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DERECHOS

17feb03


Extacto de una sentencia en que se absuelve a Víctor Manuel Carranza Niño


Referencia: 360-5
Procesados: Víctor Manuel Carranza Niño
Delito: Secuestro y otro
Decisión: Sentencia Ordinaria

JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO
CALLE 31 NO 6-24 OF. 705

SINDICADO: VICTOR MANUEL CARRANZA NIÑO
DELITO: PARAMILITARISMO, SECUESTRO EXTORSIVO AGRAVADO
DENUNCIANTE: DE OFICIO (PARAMILITARISMO) LEONIDAS VARGAS VARGAS (SECUESTRO)
RADICADO: 360-5 (ACUMULADO)

CUADERNO ORIGINAL 35

...derecho a la libertad provisional cuando se haya proferido entre otras sentencia absolutoria, lo que a todas luces se vislumbra dentro de la presente actuación fuerza concluir que VICTOR MANUEL CARRANZA NIÑO se le debe conceder ese derecho el que deberá garantizar mediante caución prendaria.

Es de anotar, que como CARRANZA NIÑO actualmente goza de la libertad provisional concedida por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, la cual garantizó mediante caución prendaria y suscripción de diligencia de compromiso, téngase la caución prestada en esa oportunidad como la hoy exigida para hacerse acreedor del beneficio.

Por lo anteriormente expuesto, el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, D.C., administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,

RESUELVE

1. ABSOLVER a VICTOR MANUEL CARRANZA NIÑO de condiciones civiles y personales conocidas en autos, de los cargos imputados por la Fiscalía General de la Nación como presunto infractor de los Decretos 1194 de 1989 y 180 de 1988, artículos 1o. y 15 respectivamente, declarados como legislación permanente por el 2266 de 1991, de conformidad con las razones analizadas en las consideraciones de este fallo. 2. ABSOLVER a VICTOR MANUEL CARRANZA NIÑO de condiciones civiles y personales conocidas en autos, de los cargos imputados por la Fiscalía General de la Nación como presunto autor responsable del delito de Secuestro Extorsivo agravado, donde fueron víctimas ROBERTO PRIETO MURCIA y EDGAR HERNÁNDEZ JOVEN, de acuerdo con las argumentaciones esbozadas en el presente proveído. 3. CONCEDER a VICTOR MANUEL CARRANZA NIÑO la libertad provisional en los términos aducidos en el cuerpo de este fallo. 4. ORDENAR que ejecutoriada la presente decisión por Secretaría se libren los avisos establecido en el Código de Procedimiento Penal a las instituciones pertinentes.
Notifíquese y cúmplase

PATRICIA LADINO GAITAN
JUEZ


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