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28sep12
Policía de Yarumal cómplice de los 'Doce Apóstoles'
Miembros de la Policía Nacional destacados en el municipio de Yarumal para entre 1993 y 1994 tuvieron nexos con un grupo armado ilegal conocido como 'Los Doce Apóstoles' y por tal razón la institución no sólo tendrá que reparar económicamente a las víctimas, sino que deberá pedirles perdón públicamente.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado aseguró tener las pruebas suficientes para establecer la existencia del grupo de "limpieza social" conocido como 'Los Doce Apóstoles', aspecto que había sido negado en fallo de primera instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia en 2001.
El Consejo de Estado agregó que las actuaciones criminales perpetradas por sus integrantes "no sólo fueron toleradas por integrantes de la Fuerza Pública sino que algunos de sus miembros hicieron parte de él sembrando la muerte y el terror en el municipio de Yarumal, departamento de Antioquia, entre junio de 1993 y marzo de 1994".
El Alto Tribunal resaltó la complicidad de los miembros de la Policía Nacional destacados en esa localidad para los años de los hechos en su decisión, contenida en un documento de 94 páginas fechado el 14 de junio de 2012, cuya consejera ponente fue Stella Conto Díaz Del Castillo, y que hoy divulga VerdadAbierta.com.
Las aseveraciones del Consejo de Estado fueron planteadas tras resolver la apelación de una decisión en primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 29 de julio de 2001 y en la que se le negaron los derechos a la reparación a la familia de Luis Armando Holguín Jurado, asesinado por miembros de 'Los Doce Apóstoles' el 12 de agosto de 1993 en un sector marginal de Yarumal.
La decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia tuvo en cuenta varias consideraciones, entre ellas que el grupo 'Los Doce Apóstoles' no existía, que de él solo se conocía por rumores de personas no identificadas, y que una investigación adelantada en esa época por la Procuraduría General de la Nación se fundamentó en "suposiciones".
Esa decisión fue apelada por los Holguín Padilla y el caso llegó al Consejo de Estado, donde, luego de varios años de investigaciones y análisis, no sólo se revocó la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, sino que se le ordenó a la Policía Nacional pagarle a la familia de Holguín Jurado, compuesta por esposa, tres hijos, los dos padres y tres hermanos, una suma cercana a los 778 millones de pesos por perjuicios morales y materiales, y a pedirles perdón en una "ceremonia en recinto público y contará con la presencia de altos representantes del Estado colombiano".
Drama en la invasión
Luis Armando Holguín Jurado, a quien apodaban "El Indio", se asentó desde 1992 en una zona marginal de Yarumal conocida como "los tugurios de la montañita", ubicada en la carretera que de esta localidad conduce al municipio de Campamento, norte de Antioquia. En uno de los ranchos vivía con su compañera sentimental -Yolima Padilla Quintero- y sus tres hijos -Víctor Armando, Ana Miley y Leidy Tatiana- en condiciones de extrema pobreza.
Meses después de estar habitando en el lugar, de trabajar cargando y descargando vehículos en el pueblo y de contar con los recursos suficientes, llevó a vivir al asentamiento a sus padres -Luis Octavio Holguín Colorado y María Deyanira Jurado Hincapié- y a sus hermanas y hermano - Ana Yadila, Ángela María y Duvan Arley-.
Por estar en esa invasión, Luis Armando era objeto de constantes presiones y de múltiples amenazas para que desalojara ese terreno, al parecer de propiedad de un señor identificado como Miro Pérez, quien, para la época, era señalado de pertenecer al grupo conocido como "Los Doce Apóstoles".
De acuerdo con la información que obra en los expedientes del caso, las intimidaciones no lograban asustar a la familia Holguín Padilla a él ni a su familia ni a los pobladores del asentamiento hasta que en la noche del 12 de agosto de 1993, a eso de las 11 de la noche, llegaron a la invasión varios sujetos encapuchados y se dirigieron a la vivienda de Luis Armando y lo asesinaron de varios disparos de arma de fuego, en presencia de su familia.
La descripción que hace el Consejo de Estado de este asesinato es dramática: "el grupo de 'limpieza social' conocido con el apelativo de 'Los Doce Apóstoles' le dio muerte de manera denigrante e inhumana frente a su tres pequeños hijos y a su compañera permanente. Cerca de la media noche, hombres vestidos con prendas de color negro -como era usual en las acciones ejecutadas por dicho grupo-, lo obligaron a salir semidesnudo de su lugar de habitación y lo ultimaron luego de arrebatarle por la fuerza a su hija menor a quien tenía en sus brazos".
Ante el terror que generó ese asesinato, la zona de invasión fue abandonada prácticamente por la totalidad de sus ocupantes, quienes temían correr con idéntica suerte a la de su vecino.
Énfasis del Tribunal
El Consejo de Estado resaltó en su decisión que la Policía Nacional es responsable de lo que calificó como "ejecución extrajudicial" de Luis Armando Holguín Jurado. Según el Alto Tribunal, "por acción y por omisión, la Nación -Ministerio de Defensa - Policía Nacional-, hizo posible que el grupo de limpieza social denominado 'Los Doce Apóstoles' actuara a sus anchas y llevara a cabo sus prácticas execrables, incompatibles con la vida civilizada".
