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13ago02


Sentencia del caso de Tránsito Rigatuso, por injurias y calumnias, contra Sonia Torres de Parodi (Abuela de Plaza de Mayo).


SENTENCIA NUMERO:

Córdoba, trece de agosto de dos mil dos.- Y VISTOS: Estos autos caratulados: "TORRES SONIA O TORRES DE PARODI SONIA p.s.a. de Injurias y Calumnias" (Causa Letra "T" N° 7/99), venidos a juicio a este Juzgado Correccional de Tercera Nominación, a cargo de su titular, Dr. Rubens Gerardo Druetto, Secretaría a cargo de la Autorizante, en los que ha tenido lugar la audiencia a los fines del debate, con la presencia del querellante Dr. Tránsito Rigatuso, acompañado de su apoderado, Dr. Mariano Arbonés; de los defensores de la querellada Dres. María Teresa Sánchez y Elvio R. Zanotti y de la querellada Sonia Herminia Torres, argentina, de 73 años de edad, divorciada, farmacéutica, nacida en la Ciudad de Villa Dolores de esta Provincia de Córdoba, el día 23 de septiembre de 1929, domiciliada en calle Las Varillas s/n de Barrio Villa Rivera Indarte de esta Ciudad, hija de Luis Torres Amaral y de Josefa Herminia Diez, Prio. N° 245.428 Secc. I.G..-

Y CONSIDERANDO:

Que la querella obrante a fs. 2/8 describe el hecho de la siguiente manera:" En la edición dominical de LA VOZ DEL INTERIOR, del 21 de JUNIO de 1998, pág. 1-A., cuyo ejemplar se acompaña, la querellada efectúo manifestaciones lesivas e infundadas contra el accionante, ante el periodista BASSOLA, nota que lleva el título de "la búsqueda de los bebés robados por la dictadura "UNA BATALLA PERMANENTE CONTRA EL TIEMPO Y EL OLVIDO".

En dicha entrevista dijo textualmente "Silvina no fue la única desaparecida que tiene ese Instituto (Refiriéndose a la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano, dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba). Sino que la cifra supera los 10 son los chicos que delató Rigatuso, interventor del instituto en los años previos al golpe" (se refiere al del 24 de marzo de 1976).

Las expresiones transcriptas involucran no sólo una injuria para el suscripto, sino una calumnia, además de una agresión a la Justicia, que exculpó totalmente al querellante por los hechos a que hace referencia la querellada. Es injuria, expresa y directa, sin duda alguna, porque la querellada sabe perfectamente bien, que el hecho atribuido al querellante, de pasar listas de alumnos y docentes del Colegio Manuel Belgrano, que luego resultaran muertos o desparecidos, ya fue resuelta por la Justicia Federal, desestimándose.

A ello debemos sumar que la querellada no es una persona de escasa instrucción, sino una profesional y una activista política, por lo que no puede aducir que ignoraba las aclaraciones que se hicieron públicas, por diarios, radio y T.V. en las que se dijo claramente que, habiendo sido el suscripto desalojado violentamente de la Dirección del Colegio Manuel Belgrano, por los militares, después del golpe de 1976, mal podía pensarse que pudiera ser colaborador de sus agresores. La querellada sabe perfectamente bien, que la atribución de los hechos que se hicieran al querellante, constituye una fábula como todas aquellas en que se busca un "chivo expiatorio".

Las condiciones personales de la querellada, que es una profesional si bien farmacéutica, pero de formación universitaria, agravan su condición como responsable del delito de injuria, pues sabe o debe saber, perfectamente, que la atribución del hecho que nos ocupa sólo puede conducir al descrédito personal y familiar del afectado, sin que pueda esperarse resultado jurisdiccional alguno. De ello inferimos sin esfuerzo su "animus injuriandi". Pero también es calumnia, pues imputa al suscripto, la perpetración de un delito, como es el de partícipe necesario en la desaparición y/o muerte de alumnos del referido establecimiento educacional. O sea hay una falsa imputación de hecho criminoso".-

El Suscripto se planteó las siguientes cuestiones a resolver: I) Existe el hecho y es su autora la querellada?; II) En su caso, ¿qué calificación legal corresponde aplicar?; III) ¿Qué sanción debe imponerse y procede la imposición de costas?

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA EL SUSCRIPTO DIJO:

Se imputa a Sonia Torres, los delitos de Injurias y Calumnias, los que habrían ocurrido en la forma indicada en la querella transcripta precedentemente a la que me remito por razones de brevedad. Las partes peticionaron oportunamente de acuerdo a sus respectivos intereses, de lo que da cuenta el acta de debate, a la que me remito. La querellada, en el curso del debate, en el momento de ejercer su defensa material, manifestó su voluntad de abstenerse de prestar declaración. A solicitud del Dr. Zanotti se incorporó la totalidad de la prueba instrumental y documental ofrecida y diligenciada, con la conformidad del Dr. Arbonés con respecto a la prueba que se encontrara en condiciones, es decir debidamente reconocida de acuerdo a las normas civiles, disponiendo el Tribunal la incorporación de la totalidad de la prueba sin perjuicio de su posterior valoración.- Al deponer en el curso del debate, cada uno de los testigos, en términos generales expresaron:

Adrián Gustavo BASSOLA, que conoce a Sonia Torres de Parodi, por su actividad periodística en la temática de Derechos Humanos, también lo conoce a Rigatuso por ser un dirigente político justicialista. A su solicitud del Dr. Arbonés, se le exhibe la documental, en fotocopia del Periódico La Voz del Interior, del día domingo 21 de junio de 1998 a lo que el testigo dijo que le pertenece y también al dicho ejemplar al diario "La Voz del Interior", donde manifestó que "en la Escuela Superior Manuel Belgrano, Silvina no fue la única desaparecida, sino que integra una lista de diez ex alumnos desaparecidos", sostuvo que la expresión "son los chicos que delató Rigatuso", que está entrecomillada en la publicación, es la que pertenece a Sonia Torres, lo demás corre por su cuenta, hay un entrecomillado que está en la nota le pertenece a Torres, el resto es de él.

Afirma que vio una lista de supuestos desaparecidos que se le atribuyen al Dr. Rigatuso, elaborada por la Conadep y otros listas, pero no vio ninguna listas de exalumnos del Manuel Belgrano, de la Conadep surge que hay muchos chicos desaparecidos que fueron al Manuel Belgrano. Esa lista no la vio él, el no dice allí que vio esa lista.

A solicitud del Dr. Arbonés se le exhibe del juicio Aquin de Nadra la fs. 92, 93 y 94 donde surgen unas listas, por lo que el Dr. Arbonés le pregunta si éstas que estan allí, son las listas que el vio, exhibidas que fuera al testigo, dijo que no las había visto nunca, en esas listas aparece Parodi de Orozco no puede explicarles porqué. Que, la cifra fueron los diez es de su autoría, Sonia sólo dijo "son los chicos que delato Rigatuso", el resto lo dijo él.

A solicitud del Dr. Zanotti, se le exhibe el artículo periodístico de fecha 15 de julio de 1996 de fs. 254/5 de autos, del que reconoce su autoría, y explicó que la frase "esta probado que Rigatuso, a fin de poner órden ..." esa cita pertenece al Juez Federal Gustavo Becerra Ferrer, él dice: expresa el magistrado, y tiene que ver con el párrafo anterior, al cual el testigo leyó, donde dice "El propio interventor Barceló consignó ante él y figura en la sentencia que los informes recogidos y proporcionados por el Dr. Rigatuso..... " esta citando al Magistrado, reprodujo sólo los dichos de Becerra Ferrer y lo demás le corresponde a él.

Sabe que en otro juicio, Coria de Bellomo figura una declaración de Anadón. De la lectura del otro artículo periodístico que efectuará el testigo, aclaró que él entiende que cuando trae a colación el tema de los desaparecidos, introducida en la nota originaria, anterior, que también fuera publicada por el diario, en donde da el listado de los chicos y publica las fotos.

La Sra. Sonia no le pidió esa entrevista, él la lleva a cabo porque su tarea era en de los derechos humanos, en la sección política del diario. En el 98 se reabrieron las causas de la verdad histórica, lo más importante de ellas, era la de búsqueda de los bebés robados en la dictadura. Sonia buscaba a su nieto y le pareció interesante entrevistarla a ella. Él personalmente no sufrió ninguna querella y el diario tampoco por esta nota. Sonia no es una persona ofensiva, conoce que se han publicado algunos libros, sabe que Mónica Ambort hizo un trabajo sobre los chicos del Manuel Belgrano, conoce que en el Manuel Belgrano hay una placa con los nombres de los chicos desaparecidos, conoce a otras personas que expresan que Rigatuso pasó estas listas.

La nota es del año 98, porque se habían reabierto las causas. Respecto al clima de la nota, él la visitó en la casa de ella de Villa Rivera Indarte, pues ya la conocía de la nota anterior, tomaron un café, fue un clima normal, fue también con un fotógrafo, charlaron una hora a hora y media.- El material de la nota él lo sacó del fallo, y no recuerda si lo leyó todo.

El Dr. Arbonés leyó el resuelvo de la causa Aquin de Nadre e interroga al testigo si lo leyó, este dijo que sí porque en el primer párrafo de la nota, él hace referencia a que el juez exculpa a los querellados, que el extractó de ese fallo lo que le pareció conveniente.-

El Dr. Arbonés dijo que va a impugnar al testigo, a lo que se resolvió téner presente para la oportunidad de los alegatos.- LUIS GUILLERMO GRUNSPAN expreso que él ha militado en el peronismo, y a través de Obeid se hizo amigo de Rigatuso, luego él se desempeñó como docente en el Manuel Belgrano, fue profesor de Matemática y Regente del Colegio.

No conoce que en el Colegio Manuel Belgrano en el día de la bandera se produjeran tumultos, no recuerda y a los actos no iba, escuchó comentarios, supo que había habido gente disconforme, pero no es persona curiosa que averigüe mucho, quedó cesante, no averiguó nunca porqué causa. Un día se enteró que había sido dado de baja, y recién en el día de hoy, hace una hora se enteró que fue porque le aplicaron la Ley de Seguridad del Estado.-

Luego de su despido, cuando él trabajaba en Mackentor, donde lo llevó Esteban Paulí, fue designado director técnico de una obra en la Provincia de Santiago del Estero, que había contratado con Vialidad Nacional y durante el tiempo en que estaba trabajando, se entera por radio que Mackentor había sido intervenida por los militares, él fue detenido en el Caburé, lo pasaron a Monte Quemado, estuvo seis meses con la misma ropa puesta y de allí se lo llevaron hasta la Side de Santiago, nadie le dijo nada, sólo le decían "Ud. no es mío lo están pidiendo las autoridades militares de Córdoba", él es católico y se encontró con un colega que compartía su comida con él en la cárcel. Luego lo traen a Córdoba, lo llevan al Pasaje Santa Catalina, eso ocurrió en la época que Luciano Benjamín Menéndez estaba en el 3er. Cuerpo de Ejército, a él lo deja cesante Barceló.

Salió del cautiverio, cuando por casualidad, pasa un individuo que le pregunta que hace allí, que lo conocía porque había estado con él en la Universidad Tecnológica cuando él iba a ser Decano, lo trasladan a la Rivera y allí había un grupo interrogadores. Le dice que su señora estaba enferma y que solicitaba por favor que le aclaren su situación, y le responden "Ud. está aquí porque era directivo de Mackentor" cuando era simplemente el Director Técnico que estaba en relación de dependencia.

Esa era la consecuencia por incluirlo en la ley de seguridad del Estado. Barceló lo dejo cesante a dos meses del golpe, no conoce si hubo listas en el colegio Manuel Belgrano, porque no se ha ocupado de eso, solamente en cumplir con su función, él no conoce nada de estas listas. No vio listas sino hasta hace dos horas, vio una lista de profesores. Lo de las listas son los chismes que están en este país y si no las ve no puede decir que existen. Por esa calificación estuvo seis meses en la Rivera y se da con la noticia de que a su esposa, no la habían operado a tiempo y así la pierde. Esa es una etapa de su vida muy amarga que se la quiso guardar, fueron procedimientos irresponsables, él no está en condiciones de decir si hubo o no hubo listas o qué pasó allí, no tiene elementos para hablar.

Por el conocimiento personal que tiene de Rigatuso, supone que no es capaz de hace una cosa así, pero es una suposición. Rigatuso no es un hombre malo, que deliberadamente quiera perjudicar a nadie. No sabe por que causa se alejó del Colegio, acá hubo un golpe militar.-

MIGUEL FLORES, compañero de militancia de Rigatuso, expresó que son muy conocidos con el querellante, él era profesor del Manuel Belgrano, ingresó en 74 al 76, fue dejado cesante por un informe de la Ley de Seguridad del Estado, estaba en las cátedras de Derecho e Instrucción Cívica. La causa la desconoce e ignora la existencia de cualquier lista, él conoce que estuvo incluido en un decreto y no en una lista. No sabe de algún hecho de indisciplina porque no participaba de la vida interna del colegio y desconoce cualquier hecho de esa naturaleza. No tiene conocimiento que el Rigatuso haya pasado una lista de esa naturaleza y como lo conoce al Dr. Rigatuso se resiste a creer que haya participado en semejante lista.-

DANIEL LORENZO FICETTI, expresó que él fue alumno del Colegio Manuel Belgrano, luego preceptor del Colegio, y siendo preceptor lo conoció a Rigatuso por que era el Director, lo conoció laboralmente, supo que con motivo de un acto patriótico hubo disturbios, cuando se izaba la bandera, él observó un movimiento raro, pasó una sola vez, el estado de disciplina, estaba más o menos dominado o sea dentro de las pautas de una juventud.

En una oportunidad que estaba junto con el Dr. Rigatuso fueron amenazados por un grupo de estudiantes en el turno noche, él estaba muy esporádicamente a la mañana, su actividad era a la tarde y a la noche, sabe que hubo una investigación disciplinariamente, se tomaron medidas, se investigó, no recuerda quien estaba a cargo de la investigación. Se realizaron sumarios, que se remitieron al rectorado. La existencia de listas, las conoció después de aquella época, esas listas surgen a raíz de una investigación que hace la intervención militar, eran lista de docentes, antes de la intervención militar no sabe si hubo listas esto se lo preguntaron en la justicia federal. La cesantía de los profesores, fue después, a él lo obligan a renunciar, un militar, el Tte. Cnel. Coelho, lo hizo por una persecución desmedida, por ejemplo él llegaba a su casa y lo hacia regresar al trabajo, era una persecución y un hostigamiento, ello corría con la pretensión de designar en su cargo a un amigo de él, la persecución era personal contra suyo.

El percibía que todo el mundo tenía miedo, muchos renunciaron, así lo entendió la Cámara Segunda Federal, a él sólo le quedaban dos caminos o la renuncia o La Perla. Se interrogaba a los alumnos que habían hecho disturbios, hubo un hecho de mutilación de una alumna, una alumna se había herido en la cara, pero esto fue fuera del colegio, no sabe por que se hirió, ni sabe quien fue el autor, pero sí había influencias extrañas, policíacas en ese momento, la guerilla, que tenía su cierta influencia en el colegio, principalmente a la noche, en los cursos nocturnos, se sufrían ese tipo de amenazas, él estaba con Rigatuso y fue amenazado y escrachado, tenía su auto escupido. En algún acto que se realizaban, interrumpían, gritaban, era un grupo caracterizado y se los tenía sindicados quienes eran, después de la intervención militar no continuó en el colegio, algunos ya se recibieron.

Cuando el Dr. Rigatuso renuncia ya no observa este tipo de cosas porque no estaba en las funciones que él tenía antes. Quien proporcionaba los legajos correspondientes para poder hacer las actuaciones sumariales, fue un empleado de la Universidad, el Sr. Ponce, vinculado a la intervención militar, los secretarios del Colegio llevaban y traían los legajos y luego a posteriori se comentó por el vicedirector que si coincidian las informaciones de ejército y aeronáutica, las personas sindicadas quedaban cesantes y así apareció la lista del rectorado. Durante la época de Rigatuso no conoce que se haya hecho algún sumario, pero a él no le consta.

