EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

29mar11


Fernando Castro Caballero: de defensor de Víctor Carranza a
magistrado de la Corte Suprema


El 2 diciembre de 2010 el jurista Fernando Castro Caballero fue elegido magistrado de la Corte Suprema de Justicia por una mayoría casi absoluta: con dieciséis de los dieciocho votos posibles de sus colegas, se convirtió en el sucesor de Yesid Ramírez Bastidas en la Sala Penal de la alta corporación |1|.

La Corte dio así por superado el impasse de los últimos meses, y en la misma sesión en la que Vivianne Morales fue elegida como fiscal general, Fernando Castro resultó ser la sorpresa de la jornada para quienes esperaban una mayor puja por la silla de Ramírez, por la cual competían una ex fiscal, un magistrado auxiliar, un procurador delegado y hasta un ex presidente del Tribunal Nacional |2|, de la desaparecida "justicia sin rostro" |3|, a la que también perteneció Castro entre 1996 y 1999.

La hoja de vida del nuevo magistrado muestra credenciales que hablan por sí solas: en los últimos 28 años, Castro Caballero ha sido juez de instrucción criminal, juez penal municipal y del circuito, juez civil, juez superior, magistrado auxiliar de la Corte Suprema, y magistrado del Tribunal Nacional y del Tribunal Superior de Bogotá, donde laboró, entre otros, con Fabio David Bernal, actual fiscal 7º Delegado ante la Corte, quien tiene en sus manos la investigación contra Jorge Noguera por las "chuzadas" del DAS y la indagación sobre el supuesto pago de cinco mil millones de pesos para la elección del ex fiscal Mario Iguarán por parte de alias "Macaco".

Magistrado Fernando Alberto Castro Caballero

Sin embargo, el currículo del hoy magistrado -o al menos el que reposa en la Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura- da cuenta también de un gran vacío: no aparece registro alguno de su desempeño profesional entre los años 1999 y 2004, con excepción de las cátedras que impartió en la Universidad Militar Nueva Granada |4|.

La respuesta es simple: meses antes de que desapareciera la justicia regional de la que hacía parte, Castro Caballero dejó la Rama para dedicarse al litigio. Según él, renunció ante la decepción que le producía ver cómo en privado sus colegas alababan la existencia de una jurisdicción con pruebas, testigos, fiscales y jueces secretos, mientras en público se erigían en sus más acérrimos críticos. En aquella época, cuenta Castro, asumió casos en su mayoría "pequeños", como un proceso por injuria y calumnia y la defensa de un médico.

Pero durante tres años, y a pocos meses de abandonar la carrera judicial, Castro Caballero también se destacó como abogado defensor, primero principal y luego suplente, en el proceso contra el esmeraldero Víctor Carranza Niño, hoy de nuevo en líos con la justicia |5| por paramilitarismo |6|, apropiación ilegal de tierras |7|, financiamiento y apoyo de grupos ilegales |8| y por el hallazgo en una de sus fincas de centros de entrenamiento paramilitar y varias decenas de cadáveres |9|.

¿Cómo llegó el abogado de Víctor Carranza a la Corte Suprema, si durante el año 2009 los rumores de una supuesta asesoría legal a éste por parte del ex ministro de Defensa, Camilo Ospina, generaron un ruido tal que en privado muchos se atreven a asegurar fue una de las razones por las cuales la Corte no votó la primera terna para elegir al reemplazo del ex fiscal Iguarán? |10|

De acuerdo con Castro, la respuesta a esa pregunta también es sencilla: su paso por el proceso número 6457, que nació en la justicia regional y continuó después de su desaparición, fue "un hecho público". Además, asegura, sus colegas en la Rama Judicial conocen de su trayectoria: por ejemplo, dice él, como magistrado del Tribunal Nacional emitió dos condenas de segunda instancia contra los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, otrora jefes del Cartel de Cali.

CASTRO CABALLERO Y EL PROCESO JR-6457

El 5 noviembre de 1998, un fiscal sin rostro llamó a juicio a Víctor Carranza por conformación y financiamiento de grupos paramilitares en los Llanos Orientales y la Costa Atlántica. En principio el caso fue conocido por un juez de Barranquilla, luego fue trasladado a Valledupar y finalmente llegó al Juzgado 4º Penal Especializado de Bogotá, para entonces en cabeza de Héctor Julio Cruz Casallas, el mismo que en marzo de ese año denunció a Miguel Rodríguez por intento de soborno y lo condenó a 24 años de prisión por narcotráfico |11|.

