Serie Opinión y Perspectiva
La vivienda: la magnitud de un derecho brevemente escrito

José Araya Cornejo. Secretario Ejecutivo - Codepu Valdivia
Johanna Brandis. Estudiante de Ciencias Regionales de América Latina - Alemania

I. Introducción
II. La vivienda adecuada
III. La vivienda adecuada en Chile
IV. La vivienda en el sistema internacional .
V. Principios y derechos vinculados con el Derecho a la Vivienda adecuada
Bibliografía


I. Introducción

Las lluvias de 1997 fueron un desastre para miles de familias que habitaban viviendas básicas recién entregadas a través del SERVIU (1) . Hasta en la nortina zona de Ovalle el mal tiempo comenzó a filtrarse a través de paredes y techos de casas de mala calidad, y con ello comenzó a filtrarse también un problema relevante en un tema especialmente sensible para la población.

El escándalo detonó en Santiago con las casas fabricadas por la empresa COPEVA (2) , que luego de las lluvias terminaron cubiertas de plástico para que sus moradores pudieran seguir habitándolas. Las denuncias por la mala construcción de las viviendas expusieron a la opinión pública a las empresas constructoras y a su publicitada eficiencia como empresas privadas y, además, las vinculaciones de algunas de ellas con personeros de gobierno. Las lluvias mostraron también la debilidad del Estado en el control de la calidad de la construcción, pero, principalmente, dejaron al descubierto los cambios en la responsabilidad del Estado en la materialización de este derecho para la población.

Hoy existe una mayor diversificación en el mercado de la vivienda, en la cual la asimilación del nuevo contexto económico y social del país y las expectativas que reflejan el desarrollo de otras sociedades, hacen que un sector de la población pueda hacer mayores exigencias en éstas, como un producto de acuerdo a sus necesidades. Pero para los sectores más pobres, la vivienda está aún sólo a su alcance en la medida que el Estado se compromete más con este derecho y con problemas sociales tales como los campamentos o las familias allegadas.

Las reiteradas denuncias que fueron surgiendo en distintas partes del país constituyeron un avance en el "sueño de la casa propia" para miles de estas familias. Nuevas dimensiones se fueron incorporando al desarrollo de este derecho en Chile, como la calidad y dimensiones de la vivienda, exigiéndose también, mayores avances en aspectos de equipamiento asociados a una mejor calidad de vida.

La vivienda es un derecho trascendental y su desarrollo debe considerase como un fenómeno integral y multidimensional: político, económico, social, cultural y ambiental. Y, aunque, es un derecho de la humanidad brevemente escrito en los instrumentos internacionales, ha logrado imponerse en un rol importante en la estructura y políticas sociales de los Estados y gobiernos del mundo.

El escándalo de las casas anegadas abrió una puerta para profundizar la realización del derecho a la vivienda en Chile, y con ello acercarse más a las diversas dimensiones que lo involucran y que permiten un avance en el desarrollo de las personas, familias y pueblos.


II. La vivienda adecuada

La vivienda es el lugar que cobija espacialmente al ser humano y le permite la estructuración física, psíquica y social. (3) Pero éste, como un derecho reconocido hoy universalmente, está fuera del alcance de grandes sectores de la humanidad. Así se reconoce en los informes y encuentros internacionales que se realizan sobre la materia.

La vivienda, en el sistema internacional de derechos humanos, está relacionado con el derecho a un nivel de la vida adecuado o digno, en el que además se consideran también la alimentación, el vestuario, la asistencia médica y los servicios sociales. El derecho a una vida adecuada constituye el reconocimiento de que las personas requieren de ciertas condiciones básicas para que sea posible su existencia como tal y que tales condiciones deben ser aseguradas por el Estado. La vida adecuada pone en evidencia las necesidades básicas de las personas. Estas necesidades mínimas, al estar satisfechas, impiden en la existencia humana la carencia y la exposición a formas de dominación que niegan la dignidad. (4) (CNRR,1995)

La vivienda es una necesidad básica y su satisfacción es una condición importante para el desarrollo de las capacidades humanas, fin que buscan los derechos humanos. Mientras más población accede a la vivienda o mejora su situación actual, significa que más población mejora su calidad de vida, lo que se refleja en indicadores de salud, alfabetización y esperanza de vida. Contar con una vivienda se considera parte importante además, en aspectos como la estabilidad social de las comunidades, y el mejoramiento de las posibilidades laborales, ya que cumple importantes funciones en la economía informal.