CÉSAR EMILIO ANADON, al ser interrogado por el Dr. Arbonés, quien en el curso de su declaración solicitó que se oralizará del sumario Aquin de Nadra, el acta de fs. 103 ó 145, exhibido que fuera el mismo al testigo, aclaró que por una nota de fecha 25 de febrero de 1977 se le pide un informe, le llegó por pedido, ya no se acuerda como recibió ese informe aunque se imagina que lo recibió del personal y se lo pasaron a él, ese informe no tiene conocimiento si fue firmado por el Dr. Rigatuso. Con posterioridad, no puede precisar la fecha pero en el 84 u 85, estuvo reunido con el Gral. Santiago, Adorni, Ferreyra Astrada, y Rigatuso, en el Hotel Crillón, debe haber sido en el año 84, esa reunión era para saber si lo conocía personalmente al Dr. Rigatuso, el general Santiago se lo presentó al profesor Rigatuso, luego vino la pregunta si lo conocía o no, a lo cual vino la respuesta de que no lo conocía.

El no declaró en el juicio Coria de Bellomo, quien demandó a la Universidad de Córdoba por la cesantía, reconoce la firma del informe y dijo que en el 76 no era Jefe del Regimiento, él llegó en el 77, era oficial del Estado Mayor de Comunicaciones y miembro de Inteligencia, la información estaba, él declaró por oficio en ese juicio el día 9 de junio de 1978, las que obran a fs. 105 y 104, las cuales se oralizaron por Secretaría, exhibidas que fueran al testigo dijo que reconoce que su firma es la que obra a fs. 105.- Preguntado para que diga el testigo quienes eran las autoridades anteriores al 24 de marzo del 76, en la Escuela Manuel Belgrano dijo que lo desconoce absolutamente, porque es imposible que del 76 a hoy se pueda acordar quienes eran los del Colegio Manuel Belgrano, no recordó si Rigatuso era Director de ese Colegio.

En esa época, él era oficial de Inteligencia, pero aún así no recuerda. No recuerda si conoció al Capitan Barceló, si recuerda al apellido.-

No recuerda si Barceló declaró en la causa Coria de Bellomo; leída que fuera la declaración de fs. 179, del Capitán Manuel Carmelo Barceló, en la décima pregunta, donde dijo: "que los informes recogidos y proporcionados por el Dr. Rigatuso le indicaron acerca de la ideología marxista de la Sra. Bellomo" manifiesta que de esa declaración él no tenía idea hasta la fecha, ese documento lo desconocía.

Leída que fuera por el Dr. Zanotti la declaración obrante a fs. 104/105 y el informe de fs. 103, en la parte que refiere:

" 1.- que la causante no registra antecedentes marxistas ni izquierdistas en esta unidad. 2.- que conforme a investigaciones realizadas por este Destacamento de Inteligencia recientemente, dieron como resultado que la nombrada profesora no desarrolló ni desarrolla actividades políticas de ninguna índole.

3. Que su cesantía se produjo como consecuencia de informaciones producidas por las autoridades del mencionado colegio anteriores al 24 de marzo de 1976, las cuales han sido desvirtuadas por recientes investigaciones" de autos expresó que: él produjo ese informe y desconocía el de los demás, él informo en el año 77 que la Sra. no tenía actividades políticas, hoy no puede manifestar cuales eran esas investigaciones realizadas para determinar que Bellomo no tenía actividad política, la nota fue confeccionada en base a un pedido, él no tenía conocimiento de antes del año 77, él informa en base a lo que él averigua, él afirma que la cesantía de la profesora surge a raíz de las informaciones anteriores al 24 de marzo de 76, que existían en el Colegio a esa fecha e informa también que en el 77 la profesora no realizaba actividades políticas, no puede dar fe antes del 76, salvo que le hayan mandado algún documento, sino él informa sobre lo que él averigua en su período.

En su respuesta manifiesta que no desarrolló ni desarrolla actividades, interpreta que hubo un error de su parte, por que no puede decir lo que no sabe porque no estaba. Entonces habrán obrado antecedentes en el destacamento.-

La reunión del Hotel Crillón con Rigatuso, Ferreyra Astrada y Adorni no sabe por qué fueron, él estuvo en la reunión con esas dos personas y el general Santiago.

En esa reunión se habló sobre si conocía a Rigatuso y el resto de la charla no lo recuerda, tuvo la única finalidad de conocerlo. En el 84 habían cambiado las autoridades del País, había otra tendencia.

Conoce de la existencia del Campo de detención de La Perla, era una instalación militar, era un campo de detención de prisioneros de guerra, en el país el Presidente Constitucional en el año 75 y 76 da dos decretos, ordena a las Fuerzas Armadas a entrar en operaciones militares, por hecho de guerra, no declarado oficialmente pero existente. La Perla fue un lugar de detención de prisioneros de guerra, los subversivos, en múltiples publicaciones también comentaban los hechos de guerra, fue una guerra no declarada oficialmente pero existente, al haberse ordenado entrar en vigencia, las operaciones son las que figuraban en reglamento.

Hubo prisioneros de guerra, aunque no hubo una declaración de guerra, eran considerados prisioneros de guerra por la orden del Presidente de la Nación de que ingresaran en operaciones militares, los civiles eran considerados prisioneros de guerra. Dentro de la doctrina del 76 no estaba estipulada la tortura como medio de obtener las confesiones.

Conoce las Convenciones de Ginebra sobre la guerra, las que establecen que al prisionero uniformado o con emblema se podía calificar como prisionero de guerra, a los partisanos no individualizados se los juzgaba de inmediato.

El estuvo en La Perla, 10 o 12 veces, vio las instalaciones de los prisioneros y vio los lugares destinados a los interrogatorios, no puede informar quien hacia esas investigaciones porque él no vino a declarar eso. No recuerda otros casos de cesantía del Manuel Belgrano.-

GUILLERMO PABLO ENSABELLA, dijo que conoce a Rigatuso por su labor en el Centro de Estudiantes del Manuel Belgrano y no conoce al Sra. Torres. Manifestó que el Colegio Manuel Belgrano luego de llevar una buena gestión con la profesora Bartó en el año 74, luego del golpe militar comienza a tener una situación de enemistad con la intervención del Colegio a cargo de Rigatuso, ellos como centro de estudiantes realizaban tareas culturales, deportivas y sociales, y pedían la participación activa del estudiantado en los programas de estudios, comienzan a tener problemas.

De la existencia de celadores armados no sabe si había, sí sabe de los que tenían fácil acceso a la dirección del Colegio, Segovia, Valdez, Zanón, que tenían relación fluida con la intervención, informaban sobre activistas, pero no era necesario porque el activismo era evidente, una vez entraron al despacho de Rigatuso y vio las listas con los candidatos. Luego este grupo de celadores fue cercenando las actividades de los grupos de estudiantes.

El tuvo varias entrevistas con la intervención algunas con delegados y otras solas y en una de ellas le dijo Rigatuso que tenía a los delegados marcados en una lista, la cual se la mostró, no vio los nombres, que se cuidaran comenzaron a citar padres de alumnos manifestándoles que tenían tendencias políticas, que cuidaran a sus hijos. En el colegio, antes de la dirección de Rigatuso existía una buena relación, con Bartó no había inconvenientes. Conoció a Ingrid y Laura Goodbar, sabe que fueron perseguidas y sabe que están en el exterior. Conoció a Walter Magallanes, sabe que está desaparecido, Avila también, Gudini fue secuestrado en la casa, Vitale Graciela, desaparecida, Paula Bouclet desaparecida, Claudio Román desaparecido, apareció muerto por la zona del Chateau Carreras, a Liniera lo sacaron de la casa y de su lugar de trabajo y nunca mas apareció.

Con la policía federal no sabe si había algún problema en la época de Rigatuso. La mayoría de los compañeros desaparecidos fueron secuestrados entre el 6/8 de junio del 76, eso le hace presumir que se manejaban algunas listas por eso en tan corto tiempo los hacen desaparecer.

Preguntado por el Dr. Arbonés, dijo que él se recibió en diciembre del 74, declaró en la causa de Aquin de Nadra en el año 87 a fs. 94. El nunca pudo leer esas listas. A él le parece extraño que había listas de delegados, aunque no le parece extraño que un colegio hubiera listas. Cuando comenzaron a citar a los padres, les decían que los chicos tenían determinada filiación política. Ellos realizaban reuniones de cuerpo de delegados los días sábados en la cantina del colegio. No había actos de indisciplina. El día 20 de junio de 75 no sabe qué pasó porque él ya no era alumno.

En el colegio no había un estado de indisciplina general, había reclamo de los estudiantes de participación activa, la distribución de panfletos del Centro de estudiantes, eran referidos a cuestiones internas del colegio y a cuestiones generales, por ejemplo acerca cuestión educativa, la política era fuera del establecimiento. Cuando declara ante el juez federal él presentó listas, que fueron las elaboradas por los Organismos de los Derechos Humanos que es la que obra a fs. 93, 94 y 95.

Allí no consta la intervención del Dr. Rigatuso, pues ellas fueron elaboradas por la gente de derechos humanos.

Él tuvo un problema con el Dr. Rigatuso mientras fue alumno del colegio, no tuvo problemas personales sino diferencias de cómo manejar el colegio, ellos tenían una participación democrática al momento de manejar el colegio.-

ARMANDO MARIO FERNANDEZ dijo que él ingresó al colegio Manuel Belgrano en el 69 y egreso en 74, recordó que el marco de la situación general que se vivía en el año 73 pues hubo un cambio de rector, estaba el Contador Cima, y en 73 luego del retorno de la democracia con Obregón Cano, ingresa la profesora Bartó, él era miembro colaborador del centro de estudiantes del Colegio Manuel Belgrano, se inicia un período de apertura donde los estudiantes formaban parte de la educación, en un concepto integral de la misma.

Había una participación en los contenidos de los planes de estudios y observaban las carencias de los mismos, se le da un período de apertura con profesores, estudiantes y no docentes, hasta que cae el gobernador de Obregón Cano y se produce un cambio estructural en la UNC y en el Colegio y en 74 cree que en abril es cuando ingresa el rector Rigatuso y se da un periodo de diálogo con esta nueva gestión para sostener esta participación que ya se tenía.

En esto hubo una interrelación entre profesores y no docentes. Se da un diálogo con la nueva gestión, que fue progresivamente cortado, y se vivía un período de elecciones permanentes de delegados y en el centro de estudiantes. Se iba observando como algunas cuestiones emanadas de la celaduría por orden de la dirección apuntaban a minar estas actividades y éstas proposiciones para lograr una mejor educación. Era avanzar en los contenidos de los planes de estudios para alcanzar una mejor educación, una optimización en los recursos educativos.

Este enfriamiento del diálogo generó enfrentamientos y una serie de maniobras tendientes a dividir, al principio fueron discusiones políticas, pues había un grupo de celadores con acceso directo a la dirección del Colegio, y puntualmente recuerda uno que tenía una relación clara, era Juan Segovia, otros, Pautasso, Zanón y Valdez, tenían una acceso directo a la Dirección del colegio, uno de los objetivos de ésta división que se pretendía generar una agrupación política Juventud Secundaria peronista y esto se planteó también en las oficinas del Dr. Rigatuso.

El activismo de la dirección era evidente, para las elecciones él recuerda en una oportunidad que ingresa al despacho de Rigatuso y ve en su escritorio las distintas listas de las elecciones del centro de estudiantes. Hubo una búsqueda de este grupo de celadores y no sabe si también hubo profesores, que amenazados, hubieran minado esta acción del alumnado.

Ellos se podrían quedar de un turno a otro, en el 74 ya no se permitía y se iban cercenando las tareas que ellos realizaban en el centro de estudiante. Los nombres de estos compañeros que participaron, recordó de su curso que eran la tercera sección y estaba Daniel Vacchetti, desaparecido, Rodolfo Barraco Aguirre, falleció luego de egresar por una enfermedad, Ensabella, Fresi, Castellanos, que está desparecido, Pablo Smugler, que está desaparecido, todos los compañeros de una forma u otra tenían una participación tomada.

Los delegados, él era sub-delegado, eran Roberto Fresi, Graciela Vitale, Silvina Parodi, Claudio Orosz, ellos a pesar de no tener la misma visión participaban en forma activa en el Centro de Estudiantes, todos de algún modo colaboran. Con respecto a Rodolfo Barraco, cree que tenía un hermano menor que se llama Daniel. Las listas de alumnos en la época de Rigatuso que fueran entregadas a los militares es una deducción que no puede comprobarse fehacientemente.

Él lo deduce porque todas los compañeros que de algún modo participaron, fueron sus casas allanadas, saqueadas. En su casa le allanaron en el 76, habían ido con una lista y fotos de chicos de su curso, era una foto de un camping que ellos habían hecho, fue una salida del curso a Vaquerías y se habían sacado fotos, era una foto del campo y él supone que era alguna de esas fotos, porque había muchos chicos abrazados.

Supo que hubo listas de profesores que luego fueron despedidos. Celadores que no conjugaban con la gestión, pero ellos tenían buena relación con estos profesores, Elvira Castro, Zapiola y él contaba en las clases cómo se iba minando el margen de acción de la gestión a medida que transcurría en el 74.

Ellos tenían un centro de estudiante, el grupo opositor organizado electoralmente peronista, era impulsado por alumnos. La conducción del 74 y cree que el 74 y 75 era peronista.

La línea que tenía él era la de miembro de la Unión Estudiantes Secundarios (UES), pero la comisión era colegiada, ellos tenían como criterio no inmiscuirse en los temas de política.

El colegio no se caracterizaba precisamente por ser peronista, como ocurre en la actualidad, estaba formado por independientes, radicales, no había una injerencia de lo político hacia las autoridades del centro de estudiante. Ellos buscaban como reivindicación los contenidos de los planes de estudios. Esas personas desaparecidos a él no le consta que tuvieran actividad política fuera del establecimiento.

LILIANS BETTY ROMERO expresó que ella tuvo un hijo en la escuela en el Manuel Belgrano, Rigatuso la hizo citar a su domicilio para que fuera con otras madres y luego las recibió individualmente por separado, a los efectos de hacerles una entrevista.

Él le dijo que tenía una nómina de nombres de estudiantes del colegio entre los cuales les señaló el nombre de su hijo, caminaba y gesticulaba, en una actitud soberbia e intimidatoria, ella vio varios nombres y vio escrito a máquina el nombre de su hijo, le dijo que tenían reuniones subversivas en un lugar de calle Rondeau y algo que la sorprendió mucho, en su propio domicilio lo cual le asombró y se lo negó.

Le dijo que le iba a entregar la lista a los de la SIDE del Tercer Cuerpo. Que previo a su ingreso al despacho del director, había varias señoras con las que conversó. Cuando entra, sale una madre que ella conocía, era la Sra. Feigin de Roca, que estaba bastante enojada.

Ella ha sido profesora de Historia en la UNC y la Sra. Feigin había sido su alumna. Esto fue a principios del año escolar del 75, a fines de marzo o principio de abril del 75.

Entiende que se hicieron reuniones de padres y se dio aviso a la prensa de estas. Ella no pudo asistir por que eran a la tarde estas reuniones. Ella es la madre de Claudio Orosz, ella no recuerda hechos de indisciplina en el colegio perpetrados durante la gestión de Rigatuso, sabe que estas listas a que hizo referencia fueron entregadas a las autoridades militares por Rigatuso, se lo dijo, en la declaración en la causa Aquin de Nadra a fs. 169, del 2 de septiembre del 86. A ella le consta que la lista fue entregada, porque Rigatuso se lo afirmó, y a ella le consta, por todos los jóvenes desaparecidos, lo que es de dominio público.

Ella entiende que esos jóvenes no tenían otra militancia política, mas que la participación en los centros de estudiantes y estos jóvenes eran delegados de curso. No sabía que el día del acto de la bandera cantaron la marcha montonera y tenían una bandera del ERP, eso ella no lo sabe.-

CLAUDIO ALEJANDRO RAÚL OROSZ ROMERO, dijo que a Rigatuso lo conoce porque fue director del colegio al que él acudía y porque esta querellado por él en el Juzgado Correccional 4ta. pero va a declarar de todas formas, manifestó que esa querella fue posterior y se motivó en publicaciones periodísticas con motivo del ingreso al Tribunal Superior de Justicia del Dr. Lanfraconi y declaró bajo juramento en la justicia federal en la década del 80.

Recuerda que él fue de la primera generación del plan nuevo, ingresó en el 70, cuatro secciones de 32 personas cada uno. El espíritu del plan nuevo, que se imponía a través de un plan piloto, donde se les incentivó la necesidad de la participación con libertad responsable, porque así era el espíritu de ese plan.

El estatuto del Club estudiantil, manifestaba que debían elegir dos delegados por cada curso. Por su curso fueron elegidos siempre Fidel Guerrieri y él. A raíz de los cambios del país el club pasó a ser Centro de Estudiantes y decidieron darle carácter gremial y no sólo deportivo. En el 73 tienen sus primeras elecciones, donde se presentaron tres listas y a partir del 25 de mayo del 73, fue una fecha importante porque en la Escuela se recupera la democracia, se retira el director Aldo Cima y ocupa la intervención una profesora Bartó, fue un año muy interesante porque se desarrollaron las primeras elecciones del centro de Estudiantes.

