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jul09


Manual de organización y funciones
Prefectura del Departamento de Tarija
Gestión 2009


INDICE

Apartado    Contenido
Presentación
I. Manual de Organización y Funciones
II. Marco Legal
III. Misión
IV. Gestión Prefectural
V. Niveles Organizacionales
VI. Niveles Jerárquicos
VII. Niveles Administrativos
VIII. Organigrama
IX. Características de la Organización
X. Documentos Normativos
XI. Canales de Comunicación Formal
XII. Unidades Organizacionales
  • Consejo Departamental
  • Prefecto del Departamento
  • Asesoría General
  • Unidad de Gestión de Conflictos
    Dirección de Seguridad Ciudadana
    Coordinación con Actores Sociales
  • Delegación para la Autonomía y la Reforma Institucional
  • Dirección de Modernización y Desburocratización Institucional
  • Delegación para la Vivienda y los Servicios Básicos
  • Dirección Jurídica
  • Gabinete de Despacho
  • Análisis y Gestión Estratégica
  • Dirección de Comunicación e Información
  • Dirección de Control y Seguimiento de Obras y Proyectos
  • Dirección de Transparencia
  • Protocolo y Relaciones Públicas
  • Representaciones en el Interior del País
  • Relaciones Internacionales y Cooperación
  • Dirección de Auditoría Interna
  • Secretaría General
  • Proyectos Especiales
    Coordinación Consejo Departamental
    Gobierno Electrónico y Sistemas Informáticos
    Límites
  • Secretaría Departamental de Planificación e Inversión
  • Unidad de Planificación y Ordenamiento Territorial
    Unidad de Inversión Pública
    Unidad de Programación de Operaciones
    Centro de Investigaciones y Estadísticas
  • Secretaría Departamental de Administración y Finanzas
  • Dirección de Contrataciones
    Dirección de Finanzas y Tesorería
    Presupuestos
    Contabilidad
    Tesorería
    Dirección Administrativa
    Almacenes
    Activos Fijos
    Servicios Generales
    Dirección de Recursos Humanos
  • Secretaría Departamental de Desarrollo Económico y Productivo
  • Unidad de Promoción, Inversiones y Competitividad
    Unidad de Micro, Mediana y Pequeña Empresa
    Unidad de Gestión de Programas de Desarrollo Productivo
  • Secretaría Departamental de Desarrollo Humano
  • Unidad de Derechos Ciudadanos
    Dirección de Género
    Unidad de Juventudes
  • Secretaría Departamental de Hidrocarburos y Energía
  • Unidad de Hidrocarburos
    Unidad de Energía
  • Secretaría Departamental de Desarrollo Rural y Pueblos Indígenas
  • Unidad de Desarrollo Rural
    Unidad de Pueblos Indígenas
  • Secretaría Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente
  • Unidad de Gestión de Riesgos
    Unidad de Recursos Naturales
    Unidad de Manejo de Cuencas y Recursos Hídricos
    Unidad de Gestión y Calidad Ambiental
  • Secretaría Departamental de Obras Públicas
  • Unidad de Vialidad
    Unidad de Infraestructura
  • Secretaría Departamental de Turismo y Culturas
  • Unidad de Turismo
    Unidad de Culturas
  • Subprefecturas y Corregimientos

  • PRESENTACION

    La descentralización es un proceso fundamental para la aplicación efectiva de las reformas del Poder Ejecutivo, de esta manera las regiones se convierten en las referencias principales para el desarrollo departamental, articulando el nivel nacional y local, logrando una visión de conjunto que permite mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

    La Prefectura del Departamento de Tarija asume que la tarea del desarrollo es una responsabilidad compartida, en esta línea ha diseñado un Nuevo Modelo de Gestión Prefectural Participativa, concretizando una nueva forma de administrar el departamento, fortaleciendo la integración y la unidad departamental, mejorando la calidad y eficiencia de la gestión pública.

    Los cambios deben necesariamente estar formalizados en el marco de las disposiciones legales, el cumplimiento del Plan de Desarrollo Departamental y el Plan Estratégico, definiendo de esta manera los niveles de organización, las líneas de autoridad de coordinación y sus funciones.

    El proceso de descentralización a nivel departamental, forma parte de las reformas aplicadas a través del nuevo modelo de gestión participativa, que en su concepción básica, articula a las once secciones de provincia.

    Corresponde definir una estructura formal, entendiendo por organización formal, la determinación de los estándares de interrelación entre los órganos o cargos definidos por las normas, directrices y reglamentos de la organización para lograr los objetivos; diseñada de manera que sea perfectamente clara para todas las instancias de la Prefectura quienes deben realizar determinada tarea y quien es responsable por determinados resultados, eliminando las dificultades que ocasiona la imprecisión en la asignación de responsabilidades y logrando un sistema de comunicación y de toma de decisiones que refleje y promueva los objetivos de la Prefectura.

    El Manual de Organización y Funciones de la Prefectura, se presenta como un cuerpo sistemático que define los diferentes niveles de organización, de decisión, las funciones, los niveles de dependencia y coordinación y su participación en el cumplimiento de los objetivos de gestión.

    Se sustenta dentro de las normas y principios de los Sistemas de la Ley 1178, las disposiciones nacionales y departamentales.

    I. Manual de Organización y Funciones.

    Es la versión detallada de la organización formal que contiene en forma ordenada y sistemática, información acerca de la organización a través de la descripción de los Niveles de Organización, Objetivos, Funciones, Autoridad y Responsabilidad.

    El Manual de Organización y Funciones como documento normativo establece:

    • Uniformidad y control en el cumplimiento de funciones.
    • Delimitación de las actividades, responsabilidad y funciones.
    • Mejoramiento de la eficiencia de los servidores públicos.
    • Información sobre la Organización institucional.

    El presente documento normativo se estructura considerando la descripción de la nueva Gestión Prefectural, Niveles de Organización, Funciones, Autoridad y Responsabilidad.

    Describe: Niveles de Organización, Niveles de Decisión, Funciones, Organigrama, Definición de los Objetivos de la Organización, Descripción de las atribuciones generales.

    A diferencia de otros Manuales, el de Organización y Funciones no incluye procedimientos de cómo elaborar una tarea ni las funciones asignadas a una clase de puesto en particular; define sí la misión, objetivos, funciones básicas, ámbito de competencia y relaciones de coordinación de la organización.

    II. Marco Legal.

    Constituyen el marco de referencia legal para la elaboración del presente Manual de Organización y Funciones las siguientes disposiciones legales:

    • Ley 1654, de Descentralización Administrativa del 28 de julio de 1995
    • Ley 3351, Ley de Organización del Poder Ejecutivo del 21 de febrero del 2006
    • Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental de 1990
    • Decreto Supremo No 25060, Estructura de las Prefecturas del Departamento, del 2 de julio de 1998, lo correspondiente a las competencias sectoriales.
    • Decreto Supremo No 28666 de Administración Prefectural y Coordinación entre Niveles del 5 de abril del 2006, que modifica parcialmente los Decretos Supremos No 25060 y 26767 respectivamente.
    • Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa. Decretos Supremos de los Servicios Departamentales
    • Resolución Prefectural No 216 del 28 de septiembre del 2008.
    • Resolución Prefectural No 119/2009 del 26 de junio del 2009.

    III. Misión.

    La Prefectura del Departamento de Tarija es la institución pública descentralizada creada para promover el desarrollo económico productivo y humano con sostenibilidad y equidad, a través de la gestión de políticas públicas en el marco de sus competencias, en coordinación con el nivel nacional y municipal, en un contexto democrático.

    IV. Gestión Prefectural.

    La Gestión Prefectural pretende reflejar mayor flexibilidad política y administrativa, posee mayor capacidad de respuestas a las demandas ciudadanas, mejora la calidad redistributiva tanto económica como política; es pluralista, descentralizada, participativa y transparente.

    Es en esencia democrática, se estructura en varios centros de decisión -territoriales, sectoriales; fortaleciendo su legitimidad y estableciendo los niveles de apertura a la negociación con los actores sociales y económicos del departamento.

    La nueva Gestión Prefectural de Tarija, tiene dos características esenciales: es entendida como misión (función) política de modificar las relaciones de poder al interior del departamento, así como también de hacer funcionar la Prefectura con calidad, tanto técnica como administrativa. La nueva función administrativa consiste en garantizar la calidad del gasto y la inversión con eficiencia, eficacia, transparencia y economía.

    La Estructura Organizativa por lo tanto debe alinear/articular y coordinar los esfuerzos de las áreas técnico - administrativas y territoriales permitiendo la participación ciudadana.

    Se fundamenta en el cumplimiento de los siguientes principios:

    • Austeridad.
    • Autonomía Departamental
    • Equidad
    • Solidaridad
    • Participación Ciudadana
    • Honestidad
    • Transparencia
    • Desarrollo Industrial
    • Institucionalización
    • Liderazgo

    V. Niveles Organizacionales.-

    La Estructura Organizativa de la Prefectura del Departamento de Tarija está conformada por los siguientes niveles administrativos:

      a) Superior: Que aprueba y dirige los objetivos, políticas y estrategias de la Prefectura.
      b) Asesoramiento y Apoyo: Incluye el apoyo y asesoramiento al establecimiento de los objetivos generales de gestión prefectural, así como de sus líneas maestras.
      c) Control, instancia de cumplimiento y aplicación del Sistema de Control Gubernamental.
      d) Ejecutivo, Estratégico y Sectorial: Nivel de acción estratégica que formula, propone y ejecuta las políticas y estrategias departamentales e institucionales.
      e) Operativo. Nivel Técnico especializado que ejecuta los programas, proyectos y las operaciones necesarias que permitan concretar los objetivos de gestión prefectural en el marco de las políticas definidas por los niveles superior y ejecutivo.
      f) Desconcentrado Territorial, responsable de la ejecución de las políticas de desarrollo en cada provincia.

    VI. Niveles Jerárquicos.

    La Prefectura tiene los siguientes niveles jerárquicos:

    • Prefecto
    • Secretario General
    • Secretarios Departamentales
    • Directores Departamentales
    • Directores Técnicos de Servicios Departamentales
    • Subprefectos
    • Corregidores
    • Jefe de Unidad

    VII. Niveles Administrativos.

    • Nivel Superior. Prefecto
      Consejo Departamental
    • Nivel de Control. Dirección de Auditoria Interna
    • Nivel de Asesoramiento. Asesoría General estructurada por:
      • Gestión de Conflictos
      • Coordinación con Actores Sociales
      • Seguridad Ciudadana

      Despacho Social

    • Nivel de Apoyo Directo al Prefecto. Delegación Prefectural para la Autonomía y la Reforma Institucional, conformada por:
        Modernización y Desburocratización
      Delegación Prefectural para la Vivienda y los Servicios Básicos
      Dirección Jurídica, compuesta por:
        Gestión Jurídica
        Gestión Procesal
        Saneamiento Legal
        Notaría de Gobierno
      Dirección de Comunicación e Información
      Dirección de Control y Seguimiento de Obras y Proyectos
      Dirección de Transparencia
      Gabinete Prefectural
      Representación en el interior del país
      Protocolo y Relaciones Públicas
      Relaciones Internacionales y Cooperación
      Análisis y Gestión Estratégica
    • Nivel de Control Auditoría Interna
    • Nivel Ejecutivo y Operativo
      A. Secretarias Departamentales
      • Secretaria General, conformada por: Coordinación con el Consejo Departamental
        Proyectos Especiales
        Gobierno Electrónico y Sistemas Informáticos
        Límites
      • Secretaria Departamental de Administración y Finanzas, conformada por: Contrataciones
        Finanzas y Tesorería
        Administración
        Recursos Humanos
      • Secretaría Departamental de Planificación e Inversión, conformada por: Planificación y Ordenamiento Territorial
        Inversión Pública
        Programación de Operaciones
        Centro de Investigación y Estadísticas
      • Secretaria Departamental de Desarrollo Económico y Productivo, compuesta por: Promoción de Inversiones y Competitividad
        Micro, Pequeña y Mediana Empresa
        Gestión de Programas de Desarrollo Productivo
      • Secretaria Departamental de Desarrollo Humano, conformada por: Derechos Ciudadanos
        Dirección de Género
        Juventudes
      • Secretaria Departamental de Hidrocarburos y Energía, compuesta por: Hidrocarburos
        Energía
      • Secretaría Departamental de Desarrollo Rural y Pueblos Indígenas, conformada por: Desarrollo Rural
        Pueblos Indígenas
      • Secretaría Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente, compuesta por: Gestión de Riesgos
        Recursos Naturales
        Manejo de Cuencas y Recursos Hídricos.
        Gestión y Calidad Ambiental.
      • Secretaria Departamental de Obras Públicas, conformada por: Vialidad
        Infraestructura
      • Secretaría Departamental de Turismo y Cultura, compuesta por: Turismo
        Culturas

      B. Servicios Departamentales.

      • Servicio Departamental de Salud
      • Servicio Departamental de Educación
      • Servicio Departamental de Gestión Social
      • Servicio Departamental de Deportes
      • Servicio Departamental Agropecuario
      • Servicio Departamental de Fortalecimiento Municipal y Comunitario.
      • Servicio Departamental de Caminos

      C. Programas y Proyectos.

    • Nivel Desconcentrado

      A. Subprefecturas

      • Provincia Cercado
      • Provincia Arce
      • Provincia Avilés
      • Provincia Méndez
      • Provincia Gran Chaco
      • Provincia O'Connor

      B. Corregimientos

      • Villa Montes
      • Caraparí
      • Bermejo
      • Yunchará
      • El Puente

    VIII. Organigrama.

    La estructura organizativa de la Prefectura de Tarija se representa a través de la carta organizacional, su diseño es por área funcional y corresponde a los niveles jerárquicos de Decisión, Asesoramiento, Sectoriales, Territoriales y Técnicos.

    Se detalla las Unidades Operativas en lo que corresponde a las Secretarias Departamentales.

    Las líneas punteadas representan las relaciones funcionales de dependencia funcional establecidas para los Servicios Departamentales.

    Se encuentran dentro del Nivel Ejecutivo Operativo Territorial las Subprefecturas y Corregimientos, con relación de dependencia del Despacho Prefectural y funcional de la Secretaria General.

    Los Programas y Proyectos se representan en la línea de relación sectorial con las Secretarias Departamentales.

    (Ver Organigrama).

    IX. Características de la Organización de la Prefectura.

    La Máxima Autoridad Ejecutiva de la Institución es el Prefecto y Comandante General del Departamento, se encuentra dentro del Nivel de Decisión -Político Institucional, sus responsabilidades se encuentran expresadas dentro de las Disposiciones Legales Nacionales y se describen en el presente Manual de Funciones.

    En caso de ausencia temporal del Prefecto Titular, el Secretario General se constituye en Prefecto y Comandante del Departamento a.i., con las atribuciones y competencias correspondientes.

    Se constituyen en Secretarias Estratégicas la de Planificación e Inversión y la de Administración y Finanzas, responsables del cumplimiento de las directrices nacionales y departamentales de las áreas económicas y de planificación.

    Las Secretarías Departamentales Sectoriales definen las políticas departamentales de cada sector (desarrollo económico, agropecuario, desarrollo humano, hidrocarburos y energía, desarrollo rural, recursos naturales, obras públicas, turismo, cultura). Sus niveles técnicos operativos se estructuran en Unidades y equipos técnicos de trabajo. Cada Secretaria Departamental tiene sus contrapartes técnicas en el Nivel territorial (Subprefecturas y Corregimientos).

    X. Documentos Normativos.

    Para el desarrollo del trabajo administrativo y técnico de las diferentes áreas organizacionales de la Prefectura, se tienen los siguientes documentos normativos:

    • Reglamento Específico del Sistema de Organización Administrativa
    • Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal
    • Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Integrada
    • Reglamento Específico del Sistema de Presupuesto
    • Reglamento Específico del Sistema de Crédito Público
    • Reglamento Específico del Sistema de Tesorería
    • Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
    • Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones

    A su vez, cada Reglamento Específico tiene los correspondientes Manuales Operativos que facilitan el cumplimiento de las tareas en el marco de las disposiciones legales.

    XI. Canales de Comunicación Formal

    Se establece la siguiente jerarquía de instrumentos de comunicación formal dentro de la organización prefectural.

    • Resolución de Concejo Departamental, que autoriza al ejecutivo las acciones a desarrollar en las diferentes áreas de su competencia. Son emitidas por el Honorable Concejo Departamental.
    • Resolución Prefectural, que autoriza, define responsabilidades, establece procedimientos, delegaciones específicas a los niveles ejecutivos de la Prefectura y aprueba los Reglamentos Específicos. Se elaboran en el Despacho Prefectural y están firmados por el Señor Prefecto y Secretario General.
    • Resolución Administrativa, corresponde a las Resoluciones que aprueban documentos normativos del área administrativa y contable y se emiten solo por la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.
    • Circulares, corresponden a documentos administrativos cuyo propósito es instruir sobre temas específicos y/o cumplimiento a las disposiciones legales vigentes. Se emiten por el Despacho Prefectural y/o Secretaría General.
    • Memorando, corresponden a comunicación formal especial puede ser a Responsable del área organizacional y/o un servidor público. Este tipo de comunicación formal se aplica en el caso del área organizacional para la asignación de trabajos especiales administrativos y o técnicos que estimen programación especial y cumplimiento mediante la presentación de documentos y/o informe de cumplimiento. Lo emite el responsable del área organizacional de conformidad a la autoridad lineal asignada y según el presente Manual de Organización y Funciones. Los memorandos individuales que sugieran movimiento de personal están descritos en el Reglamento Específico de Administración de Personal.
    • Circulares Internas, corresponden a los instructivos que se emiten al interior de cada área organizacional, su propósito es instruir la atención de las tareas administrativas y técnicas.
    • Notas - Oficios, corresponde a la comunicación formal horizontal y/o vertical entre áreas organizacionales de jerarquías iguales y otras superiores y/o inferiores.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL CONSEJO DEPARTAMENTAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL SUPERIOR
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Ninguna
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Equipo Técnico de Apoyo Administrativo y Especializado.
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Con las diferentes instancias de la Prefectura a través de la Dirección de Coordinación.
  • EXTERNAS
  • Instituciones públicas.
  • Organizaciones de la Sociedad Civil del Departamento de Tarija.
  • Instituciones Nacionales e Internacionales.
  • Prefecturas del País.
  • Municipios del Departamento de Tarija
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo No 27431 del 2 de Abril 2004
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Articular las necesidades y demandas provinciales a las prioridades departamentales.
    - Velar por una administración transparente, eficaz y eficiente de los recursos prefecturales.
    Descripción de Funciones:
    a) Aprobar los planes, programas y proyectos de desarrollo departamental presentados por el Prefecto, en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República; controlar y evaluar su ejecución.
    b) Aprobar el POA y Proyecto de Presupuesto Prefectural presentado por el Prefecto, para su posterior tratamiento constitucional.
    c) Aprobar el informe anual del Prefecto sobre Estados financieros, la cuenta departamental de gastos e inversiones, ingresos y egresos, así como la ejecución presupuestaria.
    d) Fiscalizar los actos del Prefecto, con excepción de aquellos referidos al ejercicio de las atribuciones privativas del nivel central del Poder ejecutivo.
    e) Fiscalizar, controlar y realizar seguimiento de los Planes, Programas y Proyectos de acuerdo al cronograma de financiamiento y ejecución para la gestión.
    f) Requerir informes al Prefecto sobre la gestión administrativa y a través de él, a los Subprefectos y Corregidores.
    g) Representar ante el Presidente de la República los actos y resoluciones administrativas del Prefecto, contrarios a la legislación vigente y a los intereses del departamento.
    h) Emitir resoluciones de censura contra el Prefecto por el voto de dos tercios de sus miembros.
    i) Dictaminar sobre la conveniencia y necesidades de gestionar créditos y donaciones para el departamento, conforme a las disposiciones legales vigentes.
    j) Dictaminar sobre la suscripción de convenios interinstitucionales.
    k) Autorizar los requerimientos de adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes y la suscripción de contratos de obras y servicios públicos, para que el Prefecto realice con la mayor transparencia los procesos de licitación, contratación y su correspondiente supervisión con sujeción a las normas legales vigentes.
    l) Proponer y canalizar las necesidades y proyectos de sus respectivas Provincias y Municipios.
    m) Coordinar eficaz y permanentemente con los Gobiernos Municipales, las políticas de desarrollo provincial y departamental.
    n) Promover las políticas tendientes a la coordinación e integración de los Municipios y otras instituciones del Departamento.
    o) Promover políticas y acciones orientadas a la participación de la comunidad en el proceso de Descentralización.
    p) Proponer soluciones a los conflictos territoriales entre Provincias, Secciones y Cantones, en el marco del diálogo y la concertación.
    q) Supervisar el cumplimiento de las Normas Básicas, correspondiente a los Sistemas Financieros y No Financieros determinados por la Ley 1178.
    r) Aprobar su reglamento de funcionamiento y procedimientos internos, para el ejercicio pleno de las atribuciones de Consejo Departamental.


    MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL PREFECTO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACION ORGANIZACIONAL SUPERIOR
    UBICACION ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Todos los niveles señalados en la Estructura Organizacional de la Prefectura.
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Consejo Departamental
  • Secretarias Departamentales
  • Direcciones Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Poder Ejecutivo Nacional
  • Instituciones públicas
  • Organizaciones de la Sociedad Civil del Departamento de Tarija
  • Instituciones Nacionales e Internacionales
  • Prefecturas del País
  • Municipios del Departamento de Tarija
  • MARCO LEGAL
    - Ley 1654 del 28 de julio de 1995 - Ley de Descentralización Administrativa
    - Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental
    - Decreto Supremo 28666 del 5 de abril del 2006
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Administrar los recursos públicos económicos y financieros del departamento, así como los bienes de uso y dominio prefectural.
    - Formular y ejecutar proyectos de Inversión de carácter departamental en las áreas definidas por la Ley de Descentralización.
    - Formular planes y políticas de desarrollo en el marco de las políticas nacionales.
    Descripción de Funciones:
    a) Ejercer las funciones de Comandante General del Departamento.
    b) Conservar el orden interno en el Departamento.
    c) Presidir el Consejo Departamental, con derecho a voz y voto dirimidor, con excepción de aquellos casos referidos a la facultad de fiscalización del Consejo Departamental.
    d) Formular y ejecutar los planes departamentales de Desarrollo Económico y Social (PDDES), de acuerdo a las Normas del Sistema Nacional de Planificación (SISPLAN); en coordinación con los Gobiernos Municipales del Departamento y el Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República (PGDES).
    e) Formular y ejecutar programas y proyectos de inversión pública en el marco del PDDES y de acuerdo a las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y al régimen económico y financiero de la Ley 1654, de Descentralización Administrativa en las áreas de:
    • Electrificación Rural
    • Infraestructura de Riego y Apoyo a la Producción
    • Investigación y Extensión Técnica Científica
    • Conservación y Preservación del Medio Ambiente
    • Promoción del Turismo
    • Programas de Asistencia Social
    • Programas de Fortalecimiento Municipal
    • Otros concurrentes con los Gobiernos Municipales.

    f) Formular el Proyecto de Presupuesto Departamental en el marco del Programa de Operaciones Anual (POA) y de conformidad a las Normas Básicas del Sistema de Presupuesto, remitiéndolo al Consejo Departamental para su consideración, aprobación y posterior remisión al nivel nacional para el cumplimiento de las normas constitucionales.
    g) Ejecutar el Presupuesto Departamental en el marco de las normas del Sistema Nacional de Administración Financiera y Control Gubernamental y presentar la cuenta de ingreso y egreso anual ejecutada al Consejo Departamental para su aprobación.
    h) Designar y mantener bajo su dependencia a los Subprefectos en las provincias y a los corregidores en los cantones.
    i) Designar a las autoridades administrativas departamentales cuyo nombramiento no este reservado a otra instancia.
    j) Administrar, supervisar y controlar por delegación del Gobierno Nacional, los recursos humanos y las partidas presupuestarias asignadas al funcionamiento de los servicios personales de educación, salud y asistencia social en el marco de las políticas y normas para la provisión de estos servicios.
    k) Administrar, supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios de Asistencia Social, Deporte, Cultura, Turismo, Agropecuario y Vialidad, con excepción de aquellos que son atribución municipal, preservando la integridad de las políticas nacionales en estos sectores.
    l) Dictar Resoluciones Prefecturales, suscribir contratos y convenios, delegar y desconcentrar funciones técnico - administrativas.
    m) Resolver los recursos administrativos que se interpongan con relación a materias de su competencia.
    n) Otorgar personalidad jurídica con validez en todo el territorio nacional a las funciones asociaciones y sociedad civil, constituidas en el territorio nacional o en el extranjero, siempre que estas hubiesen establecido domicilio en su jurisdicción.
    o) Registrar la personería jurídica de las comunidades campesinas, pueblos indígenas y juntas vecinales.
    p) Otorgar y registrar de acuerdo a decreto reglamentario, con validez en todo el territorio nacional, marcas, diseño, patentes, derechos y licencias.
    q) Promover la Participación Popular y canalizar los requerimientos y relaciones de las organizaciones indígenas, campesinas y vecinales por medio de las instancias correspondientes del Poder Ejecutivo.
    r) Canalizar los requerimientos, gestiones y relaciones de los Gobiernos Municipales en el marco de las competencias transferidas en la Ley de Descentralización Administrativa.
    s) Gestionar créditos para inversión.
    t) Promover la inversión privada en el departamento.
    u) Otras atribuciones asignadas por la legislación vigente y aquellas que sean delegadas mediante decreto.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL ASESORIA GENERAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL

    ASESORAMIENTO

    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

    • Gestión de Conflictos
    • Seguridad Ciudadana
    • Coordinación con Actores Sociales
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Consejo Departamental
  • Secretarias Departamentales
  • Direcciones Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Poder Ejecutivo Nacional
  • Instituciones públicas
  • Organizaciones de la Sociedad Civil del Departamento de Tarija
  • Instituciones Nacionales e Internacionales
  • Prefecturas del País
  • Municipios del Departamento de Tarija
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo 28666 del 5 de abril del 2006
    - Resolución Prefectural No 216/2008 del 3 de septiembre
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Orientar técnicamente y en el marco de las normas vigentes las decisiones del Prefecto en resguardo de los intereses departamentales e institucionales.
    - Establecer los requerimientos de información adecuados para analizar, revisar y recomendar los asuntos prefecturales sobre los cuales el Prefecto debe tomar decisiones.
    Descripción de Funciones:
    a) Implementar sistemas de alerta temprana, construcción de escenarios de cultura de paz, índices de gobernabilidad y sistemas descentralizados de gestión de conflictos en el ámbito departamental.
    b) Implementar planes y programas de Seguridad Ciudadana en coordinación con las instancias nacionales responsables, construir relaciones con organizaciones de la sociedad civil y coordinar su vinculación con las diferentes instancias de la Prefectura del Departamento.
    c) Generar y atender propuestas para el tratamiento de temas estratégicos para la gestión, delegados por el Prefecto del Departamento.
    d) Coordinar las relaciones entre la Prefectura del Departamento y la Brigada Parlamentaria del Departamento, con el objetivo de concensuar el tratamiento de Leyes a favor del departamento y las labores de fiscalización legislativa.
    e) Atender de forma ágil y dinámica los asuntos del Prefecto relacionados a la problemática prefectural y sobre los cuales debe tomar decisiones.
    f) Analizar y revisar todos los asuntos prefecturales que requieren decisión del Prefecto.
    g) Sugerir y recomendar soluciones para la toma de decisiones por parte del Prefecto.
    h) Preparar la información y documentación necesaria y adecuada para fundamentar y respaldar las decisiones del Prefecto.
    i) Elaborar resúmenes ejecutivos para el Prefecto que reflejen el proceso de análisis, revisión y propuestas de solución sobre los asuntos tratados.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL ASESORÍA GENERAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE GESTIÓN DE CONFLICTOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Asesoría General

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Equipo Técnico.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Organizaciones de la sociedad civil.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Mantener informado a los niveles ejecutivos de la Prefectura, buscando fortalecer la coordinación y mejorar la eficiencia institucional en la atención oportuna a la demanda social con enfoque preventivo.
    Descripción de Funciones:
    a) Monitorear en el departamento, los conflictos, convenios y demandas sociales que implican acción prefectural por incidir en los intereses institucionales.
    b) Promover el fortalecimiento de capacidades institucionales de la Prefectura para la prevención, administración, resolución y transformación de conflictos sociales.
    c) Facilitar espacios de coordinación entre los niveles ejecutivos de la Prefectura (Secretarias Departamentales, Servicios, Subprefecturas y Corregimientos Mayores) para la gestión y atención oportuna de demandas sociales.
    d) Contribuir con información especializada en gobernabilidad, destinada a la toma de decisiones de los niveles ejecutivos para la buena gestión institucional.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL ASESORÍA GENERAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Asesoría General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Policía Departamental
  • Defensoría de la niñez y la adolescencia.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Establecer las acciones que permitan la aplicación de las políticas de prevención necesarias para garantizar la seguridad ciudadana del departamento
    Descripción de Funciones:
    a) Proponer políticas y coordinar acciones de seguridad ciudadana y protección a la población.
    b) Coordinar la relación prefectural con los organismos departamentales dependientes de la Policía Boliviana y el Servicio Nacional de Defensa Civil.
    c) Vigilar el respeto y plena aplicación de los derechos y garantías constitucionales.
    d) Coordinar y controlar las acciones de seguridad interna que se ejecuten por la Prefectura del Departamento, las Subprefecturas y Corregimientos.
    e) Realizar tareas de prevención, atenuación o solución de situaciones de conflicto político o social, que amenacen o alteren la paz social en el departamento.
    f) Gestionar recursos para proyectos y programas de seguridad ciudadana.
    g) Coordinar con las instancias y entidades correspondientes (ONGs, Juntas de Vecinos, etc.) la organización de brigadas juveniles y barriales, para potenciar los valores y capacidades en la toma de decisiones.
    h) Elaborar proyectos relativos a la seguridad ciudadana en el marco de los Planes y Programas nacionales existentes sobre el tema.
    i) Ejecutar proyectos de Seguridad Ciudadana con la participación de la juventud y las organizaciones barriales orientadas a proteger a la población e integrarla en la búsqueda de soluciones a sus problemas.
    j) Realizar las campañas de concientización de la ciudadanía sobre las leyes, normas, derechos y obligaciones, respecto a la seguridad ciudadana.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL ASESORÍA GENERAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DE COORDINACION CON ACTORES SOCIALES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL ASESORAMIENTO
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Asesoría General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Direcciones Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Instituciones públicas.
  • Organizaciones de la Sociedad Civil del Departamento de Tarija.
  • Representaciones de las Provincias
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Promover iniciativas de diálogo y concertación (Prefectura/ Sociedad Civil), para la construcción de agendas compartidas que incidan en la generación de políticas públicas departamentales.
    Descripción de Funciones:
    a) Establecer mecanismos y lineamientos de trabajo con los actores sociales e institucionales.
    b) Promover y gestionar agendas de trabajo compartidas con organizaciones de la sociedad civil.
    c) Asesoramiento al Prefecto del Departamento sobre las percepciones que tiene la población de los proyectos que ejecuta la Prefectura.
    d) Crear un vínculo por el cual la ciudadanía participe con el gobierno Prefectural y a su vez este pueda escuchar sus necesidades estableciéndose así un verdadero lazo de comunicación entre ambos.
    e) Fomentar la participación ciudadana y el acceso a la información creando mecanismos y sistemas de información comunicación para tal fin.
    f) Establecer encuentros entre la Prefectura y los diferentes sectores sociales.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DELEGACION PARA LA AUTONOMIA Y LA REFORMA INSTITUCIONAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DELEGACION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Dirección de Modernización y Desburocratización Institucional
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Organismos del Gobierno Nacional relacionados a la implementación de las autonomías.
  • Similares de las Prefecturas.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Aplicar e implementar el Modelo Autonómico Departamental, fomentando y fortaleciendo la democracia y la cultura cívica departamental.
    Descripción de Funciones:
    a) Coordinar la implementación del modelo de autonomía departamental contenido en el Estatuto Autonómico Departamental.
    b) Dirigir el proceso de ajuste institucional para convertir a la Prefectura en un Gobierno Departamental Autónomo
    c) Promover y coordinar la ejecución de las políticas de integración y de mayor relacionamiento con las provincias del departamento y entre ellas, fortaleciendo los vínculos de unidad departamental.
    d) Realizar el acompañamiento necesario al proceso de reforma constitucional nacional, asegurando en la inclusión de la autonomía departamental plena y el respeto a la institucionalidad democrática.
    e) Elaborar un programa para reconstruir y fortalecer el sentido de pertenencia y cultura cívica departamental.
    f) Estructurar un plan de capacitación y especialización de recursos humanos en temas de Autonomía y Derecho Constitucional.
    g) Contribuir a la consolidación de las autonomías departamentales de Bolivia.
    h) Generar y difundir información sobre el proceso autonómico y la reforma constitucional.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DIRECCION DE MODERNIZACION Y DESBUROCRATIZACION INSTITUCIONAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Delegación Departamental para la Autonomía y la Reforma Institucional
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Unidad de Normas y Procedimientos.
    Unidad de Sistemas de Administración
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Hacienda.
  • Dirección General de Sistemas de Administración Departamental.
  • Agencias Externas de Cooperación
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Lograr alcanzar los niveles de eficiencia dentro del desarrollo de las tareas administrativas y técnicas dentro de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Desarrollar e implementar procesos y procedimientos de gestión y mejoramiento de servicio a usuarios.
    b) Diseñar y proponer a los niveles gerenciales de la Prefectura del Departamento objetivos, políticas y estrategias de fortalecimiento institucional.
    c) Gestionar y canalizar programas de asistencia técnica de Agencias de Cooperación bilaterales ó multilaterales en el contexto del Plan de Fortalecimiento Institucional.
    d) Proponer ajustes en las estructuras organizacionales en función a los objetivos y metas de gestión.
    e) Identificar, analizar y proponer nuevos procedimientos técnico-administrativos para reducir tiempos de gestión.
    f) Actualizar periódicamente reglamentos específicos, manuales de procedimientos y otras reglamentaciones, en forma conjunta con las instancias técnicas responsables de su aplicación.
    g) Coadyuvar a la operación del Modelo de Gestión por Resultados, aplicando parámetros de medición de la productividad funcionaria.
    h) Constituir la "contra parte" institucional para la implementación de los diferentes Sistemas generados a partir de los fortalecimientos realizados a través de las instancias de cooperación.
    i) Sistematizar las experiencias y publicar los resultados obtenidos.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DELEGACION PARA LA VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DELEGACION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Equipos Técnicos Especializados.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Gobiernos Municipales.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Coordinar las políticas institucionales y departamentales de provisión de servicios básicos y vivienda social tanto en el área rural como urbana, en relación con las políticas nacionales y en articulación con los Gobiernos Municipales.
    Descripción de Funciones:
    a) Diseñar políticas públicas departamentales en función a las demandas de la sociedad civil para la provisión de servicios básicos y vivienda social en las áreas urbana y rural.
    b) Coordinar con los Gobiernos Municipales la ejecución de proyectos concurrentes para la dotación de servicios básicos y vivienda social en las comunidades rurales y áreas urbanas de su jurisdicción municipal.
    c) Elaborar y promover planes, programas y proyectos con las empresas públicas de SETAR y EMTAGAS, para la provisión de servicios de electricidad y gas natural.
    d) Coordinar con instituciones del sector público y privado; programas y proyectos de construcción de vivienda social.
    e) Coordinar con la Secretaría Departamental de Planificación e Inversión, la evaluación de impactos de las inversiones ejecutadas para la provisión de servicios básicos y vivienda social.
    f) Coordinar con instituciones del sector público y privado programas y proyectos de construcción de vivienda social.
    g) Implementar sistemas estratégicos de planificación para el diseño y ejecución de programas y proyectos de vivienda y servicios básicos.
    h) Elaborar, dirigir su ejecución y realizar el seguimiento y monitoreo del Plan Departamental de Provisión de Servicios Básicos y Vivienda Social.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DIRECCION JURIDICA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Gestión Jurídica
  • Gestión Procesal
  • Saneamiento Legal
  • Notaría de Gobierno
  • Ventanilla Única de Trámites
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Corte Superior de Justicia.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo No 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo No 26767 del 9 de agosto de 2001
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Atender todos los trámites y procesos jurídicos que se susciten en cualquier instancia prefectural, en los que la entidad sea parte demandante o demandada.
    - Contribuir para que las acciones de la prefectura se cumpla el ordenamiento jurídico vigente.
    Descripción de Funciones:
    a) Emitir informes, recomendaciones y dictámenes de carácter legal y jurídico.
    b) Elaborar o avalar resoluciones, contratos y documentos jurídicos.
    c) Elaborar proyectos de disposiciones legales.
    d) Patrocinar y dar seguimiento a procesos y juicios en los que la Prefectura sea parte demandante o demandada, directa o indirectamente, absoluta o relativamente, en los tribunales ordinarios y especiales.
    e) Proponer el desarrollo jurídico normativo en las materias de competencia de la Prefectura.
    f) Aplicar las Leyes, Resoluciones y Reglamentos en todos sus alcances y efectos, así como orientar jurídicamente la solución de todos los asuntos concernientes a la Prefectura.
    g) Asesorar a los ejecutivos de la Prefectura en la solución de los asuntos jurídicos y trámites legales relativos a las actividades de la prefectura.
    h) Supervisar el cumplimiento de los requisitos jurídicos para el ejercicio de las atribuciones previstas en el Artículo 5 incisos r), e) y t) de la Ley 1654.
    i) Revisar y compatibilizar de conformidad a las disposiciones legales, los Reglamentos Específicos que se elaboren en la Prefectura.
    j) Sustentar todo trámite jurídico en archivos organizados de acuerdo a tema, materia corte y distrito.
    k) Precautelar los intereses de la Prefectura en la suscripción de contratos, en la atención de asuntos judiciales, laborales y administrativos.
    l) Asesorar en la elaboración de Resoluciones, Autos, Recetas, Exhortos, Contratos y otros documentos legales que requiera la Prefectura en todas sus instancias, incluidos los Servicios y Programas Departamentales.
    m) Velar por el estricto cumplimiento de las resoluciones prefecturales, así como por las disposiciones legales en vigencia, instando aun de oficio a su plena observancia por todas las unidades y funcionarios de la Prefectura.
    n) Estudiar y emitir opinión sobre la aplicabilidad de normas jurídicas a la administración de la Prefectura.
    o) Emitir opinión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de disposiciones legales en vigencia, que afectan de algún modo a la Prefectura como Institución.
    p) Informar al Señor Prefecto sobre el estado de los trámites administrativos, judiciales, laborales, coactivos y otros.
    q) Proyectar las resoluciones técnico administrativas que le fueren requeridas por el Señor Prefecto del Departamento.
    r) Analizar los convenios de financiamiento, cooperación, contratos de créditos, contratos de obra, contratos de adquisiciones, contratos de servicio, y otros documentos que deban ser suscritos por el Señor Prefecto en materia contractual, garantizando el cumplimiento de las normas y velando por los intereses de la Prefectura.
    s) Atender los sumarios administrativos internos.
    t) Velar por la primacía del criterio de la economía jurídica en todo tramite legal.
    u) Mantener un archivo de todos los asuntos legales y jurídicos tratados por la Dirección.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL

    GABINETE DEL DESPACHO PREFECTURAL

    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Personal Administrativo de Apoyo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Entidades del Nivel Nacional
  • Medios de Comunicación
  • Organizaciones de la Sociedad Civil
  • Pares funcionales de los Gobiernos Departamentales.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo 25060 del 2 de junio de 1998
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Lograr la máxima eficiencia, precisión y dinamicidad en las tareas y funciones de apoyo al Prefecto.
    - Garantizar una imagen prefectural que facilite y promueva las acciones de la Prefectura en el ámbito departamental.
    Descripción de Funciones:
    a) Administrar la documentación oficial de la Prefectura a través de las tareas de distribución de la información oficial tanto de entrada como de salida.
    b) Lograr la máxima eficiencia, precisión y dinamicidad en las tareas y funciones de apoyo al Prefecto.
    c) Garantizar una imagen prefectural que facilite y promueva las acciones de la Prefectura en el ámbito departamental, nacional y departamental.
    d) Tomar conocimiento de la correspondencia recibida y elaborar un Resumen Ejecutivo de los principales asuntos y temas para informar al Prefecto.
    e) Derivar y Despachar diariamente la correspondencia recibida.
    f) Instruir la organización del Archivo Oficial del Despacho Prefectural.
    g) Sistematizar la información de las diferentes áreas organizacionales para consideración del Prefecto.
    h) Redactar y preparar la correspondencia emitida por el Despacho Prefectural.
    i) Velar por el resguardo de toda la documentación oficial que se archiva durante la gestión.
    j) Realizar las tareas de asistencia administrativa para el Señor Prefecto y personal del Gabinete.
    k) Coordinar con Relaciones Publicas y Protocolo la organización de los Actos Oficiales en el Salón Prefectural.
    l) Coordinar con la Dirección de Comunicación Social la redacción de los discursos del Prefecto según el caso, salutaciones, comunicados prefecturales, condecoraciones, posesiones, nombramientos, etc.
    m) Elaborar actas de posesión y título de nombramiento para los Subprefectos y Corregidores respectivamente.
    n) Redactar informes que por orden del Señor Prefecto, deben ser presentados al Consejo Departamental.
    o) Coordinar las entrevistas y reuniones del Señor Prefecto con los órganos y autoridades departamentales, municipales y otras.
    p) Preparar la carpeta de información para los viajes del Prefecto.
    q) Recibir y Registrar la correspondencia llegada al Despacho del Prefecto.
    r) Tomar conocimiento de la correspondencia recibida y elaborar un Resumen Ejecutivo de los principales asuntos y temas para informar al Prefecto.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL

    ANALISIS Y GESTION ESTRATEGICA

    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

    Equipos Técnicos de Trabajo.
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Contraloría General de la República
  • Contraloría Departamental
  • Tribunales de Justicia
  • Fiscalía de la República
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 119 del veintiséis de junio del 2009.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Apoyar y asesorar a los niveles ejecutivos en la resolución de problemas específicos, brindar asesoramiento jurídico y gestionar las peticiones de informe y requerimientos de la Contraloría General de la Republica.
    Descripción de Funciones:
    a) Asesorar en asuntos especiales.
    b) Gestionar la respuesta a Peticiones de Informe
    c) Realizar el seguimiento y elaboración de estrategias de gestión jurídica de denuncias y causas que se tramitan en los Tribunales Judiciales.
    d) Efectuar el seguimiento y monitoreo de las recomendaciones contenidas en las Auditorias que se practiquen a la Prefectura del Departamento.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DIRECCION DE COMUNICACIÓN E INFORMACION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Medios de Comunicación Social Departamentales y Nacionales
  • Instituciones públicas y privadas del departamento.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo 25060 del 2 de junio de 1998
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Promocionar las actividades prefecturales informando periódicamente a la población.
    - Proyectar una imagen institucional favorable y comprometida con el desarrollo departamental.
    Descripción de Funciones:
    a) Definir políticas y estrategias de difusión y comunicación de las actividades prefecturales hacia la población en el marco de las políticas nacionales definidas para la materia.
    b) Diseñar acciones que promuevan una imagen institucional favorable ante la opinión pública.
    c) Transmitir periódicamente a los medios de comunicación social departamental y nacional información sobre las actividades prefecturales.
    d) Redactar diariamente las noticias de la Prefectura para distribuir a los medios de comunicación social.
    e) Diseñar boletines de comunicación sobre las actividades prefecturales para conocimiento interno y externo.
    f) Difundir en coordinación con los Secretarias Departamentales, aspectos referentes a políticas, programas y proyectos de la Prefectura.
    g) Organizar entrevistas, conferencias de prensa y reuniones para la divulgación de asuntos de interés de la Prefectura.
    h) Organizar audiencias, actos de recepción y otros a visitantes y huéspedes oficiales a la Prefectura del Departamento.
    i) Elaborar mensajes audiovisuales y redactar textos escritos a ser difundidos a través de los medios existentes.
    j) Elaborar la ayuda memoria para entrevistas, discursos y reuniones de las autoridades superiores.
    k) Organizar actividades, con agencias publicitarias y otros proveedores de acuerdo a los términos contractuales fijados.
    l) Diseñar instrumentos técnicos que permitan evaluar el impacto de las estrategias de comunicación utilizadas por la Prefectura en el objetivo de lograr una imagen institucional favorable.
    m) Conservar y archivar en forma ordenada y sistemática, los documentos y medios magnéticos de las actividades realizadas.
    n) Preparar todo el material necesario, así como el personal requerido, para el cumplimiento adecuado de las ceremonias protocolares en coordinación con la Unidad de Protocolo y Relaciones Públicas.
    o) Mantener un archivo con todo el material audiovisual producido sobre las actividades, programas y proyectos de la Prefectura.
    p) Presentar al Secretario General, informes trimestrales de seguimiento y evaluación a la ejecución del POA, de acuerdo al formato y procedimientos establecidos para el efecto.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DIRECCION DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE OBRAS Y PROYECTOS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Equipo Técnico de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Entidades Nacionales
  • Instituciones Departamentales
  • Municipios del Departamento
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Realizar el control de calidad de las labores de Fiscalización y Supervisión de Obras y Proyectos.
    Descripción de Funciones:
    a) Verificar la calidad de los Términos de Referencia formulados para la elaboración de estudios y/o diseños finales y, los Pliegos de Especificaciones Técnicas para la contratación de obras que aseguren la calidad técnica de las inversiones que se ejecuten.
    b) Efectuar labores de Seguimiento y Monitoreo de las labores de Fiscalización y Supervisión de obras mayores en ejecución, sugiriendo (si corresponde) medidas correctivas cuya implementación será responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva y de los Fiscales de Obra de las Unidades Funcionales que ejecutan dichas inversiones.
    c) Emitir opinión sobre solicitudes de "Ordenes de Cambio" y "Contratos Modificatorios" sometidos a evaluación de la Dirección, en el marco de los procedimientos establecidos para el efecto.
    d) Emitir criterio técnico especializado a requerimiento del Prefecto del Departamento sobre temas de competencia de la Dirección.
    e) Prestar asistencia y capacitación técnica a los Fiscales de Obra designados por Secretarías Departamentales, Servicios Departamentales, Direcciones Departamentales, Subprefecturas y Corregimientos Mayores.
    f) Generar instrumentos administrativos y de procedimientos (Manuales) que cualifiquen las labores de supervisión y fiscalización de obras.
    g) Desarrollar políticas de control y fiscalización de proyectos ejecutados y/o promovidos por la Prefectura del Departamento.
    h) Efectuar el seguimiento a la ejecución física y financiera de los proyectos incorporados en la planificación anual.
    i) Responsabilizarse de la implementación, operación, administración y actualización del Sistema de Gestión y Apoyo a Proyectos (SIGAP).


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL DIRECCION DE TRANSPARENCIA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Organizaciones de la Sociedad Civil.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Lograr una imagen prefectural que permita elevar los índices de confiabilidad en el manejo de los recursos.
    - Establecer un vínculo directo entre la población y la prefectura, facilitando la participación dentro de la fiscalización de los recursos asignados a la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Diseñar y proponer políticas y mecanismos de prevención y control de la corrupción.
    b) Elaborar e implementar el Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.
    c) Proponer reformas institucionales destinadas a aumentar los niveles de transparencia en la gestión y mejorar la capacidad de prevención de actos de corrupción.
    d) Coordinar con los niveles sectoriales, territoriales, servicios departamentales y programas y proyectos desconcentrados y descentralizados, acciones destinadas a la prevención y lucha contra la corrupción.
    e) Identificar áreas de riesgo de corrupción e implementar políticas de prevención
    f) Recibir, valorar y procesar denuncias de supuestos hechos de corrupción.
    g) Solicitar y gestionar la cooperación técnica de Agencias de Cooperación Externa para la elaboración de programas de prevención y lucha contra la corrupción.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL PROTOCOLO Y RELACIONES PÚBLICAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Pares del Gobierno Central
  • Instituciones Públicas Departamentales
  • Municipios
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de Septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Realizar actividades relacionadas con protocolo y ceremonial, planificando, coordinando y supervisando actos y/o eventos de la Institución, a fin de garantizar el cumplimiento de las normas protocolares requeridas.
    Descripción de Funciones:
    a) Coadyuvar al establecimiento y mantenimiento de la necesaria relación entre la Prefectura y las instituciones con las que se vincula constantemente.
    b) Organizar todos aquellos actos oficiales y de significación institucional, asumiendo, la planificación, coordinación, el orden de precedencia, tratamiento y equivalencia entre los poderes públicos nacionales, autoridades civiles, diplomáticas, eclesiásticas y militares.
    c) Organizar, coordinar y supervisar actos y eventos protocolares de la Prefectura.
    d) Asesorar al personal en general y autoridades prefecturales en cuanto a la realización de actos y eventos protocolares de su competencia.
    e) Asesorar a organismos con los que organiza actos conjuntos en cuanto a organización de actos y eventos protocolares.
    f) Elaborar la agenda de los programas de los actos protocolares.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL REPRESENTACIONES EN EL INTERIOR DEL PAIS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerios
  • Viceministerios
  • Direcciones Nacionales
  • Servicios Nacionales
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Agilizar los trámites administrativos, legales, etc., de la Prefectura ante el Poder Ejecutivo y otras entidades con las que la institución se relacione.
    - Realizar el seguimiento correspondiente a las gestiones de la Prefectura y a los trámites de la institución en la ciudad de La Paz.
    - Coordinar adecuadamente las actividades prefecturales en la sede de Gobierno.
    Descripción de Funciones:
    a) Asumir la representación de la Prefectura de Tarija, ante entidades del nivel nacional organismos externos, para tramitar la canalización de recursos financieros o asistencia técnica para programas y/o proyectos.
    b) Coordinar y realizar acciones y gestiones de la Prefectura a nivel de Gobierno Central, organismos nacionales e internacionales públicos y privados.
    c) Realizar gestiones y trámites ante entidades de gobierno y otras cuya sede principal se encuentra en la ciudad de La Paz.
    d) Otorgar apoyo logístico a las comisiones de trabajo destacadas a la Sede de Gobierno para iniciar trámites específicos con instituciones del Gobierno Central.
    e) Realizar el seguimiento y, en su caso, concluir gestiones iniciadas por las diferentes unidades de la Prefectura.
    f) Efectuar otras gestiones encomendadas por el Prefecto del Departamento y otras autoridades del nivel superior.
    g) Apoyar las acciones de los ejecutivos departamentales en la búsqueda de fuentes de recursos de inversión y de asistencia técnica para la Prefectura de Tarija.
    h) Otras gestiones relacionadas con la Prefectura y requeridas por las diferentes Direcciones, Unidades, Programas y Proyectos, etc.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL RELACIONES NTERNACIONALES Y COOPERACION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Equipos Técnicos de Trabajo.
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Organismos de Cooperación Internacional
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Apoyar y asesorar a los niveles ejecutivos a la definición de políticas para la ejecución de programas de cooperación financiera internacional y proyectos de asistencia técnica.
    Descripción de Funciones:
    a) Promover y coordinar la ejecución de políticas de integración y de mayor relacionamiento entre las provincias del Departamento, fortaleciendo los vínculos de unidad departamental.
    b) Fortalecer los mecanismos de relacionamiento entre la Prefectura y las provincias del Departamento en directa coordinación con las Subprefecturas y Corregimientos.
    c) Gestionar recursos financieros y técnicos de cooperación oficial, privada nacional e internacional para apoyar los proyectos definidos por la Prefectura.
    d) Ejercer como órgano sectorial de enlace ante organismos internacionales y países extranjeros.
    e) Identificar la oferta y demanda de cooperación técnica y financiera internacional con fuentes bilaterales y multilaterales.
    f) Identificar, en el ámbito internacional y nacional tanto gubernamental como privado, nuevas oportunidades para la consecución de recursos financieros y de asistencia técnica para proyectos prefecturales.
    g) Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Prefectura con organismos internacionales y países extranjeros y realizar el seguimiento y evaluación de los convenios, convenciones, declaraciones, acuerdos, proyectos o acciones concertadas, garantizando el alcance de los objetivos propuestos y su sostenibilidad en el tiempo.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL AUDITORIA INTERNA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos técnicos de trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Contraloría General de la República a través de la Contraloría Departamental.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto Supremo No 25060
    - Decreto Supremo 26767
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Analizar los resultados y eficiencia de las operaciones relacionadas a los Sistemas de Administración y Control Gubernamental en la Prefectura, recomendando y sugiriendo medidas correctivas.
    - Controlar la administración de recursos financieros y el cumplimiento de las normas y objetivos de gestión de conformidad a las normas y procedimientos del sistema de administración fiscal y control gubernamental y el sistema de control interno.
    Descripción de Funciones:
    a) Planificar y programar la relación de auditorías de gestión en las diferentes unidades y particularmente allí donde se detecten problemas.
    b) Ejecutar auditorías especiales de acuerdo a requerimiento del Prefecto.
    c) Programar y ejecutar auditorías en las unidades de recepción de fondos mediante Arqueos de Caja sorpresivos, en Caja Central, Caja Chica, Fondos Rotativos y otros.
    d) Elaborar y cumplir el Programa Operativo de Actividades de Auditoria siguiendo el procedimiento e instructivo del Sistema de Programación de Operaciones vigente y de la Contraloría Departamental.
    e) Elevar todo informe concluido de Auditoría Interna al Prefecto del Departamento y a la Contraloría General de República.
    f) Elevar informe de Auditoría con Responsabilidad a la Dirección Jurídica Departamental para su dictamen.
    g) Presentar al Prefecto en el marco del Programa de Operaciones Anual, informes semestral y anuales de actividades.
    h) Observar mediante informe de Auditoría Interna, la aplicación de las disposiciones vigentes y el perjuicio que ocasiona su incumplimiento a la entidad.
    i) Evaluar la confiabilidad, oportunidad y pertinencia de la información generada por los sistemas SAFCO.
    j) Dirigir y llevar a cabo la fiscalización interna de las operaciones económico - financieras y administrativas de la Prefectura y de las unidades que dependen de ella.
    k) Examinar y Verificar la ejecución presupuestaria y su compatibilidad con lo programado
    l) Analizar los resultados y eficiencia de las operaciones en todas las áreas de la Prefectura.
    m) Determinar el cumplimiento, la calidad, eficacia, pertinencia de los términos de autorización, procesamiento, clasificación, registro, verificación, evaluación, seguridad y protección física, incorporada en los procedimientos administrativos y operativos.
    n) Evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de los sistemas de administración y de los instrumentos de control interno incorporados a ellos.
    o) Examinar y verificar la eficacia de los controles internos en función de crear mejores alternativas a la acción de los controles existentes.
    p) Orientar, examinar y verificar la adecuada aplicación de las normas presupuestarias financiera y contable.
    q) Analizar y controlar la exactitud de los comprobantes, registros e informes de contabilidad y la adecuada aplicación del procedimiento contable y financiero.
    r) Determinar la confiabilidad y razonabilidad de los estados financieros.
    s) Realizar auditorías sobre las inversiones, en obras ejecutadas y/o ejecución por administración directa o por contratos, y fiscalizar las correctas aplicaciones de los fondos, manejo de valores y uso de bienes en cualquiera de las unidades de la prefectura, centralizadas y descentralizadas.
    t) Evaluar las inversiones, mediante auditorias técnicas, especiales, particulares y otras.
    u) Evaluar las operaciones mediante auditorías operativas parciales o totales.
    v) Emitir dictámenes de acuerdo a las características de los resultados de la auditoría.
    w) Analizar, para proponer medidas de los resultados y la eficacia de las operaciones.
    x) Tener conocimiento sobre contratos celebrados para efectos de control posterior.
    y) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y contractuales en la ejecución de acuerdo a contratos y convenios.
    z) Realizar auditorías de funcionamiento y aplicación del Sistema de Administración de Personal.
    aa) Coordinar con las diferentes unidades de la Prefectura para el perfecto ejercicio de sus actividades.
    bb) Una vez concluido el informe de auditoría remitirlo al Consejo Departamental, Prefecto y Contraloría General de la República. (Art. 15 Ley SAFCO).
    cc) Coordinar con la Contraloría Departamental acciones que coadyuven a la fiscalización de las actividades de la Prefectura.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA GENERAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Proyectos Especiales.
  • Coordinación Consejo Departamental
  • Gobierno Electrónico y Sistemas Informáticos
  • Límites
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Instituciones Públicas Nacionales.
  • Organismos Internacionales
  • Servicio Diplomático
  • Organizaciones de la Sociedad Civil del Departamento.
  • Prefecturas del País.
  • Municipios del Departamento
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Dirigir y coordinar técnica y operativamente las funciones de las diferentes áreas organizacionales de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Reemplazar al Prefecto del Departamento en caso de ausencia.
    b) Coordinar la relación entre el ejecutivo y el Consejo Departamental, y asumir interinamente la Presidencia en reemplazo del Sr. Prefecto.
    c) Ejercer la función de Secretario General del Consejo Departamental.
    d) Promover la coordinación horizontal entre las Secretarías Departamentales.
    e) Promover la coordinación vertical entre las Secretarías Departamentales, los Servicios Departamentales y las Subprefecturas y Corregimientos Mayores en el ámbito del Gabinete Territorial.
    f) Coordinar la formulación y ejecución de la Agenda Estratégica Institucional.
    g) Elevar a consideración del Prefecto del Departamento los planes y programas institucionales de la Prefectura.
    h) Dirigir la ejecución de los planes institucionales de desarrollo, monitorear y evaluar su ejecución.
    i) Realizar seguimiento a la aplicación de los Sistemas de Administración y Control Gubernamental establecidos por la Ley 1178.
    j) Coordinar y relacionar a la Prefectura del Departamento con instancias del Gobierno Nacional para la ejecución de planes, programas, proyectos y actividades de desarrollo departamental.
    k) Atender la problemática limítrofe en el departamento en el marco de las competencias definidas por la normativa vigente.
    l) Coordinar el desarrollo y articulación de políticas institucionales con Gobiernos Municipales.
    m) Supervisar el cumplimiento de objetivos y resultados del Servicio Departamental de Fortalecimiento Municipal y Comunitario.
    n) Ejercer como órgano de enlace con las Subprefecturas y Corregimientos, y coordinar los aspectos técnicos, administrativos y políticos, efectuando el seguimiento correspondiente.
    o) Elaborar el Programa de Operaciones Anual (POA) y Proyectos de Presupuesto de la Secretaría General, siguiendo el procedimiento y las Directrices del Ministerio de Hacienda, Sistema de Programación de Operaciones y Presupuestos.
    p) Cumplir otras funciones que le sean delegadas por el Prefecto del Departamento.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL PROYECTOS ESPECIALES
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Unidad de Promoción Diseño y Normas
  • Unidad de Gestión Supervisión de Diseño y Obras
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Sociedad Civil
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Desarrollar y elaborar manuales de normas para el diseño y la calidad de los proyectos.
    Descripción de Funciones:
    a) Desarrollar políticas de promoción Gestión y Generación de Proyectos de diseño y construcción para equipamientos públicos.
    b) Apoyar técnicamente los procesos de concertación con los actores sociales públicos e instituciones programas, para la ejecución de proyectos especiales.
    c) Apoyar técnica y normativamente a las Secretarías Departamentales, Subprefecturas, Corregimientos, Programas y Proyectos para el diseño y construcción de proyectos de impacto.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL COORDINACION CONSEJO DEPARTAMENTAL
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Ninguna.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Consejo Departamental
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Coordinar las actividades de la Prefectura con el Consejo Departamental
    Descripción de Funciones:
    a) Apoyar a la Secretaria General en la redacción y difusión de la convocatoria y orden del día para las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Departamental.
    b) Revisar y apoyar en la redacción del Acta de Sesión de las sesiones ordinarias y extraordinarias y proponer a la aprobación y firmas de los Consejeros Departamentales, Presidente y Secretario del Consejo Departamental.
    c) Canalizar la obtención de información solicitada por el Consejo Departamental, en Comisión o individualmente por los miembros del Consejo Departamental.
    d) Estructurar y ordenar los reportes para el Consejo Departamental previo conocimiento del Secretario General.
    e) Encargarse de la relación operativa entre el Ejecutivo y el Consejo Departamental bajo la dirección de la Secretaría General.
    f) Realizar el seguimiento a la agenda del Consejo Departamental y a las tareas establecidas en las sesiones del mismo.
    g) Elaborar, editar y encargar la publicación de la memoria anual del Consejo Departamental.
    h) Coordinar la labor técnica y administrativa del equipo de apoyo del Consejo Departamental.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL GOBIERNO ELECTRONICO Y SISTEMAS INFORMATICOS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Área de Desarrollo de NTICs
  • Área de Planificación y Seguimiento a Proyectos.
  • Área de Asistencia y Soporte Técnico.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Entidades y Empresas especializadas dentro del área de la informática.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Desarrollar e implementar sistemas de información y de gestión interconectada e interrelacionados para generar información oportuna, transparente, confiable y de fácil acceso.
    Descripción de Funciones:
    a) Analizar, diseñar, programar e implementar sistemas informáticos adecuados a la estructura de la Prefectura del Departamento.
    b) Supervisar el funcionamiento de los sistemas informáticos técnicos, administrativos y contables.
    c) Administrar los sistemas informáticos de la Prefectura.
    d) Otorgar asistencia técnica a las unidades funcionales en la formulación de sus requerimientos de herramientas informáticas.
    e) Diseñar e implementar programas de seguridad informática.
    f) Automatizar la gestión de trámites que se desarrollan en la Prefectura.
    g) Administrar los servicios informáticos, el uso de equipos y el acceso de usuarios.
    h) Desarrollar soluciones tecnológicas de comunicación en el ámbito institucional.
    i) Administrar y mantener las plataformas de comunicación de la Prefectura.
    j) Prestar asesoramiento técnico para la adquisición de equipos electrónicos y de comunicación.
    k) Prestar asesoramiento técnico para la implementación física y logística del SIGMA.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL LIMITES
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario General
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipo Técnico de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Instancias de Gubernamentales relacionadas con Límites
  • Instancias Departamentales.
  • MARCO LEGAL
    - Ley 2150 (Unidades Político Administrativas), Decreto Supremo No 26273 (Consejo de Asuntos Territoriales).
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Desarrollar acciones que permitan resolver en primera instancia el proceso de creación, reposición, supresión y delimitación de conflictos Político Administrativos dentro del departamento de Tarija.
    Descripción de Funciones:
    a) Conocer y elevar al Prefecto del Departamento, para su resolución en primera instancia los procesos administrativos de creación, supresión y delimitación de cantones, secciones de provincias y provincias.
    b) Procesar, registrar, codificar, archivar; la información proporcionada por las diferentes entidades involucradas en los procesos que se tramiten en las Unidades Político Administrativas.
    c) Coordinar con la Unidad Técnica de Límites Político Administrativas del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, el proceso de gestión de las distintas Unidades Político Administrativas , la verificación de la información a procesar en la primera y segunda instancia del proceso de la UPAS.
    d) Apoyar al Prefecto del Departamento en la substanciación del proceso administrativo y el proceso de conciliación de los conflictos límites territoriales.
    e) Socializar a los actores sociales sobre los derechos y obligaciones que otorga la Ley 2150, Ley UPAS y su Decreto Reglamentario.
    f) Sensibilizar a los habitantes de áreas probables de conflicto con el propósito de evitar problemas de límites territoriales.
    g) Sustanciar los procesos administrativos en primera instancia a fin de concluir con los conflictos territoriales del departamento.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE PLANIFICACIÓN E INVERSION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    ESTRUCTURA INTERNA POR AREA FUNCIONAL
  • Planificación y Ordenamiento Territorial.
  • Inversión Pública.
  • Programación de Operaciones
  • Centro de Investigación y Estadísticas
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Planificación del Desarrollo.
  • Viceministerios de:
  • Planificación y Coordinación. Inversión Pública y Financiamiento Externo.
  • Planificación Territorial y Ambiental.
  • Planificación Estratégica Plurianual.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Garantizar la implementación y aplicación del Modelo de Gestión Participativo y Descentralizado que oriente el uso óptimo de los recursos prefecturales y el cumplimiento de objetivos institucionales.
    - Garantizar el mejor uso de los recursos de inversión, a través del Programa de Inversión Pública.
    - Garantizar una gestión institucional orientada a cumplir objetivos y lograr resultados enmarcados en los planes y políticas de desarrollo departamental e institucional.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Responsabilizarse de las labores de Fiscalización de obras, estudios y diseños finales que se ejecutan.
    f) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.