El 27 de diciembre de 1999, el radicado 6457 fue acumulado a otro proceso contra Carranza, a quien un fiscal de la Unidad de Derechos Humanos le había emitido una segunda resolución de acusación |12| el 28 de mayo de ese año, por el secuestro y homicidio, en septiembre de 1997, de dos trabajadores de Leonidas Vargas |13|, condenado en octubre de 1996 por el Tribunal Nacional al que perteneció Castro Caballero por los delitos de narcotráfico y lavado de activos |14|.

Aunque en una primera entrevista con el Equipo Nizkor |15| el magistrado Fernando Castro negó haber liderado la defensa del esmeraldero y en su lugar afirmó que sólo actuó como parte del equipo de abogados durante la etapa probatoria del juicio, en particular en lo concerniente a la contradicción de los testimonios obtenidos por la Fiscalía, en una segunda cita |16| el jurista reconoció su activa participación como defensor principal de Víctor Carranza.

Castro es contundente al afirmar que asesoró al llamado zar de las esmeraldas -único proceso en que litigó ante la justicia especializada durante su período como abogado independiente- sólo en relación con los cargos de paramilitarismo, pues en éste las pruebas eran "endebles y con reserva de identidad" y en la práctica de las mismas fueron vulnerados principios fundamentales del debido proceso y el derecho de defensa.

Los testigos a los que se refiere Castro fueron conocidos durante la primera etapa del proceso con las identidades reservadas de "Azulejo", "Café", "Sin Clave", "Alcatraz", "Isabelita", "Israel", "El Paisa", "Primavera", "Cimarrón", "Arco Iris", "Estrellita" y "Sol".

Sorprende, en todo caso, que haya sido justamente Castro Caballero el designado para controvertir las pruebas obtenidas por una jurisdicción de excepción a la que él sirvió |17| y bajo la cual, como él mismo asegura, condenó a gran parte de los procesados |18|.

El proceso por paramilitarismo tenía su fundamento en testimonios de la Fiscalía que, de acuerdo con Fernando Castro, no fueron nunca corroborados en la etapa de juicio. "Se decían cosas etéreas, señalamientos en los que no se concretaba nada". De hecho, "se rumoraba que a muchos de los testigos se les ofrecieron beneficios por parte de la Fiscalía para declarar contra Carranza".

"En ese momento yo creí en la inocencia de Carranza, y hasta ahora no se le ha probado lo contrario. A mí se me presentó el caso como el de alguien que antes de ser financiador ha sido víctima", asevera el recién posesionado magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema.

Victor Carranza traza el destino de Fura y Tena

Víctor Carranza traza el destino de Fura y Tena
(Foto Mauricio Vélez)

Castro recuerda algunos detalles del proceso que son llamativos: por ejemplo, que un paramilitar de nombre Edwin Zambrano Pinto había denunciado al fiscal Virgilio Hernández por hacerle firmar una declaración en la que se consignaban cosas que él no había dicho |19|. En forma similar se había pronunciado Víctor Carranza a pocas semanas de su detención en 1998 y meses antes de que el hoy magistrado asumiera como su defensor |20|.

En realidad, el testimonio de Edwin Zambrano, alias "William", fue clave para que se emitiera la primera orden de captura contra Salvatore Mancuso, así como contra alias el "Chepe" Barrera y los hermanos Fidel y Carlos Castaño, por el accionar paramilitar y narcotraficante en el departamento de Córdoba |21|.

Hubo otro Zambrano, de nombre Lengen |22|, quien también testificó contra Carranza, Leonidas Vargas y otros narcotraficantes y paramilitares en agosto de 1999, en dos procesos radicados bajo los números 370 y 040 de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, cuya validez la defensa de Carranza intentó desvirtuar arguyendo que se trataba de un testimonio tomado en forma irregular |23|.