En el 74 llega una intervención encabezada por Rigatuso. En el centro de estudiantes junto con la gremial docente, se tuvo un año muy productivo, se había realizado el nuevo reglamento en conjunto. Se hacían reuniones por curso y había una hora o dos por semana a la tarde, en la materia estudio dirigido discutían la confección del nuevo reglamento de la escuela, hasta que finalmente se aprueba un reglamento.

Hubo asambleas, su curso fue el primero que pretendió ir a una Asamblea, los celadores y la regente Bruno de La Serna los dejaron participar. En una de estas Asambleas en el 74 se produjo un incidente, un celador de apellido Zanón le pegó a Walter Magallanes y la Asamblea exigió que fuera trasladado el celador.

En el 74 fueron las segundas elecciones del Centro de Estudiantes donde había una lista Azul y Blanca encabezada por Ensabella y él junto Guerrieri iban por la marrón. A fines del 74 cambia el Ministro de Educación, se va Taiana y allí a partir de Ivanisevich se ponen más duras las cosas en la escuelas.

En el 75 ese año empezó mal, tanto a su mamá como a la madre de Guerrieri, Roca, Goodbar y de otros que integraban los cuerpos de estudiantes fueron convocados los padres, a su madre se le dijo que su hijo era bueno "pero" es amigo de Guerrieri.

Le dijeron que se reunían en Rondeau 633 lo cual era cierto y su madre desconocía y le dijo que cesaran sus actividades sino iba a avisar a los organismos de seguridad. Luego en el l976 se le advirtió lo mismo desde la delegación Policía Federal.

El 14 de abril del 75, se produjo un evento raro, se realiza una Asamblea muy grande, a raíz de una chica golpeada, sube al estrado Hugo Lanfranconi quien exhibía ostentosamente un arma en la cintura, decía que esta chica había sido golpeada por él, por el vice director de la escuela, Barraco Aguirre, por la profesora Valdez de Lascano y Zapiola, le habían entregado una gilette obligandola a cortarse.-

Esta causa se desarrolló en la justicia federal y fueron imputados Gooddar y Fleimam y la Dra. Valdez, pero el diario "Los Principios" y "Córdoba" decían que habían sido ellos.-

Fueron expulsados del colegio por dos semanas y se pedía la reincorporación de los alumnos y la renuncia de Rigatuso. En esa época, quien fuera su abuelastro estaba en el Tribunal Superior de Justicia y por esa razón era conocido por el Dr. Rigatuso, motivó que fuera citado por Rigatuso a su despacho, le aconsejara que no tuviera actividades políticas y él le manifestaba que como no se garantizaba su integridad física no iban a ir.

En el 75 habían aparecido celadores con apariencia y actitudes matonas en la escuela, el Cuerpo de Delegados organiza el acto central del día de la bandera, el que era el acto central de la UNC, como los abanderados eran del Centro de Estudiantes, pues los tres mejores promedios eran de los integrantes del Cuerpo de Delegados y Rigatuso por eso no quiso dársela. Entonces se decidió que en el acto se presentarían y reclamarían la bandera. Lo hicieron así y por ello se levanta el acto, salió Menso rápidamente y él se quedó al lado de su celador que era Guillermo Sola. La asamblea bajó y la estudiantina se ubicó en la rampa y salió a la calle y en la puerta se desarrolló la Asamblea, él baja para ir a la Asamblea a participar, él era el presidente del Centro de Delegados. Estaba Rigatuso, junto con otra persona que tenía un papel que anotaba a quienes hablaban, al bajar acompañado de su celador y le dice a Rigatuso, "espero que esta vez no me expulse" y ve que el era el primero en la lista y le dijo "decile a tus compañeros que voy a llamar a la policía" y él le contestó que "el único hijo de puta que es capaz llamar a la policía es Ud."

A raíz de esta situación son expulsados 25 compañeros. En vez de expulsión lograron que ésta sanción se convirtiera en 25 amonestaciones. Cuando terminan los cuatrimestrales a fin de año, a él le entregan el pase, para que no vuelva más a la Escuela y sabe que luego del golpe militar, estos chicos expulsados fueron sacados de su curso y formados al frente a la Dirección, se leían los nombres de quienes estaban expulsados, lo llamaron a él y a gente que ya había egresado de la escuela, era una lista larga de nombres, como Stolkiner y Barraco y luego algunos fueron reincorporados. Hay otros compañeros, Adela Coria, la fueron a secuestrar a su casa porque su nombre surgía de una lista de la escuela. En el 75 se fue de la casa de su mamá a vivir con su papá y su padre lo envió a Israel donde termina el secundario.

Conocía a la familia Goodbar, ellos se exiliaron en Suecia. Exhibidos a solicitud del Dr. Zanotti el libro "Por qué se fueron" Testimonios de Argentinos de exterior, en la página 417 de Jorge Goodbar, en la página 421 y que fuera leido por el testigo, expresó: que recuerda que Ingrid Goodbar le contó que fueron parados por militares y en una lista aparecía el nombre de Laura Goodbar y se salvó por el hecho de ser Ingrid, hoy 13 de sus compañeros están desaparecidos.

Claudio Román fue fusilado y entregado su cadáver en cajón cerrado y cuando lo ven el cadáver estaba totalmente quemado y acribillado y quemado con cigarrillo, otro chico de 15 años, Gustavo Torres, que fue secuestrado y hasta hoy está desaparecido. Desapareció Walter Magallanes, Pablo Smugler, Jorge Nadra, la hija de Sonia. Todos tuvieron problemas, quizá por hacer suyo el lema del colegio, libertad con responsabilidad y que el Sr. Rigatuso destruyó trayendo celadores.

Recuerda que uno que andaba con una cruz svástica, era Pautasso, el chino Segovia era de las tres "A".

Ellos sólo participaban y discutían cuando algo estaba mal y parece que eso era ser subversivos. Todo se mezclaba con la situación nacional, los profesores participaban en CTERA, se intenta crear un Sindicato Nacional, la UDA (Unión Docentes Argentinos) y tuvieron problemas algunos profesores.

El diputado Jorge Stolkiner era el papá de un amigo suyo, Raúl Stolkiner, era uno de los tantos padres que en esa época trató que no se sucedieran esos hechos a sus hijos. Cree que tuvo un altercado en la Cámara de Diputados. No recuerda conocer a Flores, Ficetti, por lo menos no los conoce de la escuela.

En otro día que no fue el 20 de junio, desde el baño, al frente de donde se cantaba el himno, se desplegó una bandera de UES, él escuchó la marcha peronista, no la marcha montonera. La bandera tenía una estrella federal, de ocho puntas, que decía Unión de Estudiantes Secundarios.

DANIEL EUGENIO BARRACO DIAZ dijo que antes de Rigatuso no hubo incidentes en el Manuel Belgrano, que era un colegio participativo, no recuerda actos de desobediencia o irregularidades, su padre a partir del 68 fue vicedirector a cargo de la reforma del plan de estudio.

El plan se lleva a cabo a partir del 70, hasta el 74, él escuchó a su padre en su casa de la manera que Rigatuso manejaba la Escuela, por su irregularidad y que ésto dañaba el buen funcionamiento de la escuela.

En marzo de 75 a su padre lo quieren trasladar a la Escuela de Lenguas, quien no acepta el cambio, lo cesantean y esto lleva a un juicio, en el Colegio a partir de Rigatuso hubo dos sectores: los alcahuetes que lo rodeaban y los otros, donde había todos los matices, dentro de los amigos de Rigatuso había algunos armados.

En una asamblea en el año 75, que estaban presente en el salón de actos, el director en una tarima y al lado estaba Hugo Lanfranconi quien portaba un arma de fuego. Escuchó comentarios sobre la existencia de listas de alumnos, él no las vio, sabe que existían listas porque permanentemente se les amenazaba con éstas. Su padre escribió varios libros, relacionados a su caso, donde cuenta que fue expulsado y también de su cesantía: "Proceso de ignomia".

En un artículo publicado en la Voz del Interior que obra en autos a fs. 191, de fecha 29 de marzo de 1975 y exhibido que fuera al testigo y leído la parte pertinente expresó que ellos sentían ese grado de temor y no lo deja de sentir aún hoy.-

Él personalmente no tuvo ningún inconveniente, él no era miembro de la conducción del Centro de Estudiantes, sí tuvo militancia.

Después del golpe militar se los convoca al frente de la Dirección, el Teniente Barceló leyó una lista de nombres, a algunos se los expulsa de la escuela por razones de seguridad de estado, a él se lo expulsó de la escuela, diez o quince días después fue readmitido en la escuela, pero al mes, a raíz de desapariciones y se entera de que se lo pedía por razones de seguridad, tenía 16 años y si hoy esta acá es porque su padre lo escondió y lo sacó.

Oroz y Olguin eran personas sistemáticamente perseguidos, Adriana Treber, Catalina Roca, Ingrid Goodbar, hay alumnos desaparecidos. Él vio las listas de Barceló, no sabe de donde salían, porque él era un expulsado, en un juicio en la década del 80 un militar, Anadón, manifestó que las listas habían surgido de las autoridades de la escuela.

El Dr. Menso dispuso la suspensión, no sabe si fue tomada a raíz de las denuncias de la comisión de padres.

JOSE MARIA GUSTAVO ZENON SOSA quien recordó que en el 75 él ingresó en el Manuel Belgrano, tenía 11 años, había algunas cosas que le asombraban porque él venía de una escuela muy chica, Esteban Echeverría de B° San Martín y el cambio le llamaba la atención, una de las cosas que recuerda es que había unos vidrios en la salida de la Dirección, que se veía desde el 2° y 3° piso.

Y él recuerda que los chicos lo abucheaban a Rigatuso, quien sonreía y hacia un gesto con las manos como si fuera Perón. Se ubicaba como una zona de miedo, la zona de la preceptoría. Una amiga le contó que ella estaba en 4to. o 5to año y participaba en el centro de estudiante, vivía en calle Paraguay y Duarte Quirós y un celador la llamó y le dijo que por vivir en la décima ella no se iba a salvar por participar en el Centro de Estudiante. Recuerda que se vivía un ambiente de miedo y la preceptoría era una cosa oscura.

LILIANA MARIA AGUIAR DE ZAPIOLA dijo conocer a Torres y a Rigatuso, pues ella era docente en la escuela, el Dr. Rigatuso la tiene querellada, no le comprenden las generales de la ley a pesar de tener una querella en su contra por parte del Dr. Rigatuso. Siendo luego interrogada por el Dr. Zanotti expresó que ella ingresa al Colegio en el año 72 y era docente de las escuelas Municipales de Córdoba, en el año 72 era director de la escuela Cima y Vice, Barraco Aguirre, eran de amplia cátedra, fue muy bueno pues complementaba su formación docente, el clima político cambió un poco antes de Rigatuso, pero con él se intensificó. Se sentían las tensiones políticas que se vivían en el país.

Con Rigatuso se profundizó. Ella era profesora de historia y tuvo una reunión con él para decirle qué se debía enseñar en historia. Se hace una reunión y el acta estaba tergiversada y ella se negó a firmarla y algo que la shockeó fue que Rigatuso la felicitaba, en vez de retarla.

Recuerda que hubo persecución a los docentes, todos los que no estaban en el peronismo de la derecha eran perseguidos. Leído por Secretaría el recorte periodístico de fs. 192, la misma dijo que lo recuerda, entre los docentes, el tema de las listas era permanente motivo de conversaciones, la existencia de listas secretas que ella nunca vio y no eran firmados o de circulación pública se los amenazaba con ellas. Se obligaba a los docentes a afiliarse a la UDA, el Dr. Martínez Ferrer que era Secretario de Rigatuso. Su marido era representante del otro gremio, la CTERA. Tiene conocimiento de la existencia de alumnos desparecidos. En abril del 76 integró una lista de cesanteados y luego fue reincorporada y en la actualidad hoy trabaja.

La relacionaban con la subversión, a pesar de que en esa época nadie sabía de qué lo acusaban, que posteriormente tuvo oportunidad de ver documentos secretos donde se le achaca a Bellomo, Grey y Beltrán haber implantado un plan de estudio de ideología marxistas, y que dan cuenta que las acusaciones eran anteriores al 76.

Fue reincorporada porque se consideró que había habido persecución ideológica en su cesantía. Fue reincorporada en el 84. En la actualidad, desde el 95 y 99, se incorporaron algunas ideas de esa época como el Centro de Estudiantes y que los alumnos participan en la elección del Consejo Directivo. O sea lo que se pedía en ese momento, se logró, costó mucho, costó sangre, pero se logró.-

HECTOR AGUSTIN ROCHA, manifestó conocer a Rigatuso por su labor en el Centro de Estudiantes del Manuel Belgrano y no conoce al Sra. Torres. Él fue alumno del Manuel Belgrano en la época que él era Director. Egresó en el año 74 y recuerda como compañeros de curso a Jorge Nadra, Gustavo Márquez, Miguel Carello, Santiago Torán, Martín Dolián, en el año 74 la vida del colegio cambia, como cambia la Provincia y el país en ese año.

El Manuel Belgrano era un colegio donde se les enseñaba a ejercer su libertad, a partir del 74, cuando se produce el Navarrazo, la situación política en general se modifica, cambia la dirección del colegio y con ello lo que era la estructura de la enseñanza, la participación del alumnado y el clima de libertad en el que vivían, aun en la época de la dictadura se les enseñaba a vivir y a ejercer la libertad mas allá de las diferencias. Siempre con los directivos se les permitió expresar sus ideas y a partir del 74 por querer imponer un reglamento del Monserrat de 1903, de allí en adelante sucedieron cosas, las reuniones en la cantina donde funcionaba el centro de estudiantes, no se les dejaba estar tanto tiempo allí, eran controlados.

Los profesores de aquella época eran Bas, profesora Bartó, vicedirector era Barraco Aguirre y Oliva Carreras. El Navarrazo fue la interrupción del proceso democrático, por un levantamiento del Jefe de Policía que produjo la intervención de la Provincia y la llegada de Lacabanne como interventor federal.

Él participó de la discusión del reglamento interno de la Escuela. El Manuel Belgrano no tenía reglamento propio, se aplicaba el reglamento del Monserrat, a partir de la llegada de las nuevas autoridades se trata de imponer ese reglamento, tenía pautas irrisorias, no podían usar sombreros, ni armas blancas, a raíz del repudio se abre una instancia de discusión en la que participó la mayor parte del estudiantado, había una gran participación del estudiantado, la mayor parte de los estudiantes participaron de la vida política interna del colegio.

A las listas, él nunca las vio, él egresa en el 74 del colegio donde la debacle de la situación no se había producido, tuvo conocimiento de ellas porque algunos amigos se lo dijeron, porque le sugirieron que se fuera o que se protegiera por la existencia de esas listas.

Tuvo conocimiento de que ex alumnos del Manuel Belgrano tuvieron problemas con la fuerza de seguridad, Nadra, Smugler, Poletto, Parodi u otros que de un modo u otro lograron salir del país, Ensabella, Fernandez y otros.

Sabe que hubo reuniones convocadas por el Sr. Rigatuso, a quienes tenían militancia política, no sabe si su padre fue convocado. Sabe por sus compañeros que fueron citados que se los convocó para informarles que sus hijos estaban en política. Conoció a las hermanas Goodbar Ingrid y Laura, sabe que desaparecieron pero no sabe dónde están ahora. Sabe que los compañeros de sus Centros de Estudiantes desaparecieron pero sólo el proceso histórico dirá qué paso.

Su militancia política era parte de UES, que era una rama de la juventud peronista. Con respecto a si Rigatuso delató a alguien directamente no le consta, conoce de las reuniones de los padres y conoce por terceras personas que le dijeron que tuvieran cuidado porque existían listas.

LUIS ARMANDO REBORA expresó que él trabajó en la Conadep, era Presidente y en ella se trataba de encontrar personas desaparecidas, en el proceso militar a través de los testimonios.

Había un organismo central presidido por Sábato y otros que funcionaban en Córdoba y Rosario, que eran subsidiarios del organismo central y se reunían cada 15 días. En ese organismo hubo denuncias sobre chicos del Manuel Belgrano, fue un caso especial el de ese colegio.

