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03mar08


Comunicado de la Corte Suprema con relación a los casos de los senadores Pimiento y Vives Lacouture y de la Senadora Piedad Córdoba


Comunicado de prensa

La Corte Suprema de Justicia desea hacer dos precisiones a la opinión pública respecto a los siguientes temas:

  • 1. Con relación al juicio adelantado contra los senadores Pimiento y Vives Lacouture, específicamente en lo que tiene que ver con éste último, importa a la Corte Suprema de Justicia precisar que de conformidad con las normas procesales penales, cuando se decreta una prueba en audiencia preparatoria, es ésta la que se debe desarrollar en audiencia de juzgamiento; de suerte que el que se hubiera decretado como prueba para esta audiencia un testimonio técnico relacionado con el procedimiento de la prueba del polígrafo y su índice de certeza, en modo alguno significa que pueda por esa vía aportarse un polígrafo -- dictamen pericial -- sin que en su producción hubiera intervenido el órgano judicial y respecto del cual ya existen decisiones en firme que la desestimaron como prueba del proceso.

  • 2. En cuanto al caso de la Senadora Piedad Córdoba:

    Un ciudadano formuló denuncia penal contra la citada senadora con fundamento en las afirmaciones que ella expresó en una conferencia en la ciudad de México, contra el señor Presidente de la República, y las cuales, en su entender, pueden constituir los ilícitos de calumnia e injuria, pánico económico y omisión de denuncia.

    La Corte Suprema de Justicia por competencia, al asumir la investigación previa y en especial para establecer la existencia de la omisión de denuncia atribuida por el denunciante a la senadora Córdoba, consideró conveniente y necesario solicitar a la Cámara de Representantes certificara si contra el señor Presidente de la República se había o no formulado denuncia penal por la senadora Córdoba.

Bogotá, D.C., 3 de marzo de 2008
La Corte Suprema de Justicia

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