de vida de un funcionario del DAS Risaralda de nombre ENIO JAVIER GIL ROMERO y en manuscrito dice Secdas Risaralda entregar a funcionaria SONIA RODRIGUEZ, supongo que el señor Enio Javier hizo las labores de inteligencia en este caso. A fl.539 y 540 hay una carta fechada 23 de julio de 2004 dirigida al señor JAIME FERNANDO OVALLE firmada por HUGO HERNAN JIMÉNEZ CASTILLO coordinador grupo de inteligencia con visto bueno de LUIS ERNESTO TAMAYO PERDOMO Director Seccional DAS Risaralda elaborado por siglas SRB que deben ser de Sonia Rodríguez Briceño. En ese documento el Das Risaralda envía información relacionada con casos de operación TRANSMILENIO "considerados de gran interés en inteligencia estratégica para el nivel central, allí se habla de mi amiga MARTHA LUCÍA MOSQUERA ex alcaldesa de Quinchia y se informa que su teléfono ha sido interceptado con autorización de la fiscalía 12 previa 99766, y dice claramente amiga de Claudia Julieta Duque y agrega que aunque no arrojó los resultados esperados se obtuvo información de inteligencia estratégica que le fue enviada en forma oportuna al nivel central y se adjunta cinta magnetofónica y fotocopias de informe. A fl. 541, 542, se encuentra el documento dirigido al doctor JORGE NOGUERA que mencioné anteriormente en el que se me tilda de escritora, periodista y traficante de derechos humanos, se informa tendenciosamente que diferentes personalidad del departamento de Risaralda, entre ellas mis amigos MARTHA MOSQUERA y LUIS ENRIQUE TABARES y yo estamos orquestando una campaña contrae gobierno nacional por la detención masiva de Quinchía, muchas de las otras personas que se mencionan no las conozco sino por los medios de comunicación. A fl.544 hasta el 551 obra la trascripción de una conversación telefónica entre LUIS ENRIQUE TABARES y yo en la que manifiesto mi preocupación por lo que está sucediendo en Quinchía, mi preocupación por MARTHA de quien se decía había sido detenida, el envío de acciones urgentes denunciando las arbitrariedades cometidas en el proceso judicial contra las personas de Quinchía en el que además le manifiesto que soy la coordinadora del congreso de la FIDH y que vamos a hacer eventos culturales y artísticos alrededor del congreso, que nos pensábamos tomar con el tema del derechos humanos al país y algunos artículos que he escrito y que en el marco de ese congreso me gustaría denunciar el tema de detenciones masivás y cómo yo me siento aludida ante el discurso del presidente, ante los defensores de derechos humanos que nos ha calificado a todos de traficantes de derechos humanos. Esa conversación es del 03 de octubre de 2003. De igual manera a fl. 552 hasta el fl. 559 obran otras conversaciones telefónicas transcritas, entre ellas una mía con LUIS ENRIQUE de 29 de septiembre de 2003 en la que nuevamente manifiesto mi preocupación por lo de Quinchía y le informo del viaje de un abogado del colectivo para apoyar a los detenidos de Quinchía. Es claro nuevamente que el señor JORGE NOGUERA conoció esta información y que además como lo dice HUGO DAÑEY ORTIZ, era considerada fundamental para el nivel centra. A fl.558 y 559 está la hoja de vida de MARTHA MOSQUERA en el DAS donde consta que fue absuelta de los señalamientos que se le hacían.
PREGUNTADO: Igualmente obra una AZ que analizada por el CTI, concluyó que se trata de presentaciones en power-point realizadas por el G3 a grupos de personas jurídicas y naturales consideradas como objetivos o blancos para el DAS por presuntamente constituir peligro para la seguridad nacional. El despacho le pone de presente el contenido de la AZ 63-2005, para que por favor con vista en los folios pertinentes indique lo que considere necesario frente al contenido de la información consignada.