La Conadep receptó testimonios, no recuerda ningún caso en particular, pero fueron varios los testimonios que se dieron sobre estos chicos desaparecidos, y que en libertad pudieron testimoniar sobre lo acontecido, los campos denunciados son La Rivera y La Perla, y con menos nombre la usina próxima al Dique San Roque. La Conadep estaba integrada por el Dr. Barraco Aguirre, Ing. Mansur, Pastora Ricci, Padre Nasser, lo que se tuvo en cuenta para nombrar a estos miembros cree que fue su conducta durante el proceso, era la condición sine qua non, no haber participado en el gobierno militar, se trataba por lo general de personas que habían sido separados del cargo en la Universidad.

El conocimiento de Barraco Aguirre lo obtiene porque fue el miembro de la Conadep que más trabajó y tiene el mejor de los conceptos por la verdadera pasión conque asumió la tarea, sabe que tuvo problema por su permanencia en la Conadep; su casa fue volada por una bomba y sabía de los problemas generales que tuvo a posteriori de la presencia en la Conadep.

Cuando comparecieron varios testigos, hubo muchos, que dijeron que el director de la escuela informó a las fuerzas de seguridad sobre las actividades y dedujo que colaboraba con los servicios de represión o era un miembro informante a los servicios de información, no cree que esa función de informar se encuentre entre las obligaciones de un educador, jamás por la vía de delación, puede aconsejar y acompañar, pero no delatar.

La coincidencia de los testimonios y la calidad de los testigos le llevaron a la convicción que dentro del Manuel Belgrano había un servicio de información como existía en otros lugares universitarios, eso ocurrió en la época del llamado "proceso" que gobernó el país.

Y con anterioridad se habrían iniciado actos de represión en el país, formando parte del mismo proceso su casa fue allanada en el gobierno de Isabel Perón y fue detenido antes del gobierno militar. Pero este proceso de represión ya se había iniciado antes en todo el país, y si bien se refiere exclusivamente a lo que pasó en Córdoba, la tres A actuaban en todo el país.

El Dr. Arbonés dijo que actualmente es lo mismo, que él testigo sabe bien que él ha sido perseguido ideológicamente en la U.N.C. A lo que el testigo le contestó si fue perseguido no fue por orden de la Rectoría ni de la Dirección de la Universidad. No tiene conocimiento directo de las listas sino información de su existencia.-

MARIA ELENA MERCADO declaró que fue miembro de la Secretaría de la Conadep Córdoba. Recordó que hay una declaración de Contepome, quien luego publica un libro, en donde relata un encuentro en La Perla; describe el momento donde llega un grupo con estudiantes secundarios y establece que algunos eran egresados de la escuela Manuel Belgrano.

En Córdoba, en la delegación Conadep, con la suficiente antelación no recibieron muchos testimonios, pero la otra Secretaría era la encargada de cotejar los distintos testimonios y organizar el caso para ser llevado a la justicia. Al testimonio de Contepome lo recibe la Conadep Nacional, pues comenzó a funcionar con anterioridad. Antes del informe del 84 se lleva a cabo una conferencia de prensa en la sede de la Conadep donde había familiares y amigos que relatan las circunstancias y responsabilizan a Rigatuso de la confección de listas y la entrega a las Fuerzas de seguridad; los testimonios eran voluntarios y se podían prestar en los distintos lugares donde funcionaban.

Como hubo un lapso hasta entrar en funcionamiento en Córdoba, se prestaron algunos testimonios en la delegación de Bs.As. A petición de partes se oralizó el testimonio obrante a pag. 74 del libro "Sobrevivientes de La Perla", expresando la testigo que coincide con lo que ella recuerda y con el relato que en él hace. En el 74 el Dr. Barraco Aguirre también relataba el episodio de la confección de listas por parte de Rigatuso al personal militar o de inteligencia.

A solicitud del Dr. Zanotti se oralizó por Secretaría del libro "Como los Nazi como en Vietnan" la pág. 213 y leído que fuera dijo la testigo que esa información es coincidente con la de la Conadep, aclarando que la fecha de impresión de dicho libro, abril de 1987. Que ella es viuda después de un juicio de ausencia con presunción de fallecimiento. El día 24 de marzo de 1976, a las 3 y 30 de la tarde, personal de la Fuerza Aérea allanaron su casa, preguntaron por su esposo y como él no se encontraba le dijeron que debía presentarse en un puesto de guardia al lado del Hospital Aeronáutico, en calle Jujuy.

Cuando su esposo que no estaba en su domicilio, regresa, concurre a ese lugar y se presenta acompañado por dos abogados, queda detenido, también estaba Erio Bonetto, le dicen lo mismo, y esa es la última noticia que tuvo de él. Un testigo de La Perla relata las últimas horas en La Perla de su esposo, el día 27 de marzo de 76.

Ella hizo todas las gestiones que se hacían por aquellos años, interpuso Habeas Corpus, escribió a la Cruz Roja, a la OEA, a la Conferencia Episcopal Argentina, compareció ante la cuarta brigada del comando del 3er cuerpo. Con posterioridad se entrevista con el Dr. Rigatuso y le escribió una carta, porque su esposo era dirigente justicialista y había sido Secretario de Desarrollo de la gestión de Obregón Cano, y Rigatuso era el interventor del Partido Peronista en la época de proceso, razón por la cual se entrevista con él en su estudio de la calle Urquiza, le pide que le averigüe algo.

Con posterioridad vuelve, y le dice Rigatuso que su marido había sido detenido según las informaciones recibidas, le dijo que su socio Mac Coniff averiguó, porque era también secretario del Brigadier Capellini, quien le mandó a decir que no buscara mas y que si ella entendía que significaba eso, y ella dijo que sí.

Ella tuvo conocimiento de la existencia de listas, después del 84 y de esa conferencia prensa el día de la entrega del informe al gobernador, responsabilizan al Dr. Rigatuso por la entrega de listas y en al año 87 en el mes de noviembre aparecen dos noticias periodísticas, la acusación fiscal en el juicio contra las tres "A" y López Rega donde entre otros culpan del asesinato de Curuchet y aparece en los diarios el fallo de Becerra Ferrer con el sobreseimiento definitivo de Rigatuso y Lanfraconi, en la parte de Rigatuso, donde dice: otra es la situación de Rigatuso pues ha quedado acreditado la confección de listas e informes y su entrega al personal militar no recuerda el nombre del militar que lo dice.

Estas dos noticias le permiten relatar una nota, comparando las dos conductas, la de Curuchet y Rigatuso, considerando el abogado como auxiliar de la justicia, aludiendo a todos los abogados de la provincia de Córdoba, desaparecidos y el otro, que ante un motivo de indisciplina en un colegio decide entregar listas de alumnos y profesores a personal policial. La nota se llamaba "Dos conductas y Dos destinos" no fue querellada por esa nota, la escribió hace 14 años.- Torres repite lo que desde el 84 se venía diciendo. Esas listas ella no la vio. Según lo que ella sabe lo sabe por la Conadep, fue público y publicitado en los medios de difusión la atribución al Dr. Rigatuso de esa conducta. Ella acudió al Dr. Rigatuso porque él era el interventor del partido justicialista en el año 76, después del 24 de marzo. El apellido de su esposo era Oscar Balverde.

CARMEN CECILIA BASTOS dijo que cursó hasta el 76 en el colegio, porque fue expulsada, en el colegio hubo cambios en cuanto al desenvolvimiento normal del colegio, ella fue expulsada, había gente armada. En la sala de profesores, donde los alumnos frecuentemente iban, había un militar con una metralleta sobre el escritorio. Antes siempre ingresaban libremente a la Sala de profesores. No le consta pero en el 75, se decía que había celadores armados, era un secreto a voces. Ella pertenecía al Centro de Estudiantes del Belgrano, cree que por eso la separaron del establecimiento y sin dar lugar a un recurso y fue expulsada del colegio y de toda dependencia de la Universidad. No recuerda miembros del centro de estudiantes perseguidos por Rigatuso. En la cuadra de su casa, supo que hubo gente averiguando quien era ella, eso fue antes del golpe y dentro de la escuela no lo recuerda. Lamenta no ser de mas ayuda, porque ella ha hecho un bloqueo y una defensa, no recuerda que les paso, esto fue en defensa propia. A ella la echa el Dr. Rigatuso que estaba a cargo del colegio, ella es expulsada en abril del 76, no tenía causales de expulsión la nota en que le notifican.-

MIRTA LILIANA PERNA expresó que ella entra a la escuela cuando estaba el Dr. Cima como celadora, pues para ser celador se requería que debía de ser estudiante, para darle la facilidad de que pudiera continuar sus estudios, y ella era un ex alumna del colegio y estaba empezando a estudiar letras, fue una experiencia muy buena y enriquecedora, ella iba a ser una futura docente, se opinaba, se trabajaba con tranquilidad. Cuando Rigatuso llega hubo un gran cambio, también fuera de la escuela, ellos lo sienten, había inseguridad, temor, gente que no hablaba, otras como ella que disentían. No había un buen clima, los chicos estaban enfrentados con la dirección, había todo otro trato bajado por las autoridades, había un enfrentamiento con la dirección.

Ella recuerda casos por lo que era el motivo del enfrentamiento, trabajaban en un reglamento, no le daba espacio, se prohibió la cantina, esto era motivo de queja, planteados a dirección y por eso eran tildados de revoltosos. No tuvo problemas laborales. Ella fue cesanteada a los pocos días del golpe militar del 76, ella no sabe que el motivo de la cesantía, le llega la cesantía por correo, alrededor del 5 de abril la cesantean, el año 75 no fue a la escuela, porque estaba con licencia por enfermedad, nació su segundo hijo, ella no conoció al gobierno militar, no tuvo oportunidad de conocer la autoridades, la información fue dada por Rigatuso por que ella no estaba en el colegio, deduce que fue información que salió de la escuela en el año 75, porque en el 76 no estuvo. Ella fue reincorporada con la democracia.

Fueron dejados cesantes colegas celadores y profesores, Cecilia Guarino, Cristina Carrizo, Liliana Zapiola, Delia Beltrán de Ferreyra. Ella estaba afiliada al gremio de ADECU, la dirección hizo propuso que se afiliaran a algún otro gremio, a través de una circular se le dijo que se afiliara a la UDA. Ella considera que su cesantía podía ser por ello. Pues no tuvo ningún otro problema laboral. No recuerda si juntamente con ella fueron dejadas cesantes otras personas.

ELSA CRISTINA CARRIZO DE TUDA testimonió que ella era preceptora desde octubre del 70 hasta abril del 76, han pasado 27 años hay muchas otras cosas que no recuerda.

Recordó que la escuela estaba estrenando un plan nuevo, una reforma educativa, un edificio nuevo y había mucho interés para que la escuela funcionara, las cosas andaban bien, había alegría.

Cuando llega Rigatuso en ese período, los preceptores eran jóvenes de 20 a 25 años, estudiantes universitarios, se producen situaciones con la Dirección y esto hace que se tomen como tres posturas: la de colaborar con la dirección, intervención, otros por temor no quieren participar y otros que se enfrentaban con los otros celadores por no querer colaborar, ella pertenecía a estos últimos.

Hubo una nota por la que se requería apoyo incondicional para poder cesantear alumnos, los que no firmaban esa nota estaban sospechados de no colaborar con la dirección, ella había estado cuidando un patio y tenia orden si algún alumno tiraba un planfleto tenia que tomarlo de un brazo y llevarlo a la dirección.

Mientras ella era celadora su hermana menor era alumna de la escuela, y era íntima amiga de Ingrid Goodbar, y un día le comentan que Ingrid Goodbar había tajeado la cara a una chica, a ella eso no le cerraba, porque no era capaz de hacerlo.

Empieza el 76, viene la mamá de un alumno porque su hijo estaba muy grave, era una familia de escasos recursos, tenía leucemia, ella fue a hablar con Barceló, para recolectar sangre, y él habla al ejército y se consigue la sangre. Cuando llega su cesantía, le habla Oliva Carreras pues ella estaba con licencia, le notifican de la escuela y ella quiere hablar con Barceló, y le dicen que por ser ella la iba a recibir, allí le comenta que él no sabía nada ni conocía los motivos de su cesantía, que le sorprende por el concepto que de ella tenía, pero cumplía órdenes.-

Luego, en el 84, se les da la posibilidad de que fueran reincorporados, ella tenía ganas de trabajar, junto con la cesantía le habían aplicado una inhabilitación de 5 años por subversiva.

En oportunidad de su reincorporación, Oliva Carreras le enseña un cuaderno chico forrado y lee lo que le corresponde, estaba escrito en letra manuscrita, con letra grande y birome, y expresaba que en sus últimos tiempos de celadora se le había perdido la confianza, y se tenía miedos que ella le inculcaran ideas a los chicos.

Había cuatro celadores que colaboraban con el director, ellos luego se jactaban de la lista, estos eran Juan Segovia, Pautasso, Tejeda, no fueron cesanteados a pesar de participar en Asambleas y de tener una exposición abierta en la escuela, sabe que hasta el 77 o 78 permanecieron en funciones, aunque cambiaron el cargo luego en la Universidad, otros renunciaron.

En el 74/ 75 hubo problemas entre los alumnos con Rigatuso, los chicos reclamaban la cancha de basquet para fiestas. Los padres se reunieron para demandar alguna cosa al director.

No recuerda si Rigatuso alguna vez convocó a una reunión de preceptores, ese cuaderno se lo muestra Oliva Carreras en el 84, no sabe quien fue el autor sabe el momento que fue elaborado el cuaderno a fines del 74. No recuerda la cantidad exacta de alumnos del colegio, había chicos que no participaban en las Asambleas y otros que sí, el centro de estudiantes no recuerda si era un grupo muy numeroso. La resolución que obra en autos de fs. 145/46, donde los padres acuden al colegio por los problemas de indisciplina, no le consta y no sabe nada.-

ALBERTO MARCOS ZAPIOLA, dijo que él trabajaba en el Manuel Belgrano desde el 68/70 y era profesor en los cursos de 6to. Año de Educación cívica e Instrucción Cívica, eran del plan viejo, de donde fueron la gran parte de los chicos desparecidos. Rigatuso entra como director designado por el interventor, fue una época difícil, había salido Cima de Rector y luego Menso. Con anterioridad, la escuela venía con una transformación importante en materia académica instaurada por Barraco Aguirre, que era vicedirector, cuando llega Rigatuso hay problemas con quienes llevan a cabo la transformación de la Escuela, hay diferencias profundas en lo académico y en lo político.

Del plan nuevo no sabe nada, el pasa al plan nuevo cuando estaba Rigatuso. Lo que él sabe lo conoce porque era Secretario General del Gremio de la escuela ADECO, que estaba afiliado a FEDEMUN. La presidenta del Gremio era la Sra. de Grey y él era el representante permanente de la Federación ante CTERA.

No sabe los problemas académicos que hubo, había un gran desorden en la relación con los alumnos, en el 74/ 75 se agravan los problemas, surgen otros de tipo gremial, la cesantía de Inés Valdez de Lascano y de la profesora Elvira Castro.

La relación con los alumnos antes de que Rigatuso fuera director era fluida, aunque hubo problemas con Cima en su último período se había producido un cambio de gobierno en el país, había una gran libertad con los alumnos, estaba su centro de estudiante, donde participaban de la vida de la escuela en todos su ámbitos. La de los chicos, era una actitud muy crítica hacia todos los estamentos, pues se le incentivaba en esa educación a la participación. Exhibido un artículo periodístico obrante a fs. 172 de autos dijo que la reconoce como auténtica, la Sra. Lazcano era justicialista, ella tenía una gran acercamiento hacia el justicialismo afín a los sectores de izquierda.

No se acuerda de la nota, sí de haberla recibido, la Dra. Valdez es hermana de su cuñado y era dentro de su familia la única persona de filiación peronista. El art. 58 era un artículo que ellos cuestionaban para los docentes, pues establecía un estado de comisión y ellos tenían esa discusión. Se instaba de algún modo a la afiliación compulsiva. Hubo un enfrentamiento de Valdez con Rigatuso, fue fuerte y hubo una cuestión política de por medio, no se trató de ninguna cuestión académica que se le pueda achacar a la Dra. Valdez.

A mediados de abril se empezó a presionar para que se afiliaran los docentes al partido justicialista a través de las organizaciones gremiales, el gremio del Manuel Belgrano estaba adherido a CTERA. El tuvo un incidente con el entonces secretario Académico, Sr. Martínez Ferrer, quien apareció con formularios de afiliación y dijo: "acá están las afiliaciones que quiere la dirección a UDA". El lo increpó y le dijo que lo que hacía era colaborar con Hugo Lanfranconi referente de UDA en la Escuela. Esto motivó a que presentara como secretario del gremio una nota de la cual tiene copia, quejándose al director de la presión ejercida. A partir del 74 ya venía este estado de presión a docentes y alumnos.