    Descripción de Funciones:
    a) Coordinar los procesos de planificación del desarrollo departamental e institucional y la programación de operaciones anual.
    b) Dirigir los procesos de planificación del desarrollo (PDDES) con una metodología participativa e incluyente con actores sociales, sectoriales y corporativos del departamento, en conformidad y cumplimiento del Sistema Nacional de Planificación (SISPLAN).
    c) Asegurar que la formulación de PDDES se relacione con las políticas nacionales contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo (PND).
    d) Coordinar con todas las Unidades Funcionales la ejecución de los planes de gobierno y la programación de operaciones anuales.
    e) Garantizar la incorporación de las problemáticas de género, generacional y pueblos indígenas como temas transversales de prioridad en la formulación de planes y programas de desarrollo departamental.
    f) Formular el programa de inversiones anual y el presupuesto institucional, en el marco de las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Departamental y Plan Estratégico Institucional.
    g) Formular y facilitar la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial (PLOT) y Plan de Uso y Ocupación del Suelo (PLUS) en coordinación con actores sociales e institucionales del departamento.
    q) Evaluar periódicamente la gestión y los resultados del Plan Departamental de Desarrollo Económico y Social.
    h) Coordinar la formulación y evaluación de proyectos de inversión pública en coordinación con Secretarías, Servicios y niveles territoriales de la Prefectura del Departamento, en el marco de las normas contenidas en el Sistema de Inversión Pública y otras disposiciones conexas.
    i) Formular, diseñar y difundir normas de control de calidad para formular proyectos de inversión y controlar su aplicación.
    j) Administrar el catastro departamental.
    k) Administrar la implementación de los Sistemas y Normas Básicas de Planificación, Presupuesto y Programación de Operaciones.
    l) Elaborar informes periódicos y memorias de gestión anual de la Prefectura del Departamento.
    m) Desarrollar sistemas de transferencias de recursos financieros con criterios de equidad para disminuir las brechas y desigualdades de desarrollo relativo entre jurisdicciones territoriales.
    n) Promover y coordinar el establecimiento de espacios de concertación para la construcción de políticas públicas departamentales.
    o) Apoyar el trabajo de los Comités de Desarrollo Seccional, los Encuentros de Concertación Social (ECOS) y las audiencias de Transparencia de Cuentas (ATC)
    p) Administrar las estadísticas del desarrollo departamental, elaborar y validar participativamente indicadores de desarrollo humano y de niveles de pobreza; como así mismo, construir líneas de base e indicadores que permitan evaluar impactos de las políticas públicas departamentales.
    q) Dirigir la realización de estudios e investigaciones sobre la problemática del desarrollo departamental.
    r) Monitorear el funcionamiento de la gestión por resultados.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Planificación e Inversión.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Planificación Territorial y Ambiental.
  • Viceministerio de Planificación y Coordinación.
  • Municipios del Departamento
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Garantizar el proceso de Planificación Departamental proponiendo políticas, planes y estrategias de desarrollo en el marco de las políticas, planes nacionales y sectoriales.
    - Garantizar el funcionamiento articulado de los Sistemas Nacionales de Planificación, Inversión Pública y Programación de Operaciones.
    Descripción de Funciones:
    a) Proponer al Secretario de Planificación e Inversión políticas, planes y estrategias de desarrollo para el departamento, en el marco de las políticas, planes y estrategias nacionales y sectoriales.
    b) Coordinar técnicamente la elaboración del Plan de Departamental de Desarrollo Económico y Social (PDDES).
    c) Orientar a cada una de las Secretarias Departamentales, Direcciones Departamentales en la elaboración de los planes estratégicos y planes maestros sectoriales departamentales.
    d) Dirigir, coordinar y consolidar el proceso de planificación departamental -interdepartamental en el marco del Sistema Nacional de Planificación (SISPLAN) y el modelo de gestión descentralizado y participativo.
    e) Velar por el cumplimiento de las Normas Básicas del Sistema Nacional de Planificación y su articulación con el Sistema de Inversión Pública y de Programación de Operaciones.
    f) Elaborar, evaluar y retroalimentar, en coordinación con la Unidad de Programación de Operaciones, el Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Prefectura.
    g) Analizar y compatibilizar el Programa de Inversión Pública en el marco de los objetivos del PDDES y de la Programación de Mediano y Largo Plazo, coordinando acciones con la Unidad de Programación de Operaciones.
    h) Operativizar el funcionamiento del Sistema Nacional de Planificación en la Prefectura, apoyando a las Unidades operativas en la aplicación de las normas básicas, reglamentos, metodologías, instrumentos operativos y mecanismos de coordinación.
    i) Realizar Gestión Territorial.
    j) Formular Planes de Ordenamiento Territorial tanto Departamental como Municipal.
    k) Apoyo técnico para la formulación de Planes Departamentales de Desarrollo Económico y Social y Plan Estratégico Institucional.
    l) Generar y difundir políticas territoriales de Ordenamiento Territorial (Uso de Suelo y ocupación del Territorio)
    m) Interpretar y generar información relacionada con el Ordenamiento Territorial.
    n) Monitorear y evaluar el proceso de implementación de Planes de Ordenamiento Territorial.
    o) Generar y difundir políticas de Uso del Suelo.
    p) Identificar conflictos en el manejo y uso de los suelos.
    q) Definir y analizar directrices y/o patrones de Asentamientos Humanos en la Ocupación del Territorio (actual y futuro).
    r) Generar políticas de Ocupación del Territorio.
    s) Lograr la articulación del PDDES y PEI
    t) Generar y transmitir conocimientos e información dentro del proceso de planificación estratégica.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE PLANIFICACION E INVERSION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE INVERSION PÚBLICA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Planificación e Inversión.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 119 del 26 de junio del 2009.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    Descripción de Funciones:
    a) Relacionar y articular proyectos y/o experiencias con los municipios y otros actores de la planificación dentro del departamento.
    b) Formular y/o recomendar proyectos relacionados con: Apoyo a la producción, Infraestructura y servicios, Amenazas, Riesgos y Vulnerabilidad, Planificación y Desarrollo Urbano, Patrimonio Cultural.
    c) Evaluar los proyectos de inversión de la Prefectura en el marco de las normas básicas de Inversión Pública, analizando si cumplen los requisitos de incorporación al Plan de Inversión Pública (PIP).
    d) Compatibilizar el Programa de Inversión Pública anual con los objetivos del PDDES e impactos en el desarrollo departamental, coordinando con Planificación los criterios de priorización de los proyectos de Inversión.
    e) Sistematizar la información requerida por el Sistema de Inversión Pública, elaborado los informes correspondientes y remitiendo la información requerida al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
    f) Elaboración de programas y proyectos de Fortalecimiento Institucional y gestión de cooperación técnica y económica no reembolsable.
    g) Apoyo técnico especializado a las Subprefecturas y Corregimientos Mayores en las etapas de preinversión, inversión y ejecución de proyectos de competencia prefectural, proyectos concurrentes y programas no recurrentes, cumpliendo las metodologías, las normas y los reglamentos en actual vigencia.
    h) Apoyo técnico en la revisión y análisis de los estudios y términos de referencia de los proyectos de inversión pública.
    i) Actividades de apoyo a la gestión de financiamiento, viabilización y ejecución de proyectos.
    j) Apoyo técnico en la preparación de planes departamentales de desarrollo económico y social, y programas integrales de desarrollo sectorial y espacial.
    k) Apoyo en la formulación y ejecución de políticas y estrategias de desarrollo regional.
    l) Participación en otros estudios e investigaciones sociales, macroeconómicos, microeconómicas y multisectoriales.
    m) Sistematizar la información de estudios de proyectos de inversión, para la actualización permanente del Programa de Requerimiento de Financiamiento (PRF), realizar seguimiento y emitir informes.
    n) Capacitación y asistencia técnica especializada a funcionarios prefecturales y municipales en SISPLAN, SNIP, NB-SABS, SISIN, SGP; Metodologías Sectorialistas de Presentación, Preparación y Evaluación de Proyectos de Inversión Pública.
    o) Apoyo técnico especializado en preparación de la documentación del Pliego de Condiciones, Términos de Referencia, Especificaciones Técnicas, Precio Referencial y otros requisitos en el marco actualizado de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios NB - SABS.
    p) Preparar y enviar a ministerios las normas e instrucciones referidas a la evaluación ex-post.
    q) Seleccionar anualmente los proyectos a los cuales se les hará evaluación ex-post.
    r) Preparar un informe inicial de cada uno de los proyectos, considerando la ficha y la evaluación ex-ante, el cual estará enfocado hacia los problemas técnicos, institucionales y administrativos que puedan hacer fracasar el proyecto, como también señalando la información e indicadores que servirán para realizar la evaluación ex-post.
    s) Emitir un informe final por proyecto, considerando su informe inicial y los demás informes enviados por el ministerio y la unidad ejecutora. En este informe se señalarán las conclusiones y recomendaciones que se desprendan de las evaluaciones continuas y ex-post.
    t) Evaluación de resultados de gestión prefectural. u) Presentar indicadores de desarrollo regional.
    v) Verificar y generar información sobre la rentabilidad de los proyectos e idear mecanismos que permitan programar la inversión en función a dichas rentabilidades, presentar indicadores de priorización de proyectos de inversión, índices IVAN, Ranking de Proyectos y Momento Optimo de Inicio de los Proyectos.
    w) Prestar asesoría técnico - económica a las Unidades de Presupuestos y Programación de la Prefectura del Departamento de Tarija en la asignación presupuestaria anual de la inversión pública.
    x) Apoyo técnico en la evaluación privada y en la evaluación social de todas las alternativas técnicamente viables de los estudios de proyectos de inversión.
    y) Apoyo en la revisión técnica de proyectos y en la elaboración de informes de recomendación de la ejecución de estudios y proyectos de inversión que postulan a financiamiento público.
    z) Apoyo en la revisión técnica y evaluación exhaustiva de la documentación del Pliego de Condiciones, Términos de Referencia, Especificaciones Técnicas, Precio Referencial y otros requisitos según NB - SABS en actual vigencia.
    aa) Homogeneizar, estandarizar, normar y coordinar la información relativa al proceso de identificación, formulación, presentación y evaluación de los proyectos de inversión que llevan a cabo las distintas instituciones del sector público del Departamento de Tarija.
    bb) Orientar el proceso de asignación de recursos a las oportunidades de inversión más rentables, de acuerdo al costo de oportunidad de los recursos públicos.
    cc) Elaboración periódica del documento de "Procedimientos, Formularios y Normas de Proyectos de Inversión Pública Regional", para la presentación de los proyectos.
    dd) Apoyo en la revisión y análisis de los estudios y proyectos de inversión que postulan a financiamiento público.
    ee) Elaboración y actualización, en conjunto con los sectores, de las metodologías de preparación y evaluación de proyectos.
    ff) Elaboración y difusión de pautas para preparar los Términos de Referencia para estudios de preinversión.
    gg) Recopilar, procesar y proveer de información técnica especializada, en general a todas las Direcciones y Unidades de la Prefectura del Departamento y en particular a las Áreas de Preparación y Evaluación de Proyectos de la Unidad de Gestión de Proyectos y Unidades de Ordenamiento Territorial, Planificación, Programación y Presupuestos.
    hh) Diseñar metodologías de presentación, preparación y evaluación de proyectos de competencia prefectural, proyectos concurrentes, programas no recurrentes, estudios e investigaciones, formulación de proyectos de investigación.
    ii) Llevar un completo y permanente actualizado inventario de proyectos de inversión pública del Departamento de Tarija.
    jj) Implementar una Biblioteca Especializada de Proyectos (Banco Integrado de Proyectos) Estratégicos de Inversión Pública de impacto departamental y municipal.
    kk) Publicar y difundir la información generada por SEBI, OT, SNIP, PRF, VIPFE, Banco de Proyectos, fuentes internas y externas de financiamiento y cooperación técnica, indicadores de priorización y decisión, índices IVAN, Ranking de Proyectos, criterios de selección de proyectos, metodologías de presentación, preparación y evaluación de proyectos de competencia prefectural, proyectos concurrentes, programas no recurrentes, estudios e investigaciones, formulación de proyectos de investigación.
    ll) Elaborar, evaluar y revisar diagnósticos y estudios de proyectos de investigación.
    mm) Elaboración Anual del "Compendio de Proyectos de Inversión Pública de la Prefectura del Departamento de Tarija".
    nn) Elaborar el Manual de Inversión Pública del Funcionario Técnico Prefectural


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE PLANIFICACION E INVERSION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE PROGRAMACION DE OPERACIONES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Planificación e Inversión.

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Personal Técnico.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Hacienda
  • Viceministerio de Presupuestos y Contaduría.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Garantizar el proceso de Planificación Departamental proponiendo políticas, planes y estrategias de desarrollo en el marco de las políticas, planes nacionales y sectoriales.
    - Garantizar el funcionamiento articulado de los Sistemas Nacionales de Planificación, Inversión Pública y Programación de Operaciones.
    Descripción de Funciones:
    a) Implantar las Normas básicas de los Sistemas de Inversión Pública y Programación de Operaciones para una asignación adecuada de los recursos prefecturales.
    b) Elaborar, en coordinación con la Unidad de Planificación, el Programa de Inversión Pública anual.
    c) Participar en el equipo de contraparte prefectural para supervisar la ejecución de los contratos para la elaboración de estudios de proyectos, velando por el cumplimiento de los objetivos del PDDES y el POA.
    d) Coordinar, organizar y dirigir la elaboración del Programa Operativo Anual por Unidad y Dirección.
    e) Sistematizar la información requerida por el Sistema de Programación de Operaciones, elaborando los informes correspondientes.
    f) Consolidar el POA de la Prefectura en el marco del Reglamento Específico del SPO, Guía de Procedimientos para la elaboración del POA x área funcional y de acuerdo a las directrices del Ministerio de Hacienda.
    g) Elaborar, en coordinación con Presupuestos, el Proyecto de Presupuesto de la Prefectura.
    h) Operar y mantener actualizada la base de datos del Sistema de Información Sobre Inversiones - SISIN y el Sistema de Gerencia de Proyectos - SGP.
    i) Requerir mensualmente a todas las Unidades, Programas y Proyectos, Subprefecturas y Servicios Departamentales, la información del Sistema de Gerencia de Proyectos (SGP).
    j) Remitir la información sobre inversiones al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
    k) Analizar y evaluar en coordinación con Presupuestos los proyectos de presupuestos de las Unidades, Programas y Proyectos, Subprefecturas, Servicios Departamentales.
    l) Realizar el seguimiento y evaluación a la ejecución del POA de acuerdo a los indicadores de medición propuestos.
    m) Recabar trimestralmente los informes de seguimiento a la ejecución del POA por Secretaria y consolidar la información en un Informe de Seguimiento Trimestral, Semestral y Anual para ser remitido a las autoridades departamentales y como insumo para las reuniones de Consejo Técnico.
    n) Preparar la información pertinente para la elaboración del POA y remitirla a las Secretarias Departamentales como base para la elaboración de los POA por área funcional.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE PLANIFICACION E INVERSION
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Planificación e Inversión.

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 142/2008 del 24 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Sistematizar y socializar la información correspondiente a los indicadores económicos, de crecimiento y sociales del departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Proponer normas sobre conceptos, definiciones, clasificaciones, nomenclaturas y códigos para la clasificación de datos y la presentación de resultados.
    b) Elaborar el anteproyecto del Plan Estadístico del Departamento.
    c) Proponer, dirigir y coordinar la actividad estadística pública de interés para el departamento.
    d) Establecer los requisitos y normas técnicas a utilizar en tareas de formación, conservación y actualización de archivos, registros, directorios y otras tareas administrativas, cuando éstas constituyan fuentes de información estadística, que realicen las diferentes instancias de la Prefectura.
    e) Promover la investigación estadística y la formación y el perfeccionamiento profesional del personal estadístico.
    f) Colaborar en el diseño y reforma de los procedimientos administrativos que por su naturaleza puedan tener consecuencias en la producción de informaciones de posible utilización como fuente estadística.
    g) Promover, gestionar y centralizar la creación y mantenimiento de bancos de datos de carácter estadístico.
    h) Realizar investigaciones para contrastar la objetividad y corrección técnica de la metodología en las actividades estadísticas.
    i) Implementar el Sistema de Estadísticas Básicas de Inversión (SEBI), con una cobertura que comprende la Prefectura, Secretarias, Direcciones y sus dependencias sectoriales y regionales, las Subprefecturas, Corregimientos Mayores, Municipios y todas aquellas instituciones del Sector Público que realizan inversiones.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Contrataciones
  • Finanzas y Tesorería
  • Administración
  • Recursos Humanos
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerios del Gobierno Central
  • Viceministerios
  • Direcciones Nacionales
  • Contraloría General de la República
  • Contraloría Departamental.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216/2008 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Garantizar una administración, ágil, eficiente y eficaz de los recursos físicos, humanos y financieros de la Prefectura, de acuerdo a lo establecido por las Normas Básicas de los Sistemas Financieros y No Financieros de la Ley 11 78.
    Competencias Generales:
    a) Implementar los sistemas de Contabilidad Integrada, Presupuestos, Tesorería y Crédito Público, Administración de personal, Administración de Bienes y Servicios, Compras y Contrataciones menores de conformidad a las Normas Básicas establecidas en la Ley 1178.
    b) Ejecutar la Ley del Funcionario Público en la administración de los recursos humanos de la Prefectura del Departamento.
    c) Verificar la correcta recepción de los ingresos departamentales por concepto de transferencias gubernamentales.
    d) Garantizar la provisión eficiente, eficaz y oportuna de materiales, insumos y servicios generales a las Unidades Funcionales de la Prefectura del Departamento.
    e) Proponer y gestionar financiamiento crediticio y de carácter no reembolsable (donaciones), para la ejecución de programas y proyectos de inversión, de acuerdo a las normas de Tesorería y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría Departamental de Planificación e Inversión y con la aprobación del Consejo Departamental.
    f) Administrar los ingresos generados por la aplicación de derechos y tasas por la prestación de servicios y, proceder cuando corresponda a la desconcentración de su administración hacia las Subprefecturas y Corregimientos.
    g) Encargarse del cumplimiento de los límites impuestos por normas legales al gasto corriente y asegurar la asignación de recursos para el programa de inversiones en coordinación con la Secretaría Departamental de Planificación e Inversión.
    h) Elaborar y administrar el presupuesto institucional y realizar el seguimiento a la ejecución financiera del presupuesto institucional.
    i) Administrar y supervisar el funcionamiento de Ventanilla Única de Trámites.
    j) Elaborar los estados de cuentas y estados financieros de la Prefectura del Departamento.