El Alto Tribunal es enfático al afirmar que Luis Armando "fue víctima de una ejecución extrajudicial" y para explicar tal afirmación señala varias razones, entre ellas que "la víctima y los miembros de su familia habían sido objeto de múltiples amenazas por parte del supuesto dueño del terreno, quien les había manifestado expresamente que debían desocuparlo de inmediato, siendo en varias ocasiones acompañado, para el efecto, por integrantes de la policía del municipio".
Otra de las razones que ofrece es que el asesinato del poblador "tenía como propósito disuadir a los habitantes de los tugurios de abandonar el terreno, lo que de hecho se cumplió, pues la mayoría de quienes allí habitaban salieron despavoridos cuando se enteraron de la muerte de Luis Armando".
Y si bien el Consejo de Estado reconoció en su decisión que no encontró "prueba directa encaminada a demostrar que miembros de la Policía dieron muerte al señor Luis Armando Holguín Jurado", sí estableció que "por vía indiciaria quedó suficientemente probado la participación de varios integrantes de la institución en el grupo de limpieza social conocido con el apelativo de "Los Doce Apóstoles" que realizó la ejecución extrajudicial".
Testimonios de funcionarios municipales y de habitantes de Yarumal que reposan en los expedientes de este caso permiten establecer que desde junio de 1993 hasta marzo de 1994 las prácticas de la llamada "limpieza social" en esta localidad fue "generalizada" y que en ellas estaba "comprometido un grupo conformado por comerciantes y ganaderos del lugar, y que incluso integrantes de la Fuerza Pública formaban parte de dicho grupo, toleraban sus prácticas y colaboraban con él".
El Consejo de Estado es reiterativo a lo largo del documento en endilgarle amplia responsabilidad a la Policía Nacional en el accionar de 'Los Doce Apóstoles'. En uno de sus apartes advirtió que "integrantes de la Policía Nacional desconocieron sus deberes constitucionales y legales, pues en el marco de su actividad y haciendo uso de su autoridad participaron de manera activa en el grupo de limpieza social conocido con el apelativo de 'Los Doce Apóstoles'".
Además, aseguró que "quienes no participaron activamente en el grupo se abstuvieron de tomar las medidas indispensables así como de adelantar las acciones necesarias" para evitar el accionar criminal de ese grupo durante el tiempo que operó en la región y que perpetró por lo menos 40 homicidios entre el 6 de julio de 1993 y el 29 de marzo de 1994.
Detrás de 'Los Doce Apóstoles'
De acuerdo con diversas versiones, el grupo de 'Los Doce Apóstoles' estuvo con formado por comerciantes, hacendados, ganaderos y personas adineradas de la subregión del Norte del Antioquia, lechera por excelencia, que se unieron, supuestamente, para colaborarle a la Policía Nacional con el fin de garantizar la seguridad en la zona, agobiada por la presencia de las guerrillas de las Farc y el Eln.
Pero ¿Quiénes estuvieron detrás de este grupo armado, que operó en una región de presencia guerrillera y se convirtió en una experiencia previa a la llegada de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (Accu)? Son diversas las fuentes que señalan a Santiago Uribe Vélez como el supuesto jefe de este grupo armado, pues tenía propiedades en la zona que proteger, específicamente la hacienda La Carolina, de la que se decía era la "base" del grupo.
Por esos señalamientos, el hermano del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, fue interrogado por la Fiscalía en 1997 respecto de delitos de secuestro, extorsión y asesinato cometidos por 'Los Doce Apóstoles' entre 1993 y 1994 en los municipios de Yarumal y Santa Rosa de Osos (Antioquia). Sin embargo, el caso fue archivado en 1999 por falta de pruebas.
Diez años después, el caso volvió a surgir ante nuevas declaraciones, esta vez por cuenta del mayor ® de la Policía, Juan Carlos Meneses, quien estuvo destacado en la estación de Yarumal. En declaraciones al periódico Washington Post, publicadas el 24 de mayo de 2010, el ex oficial aseguró que Santiago Uribe Vélez "lideraba" un grupo ganaderos: "los organizó y los juntó para defenderse de las acciones guerrilleras. Su papel fue llamarlos y decir "vamos a hacer un grupo de autodefensas". Estas declaraciones reabrieron las investigaciones que se archivaron en 1999.
Hace pocos días, el ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso dijo desde una cárcel de Estados Unidos ante un tribunal de Justicia y Paz que Santiago Uribe Vélez "era el jefe de 'Los Doce Apóstoles'", sin embargo no entregó más detalles al respecto.
Por todo ello, y a la par de exigirle a la Policía Nacional reparar económica y simbólicamente a la familia Holguín Padilla, el Consejo de Estado también solicitó que se compulsarán copias con destino a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación, "con la finalidad de que se investigue, disciplinaria y penalmente, a los agentes estatales involucrados en los hechos analizados en la presente sentencia, si aún no se lo ha hecho".
A juicio del Alto Tribunal "es deber de las autoridades estatales velar no solo porque se repare a las víctimas de sus acciones u omisiones antijurídicas, sino porque se sancione a quienes obrando en calidad de actores intelectuales o materiales impulsaron el surgimiento del grupo de limpieza social denominado 'Los Doce Apóstoles', toleraron o propiciaron su conformación y se aprovecharon de la ausencia del Estado para adelantar prácticas violentas e inadmisibles".
[Fuente: Verdad Abierta, Bogotá, 28sep12]
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