Y en 75 fue el caos en el Manuel Belgrano. En la asamblea de docentes hay una denuncia contra Rigatuso por las presiones, por existencia de personas ajenas en el ámbito del colegio, celadores que circulaban armados, hubo una represión muy fuerte en el colegio donde niños de 11 años fueron metidos en la pared por la policía y apuntándolos con ametralladoras.

Y eso ya desató toda la debacle del colegio que fue creciendo hasta la llegada del golpe militar. Hubo un tema muy feo de una chica Santandrés que apareció con la cara cortada y se le imputó a la Dra. Valdez, Barraco, de Gray, a él y Jorge Bas haber estado en el tema. A él se lo suspende como docente, en un acto arbitrario porque no había ningún antecedente que se lo pudiera vincular con ese tema. Nunca fue citado ni imputado por semejante hecho. Fue una creación de persecución y no se pudo detectar qué pasó con esa criatura.

Hubo chicos denunciados, Goodbar que era alumna de él y los denunciantes fueron Rigatuso y Lafranconi.

Allí intervino como Fiscal, el Dr. Muscará quien hizo un requisitoria infame, típica de mentalidad nazi fascista, la dio a publicidad, en su texto el se declaraba incompetente y lo pasaba a la justicia federal, sacaron luego una aclaratoria por que lo había dado a publicidad en el diario Córdoba.

Los fiscales en actitud corporativa decidieron que el fiscal que debía entender en el desacato fue el Dr. González, quien dio orden de que se le detuviera. El viernes a las tres, vienen a detenerlo de la Seccional Catorce, había ido personalmente el Fiscal para hacerlo. Era por una causa de Desacato, que posteriormente fue sobreseída por el Dr. Ferrero.

Esto no fue una cosa exclusiva del Colegio Manuel Belgrano, fue un engranaje más de todo lo que pasa en la Provincia en la época de Lacabanne. Hubo chicos detenidos, notas, cartas de los padres, se llegó a cerrar la escuela y se reabrió a pedido de los padres. Hubo quejas de los padres por la citación hacia ellos y a los alumnos. Con el problema de la chica Santandrés, ingresó al colegio un padre, criticó a los sectores gremiales, defendió a la Dirección, él estaba sentado con la profesora Gigante y lo amenazó si persistía en su enfrentamiento con la Dirección.

En relación a la denuncia penal que hizo Rigatuso, también hubo chicos implicados, no hubo citación policial a padres de alumnos. Sabe que hubo quejas, hubo un levantamiento de los padres. Una carta de Gustavo Roca donde se le imputaba haber realizado denuncias de alumnos a la Policía Federal, pero a él no le consta sí escuchó comentarios.-

La policía rondaba permanentemente la escuela y eran llamados por la Dirección, los docentes nunca quisieron que intervinieran las fuerzas de seguridad. Existían listas de profesores y alumnos que Rigatuso habría facilitado a fuerzas de seguridad. El fue el abogado de Noris Coria de Bellomo, él inició el juicio en contra de la Universidad y de la Provincia, en esa causa hay dos elementos fundamentales, un informe del Coronel César Emilio Anadón, que era el jefe de inteligencia del 3er. Cuerpo de Ejército en la nota que le contesta a Pierrestegui "en una nueva investigación han quedado desvirtuado los antecedentes marxistas de Bellomo que fueron dados por las autoridades del colegio anteriores al 24 de marzo de 1976".-

Este documento es reconocido en juicio en los Tribunales Federales, en cuanto a su autenticidad en su firma y en su contenido. La declaración del Capitán Barceló en el mismo juicio dice expresamente que quien dio los antecedentes fue Rigatuso lo que es concordante con lo que dice Anadón. Una declaración anodina del Sr. Pierrestegui, donde dice que no la echa por marxista sino por la ley de prescindibilidad pero no es cierto porque no le pagaron la indemnización porque le aplicaron esa ley. El fallo del Dr. Becerra Ferrer en el juicio Nadra, da por sentado la existencia de las listas de los chicos y los docentes. Al Dr. Rigatuso se lo sobresee pero por otras causales. El nunca vio una lista, si oyó, fue testigo presencial de los dichos en el juicio. Recordó que había informes que estaban en el Gobierno de la Provincia, al poco tiempo le mandan por vía postal un sobre que contenía los informes existentes en la Provincia que están unidos a lo ocurrido en el Belgrano. Se incorporó en esa oportunidad la documental consistente en cuatro informes de la Secretaría de Estado de Seguridad, Side, de carácter Secreto, pertenecientes a Aguiar de Zapiola, Coria de Bellomo y Zapiola, los que fueron oralizados por Secretaria. Agregó que dichos documentos le llegaron por vía postal a su casa, en forma anónima, pero que son similares a algunos que había en la Secretaria de Estado de la época del proceso y cuyo secreto fue levantado por el Dr. De la Rúa a partir del año 83. Manifestó no ser marxista y con todos estos elementos ya reseñados más los fallos judiciales tiene la seguridad que esas listas existieron. Los celadores Perna, Olsen, Martinez Ferrer, Lescano también fueron cesanteados. Pautasso, Segovia Vidal no, él como era miembro del gremio los conocía a todos. La fecha de su cesantía fue el 25 de abril, él estuvo incorporado en el primer decreto junto con otros docentes y celadores.

Exhibida que fuera al testigo dos fotocopias simples de resoluciónes de la UNC, de fecha 1-4-75 del Dr. Mario Víctor Menso, dijo que no corresponde a su cesantía. A él lo dejan cesante en el 76 por vinculación a los subversivos. Exhibido que le fuera el expediente 1-76.1382 del 11 de mayo de 76, la resolución 416, el mismo dijo que las personas que figuran fueron compañeros de docencia, se hablaba de la existencia de listas de alumnos y docentes, pero el no vio ninguna todas las cesantías fueron arbitrarias, no se las puede atribuir a Rigatuso, cree que existieron informes anteriores al 24 de marzo, él no tiene resentimiento en contra de Rigatuso porque son los vaivenes políticos, propios de los avatares de la política y de la democracia, una demostración de esto es cuando le reducen las horas y es concomitante a cuando la Dirección le hace el planteo de afiliación obligatoria. En el 85 estuvo junto con Mestre almorzando con Rigatuso, en el Restaurante de la Cámara de Diputados, era una mesa grande en donde había fácilmente diez o doce o seis personas.-

FERNANDO ARGENTINO AVILA, manifestó que el Colegio funcionaba normalmente antes de Rigatuso, hubo muchos problemas con él, debido a la actitud dictatorial en el modo en que comenzó a manejar el colegio y la respuesta de los alumnos frente a ella. Después del día 19 de junio de 1975 se realizan asambleas en el Colegio, con la participación mayoritaria de los alumnos. Posteriormente él fue citado, junto con su mujer y su hijo a la Policía Federal de Córdoba, concurrió solo su mujer, porque él estaba en ese mismo momento, en una reunión con Menso, por un recurso que él había interpuesto, contra la Universidad porque lo habían dejado libre por amonestaciones a su hijo.

Sabe que 20 padres estuvieron citados a la Policía Federal, fue su esposa, la reprendieron a ella y la intimidaron para que su hijo no participara en ninguna actividad del colegio, bajo apercibimiento de que los iban a detener y meter presos, las sanciones fueron disminuídas y pudieron continuar las actividades del colegio. Varios padres que fueron citados a la Policía Federal, recuerda entre ellos al Dr. Checchi, quien era médico, Dr. Goodbar y a él, pidieron una entrevista con el jefe de 3er. Cuerpo con Tte. Gral. Larroca logran la audiencia, le informan qué había ocurrido en el Colegio, el Gral. Elía Larroca se indignó y dijo palabras que no puede reproducir, que si no sabía que una vez que un nombre de alumno ingresaba en el registro de la Policía Federal lo que les iba a pasar. Pero que el iba a intervenir para evitar que quedaran fichados esos niños, él actuó porque a partir de esa entrevista, dejaron sin efecto las citaciones a los padres del colegio Manuel Belgrano, su hijo tenía 17 años, el día 28 de octubre de 1975 su casa fue allanada por fuerzas de Gendarmería y de la Policía Federal, iban en busca de panfletos que se iban a distribuir en el acto a realizar para el final de curso, revisan la casa, interrogan a su hijo, quien estaba acompañado por otro chico que también murió, Román, buscaron por toda la casa, invadieron su estudio notarial, terminaron la revisación, labraron una acta que da cuenta que el resultado era negativo total.

Lo invitan a firmarla y como él vio que había un gran espacio en blanco solicitó que lo cerraran a lo que dijeron que no podían que si lo cerraban, tenían que detenerlo al chico, para interrogarlo mas detenidamente, y entonces él dijo voy a confiar y firmar el acta, lo hizo con el único propósito de que no lo llevaron preso a su hijo.

El día 24 de marzo en horas de la madrugada fue allanada su casa por el ejército, sin orden de allanamiento ni nada, entraron y preguntaron quien es Fernando Avila y le dijo que él era, se identificó como Escribano, y que era el Presidente del Colegio de Escribanos, y ellos le dijeron que buscaban a Fernando Alfredo Avila, y les contestó que era su hijo pero no sabía donde estaba pues estaba de vacaciones con compañeros. Le apuntaban a su mujer con una metralleta, y le decían que si estaba el chico lo entregara, revisaron todo, oficiales y suboficiales y soldados, luego se retiraron. Después del 24 de marzo ya no fue un allanamiento fue un asalto a su casa. Llamaron a la madrugada, tocan y dicen: la policía y abran pero eran hombres de civil armados al frente de la casa, como el tenía el auto atrás de la casa, en la cochera que tenía salida a calle 9 de julio, le dijo a su mujer y su familia que subieran al auto, por atrás, y se retiró por ahí sin ser vistos, al día siguiente se enteró que habían roto la puerta, le robaron toda las cosas de valor, y cuanto cosa encontraron, hasta un sobretodo y tapado de piel de su mujer, por lo que fue a la Policía de Córdoba, pidió audiencia al Jefe de Policía y le dijeron que lo iban a atender un sábado a la tarde, cuando fue lo atendió una abogadito joven que le dijo que le pasa, y el le relató lo sucedido, entonces le contestó que pasara por la Sección Robos y Hurtos que le iban a tomar la denuncia, y él le dijo que venía sobretodo a pedir seguridad personal para él y su familia, sólo le repitió lo que le había dicho, pase por la Sección Robo y Hurtos, fue e hizo la denuncia y de allí no pasó la actuación de la Policía.

Después de este asalto a su casa, cuando salen de la Policía, estaba acompañado por el Consejo de Escribanos, pidió licencia en el Colegio de Escribanos y se fue de la Ciudad. Se fue a Bs. As. con su familia, su hijo convivió con ellos hasta la fecha de su desaparición 24 de febrero de 1978, nunca tuvo una noticia de su paradero, nunca tuvo la menor noticia. No recuerda otros compañeros, salvo uno Smucgler, Magallanes, no recuerda bien los otros. La reunión con el Gral. Elias Larroca fue en julio de 1975, el allanamiento se hizo el 28 de octubre del 75.

Ante la Policía Federal solo compareció su mujer, y fue una dura reprensión de la policía federal, fueron citados en carácter de padres de los alumnos, porque habían cometidos actos de indisciplina en el Colegio Manuel Belgrano.

En la oportunidad prevista por el art. 402 del C.P.P. se le concedió la palabra al Dr. Arbónés quien en uso de la misma dijo que: Esta querella que se ha promovido a las Sra. Torres, por Rigatuso, por las expresiones de la Sra. al periodista Adrián Bassola, de fecha 21 de junio del 1998, en un artículo titulado "ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO MANUEL BELGRANO. Silvina no fue la única desaparecida, fueron mas de diez, fueron los chicos delatados por Rigatuso". Ese es el hecho puntual pero debe ingresar a un aspecto colateral que es confluente con lo que aquí se debate, cuando el Dr. Tránsito Rigatuso, con el que no lo une ninguna vinculación política, pues Rigatuso es un peronista de la primera hora, y el un radical irigoyenista, le preguntó qué se podía hacer para terminar con los escraches y la difamación por hechos que nunca había cometido. Le dijo que podía aplicársele el Código de Faltas, contra el rumor no hay recuerdo ni defensa, se lo sindica como autora de hechos deleznables, y el injuriado no tiene como revertir la situación.

Lamenta que haya tenido que ser la querellada la destinataria de esta acción porque no le cabe duda del dolor que le produce un ser querido es inenmendable, busca su nieto, al suegro y a su hija, lo cual es patético, y se hace cargo de su dolor.

El Dr. Tránsito Rigatuso, perdió un sobrino en las mismas circunstancias, así es que desapareció Roberto Rigatuso, y como dijo Ricardo Balbín, que lo distinguía con su amistad, "no había desaparecidos había muertos", lamenta que esta señora, mal informada sobre las circunstancias haya hecho una afirmación categórica, sin aportar un elemento de prueba, como ha quedado demostrado en esta audiencia en forma palmaria. Pensó en todo lo que él tuvo que sufrir a raíz del infundio y la denuncia sin fundamento, así en el 53 fue empleado ad honorem en los Tribunales, en el 56 tuvo que presentar la renuncia por su actividad sindical antes que lo exoneraran por su actividad sindical, y el motivo fue un artículo presentado en el diario "Comercio y Justicia", él era un peligroso subversivo y no podía estar en la justicia, a los pocos días, a raíz de esa publicación, lo nombran en el Departamento de Trabajo Provincial.

En el 58 se divide la UCR gana la UCRI, el Sr. Zanichelli, lo deja cesante, siguió con su tarea académica y su profesión; jamás desempeñó un cargo en ningún gobierno de facto, esos fueron sus únicos cargos públicos. Después del golpe de Onganía, él sabe mejor que nadie, lo que es persecución y de la impotencia del calumniado y querellado, ser difamado y calumniado, por eso tomó la causa de Rigatuso.

Luego de 1983, cuando se recupera el orden institucional en la República es designado asesor en la cátedra de Derecho Procesal Civil por el voto de sus pares, no accedió por designación graciable de nadie, pero se opuso a que toda designación que se hiciera de personal docente que no fuera sino por concurso, y era contrario a la política de la dedocracia, defendía la democracia de la Universidad, esto le granjeó el odio del sector que dominaba y domina la UNC. Lo que le obligó a hacer dos juicios contra la UNC, por dos causales distintas y por la misma situación, lo llevó hasta la Corte, y la gran perdedora fue la UNC, ganó por concurso el cargo de profesor titular de la cátedra de Derecho Procesal Civil, y trato de desempeñarse a la altura de sus predecesores. El Consejo de Derecho tuvo una mala idea, proponerlo para que sea designado Profesor Consulto, por unanimidad, se opusieron pero la Cámara Federal de Córdoba, se pronunció en un fallo durísimo y llegó también a la Corte y hoy tiene el grado de Profesor Consulto otorgado por la Justicia, por su dedicación de 40 años a la docencia, no como político ni como hombre.

Se siente identificado con la causa de Tránsito Rigatuso como defensor en la justicia. Sus antecedentes profesionales, los cuales detalló, dan cuenta de ello. Así, resaltó, la causa Strecking, en el Juzgado de 14 Civil, donde inició acción de filiación, por los hijos de un guerilleros, fue un juicio de 700 fs. contra los tenedores de la criatura, para poder lograr que se pusieran el apellido del padre. Citó el texto de la comisión ante CIDH por un habitante de una Villa, es padrino fundador de "MACAFA", madres a las que no se le suministran alimentos a sus hijos. Fue asesor de los "Vecinos Autoconvocados", citó sus artículos en Comercio y Justicia, y que él no es ningún oligarca ni ningún capitalista. La Revista Zeus Córdoba, en donde tiene postura tomada en contra de la vivienda única y su embargabilidad. También supo de la persecución militar, y se le imputó haber sido partícipe de esa acción, en el gobierno de Guido. Su casa fue allanada, fue detenido y conducido a la Jefatura de Policía, de donde él se fugó con la anuencia de los empleados.

Durante el proceso militar fue nuevamente preso junto con su esposa embarazada de seis meses, y lo liberó el Fiscal de 9no. Turno.