    Descripción de Funciones Específicas:
    a) Proponer al Prefecto políticas administrativas y financieras en el marco de las políticas nacionales y de las normas vigentes.
    b) Formular y ejecutar políticas de financiamiento, endeudamiento y pago del Servicio de la Deuda.
    c) Formular y ejecutar políticas de uso, mantenimiento, salvaguarda y seguro para los bienes de la Prefectura.
    d) Aplicar en el ámbito prefectural los sistemas de: Administración de Personal (SAP), Administración de Bienes y Servicios (SABS) en lo que corresponda a la Secretaria, Presupuestos (SP), Contabilidad Integrada SCI), Tesorería y Crédito Público de conformidad a las Normas Básicas y los Reglamentos Específicos de cada Sistema.
    e) Proveer adecuada y oportunamente los bienes materiales y servicios requeridos por las diferentes dependencias de la Prefectura para el cumplimiento de sus objetivos.
    f) Administrar los recursos, derechos y tasas percibidas para el cumplimiento de las atribuciones previstas en las disposiciones legales.
    g) Diseñar los mecanismos e instrumentos administrativos y financieros de la Prefectura.
    h) Coordinar con el Viceministerio de Presupuestos los ajustes al Presupuesto para su aprobación mediante Ley Financial.
    i) Planificar, dirigir y supervisar las funciones financieras, administrativas y de recursos humanos.
    j) Elaborar la propuesta de las escalas salariales, planilla presupuestaria, asignación de niveles de conformidad a las disposiciones legales.
    k) Supervisar el cumplimiento de los límites establecidos por Ley para el gasto corriente y asegurar la asignación.
    l) Supervisar el funcionamiento de las Unidades Administrativas y Financieras en todos los Servicios Departamentales y Subprefecturas.
    m) Determinar la capacidad de endeudamiento de la Prefectura.
    n) Elaborar el POA y Proyecto de Presupuesto de la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas, siguiendo los procedimientos establecidos en el Sistema de Programación de Operaciones.
    o) Proporcionar al Prefecto, miembros del Consejo Departamental información gerencial para la toma de decisiones sobre la ejecución presupuestaria, planillas, Estados Financieros, flujos financieros, amortizaciones, servicios de deuda, conciliaciones, controles de contraloría y otros de su competencia y responsabilidad.
    p) Preparar y remitir la información requerida por los Órganos Rectores y autoridades del nivel nacional sobre la situación económica y financiera de la Prefectura.
    q) Ejecutar y controlar la política presupuestaria y financiera (Tesorería, Crédito Público y Programación Financiera) de la Prefectura.
    r) Recuperar los Saldos Deudores de la Prefectura.
    s) Controlar la aplicación de los dictámenes, recomendaciones y sugerencias emitidas por los Sistemas de Control Fiscal.
    t) Remitir con oportunidad los informes pertinentes a las máximas autoridades Prefecturales.
    u) Supervisar la programación, formulación y ejecución del presupuesto de los Servicios Departamentales, Programas, Proyectos, Subprefecturas y Corregimientos.
    v) Autorizar la emisión y entrega de cheques de acuerdo a programación de pagos y disponibilidades financieras del Tesoro de la Prefectura.
    w) Autorizar el registro de firmas de los Responsables para el manejo de cuentas Fiscales
    x) Emitir Resoluciones Administrativas sobre procedimientos del ámbito de su competencia.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DE CONTRATACIONES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Unidades Técnicas Operativas
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Dirección General de Normas del Ministerio de Hacienda.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 del 3 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Observar el cumplimiento de los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de contrataciones de bienes y servicios y llevar a cabo los mismos.
    Descripción de Funciones:
    a) Elaborar el Cronograma Anual de Convocatorias y el Cronograma de Actos Administrativos Públicos.
    b) Ejecutar los procesos de contratación de obras, bienes y servicios en las modalidades de Licitación Pública y Apoyo Nacional a la Producción y Empleo, previstas en el D.S. No 181 y su Reglamento y que le sean delegados.
    c) Elaborar Documentos Base de Contratación en el marco de los modelos elaborados por el Órgano Recto y las Especificaciones Técnicas proporcionadas por las unidades solicitantes.
    d) Publicar las Convocatorias en el SICOES, en la mesa de partes o donde corresponda de acuerdo a la modalidad de contratación.
    e) Notificar a los interesados sobre los resultados de los procesos de contratación.
    f) Conformar y resguardar la documentación de cada uno de los procesos de contratación en un expediente debidamente foliado.
    g) Requerir las garantías que correspondan de acuerdo a la modalidad de la contratación.
    h) Elaborar los Contratos emergentes de los procesos de contratación y remitir copia de los mismos a la Contraloría Departamental.
    i) Llevar un Registro cronológico y por modalidad de contratación de los contratos suscritos. j) Verificar el cumplimiento de la normatividad que regula los procesos de contratación.
    k) Efectuar los procesos de contratación con transparencia, celeridad y eficiencia.
    l) Responsabilizarse de la administración departamental del Sistema Informático de Contrataciones (SIICOM).


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DE FINANZAS Y TESORERIA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Presupuestos
  • Tesorería
  • Contabilidad
  • Archivo Contable
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Vice Ministerios del Gobierno Central
  • Direcciones Departamentales
  • Contraloría Departamental.
  • MARCO LEGAL
    - Normas Básicas de los Sistemas de Contabilidad Integrada, Presupuestos, Tesorería, Crédito Público, Contabilidad Integrada.
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Asegurar el flujo oportuno de los recursos financieros programados para el desarrollo de las actividades de la institución.
    - Aplicar los Reglamentos Específicos de los Sistemas Financieros estipulados en la Ley SAFCO.
    - Mantener informado a los ejecutivos prefecturales sobre la situación Económico - Financiera de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Proponer a la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas políticas presupuestarias y financieras para una mejor asignación de los recursos financieros de la Prefectura del Departamento.
    b) Establecer la estructura programática del presupuesto de gasto de acuerdo a los objetivos establecidos en el POA de la gestión.
    c) Elaborar el cronograma de ejecución de gastos identificando las diferentes fuentes de financiamiento, los convenios de financiamiento, las partidas de gastos y los programas mensuales.
    d) Dirigir y supervisar la implantación y operabilidad del Sistema de Contabilidad Integrada en la Prefectura, en el marco de la Ley No 1178 de Administración y Control Gubernamental, las Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Integrada y el Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad de la Prefectura.
    e) Fijar los límites financieros de endeudamiento de conformidad a las disposiciones vigentes.
    f) Calcular los indicadores de endeudamiento de la Prefectura.
    g) Elaborar en forma conjunta con el Secretario Departamental de Administración y Finanzas la programación de flujos financieros, con el propósito de prever la disponibilidad de efectivo o liquidez para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el POA y Presupuesto de gestión.
    h) Implementar las acciones correspondientes para la Custodia de Títulos y Valores.
    i) Programar mensual, trimestral y anualmente los ingresos y gastos de la Prefectura.
    j) Proyectar los flujos presupuestarios y financieros considerando el corto y mediano plazo.
    k) Aplicar en el marco de las normas Básicas los Sistemas Financieros establecidos en la Ley SAFCO.
    l) Aplicar tributos, tasas y derechos siguiendo los procedimientos legales pertinentes.
    m) Elaborar a través de Presupuestos, conjuntamente con Programación de Operaciones el Proyecto de Presupuesto de Funcionamiento e Inversión.
    n) Ejecutar las directrices y políticas nacionales en materia financiera emanadas por el Ministerio de Hacienda.
    o) Administrar, supervisar, coordinar y controlar la programación y ejecución financiera, de conformidad a las Normas Básicas de los Sistemas establecidos en la Ley 1178.
    p) Administrar los valores fiscales y las cuentas corrientes de la Prefectura.
    q) Informar mensualmente y a solicitud de las autoridades departamentales sobre la situación financiera de la Prefectura.
    r) Registrar de acuerdo a las normas y procedimientos del Sistema de Contabilidad Integrada todas las operaciones financieras realizadas por la Prefectura.
    s) Remitir toda la información financiera de la Prefectura a las instancias nacionales que ejercen tuición sobre los temas financieros.
    t) Velará por la correcta aplicación de los Sistemas Financieros establecidos en la Ley 1178.
    u) Supervisar la correcta emisión de las certificaciones presupuestarias.
    v) Supervisar y controlar los ingresos por concepto de tributos, contribuciones y pagos que recibe la Prefectura.
    w) Presentar al Secretario Departamental de Administración y Finanzas informes periódicos de seguimiento y evaluación a la ejecución del POA de la Dirección.
    x) Determinar la capacidad de endeudamiento de la Prefectura y el Servicio de las Deudas.
    y) Analizar y evaluar los Estados Financieros de la Prefectura.
    z) Verificar diariamente el flujo de fondos de la Prefectura, controlando estrictamente los desembolsos del Tesoro Departamental.
    aa) Elaborar el POA y Proyecto de Presupuesto de la Dirección siguiendo los procedimientos e instructivos del Sistema de Programación de Operaciones.
    bb) Elaborar el informe de seguimiento y evaluación a la ejecución del POA y remitirlo al Secretario Departamental de Administración y Finanzas.
    cc) Supervisar y controlar los pagos a proveedores de bienes y/o servicios.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL PRESUPUESTOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Contabilidad
  • Tesorería
  • Responsables de Presupuestos de los Servicios, Programas, Proyectos, Subprefecturas y Corregimientos.
  • EXTERNAS
  • Vice Ministerios del Gobierno Central
  • Direcciones Departamentales
  • Contraloría Departamental.
  • Viceministerio de Presupuestos y Contaduría
  • MARCO LEGAL
    - Normas Básicas de los Sistemas de Presupuesto - Reglamento Específico del Sistema de Presupuesto - Prefectura.
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETITVOS INSTITUCIONALES.
    - Aplicar las Normas Básicas del Sistema de Presupuesto.
    - Facilitar la ejecución presupuestaria de la Prefectura, agilizando los trámites y procedimientos concernientes al proceso presupuestario.
    - Informar periódicamente a los ejecutivos prefecturales sobre la ejecución presupuestaria de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Aplicar las normas, reglamentos y directrices del Sistema de Presupuestos y del Sistema de Programación de Operaciones (POA) con relación a la formulación, reformulación, control y seguimiento a la ejecución presupuestaria.
    b) Construir la estructura programática presupuestaria inicial, definiendo las categorías programáticas en Programas, Proyectos y Actividades, las partidas presupuestarias respectivas.
    c) Participar en la elaboración de la programación de la ejecución presupuestaria.
    d) Elaborar y emitir los reportes periódicos de ejecución del presupuesto vinculados al cumplimiento de los objetivos de gestión.
    e) Adecuar los límites de financieros anuales de endeudamiento
    f) Elaborar conjuntamente con Programación de Operaciones de la Secretaria Departamental de Planificación y Inversión, el Proyecto de Presupuesto Departamental.
    g) Programar trimestralmente en coordinación con Tesorería y Programación de Operaciones la ejecución Presupuestaria considerando los requerimientos del POA y de las distintas unidades y áreas funcionales de la Prefectura.
    h) Actualizar y reformular el presupuesto de acuerdo a las normas vigentes.
    i) Consolidar el presupuesto de la Prefectura y de los Servicios Departamentales en el marco de la Norma Básica del Sistema de Presupuesto y de las directrices emanadas por el Ministerio de Hacienda.
    j) Llevar registros centralizados de la contabilidad presupuestaria, en los momentos del compromiso, devengado y pagado para los gastos y, del devengado y recaudado para los recursos.
    k) Presentar informes mensuales sobre la ejecución presupuestaria a las Autoridades Departamentales y al Viceministerio de Presupuestos y Contaduría del Estado del Ministerio de Hacienda, conteniendo los siguientes reportes: Informe de Ejecución del Presupuesto de Recursos, Informe del Presupuesto de Gastos.
    l) Presentar de acuerdo a la reprogramación del Presupuesto el informe de Modificaciones Presupuestarias de Gastos y de Recursos.
    m) Presentar un informe gerencial mensual del estado de la ejecución presupuestaria de recursos y gastos para el Prefecto y a requerimiento, para el Consejo Departamental.
    n) Elaborar los flujos financieros expresados en la Cuenta Ahorro - Inversión - Financiamiento, en base devengado y en base efectivo.
    o) Elaborar mensualmente las salidas de la ejecución financiera del presupuesto. En materia de gastos clasificar la información por programas, partidas, fuentes de financiamiento, organismo financiador, sector económico, naturaleza económica, tipo de moneda. En materia de recursos, por rubros, naturaleza económica y tipo de moneda.
    p) Recabar vía Programación de Operaciones la información pertinente y necesaria de las Unidades y áreas funcionales de la Prefectura para la elaboración del Presupuesto de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Específico del Sistema de Presupuestos.
    q) Recabar hasta el 5 de cada mes la información sobre la ejecución presupuestaria de las Unidades, Programas y Proyectos, Subprefecturas y demás instancias de la Prefectura.
    r) Coordinar y facilitar la información requerida a las distintas áreas de la Dirección de Finanzas y Tesorería y otras instancias de la Prefectura.
    s) Coordinar y facilitar información continua a las distintas Direcciones, Unidades y Proyectos de la Prefectura sobre la ejecución de sus correspondientes presupuestos.
    t) Coordinar con Tesorería la información de ingresos y gastos para el presupuesto.
    u) Analizar en coordinación con Programación de Operaciones los anteproyectos de Presupuestos de las distintas áreas y/o unidades funcionales de la Prefectura, Servicios Departamentales y Subprefecturas, evaluando sus requerimientos en función única y exclusivamente a su Programa Operativo Anual (POA) y límites presupuestarios definidos para cada gestión.
    v) Analizar y emitir informes, en coordinación con Programación de Operaciones, acerca de las solicitudes de modificaciones presupuestarias presentadas por las reparticiones de la Prefectura, para su consideración y presentación a las autoridades correspondientes.
    w) Supervisar en coordinación con Programación de Operaciones, el cumplimiento de los límites establecidos para el gasto corriente y asegurar la asignación de recursos para inversión de acuerdo a lo presupuestado y establecido en el POA de cada Dirección.
    x) Controlar la Ejecución Presupuestaria por partida, grupo, categoría programática, fuente de financiamiento y unidades de ejecución.
    y) Apoyar a las diferentes Unidades e instancias de la Prefectura en la elaboración de sus Proyectos de Presupuestos.
    z) Apoyar para que la ejecución presupuestaria se realice en el marco de las normas, de acuerdo a los procedimientos, documentación y cronogramas establecidos.
    aa) Participar en la elaboración del POA de la Unidad de Finanzas y presentar los informes de seguimiento y evaluación del POA correspondientes al área de Presupuestos.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL CONTABILIDAD
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Contabilidad
  • Tesorería
  • Responsables de Contabilidad de los Servicios, Programas, Proyectos, Subprefecturas y Corregimientos.
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Presupuesto y Contaduría del Estado.
  • Contraloría Departamental.
  • MARCO LEGAL.
    - Normas Básicas de los Sistemas de Contabilidad - Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad - Prefectura.
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Registro sistemático de las transacciones financieras, patrimoniales y presupuestarias.
    - Mantener actualizada la información contable
    Descripción de Funciones:
    a) Aplicar los Principios y Normas Básicas del Sistema de Contabilidad Gubernamental Integrada.
    b) Implantar y operar el Sistema de Contabilidad Integrada de la Prefectura de conformidad a las disposiciones legales y lo establecido dentro del Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad Integrada.
    c) Registrar las transacciones de endeudamiento que realizan las entidades del sector público efectuando la contabilización de la deuda prefectural.
    d) Aplicar las Normas de Control Interno emitidos por la Controlaría General de la República.
    e) Programar, dirigir y controlar el Sistema Contable de la Prefectura.
    f) Proponer alternativas de mejoramiento del sistema contable y actualizar el plan de cuentas de acuerdo a las necesidades de la Prefectura.
    g) Centralizar la información contable (presupuestaria, financiera y patrimonial), registrarlas y emitir los Estados Financieros Consolidados y remitir a la Contraloría y Contaduría del Estado como órganos rectores.
    h) Registrar sistemáticamente todas las transacciones financieras patrimoniales y presupuestarias que se produzcan y afecten la situación económica - financiera de la Prefectura.
    i) Supervisar y controlar las transacciones registradas mediante los comprobantes contables, los que deben ser respaldados con contratos, facturas, autorizaciones escritas, informes etc.
    j) Supervisar la correcta aplicación de las Normas Básicas, Reglamento Específico del Sistema de Contabilidad y técnicas contables, en la información remitida por los Servicios Departamentales y Subprefecturas.
    k) Controlar, aprobar y contabilizar las transacciones por ingreso, egreso y traspasos registrados en el área de Tesorería.
    l) Elaborar y registrar comprobantes contables por entrega de fondos para la caja chica, fondos en avance y anticipos financieros.
    m) Analizar e interpretar los Estados Financieros e informes emitidos sobre la situación económica financiera de la Prefectura y de sus organismos desconcentrados.
    n) Incorporar los ajustes referentes a las normas de contabilidad gubernamental y asientos de cierre de gestión contable.
    o) Realizar el análisis financiero presentando a Auditoría Interna sus resultados.
    p) Realizar periódicamente conciliaciones de cuenta con las Unidades, Programas y Proyectos, Empresas, dependientes de la Prefectura o en aquellas instancias donde exista participación de la Prefectura.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL TESORERÍA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Contabilidad
  • Tesorería
  • Responsables de Tesorería de los Servicios, Programas, Proyectos, Subprefecturas y Corregimientos.
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Tesoro y Crédito Público.
  • Contraloría Departamental.
  • MARCO LEGAL.
    - Normas Básicas de los Sistemas de Tesorería - Reglamento Específico del Sistema de Tesorería - Prefectura.
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Asegurar la disponibilidad de los recursos
    - Garantizar la atención de los compromisos de la Prefectura en la atención de los pagos.
    - Verificar, conciliar y fiscalizar los ingresos de la Prefectura de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
    Descripción de Funciones:
    a) Cumplir y hacer cumplir las Normas Básicas del Sistema de Tesorería y Crédito Público.
    b) Suministrar información referida a la previsión de desequilibrios temporales de liquidez, la disposición de fondos, los pagos que deben efectuarse y otros contenidos en el flujo periódico.
    c) Programar en forma diaria, mensual, trimestral y anual el flujo de recursos financieros de la Prefectura y desembolsos de la Dirección Administrativa y Financiera, considerando la fuente de financiamiento y la distribución porcentual del 15% para funcionamiento y 85% para inversión, según estipula la norma.
    d) Estimar los ingresos prefecturales en el momento de la formulación del Presupuesto y de sus reprogramaciones.
    e) Estimar los ingresos y pagos mensuales, trimestrales y anuales de acuerdo a los requerimientos estipulados en el POA y presupuesto de la Prefectura.
    f) Proponer a través del Jefe de Finanzas, políticas y estrategias de financiamiento y endeudamiento.
    g) Proyectar el Servicio de la Deuda.
    h) Ejecutar los pagos de acuerdo a la programación, disponibilidades financieras e instrucciones impartidas por la Unidad de Finanzas y Tesorería y la Secretaría Departamental de Administración y Finanzas.
    i) Determinar la apropiada capacidad de endeudamiento de la Prefectura y el servicio de las deudas.
    j) Proponer acciones y procedimientos para el control, renegociación y reconversión de la deuda pública y potencialidades de endeudamiento interno.
    k) Controlar los ingresos percibidos por la Prefectura en sus distintas reparticiones, mediante partes diarios y/o mensuales de recaudaciones preparados por las dependencias correspondientes.
    l) Girar y entregar los cheques de acuerdo a programación de pagos y disponibilidades financieras del Tesoro de la Prefectura.
    m) Canalizar los recursos financieros contratados y verificar la aplicación a sus fines.
    j) Realizar el seguimiento correspondiente a la ejecución presupuestaria de la Deuda Pública.
    k) Presentar diariamente un flujo de caja al Director Administrativo y Financiero y al Prefecto.
    l) Elaborar mensualmente y a requerimiento del Jefe de Finanzas, un cronograma de pagos, del servicio de la deuda, identificando de forma precisa las fechas de vencimiento de cada una de ellas y su prioridad.
    m) Coordinar con las áreas correspondientes la información requerida por los Sistemas de Presupuestos y Contabilidad Gubernamental Integrada.
    n) Llevar y mantener actualizados registros estadísticos de los datos relativos a los ingresos percibidos en las oficinas recaudadoras de la Prefectura, así como los ingresos emergentes de la Ley de Descentralización Administrativa.
    o) Recabar información en coordinación con Contabilidad sobre las cuentas de la Prefectura.
    p) Efectuar mensualmente la conciliación de cuentas con el TGN para el caso de los recursos provenientes por IEH, Transferencias y otros, y con el Viceministerio de Energía e Hidrocarburos para el caso de las Regalías Departamentales.
    q) Revisar y verificar los anticipos por Regalías e IEH.
    r) Verificar las rendiciones de cuentas realizadas por los recaudadores, así como los arqueos de caja y de valores de la Prefectura.
    s) Coordinar el control y supervisión del manejo de fondos en avance y entregas con cargo a cuenta.
    t) Participar en la elaboración del POA y Proyecto de Presupuesto de la Unidad de Finanzas, siguiendo el procedimiento e instructivas del Sistema de Programación de Operaciones.
    u) Elaborar el informe de seguimiento y evaluación al POA en la parte correspondiente a Tesorería.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION ADMINISTRATIVA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Almacenes
  • Activos Fijos
  • Adquisiciones
  • Archivo Central
  • Servicios Generales
  • Transporte
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerios del Gobierno Central
  • Direcciones Departamentales
  • Contraloría Departamental
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Asegurar la dotación oportuna de recursos materiales y la asignación de recursos humanos adecuados para el desarrollo de las actividades prefecturales.
    - Organizar internamente el funcionamiento y manejo de los recursos físicos y materiales de la Prefectura en el marco de la Ley 1178.
    Descripción de Funciones:
    a) Administrar los bienes y servicios de la Prefectura en el marco de lo establecido por los Sistemas SAFCO, de Organización Administrativa (SOA) y Administración de Bienes y Servicios (SABS).
    b) Vigilar y controlar el buen uso y mantenimiento del patrimonio y bienes prefecturales, así como de los servicios contratados por la Prefectura.
    c) Ejercer tuición sobre los pares funcionales de los Servicios Departamentales, Subprefecturas y Corregimientos, Programas y Proyectos de la Prefectura.
    d) Supervisar el funcionamiento adecuado de los Subsistemas de Contratación de Bienes y Servicios (de conformidad a las delegaciones expresas realizadas), Manejo de Almacenes y Disposición de Bienes de todas las instancias de la Prefectura.
    e) Supervisar periódicamente el funcionamiento de los Sistemas Administrativos no Financieros en los Servicios Departamentales, Subprefecturas y Corregimientos, Programas y Proyectos de la Prefectura.
    f) Coordinar en forma conjunta con los niveles técnicos especializado de la Dirección de Modernización y Desburocratización Institucional para el estudio y simplificación de los principales procedimientos administrativos que competen a la Dirección.
    g) Presentar oportunamente el Programa de Contrataciones Anual de la Prefectura, programando trimestralmente las compras y contrataciones de acuerdo a los requerimientos del POA y la programación financiera de gastos.
    h) Mantener actualizados los registros de Compras y Contrataciones, Stock de Almacenes, Inventarios etc.
    i) Presentar informes mensuales sobre los procesos de compras y contrataciones de la Prefectura y otros temas relativos a las áreas de trabajo de la Dirección.
    j) Proponer políticas y procedimientos para el aprovisionamiento y suministro oportuno de bienes y servicios a las diferentes áreas organizacionales de la Prefectura de acuerdo a su POA y Presupuesto.
    k) Orientar en la suscripción de acuerdos, convenios o compromisos de carácter administrativo.
    l) Proponer proyectos de Resoluciones Prefecturales y /o Administrativas, Órdenes y otros instrumentos que viabilicen las actividades del área de su competencia.
    m) Representar a la Prefectura, por delegación del Secretario Departamental de Administración y Finanzas.
    n) Proporcionar la información actualizada sobre precios unitarios, tiempos, calidad y catálogos de materiales a aquellas unidades que soliciten para la elaboración del POA.
    o) Analizar las solicitudes de mejoramiento y mantenimiento de las instalaciones y edificaciones de la Prefectura.
    p) Promover la elaboración de criterios, normas y patrones de estandarización de las especificaciones técnicas de los equipos, materiales, suministros, útiles de oficina y otros.
    q) Analizar permanentemente los precios del mercado proveedor para optimizar los costos de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios de la Prefectura.
    r) Ejecutar, controlar y realizar seguimiento a los procesos de contratación, recepción, distribución y uso adecuado de los bienes y servicios contratados por la Prefectura.
    s) Implementar mecanismos de control físico y salvaguarda para los bienes y patrimonio de la Prefectura.
    t) Supervisar las áreas operativas bajo tuición de la Dirección Administrativa y Financiera: Unidades Administrativas de Servicios Departamentales, Subprefecturas y Corregimientos, Programas y Proyectos.
    u) Supervisar y controlar la ejecución de las actividades de recepción, registro, distribución, custodia y conservación de los bienes y materiales de la Prefectura.
    v) Controlar de acuerdo al POA la programación de viajes autorizados y el uso y mantenimiento de los automotores.
    w) Aplicar los reglamentos e instrumentos operativos para el funcionamiento adecuado de las actividades administrativas de la Prefectura.
    x) Coordinar con la Dirección de Finanzas y Tesorería la realización de inventarios y evaluaciones técnicas para la revalorización de activos de la Prefectura.
    y) Controlar la existencia de libros de inventarios actualizados del patrimonio, bienes muebles e inmuebles y materiales, tangibles e intangibles de la Prefectura.
    z) Coordinar con la Dirección de Finanzas el registro de los ajustes contables por revaloración, baja y disposición de bienes, así como tomar conocimiento de los ajustes por depreciaciones efectuadas.
    aa) Tomar conocimiento de los bienes en desuso o no utilizados en la entidad y proponer a la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas las mejores alternativas para su disposición (arrendamiento, enajenación o baja).
    bb) Organizar y ejecutar de acuerdo al Reglamento Específico de Administración de Bienes y Servicios la baja, arrendamiento o enajenación de los bienes identificados en desuso.
    cc) Controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por la Prefectura en la contratación de bienes y servicios.
    dd) Elaborar en coordinación con todas las áreas de trabajo de la Unidad el POA correspondiente a cada gestión, de acuerdo a los procedimientos definidos por el Sistema de Programación de Operaciones.
    ee) Presentar mensualmente a la Secretaria Departamental de Administración y Finanzas, informes sobre el estado de los procesos de contratación de la Prefectura, la administración de los recursos humanos y de los bienes y materiales Prefecturales.
    ff) Presentar los informes de seguimiento y evaluación al POA de la Dirección de acuerdo a los procedimientos establecidos por el Sistema de Programación de Operaciones.
    gg) Solicitar a todas las áreas de trabajo de la Dirección informes mensuales sobre la ejecución de su POA y las tareas que realizan.
    hh) Supervisar la existencia de información mensual actualizada sobre el consumo de materiales, asignación de bienes y servicios a cada una de las unidades de la Prefectura, por apertura programática y por apertura presupuestaria en relación directa a la ejecución de su POA.
    ii) Trabajar en coordinación con las instancias técnicas especializadas de la Dirección de Modernización y Desburocratización para la elaboración, ajuste, actualización y difusión de los Reglamentos Administrativos de la Prefectura (caja chica, fondos en avance, combustibles, viáticos etc.)