El desarrollo de este derecho y su importancia en el mejoramiento de la calidad de vida de la población, y en el acceso a otros derechos básicos, depende también del desarrollo de otras dimensiones asociadas a la vivienda y que tienen que ver con sus condiciones materiales, el equipamiento comunitario y el acceso a servicios básicos de asistencia social, educación y comercio.

La vivienda se inserta como parte esencial del hábitat de las personas y las definiciones generales y compromisos de los Estados están presentes en las dos conferencias que Naciones Unidas ha realizado sobre la materia. En la última Conferencia sobre los Asentamientos Humanos (Habitat II), realizada en Estambul en 1996, se trató el tema de la vivienda adecuada y los Estados se comprometieron a velar más por la seguridad jurídica en la tenencia e igualdad de acceso a este derecho y mejorar las políticas de financiamientos y oferta hacia la población.

Estos temas son parte de las distintas dimensiones que debe desarrollar este derecho y que permiten mirar a la vivienda más allá que como una mera construcción.

1. La responsabilidad del Estado.

Sin duda la vivienda se ha constituido en un derecho humano universal, y lo expresa su reconocimiento en los instrumentos internacionales y el rol que los Estados le asignan en sus políticas de desarrollo. En la declaración de Vancouver en 1976, sobre la primera Conferencia Internacional de Asentamientos Humanos -Hábitat I-, se expresa que "la vivienda y los servicios adecuados constituyen un derecho humano básico que impone a los gobiernos la obligación de asegurar su obtención por todos los habitantes, comenzando por la asistencia directa a las clases más desfavorecidas mediante la orientación de programas de autoayuda y de acción comunitaria". En esta conferencia se resaltó la "eliminación de la segregación social y racial" mediante la creación de comunidades que combinen diversos grupos sociales, ocupaciones laborales, tipos de vivienda y equipamientos. (5)

La presencia de ideologías en las políticas de asentamientos, que segreguen a la población, atenta contra los principios de derechos humanos. Esta situación se vio con nitidez en las políticas desarrolladas por la dictadura militar en Chile, donde la lógica de la seguridad nacional, y luego la lógica del mercado, influyeron considerablemente en la localización de viviendas y definición de los estándares de construcción.

En el Estado actual predomina aún lo sectorial por sobre la integralidad que significa definir políticas de vivienda, y ahí hay mucho que hacer para incorporar espacios de decisión y participación de la comunidad, y de descentralización, que den un mayor poder a espacios locales como los municipios.

2. La participación social

La Conferencia Hábitat II, enfatiza la necesidad de mejorar la participación de la comunidad en las decisiones habitacionales. Esto es importante en la formación de la conciencia ciudadana, por cuanto las personas, como habitantes, deben sentirse identificados con el espacio urbano que ocupan, y ello requiere de su participación en esferas de decisión.

La participación de la población en el derecho a la vivienda ha estado siempre asociada a la denuncia y a la demanda. Lo vemos hoy en las acciones por las malas construcciones de las viviendas entregadas y los proyectos desarrollados por empresas privadas, que nunca han sido terminados. Estas formas de organización siempre han estado presentes, desde las grandes tomas y ocupaciones de espacios urbanos en las ciudades, donde miles de familias pobres se instalaban en grandes campamentos que dieron forma a barrios y comunas nuevas.

Durante la dictadura militar se conoció el fenómeno de los allegados, (6) que desarrollaron organizaciones nacionales para presionar por el acceso a la vivienda. Las deudas contraídas por miles de familias en el pago de dividendos de las casas adquiridas generaron, también, grandes organizaciones de deudores habitacionales. Estas organizaciones tuvieron una decidida participación en la lucha contra el régimen de Pinochet. Estos temas hoy todavía persisten, pero ya no derivan en grandes organizaciones o movimientos sociales. La organización territorial ha perdido importancia y capacidad de intervenir en las políticas sociales, lo que hace difícil que tengan un rol relevante en mecanismos de planificación, como son los Planes de Desarrollo Comunales e Intercomunales, donde se decide sobre las áreas de crecimiento urbano, no existiendo, entonces, capacidad de incidir comunitariamente en las políticas de vivienda.