El problema de la difamación llegó a su climax con el proceso de los homosexuales, y él hizo el comentario al fallo, elogiando el mismo, reconociéndoles habilidad sucesoria, porque es una manifestación de libertad y así se puso en duda su condición sexual. Conoce a Rigatuso como hombre de la democracia.-

Repasar uno por uno los testimonios rendidos y la documental acompañada en la audiencia, sería una tarea ímproba, pero hay ciertas circunstancias que se deben considerar, como por ejemplo el testimonio del Esc. Avila, el cual es importante porque nos dice dos cosas básicas: que en el colegio Manuel Belgrano en el 75 existía una situación de indisciplina de tal nivel que se pidió una intervención graciable al delegado de la Policía Federal de Córdoba, para que le dijera a los padres de continuar esa conducta iban a correr riesgo.

Esa fue una advertencia, y nada más, como hace cualquier vecino, lo que no dijo el Sr. Avila es quien le había requerido al Sr. Comisario su intervención. El Manuel Belgrano, que era una dependencia de la UNC, y cualquier decisión debía ser tomada por el rectorado, que estaba a cargo del Dr. Menso, los Institutos Educacionales tienen un determinado nivel de disciplina que le garantice su posibilidad de funcionar. En esa Escuela había 2000 alumnos en el 75, y sólo había un grupo levantisco.

Zapiola, que es uno de sus mejores testigos, reconoció que era una juventud que se movilizaba y que tenía ideas políticas. Los institutos de enseñanza cuentan con grupos de celadores, pero hay casos que esa alteración del orden se vuelve incontrolables y hay que acudir a la policía para poder reestablecer la situación de alguna manera. Es necesaria una denuncia concreta. Nadie dijo que contra estos chicos haya una denuncia concreta. La única denuncia la hace Rigatuso por una niña Saintandrés, que había sufrido unas lesiones en el rostro, que era atribuida a los matones de Rigatuso-

El funcionario público tiene la obligación de denunciar la existencia de un hecho perseguible de oficio, para saber de donde habían provenido estas lesiones se dio intervención al Sr. Juez de Menores, cuya investigación no arribó a ningún resultado. Esa fue la única denuncia que efectuó Rigatuso. Las crónicas de la época demuestran que los propios padres de la niña manifestaron que fue un caso de automutilación asistida, pero no es motivo de este juicio. También se habló aquí de los autos Aquin de Nadra contra Rigatuso y Lafranconi, allí surgen circunstancias que en el campo de las inferencias debe ser evaluadas como tales.

El Manuel Belgrano estaba dirigido por Cima, existía un clima de libertad, Cima fue separado de su cargo por su impotencia para controlar la disciplina, se designa interinamente a Bartó, luego a Rigatuso como Interventor primero y después como Director. Rigatuso era interventor del partido peronista. Era dependiente de un gobierno de signo contrario a los de la guerra antisubversiva, y a una semana del golpe tuvo que presentar su renuncia. Se pregunta cómo es posible que Rigatuso fuera a dar datos de alguna naturaleza a sus propios enemigos, a los que lo obligaban a desplazarse de sus cargos. Nadie de los que han declarado aquí ha visto alguna lista ni que haya delatado a alumnos que hayan desaparecido.

El Ing. Gruspan quien estuvo un año preso por las FFAA, y dijo que para el era impensable que Rigatuso haya efectuado actos de esa naturaleza, el Dr. Flores que depuso y que también fue dejado cesante junto con Grinspun, de acuerdo a como surge de la lista presentada por ellos, dijo lo mismo. El Dr. Ficetti, quien luego quedó como empleado en la escuela Manuel Belgrano y Ponce Laforge explicaron cómo fue la intervención de Rigatuso en el Manuel Belgrano en los autos Ficetti contra la Universidad de Córdoba, donde a fs. 167, habla de un sobre con las listas de la Side, no entiende para qué quería el informe de Rigatuso, Barceló tenia en su poder un sobre con un sello rojo de la Side, y si esos informes coincidían, se los dejaban cesante.

Para poder establecer quienes eran los que debían quedar cesantes se pedían informes a las Fuerzas Armadas, y por los informes coincidentes entre marina, aeronáutica y ejército procedían a las cesantías. Barceló pidió los informes, a las tres, así quedaron cesantes 17 personas. El se pregunta si tenía una lista que le había proporcionado Rigatuso, para qué quería revisar los legajos.

Sorprende la declaración de Barceló a fs. 153 en los autos Aquin de Nadra, al responder a su pregunta décima. Supongamos que el Dr. Rigatuso hubiera efectuado un comentario de esta naturaleza, el Sr. Barceló no le hubiera dado ninguna importancia. Si hubiera sido un informante oficioso podría haber tenido la intención de quedar en sus cargos durante la intervención militar como ocurrió con otros muchos.

El oficio del Cnl. Anadón en los autos Aquin de Nadra, dijo que no le constaba en la audiencia quien era el Director del Colegio, había un Vicedirector, cinco Regentes, Secretarios que permanecían en sus funciones. No se explica la relación de las autoridades anteriores al 76 sin determinarse quienes fueron. La declaración de Perna, dijo que Oliva Carreras quien le mostró un cuadernito que había conservado celosamente y ese cuadernito tenia informes en relación a la actividad política de esta niña, se pregunta por qué con todos estos antecedentes se ha hecho un proceso, donde no se ha probado absolutamente nada. Zapiola aporta informes suscriptos por el Cnel. Marini, Ministro de Gobierno de Vaquero, pero no hay ningún elemento de prueba que pueda hacer pensar que Rigatuso pudiera tener una intervención en ese asunto, eso, sin la prueba en modo absoluto se puede atribuir a Rigatuso.

Se ha endilgado esto sin elemento de prueba que lo avale, todos han sido contestes en señalar que nunca vieron una lista y que tuvieran una prueba para endilgarle a Rigatuso tal conducta. Dice que dicen, por ello no sabe que alguien deba ser responsable de algo. Acusa a los que acusa sin fundamento, no hay frenos para esas lenguas que reptan desde los canales de televisión.

Cuales son los fundamentos para decir que todos los políticos son corruptos y que la justicia es corrupta, no se puede admitir esto, pero él tiene fe en la justicia, que significa tener el convencimiento de que las resoluciones se toman de conformidad a la ley y del contradictorio garantía constitucional de la defensa en juicio. La prueba receptada en el proceso Aquin de Nadra, debe ser tomada con cautela, no tuvieron control de partes de alguna naturaleza, el fallo dictado en octubre del 87 donde se dicta el sobreseimiento a favor de Lafranconi actual Vocal de Tribunal Superior de Justicia, y casualmente este problema comienza cuando accede al Tribunal Superior de Justicia, y la liga de rebote Rigatuso, por ser el Director, quien también fue sobreseído. Excluye la participación de Lafranconi, quien fue rodeado y asediado y repudiado por la prensa, era el día que debía de ir a jurar, y esto es sin fundamento alguno.

Eso no es democrático, la democracia es un sistema de vida, nuestra esfera de actuación está circunscripta en la medida que respetemos los derechos de los demás, pues la esencia de la democracia es la tolerancia. Acá un hombre de la democracia es agredido por la intolerancia, se pregunta si eso es democrático. Las manifestaciones ob intercdictas no hacen cosas juzgadas, son un precedente referencial, a fs. 205, "otra es la situación de Rigatuso..." si Rigatuso no está en las Organizaciones de Derechos Humanos, se debe a que éstas, lamentablemente se han politizado y monopolizado un sector, lo que constituye un requiem porque todo lo que se condiciona políticamente se destruye, se ha errado en este momento el rumbo.

En Nadra se dice que se decía y eso no es cierto ni la prueba dice eso ni tampoco las testimoniales, los rumores no prueban nada dicen, eso no es prueba suficiente para hacer manifestaciones de alguna naturaleza, Rigatuso formuló reproches a los padres y alumnos, lo que no ha sido negado por nadie, sugiriendo que se iba a dar aviso a las fuerzas de seguridad y por razones de competencia lo era la policía federal.

Igual a lo que pasó en el Colegio Nacional de Bs. As. para preservar el derecho a aprender de otros dos mil alumnos que necesitan orden y disciplina. La declaración del Dr. Orosz, declaración cargada de resentimiento, que insultó al Dr. Rigatuso en plena calle, los actos de indisciplina se seguían fuera del colegio, no entiende que tiene que ver el aspecto ético a que se refiere el Juez en Aquin de Nadra. Becerra Ferrer dice que se encuentran probado pero no dice en base a que, pues las declaraciones de Romero, Feigin, dijeron que no habían tenido acceso a las listas. Esta resolución quedó firme cuando podría haberse apelado. Y esto no prueba absolutamente nada. A fs. 86 ninguno ha visto estas listas, se rumoreaba, Mercado dice que vio listas pero no dice cuando, Fernández tampoco dijo de listas, Anadón tampoco dijo que hubo listas, se pregunta de dónde sale la imputación de delator de Rigatuso, carece de asidero, en consecuencia, es que entiende que debe resolverse en la forma en que solicitó al deducir la acción y que se la considere culpable en los términos de los arts. 109, 110 y 112 y respecto a las costas, ha sido un juicio privado y de honor para dejar a salvo la responsabilidad y actuación del Dr. Rigatuso, entiende que la querellada ha sido utilizada para una interna en un partido político.

Es un proceso de honor, solicita que las costas lo sean por el orden causado ya que no hay base a tales fines y solicita el mínimo de la pena.-

Concedida la palabra al Dr. Zanotti, quien en uso de la misma expresó en relación a las cuestiones jurídicas como cuestión previa, debe decir que ni la historia ni las aventuras o peripecias que haya sufrido el colega, son relevantes en este proceso. Los familiares tienen el derecho humano de poner una flor en la tumba de sus seres queridos. Esta querella es dolorosamente absurda pues sienta en el banquillo de los acusados a una víctima de la represión, que ha perdido su hija, su yerno y su nieto de 26 años.

Y se ve sometida a un agravio moral, insuperablemente mayor a la ofensa del Dr. Rigatuso.-

En este proceso, han declarado testigos que hoy están libres por las leyes de amnistía, lo que le produjo dolor a su defendida. Es absurda, porque se ha dispuesto de este ámbito tribunalicio para cuestiones que no son de este Tribunal, pero como dice el refrán, "no hay mal que por bien no venga", porque esta fue la posibilidad para discutir los hechos históricos. De la simple lectura del escrito de la querella se observa que se han distorsionado los hechos de la pieza acusatoria, que es el escrito de querella. En el punto 2, se sostiene, que hubo una querella anterior en contra de la hija de Sonia Torres, Sonia Giselle Parodi, que fue rechazada porque contenía un error, lo que pudo ser por apresuramiento, pero a los dos años se insiste en una descripción de los hechos que nada coincide con el artículo periodístico del año 98, y lo que quedó aclarado con el testimonio de Bassola, lo único que dijo Sonia "son los chicos que delató Rigatuso" deja planteada la nulidad de la acusación.

Subsidiariamente, se debe entrar a analizar las dos imputaciones que se le formulan a la defendida, la calumnia, según dice la querella de Rigatuso, es totalmente falso y elementalmente incorrecto, se acusa por calumnia, lo cual es falso. Enseña el profesor Nuñez que la calumnia sólo es tal si atribuye la comisión de un delito, la atribución de un delito debe ser de los comprendidos en el Código Penal y sus leyes complementarias, no hay delito en delatar, esa imputación debe ser no genérica sino que debe ser determinada, singularizada, esos elementos bastarían para descalificar la acusación de calumnia, además requiere que sea falsa. Y efectivamente el Sr. Rigatuso efectuó actos de delación.

Continúa Nuñez diciendo que el delito atribuido debe ser determinado. Leyendo la querella surgiría dos formas de autoría, participe necesario o la instigación, del artículo del diario no surge ninguno de los dos. Deben preguntarse de donde surge, quizá se deba a la conciencia atribulada o culpas psicológicas o eventuales cuestiones de honor del querellado.

También se acusó de injuria. La injuria, es aquella conducta consistente en deshonrar o desacreditar, delatar significa revelar algo, poner en manifiesto y eso no constituye una injuria. Objetivamente, no hay delito por ausencia de su elemento objetivo, requiere animus injuriandi, y en cuanto a la apreciación de este animus lo cual no se ha acreditado la existencia, hubo sólo un "animus informandi".- Citó dos resoluciones judiciales en su favor, una de la Cámara Nacional Criminal Sala 5, año 78. Entiende que no existe el elemento típico que exige la injuria.

La ley procesal, establece que la obligación probatoria es a cargo del querellante, de las disposiciones del C.P.P., quien tiene las atribuciones del fiscal, y él debió probar el animus injuriandi. Sonia hace referencia a un hecho conocido, y por todos sabido, y es un reconocimiento de que no ha habido animus injuriandi, si fuera inducida por malos consejeros, no hay ánimo injuriandi. La justicia federal no desestimó el hecho de delatar. Según Rigatuso, en el escrito dice que existe injuria expresa y concreta, pues la querellada es una profesional y una activista política, que no puede ignorar las consecuencias, se debe señalar que allí hay una reiterada y perversa acusación, eso lo utilizaba Rigatuso cuando era director y lo ha utilizado ahora como elemento en su alegato.

Y es un error, ella nunca fue candidata ni elegida políticamente, se pregunta quién es el activista político, si ella es solamente una Abuela de Plazo de Mayo, Sonia no es una perseguidora de Rigatuso sino de su nieto. El político es Rigatuso. Tampoco es negativo el realizar una actividad política y lo peligroso es que sólo se lo reserve para un cierto partidismo, el activista político es sospechado, durante todo el transcurso del proceso, se han reiterado las acusaciones contra los ex alumnos del Manuel Belgrano, que fueron los testigos, se quiso hacer decir que los chicos del Manuel Belgrano han sido guerrilleros, no hay aclaración ni consta en autos, los diarios, ni los video-cassettes ni las aclaraciones de este proceso.

Es falso que el querellante haya sido desalojado violentamente de la Dirección del Manuel Belgrano, renunció voluntariamente una semana después, tampoco para el hipotético caso de establecer de que hubiera sido creíble, porque no iba a ser colaborador de sus agresores.

Con la prueba rendida en autos, a fs. 8, ofrece como testigo a Cnel. Anadón y manifiesta que se ha reunido con el Gral. Santiago en el Hotel Crillón. Se reúne con el Cnel. del 3er. Cuerpo, Luciano Benjamín Menéndez en su carácter de interventor del Partido Justicialista, esa última reunión de acuerdo a lo dicho por Rigatuso fue entre el 76 y el 79, no como la reunión con Anadón para ver si lo conocía a Rigatuso, debió reunirse en ese período, cómo se va a reunir con sus agresores.

El dicho "dime con quien andas y te diré quien eres", es suficiente para desvirtuar lo dichos de Rigatuso. Es poco serio que no tuviera relación con los militares. En esa reunión debía acreditar que no se habló de los alumnos del Manuel Belgrano, no se acreditó que no se hablara de esos alumnos.

Centenares de jóvenes justicialistas y no justicialistas fueron torturados en el campo de La Perla, mientras Rigatuso se reunía con Menéndez. No ha existido animus injuriandi, ni ha habido injurias, hay una critica, severa, pero hay una diferencia abismal entre un sistema tolerante y otro represivo. Es el propio querellante el que obstinadamente se niega a mirarse en el espejo de su conducta histórica. Sonia no es ofensiva para el honor de Rigatuso.

Si alguna interpretación jurídica pudiera suponer que ha existido una injuria, deja planteada la defensa de la exceptio veritatis, que actuó en defensa de un interés público actual, en la propia nota surge que hay un interés público actual, pues su título es "una batalla permanente contra el olvido".

Ella es una Abuela de Plaza de Mayo, tenía el derecho y el deber cívico de decir lo que dijo, lo que está palmariamente demostrado porque esta destinado a ser un interés público, fue actual al momento de expresar Sonia lo que dijo y lo es ahora, porque lo han reconocido muchos testigos, a partir del 98 existieron los juicios por la verdad histórica, ese interés, lo demuestra la notoriedad que ha alcanzado para el público el presente juicio, y la preocupación internacional, lo que hace evidente que existe un interés publico actual, y eso en una causal de justificación, pese a que puede existir el tipo no es antijurídico porque esta justificado, porque de la misma materialidad del articulo se desprende una publicación por medio de la prensa, lo que le da una cuestión relevante, y esto nace con la Patria, publicar lo que cada ciudadano puede expresar con la lengua,... citando a Belgrano.

El art. 14 de la Constitución Nacional, con las reformas del 60 y del 94, establece el derecho de opinar por medio de la prensa. Los chicos del Manuel Belgrano no quisieron estar atados, ni tampoco Sonia. El art. 14 de la C.N. le otorga el derecho a libertad de prensa, y esto esta reforzado por los pactos internacionales. Lo que tiene un lugar preeminente en la arquitectura constitucional.