CONTESTO: A fl. 23 de la AZ 63 2005 en medio de la presentación en power point sobre el colectivo de abogados, se me incluye dentro del organigrama del CAJAR como miembro del área internacional, quiero aclarar que para esa época año 2005, me encontraba exiliada en España bajo la protección de Amnistía Internacional AI, sin embargo, es claro que para el DAS yo continuaba trabajando para el colectivo y así lo demuestra el informe de inteligencia titulado "Cartagena de indias 11 de mayo de 2005" en el cual el DAS menciona mi labor en España en defensa de los derechos humanos en Colombia, este informe que anexo en copia simple en 4 folios a esta diligencia, fue encontrado por la fiscalía 2 de la Unidad delegada ante la CSJ el 30 de junio de 2006 en inspección judicial realizada al grupo de asuntos de inteligencia política y social de la subdirección de análisis del DAS (se deja constancia que se reciben cuatro folios simples). Esa presentación se repite del fl. 118. al 127 y se titula Guerra Política. Quiero mencionar que en el proceso 2053 de la unidad de DH donde se adelantan las investigaciones de mi caso, el pasado mes de diciembre, el señor JAIME FERNANDO OVALLE ya fallecido definió la guerra política como "toda acción de guerra, que utilizan medios intangibles para vulnerar la acción del enemigo hasta haberla vulnerable a nuestra propia voluntad es claro que para el DAS bajo la presidencia de ALVARO URIBE VELEZ las organizaciones de DH y en particular CAJAR han sido consideradas como parte del enemigo y que yo fui blanco directo y sigo siéndolo de las acciones de guerra política por parte de esa entidad. A partir del fl. 136 nuevamente hay otra presentación en power point titulada caso TRANSMILENIO, en el fl. 138 se me incluye como asesora de MARTHA MOSQUERA y se informa que tengo contacto con funcionarios judiciales de Cúcuta, lo cual se dio dufante un viaje que realicé a esa ciudad en mayo de 2004 en el marco de la investigación sobre la infiltración del paramilitarismo en la fiscalía y de esa investigación es fruto la publicación titulada "Fiscalía General de la Nación, una Esperanza convertida en Amenaza". A fl.159 ss hay una nueva presentación que comienza con el logo del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, en la segunda diapositiva se señala la autoría de esa presentación por parte de la dirección general de inteligencia, subdirección de operaciones del DAS y también se titula guerra política, como objetivos están los de defender la democracia de la nación y crear conciencia sobre las consecuencias de un sistema comunista. A fl. 160 a 167 en el marco de la misma presentación en power point encontramos en la parte superior izquierda y derecha el escudo nacional de Colombia y el logo del DAS lo que demuestra que estas operaciones y objetivos eran institucionales y no como lo asegura la Fiscalía 11 delegada ante la CSJ, en la resolución de acusación del, pasado mes de enero, una simple acción desestabilizadora de un grupo clandestino dentro del DAS. Entre las estrategias que se exponen para realizar en la operación TRANSMILENIO, se encuentran el desprestigio, sabotaje y la presión y en ese acápite de la presión se dice claramente: "amenazas, chantaje". Igualmente, el objetivo general de la operación TRANSMILENIO se define como neutralizar las acciones desestabilizadoras de las ONG en Colombia y el mundo" y como objetivo específico "establecer vínculos con organizaciones narcoterroristas en busca de su judicialización. En el fl. 164 en el marco de la operación IMPRENTA que busca impedir la edición de libros también se incluye amenazas y guerra jurídica que fue justamente lo que hicieron conmigo y lograron así impedir la publicación del libro sobre el caso JAIME GARZON del que además hizo mención EMIRO ROJAS GRANADOS en el proceso por injuria y calumnia en mi contra. A fl. 181 nuevamente se me incluye como miembro del colectivo con fotografía y se me señala como abogada beligerante y se vuelve a repetir la información de MARTHA MOSQUERA. A fl. 270 y ss en manuscrito titulado "Presentación Espada Bolivar", una nueva presentación del caso TRANSMILENIO, esta vez por el área de direccionamiento estratégico del DAS en la qué a fl. 274 se me incluye como "otros directivos del CAJAR". En el fl. 280 en lo referente a inteligencia política, se incluye el cubrimiento por parte del DAS de la visita de la premio nobel de paz 2003 SHIRIN EBADI y una comitiva de la FIDH a Bogotá, así como del 35 Congreso de la FIDH en Quito Ecuador. Estos dos eventos los coordiné yo en aquella época. A fl. 281 en el referente al caso TRANSMILENIO Maniobras detectadas se incluye la generación de escenarios ficticios para presentar supuestos atentados en su contra" y "la utilización de traductoras de confianza para que sirvan de interpretes de personalidades mundiales con el fin de modificar cualquier declaración que pueda afectar sus intereses todo lo cual es falso pues hoy ha quedado demostrado que el DAS es el directo responsable de amenazas como las que he sufrido, como son falsas también, las otras supuestas maniobras que se le atribuyen al colectivo. A fl. 282 en el marco de labores de inteligencia en proceso, se incluye mi nombre. Y a fl. 296 y ss, particularmente en el fl.297 en el acápite Priorización de objetivos subdirección de operaciones- ubicación residencia, teléfonos y círculo familiar" se me incluye entre los objetivos por lograr. Sin embargo en el fl.297 aparece manuscrito "presentación abril 2004" y allí en el fl. 303 se me incluye como objetivo operativo y se incluye la dirección de mi residencia Cra.47 No.22 A-64, teléfono 2 691002" y en viajes realizados se encuentra con quienes me reuní en Cúcuta información que continúa en el fl.304. No me explicó, como para el año 2005 yo era un objetivo por lograr si ya me encontraba exiliada y si desde abril de 2004 el DAS tenía mi dirección, mi teléfono, el registro de viajes realizado y sui además en noviembre de 2004 se había cumplido el objetivo de neutralizarme a través de la amenaza contra mi hija y la denuncia por injuria y calumnia de EMIRO ROJAS contra mi. De fl. 337 a 339 aparece información repetida en otras presentaciones de power point a las que me referí.
PREGUNTADO: Por qué razón considera usted que información suya resultara de importancia para el DAS, al punto de hacerle seguimientos pasivos permanentes, infringirle amenazas directas en contra suya y de su menor hija, haber sido denunciada penalmente por uño de sus miembros.
CONTESTO: Doctora yo como defensora de derechos humanos y periodista cumplo con dos requisitos para hacer considerada enemiga del Estado Colombiano, como todas las personas que hemos sido víctimas del DAS en este caso y particularmente debo decir que no tengo duda alguna que los ataques en mi contra se iniciaron a raíz de mi investigación en el caso de JAIME GARZON FORERO y a mi me están haciendo pagar la condena contra CARLOS CASTAÑO así como la orden de investigación contra todos los miembros del DAS que participaron en el montaje del caso GARZON emitidas en la sentencia de marzo de 2004 y posteriormente confirmada en segunda instancia. En Colombia el silenciamiento, la censura y autocensura son la norma frente a las violaciones de derechos humanos y para un gobierno que ve la crítica como acciones terroristas o alianzas contra el terrorismo, un periodista informado y conciente será siempre parte del enemigo. En el caso mío además el hecho de haber señalado desde el ano 2003 al DAS por las amenazas en mi contra, hizo que esa entidad pusiera especial énfasis en mi dentro del colectivo de abogados. Adicionalmente, mi condición de mujer, cabeza de familia y madre fue considerada como una vulnerabilidad que el DAS ha sabido provechar en la victimización contra mi hija y contra mi. Como dije antes, investigar y denunciar y mas aún sacar a la luz pública las violaciones de derechos humanos en este país representan una condena que yo aún estoy pagando después de nueve años.
