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07feb13


No existe figura legal que mantenga a Lino Condori en la Gobernación


Durante dos años los representantes del Movimiento al Socialismo (MAS) y de la actual Gobernación protegían la figura del interinato con el artículo 147 de la Ley Marco de Autonomías que mencionaba que Lino Condori se quedaba en su cargo hasta la "conclusión del juicio a la autoridad suspendida". En el caso de Tarija, hasta que termine el juicio contra Mario Cossío Cortez. Sin embargo, con la resolución del Tribunal Constitucional (TC) ese concepto quedó anulado.

Por consiguiente, Lino Condori ya no tiene norma que lo mantenga como Gobernador interino. Pues la figura de interinato, por suspensión, ya no existe.

Para los opositores de Camino al Cambio, cualquier acto que realice Condori, a partir de la fecha, es nulo o ilegal. Mientras que para los funcionarios de la Gobernación, Lino fue posesionado bajo una norma que era considerada constitucional, por lo tanto, su cargo se mantiene vigente. Además recalcan que la resolución del TC no es retroactiva.

Las interpretaciones son varias. Por ello diferentes especialistas en Tarija continúan con el análisis del fallo del TC, ya que todavía es una situación que genera incertidumbre.

El NACIONAL intentó comunicarse con el ex presidente del Colegio de Abogados, William Caba, y con la delegada para las Autonomías en Tarija, Celinda Sosa, para conocer un análisis sobre el tema. Sin embargo, ambos indicaron que aún están evaluando los alcances de la resolución.

Entre tanto, desde la Asamblea Departamental, Camino al Cambio ya analiza la posibilidad de pedir el cambio de Condori. Justino Zambrana, presidente de esa entidad, dijo que nada está descartado y una vez que tengan el fallo del TC de manera oficial será "el pleno quien decidirá y definirá el tema".

Argumentos

Los argumentos de la secretaria de Justicia de la Gobernación, Sandra Gutiérrez, para respetar la resolución aprobada en la Asamblea Departamental, que hace de Lino Condori Gobernador interino hasta que Cossío tenga sentencia ejecutoriada, fueron refutados por el analista y abogado constitucionalista, Carlos Hugo Molina.

Por un lado, Gutiérrez asegura que no se puede anular la resolución de la Asamblea porque el Tribunal dice que su fallo no es retroactivo, es decir que todos los actos realizados con los artículos que hoy son anticonstitucionales son plenamente válidos.

"Los asambleístas actuaron dentro del marco legal y esos artículos estaban en vigencia -dijo Gutiérrez- Lino Condori es Gobernador interino hasta que concluya toda la gestión porque la Ley Marco de Autonomías lo dice. Cuando se nombró a Lino Gobernador interino se hizo en base a esos artículos están vigentes y hoy continúa (la vigencia)".

Sin embargo, Molina explicó que la retroactividad se aplica cuando se habla de normas sociales para favorece al trabajador o al reo. Sin embargo, para los temas constitucionales tienen la misma calidad porque no tendría sentido el fallo del Tribunal a partir de una determinada fecha.

"Existe la figura del interinato hasta el momento que se aprobó el fallo del Tribunal Constitucional -aseguró Molina- En este momento tiene el derecho y las posibilidades el Gobernador Cossío para que le restituyan el cargo que le fue suspendido. Sería un contrasentido jurídico que se aplique una norma que fue declara inconstitucional".

La autoridad de la Gobernación, para proteger a Condori, ejemplificó su caso con los procesados que tuvieron que ser juzgados con el anterior Código Penal, pese a que existía uno nuevo. Entonces dijo que Lino fue nombrado con una norma que estaba vigente y continúa como Gobernador interino con esos artículos.

Molina refuta esa idea y dijo que no se aplica el principio del Código Penal porque el fallo del Tribunal habla de un procedimiento y no de una pena. En ese caso es la suspensión la que fue declarada inconstitucional. Por lo tanto, el interinato es una figura para ocupar el espacio del titular, al no existir esa imposibilidad y suspensión, entonces el titular tiene la opción de demandar el restablecimiento de su derecho.

Sobre el artículo 14 del Código Procesal Constitucional, que establece la no revisión de actos realizados con la norma cuando se presumía legal, Molina explicó que Condori fue interino con una resolución y todo lo que hizo, hasta el martes 5 de julio, quedará legal porque se asume como constitucional sus acciones. Pero ahora no se puede aplicar la causa por la suspensión.

Por esa razón, allegados a Cossío, como María Lourdes Vaca, "recomendaron" a Condori y sus funcionarios no firmar ningún documento oficial, pues podría ser procesados en un futuro.

[Fuente: Por Daniel Rodríguez, El Nacional, Tarija, 07feb13]

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