El fallo de Saigan c/ New York Times, donde la Corte Suprema recepta la doctrina de la real malicia, donde todo ciudadano tiene derecho a expresar sus opiniones por la prensa, debe el querellante probar dos cosas: que es falsa o inexacta, y luego se debe probar la real malicia, es decir que Sonia sabía precisamente que lo que se decía era falso. Y esto es todo lo contrario, no es ofensiva y tiene fundamentos.

Ellos van a probar que esto es real, esto dentro de las posibilidades probatorias, no como dice Rigatuso, con un cálculo matemático. Como abogado de Sonia y hombre de derecho no tiene duda que es inocente, y pide la absolución por ambos hechos. Pide la absolución con un dejo de pesar, y sí va a pedir la imposición de costas por este proceso arbitrario e injusto y solicita la obligación de publicar la Sentencia que se dicte, en un diario de esta Ciudad, y que se deje a salvo el buen nombre y honor de Sonia, reitera la nulidad de la acusación y formula las reservas de ley y casación para el supuesto de una resolución desfavorable y caso federal. Efectúa una reflexión personal de Sócrates, mucho más breve que las realizadas por el querellante, ante el jurado ateneniense con respecto a su obligación de decir verdad.

Concedida la palabra a la Dra. Sánchez, expresó que en primer lugar deja en claro que el acusador en la acción privada tiene él deber de probar la acusación que efectúa, esto no ha sido así y en determinados momentos en esta sala le pareció que se estaba procesando a Rigatuso, pues la mayoría de las probanzas consistieron en su defensa. En los delitos contra el honor cuando existe un solo hecho o una sola conducta, y se le imputan dos delitos,

Calumnias e Injurias, existe un solo delito, sólo calumnia, que traba una relación ontológica por lo cual la Calumnia absorbe a la Injuria, no existe concurso ideal ni tampoco puede existir una resolución por Calumnia y otra por Injuria.- Según el art. 192 del CPP, existe libertad probatoria y así las cosas se referirá a la prueba. Los testigos ofrecidos por la querella no lograron decir que los chicos hubieran cometidos otros hechos que pasaran de meros abucheos o gritos. Y no sirvieron para probar cargos en contra de la Sra. Torres. Anadón reconoció su firma y su contenido del informe que le girará a Pierrestegui. Con respecto a la documental acompañada, cometió gravísimos errores, pues le atribuye a Sonia declaraciones que no hizo.

De la documental acompañada en el día de la fecha, la carta que acompañó el Dr. Arbonés, se trata de un papel privado, y si no tienen reconocimiento de firmas no son válidos y de acuerdo a las fotocopias alcanzadas la documental periodística no esta debidamente certificada la prueba de la defensa. En relación al escrito de querella, con respecto a los antecedentes, en 1974, en febrero la Provincia de Córdoba un Jefe de Policía dio un golpe de estado derrocando al Gobernador Constitucional Obregón Cano y vicegobernador Atilio López quien fuera muerto por las tres A.

El gobierno constitucional intervino el gobierno de Córdoba, lo puso como interventor a Lacabanne. La Provincia, fue viendo como la represión se intensificaba llegando a un franco actuar del Comando Libertadores de América (tres "A" en Córdoba) que produjo innumerables asesinatos y hechos horrorosos. Recordó en especial el asesinato de la Familia Pujada y de ocho estudiantes universitarios.

Del contexto surge que Rigatuso fue designado Interventor del Partido Justicialista y no fue sacado por la fuerza, él presentó su renuncia, lo que se encuentra acreditado en los autos Aquin de Nadra, se le acepta la renuncia el 30-3-76.- Se han escuchado a padres, ex alumnos, celadores, miembros de la Conadep, los que dijeron con claridad que la situación anterior a Rigatuso en el colegio Manuel Belgrano era normal, era una propuesta pedagógica de avanzada, que se proponía inculcar en los chicos el concepto de libertad responsable, al igual que las profesoras, que reconocieron que aún hoy se está tratando de aplicar éstas propuestas.

Los problemas en el Manuel Belgrano no comenzaron por los alumnos, sino por la actitud de las autoridades, pues existen constancias claras de ellos con la documental acompañada periodística, una se refiere adolescentes, alumnos y padres una del 9-4-75, afiliación compulsiva a UDA, se quiere establecer desde la Dirección un clima de delación. Otro artículo periodístico se refiere a la posición de los padres y se titula "Fijan su posición padres de alumnos del Manuel Belgrano", la cual refirió, y leyó. También relacionó el caso de la alumna tajeada. En otro nota, los alumnos exigen la renuncia de Rigatuso, y mantener un estado de asamblea permanente y se expulse a los celadores matones, responsabilizándose a la Dirección por los compañeros presente en la misma; además, de pedir la adhesión a los padres, al personal docente y no docentes, para construir la escuela popular que se anhela.

La situación de terror y de delación se da a partir de que Rigatuso es autoridad de la misma y no antes, tampoco fue provocada por los alumnos, sino se pregunta por qué antes no la hubo, éste clima fue refrendado por profesores, alumnos, se refirió al testimonio de la profesora Perna, cesanteada cuando estaba de licencia, Carrizo también habló de la situación del Colegio y hace referencia a lo mismo.

En el punto c) de la querella, no es exacto en cuanto a su contenido, el día 20 de junio los testigos dijeron que Rigatuso se oponía a entregarle la Bandera a los alumnos que le correspondían por promedio y eso era porque los consideraba revoltosos. Los alumnos decidieron que a los que le correspondía la bandera, en el Acto del día de la Bandera se lo iban a requerir a sus directores, y así lo hicieron los alumnos y si no se accediera se abuchearía. Ese fue el acto de indisciplina provocado por las Autoridades del Colegio, con la hermosa rebeldía que se tiene a esa edad.

Los alumnos fueron identificados, con un "anote ese", y ese otros, no es cierto que le aplicaron 24 amonestaciones, se le aplicaron tantas como fueran necesarias para echarlos, esto figuró en 9 casos según se desprende de la documental remitida por el Colegio y la Universidad, se confeccionó los sumarios administrativos, Rigatuso no ha probado que la Universidad le ordenara nada, si está probado que confeccionó sumarios lo hizo según dijo él, en cumplimiento de una orden superior, lo que no se comprobó (punto c) del escrito de querella).

No se acompañó en autos esta "orden superior", debiendo suponerse que solo lo era de Rigatuso, es menester agregar que nunca fueron cuestionadas por los padres de los alumnos. Los padres presentaron recursos de reposición y apelación y se bajaron de 25 a 15 las amonestaciones.-

Continuó con el análisis del escrito, y dijo que: está plagado de mentiras las que fácilmente se pudieron comprobar. En el punto d) dice el querellante, que el acto de 20 de junio estuvo rodeado por personas que portaban armas de fuego, se pregunta si Rigatuso sabía que entraban personas con armas de fuego, debía responder por ese acto y dar respuesta por ello porque era el Director. Para probar el hecho que existían personas armadas no ha sido controvertida, y todos dijeron que Pautasso, Zanón y Valdez que entraban y salían de la dirección, asi Zenón Sosa, recordó el miedo que le provocaba la Dirección y los Preceptores. El testimonio de Feigin, en el juicio Aquin de Nadra, donde fue citada como testigo el 20 de octubre de 1987, que hasta el comienzo del 75 el Colegio era estimulante y recreativo, pero con Rigatuso el clima cambió, hubo una política represiva, ella mantuvo en su despacho una entrevista desagradable, su modo de tratar fue muy brusco, se paseaba por el despacho, tenía en su mano un hoja, que le mostró, y le decía tengo una lista y vio el nombre de su hija que se lo señalo el propio Rigatuso, amenazándola de que en caso contrario esa lista iba a ser entregada a algún Organismo de Seguridad.

En 1975 recibió una citación para su hija Catalina para concurrir a la Policía Federal, su hija tenía 15 años, ella interpretó esa citación como un hecho intimidatorio y en noviembre de 75 se produce un allanamiento en su casa, por el Ejército y focalizaron la atención en el cuarto de su hija Catalina. Al igual que Jorge Goodbar en su libro "Por qué se fueron" también dijo que su hija se encontraba en la lista de Rigatuso. En el punto e) dijo que el rector convocó a los padres de los alumnos lo cual no lo probó. La característica de acusar sin dar prueba no es sólo del 75 sino que también lo hace en la querella; en el punto f) dice el querellante, que la Sra. Torres pretende alzarse contra la cosa juzgada, lo cual es inexacto por que en primer lugar que el querellante debe saber cuando hay identidad de causa e identidad de objeto procesal, en la causa Aquin de Nadra, el objeto era encontrar a los responsables de la desaparición de Jorge Nadra, por lo que este sobreseimiento no se puede aplicar porque sólo es válido para el caso de Nadra, y otras acciones por chicos desaparecidos en el Manuel Belgrano no están comprendidos en este caso. Toda sentencia es una unidad lógico jurídica, que no sólo de la parte dispositiva puede surgir el alcance de la misma, sino de toda ella, los considerandos que realiza la sentencia son parte de la misma y hacen cosa juzgada, lo que no ha querido discutir la Sra. Torres pero sí lo ha pretendido discutir el querellante, pretende desconocer los considerandos de esa sentencia los que son absolutamente claros. En la Sentencia Aquin de Nadra, en relación a la existencia de listas, dice el juez federal que esta probado que Rigatuso con el objeto de proteger la disciplina....., ellos no han venido a discutir lo que ya es cosa juzgada, ni tampoco se va a permitir que Rigatuso pretenda limpiarse de una cosa que ya esta juzgada y por lo tanto no lo puede discutir.

La existencia de listas no es sólo cosa juzgada, no sólo fueron de alumnos y profesores sino que es un hecho que era en el año 75 de dominio publico y lo es hasta hoy. Así lo demuestran los múltiples artículos periodísticos desde esa fecha. Los artículos de Adrián Bassola, "Cuando el horror tomó nombre de escuela".

Hay innumerables libros, pero ellos tomaron tres, uno de un sobreviviente de "La Perla" Gustavo y Patricia Contempome, que habían declarado así ante la Conadep Nacional, el arquitecto Rébora dijo que de acuerdo a las denuncias de la Conadep se podía decir que Rigatuso era un miembro informante de las fuerzas de seguridad. El querellante reconoce que existieron listas, pero se pregunta quien fue su autor, no sólo le dieron respuestas los alumnos de la época, sino también los libros, ejemplo el de Paoletti, "Por qué se fueron" o "Como los nazis como en Vietnan", las probanzas han quedado acreditada con los dichos de los profesores, del propio querellante y corroborada por los padres a los que se las mostró, también los alumnos como los profesores, dijeron que Rigatuso se paseaba exhibiéndolas.-

Rigatuso hizo una denuncia en el Juzgado de Menores, en un escrito presentado a Muscará, quien era Fiscal del 7mo. Turno, donde le derivan la denuncia iniciada por Rigatuso, también denunció a profesores, alumnos y ADECU, que era el gremio de los docentes, esta denuncia pasó a la Justicia Federal, por entender que los hechos estaban comprendidos en la Ley de Seguridad. Por los nombres que figuran como denunciados, es evidente que se trataba de alumnos que no comulgaban con la Dirección y fue una forma de represalia. Ha quedado probado que Sonia refiere en la nota, a un hecho que era de dominio público y lo siguió siendo. La permanente asistencia a esta Sala de diversos extractos de la opinión publica, indican que se trata de un hecho de dominio publico.

La Sra. Torres sólo relató algo que era de dominio publico, sin adicionar calificativo a la palabra delato, como por ejemplo cobardemente o falsamente, ni ningún otro calificativo. Describe un hecho que, era y es de dominio publico y es cosa juzgada que no se va a discutir: delato a celadores, profesores y alumnos, entre quienes se encuentran aquellos que debían exiliarse con la consiguiente pérdida de la intelectualidad Argentina, otros que volvieron y fueron testigos en esta audiencia, nos hablaron de aquella historia y están aquellos otros los que tienen la categoría de desaparecidos. Por esos chicos y por el inalienable derecho de la búsqueda de la verdad que le comprende a la Sra. Torres como integrante de los Derechos Humanos, a fin de evitar que esos hechos vuelvan a cometerse en el futuro. Citó la pág. 456/7, del repertorio de CIDH 1971/1995, de Fappiano-Loaizabal. Tiene un derecho de conocer la verdad y a la vez es un deber. Vale decir que las dos consignas de Sonia Torres son: no olvidar y la otra por la memoria. Concluye su alegato con las coplas el Cuchi Leguizamón.-

CONSIDERA EL SUSCRIPTO:

que el planteo de Nulidad de la acusación formulada por el Dr. Zanotti, dando como fundamento el defensor que de la simple comparación del escrito al punto 2, con lo que refiere el artículo periodístico, donde el autor Bassola, reconoció que le pertenecía el resto, pues Sonia sólo dijo lo que está entrecomillado "Son los chicos que delató Rigatuso" y que ya hubo una querella anterior contra Sonia Giselle Parodi, donde pudo haberse incurrido en error pero éste no puede sostenerse dos años después.

Estimo que dicho pedido no debe prosperar, toda vez que el único argumento esgrimido para fundar la nulidad ha sido los dichos de un testigo, lo que constituye un elemento probatorio, el que corresponde que sea valorado junto con el resto de la prueba. Además, en nuestro sistema legal, de taxatividad normativa de las nulidades, la irregularidad formal de un acto procesal sólo habilitará la declaración de su inválidez jurídica, cuando aquella obedezca a la inobservancia de exigencias impuestas para su realización por la ley y como condición de validez de los mismos. (Conf. Arocena, Gustavo "La nulidad en el proceso penal" pag. 49 y sgtes.) Por lo que el pedido de nulidad debe ser desestimado.-

Entrando de lleno en el análisis de la cuestión y teniendo en cuenta que el querellante Tránsito Rigatuso ratificó la acción penal privada ejercida contra Sonia Torres ó Torres de Parodi, por los delitos de Injurias y Calumnias previstos por los arts. 109 y 110 del C. Penal y con los elementos de convicción receptados e incorporados en el curso del debate ha quedado acreditado que en la Edición Dominical del diario "LA VOZ DEL INTERIOR" del día 21 de junio de 1998, en la página cuatro de la Sección "A", se publicó un artículo titulado "Una batalla permanente contra el tiempo y el olvido" luego de que el periodista Adrián Bassola, entrevistara a Sonia Herminia Torres, en la que se lee "Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano...... Silvina no fue la única desaparecida que tiene ese Instituto, sino que la cifra supera los diez "son los chicos que delató Rigatuso" afirma Sonia en alusión a Tránsito Rigatuso interventor del Instituto en los años previos al golpe...".

En segundo lugar, por Sentencia de 29 de octubre de 1997, el Juez Federal Gustavo Becerra Ferrer en autos "Aquin de Nadra Blanca Inés -Querella" a fs. 203/206 resuelve: I. Sobreseer total y definitivamente los presentes autos en relación a la acción instada en contra de Hugo Lafranconi y Tránsito Rigatuso, toda vez que los hechos imputados no han sido probados ni acreditada su existencia...".

Son todas circunstancias que han quedado acreditadas con la testimonial, instrumental y documental incorporada, que no fuera controvertida y a la que me remito en homenaje a la brevedad.-

Por razones metodológicas, una vez establecida la existencia material de los términos atribuídos a la querellada, como lo reconociera el periodista Bassola, deslindando qué parte le correspondió a él y cual a la hoy querellada, se debe analizar si los mismos constituyen una acción típica configurativa de alguno de los delitos protegidos por el Código Penal en el Título II, en los Delitos contra el Honor.

Por exigencia del tipo legal previsto en el art. 109 del C. Penal, - Calumnias - donde la acción típica consiste en la falsa imputación de un delito que dé lugar a una acción pública, la cual debe ser concreta, y deben establecerse las circunstancias de modo, lugar y persona de comisión en forma clara, debiendo dar lugar a una acción pública, y la calificación de una calidad, costumbre o conducta no cae bajo el ámbito del art. 109, tampoco la atribución de una conducta delictiva indeterminada. Exige la imputación de un delito, una atribución delictiva singularizada ( Ver Catucci, Silvina G. "Calumnias e Injurias" págs. 45 y sgtes.) por lo que nunca podrá atribuirse el delito de Calumnia a alguien a quien se le atribuye la calidad de "delator", no pudiéndose deducir o considerársela que quiso expresar que se trataba de "partícipe necesario del delito de Homicidio" pues como continúa expresando la autora citada, la ley establece que dicha expresión debe ser clara en cuanto al modo de efectuarla, ya que el cuño de esa frase corresponde al querellante, y no puede atribuirse a la querellada sin perjuicio de violar el principio constitucional de Inocencia y de Defensa en Juicio protegido por el art. 18 de la C.N. y los Pactos Internacionales (art. 75 inc. 22 de la C.N. y art. 8 de la "Convención Américana sobre Derechos Humanos - Pacto de San José de Costa Rica").- Por lo que la existencia del delito de Calumnias debe quedar desestimado.-

Distinta es la consideración que debe realizarse para efectuar el análisis de la configuración del tipo de la Injuria, que consiste en deshonrar o desacreditar, ya que al haberle atribuido, la Sra. Torres al querellante haber delatado a los chicos del Manuel Belgrano a las Fuerzas de Seguridad, constituyen una ofensa para el honor del querellante, pues está afectando su honor presunto. En relación a la existencia del "animus injuriandi" el delito prescripto por el art. 110 del C.P.P. no requiere una intención o propósito especial, integrándose el dolo, al igual que en cualquier otro delito, con el conocimiento y la voluntad.

