Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones Online
Derechos | Equipo Nizkor       

28feb13


Tribunal admite recurso que puede revertir estudio sobre Margarita


El Tribunal Constitucional admitió una acción de inconstitucionalidad que puede cambiar la historia del estudio de compatibilidad realizado por la consultora Gaffney Cline, allegada a la petrolera Repsol, sobre el campo Margarita.

Éste sería el primer y único recurso admitido, desde que se conoció el estudio que determinó, en marzo de 2012, que el campo Margarita es compartido en un 75,1% para Tarija y 24,9% para Chuquisaca.

La acción fue presentada por Alan Echart contra el Reglamento de Campos Compartidos, bajo el cual se realizó el estudio de Gaffney Cline. Dicho recurso fue admitido el 25 de enero de 2013, y a partir de ello el Tribunal Constitucional tiene 45 días para emitir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad o no del Reglamento.

De declararse inconstitucional, todo el estudio realizado sobre el campo Margarita no tendría base legal y por ende podría ser declarado nulo. De ser así, el Ministerio de Hidrocarburos y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberán devolver los recursos que fueron descontados a Tarija y entregados al departamento de Chuquisaca, los mismos que sobrepasan los 40 millones de bolivianos.

EL NACIONAL buscó información sobre el tema con el ministro de Hidrocarburos, Juan José Sosa, pero éste no quiso responder a la entrevista.

Acción de inconstitucionalidad

El recurso fue presentado el 9 de octubre de 2012, cuando Echart fungía como asambleísta departamental. La acción fue contra el Reglamento de Campos Compartidos, que fue la base del estudio realizado por la consultora Gaffney Cline.

La base de la acción, según Echart, es que ninguna norma inferior a una ley puede regular la aplicación de un derecho. "Y eso está establecido en la Constitución Política del Estado, en el artículo 109, además que es un principio universal que se llama Principio de Reserva Legal--explicó Echart--eso establece que sólo una ley o la Constitución puede regular la aplicación de un derecho".

Sin embargo, el Reglamento de Campos Compartidos fue aprobado por una Resolución Ministerial, la 497 del año 2011, del Ministerio de Hidrocarburos.

"Por lo tanto, éste Reglamento era inconstitucional, ya que no podía regular la aplicación o la distribución de un derecho, en éste caso el derecho que tiene Tarija de percibir el 11% de las regalías. Derecho que también está establecido en la Constitución en el artículo 351".

En ese sentido, según Echart, el Reglamento de Campos Compartidos debió aprobarse a través de una ley y no de una Resolución Ministerial. "Hay sentencias constitucionales que respaldan la acción, en sentido de que sólo una ley puede modificar o regular un derecho".

El recurso fue admitido por el Tribunal Constitucional el 25 de enero de 2012, a partir de ello hay un plazo de 45 días para que los miembros de esas instancia establezcan si el Reglamento es o no constitucional.

Echart advirtió que si es declarado inconstitucional, todo el estudio de Gaffney Cline, sobre el campo Margarita, quedaría invalidado. "Y tiene como consecuencia la devolución de los millones de dólares que Tarija le ha entregado a Chuquisaca. Pero además, una vez admitida la acción, YPFB debe paralizar cualquier desembolso de dinero por concepto de regalías, a favor de Chuquisaca".

El demandante advirtió que una vez admitida la acción, el Tribunal Constitucional está obligado a responder y a emitir una sentencia estableciendo si el Reglamento es o no inconstitucional.

Sosa debe presentar un informe

El Ministro de Hidrocarburos, Juan José Sosa, ya fue notificado por el Tribunal Constitucional y por ello tiene hasta el 9 de marzo para presentar un informe sobre la base legal del Reglamento de Campos Compartidos.

Sin embargo, según Echart, Sosa buscará la forma de evitar presentar dicho informe. Y es que la autoridad solicitó a la Asamblea Departamental, el miércoles 27 de febrero, las actas de las sesiones realizadas en octubre y noviembre de 2012, registros de solicitudes de licencias, certificación de las fechas en las que Alan Echart fungió como asambleísta titular y fotocopia legalizada del documento que avale la designación de Echart como asambleísta, entre otros requerimientos establecidos en ocho puntos.

¿Por qué Sosa pide esa información? Echart explicó que no podía presentar una acción de inconstitucionalidad si fungía como asambleísta suplente.

"Si yo hubiera presentado el recurso cuando estaba como suplente, el ministro podría hacer caer la acción y no tendría que presentar ese informe y el Tribunal Constitucional no tendría que responder. Pero yo tomé mis recaudos y adjunté una certificación del secretario".

"Aquí hay una intención del Ministro de querer voltear el recurso, para que el Tribunal no se pronuncie a favor de Tarija y en favor de la Constitución".

EL NACIONAL intentó comunicarse con el ministro de Hidrocarburos, Juan José Sosa, para conocer si fue notificado por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, cuando se le dijo de qué medio se lo llamó, en tono molesto colgó su teléfono celular.

[Fuente: El Nacional, Tarija, 28feb13]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 28Feb13 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.