La población sí ha presentado una mayor preocupación por la vivienda, la calidad y condiciones del entorno donde se instalarán, especialmente en conflictos ambientales. A ello se suman pequeñas experiencias de trabajo para acompañar los procesos de erradicación, que permitan mantener las relaciones comunitarias que habían adquirido las familias de un sector. Estas formas organizativas requieren de una mejor institucionalidad, que permita su participación en las decisiones habitacionales y de desarrollo de la comuna.

3. El rescate sociocultural

La homogeneidad de las construcciones se ve a lo largo del país, y es que las particularidades del entorno, o de las familias que se instalarán, no son una preocupación fundamental. La falta de criterios estéticos o arquitectónicos que respeten las condiciones de un lugar o las condiciones particulares de la población, no son posibles en licitaciones donde las empresas privadas privilegian los costos y las ganancias. Esto significa además que esta situación depende de un mayor aporte del Estado y, principalmente, de una mayor participación de la comunidad, donde se rescate la experiencia y creatividad local.

El traslado forzado de grupos familiares, como es el caso de los campamentos, no fomenta las relaciones comunitarias y de convivencia. Por ello hoy se trabaja en procesos de radicación que conserve el hábitat logrado por grupos familiares que han convivido durante décadas. El desarrollo económico actual atenta directamente contra la posibilidad de rescatar experiencias y conservar formas de vida y relaciones comunitarias. (7)

La perspectiva de género en la construcción de vivienda es aún un tema más lejano en las actuales políticas públicas. La vivienda no sólo constituye un espacio doméstico, sino además un espacio de producción y socialización para muchas mujeres, que además consideran otros criterios para las características externas de la vivienda con el fin de proteger y asegurar el desarrollo de la familia. "La vivienda constituye un espacio de protección y seguridad, de afecto y comunicación, de quehacer familiar"; además, como las mujeres son privadas del empleo convierten a la vivienda en un espacio para generar estrategias de sobrevivencia. (8)

El papel de la vivienda en el rescate de las particularidades socioculturales y la memoria histórica de comunidades y barrios debe ser hoy objeto serio de estudio.

4. La protección del medio ambiente.

El medio ambiente es una víctima de la construcción de viviendas. Es el caso de Chile con la edificación de viviendas sociales que depredan áreas verdes y ocupan grandes extensiones de las ciudades, con un efecto paisajístico negativo. Las viviendas sociales ocupan zonas periféricas, suelos de mala calidad y lugares de humedales e inundables. Los proyectos de vivienda social no se someten a evaluación de impacto ambiental, lo que impide a la población conocer bien las condiciones ambientales del lugar, o los efectos que las construcciones provocarán. Con esto, además, se pierde una forma y espacio de participación ciudadana que contempla la legislación ambiental.

La conciencia ambiental que se ha desarrollado en el país ha ido logrando, sin embargo, una mayor participación de la ciudadanía, que ha sido muy activa cuando el entorno y seguridad de sus viviendas se ve afectada por impactos ambientales, como son la cercanía de basurales, cementerios, plantas de tratamientos de aguas servidas, tendidos eléctricos o torres de comunicación celular.


III. La vivienda adecuada en Chile.

La situación social de pobreza y marginación marcaron el inicio de las primeras políticas de vivienda en Chile. La creación de los Consejos Habitacionales para los Obreros, en 1906, es formalmente la primera acción habitacional del Estado, cuyo Fi n fue la construcción de viviendas de bajo costo para los trabajadores. En 1925 se creó un Tribunal de la Vivienda y en 1931 la Junta Central de Habitación Popular. Luego del terremoto de Chillán, el Estado adoptó políticas públicas que facilitaban préstamos a particulares para la construcción, y desde 1943 se estimuló a las empresas privadas en la construcción de viviendas.