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL ALMACENES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Dirección Administrativa
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos técnicos de trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Unidades Solicitantes de la Prefectura
  • Adquisiciones
  • Activos Fijos
  • Servicios Generales
  • Transporte
  • EXTERNAS
  • Instituciones Públicas del nivel central relacionadas con la normatividad de los procedimientos administrativos.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Optimizar la disponibilidad de los bienes de consumo, controlar sus operaciones y lograr minimizar los costos de almacenamiento.
    - Garantizar la provisión oportuna de los bienes y materiales solicitados por las diferentes áreas organizacionales de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Administrar los Almacenes de la Prefectura observando el cumplimiento de las tareas relacionadas con: el ingreso del bien en almacenes, su registro, almacenamiento, distribución, aplicación de medidas de salvaguarda y control de bienes.
    b) Recepcionar los bienes y materiales contratados por la Prefectura velando por el cumplimiento de las especificaciones técnicas, la calidad, cantidad, tiempo de entrega, garantías determinadas en el Orden de Compra.
    c) Mantener un stock mínimo de materiales, para una provisión oportuna a las Unidades de la Prefectura.
    d) Mantener actualizados los inventarios de materiales.
    e) Mantener en perfecto estado de conservación los materiales y bienes que se encuentran bajo custodia y responsabilidad de almacenes.
    f) Clasificar y codificar todos los bienes no fungibles de la Prefectura, de acuerdo a normas y procedimientos estándares establecidos por la Prefectura.
    g) Registrar en el inventario las nuevas adquisiciones para almacenes.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL ACTIVOS FIJOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Dirección Administrativa
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Instituciones Públicas del nivel central relacionadas con la normatividad de los procedimientos administrativos.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Lograr la racionalidad en la distribución, el uso y la conservación de los activos fijos muebles que se encuentran en la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Administrar los activos fijos de la Prefectura observando el cumplimiento de las siguientes actividades y procedimientos relativos a: el ingreso del activo fijo mueble, asignación al servidor prefectural, mantenimiento del activo, salvaguarda, registro de los activos fijos muebles y control de bienes.
    b) Mantener actualizado el archivo de todos los documentos relativos al Patrimonio de la Prefectura.
    c) Actualizar permanentemente los inventarios de la Prefectura para su valoración correspondiente.
    d) Clasificar y codificar todos los bienes prefecturales, de acuerdo a normas y procedimientos estándares ya adoptados por la Prefectura.
    e) Mantener actualizado el archivo de documentación respaldatoria y los registros correspondientes al patrimonio e inventarios de activos fijos de la Prefectura.
    f) Sistematizar la información de los responsables de la custodia de los activos fijos en cuanto a muebles y equipos.
    g) Elaborar un programa de mantenimiento y salvaguardo de los activos.
    h) Supervisar el cumplimiento de los Manuales Operativos De Activos de la Prefectura.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SERVICIOS GENERALES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Dirección Administrativa.

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Personal Especializado Operativo.
  • Personal de Vigilancia
  • Personal de Mantenimiento
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Áreas organizacionales de la Unidad Central -Prefectura
  • EXTERNAS
  • Seguros
  • Empresas de Servicios
  • Empresas de Mantenimiento
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Garantizar el estado de uso de los bienes muebles e inmuebles de la Prefectura.
    - Implementar un programa de mantenimiento de las diferentes dependencias de la Prefectura.
    - Velar por la seguridad de vehículos e inmuebles de la Prefectura.
    Descripción de Funciones:
    a) Desarrollar el Programa de Mantenimiento Anual de las diferentes dependencias de la Prefectura.
    b) Establecer las tareas necesarias para la prevención de daños y deterioros de las propiedades de la Prefectura.
    c) Atender los requerimientos de las Áreas Organizacionales de la Prefectura, relacionadas a las actividades de mantenimiento de bienes y prestación de otros servicios.
    d) Desarrollar el Plan de Vigilancia de los Edificios Prefecturales solicitar aprobación a la Dirección Administrativa y ejecutar el mismo.
    e) Aplicar el control de rendimiento, consumo y mantenimiento preventivo del parque automotor de la Prefectura.
    f) Asignar, organizar y controlar al personal de servicio de la Prefectura (Limpieza, atención de té y vigilancia).
    g) Mantener un registro de los costos de mantenimiento por servicios de reparaciones, limpieza, seguros etc.
    h) Observar el cumplimiento de los diferentes documentos normativos administrativos relacionados al área de servicios generales (vehículos, etc.).


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Administración y Finanzas.

    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE

  • Área de Gestión Administrativa
  • Área de Capacitación y Desarrollo
  • Área de Planificación de Personal
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Todas las instancias organizacionales de la Prefectura dentro del área de su competencia
  • EXTERNAS
  • Servicio Nacional de Administración de Personal
  • Seguro Medico Prefectura.
  • AFPs
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Optimizar los recursos humanos de la Prefectura incorporando los criterios de evaluación por resultados.
    Descripción de Funciones:
    a) Aplicar los subsistemas del Sistema de Administración de Personal y desarrollar los instrumentos operativos necesarios para su funcionamiento.
    b) Diseñar los procedimientos y técnicas para evaluar el desempeño de los servidores prefecturales para determinar su economía, eficacia y eficiencia laboral, así como detectar sus falencias y potencialidades.
    c) Diseñar programas de capacitación en áreas previamente identificadas.
    d) Supervisar y evaluar la calidad de la capacitación impartida a los funcionarios prefecturales.
    e) Desarrollar métodos de determinación de parámetros de reclutamiento y desempeño del personal.
    f) Elaborar el Plan de Promociones, Rotaciones, Capacitación e Incentivos y Programa de Vacaciones en coordinación con las respectivas Secretarias Departamentales, Direcciones Departamentales.
    g) Aplicar las políticas y directrices vigentes en materia salarial.
    h) Programar de acuerdo a los requerimientos del POA y la estructura organizacional, la asignación de recursos humanos a las distintas áreas funcionales.
    i) Desarrollar métodos e instrumentos para operativizar el Sistema de Administración de Personal SAP.
    j) Desarrollar las funciones relacionadas a la elaboración de la información administrativa de los recursos humanos de la Prefectura.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Promoción Inversiones y Competividad
  • Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
  • Gestión de Programas de Desarrollo Productivo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Cámara de Industria y Comercio, Exportadores, Agropecuarios.
  • Instituciones Departamentales del área económica.
  • Municipios del Dpto.
  • Ministerio de Producción y Micro Empresa.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Responsable de promover y ejecutar políticas específicas de desarrollo y competitividad del sector productivo mediante la aplicación de incentivos y programas que faciliten y optimicen la inversión productiva en el departamento.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas sectoriales de impacto en el ámbito departamental.
    c) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    d) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    e) Incorporar en las Especificaciones Técnicas sectoriales las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    f) Responsabilizarse de las labores de fiscalización de obras y supervisión de estudios y diseños finales que se realizan bajo su dependencia.
    g) Procesar información sectorial y construir y monitorear indicadores de impacto.
    h) Efectuar la "Evaluación de Impacto" de los programas y proyectos ejecutados en aplicación de las políticas y estrategias sectoriales en el departamento.
    i) Coordinar con instituciones y actores públicos y privados el desarrollo sectorial y la identificación de proyectos estratégicos.

    Descripción de Funciones:
    a) Formular y ejecutar concertadamente con actores departamentales y locales la "Política de Promoción Productiva" de apoyo al sector empresarial.
    b) Promover el desarrollo de la competitividad empresarial regional de micro, pequeña y mediana empresa, mediante el desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades y la instalación de servicios de apoyo.
    c) Promover el uso de normas de calidad y capacitar recursos humanos para su aplicación para viabilizar el potencial exportador de las empresas del departamento.
    d) Conseguir, sistematizar y difundir información financiera, tecnológica de empleo, de mercados y otra que beneficie al sector productivo.
    e) Generar y ejecutar programas de empleo intensivo y temporal en el departamento.
    f) Complementar recursos e iniciativas de los diferentes actores públicos y privados del departamento a través de la construcción de "Agendas de Responsabilidad Compartida" para potenciar el desarrollo productivo y la competitividad regional.
    g) Promover sistemas de promoción y comercialización de la producción departamental.
    h) Dirigir la implementación de mecanismos de financiamiento al sector productivo. En ese marco, implementar el "Fondo de Fomento al Desarrollo Productivo (FFODEPRO)" y el Programa Solidario Comunal (PROSOL).
    i) Apoyar los procesos de formación y calificación de la mano de obra en el mercado laboral.
    j) Dirigir la ejecución de programas y proyectos de desarrollo productivo y agropecuario y realizar el seguimiento al desempeño del Servicio Agropecuario Departamental.
    k) Difundir información de apoyo financiero y tecnológico al sector productivo.
    l) Sistematizar información estadística, técnica, comercial y de fuentes de financiamiento, para apoyar proyectos de inversión vinculados al desarrollo productivo.
    m) Dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de objetivos y metas en las Unidades, Proyectos y Servicios Departamentales bajo su dependencia, presentar informes de Seguimiento y Evaluación y la recomendación de medidas correctivas en las reuniones del Consejo técnico organizadas con este fin.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE PROMOCION, INVERSIONES Y COMPETITIVIDAD
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaría Departamental de Desarrollo Productivo.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Unidad de Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
  • Unidad de Gestión de Programas de Desarrollo Productivo.
  • EXTERNAS
  • Microempresarios de la región.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Desarrollar estrategias y políticas que permitan establecer condiciones atractivas de inversión en el departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Canalizar y facilitar el relacionamiento institucional con entidades nacionales e internacionales de apoyo técnico y financiero, a empresarios y sus organizaciones interesadas en el mejoramiento de los diferentes factores productivos en su sector.
    b) Promover programas y proyectos de investigación científica y tecnológica de apoyo directo a la producción, coordinando con las instituciones públicas nacionales, universidades, ONGs y el sector privado involucrado.
    c) Fomentar, a través de la gestión de proyectos, el desarrollo tecnológico en el sector industrial en rubros considerados prioritarios, con el fin de mejorar los niveles de producción, productividad y transformación industrial en el departamento.
    d) Proporcionar información a los actores de los sectores productivos sobre las potencialidades de la región, volúmenes de producción, calificación de la mano de obra, ventajas legales, acuerdos de integración económica favorable, fuentes de financiamiento etc.
    e) Promover y supervisar la aplicación de normas técnicas de control y certificación de calidad para el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos.
    f) Implementar y poner en funcionamiento el Servicio de Metrología en la Prefectura de Tarija.
    g) Promover y difundir la oferta exportable del Departamento, en coordinación con las instituciones públicas y privadas vinculadas a esta área.
    h) Coordinar las actividades de planificación y normativas con las organizaciones representativas de los diferentes sectores productivos exportadores.
    i) Facilitar y apoyar la participación de productores del departamento en ferias nacionales e internacionales.
    j) Establecer metas y volúmenes de exportación de los productos agropecuarios, industriales y de servicios.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE MICRO, MEDIANA Y PEQUEÑA EMPRESA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Económico.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Unidad de Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
  • Unidad de Gestión de Programas de Desarrollo Productivo.
  • EXTERNAS
  • Micro empresarios de la región.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Fortalecer las estrategias para el desarrollo de las capacidades productivas de la micro, pequeña y mediana empresa.
    Descripción de Funciones:
    a) Fomentar el desarrollo de la artesanía, para la micro y pequeña empresa (M y PE), promoviendo su acceso al crédito, innovación tecnológica, fortalecimiento de la capacidad técnica de gestión y comercialización.
    b) Publicar en forma periódica y sostenida boletines especializados de información para empresarios de los diferentes sectores industriales.
    c) Informar sobre disponibilidades de servicios de crédito y asistencia técnica para las empresas (micro, pequeña y mediana).
    d) Proponer políticas de incentivos para la producción, industria y artesanía (micro, pequeña y mediana empresa).
    e) Proponer políticas y coordinar acciones que permita un efectivo aprovechamiento de las oportunidades de mercado, derivadas de los acuerdos de integración u otros convenios de comercio preferencial.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO ECONOMICO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE GESTIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Económico.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Unidad de Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
  • Unidad de Gestión de Programas de Desarrollo Productivo.
  • EXTERNAS
  • Micro empresarios de la región.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Ejecutar los programas de desarrollo productivo.
    Descripción De Funciones:
    a) Promover el conocimiento de los factores que favorecen al desarrollo productivo.
    b) Sistematizar información estadística, técnica, comercial y de fuentes de financiamiento para apoyar proyectos de inversión vinculados al desarrollo productivo.
    c) Evaluar las perspectivas de largo plazo sobre desarrollo productivo, mediante atracción de inversiones y búsqueda de mercados para las exportaciones.
    d) Evaluar las tendencias internas y externas en lo referente a la oferta y demanda de productos.
    e) Prever con oportunidad las fluctuaciones de precios y demanda que impacten el proceso de producción y abastecimiento.
    f) Elaborar proyectos de Inversión para incorporarlos en el Programa de Inversión Pública de la Prefectura.
    g) Definir la tendencia productiva de los mercados receptivos de productos originarios del Departamento de Tarija.
    h) Determinar mercados agropecuarios para la exportación o colocación nacional de los productos y servicios originarios dentro del territorio Tarijeño.
    i) Efectuar diagnósticos de los sectores productivos y evaluar la perspectiva a mediano y largo plazo.
    j) Ejecutar proyectos de promoción y desarrollo de los sectores productivos del departamento.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO HUMANO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Derechos Ciudadanos
  • Género
  • Juventudes
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Servicios Departamentales de
    • . Salud (SEDES)
      . Educación (SEDUCA)
      . Gestión Social (SEDEGES)
      . Deportes (SEDEDE)
    EXTERNAS
  • Ministerio de Educación, Salud, Vivienda y Servicios Básicos.
  • Viceministerio de Asuntos de Género y Generacionales.
  • Municipios del departamento de Tarija.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 124 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Fortalecer las oportunidades, capacidades y el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos, con igualdad, equidad social y dignidad con el fin de mejorar e incrementar el desarrollo humano sostenible y la calidad de la población del departamento.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Responsabilizarse de las labores de Fiscalización de obras, estudios y diseños finales que se ejecutan.
    f) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.

