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DERECHOS


29jun05


Acción de solidariad urgente con relación a las intimidaciones y amenazas en contra del CEJIS.


El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, programa conjunto de la FIDH y de la OMCT, ha recibido nuevas informaciones respeto a la situación siguiente en Bolivia.

Nueva información:

El Observatorio ha recibido del Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) nuevas informaciones respecto a la investigación del asalto y saqueo llevado a cabo contra la mencionada organización en Riberalta, Departamento del Beni.

De acuerdo con las informaciones, la Policía Técnica Judicial de la ciudad de Riberalta, detuvo el 20 de junio de 2005, a Ernesto Yarari Tirina, acusado de los delitos de robo y allanamiento contra las oficinas del CEJIS, ocurrido el pasado 5 de enero del presente año, quién en complicidad con Arturo Vidal, Alberto Guiese y otros miembros de la Asociación Agroforestal (ASAGRI), ingresaron fuertemente armados, sustrajeron objetos de valor, destrozaron las oficinas y quemaron en la vía pública documentos institucionales y materiales de escritorio.

De acuerdo con las informaciones, el 15 de abril del 2005, el doctor Miguel Ángel Michel Zelada, Juez Segundo de instrucción civil y familia de Riberalta, había dictado una orden de detención preventiva para Ernesto Yarari Tirina, dentro del proceso penal entablado por el CEJIS por los delitos de instigación pública a delinquir, allanamiento, atentado contra la libertad de trabajo, amenazas y complicidad de robo agravado y destrucción de documentación. Sin embargo, el Sr. Yarari se encontraba prófugo desde el inicio de la investigación, hecho que según el mencionado magistrado obstaculizaba la investigación y demoraba el proceso.

Durante estos seis meses de investigación, la fiscalía encontró suficientes pruebas en contra de Ernesto Yariri Tirina a quien se le imputa el ser uno de los autores materiales de los hechos delictivos cometidos contra la institución querellante. Durante los últimos días miembros de la PTJ realizaron el seguimiento del acusado hasta lograr su captura en su domicilio el 20 de junio para posteriormente remitirlo a la cárcel de esa ciudad.

El Observatorio considera que la detención de Ernesto Yarari Tirina es un avance importante en el proceso y espera que en el juicio oral los imputados sean sentenciados de acuerdo al grado de responsabilidad en el hecho. Según el abogado penalista del CEJIS, Sr. César Blanco, "existen pruebas fehacientes de la participación de Arturo Vidal y Alberto Guiese en el asalto y agresión a las instalaciones de la institución, aunque estos dos últimos se encuentran con medidas sustitutivas a la detención preventiva".

El Observatorio vuelve a manifestar su preocupación por la integridad física y psicológica de las personas que apoyan y asesoran para resolver los conflictos de tierra por la vía legal e insiste para que las violaciones de sus derechos humanos no permanezcan en la impunidad.

Antecedentes de la situación:

El Observatorio había denunciado el ataque sufrido por el CEJIS el 5 de enero de 2005, hacia las 10h30 de la mañana, cuando un grupo de más de 30 personas armadas, conocidas como barraqueros (pequeños propietarios de tierra) dirigidas al parecer, según las denuncias, por los Sres. Arturo Vidal Tobías, Rosario Oyola y Eva Bersatti, todos dirigentes de la Asociación de Productores Agrícolas y Forestales (ASAGRI), ingresaron violentamente a las oficinas del CEJIS en Riberalta y, bajo amenazas de muerte, saquearon la misma, extrayendo materiales de escritorio, libros, teléfonos, fax, así como la radio de comunicación, las computadoras, etc. (ver Llamado Urgente del Observatorio BOL 001 / 0303 / OBS 014.1, emitido el 13 de enero de 2005).

De acuerdo con las informaciones, antes de salir de la sede dieron "48 horas para que el CEJIS se vaya de Riberalta" y profirieron amenazas contra el responsable de la oficina de CEJIS en esa ciudad, Sr. Cliver Rocha, y también amenazaron con que luego se dirigirían a las demás Organizaciones No Gubernamentales (ONG) de la región, con el fin de "echarlas de nuestro pueblo", nombrando concretamente al Instituto para el Hombre, Agricultura y Ecología (IPHAE), y al Centro de Investigación y Promoción del Campesinado (CIPCA-BOLIVIA). Según las informaciones, el 7 de enero de 2005 se publicó un escrito firmado por el Presidente de ASAGRI, Sr. Arturo Vidal Tobías, amenazando a las organizaciones sociales que han brindado su apoyo a los indígenas en el proceso de saneamiento de los predios rurales en la Provincia Vaca Diéz, urgiéndoles a "abandonar esta región [...] hasta el 30 de enero del año 2005".

El Observatorio también había denunciado los actos de violencia sufridos el 13 de marzo de 2003 por el abogado Cliver Rocha, quien había sido agredido por el barraquero Alex Ribert Rejas, a las puertas del Juzgado Agrario de Riberalta (ver Llamado Urgente del Observatorio BOL 001 / 0303 / OBS 014, emitido en marzo de 2003).

Acción solicitada:

Dirigirse a las autoridades de Bolivia con el fin de solicitarles:

i. adoptar urgentemente las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Cliver Rocha, responsable de la oficina de CEJIS en Riberalta, y de todos de los miembros y colaboradores del CEJIS y de las demás personas y organizaciones implicadas en el proceso de titulación de los territorios indígenas a través de acciones legales;

ii. continuar hasta sus últimas consecuencias con una investigación, exhaustiva e imparcial en torno al allanamiento y particularmente al robo y destrucción de toda la importante información y material de trabajo de la organización CEJIS en Riberalta, con el fin de llevar los responsables a juicio y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

iii. asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona "individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos" (Art. 1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar "la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración" (Art. 12.2);

iv. conformar sus acciones, de modo general, a lo dispuesto en los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Bolivia.

Direcciones:

Por favor escribir también a las Embajadas de Bolivia en sus respectivos países.

Ginebra - Paris, 29 de junio de 2005


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small logoEste documento ha sido publicado el 21jul05 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights