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21nov15


Oficialista admite que reforma de la ley 044 beneficia a Goni


El senador por Unidad Demócrata (UD), Edwin Rodríguez, fue quien advirtió que esta reforma beneficiará a Sánchez de Lozada -si es procesado- porque podrá apelar el fallo que emita el Tribunal de Sentencia.

En ese sentido, Rodríguez anunció que presentará ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad abstracto contra la reforma debido a que el artículo 184 de la Constitución dispone que el Tribunal Supremo de Justicia juzgará "como tribunal en pleno y en única instancia" al Presidente y Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato.

El abogado constitucionalista William Bascopé indicó que si esta nueva ley entra en vigencia "se beneficiaría Sánchez de Lozada con el carácter de apelación, así como todas las altas autoridades que enfrenten procesos".

"El tema de la apelación es para que un segundo tribunal vea el primer fallo del primer tribunal, eso lo dice los tratados internacionales, en ese contexto va beneficiar a todo mandatario procesado, en este caso a Sánchez de Lozada", indicó Bascopé.

La ley que modifica la 044 establece que el pleno del TSJ deja de ser la única instancia para juzgar a altas autoridades judiciales debido a que se crea un Tribunal de Sentencia y un Tribunal de Apelación, ambos tribunales están conformados por tres magistrados, cada uno.

El presidente de Senado, José Alberto Gringo Gonzales, dijo que la reforma se adecúa al artículo 8 , inciso H, del Pacto de San José de Costa Rica que indica que "toda persona que sea juzgada tiene derecho de recurrir ante el juez o tribunal superior, entonces no puede haber sólo una instancia de juzgamiento".

Punto de vista

Por qué reforman ahora la ley

Cuando la ley de juicio de responsabilidad de altas autoridades fue debatida, varios juristas observamos el porqué no contemplaba la segunda instancia de juzgamiento. El proyectista, si no me equivoco, fue el actual procurador general del Estado, Héctor Arce, señaló varios justificativos. Ahora después de varios años se dan cuenta que la Ley 044 no contemplaba una segunda instancia.

En ese sentido, hay una responsabilidad de los proyectistas porque en un momento presentan y aprueban una determinada ley y pasados los años la están modificando y subsanando los errores que tienen.

¿Por qué tardaron 10 años para adecuar la Ley de juicio de responsabilidades?

Llama la atención porque no se debatió en su momento la doble instancia, sacar en un momento tan complejo.

Ese hecho hace que la gente desconfíe de sus gobernantes y desgastan la legitimidad que tienen los políticos.

La reforma puede tener todo el respaldo legal, pero la gente se pregunta, "¿por qué modifican ahora?".

[Fuente: Página Siete, La Paz, 21nov15]

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