PREGUNTADO: usted desea agregar algo más a esta diligencia.
CONTESTO: Antes que nada me permito anexar a esta diligencia once folios de cartas entre el señor JORGE NOGUERA y el colectivo de abogados respecto a mi situación de seguridad que van desde el 02 de octubre de 2003 hasta el 22 de diciembre de ese año, para que la fiscalía examine su pertinencia y procedencia. Y en particular quiero llamar la atención sobre una carta del 04 de diciembre de 2003 suscrita por el doctor ALIRIO URIBE dirigida al señor JORGE NOGUERA la cual en la parte de abajo incluye un fonomeno de una llamada realizada por ALIRIO al señor NOGUERA solicitando una cita, ese mismo documento tal cual aparece en la AZ 54 que la fiscalía me puso de presente el día de hoy y yo lo tengo en copia porque me fue entregado en febrero de 2009 por el DAS como parte del cumplimiento de la acción de tutela. Para mi esto es un indicio de que contrario a lo afirmado por la administración del señor FELIPE MUÑOZ GOMEZ en el sentido de que no me entregaron toda la información que hoy reposa en la Fiscalía sobre las acciones del G3 en mi contra, porque ellos no tenían conocimiento de las mismas. A mi en cambio me parece que esas carpetas fueron consultadas por el DAS para entregarme esa información en forma parcial el año pasado, la orden de la Corte Constitucional es de octubre de 2008 y estas carpetas del G3 estuvieron en poder del DAS hasta marzo de 2009, mientras tanto el 18 de diciembre de 2008 cuando la fiscalía hizo una primera inspección judicial al DAS, en el marco de mi proceso y de la tutela, el DAS ocultó esta información en forma deliberada bajo la administración de JOAQUIN POLO MONTALVO. Posteriormente, el 21 de enero de 2009, en una reunión en el Ministerio del Interior, nuevamente el DAS informó que no había absolutamente nada contra mi, mi abogado doctor REINALDO VILLALBA solicitó que esa información nos fuera suministrada por escrito y con soportes de cada dirección y cada seccional del DAS a nivel nacional, esa información nos fué entregada en mas de 1000 folios los días 06 de febrero y 27 de febrero de 2009 y siempre nos fue ocultado hasta el mes de julio de 2009 la existencia de la abundante información que hoy reposa en la fiscalía. El DAS solo aceptó la realización de labores de inteligencia y contrainteligencia ilegales en mi caso, cuando presenté un incidente de desacato contra FELIPE MUÑOZ. Este señor fue sancionado en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, pero en segunda instancia fue declarado no responsable por el Consejo de Estad o entidad que a pesar de ello, confirmó que continuó vulnerándose mi derecho al habeas data y si el señor FELIPE MUÑOZ no es responsable administrativo de lo sucedido en una entidad que está bajo su mando, entonces ello significa que el único responsable posible es el jefe máximo del DAS, señor ALVARO URIBE VELEZ. Yo tengo en mi poder cientos de memorandos en los que las seccionales del DAS incluida la de Risaralda y las subdirecciones del DAS, incluidas las de operaciones y análisis, así como las de inteligencia y contrainteligencia, niegan que esa información hubiera existido. También tengo un acta firmada por los señores LAGOS, TABARES Y OTROS, en la que afirman que no hay nada contra mi. Todo esto entre diciembre de 2008 y febrero de 2009. Además tengo otra acta que si anexé a la Fiscalía 11 delegada ante la CSJ de una reunión con JOAQUIN POLO cuando era subdirector de MARIA PILAR HURTADO igualmente negando la existencia de labores en mi contra por parte deñ DAS, entonces no entiendo como durante cinco administraciones del DAS esa entidad haya negado sistemáticamente una verdad que durante años fue solo mi verdad y que hoy es la verdad judicial. Por todo ello solicito a la Fiscalía que de una vez por todas asumé en forma responsable y seria esta investigación y reconozca además la responsabilidad jurídica del presidente ALVARO