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20feb13


Cien fiscales enfrentan 769 procesos penales y disciplinarios


El Ministerio Público instauró 769 procesos penales y disciplinarios contra un centenar fiscales y ex fiscales acusados de una serie de delitos tipificados por el Código Penal y la Nueva Ley Orgánica del Ministerio Público N. 260, informó el fiscal general del Estado Ramiro Guerrero. "Hemos tenido el suficiente tiempo para evaluar el desempeño de cada uno de los servidores y servidoras del Ministerio Público, y toda la gente con procesos disciplinarios, penales y sanciones producto de su mal trabajo se tendrá que ir en esta semana", anunció la autoridad.

Casi un centenar de fiscales y ex servidores del Ministerio Público enfrentan 769 procesos por faltas disciplinarias y por la comisión de varios delitos tipificados por el Código Penal, entre ellos incumplimiento de deberes, uso indebido de influencias, resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, peculado, conducta antieconómica, cohecho pasivo y malversación.

El fiscal Guerrero precisó que de 723 procesos penales instaurados por el Ministerio Público, 434 se encuentra en etapa preliminar; 203 han sido rechazados; 99 ya cuentan con imputados; seis fueron sobreseídos y 27 declarados en casación. Algunos fiscales enfrentan más de tres procesos penales y disciplinarios como el ex fiscal Isabelino Gómez, que tiene siete procesos, cuatro disciplinarios y tres penales. (ABI)

Según Guerrero, los procesos disciplinarios abiertos con la antigua norma 2175 suman 96, mientras que los sumarios acogidos a la nueva Ley 260 del Ministerio Público ascienden a 477, haciendo un total de 573 procesos registrados hasta el 31 de enero de 2013.

De acuerdo al artículo 114 de la Ley N. 260, en vigencia desde julio de 2012, "la responsabilidad disciplinaria es independiente de la responsabilidad civil y penal". La principal característica de los procesos disciplinarios establecidos por la nueva norma es la brevedad, ya que solamente transcurren 10 días a partir de la admisión de la denuncia o queja del ciudadano que se considere afectado por el proceder del fiscal que investiga su caso. La Ley Orgánica N. 2175 establecía plazos más largos y dificultosos para la investigación que demoraba entre 6 meses y un año. |1|

La Disposición Transitoria Primera, parágrafo II de la Ley N. 260 dispone la evaluación del desempeño de los fiscales de carrera y en periodo de prueba en todo el país. El ex fiscal Mario Uribe dio inicio a dicho proceso mediante Resolución FGE/USL N. 120/2012 el 27 de agosto de 2012. |2|

El fiscal de Materia de Chuquisaca Edgar Aramayo fue el primer condenado por la Dirección de Régimen Disciplinario y su instancia Sumariante en el marco de la Nueva Ley Orgánica del Ministerio Público que sanciona faltas cometidas por fiscales de materia en el desempeño de sus funciones. Aramayo fue denunciado por el ciudadano Crescencio Coronado Pantoja por haber dilatado un proceso con actitudes irrespetuosas para con los sujetos procesales. |3|

Posteriormente, el diputado del MAS por el departamento de Oruro Ever Lucas Moya Zarate presentó una denuncia contra el fiscal de Materia de Oruro Hugo Carrasco Callejas, acusado de los delitos de encubrimiento e incumplimiento de deberes, entre otros. Las presuntas víctimas y el diputado Moya denunciaron que el acusado "encubre al narcotráfico en sentido de que él admitió una denuncia de Jorge Luis Damián Parra, quien se encuentra procesado por el delito de narcotráfico".

"Mi autoridad ha recibido varias denuncias en contra el fiscal Hugo Carrasco Callejas por delitos de extorsión, quien lejos de dedicarse a administrar bien la justicia para atender al mundo litigante se estaría dedicando a iniciar procesos penales y de oficio, contra jueces, fiscales y ciudadanos dignos y humildes, para luego extorsionarlos e incurrir en actos de corrupción", argumentó Moya.

Además, el Servicio Nacional de Impuestos Nacionales (SIN), la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción acusaron formalmente de prevaricato a varios jueces, vocales y fiscales y los denunciaron por favorecer a particulares en detrimento del bien público y los intereses del Estado.

La ministra de Transparencia Nardi Suxo, el presidente del SIN Roberto Ugarte y representantes jurídicos de la ABC acusaron a los vocales Virginia Crespo, Ramiro López, Miriam Aguilar, Félix Rómulo Tapia, María Esther Caero y María Aspiazu Velasco de los delitos de incumplimiento de deberes, prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución. El abogado del SIN Willy Cerruto los acusó de utilizar su poder para encubrir a evasores de impuestos y de obstruir el normal desenvolvimiento de la justicia.

Además, el SIN acusó a los vocales Ramiro López y Fernando Canann de incumplimiento de deberes, prevaricato, retardación de justicia y "consorcio de abogados y jueces", entre otros, al favorecer a empresas que se adjudicaron la construcción del tramo II de la doble vía La Paz-Oruro e incumplieron sus contratos. Según la denuncia, ambos vocales impidieron que se ejecute una póliza por cinco millones de bolivianos y también obstaculizaron una nueva licitación.

Guerrero pide limpiar el Ministerio Público

El 10 de diciembre de 2012 el fiscal Ramiro Guerrero posesionó a Edgar Flores Prado como nuevo Director Nacional de Recursos Humanos, encargado de ejecutar "una reingeniería en la Fiscalía General a través de un plan estratégico". El fiscal general aseguró que "el nuevo director no ha venido a cortar cabezas, no ha venido a hacer una cacería de brujas, ha venido a transparentar, a evaluar y a ver como siempre lo hemos dicho, que los mejores y las mejores profesionales se van a quedar, y van a continuar trabajando en esta construcción, los que no están comprometidos tendrán que irse…".

En diciembre del año pasado el Ministerio Público llevó adelante un taller para analizar el Proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento del Régimen Disciplinario del Ministerio Público, destinado a normar los procesos disciplinarios que se instauran en cumplimiento de la Ley N. 260. Los asistentes identificaron varias falencias en el capítulo referido a la Dirección de Régimen Disciplinario.

Se dijo que la transición deja muchas interpretaciones que deben ser aclaradas para evitar perjuicios a las partes que intervienen en los procesos. Por ejemplo, la Ley confunde varios términos como ser el de ofrecimiento de prueba y producción de prueba; y no contempla un régimen disciplinario para autoridades disciplinarias. Además, consideraron necesario un periodo de investigación previa a los 10 días de plazo establecidos en la Ley, a efecto de que la admisión o rechazo de la demanda cuente con todos los elementos para que la autoridad sumariante admita o rechace la denuncia. |4|

Para enmendar estas fallas, se solicitó al Fiscal General que plantee una modificación de la Ley 260 respecto del Régimen Disciplinario, y que se elabore un Manual de Procedimiento Disciplinario que consigne también algunos principios generales y doctrinales sobre los procesos sumarios disciplinarios y otros tópicos inherentes a la temática. Se planteó también que se aumente el número de autoridades sumariantes, investigadores y personal de apoyo en cada Distrito, tratando de evitar en lo posible que un sumariante tenga competencia en más de un departamento.

El fiscal Guerrero reconoció que es necesario llenar vacíos y corregir contradicciones de la Ley 260, pero recordó que el reto principal es "procesar y meter a la cárcel a quienes hayan cometido delitos para limpiar la cara del Ministerio Público".

"Queremos tener fiscales altamente capacitados, verdaderos profesionales en el área de la investigación y la persecución de delitos, pero ésta capacitación también deberá ir acompañada por un Régimen Disciplinario que combata la corrupción, la flojera y la mediocridad en ciertos niveles del Ministerio Público. Tenemos que tener un Régimen Disciplinario bastante fuerte, no solo en cantidad de personas, sino en calidad de procedimientos para que el ciudadano perciba el cambio", reflexionó Guerrero.