El desarrollo de este tema social, y cuya situación grafica generalmente la pobreza y marginación de una sociedad, recién se consolidó en un ministerio en 1965, el cual concentró las funciones de más 25 reparticiones públicas que se dedicaban al tema.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, fundado en la administración de Eduardo Frei Montalba, se dedicó ha establecer políticas habitacionales y se hizo responsable, además, de la urbanización, la edificación y el equipamiento comunitario urbano. (9)

La concentración de miles de familias que ocupaban sitios eriazos y la gran organización social y política de entonces agilizó al Estado en las soluciones habitacionales, que además era responsable de la planificación, ordenamiento y construcciones de la infraestructura de las ciudades. Estos procesos sociales dieron vida a grandes campamentos, con notables niveles de organización comunitaria, se crearon nuevos barrios y comunas y, junto al Estado, se plantearon políticas de autoconstrucción.

Con el proceso de regionalización de 1975, se concentró definitivamente toda la actividad ligada a este derecho en este Ministerio, el cual abrió una representación en cada región. Los cambios que modificaban la responsabilidad del Estado en esta materia ya se vislumbraban. Con la dictadura militar la visión neoliberal establece sus propios conceptos de planificación y ordenamiento territorial, y se desregula el uso del suelo, uno de cuyos efectos sería agudizar la segregación social y la exclusión material de las familias más pobres.

Una nueva política de desarrollo urbano en 1979 concibe el suelo como un "recurso no escaso", y provoca un crecimiento expansivo de las ciudades. Los campamentos se erradican de comunas de altos ingresos a comunas pobres (limpieza de marginales en Santiago). Así, se ordena la ciudad de acuerdo a estratos socioeconómicamente homogéneos y se crea una nueva marginalidad aislada físicamente y excluida socialmente. (10)

La intencionalidad en la segregación el Estado no pudo ocultarla. Existe consenso en constatar que se mantiene o se profundiza la polarización social al dificultar el acceso de las familias pobres a la vivienda y al suelo urbano en localizaciones bien servidas y equipadas. (11)

Los campamentos y el fenómeno de los "allegados" fueron la cara pública de las políticas habitacionales de la dictadura, por la constante denuncia de sus organizaciones, las cuales sufrieron una fuerte represión y dejaron al descubierto las consecuencias más graves de la actitud del Estado en el desarrollo del derecho a la vivienda.

Hoy la política habitacional del gobierno se desarrolla en el mismo marco de libre mercado dejado por la dictadura militar, donde las empresas privadas cumplen un rol esencial. Sin embargo, el Estado ha logrado una mejor regulación y ha reconocido las exigencias y demandas que la población hace hoy a la vivienda. Pero las claves de esa lógica no han sido del todo desmanteladas.

El resultado de estos años de política habitacional son grandes ghettos con viviendas muy pequeñas, con graves problemas en la calidad de la construcción y donde no se ha desarrollado un plan que considere un concepto urbano, que incorpore esta dimensión, que la población entiende debieran ser los frutos del progreso que el país tanto exhibe. Pero las reiteradas denuncias originadas por la mala calidad de la vivienda promovieron cambios en este Ministerio y dieron origen a nuevos estándares de construcción, una ley sobre la calidad de la vivienda y un aumento de la dotación de Fiscalizadores.

En Chile el derecho a la vivienda existe, y de ello puede dar muestra la institucionalidad que el Estado tiene en esta materia. Además, de los instrumentos internacionales que reconocen este derecho, los principales están suscritos, pero no existe un reconocimiento explícito en la constitución política. Hoy sólo podría plantearse un acercamiento al derecho que engloba la vivienda y otros servicios básicos, como es el derecho a la vida adecuada.

En el inciso 4 del Art. 1 de la Constitución Política dispone que "el Estado está al


IV. La vivienda en el sistema internacional

El derecho a una vivienda adecuada está reconocido universalmente ya que todos los países, sin excepción, tienen algún tipo de obligación con respecto al sector vivienda, como lo demuestran la creación de ministerios u organismos estatales en este ámbito, la asignación de fondos específicos y las correspondientes políticas, programas y proyectos.

En 1987 Naciones Unidas celebró el "Año Internacional de la Vivienda para las Personas Sin Hogar", como la culminación de una década dedicada a este derecho desde la Conferencia Hábitat I. Aunque, como muchas de las iniciativas de Naciones Unidas, la materialización de las acciones y sus resultados son desconocidas por la mayoría de la población.