URIBE VELEZ por todos estos hechos de violaciones a los derechos humanos puesto que su discurso en contra de las organizaciones de derechos humanos y la oposición en general, acarreó unas labores en contra nuestra que fueron asumidas institucionalmente por el DAS en todas sus seccionales y subdirecciones y que además llegó a tocar otras entidades del estado como el Ministerio de Interior, Dirección de Derechos Humanos donde para la época JORGE NOGUERA laboró un primo hermano suyo de nombre BERNARDO JOSE NOGUERA DIAZ GRANADOS y quien salió de allí en medio del escándalo de su primo en forma silenciosa, el tenía un contrato con el PNUD y estaba allí encargado de protección a alcaldes también trabajó allí para esa misma época la señora JOSEFINA ARAUJO BAUTE esposa de ALVARO PUPO CASTRO quien de acuerdo con la fiscalía era el intermediario entre JORGE NOGUERA y JORGE 40, ella estaba encargada del área de protección, además como lo declaré en octubre de 2009, al señor ARMANDO RUBIANO se le encontró un numero telefónico de contacto para el caso de CLAUDIA JULIETA DUQUE que resultó ser del Ministerio del Interior, pero además en el caso de HOLLMAN MORRIS su power point hablando de coordinar estrategias con el Ejercito y las AUC y en el caso de SINTRAEMCALI que en esas AZ que he visto hoy se consideran objetivos logrados, fueron despedidos los miembros del sindicato en mayo de 2004 y posteriormente en agosto de ese año se descubrió una operación de exterminio contra sindicalistas y lideres de ONG y políticos del Valle del Cauca conocida como operación DRAGON la cual habría sido coordinada desde la superservicios y la Financiera Energética Nacional FEN. Adicionalmente, en el decreto 643 de 2004 el presidente definió la inteligencia estratégica como aquella que recababa información para el alto gobierno y en ese mismo decreto el presidente incluso les dio funciones de policía judicial a los detectives de la oficina de protección especial del DAS y debo decirle que esa oficina es la que tiene los escoltas de los altos dignatarios del Estado, entre ellos los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, digo todo esto porque como periodista tengo toda la información de que fue a un escolta a quien le encontraron en su escritorio toda la información correspondiente a la operación PASEO II. Creo que la responsabilidad del presidente de la República es clara y obvia y no es solo una simple responsabilidad política aunque la tiene. Lo que nos han hecho en Colombia a través de estás acciones, es acabar con la sociedad civil que hace oposición yo vengo sosteniendo que después de esto, no hay sociedad civil posible en Colombia, estas labores se hicieron en el marco de la discusión de la ley de Justicia y Paz que en realidad es una ley de impunidad y que terminó siendo aprobada y hoy está vigente. Estas labores se hicieron en el marco de la discusión de la reelección presidencial y el presidente fue reelegido no podemos olvidar que en el año 2007, el Presidente incluso informó en rueda de prensa que dos senadores de la oposición se jactaban de haber obstaculizado la aprobación del TLC con USA y ante la pregunta del periodista FELIX DE BEDOUT sobre si era que el gobierno le hacía espionaje a la oposición, el presidente contestó: pregúntele a ANDRES PEÑATE, entonces para mi es claro, que el gran beneficiario de las acciones del DAS en nuestra contra ha sido y fue el presidente de la república. Yo solicito a la Fiscalía que llegado el momento procesal compulse copias para que el presidente sea investigado penalmente por todos estos hechos.
No siendo otro el objeto de la presente diligencia se da por terminada una vez leída y aprobada por quienes en ella intervinieron; en constancia se firma siendo las 4:45 p.m.
Luz Amparo Rodríguez Castro
Fiscal Especializada (Comisionada)Claudia Julieta Duque Orrego
Declarante
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