Castro Caballero no recuerda pruebas diferentes a las de los testimonios que se dedicó a controvertir durante el juicio. Pero ahí están. Entre ellas se encuentra un informe de inteligencia militar del 18 de julio de 1995, en la que el entonces comandante de la Primera Brigada, con sede en Tunja, General Eduardo Morales Beltrán, asegura que "(…) se ha tenido conocimiento que Víctor Carranza sostiene vínculos con el estado mayor de las autodefensas del Magdalena Medio, para hacer frente a los grupos bandoleros de las FARC, que operan en el occidente de Boyacá" y que los grupos de autodefensa de las provincias de Lengupá y Valle de Tenza "(…) al parecer son auspiciados por el esmeraldero Víctor Manuel Carranza Niño".

En noviembre de 2000, tras la renuncia de Cruz Casallas, llegó al proceso el juez José Reyes Rodríguez-Casas, a quien los abogados defensores inundaron -al igual que a su antecesor- con recursos y recusaciones en busca de un vencimiento de términos, hasta que una de ellas prosperó el 26 de mayo de 2002 |24|. Cinco días más tarde, el 31 de mayo, Fernando Castro Caballero renunció a la defensa de Víctor Carranza.

El Equipo Nizkor intentó entrevistar al ex juez 4º, José Reyes, pero éste se negó a emitir declaración alguna sobre su participación en el caso Carranza y menos aún sobre la actuación del magistrado Fernando Castro Caballero en ese proceso. Curiosamente, Reyes Rodríguez y Castro Caballero se han encontrado en otros espacios: primero en el Tribunal Superior de Bogotá, donde ambos fueron magistrados, y ahora en la Corte Suprema, donde Reyes hace parte del equipo de magistrados investigadores de la "parapolítica".

El caso 6457, en lo relacionado con Carranza, fue asumido por la juez 5ª Especializada, Patricia Ladino Gaitán, quien el 17 de febrero de 2003 absolvió a Carranza de todos los cargos en su contra |25|. La sentencia de Ladino fue ratificada por el Tribunal Superior de Bogotá en marzo de 2004 |26|, el mismo al que llegaría Castro Caballero en calidad de magistrado ocho meses después.

DE ABOGADOS Y ABOGADOS

Con documentos en mano y fechas exactas, Castro Caballero asegura que aceptó liderar la defensa de Carranza Niño por solicitud del ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Enrique Valencia Martínez, con quien firmó un contrato de prestación de servicios que fue legalizado el 7 de octubre de 1999.

Sin embargo, existen evidencias documentales de que Castro apoyaba legalmente a Carranza desde antes de la firma del contrato con Valencia, mientras el proceso iba y venía de un juzgado a otro. De hecho, el 23 de agosto de 1999, pocos días después de haber sido trasladado de los calabozos de la DIJIN, donde se encontraba recluido desde septiembre de 1998, Víctor Carranza envió al director de la Escuela de Aquimindia, coronel (r) Rafael Jiménez Salamanca, una relación de "personas cercanas", a quienes él autorizaba para visitarlo |27|.

En la lista figuran no sólo familiares |28| y amigos |29| del polémico empresario, sino también sus abogados, encabezados por Jorge Enrique Valencia y el también ex magistrado Juan Manuel Torres Fresneda, seguidos por Fernando Castro Caballero, José Hilario Caicedo Suárez, Sandra Ivonne Ramírez Montalvo, Jorge Alirio Roa Romero y Giovanni Enrique Moreno Bohórquez |30|.

"El doctor Valencia me llamó y me ofreció la defensa de Carranza, me informó que en el caso también actuaría como asesor el ex magistrado Juan Manuel Torres Fresneda. Se trataba de dos eminentes juristas y para mí fue una distinción que dos personas tan reputadas pensaran en mí. Me sentí seducido profesionalmente y, por ser ellos quienes eran, acepté luego que Valencia me hiciera una presentación del proceso, siempre con la condición de que mi relación profesional sería con él. Sentí que había algo decente, algo muy ético. Ellos pensaban que en ese caso había un atropello. Probatoriamente, al menos hace diez años, no había nada contra Carranza", afirma Castro.

Jorge Enrique Valencia es el mismo abogado contra quien la Corte Suprema de Justicia compulsó copias por su eventual participación en la compra y manipulación de testigos en el proceso que se siguió contra el ex senador Mauricio Pimiento Barrera, condenado en 2008 por "parapolítica" |31|.

Castro Caballero aún conserva documentos en los que consta que su relación profesional se dirigió siempre hacia Valencia Martínez, y que era éste quien se comunicaba con Víctor Carranza.