    Descripción de Funciones Específicas:
    a) Promover el conocimiento de los derechos de la población y el ejercicio pleno de la ciudadanía, priorizando a los sectores poblacionales excluidos.
    b) Promover la incorporación de los estratos poblacionales excluidos en la gestión y diseño de políticas públicas departamentales e institucionales.
    c) En coordinación con la Secretaría Departamental de Planificación e Inversión formular y ejecutar el "Plan Departamental de Educación", en el marco de las políticas nacionales.
    d) Promover y ejecutar programas y proyectos destinados a fomentar las aptitudes individuales de las personas en los distintos ciclos educativos en un marco de excelencia en la calidad de la enseñanza.
    e) En coordinación con la Secretaría Departamental de Planificación e Inversión formular y ejecutar el "Plan Departamental de Salud", en el marco de las políticas nacionales.
    f) Promocionar y coordinar la incorporación activa de la temática de género, generacional y familia en las políticas públicas departamentales y su gestión activa de implementación.
    g) Supervisar y evaluar el cumplimiento de objetivos y metas propuestos por los Servicios Departamentales de Salud, Educación, Gestión Social y Deportes.
    h) Promover la inclusión a las actividades sociales, políticas y económicas de las personas con capacidades diferentes.
    i) Formular políticas públicas destinadas a mejorar las capacidades y la inserción laboral de los jóvenes en el proceso de desarrollo departamental.
    j) Dirigir la implantación del sistema de aseguramiento universal y gratuito de salud pública en el departamento.
    k) Generar y dirigir las políticas, programas y proyectos de apoyo alimentario y nutricional en el departamento.
    l) Proponer parámetros e instrumentos de seguimiento, evaluación y control a la eficiencia y calidad de los servicios de Educación, Salud, Saneamiento Básico, Vivienda y Gestión Social prestados por los correspondientes Servicios Departamentales.
    m) Supervisar el cumplimiento de objetivos y resultados de los Servicios departamentales de Salud, Educación y Gestión Social.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO HUMANO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE DERECHOS CIUDADANOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Humano.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • EXTERNAS
  • Sociedad Civil
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Establecer las acciones departamentales que permitan promover el conocimiento de los derechos de la población y el ejercicio pleno de la ciudadanía, priorizando a los sectores y poblaciones excluídas.
    Descripción de Funciones:
    a) Promover el conocimiento y respeto de los Derechos Ciudadanos como mecanismo para consolidar el estado de derecho.
    b) Desarrollar programas de información sobre los derechos ciudadanos en los niveles más desprotegidos del departamento.
    c) Coordinar con las diferentes instancias prefecturales las acciones que permitan la difusión de los programas de asistencia en salud y educación a la población del departamento.
    d) Establecer las acciones que faciliten la participación de la población dentro del desarrollo de los programas y proyectos del departamento.
    e) Facilitar los mecanismos que permitan minimizar la vulnerabilidad dentro de los sectores desprotegidos del departamento.
    f) Establecer en forma coordinada con las diferentes áreas organizacionales de la Prefectura los diferentes Programas de capacitación para la difusión de los derechos ciudadanos.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO HUMANO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL DIRECCION DE GÉNERO
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Humano.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Dirección General de Genero.
  • Instituciones departamentales relacionadas a la temática de género.
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto Supremo No 25060 del 2 de junio de 1998.
    - Decreto Supremo No 27732 del 15 de septiembre del 2004
    - Decreto Supremo No 28162 del 17 de mayo del 2005
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Desarrollar estrategias de incorporación de la perspectiva de género en el conjunto de la Gestión Prefectural, con un nivel vertical y horizontal en coordinación con Municipios, y la sociedad civil.
    - Proponer políticas de carácter departamental para el mejoramiento de las condiciones de la mujer dentro de la sociedad, integrando la satisfacción de sus necesidades básicas (condición) y sus demandas de equidad (posición) con los objetivos de crecimiento y desarrollo del departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Articular con el Viceministerio de la Mujer la ejecución de políticas y programas orientados a lograr la equidad de género en los ámbitos económico, productivo, social, cultural y Político.
    b) Promover políticas y acciones destinadas a fortalecer los mecanismos de prevención, atención, recuperación, protección y sanción de la violencia intrafamiliar, incluida la violencia sexual en razón de género.
    c) Coordinar y promover la creación de redes asociativas de actores públicos y privados para la ejecución co - responsable de políticas planes programas y proyectos Departamentales dirigidos a la equidad de género.
    d) Prestar asistencia técnica a otras instancias de la administración departamental y a Gobiernos Municipales para ejecutar políticas de equidad de género y prestación de servicios públicos de esta índole.
    e) Participar en todos los procesos de planificación Departamental a objeto de garantizar la incorporación integral de la perspectiva de género en los instrumentos de la gestión pública Departamental, con visión intercultural.
    f) Realizar el seguimiento a la ejecución de los instrumentos de gestión pública Departamental a objeto de que las políticas y estrategias orientadas a la equidad de género se concreten en inversiones públicas, expresadas en presupuestos ejecutados.
    g) Apoyar a las instancias departamentales encargadas de la planificación, monitoreo, seguimiento y evaluación de los planes operativos anuales en la formulación, diseño, ejecución y evaluación de indicadores de producto, de resultado y de impacto, hacia la eliminación de brechas de inequidad en razón de género.
    h) Sistematizar y difundir la información sobre la problemática de la mujer a nivel departamental.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO HUMANO
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE JUVENTUDES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Humano.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Organizaciones de la Sociedad Civil.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Promoción, coordinación y articulación de políticas nacionales y departamentales orientadas al desarrollo integral de los jóvenes.
    FUNCIONES ESPECIFICAS
    a) Crear iniciativas y programas de capacitación que desarrollen aptitudes gerenciales, empresariales y de liderazgo de los jóvenes para que puedan transformarse en agentes de desarrollo.
    b) Coordinar y articular políticas, planes, programas y proyectos relacionados a la juventud con entidades públicas y privadas.
    c) Cooperar y prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas en materia de juventud.
    d) Fomentar la participación del sector público, privado y social para apoyar encauzar y motivar a los jóvenes en actividades de educación académica, capacitación laboral, rehabilitación, desenvolvimiento de sus aptitudes en las artes, la ciencia y el deporte.
    e) Promover y ejecutar planes y programas de atención a la juventud del área departamental urbana y rural.
    f) Promover con los municipios del departamento el establecimiento de unidades administrativas y/o equipos de trabajo para atender a la juventud.
    g) Gestionar recursos a favor de programas que fomenten el desarrollo de la juventud.
    h) Promover la participación de los jóvenes en proyectos productivos y en obras de impacto.
    i) Fomentar actividades de capacitación para el empleo dirigidas a la población juvenil.
    j) Promover programas de apoyo integral para los jóvenes indígenas y de zonas marginadas.
    k) Realizar e incentivas estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles, a fin de establecer políticas encaminadas al mejoramiento de sus condiciones de vida y a la búsqueda de alternativas para su desarrollo.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Hidrocarburos
  • Energía
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Hidrocarburos y Energía.
  • Prefecturas Departamentales Productoras
  • Empresas Petroleras
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Promover procesos de industrialización, distribución, uso social y productivo del gas, en concordancia con las políticas y prioridades nacionales y departamentales.
    - Lograr un suministro competitivo, suficiente, de alta calidad, económicamente viable y ambientalmente sustentable de los energéticos requeridos para el desarrollo departamental, promoviendo el desarrollo de proyectos de inversión y nuevos negocios con relación al gas y sus derivados, el sector energético y minero.
    Descripción de Funciones:
    a) Desarrollar y dirigir la ejecución de políticas, programas y proyectos energéticos en el departamento en el marco de las nuevas competencias de la Prefectura.
    b) Desarrollar iniciativas y proyectos de industrialización de los hidrocarburos en el departamento en el marco de las políticas nacionales del sector.
    c) Promover la participación de la Prefectura del Departamento en iniciativas de industrialización del gas y de servicios asociados en el marco de la Ley 3065.
    d) Promover iniciativas y gestionar políticas públicas para atraer inversión extranjera directa y nacional en materia de hidrocarburos y energía, en el marco de las competencias prefecturales.
    e) Monitorear y fiscalizar la producción, explotación y comercialización de hidrocarburos en el departamento.
    f) Sistematizar y publicar información sobre la producción y explotación de hidrocarburos en el departamento.
    g) Efectuar seguimiento a gestiones, compromisos y trámites contractuales entre la Prefectura del Departamento, empresas petroleras y el Gobierno Nacional.
    h) En coordinación con la Secretaría Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente, aplicar la normativa ambiental vigente aplicable al sector y vigilar su estricto cumplimiento.
    i) Formular políticas públicas para la masificación del consumo del gas natural en áreas urbanas y rurales y procurar el cambio de la matriz energética del sector industrial.
    j) Diseñar e implementar el programa de Gas Natural Vehicular (GNV) para cambiar la matriz energética del auto transporte público.
    k) Realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos y metas propuestos por las empresas de EMTAGAS y SETAR.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE HIDROCARBUROS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Hidrocarburos y Energía.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Las establecidas para la Secretaria Departamental en el área de hidrocarburos.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    Descripción de Funciones:
    a) Promover y/o participar en la tercera fase de la ampliación del Gasoducto Villamontes - Tarija.
    b) Establecer las acciones necesarias que permitan la elaboración de estudios para la instalación de redes primarias y secundarias de distribución de gas natural.
    c) Apoyar las gestiones técnicas y administrativas que permitan la ejecución de programas de instalaciones domiciliarias de distribución de gas natural desarrollas por Emtagas.
    d) Desarrollar las gestiones técnicas y administrativas para la elaboración de estudios y proyectos para el uso social y productivo del gas natural.
    e) Establecer las acciones para la elaboración de estudios que permitan la construcción del Corredor Azul.
    f) Ejercer autoridad funcional sobre la Unidad Ejecutora del Proyecto de GNV.
    g) Promover las instalaciones de industrias que utilicen gas natural como materia prima.
    h) Realizar seguimiento de los proyectos industriales del sector implementados por YPFB o empresas extranjeras.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE ENERGÍA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Hidrocarburos y Energía.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Las establecidas para la Secretaria Departamental en el área de energía.
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    Descripción de Funciones:
    a) Promover y/o participar en el proyecto de interconexión Eléctrica Punutuma - Tarija.
    b) Establecer las acciones que contribuyan a la autonomía energética del departamento.
    c) Desarrollar las acciones técnicas y administrativas para la elaboración del estudio para la construcción del proyecto múltiple "Carrizal" y promover su financiamiento y construcción.
    d) Facilitar la elaboración de los estudios para la construcción de plantas termoeléctricas en Cercado, Bermejo, Villamontes, Caraparí y Yacuiba.
    e) Establecer las acciones para facilitar la elaboración de los estudios para la construcción de las plantas de generación eléctrica orientadas a proveer energía al SIN y a los mercados de exportación.
    f) Apoyar y/o desarrollar las gestiones para la elaboración de estudios para la interconexión de los sistemas eléctricos del departamento.
    g) Participación como área técnica especializada en el marco de sus competencias dentro de la ejecución y fiscalización del componente hidroeléctrico del proyecto Huacata.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO RURAL Y PUEBLOS INDIGENAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Desarrollo Rural.
  • Pueblos Indígenas
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Promover el desarrollo rural campesino e indígena del departamento, articulando con organizaciones sociales y originarias.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Responsabilizarse de las labores de Fiscalización de obras, estudios y diseños finales que se ejecutan.
    f) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.

    Descripción de Funciones:
    a) Promover el desarrollo rural del departamento a través de la formulación y ejecución políticas sostenibles, compartidas y corresponsables con los actores departamentales.
    b) Promover políticas de desarrollo indígena e interculturalidad en coordinación con las organizaciones originarias.
    c) Incorporar demandas y necesidades estratégicas para el desarrollo rural e indígena en las políticas departamentales (PDDES) e Institucionales (PEI) y su correspondiente asignación financiera (POA y Presupuesto).
    d) Coordinar con las entidades correspondientes del Gobierno Nacional los procesos de saneamiento y propiedad de tierras y TCOs.
    e) Prestar asistencia técnica especializada para la formulación de planes, estrategias y políticas de desarrollo de los pueblos indígenas y originarios del departamento y su incorporación al PDDES y al PEI.
    f) Promover políticas de interculturalidad respecto a internalización de usos y costumbres de las culturas de los pueblos indígenas en programas y proyectos específicos.
    g) Coordinar con las Secretarías, Servicios, programas y entidades descentralizadas y desconcentradas, la atención efectiva de demandas, la rendición transparente de cuentas, la ejecución de proyectos y acciones en el área rural.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO RURAL Y PUEBLOS INDIGENAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE DESARROLLO RURAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Rural y Pueblos Indígenas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Unidades de Planificación, Presupuestos, Programación.
  • EXTERNAS
  • Organizaciones de la Sociedad Civil relacionadas con la problemática del sector rural.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Aplicar las políticas departamentales que permitan fortalecer las capacidades productivas del área rural del departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Identificar las potencialidades que permitan promover el desarrollo de la Zona Alta para el desarrollo de estudios de: conservación de suelos y técnicas de siembra a secano, implementación de estanques piscícolas, control de plagas.
    b) Promover la asistencia técnica para la capacitación que permita fortalecer la producción de los productos típicos de la zona.
    c) Elaborar estudios para la recuperación de variedades nativas.
    d) Contribuir al saneamiento de tierras en Cercado, Méndez, Arce y Gran Chaco.
    e) Apoyar a la cadena productiva de camélidos en el municipio de Yunchara.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO RURAL Y PUEBLOS INDIGENAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE PUEBLOS INDÍGENAS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Desarrollo Rural y Pueblos Indígenas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • Equipos Técnicos de las áreas territoriales.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Comunidades Indígenas del Departamento
  • MARCO LEGAL
    - Resolución Prefectural No 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Aplicar las políticas públicas para el desarrollo de los pueblos indígenas con una visión de interculturalidad y con la participación de las organizaciones originarias.
    Funciones Específicas:
    a) Elaborar estudios para mejorar la calidad y comercialización de artesanías guaraniés.
    b) Elaborar diseño final de programa de desarrollo integral para las comunidades indígenas.
    c) Elaborar estudio para recuperar el uso de la carahuata de 22 comunidades.
    d) Estudio de investigación de la producción de miel y su comercialización.
    e) Implementar centros de capacitación en comunidades indígenas de Villamontes.
    f) Facilitar las acciones que permitan la construcción de centros culturales en las comunidades indígenas.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Gestión de Riesgos
  • Recursos Naturales
  • Manejo de Cuencas y Recursos Hídricos
  • Gestión y Calidad Ambiental
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
  • Viceministerio de Defensa Civil y Cooperación al Desarrollo Integral.
  • MARCO LEGAL.
    - Resolución Prefectural No 216/2008 de Septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Proponer políticas y normas para el desarrollo sostenible del departamento, garantizando la integración de las variables ambientales a las acciones de desarrollo departamental y promoviendo la sustentabilidad en el manejo y uso de los recursos naturales y del Medio ambiente.
    - Velar por la aplicación adecuada de las Leyes y normas vigentes sobre Recursos Naturales y Medio Ambiente.
    Funciones Específicas:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales para el manejo de los recursos naturales y medio ambiente en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.
    f) Formular lineamientos, planes y estrategias para el Manejo y Uso Sostenible de los Recursos Naturales y Medio Ambiente del Departamento.
    g) Coordinar la aplicación de las políticas y normas nacionales en el área de Recursos Naturales Medio Ambiente.
    h) Supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos en el área de Recursos Naturales, Medio Ambiente.
    i) Supervisar el cumplimiento de objetivos y resultados de los Programas y Proyectos en el área de Recursos Naturales, Medio Ambiente.
    j) Tomar conocimiento de las acciones que realizan en el departamento las instituciones públicas nacionales y empresas públicas dentro del área de su competencia.
    k) Coordinar con los Municipios y Mancomunidades la elaboración de programas y proyectos dirigidos a la conservación y protección de los recursos naturales y medio ambiente.
    l) Identificar y elaborar proyectos orientados a la conservación y protección de los recursos naturales, de medio ambiente.
    m) Normar, regular y fiscalizar las actividades de su competencia en coordinación con las entidades públicas sectoriales y regionales.
    n) Ejecutar los convenios correspondientes al SENAMHI para el mantenimiento de 51 estaciones.
    o) Apoyar en la otorgación de la ficha ambiental, evaluar los estudios y dar seguimiento del impacto ambiental.
    p) Supervisar las acciones de planificación y conservación establecidas por la Ley Forestal para las Prefecturas del Departamento.
    q) Planificar, coordinar, evaluar y controlar las actividades de la Gestión Ambiental.
    r) Promover el desarrollo sostenible del departamento.
    s) Aprobar o rechazar los estudios de evaluación de impacto ambiental de carácter departamental, en coordinación con los Ministerios sectoriales respectivos y los Municipios.
    t) Elaborar y ejecutar en coordinación con los gobiernos Municipales, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Forestal un plan de desarrollo y conservación del recurso forestal.
    u) Elaborar y ejecutar en coordinación con los gobiernos Municipales, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Forestal un plan de desarrollo y conservación del recurso forestal.
    v) Promover y coordinar la realización de las acciones para evitar la desertización de los suelos.
    w) Promover estudios y acciones destinadas a la conservación de la Biodiversidad.
    x) Proponer políticas y planificar el uso y manejo sostenible del recurso agua.
    y) Planificar y coordinar la vigilancia para reducir la contaminación hídrica, atmosférica y acústica, contaminación de suelos y la sobre explotación de ríos.
    z) Ejecutar y supervisar el cumplimiento a nivel departamental del procedimiento de otorgación de los certificados de dispensación, declaratoria de impacto ambiental y declaratoria de adecuación ambiental, elevando los respectivos informes para su homologación cuando corresponda a nivel nacional y dar seguimiento a la ejecución de las acciones propuestas por las empresas.
    aa) Orientar, supervisar y coordinar la elaboración de los documentos oficiales de la Prefectura para la difusión permanente de las actividades del desarrollo y conservación de los Recursos Naturales y Medio Ambiente.
    bb) Identificar y elaborar los proyectos dirigidos a la conservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, gestionando a su vez la cooperación técnica y o financiamiento ante organismos nacionales o internacionales.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE GESTION DE RIESGOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL UNIDAD TECNICA OPERATIVA
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 26739 del 4 de agosto del 2002.
    - Resolución Prefectural No 216/2008 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSITITUCIONALES.
    - Establecer políticas de prevención y manejo de desastres naturales dentro del área departamental.
    Descripción de Funciones:
    a) Ejecutar los planes departamentales de reducción de riesgos y atención de desastres y/o emergencias en el marco del PDD y el SISPLAN.
    b) Promover la difusión y capacitación en la reducción de riesgos y atención de desastres y/o emergencias.
    c) Elaborar los informes departamentales sobre la atención de desastres