La vivienda ocupa un lugar importante en los esfuerzos de la comunidad internacional, y ello se refleja en los numerosos instrumentos internacionales que han incorporado este derecho asociado a la vida adecuada. Estos son:

a. Declaración Universal de Derechos Humanos. Expresa en el párrafo 1 de su Art. 25 que "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios".

b. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En su Art. 11 dice que los "Los Estados en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y una mejora continua de las condiciones de existencia". (12)

c. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. En su párrafo "e" del Art. 5 pide garantizar el derecho a la vivienda a través del goce efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales. (13)

d. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer. Pide eliminar la discriminación en las zonas rurales a Fi n de asegurar condiciones de vida adecuada particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, y el acceso a la electricidad y el agua. (14)

e. Convención sobre los Derechos del Niño. En su Art. 27 se pide adaptar las medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables del niño a dar efectividad al derecho a un nivel de vida adecuado y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a nutrición, el vestuario y la vivienda. (15)

f. Convención Internacional sobre la protección de todos los trabajadores migratorios y de su familiares. En su Art. 43 dice que los trabajadores migratorios gozarán de igualdad de trato respecto de los nacionales del Estado de empleo en relación con (...) "d" el acceso a la vivienda, con inclusión de los planes sociales de vivienda, y la protección contra la explotación en materia de alquileres. (16)

g. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. Exige a los Estados contratantes que en materia de vivienda entreguen a los refugiados el trato más favorable posible. (17)

Además de estos instrumentos existen las recomendaciones, declaraciones internacionales y las resoluciones que sobre la materia ha emitido la Asamblea General de Naciones Unidas. Entre ellas están la Recomendación 155 de la Organización Internacional del Trabajo - OIT de 1961, que en su principio 2 señala que la política nacional de vivienda debe garantizar "un alojamiento adecuado y decoroso y un medio ambiente apropiado". La Declaración de Vancouver sobre Asentamientos Humanos, de 1976, establece que la "vivienda y los servicios adecuados constituyen un derecho humano básico", que obliga a los gobiernos. Este principio de responsabilidad de los Estados, y que insta al desarrollo de este derecho, está en todas las resoluciones que sobre la materia ha emitido Naciones Unidas desde su Asamblea General, el Consejo Económico y Social, la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Asentamientos Humanos. (18)


V. Principios y Derechos vinculados con el Derecho a la Vivienda adecuada.

El derecho a la vivienda adecuada no es un concepto aislado. Se ve ligado a una serie de otros derechos que son inherentes a la dignidad de las personas.

Dignidad:
Se habla de dignidad cuando existen condiciones mínimas para el desarrollo humano. La vivienda debe aportar a esas condiciones, que permiten satisfacer o avanzar en otras carencias como el trabajo, la alimentación, el vestuario, la recreación, entre otras, que mantienen a la persona en una constante humillación.

La no discriminación y la igualdad en lo relativo a la tierra:
La desigual distribución de la tierra tiene siglos de historia y es un problema que se profundiza en América Latina. La discriminación en el acceso a la tierra es un tema que afecta a miles de personas en zonas rurales. Los Estados deben asegurar una mejor distribución de la tierra, para eliminar con ello la segregación actual y permitir que las personas tengan acceso a servicios básicos, comercio y cultura.

La no discriminación e igualdad económica:
La apertura de los mercados en Chile conllevó la privatización de servicios que administraba el Estado. Ello genera desigualdades, ya que una pequeña capa de la sociedad se beneficia y enriquece de los resultados de esta política económica. Es el contrasentido de una sociedad que predica sobre el desarrollo y donde, sin embargo, en muchos hogares trabajos de jornada completa y más no alcanzan para cancelar los costos de vida fundamentales: alimentación, vivienda, agua potable, luz eléctrica, vestido y educación de los hijos. En esta sociedad neoliberal los costos de la vida fomentan la competencia, la inseguridad y eliminan la solidaridad.

