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01dic14
Condenan al DAS a pagar $ 980 millones por vincular a una persona al narcotráfico sin pruebas
El Consejo de Estado hizo un fuerte llamando a los servicios de inteligencia para que no fundamenten sus investigaciones en notas de prensa o sin suficiente fundamento.
"La actividad de inteligencia no puede sustentarse en especulaciones, creencias o percepciones intuitivas, sino en factores objetivos, racionales, concretos y determinantes, los cuales deben respetar el principio de legalidad", dicen.
El pronunciamiento se hizo al resolver un caso en el que el desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad DAS fue condenado a pagar una multa de 980 millones de pesos, por vincular con el cartel de Cali a un ciudadano sin tener suficiente fundamento para ello.
Según el fallo, con ponencia del magistrado Ramiro Pazos, el DAS vinculó en un informe de inteligencia a un ciudadano con el exnarcotaficante Miguel Rodríguez Orejuela a pesar de que se trataba de un homónimo.
Para la Sala, quedó probado que el informe se basó en una información de prensa en la que reseñaron que el ciudadano supuestamente se hospedó en un hotel de Cali por invitación de algunos capos de ese cartel.
"Pese a que la persona a quien se relacionaba con los narcotraficantes era abogado, no se constató que el procesado no tenía dicha profesión", dice la sentencia.
El DAS continuó con la investigación e incluso vinculó al ciudadano con un proceso penal. Además le incautaron aeronaves de la empresa Aviocesar, de la cual era socio y que, según el Departamento Administrativo, las estaría empleando para el tráfico de estupefacientes.
"El informe de inteligencia resultó ser inexacto, incompleto y falso", dice el fallo.
Luego, los consejeros de Estado recuerdan que "aunque los órganos estatales de seguridad pueden adelantar investigaciones, recolectar información y usarla, es necesario que respeten los derechos humanos (derecho fundamental a la intimidad, en especial el hábeas data) y el debido proceso".
[Fuente: El Tiempo, Bogotá, 01dic14]
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