Entre los papeles guardados por Castro reposa también una carta de Carranza a Valencia, fechada el 31 de mayo de 2002, en la que designa como su "representante ante los abogados" a Jorge Alirio Roa.

El magistrado Castro asegura que ni con Roa ni con Giovanni Moreno Bohórquez tuvo jamás relación alguna, cosa que sí sucedió con José Hilario Caicedo |32|, de quien fue abogado suplente |33| a partir de marzo de 2000, tras la acumulación de los procesos contra Carranza |34|. De hecho, en un escrito Caicedo Suárez ratifica "toda la gestión profesional que el doctor Fernando Castro Caballero ha realizado dentro del proceso de la referencia" |35|.

Si bien Roa Romero nunca actuó en el proceso JR 6457 como defensor del zar de las esmeraldas, sí tuvo participación como abogado de Juan de Jesús Pimiento Traslaviña y Esaú Cruz García, dos de los vinculados al mismo caso por secuestro y homicidio. En la actualidad, Alirio Roa continúa ejerciendo como abogado defensor de Víctor Carranza, o al menos así se entrevé de declaraciones recientes suyas ante los medios de comunicación |36|.

Por su parte, de Giovanni Moreno Bohórquez nunca se supo dentro del expediente, con excepción de la autorización para visitar a Carranza en calidad de abogado.

No obstante, diez años después del proceso 6457, este santandereano, ex concejal de Puente Nacional, figura hoy en círculos a los cuales no es ajeno el magistrado Fernando Castro: Moreno Bohórquez es el defensor suplente del ex representante de Convergencia Ciudadana, Alfonso Riaño Castillo, en un juicio por parapolítica al que también está vinculado el ex senador Luis Alberto Gil y del cual es ponente Castro Caballero. Se trata del mismo proceso en el cual, el pasado 15 de febrero, fue detenido el abogado Ramón Ballesteros por sobornar a un paramilitar para que cambiara su versión e implicara al magistrado auxiliar Iván Velásquez en compra de testigos |37|.

LESA HUMANIDAD, SEGÚN CASTRO

La hoja de vida |38| del magistrado Castro Caballero da cuenta también de su estrecha relación con el Ejército, no sólo por su desempeño como profesor de la Universidad Militar en las cátedras de Derecho Penal y Procesal Penal, ni por haber dirigido y creado la especialización en "Procedimiento Penal Constitucional y Justicia Militar", haber sido decano de la Facultad de Derecho durante el año 2004, o haber obtenido un máster de esa institución en Derecho Administrativo.

También figura como uno de los alumnos del Curso Integral de Defensa Nacional (CIDENAL) dictado por la Escuela Superior de Guerra. Ha recibido, además, dos reconocimientos castrenses: el de Docente Segunda Categoría de la Escuela de Justicia Penal Militar; y la Medalla por Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar por parte del Ministerio de Defensa, pese a que Castro Caballero no ha laborado en ésta durante su carrera profesional.

Poco antes de ser nombrado en la Corte, Castro Caballero emitió una controvertida sentencia |39| que hoy aparece en el blog del Departamento de Estudios Sociopolíticos de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Militares (ACORE): con ponencia suya, el Tribunal Superior de Bogotá declaró en septiembre de 2010 que el asesinato de civiles por parte del M-19 durante la toma del Palacio de Justicia constituyen crímenes de lesa humanidad |40|, en un fallo que desconoce la doctrina internacional respecto de este tipo de delitos |41|. Fue ésta la base para que, en noviembre pasado, el Procurador General, Alejandro Ordóñez, abriera investigación disciplinaria incluso contra ex guerrilleros que hoy están muertos, y anunciara que la amnistía al M-19 había quedado sin piso jurídico |42|.

CARRANZA vs. LA JUSTICIA COLOMBIANA:

DEL PROCESO 019 Y OTRAS IMPUNIDADES

Durante las tres últimas décadas, Víctor Carranza ha sido vinculado a diversas investigaciones por paramilitarismo y narcotráfico, de todas las cuales ha salido avante. Su nombre incluso ha sido mencionado en informes de la CIA respecto a los paramilitares colombianos |43|.

Ya desde 1980, el DAS había vinculado al esmeraldero como miembro de la cadena de mando de los grupos paramilitares |44|. En 1993, una investigación contra Carranza concluyó en un archivo inhibitorio de la Fiscalía General de la Nación. En 1999 llegó a juicio en el caso 6457, para luego ser absuelto.