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE RECURSOS NATURALES
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Recursos Naturales.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Dir. Nacional de Biodiversidad.
  • Programas y Proyectos Nacionales relacionados al tema de los Rec. Nat.
  • Servicio Nacional de Áreas Protegidas, Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología.
  • Dirección General de Desarrollo Forestal, ONGs ambientalistas.
  • Municipios del departamento.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural No 216/2008 de Septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Lograr el aprovechamiento racional de los recursos renovables
    Descripción de Funciones:
    a) Ejecutar y supervisar las acciones de planificación y conservación establecidas por la Ley Forestal y otras Leyes y normas vigentes en el tema de Recursos Naturales.
    b) Identificar y elaborar proyectos dirigidos a la conservación y protección de los recursos naturales y gestionar la cooperación técnica y o financiamientos ante organizaciones nacionales o internacionales.
    c) Proponer normas e indicadores técnicos para el control y usos de los recursos naturales y la conservación de la Biodiversidad.
    d) Fiscalizar la aplicación de la Ley del Medio Ambiente y sus reglamentos, y otras normas vigentes en el departamento de Tarija.
    e) Proyectar y coordinar con los Municipios del Departamento las políticas de gestión de los Recursos Naturales renovables.
    f) Formular propuestas de transformación y utilización sostenible de los recursos naturales.
    g) Proponer políticas para el procesamiento primario de los recursos naturales renovables.
    h) Elaborar políticas de desarrollo tecnológico para el uso racional de los recursos naturales renovables, estimulando los procesos de transformación con mayor valor agregado, aumento de producción y productividad.
    i) Proponer y ejecutar políticas, normas y planes para el aprovechamiento sostenible de los recursos fundamentales y básicos como agua, aire, suelo y clima.
    j) Ejecutar las políticas y normas para el aprovechamiento de los recursos forestales, piscícolas.
    k) Elaborar y ejecutar en coordinación con los Gobiernos Municipales, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Forestal un plan de desarrollo y conservación de los recursos forestal en el departamento.
    l) Orientar, supervisar y coordinar la elaboración de documentos oficiales de la Prefectura del Departamento para la difusión permanente de las actividades de desarrollo y conservación de los recursos naturales.
    m) Coordinar con los Municipios y otras instituciones tanto gubernamentales y no gubernamentales, la aplicación de estrategias y políticas para el uso sostenible de los suelos bosques y cuencas.
    n) Identificar y promover acciones dirigidas a la conservación, preservación y control de la biodiversidad silvestre.
    o) Elaborar planes y estrategias de manejo para áreas protegidas y manejo de cuencas.
    p) Identificar y elaborar proyectos dirigidos a la conservación y protección de los recursos naturales, gestionando la cooperación técnica y financiera de los organismos nacionales e internacionales.
    q) Implementar las acciones para el desarrollo de especies forestales de uso múltiple en la cuenca del Río Tolomosa.
    r) Desarrollar las acciones de control y combate fitosanitario del quema - quema en el Valle Central de Tarija.
    s) Controlar y fiscalizar las explotaciones hidrobiológicas y de fauna terrestre.
    t) Elaborar el Proyecto de reproducción artificial del sábalo en la tercera sección Gran Chaco.
    u) Elaborar el POA y proyecto de Presupuesto de la Unidad de acuerdo al Reglamento Específico y la Guía de Procedimientos para la elaboración del POA x área funcional del Sistema de Programación de Operaciones.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE MANEJO DE CUENCAS Y RECURSOS HÍDRICOS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Riego
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Ley No 2828 del 8 de octubre del 2008, de Promoción y Apoyo al Sector Riego para la Producción Agropecuaria y Forestal.
    - Resolución Prefectural No 216/ 2008 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Desarrollar programas y Proyectos que permitan incrementar la disponibilidad de agua para el uso múltiple en el departamento, así como ejecutar planes de gestión de control de cuencas prioritarias para la provisión de agua.
    Descripción de Funciones:
    a) Formular lineamientos, planes y estrategias para el manejo y uso sostenible del recurso agua en el departamento.
    b) Supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos de uso del recurso agua.
    c) Supervisar el cumplimiento de los objetivos y resultados de los programas y proyectos de uso de recursos hídricos.
    d) Tomar conocimiento de las acciones que realizan en el departamento las instituciones públicas nacionales y empresas privadas respecto al aprovechamiento de los recursos hídricos.
    e) Coordinar con los municipios y mancomunidades la elaboración de programas y proyectos dirigidos al aprovechamiento de los recursos hídricos.
    f) Normar, regular y fiscalizar las actividades de su competencia en coordinación con las entidades públicas sectoriales y regionales.
    g) Supervisar la implementación del Programa de Riego Prefectura - Proagro - GTZ.
    h) Elaborar el estudio para la construcción de la presa Calderillas.
    i) Supervisar la construcción del embalse para riego "EL Inventario" j) Supervisar la construcción de la presa Marquiri.
    k) Supervisar el diseño final de riego por módulos del triángulo de Bermejo.
    l) Supervisar la elaboración del diseño final de la presa de San Telmo.
    m) Supervisar la construcción del Proyecto Múltiple Huacata.
    n) Fiscalizar la construcción del sistema de riego San Pedro de Sola en San Andrés.
    o) Fiscalizar la construcción de la presa Calderas.
    p) Supervisar la ejecución del Convenio para la ejecución de un sistema de riego por goteo en la comunidad de La Angostura.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE GESTION Y CALIDAD AMBIENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL UNIDAD TECNICA OPERATIVA
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente.
  • MARCO LEGAL
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural No 216/2008 de septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    - Determinar las acciones que permitan disminuir los actuales niveles de contaminación hídrica, atmosférica y de residuos sólidos en el departamento a través del establecimiento de un sistema departamental integrado de prevención y control ambiental.
    Descripción de Funciones:
    a) Implantar los Sistemas Nacionales de Evaluación de Impacto Ambiental (SNEIA) y el Sistema Nacional de Control de la Calidad Ambiental (SNCCA).
    b) Proponer programas de prevención y control de la contaminación de aguas, suelos y de la atmósfera.
    c) Ejecutar las políticas y normas nacionales existentes en materia de Medio Ambiente.
    d) Controlar revisar e informar a las autoridades sectoriales sobre los trámites de otorgación de Licencias Ambientales.
    e) Apoyar y brindar asistencia técnica a las Subprefecturas y Corregimientos, Servicios Departamentales y otros programas y proyectos de la Prefectura en temas relacionados al medio ambiente.
    f) Coordinar con las Secretarias Departamentales, Servicios Departamentales, Direcciones. Subprefecturas, Corregimientos, Programas y Proyectos, la aplicación de las normas y reglamentos de la Ley de Medio Ambiente en la elaboración y ejecución de proyectos.
    g) Coordinar acciones con las unidades de Medio Ambiente sectoriales a nivel Nacional y Municipal.
    h) Identificar y formular proyectos con objetivos orientados a preservar el medio ambiente y mejorar la calidad ambiental.
    i) Planificar, diseñar y programar la capacitación de la población, con el fin de concientizar sobre la preservación del Medio Ambiente.
    j) Difundir la Ley de Medio Ambiente, Leyes conexas y sus reglamentos.
    k) Promover seminarios, talleres, conferencias y otras tareas de difusión en las entidades públicas y privadas sobre temas relacionados con el Control de Calidad Ambiental.
    l) Ejecutar y supervisar el cumplimiento a nivel departamental del procedimiento de
    otorgar certificados de dispensación, declaratoria de impacto ambiental y declaratoria de adecuación ambiental, elevando los respectivos informes para su homologación, cuando corresponda, al nivel nacional y dar seguimiento a la ejecución de las acciones propuestas por las empresas.
    m) Orientar, supervisar y coordinar la elaboración de los documentos oficiales de la Prefectura del Departamento, para la difusión permanente de las actividades de desarrollo y conservación del medio ambiente.
    n) Apoyar la otorgación de la fecha ambiental, evaluar los estudios y dar seguimiento al impacto ambiental.
    o) Realizar el estudio para la reubicación de la planta de tratamiento de aguas servidas.
    p) Ejecutar el Programa de Educación Ambiental en el departamento de Tarija.
    q) Evaluación de la contaminación ambiental en los centros urbanos del departamento de Tarija.
    r) Ejecutar las acciones que permitan el saneamiento ambiental del Río Guadalquivir.
    s) Analizar y procesar la información sobre la calidad de agua de los ríos Pilcomayo, Bermejo, Río Grande y Guadalquivir.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE OBRAS PÚBLICAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Vialidad
  • Infraestructura.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Administradora Boliviana de Caminos.
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural No 216/ 2008 de Septiembre del 2008.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Responsable de la construcción de infraestructura de ámbito departamental en el marco competencial de la Prefectura del Departamento.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Responsabilizarse de las labores de Fiscalización de obras, estudios y diseños finales que se ejecutan.
    f) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.

    Descripción de Funciones:
    a) Formular la estrategia de vinculación vial y de transporte departamental de competencia Prefectural.
    b) Coordinar con las instancias pertinentes del Gobierno Nacional, la formulación de la estrategia de vinculación nacional e internacional de las vías de transporte y comunicación que atraviesan el territorio departamental, en especial del corredor bioceánico.
    c) Ejecutar por mandato de disposición legal, delegación expresa o convenio interinstitucional, obras de construcción y/o mantenimiento de caminos de la red fundamental.
    d) Ejecutar por mandato de disposición legal o convenio interinstitucional obras de construcción y mantenimiento de caminos de la red secundaria y red local o municipal.
    e) Supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos del SEDECA y evaluar el cumplimiento de sus indicadores de desempeño.
    f) Dirigir la construcción y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento público de carácter departamental.
    g) Coordinar la construcción de obras y equipamiento de aeropuertos e hidrovías.
    h) Diseñar y promover la aplicación de normas técnicas para la construcción de infraestructura pública, que responda a estándares de eficiencia y calidad y que usen los recursos de la tecnología de punta.
    i) En coordinación con las Secretarías Departamentales de Recursos Naturales y Medio Ambiente y Planificación e Inversión, construir y mantener obras de riego.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE OBRAS PÚBLICAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE VIALIDAD
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario Departamental de Obras Públicas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Administradora Boliviana de Caminos
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural No 124/2008 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Identificar y priorizar proyectos de infraestructura vial para el departamento
    Descripción de Funciones:
    a) Formular la estrategia de vinculación vial y de transporte departamental de competencia prefectural.
    b) Coordinar con las instancias pertinentes del Gobierno Nacional la formulación de la estrategia de vinculación nacional e internacional de las vías de transporte y comunicación que atraviesan el territorio departamental.
    c) Efectuar el monitoreo, seguimiento y control de los siguientes tramos camineros:
      1. Canaletas - Entre Ríos
      2. Palos Blancos - Río Isiri
      3. La Vertiente - Palo Marcado
      4. Palo Marcado - Hito BR 94 (a cargo de la ABC)
      5. Campo Pajoso - Caraparí


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE OBRAS PÚBLICAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE INFRAESTRUCTURA
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretario Departamental de Obras Públicas.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural No 124/2008 del 28 de abril del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Modernizar y mejorar la infraestructura física del departamento identificando y ejecutando proyectos de inversión.
    Descripción de Funciones.
    a) Operar y actualizar permanentemente el sistema de información estadística, técnica y fuentes de financiamiento, para apoyar proyectos de inversión vinculados al desarrollo de la infraestructura física departamental.
    b) Ejecutar por mandato de disposición legal, delegación expresa o convenio interinstitucional, obras de construcción y mantenimiento de caminos de la red fundamental.
    c) Ejecutar por mandato legal de disposición legal o convenio interinstitucional, obras de construcción y mantenimiento de caminos de la red secundaria y red local o municipal.
    d) Supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos a cargo del SEDECA, evaluando el cumplimiento de sus indicadores de desempeño.
    e) Supervisar los proyectos de ejecución de acuerdo a las políticas y programas nacionales y departamentales, aplicando las normas y reglamentos vigentes en cado uno de los sectores.
    f) Supervisar y controlar la ejecución y calidad de las obras civiles y de arquitectura en cada tipo de construcción.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE TURISMO Y CULTURAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Turismo
  • Culturas
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Municipios del Departamento
  • Viceministerios del Sector
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    - Resolución Prefectural 216 de Septiembre del 2008
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Dirigir y ejecutar planes, políticas y acciones orientadas a potenciar y promover el desarrollo turístico del departamento y a preservar el patrimonio histórico - cultural y natural del departamento.
    - Garantizar a través de la aplicación de las normas vigentes, la idoneidad de los servicios turísticos prestados en el departamento de Tarija.
    - Apoyar el desarrollo de la cultura en todas sus manifestaciones.
    Competencias Generales:
    a) Diseñar objetivos, políticas y estrategias sectoriales en el marco del Plan del Gobierno Departamental.
    b) Articular planes, políticas y programas con el nivel territorial y otras instancias operativas desconcentradas.
    c) Generar y adecuar normas técnicas de calidad sectorial considerando la regionalización de las inversiones.
    d) Incorporar en las Especificaciones Técnicas las normas de calidad establecidas y exigidas para las inversiones públicas.
    e) Responsabilizarse de las labores de Fiscalización de obras, estudios y diseños finales que se ejecutan.
    f) Identificar, diseñar y ejecutar planes y programas de ámbito departamental.

    Descripción de Funciones:
    a) Formular, promover y concertar estrategias integrales y políticas de desarrollo turístico basado en los atractivos y potencialidades geográficas e infraestructurales del Departamento.
    b) Coordinar la aplicación de políticas de promoción y recuperación del patrimonio cultural del Departamento.
    c) Apoyar programas estratégicos de rescate, valorización y promoción de la cultura en el departamento, en coordinación con todas las instancias públicas y privadas relacionadas con el tema.
    d) Identificar y definir proyectos de impacto en zonas fronterizas del Departamento.
    e) Realizar acciones preventivas para la preservación de zonas arqueológicas, paleontológicas, arte rupestre y otros.
    f) Coordinar le ejecución de programas, proyectos y actividades turísticas con los Gobiernos Municipales, Consejos Ciudadanos de Cultura, Operadores Turísticos y otros actores sociales y culturales.
    g) Supervisar el incumplimiento de la categorización de las Empresas Prestadoras de Servicios Turísticos.
    h) Controlar la otorgación de autorizaciones de la DINAR para operar en Tarija.
    i) Realizar seguimiento a la concreción de infraestructura y servicios turísticos especialmente en rutas, circuitos y sitios turísticos - culturales en provincias y comunidades del Departamento.
    j) Coordinar su accionar con las distintas instituciones, organizaciones sociales, profesionales, sindicales y otras de las sociedad civil relacionadas al ámbito sectorial de su competencia.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE TURISMO Y CULTURAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE TURISMO
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Turismo.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Equipos Técnicos de Trabajo
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Aplicar el plan de desarrollo turístico del departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Promover el desarrollo del turismo receptivo, identificando y priorizando el desarrollo de rutas y destinos turísticos.
    b) Identificar y promover oportunidades de inversión en el sector turismo en el marco del Plan de Desarrollo Departamental.
    c) Identificar y clasificar la oferta turística del departamento.
    d) Promover y supervisar la aplicación de normas técnicas y la implantación de servicios de control y certificación de calidad para el fortalecimiento y competitividad de las empresas del sector turístico del departamento.
    e) Elaborar y ejecutar un programa integrado de turismo regional.
    f) Coordinar actividades con organismos nacionales e internacionales de financiamiento y asistencia técnica con la finalidad de atraer recursos e inversiones que favorezcan al turismo regional.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE TURISMO Y CULTURAS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD DE CULTURAS
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Secretaria Departamental de Turismo.
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
    Equipos Técnicos de Trabajo.
    RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
  • Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
  • MARCO LEGAL.
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Ejecutar las políticas departamentales destinadas a la conservación del patrimonio cultural del departamento.
    Descripción de Funciones:
    a) Establecer las acciones necesarias que permitan preservar y fortalecer todas las expresiones de la cultura.
    b) Elaborar el inventario y realizar una actualización permanente del Patrimonio Natural y Cultural del Departamento de Tarija.
    c) Facilitar las acciones que permitan la construcción de centros culturales en las comunidades indígenas.
    d) Rescatar y difundir las principales manifestaciones culturales y folklóricas del departamento integrando los objetivos culturales.
    e) Preservar y fortalecer todas las expresiones de la cultura; promover y difundir sus diversas manifestaciones.
    f) Aplicar la política para promover, desarrollar y conservar el patrimonio histórico, cultural y natural del departamento.


    MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    NOMBRE DEL AREA ORGANIZACIONAL SUBPREFECTURAS Y CORREGIMIENTOS
    NOMBRE DE LA UNIDAD ORGANIZACIONAL UNIDAD TERRITORIAL
    UBICACIÓN ORGANIZACIONAL
    UBICACIÓN ESTRUCTURAL
    (Relación de Dependencia)
    Prefecto del Departamento
    RELACION DE AUTORIDAD SOBRE
  • Equipos Técnicos de Trabajo.
  • RELACIONES DE COORDINACION
    INTERNAS
  • Secretarias Departamentales
  • Servicios Departamentales
  • Subprefecturas y Corregimientos
  • Programas y Proyectos
  • EXTERNAS
    MARCO LEGAL.
    - Ley 1654 del 28 de julio de 1995 de Descentralización Administrativa
    - Decreto 25060 del 2 de junio de 1998
    - Decreto Supremo 26767 del 9 de agosto del 2001.
    OBJETIVOS INSTITUCIONALES.
    - Aplicar las políticas y estrategias definidas en el nivel estratégico en el ámbito de su circunscripción territorial.
    Descripción de Funciones:
    a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, Leyes, Decretos Supremos y Resoluciones Prefecturales en el ámbito de su jurisdicción provincial.
    b) Conservar el orden público en su provincia.
    c) Administrar los recursos que le fueren asignados y rendir cuentas de las formas y resultados de su utilización.
    d) Administrar los bienes departamentales asignados al uso de la provincia y/o cantón.
    e) Dictar Resoluciones Administrativas en el área de su competencia y atribución y de aquellas que le sean delegadas expresamente por el Prefecto.
    f) Presidir los Consejos Provinciales promoviendo su funcionamiento como instancias de coordinación con los municipios y demás actores sociales provinciales.
    g) Coordinar con los diferentes actores sociales públicos y privados las acciones e inversiones requeridas para el desarrollo provincial.
    h) Informar al Prefecto sobre las necesidades de inversión pública y la demanda social cuantificada de la provincia.
    i) Informar sobre los programas de mantenimiento de caminos y el funcionamiento de los servicios públicos.
    j) Efectuar el seguimiento a las acciones de gestión ambiental y el uso racional de los recursos naturales.
    k) Promover el fortalecimiento de los municipios, comunidades campesinas, pueblos indígenas y originarios y juntas de vecinales de la provincia.
    l) Apoyar las gestiones de desarrollo provincial de los diputados uninominales y de los consejeros departamentales, elegidos en las circunscripciones territoriales de la provincia.
    m) Identificar, promover y coordinar proyectos de inversión concurrente con los municipios.
    n) Efectuar el seguimiento físico financiero de los programas y proyectos ejecutados en su provincia.
    o) Coordinar con las Secretarias Departamentales Sectoriales, Servicios Departamentales y Direcciones Departamentales el apoyo técnico necesario para la elaboración y diseño de programas y proyectos de inversión para la provincia.
    p) Gestionar la asignación de recursos económico- financieros para la ejecución de proyectos en su provincia.
    q) Atender las gestiones desconcentradas de la Ventanilla Única de Trámites, recibiendo, canalizando y despachando los trámites delegados por el Prefecto del Departamento.
    r) Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, Leyes, Decretos y Resoluciones Prefecturales en su jurisdicción provincial.


    GLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS

    Administración Es el proceso de diseñar y mantener un entorno en el que, trabajando en grupos, los individuos cumplan eficientemente objetivos específicos.
    Autoridad Funcional Derecho que se delega en una persona o área organizacional para controlar procesos, prácticas, políticas u otros asuntos específicos relacionadas con actividades que lleva a cabo personal de otras áreas.
    Autoridad Lineal Es la relación de autoridad superior - subordinado, desde la cima de la organización al escalón más bajo, llamada también cadena de mando.
    Autoridad Staff Se asigna autoridad staff a todas aquellas personas que ayudan al personal de línea a trabajar en forma más efectiva para el logro de los objetivos de la organización.
    Cadena de Mando Se refiere a un conjunto interconexo e indiviso de relaciones de subordinación, que abarcan desde los niveles más altos de la organización hasta los más bajos.
    Delegación Es asignar a otra persona autoridad y responsabilidad para realizar actividades específicas.
    Descentralización Acción mediante la cual el gobierno central realiza una transferencia de poderes a otras unidades administrativas, implica autonomía de gestión, manejo de recursos y toma de decisiones.
    Desconcentración Es la acción administrativa mediante la cual los órganos de decisión delegan la necesaria capacidad decisoria operativa a unidades administrativas ubicadas en diferentes puntos geográficos del país y/o del departamento para resolver asuntos de su competencia.
    Eficacia Logro de los resultados, capacidad para lograr los resultados, bajo parámetro de calidad y cantidad.
    Eficiencia Relación entre recursos y resultados. Logro de los fines con la menor cantidad de recursos.
    Estrategia Determinación del propósito (o la misión) y los objetivos a largo plazo de la organización, adopción de cursos de acción y asignación de recursos necesarios para lograr estos propósitos.
    Manuales Son fundamentalmente un instrumento de comunicación y difusión de la estructura organizacional adoptada para que todas las personas que trabajan en la organización conozcan sus funciones, relaciones de autoridad y áreas de competencia, bajo cuyas deben desarrollar sus actividades.
    Organigrama Es la representación gráfica simplificada total o parcial, de la estructura formal que ha adoptado una organización.


    SIGLAS O ABREVIACIONES

    SOA Sistema de Organización Administrativa
    SAP Sistema de Administración de Personal
    SP Sistema de Presupuesto
    SC Sistema de Contabilidad
    SCP Sistema de Crédito Público
    SPO Sistema de Programación de Operaciones
    ST Sistema de Tesorería
    SABS Sistema de Administración de Bienes y Servicios
    PDDES Plan de Desarrollo Departamental de Desarrollo Económico y Social.
    SISPLAN Sistema de Planificación
    PEI Plan Estratégico Institucional
    SISIN Sistema de Información sobre inversiones.
    SGP Sistema de Gerencia de Proyectos.
    SNIP Sistema Nacional de Inversión Pública
    SEBI Sistemas de Estadísticas Básicas de Inversión
    PLOT Plan de Ordenamiento Territorial
    PLUS Plan de uso y ocupación del suelo
    PND Plan Nacional de Desarrollo
    POA Plan Operativo Anual
    SNCCA Sistema Nacional de Control de Calidad Ambiental
    SNEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
    FFODEPRO Fondo de Fomento al Desarrollo Productivo
    PROSOL Programa Solidario Comunal
    ECOS Encuentros de Concertación Social
    ATC Audiencia de Transparencia de Cuentas
    SIGAP Sistema de Gestión y Apoyo a Proyectos
    SIICOM Sistema Informático de Contrataciones
    SNIP Sistema Nacional de Inversión Pública
    VIPFE Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
    IVAN Inversión - Valor Actual Neto
    DIPFE Dirección Departamental de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
    SEDEP Sistema de Evaluación de Desempeño Profesional
    PDRFE Programa Departamental de Requerimiento de Financiamiento Externo.
    CEDIP Central Departamental de Información de Precios y Presupuestos.
    CREC Central de Riesgos de Empresas Consultoras
    GNV Gas Natural Vehicular
    DIMODI Dirección de Modernización y Desburocratización Institucional

    [Fuente: Prefectura del Departamento de Tarija, jul09]

    Tienda Donaciones Radio Nizkor

    DDHH en Bolivia
    small logoThis document has been published on 08May15 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.