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Resolución de Casación Penal para hacer operativas las pautas establecidades por la Resolución Nro. 168/09 para la presentación de los recursos de queja.
Poder Judicial de la Nación
RESOLUCIÓN Nš 537/11
EXPTE. 4/2009///nos Aires, 10 de mayo de 2011.-
Vista la Resolución S. G. nro. 168/09 adoptada por el Tribunal de Superintendencia de esta Cámara, a efectos de su operatividad y en procura de agilizar la radicación de los recursos de queja interpuestos ante este Tribunal, SE RESUELVE:
I. - Aprobar la planilla que se adjunta, la que deberá ser agregada a la presentación directa y suscripta por el o los profesionales que correspondan, con carácter de declaración jurada.
II. - Disponer que se le dé amplia difusión a la presente y a la Resolución S.G. nro. 168/09 a través de la página del Centro de Información Judicial y de la institucional de esta Cámara, a fin de que los letrados de las respectivas matrículas puedan acceder a su conocimiento de la manera más asequible y ágil posible.
III. - Disponer que durante los treinta días hábiles subsiguientes a la fecha de esta resolución y para su gradual implementación, el sistema de presentación de los recursos de queja se aplicará a modo de prueba, deviniendo obligatorio pasado ese lapso.
IV. - Disponer que los informes de la radicación de causas se brinden en el día y una vez que cuente con la aprobación del responsable del área.
V. - En el caso de no resultar posible la certificación en el día acerca de si la causa en la que se interpone el recurso tiene o no radicación anterior, se hará conocer al interesado y se emitirá la pertinente certificación el siguiente día hábil.
Regístrese, comuniqúese a las cámaras federales de apelaciones con sede en las provincias, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, todas de la Capital Federal y a los tribunales y juzgados que dependen jurisdiccionalmente de esta Cámara Nacional de Casación Penal para su conocimiento, notifíquese al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y demás entidades que nuclean la profesión para que lo transmitan a los letrados de las respectivas matrículas y fíjese en la Mesa de Entradas de las Salas y de la Oficina de Sorteos de esta Cámara y en la de todos los órganos judiciales referidos, a sus efectos.-
ANGELA ESTER LEDESMA
PRESIDENTEAnte mi:
JAVIER CARBAJO
SECRETARIO GENERAL
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