Pero quizás el caso más aberrante lo constituye el proceso conocido como el 019 |45|, en el que en 1989 un juez de Instrucción Criminal vinculó a Carranza por el exterminio de miembros de la Unión Patriótica en los departamentos de Meta y Guaviare, así como por la masacre de Caño Sibao en 1988 y el accionar de los grupos paramilitares en los Llanos Orientales. Los originales de este proceso, así como las principales declaraciones contra Carranza, nunca aparecieron en los anaqueles de la justicia colombiana, mientras varios testigos fueron asesinados antes o después de la absolución |46|.

Pero no se trató de falta de pruebas, sino de una maraña de recursos que dio al traste con la posibilidad de justicia para las víctimas del exterminio de la Unión Patriótica en 18 casos y 44 víctimas diferentes -de las cuales sólo una sobrevivió-, los que fueron acumulados por la entonces Juez 4ª de Orden Público de Villavicencio, Marcela Fernández Castañeda.

De los 44 sindicados en el proceso, 16 confesaron su participación en los hechos que se les imputaban e inculparon a Víctor Carranza como su jefe y promotor. Sin embargo, y contra toda evidencia, el 18 de mayo de 1990, la juez Fernández Castañeda absolvió a todos los sindicados, incluso a aquellos que habían confesado su participación en los crímenes |47|, tildando a algunos de ellos como "sociópatas" sin que mediara concepto médico-legal que lo certificara.

Entre quienes fueron absueltos figura Guillermo Torres, hoy José Baldomero Linares, el mismo jefe paramilitar que recientemente confesó su participación en varias masacres del Llano y se negó a vincular a su antiguo patrón, Víctor Carranza, con las autodefensas |48|.

Uno de los testimonios más contundentes contra Carranza fue la declaración de Camilo Zamora Guzmán, alias Travolta, quien confesó ser el jefe de sicarios del esmeraldero. Él, y su testimonio ante la justicia, están desaparecidos desde entonces |49|. Otro testigo, William Góngora, fue asesinado al poco tiempo de rendir su versión ante la justicia |50|.

En 1992 la juez Fernández Castañeda fue destituida por haber fallado contra toda evidencia en este proceso |51|, y de acuerdo con el entonces presidente del Comité Cívico de Derechos Humanos del Meta, Josué Giraldo Cardona |52|, a los dos meses de la sentencia "renunció a su cargo y se casó con un oficial de la VII Brigada" |53|.

Posteriormente, el general (r) Miguel Maza Márquez |54| "la contrató como secretaria del DAS. Ahora sabemos que es profesora de Derecho en la Universidad Militar Nueva Granada" |55|.

Para la época en que, según esas denuncias, la ex juez Fernández llegó a la Universidad Militar, también dictaba cátedra allí otro juez que años más tarde se convertiría en el abogado defensor de Víctor Carranza: el hoy magistrado Fernando Castro Caballero |56|.

Por Claudia Julieta Duque
Investigación del Equipo Nizkor y Radio Nizkor
Bogotá, 30 de marzo de 2011

Notas:

1. Corte Suprema de Justicia, Comunicado No. 017, Elegidos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, diciembre 2 de 2010. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro34.html [Volver]

2. El Consejo Superior dio a conocer lista para candidatos a magistrados de la Corte Suprema, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/fiscal6.html, 11 de agosto de 2010. [Volver]

3. La justicia regional, que permitía la existencia de testigos y pruebas secretas así como de jueces y fiscales con identidad reservada, operó durante diez años en Colombia y fue desmontada en su totalidad el 30 de junio de 1999. En forma tardía, la Corte Constitucional declaró su inexequibilidad en mayo de 2000, aunque en oportunidades anteriores se pronunció en forma parcial sobre la misma a través de sentencias de tutela. Fue reemplazada por la Justicia Especializada, creada a través de la ley 504 de 1999. [Volver]

4. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro23.html [Volver]

5. Ver: Abren investigación preliminar contra Víctor Carranza. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro1.html, 21 de enero de 2011. [Volver]

6. Ver: Carranza, los Castaño y la llegada de los paras al Llano. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro22.html, 11 de agosto de 2010, y Ex 'paras' revelan secretos de las peores masacres del Llano, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro21.html, 17 de febrero de 2011. [Volver]

7. Ver: Se robaron 150 mil hectáreas con ayuda de registradores y notarios. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro20.html, 4 de marzo de 2011. [Volver]

8. Ver: Desmovilizado vincula minas de Víctor Carranza con paramilitares. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro19.html, 15 de marzo de 2011 ; y 'El Alemán' confirmó apoyo de Carranza en consolidación de las Auc, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro18.html, 17 de marzo de 2011. [Volver]

9. Ver: Víctor Carranza, en líos por cementerio 'para' en una de sus fincas. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro17.html, 21 de febrero de 2011. [Volver]

10. Ver: Al ex ministro de Defensa Camilo Ospina también lo persigue el pasado. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro16.html, 22 de julio de 2009. [Volver]

11. Ver: Audiencia pública a Miguel Rodríguez. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro15.html, 30 de septiembre de 1999, y El juez que le dijo No a la mafia, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro14.html, 15 de marzo de 1998. [Volver]

12. Proceso radicado bajo el número 328, al cual también estuvieron vinculados Ángel Custodio Gaitán Mahecha, José Ramón Plaza Torres, Franklyn Norberto Bejarano Bermúdez, Pedro Alonso Gaitán Murcia, Guillermo José Morales Sedano, y posteriormente Juan de Jesús Pimiento Traslaviña, Balmes Parra Alonso y Esaú Cruz García. [Volver]

13. Las víctimas fueron Roberto Prieto Murcia, mensajero, y Édgar Hernández Joven, ingeniero de sistemas, quienes trabajaban al servicio de Leonidas Vargas, también asesinado en España en el año 2009. Por este último caso Víctor Carranza también fue investigado hasta julio de 2010, cuando inexplicablemente el juez Baltasar Garzón cerró el proceso en su contra, pese a que meses antes había incluso emitido una solicitud de extradición que afectaba al esmeraldero. Ver: España pide en extradición a Víctor Carranza, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro13.html, 19 de enero de 2010. [Volver]

14. La sentencia contra Leonidas Vargas fue confirmada en mayo de 1999 por la Corte Suprema de Justicia. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro24.html [Volver]

15. Entrevista realizada en el despacho del magistrado Castro Caballero el 16 de marzo de 2011. [Volver]

16. Entrevista realizada en el despacho del magistrado Castro Caballero el 24 de marzo de 2011. [Volver]

17. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro23.html. [Volver]

18. En la entrevista efectuada el 24 de marzo de 2011, el magistrado Fernando Castro incluso aseguró que "a mí casi siempre me ha tocado condenar, rara vez he tenido que absolver". [Volver]

19. Sobre este punto, el juez 4º Especializado ordenó allegar al proceso las copias de tal denuncia. [Volver]

20. Ver: Me persiguen con testigos arreglados. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro12.html, 21 de septiembre de 1998. [Volver]

21. Ver: ¿Cómo se fraguó la tragedia de los Montes de María?, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro11.html, 2 de septiembre de 2010. [Volver]

22. El testimonio de Lengen Zambrano Rojas fue fundamental para la condena contra Leonidas Vargas. Zambrano fue noticia recientemente, cuando fue detenido por extorsión. Ver: Asegurado extorsionista que se hacía pasar por guerrillero de las FARC, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro10.html, 28 de diciembre de 2010. [Volver]

23. Folios 64 y 65 del cuaderno 19, proceso JR 6457. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro29.html. [Volver]

24. No obstante, en una decisión posterior el Consejo Superior de la Judicatura determinó que no hubo razones reales para aceptar la recusación contra el Juez 4º, que a la postre terminó definiendo el rumbo del proceso 6457. [Volver]

25. Ver extractos de la sentencia en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro25.html [Volver]

26. Ver: En firme absolución de Carranza, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro9.html, 24 de marzo de 2004. [Volver]

27. Folios 40 y 41, cuaderno 13. Proceso JR 6457, Juzgado 4o Penal Especializado. [Volver] http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro26.html. [Volver]

28. Los autorizados son: Blanca de Carranza, Hollman, Felipe y Ernesto Carranza. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro26.html. [Volver]

