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22nov12


Ejecuciones extrajudiciales 'sí son de lesa humanidad'


"Como (Francisco) Farfán Molina señaló, haciendo referencia a los delitos de lesa humanidad lo siguiente: 'Son aquellos que ofenden a la humanidad, pues hieren, dañan u ofenden la conciencia general de la humanidad y rompen las condiciones de la vida pacífica y civilizada' (...) Indudablemente los hechos aquí puestos de presente son crímenes contra la humanidad pues, con fundamento constitucional y legal, afectan su génesis, el derecho más preciado e inviolable: la vida, así como que nadie puede ser sometido a desaparición forzada".

Esa fue una de las consideraciones hechas por la jueza tercera penal del Circuito Especializado de Bucaramanga cuando, en junio del año pasado, dictó sentencia contra un grupo de militares del batallón Caldas de la V Brigada del Ejército por ejecuciones extrajudiciales. Para los medios, las víctimas y los políticos en general, lo más importante era que se trataba de la primera condena relacionada con los 'falsos positivos' de Soacha. A pesar de su trascendencia, las conclusiones de la funcionaria judicial fueron obviadas.

Eso es lo que denuncian algunos grupos de derechos humanos que han trabajado de cerca el drama de los 'falsos positivos' en Colombia, y que se siguen oponiendo férreamente a que el fuero militar sea extendido de alguna forma por el Congreso. Se aferran a este fallo como el único precedente judicial que existe en el país en el un crimen de esta naturaleza fue catalogado de lesa humanidad, porque estos crímenes, indicó la jueza, "ofenden la coexistencia pacífica del hombre, la existencia misma, el derecho de la autodeterminación, la libertad y la dignidad y trato digno que merece todo ser humano".

Además, hace unos días, 273 organizaciones nacionales e internacionales manifestaron en una carta, tanto al presidente Juan Manuel Santos como a los miembros del Congreso, su principal preocupación: la "visible impunidad" que provocaría el fortalecer el fuero penal militar. "Esta reforma es un alarmante retroceso, pues pasa por encima de avances en favor de la exclusión de los crímenes contra los derechos humanos del ámbito de competencia de la jurisdicción penal militar, logrados en la legislación y en la jurisprudencia colombiana en las dos últimas décadas".

El caso en cuestión abarcaba las muertes de un habitante de Bogotá y uno de Soacha: Eduardo Garzón Páez y Daniel Andrés Pesca Olaya. Fueron contratados para trabajar por un 'reclutador' que se fue con ellos los primeros días de marzo de 2008. Para el 5 de ese mes, ambos ya habían sido reportados como muertes en combate cerca de Cimitarra (Santander) . Según pudo probar la justicia, los militares desaparecieron sus documentos de identidad, les plantaron armas que ni siquiera disparaban y los vistieron con prendas de combatientes encima de su ropa común. Y luego, lograron que un habitante de la zona firmara una hoja haciéndose pasar como el informante de la operación táctica Marfil.

Ese fallo sigue siendo, hasta la fecha, el que más altas penas ha representado para los acusados, oscilando desde los 28 hasta los 55 años de prisión. Es el único del que se tiene conocimiento hasta la fecha, reportan las organizaciones de derechos humanos, en el que los 'falsos positivos' fueron catalogados como de lesa humanidad. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, confirmó este diario, nunca ha hecho un llamado a juicio en el que se proponga que una ejecución extrajudicial puede ser considerado de esa manera.

En su sentencia, la jueza trajo a colación que los múltiples casos de ejecuciones extrajudiciales que se han conocido en el país, en los que los supuestos autores son militares, guardan repetidas características, además de la principal, que es la de referirse a un combate que jamás tuvo lugar: en los enfrentamientos nunca nadie es capturado; tampoco queda ningún militar herido o muerto; las 'bajas' siempre se justifican por tratarse de delincuentes identificados como tal pero son inhumados como N.N. y siempre vestían prendas militares con ropa de civil debajo.

Si ha habido una 'manzana de la discordia' transversal en la discusión del fuero militar, esa es la de las ejecuciones extrajudiciales o 'falsos positivos'. Durante seis debates, las mayorías del Congreso se inclinaron porque ese delito no cayera en el radar de la jurisdicción de la justicia ordinaria y limitaron la lista de las conductas que ésta podría conocer: crímenes de lesa humanidad, genocidio y desaparición forzada. En la otra orilla, organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales han insistido reiterativamente en que esta medida sólo conducirá a la impunidad.

Ad portas del séptimo debate, siete senadores le dieron un timonazo a la discusión proponiendo que los 'falsos positivos' sí sean investigados por la justicia ordinaria, aunque --contrariando a lo que señaló el relator especial de la ONU Philip Alston-- los califican de "casos aislados". En general, el reclamo es que en la discusión del fuero se ha pasado el antecedente judicial de Bucaramanga. Y que, de hacer curso esta posición, establecer que las ejecuciones extrajudiciales son una categoría por fuera de la lesa humanidad sería estéril, porque hay funcionarios judiciales que no ven la diferencia.

[Fuente: Por Diana Carolina Durán Núñez, El Espectador, Bogotá, 22nov12]

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