La no discriminación y la igualdad de los sexos:
Culturalmente, la mujer termina sosteniendo gran parte de las responsabilidades de la mantención de una casa. Las mujeres que logran insertarse en el mercado laboral deben cargar con la continuidad del trabajo doméstico y enfrentar problemas cotidianos como superar el frío, la humedad, la higiene del hogar y la protección de los niños. Casi un 30 % de los hogares en Chile son encabezados por madres solteras y jefas de hogar.

El derecho a la información:
La falta de información es otra forma de segregación e impide a la persona que carece de una vivienda adecuada, la participación y la libertad para elegir y opinar sobre este derecho. La mala información puede generar falsas expectativas y toma de decisiones que afectan gravemente la vida de las personas.

El derecho al medio ambiente sano y a una vida saludable:
El acceso a servicios básicos, como agua potable y alcantarillado, o una vivienda que asegure la protección de la humedad y del frío, son requisitos que mejoran los condiciones para una vida saludable. Las ciudades y las zonas poblacionales de alta densidad tienen todavía problemas de eliminación de aguas servidas y basurales que arriesgan la salud de la población; la higiene se convierte así, en un privilegio de las personas con mayores recursos. Modificar esto no sólo pasa por una adecuada educación que permita a la población ser partícipe en las soluciones de estos problemas, pasa también por una mayor inversión pública para generar infraestructura.

La participación democrática:
En el caso de la vivienda la participación democrática se podría expresar por los comités de vivienda, fundados para canalizar los intereses de un grupo de familias. Por lo tanto, se podría integrar estas entidades en el proceso de elaboración de planes de vivienda.

El mantenimiento de la identidad y los conocimientos culturales:
La vivienda es una forma esencial de expresión cultural, en la que se desarrollan y expresan una amplia gama de conocimientos, tradiciones y actividades artesanales; y es expresión viva de la diversidad cultural. Pero esta dimensión no está incorporada en las políticas habitacionales El resultado son grandes construcciones uniformes, con un alto grado de anonimato de las personas que la habitan, pérdida de identidad y de conocimientos.

Derecho al desarrollo:
El derecho al desarrollo requiere de servicios básicos como la vivienda. Los países que se encuentran en un proceso de desarrollo deben aumentar la inversión en proyectos de infraestructura que rescaten espacios públicos.

Habitar dignamente:
El hábitat urbano es un medio en el cual se inter relacionan múltiples dimensiones de la vida. De tal modo que la importancia de la vivienda radica en que su materialización como derecho es una contribución al desarrollo de otras dimensiones de la vida de las personas y pueblos.

La relevancia en el mundo de este derecho se expresa en el desarrollo de políticas públicas y mecanismos internacionales para instar a los Estados en su desarrollo. La vivienda es un derecho exigible para toda la humanidad. Pero este derecho está muy lejos de ser posible para millones de personas; la implementación de políticas económicas neoliberales ha significado violaciones sistemáticas al derecho a la vivienda, dada la discriminación y segregación que ha provocado.

El Estado no puede desconocer su responsabilidad ante los cambios económicos y las consecuencias de éstos en Chile y en América Latina. Resituar esa responsabilidad es una tarea necesaria para el desarrollo de una vida adecuada de miles de familias; ésta es la lección que dejaron las inundaciones que afectaron a miles de viviendas.

El desarrollo de las políticas habitacionales en Chile ha mantenido una mirada paternalista, donde los pobres aparecen como protegidos del Estado y no como ciudadanos que desarrollan sus propios proyectos de desarrollo.

La acción del Estado debe tener en cuenta a los diversos actores sociales para desarrollar este derecho, ya que la ciudad y la convivencia en ella debe ser una acción participativa. La segregación que hoy existe se da justamente a partir del desarrollo de políticas que no integran a la vivienda con una idea de ciudad compartida y no planifican las construcciones con una adecuada dotación de equipamientos, servicios sociales y espacios públicos.

Avanzar en las distintas dimensiones que involucran este derecho a la vivienda es un avance en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y las ciudades. Ello requiere una mayor descentralización de las políticas habitacionales, donde los municipios tengan un mayor espacio de decisión y puedan coordinarse con las organizaciones sociales y los futuros propietarios, para decidir sobre la implementación de la vivienda. Para ello, los fondos destinados al desarrollo de este derecho debieran distribuirse con flexibilidad, en donde se puedan tomar decisiones sobre el rescate de espacios sociales, alternativas económicas, particularidades culturales e identidades locales y evitar daños ambientales.