29. Entre la lista de amigos personales del esmeraldero se encuentran: Juan Beetar Dow, empresario del sector minero, quien aparece referenciado en el proceso como la persona que presentó a Leonidas Vargas con Víctor Carranza; Germán Bernal Gutiérrez, hoy miembro de la Junta Directiva de Ecopetrol (Ver: De las esmeraldas a Ecopetrol. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro8.html, 20 de junio de 2009); Gustavo Rojas; Jaime Cortés y Carlos Molina. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro26.html. [Volver]

30. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro26.html. [Volver]

31. La Corte Suprema compulsó copias para que se investigara la "preparación y compra de testigos en las que intervinieron presuntamente Dieb Maloof Cuse, Liliana Támara Urzola, Crispín Hernández Villazón y Shadia Habib, con el conocimiento de VALENCIA, quien "está solicitando eso para no levantar sospecha". La orden a la Fiscalía General de la Nación es de octubre de 2007 y fue dada en el radicado 26.470. [Volver]

32. Folio 55, cuaderno 19, proceso JR 6457. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro31.html. [Volver]

33. Folio 61, cuaderno 19, proceso JR 6457. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro30.html. [Volver]

34. Folios 25 al 27, cuaderno 19, proceso JR 6457. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro27.html. [Volver]

35. IBID PIE DE PÁGINA 22. [Volver]

36. Ver: España canceló extradición de Víctor Carranza. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro7.html, 11 de julio de 2010. [Volver]

37. Entrevista en profundidad al Magistrado Auxiliar de la Corte Suprema, Iván Velásquez, el 8 de marzo de 2011. En: http://www.radionizkor.org/colombia/index.html#ivelasquez [Volver]

38. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro23.html. [Volver]

39. Ver: Fallo del Palacio de Justicia generó dudas en el país. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro6.html, 18 de septiembre de 2010. [Volver]

40. Ver: Sentencia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Caso: M-19, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro35.html, octubre de 2010. [Volver]

41. Al respecto, ver: Crímenes contra la humanidad y crimen organizado en Colombia: Doctrina, jurisprudencia y normas de Derecho Internacional y de Derecho Internacional de Derechos Humanos de obligado cumplimiento para el sistema de justicia colombiano, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/informecol.html, 12 de junio de 2007. [Volver]

42. Ver: Indulto al M-19 por toma del Palacio de Justicia quedó sin validez jurídica, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro5.html, 5 de noviembre de 2010. [Volver]

43. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro33.html [Volver]

44. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro28.html [Volver]

45. Ver: Análisis del proceso 019: un monumento a la impunidad. En: Ceder es más terrible que la muerte. 1985-1996: una década de violencia en el Meta. Editado por: Sobrevivientes del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta; Abogados Demócratas; Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" (CCAJAR); Asociación Colombiana de Asistencia Social (Ascodas), Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz; e Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos (ILSA). Bogotá, octubre de 1997. Páginas 177-204. [Volver]

46. Ibid. [Volver]

47. Ibid. [Volver]

48. Ver: Ex Auc 'Guillermo Torres' aceptó participación en masacre de Mapiripán, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro4.html, 15 de marzo de 2011. [Volver]

49. Ver: Análisis del proceso 019: un monumento a la impunidad¸op.cit. [Volver]

50. Ibid. [Volver]

51. Ver: Procuraduría pide sanción para jueza de orden público, en: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro3.html, 30 de septiembre de 1992. [Volver]

52. Josué Giraldo Cardona fue asesinado delante de sus hijas en su casa de Villavicencio (Meta) el 13 de octubre de 1996, cincuenta días después de haber regresado del exilio. Su testimonio es un contundente retrato de lo que significó el accionar de los grupos paramilitares en los Llanos Orientales y la impunidad que los acompañó. Ver: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/josue.html [Volver]

53. Ver: Testimonio de Vida de Josué Giraldo Cardona. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/josue.html, marzo de 1996. [Volver]

54. Ver: Miguel Maza Márquez, a juicio por asesinato de Galán. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro2.html, 25 de noviembre de 2010. [Volver]

55. .Ver: Testimonio de Vida de Josué Giraldo Cardona. En: http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/josue.html, op.cit. [Volver]

56. http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/castro23.html. [Volver]


Donaciones Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Colombia
small logoThis document has been published on 30Mar11 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.