El lunes de esta semana el fiscal Guerrero denunció que algunos funcionarios y fiscales del Ministerio Público y "alguna otra gente se ha dedicado a conspirar desde dentro de este proceso que estamos viviendo; pero yo quiero decirles con la más alta claridad que no vamos a tolerar procesos de conspiración dentro del Ministerio Público". (ABI)

Guerrero aseguró que fiscales de algunos distritos incumplen labores en el ejercicio de la acción penal pública, y "algunos están todavía actuando con cierta negligencia; a pesar de estar de turno no aparecen por ningún lado, no son encontrados, no son habidos en sus respectivas fuentes de trabajo". Lamentó también que varios fiscales con más de 15 años en la carrera fiscal se nieguen a acatar el proceso de rotación de cargos y a prestar servicios en las provincias, razón por la cual serán sometidos a procesos disciplinarios.

"Hemos tenido el suficiente tiempo para evaluar, para ver cuál es el desempeño y el trabajo de cada uno de los servidores y servidoras del Ministerio Público, no solo fiscales, y toda la gente que tiene que irse con procesos disciplinarios, penales y sanciones producto de su mal trabajo se tendrá que ir en esta semana", advirtió Guerrero.

[Fuente: Por Redacción, Bolpress, La Paz, 20feb13]

Notas:

1. Según la nueva Ley Orgánica, si el denunciante percibe que el fiscal no está cumpliendo con los plazos procesales establecidos por el Código de Procedimiento Penal y la Ley N. 260, debe presentar una relación de los hechos y la conducta del funcionario ante la Dirección el Régimen Disciplinario o ante la autoridad sumariante del distrito en el que se encuentre. Una vez admitido el trámite, se fija un plazo de 10 días al cabo de los cuales se produce la prueba, tanto del fiscal denunciado como del denunciante. Concluido el mismo el secretario emite un informe relativo al vencimiento del plazo y señala la audiencia sumaria para que el fiscal admita o rechace la comisión de la falta. [Volver]

2. El 5 de septiembre de 2012 los miembros de la Comisión Nacional de Evaluación de Desempeño a la cabeza del asesor jurídico I de la Fiscalía General Celín Saavedra Bejarano emitieron la convocatoria pública interna a los servidores del país para evaluar su desempeño. En la primera etapa los evaluados presentaron hojas de vida y una declaración jurada de sometimiento al proceso. El 21 de septiembre se inició la segunda etapa con la recepción de la prueba psicológica simultáneamente en todo el país, con el propósito de identificar las cualidades, competencias y habilidades de personalidad de los fiscales evaluados en base a cinco criterios. Al cabo de ello, un equipo de profesionales psicólogos del propio Ministerio Público analizó y valoró la prueba. En la tercera etapa se evaluó la gestión de causas y el ejercicio de la acción penal pública, la dirección funcional de la investigación y la actuación policial. El 94,44% de los fiscales de carrera fiscal y en periodo de prueba cumplió con la presentación de la documentación y participó en las diferentes fases, quedando al margen un 6% que no se sometió al proceso conforme al Reglamento aprobado, detalló Saavedra Bejarano. [Volver]

3. El fiscal Sumariante Julio César Sandoval declaró a Aramayo responsable de faltas disciplinarias, razón por la cual se le impuso una multa del 5% de su haber mensual. Al mismo tiempo lo declaró No Responsable de la comisión de la falta disciplinaria prevista por el Art. 108 numeral 7 de la Ley N. 2175. [Volver]

4. Autoridades sumariantes e investigadores perciben una incongruencia entre los artículos 127 y 130 respecto a que las autoridades sumariantes puedan realizar investigaciones, ya que esto violaría la imparcialidad que es inherente a una autoridad que decide sobre dos premisas. Le Ley 260 tampoco establece mecanismos de coerción cuando los fiscales no asisten a los procesos disciplinarios de forma injustificada, ni establece mecanismos para proporcionar abogados a los Fiscales que no tengan ni contraten un profesional para que los represente y defienda técnicamente en el proceso. [Volver]


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