Bibliografía

CODEPU. "Encuentro sobre derechos humanos y perspectivas de democracia en Chile". Santiago 4, 5 y 6 de agosto de 1988.

CODEPU, Katrina Marie Natale. "Los tratados internacionales y el Estado chileno. Derechos humanos y derechos laborales y derechos económicos sociales y culturales". Serie Opinión y Perspectivas. Número Especial, 1999.

Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación "Contenidos Fundamentales de Derechos Humanos para la Educación" Santiago, 1995.

Instituto Libertad y Desarrollo. " Por qué se llueven las casas?". Boletín Nro. 341. Junio de 1997.

Instituto Libertad y Desarrollo "La vivienda social en problemas. Boletín Nro. 385, mayo de 1998

Naciones Unidas. El derecho humano a una vivienda adecuada. Folleto informativo Nro. 21. Ginebra, 1994.

Programa Chile Sustentable. "Crisis urbana y territorial. La batalla que no podemos perder". Por un Chile Sustentable. Propuesta ciudadana para el cambio. Santiago, abril de 1999

Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo Ð PNUD "Informe de Desarrollo Humano". Santiago, 1996

Red Universitaria Latinoamericana de Cátedras de Vivienda - RED ULACAV "Declaración de


Notas:

1. Este servicio depende del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, se encarga de gestionar el acceso de las familias a la vivienda y es responsable ante ellas de la entrega de las construcciones.
2. El escándalo COPEVA se produjo por casas construidas en la Comuna de Puente Alto, y que afectó a más de dos mil familias. El Ministro de la Vivienda y Urbanismo, el Subsecretario y directores de servicio de este Ministerio fueron sacados de su puesto por su responsabilidad y la Cámara de diputados formó una comisión investigadora de los hechos. En este escándalo el hecho de mayor repercusión política fue un regalo -un caballo- que había recibido el Ministro de entonces, Edmundo Hermosilla, de parte un directivo de COPEVA, hermano de otro Ministro del gobierno.
3. Declaración de Valparaíso. Red Universitaria Latinoamericana de Cátedras de Vivienda.
4. Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. 5. Declaración de Vancouver sobre Asentamientos Humanos de 1976, aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos - Hábitat I.
6. Los "allegados" son familias que se instalaban en sitios y patios de familiares, vecinos o amigos
7. Ejemplo de esto se dio con el proceso de traslados de familias Pewenches en el alto Bío Bío, donde se intervienen un hábitat para la construcción de una central hidroeléctrica, pero donde la empresa se vio obligada a construir casas respetando el sentido y función cultural que éstas tienen para este grupo étnico. En Valdivia, un pequeño poblado -Huellelhue- de antiguas familias fue casi desmantelado porque una empresa privada decidió construir ahí un proyecto turístico.
8. Socorro Ramírez. Una mirada de género para la vivienda. Revista Fempress Nro. 176, pág 3
9. Con este Ministerio se crearon además otras cinco instituciones: la Corporación de la Vivienda, la Corporación de Servicios Habitacionales, la Corporación de Mejoramiento Urbano, la Corporación de Obras Urbanas, y la Caja Central de Ahorros y Préstamos.
10. Chile Sustentable. Crisis urbana y territorial. La batalla que no podemos perder. Santiago, 1999.
11. Chile Sustentable. Crisis urbana y territorial. La batalla que no podemos perder. Santiago, 1999.
12. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1966. Promulgada en Chile el 27 de mayo de 1989
13. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1965. Promulgada en Chile el 26d octubre de 1971
14. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1979. Promulgada en Chile el 27 de octubre de 1989.
15. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1989. Promulgada en Chile el 26 de enero de 1990.
16. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1990. No está promulgada en Chile y se encuentra en el Senado.
17. Aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas en 1951. Promulgada en Chile el 08 de junio de 1972.
18. El detalle de estos documentos está en el boletín informativo Nro.21 de Naciones Unidas que se refiere al derecho humano a una vivienda adecuada.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 27feb02