Es decir, con el conocimiento de las expresiones con potencialidad lesiva utilizadas y con la voluntad de formularlas. No exigiendo la redacción actual del texto legal un particular ánimo, así la injuria reside en el propio valor deshonorante de las palabras como lo sostiene la tesis objetiva en la Doctrina, a la cual adhiero. (Cfr. Nuñez, Ricardo "Manual de Derecho Penal" Parte Especial, pág. 88 y sgtes.). Si bien ha quedado hasta aquí acreditada la existencia de una ofensa, aunque estos dichos son verdaderos, como mas adelante se verá, y son constitutivos de un delito, toda vez que el C.P. no protege el honor real de las personas, sea como ofensa a la honra (honor subjetivo) o al crédito (honor objetivo).

Por lo que considero que la ofensa inferida al Dr. Rigatuso por parte de Sonia Herminia Torres si bien constituye un hecho típico, antijurídico y culpable el mismo no es pasible de sanción por parte de la ley sustancial, toda vez que se encuentra incursa dentro las causales de justificación, las que se pueden definir como permisos concedidos para cometer en determinadas circunstancias un hecho penalmente típico, las que obedecen al principio de que, en el conflicto entre dos bienes jurídicos debe salvarse el preponderante para el derecho positivo, extrayéndose esta preponderancia teniendo en cuenta el orden jerárquico de las leyes, mediante interpretación coordinada de las reglas aplicables al caso, (Nuñez, Ricardo C. "Manual de Derecho Penal" Parte General págs. 157/9).-

Encontrándonos inmersos en la causa de justificación prevista por el art. 111 del C.P. en sus incisos 1°) y 2°), que autoriza al querellado la "exceptio veritatis, es decir la prueba de la verdad de sus expresiones, o de la existencia de la imputación atribuida, y también la defensa del interés público actual.

El que en este caso no puede ser desconocido pues a toda la sociedad de un modo u otro se encontró afectada por los hechos ocurridos en esta época tan oscura y triste de la historia Argentina. Y aún hoy existe un marcado interés social en conocer la verdad de los hechos allí ocurridos, donde perdieron la vida tantos hombres y mujeres, y que han dejado huellas profundas en la memoria de nuestro País, tanto sea por los que integraron un bando u el otro, más aún cuando todavía hay lazos que aun no se han reestablecidos y que se continúan buscando, como es el caso de las Abuelas de Plaza de Mayo, y hago votos para que la presente resolución ayude en este empeño a encontrarlos.

También estimó que la querellada actuó motivados por un interés público y, aunque no lo hubieran expresado, por el sólo hecho de intervenir funcionarios o empleados públicos existe interés público, hasta su vida privada tiene relación con el interés de la sociedad; y no ha se ha controvertido que el Dr. Rigatuso integra la clase política del País, y que ha ocupado en su larga trayectoria numerosos cargos públicos. ( Cfr. "Tratado de Derecho Penal" - Ricardo C. Núñez, T.III, pág. 101 y sig. - "Derecho Penal", Parte Especial - Carlos Fontán Balestra, pág. 114 - Rubianés pág 664/665). Como lo sostiene autorizada doctrina (Oderigo "Código Penal Comentado", pág. 150) al definir el interés público, que se refiere a la sociedad política de la que forman parte todos los ciudadanos".

Además, le asiste razón a la defensa, pues a toda la sociedad, en este caso Provincial, Nacional e Internacional, interesa desentrañar las circunstancias, causas y consecuencias de lo que se llamó Proceso Militar de Reorganización Nacional.- Por ello es que se entiende que se da aquí el supuesto previsto en el inc. 2° del art. 111, toda vez que el hecho ha dado lugar a un proceso penal, como ha quedado demostrado palmariamente con la prueba reunida en especial con los procesos judiciales ventilados en la justicia federal, en los cuales se merece mencionar en primer lugar la causa "Aquin de Nadra" originada justamente en el tema que aquí se ventila, el secuestro y la posterior desaparición de un ex alumno de la Escuela Manuel Belgrano, y donde se encontraron imputados Rigatuso y Lanfranconi, y si bien los mismos fueron sobreseídos no puede desconocerse el razonamiento utilizado por el Magistrado para desincriminarlos, y de su simple lectura se desprende la causal de sobreseimiento allí invocada, y no se desconoce que el mismo procede en múltiples supuestos, y no significa, en todos los casos, la inexistencia de los hechos.-

En dicha causa, en oportunidad de dictarse la resolución, el Dr. Becerra Ferrer se planteó tres cuestiones: a) la existencia de Nadra en el Colegio Manuel Belgrano; b) la acreditación del hecho, esto es la confección de listas conteniendo el patronímico de Nadra y por último c) la participación y responsabilidad penal en su caso, atribuíbles a Rigatuso y Lafranconi. En lo que hace al primer interrogante el Magistrado se responde afirmativamente.

Con respecto al segundo, que es lo que nos interesa por la cuestión que aquí se debate, se estableció "...En relación a la existencia de listas de alumnos y su posterior entrega a personal militar, el hecho ha quedado plenamente acreditado con los diversos testimonios rendidos,......-

De sus versiones coincidentes se desprende que el Director del colegio -Dr. Rigatuso- presionaba a los padres de alumnos e incluso a ellos mismos, con comunicar a los órganos de seguridad sobre el comportamiento de éstos, a fin de controlar el ambiente de indisciplina que se vivía en dicho establecimiento educacional. En este punto es terminante el testimonio del entonces Teniente Primero Manuel Carmelo Barceló- delegado Militar de la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano, cuando expresa "que los informes recogidos y proporcionados por el Dr. Rigatuso, le indicaron acerca de la ideología marxista...".-

Y por último el Dr. Becerra Ferrer, al referirse al punto de la autoría criminal, desincrimina a Hugo Lanfranconi pero establece: ...." Otra es la situación del Dr. Tránsito Rigatuso, pues se encuentra acreditada la confección de listados de alumnos y profesores...-

Está probado, que Rigatuso, con el propósito de restablecer la disciplina en el Instituto educacional a su cargo, formuló reproches a alumnos y a sus padres sobre el comportamiento de sus educandos, sugiriendo que de continuar en dichas actitudes se vería obligado a poner en conocimiento de dichas conductas a organismos de seguridad.-

Esta actitud, no corresponde ser calificada en su aspecto ético por el allí Suscripto, a quien solo le compete determinar la existencia o no de ilícitos....- .....Su actuación, la de confeccionar listas y entregarlas a organismos de seguridad, se encuentra probada,...." (Ver Resolución de fs. 203/206 de los autos "AQUIN DE NADRA, BLANCA INES s/ Querella).-

A lo que debe adicionarse lo probado en la causa "BELLOMO, Nori Ana Coria de c/ Universidad Nacional de Córdoba-Ordinario" que se ventilara por ante el Juzgado Federal de 1ra. Instancia N° 1 de esta Ciudad, originado a raíz de la cesantía de la actora como docente en el Colegio Manuel Belgrano.-

De la profusa prueba allí rendida, debe destacarse dos documentos, que tienen vinculación con la pregunta que aquí nos formulamos: la existencia o no de ese listado y luego su posterior entrega a las autoridades militares, con las consabidas consecuencias. Así a fs. 103, el Cnel. Jefe de Inteligencia Cesar Emilio Anadón, informa con fecha 25 de febrero de 1977, al Delegado Interventor de la Universidad Nacional de Córdoba, Comodoro Pierrestegui, en el que expresa: " conforme al requerimiento formulado en forma verbal y relacionado con la Profesora Nori Ana Coria de Bellomo, quien fuera cesanteada en Abr 76 de su cargo de Profesora de Ciencias Naturales del Colegio Nacional "Manuel Belgrano" de esta ciudad, en aplicación de la Ley de Seguridad, informó al Sr. Delegado Interventor, lo siguiente: ....que conforme a investigaciones realizadas por este Destacamento de Inteligencia recientemente, dieron como resultado que la nombrada profesora no desarrolló ni desarrolla actividades políticas de ninguna índole.-

Que su cesantía se produjo como consecuencias de informaciones producidas por las autoridades del mencionado colegio anteriores al 24 de Marzo de 76, las cuales han sido desvirtuadas por recientes investigaciones".- Y a su vez, el Capitán Manuel Carmelo Barceló, en oportunidad de rendir testimonio a fs.179/180, expresó al responder a la posición décima: " que los informes recogidos y proporcionados por el Dr. Rigatuso le indicaron acerca de la ideología marxista de la Sra. Bellome,.....".-

En el mismo sentido es ilustrativo ver la Sentencia del Dr. Miguel Ángel Puga de fs. 229/237.-

Y si bien se pretendió limitar la cosa juzgada exclusivamente a la parte resolutiva de la resolución estimó que ello no es así y constituye un método interpretativo erróneo toda vez que la sentencia es una unidad lógico jurídica, así lo ha entendido en numerosos fallos el Excmo. T.S.J., SALA PENAL, "Díaz", A. nº 159, 29/4/99; "Arce", A. nº 177, 13/5/99; "Vargas", A. nº 179, 18/5/99; "Milano", A. nº 308, 24/8/99; "Vicente", S. nº 103, 26/8/99; "Forasieppi", A. nº 365, 8/10/99, que no sólo de la parte dispositiva puede surgir el alcance de la misma, sino de toda ella, los razonamientos dados para arribar a una conclusión son parte integrante de la misma y hacen cosa juzgada, mal que le pese al querellante. Por

lo que no que queda duda que las manifestaciones de los perseguidos son absolutamente coincidentes con los de los perseguidores, por lo que para el Suscripto no queda duda alguna de su existencia y posterior entrega a personal militar.- Como ya se ha visto la acusada de Injurias estaba autorizada legítimamente a probar la verdad de su imputación, y es indudable que con toda la prueba colectada que la verdad surgió, no solo con los pronunciamientos judiciales ya reseñados, sino también con las extensas testimoniales rendidas en el curso del debate.

Así, fueron contestes en manifestar: testigos ofrecidos por la parte querellante Adrián Bassola quien fuera ofrecido por el querellante y luego fuera impugnado por él, reconoció el artículo periodístico base de la presente.- Gruspan dijo que "esa es una etapa de su vida muy amarga que se la quiso guardar, fueron procedimientos irresponsables, él no esta en condiciones de decir si hubo o no hubo listas o qué paso allí, no tiene elementos para hablar....- Flores expresó que ".....no tiene conocimiento que el Rigatuso haya pasado una lista de esa naturaleza y como lo conoce al Dr. Rigatuso se resiste a creer que haya participado en semejante lista".- Ficetti expresó que "....la existencia de listas, las conoció después de aquella época, esas lista surgen a raíz de una investigación que hace la intervención militar, eran lista de docentes, antes de la intervención militar no sabe si hubo listas...". Anadón quien dijo en referencia a la nota obrante a los autos Coria de Bellomo; ".....fue confeccionada en base a un pedido, él no tenía conocimiento de antes del año 77, el informa en base a lo que él averigua, el afirma que la cesantía de la profesora surge a raíz de las informaciones anteriores al 24 de marzo de 76, que existían en el Colegio a esa fecha, e informa también que en el 77 la profesora no realizaba actividades políticas no puede dar fe antes del 76 salvo que le hayan mandado algún documento, sino que el informa sobre lo que averigua en su período. En su respuesta manifiesta que no desarrolló ni desarrolla actividades políticas, interpreta que hubo un error de su parte, por que no puede decir lo que no sabe porque no estaba. Entonces habrán obrado antecedentes en el destacamento....".-

Es decir que si bien comparecen y expresan que no lo saben eso no puede tomarse como presunción de su inexistencia, pues ello no esta autorizado por el principio "in dubio pro reo".-

Por otro lado los testigos de la querellada, cuyos dichos impresionaron como verosímiles, si bien a algunos fueron cuestionados el Dr. Arbonés, no encuentro motivo para presumir que no expresaran la verdad. Tanto que quedó manifestado en el curso de la Audiencia, que el testimonio que no le resultaba conveniente a sus intereses fue impugnado por el Dr. Arbonés.

Así Ensabella dijo que "......la mayoría de los compañeros desaparecidos fueron secuestrados entre el 6/8 de junio del 76, eso le hace presumir que se manejaban algunas listas por eso en tan corto tiempo los hacen desaparecer.......él nunca pudo leer esas listas. ....... cuando comenzaron a citar a los padres, les decían que los chicos tenían determinada filiación política........cuando declara ante el juez federal él presento listas, que fueron las elaboradas por los Organismos de los Derechos Humanos que es la que obra a fs. 93, 94 y 95 de los autos "Aquin de Nadra".

Por su parte Lilians Romero, madre de un alumno, al contar una entrevista con Rigatuso, relato que ".... Él le dijo que tenia una nómina de nombres de estudiantes del colegio entre los cuales les señaló el nombre de su hijo, caminaba y gesticulaba, en una actitud soberbia e intimidatoria, ella vio varios nombres y vio escrito a máquina el nombre de su hijo, le dijo que tenían reuniones subversivas en un lugar de calle Rondeau y, algo que la sorprendió mucho, en su propio domicilio lo cual le asombró y se lo negó. Le dijo que lo iba a entregar lista a los de la SIDE del Tercer Cuerpo.

Que previo a su ingreso al despacho del director, había varias señoras con las que converso. Cuando entra sale una madre que ella conocía, era la Sra. Feigin de Roca, que estaba bastante enojada, por lo que le había dicho.... sabe que estas listas a que hizo referencia fue entregada a las autoridades militares, por que Rigatuso se lo dijo, en la declaración en la causa Aquin de Nadra a fs. 169, del 2 de septiembre del 86.

A ella le consta que la lista fue entregada, porque Rigatuso se lo afirmó, y ella las vio, y además por todos los jóvenes desaparecidos, lo que es de dominio público".

Orosz expresó que "...Estaba Rigatuso, junto con otra persona que tenía una papel en que anotaba a quienes hablaban..., y le dice a Rigatuso, espero que esta vez no me expulse y ve que el era el primero en la lista ..."

Barraco Díaz dijo que "....Escuchó comentarios sobre la existencia de listas de alumnos, el no las vio, sabe que existían listas porque permanentemente se les amenazaban con ellas....Después del golpe militar se los convoca al frente de la Dirección, el teniente Barceló, leyó una lista de nombres, a algunos se los expulsa de la escuela por razones de seguridad de estado..."

Aguiar de Zapiola refirió que "....entre los docentes el tema de las listas era permanente motivo de conversaciones, existían listas secretas que ella nunca vio, y no eran firmados o de circulación pública se los amenazaba con ellas..."

Rocha "nunca vio listas....tuvo conocimiento de ellas porque algunos amigos de lo dijeron, porque le sugirieron que se fuera o que protegiera por la existencias de esas listas...Con respecto a si Rigatuso delató a alguien directamente no le consta, conoce de las reuniones de los padres, y conoce por terceras personas que le dijeron que tuvieran cuidado porque existían listas...."

Rébora quien relató su experiencia a raíz de lo investigado por la Conadep ".....Cuando comparecieron varios testigos, hubo muchos, que dijeron que el Director de la escuela informó a las fuerzas de seguridad sobre las actividades, y dedujo que colaboraba con los servicios de represión o era un miembro informante a los servicios de información no cree que esa función de informar se encuentre entre las obligaciones de un educador, jamás por la vía de delación, puede aconsejar y acompañar, pero no delatar. La coincidencia de los testimonios y la calidad de los testigos le llevaron a la convicción que dentro del Manuel Belgrano había un servicio de información como existía en otros lugares universitarios, eso ocurrió en la época del llamado "proceso" que gobernó el país.

Mercado dijo "que el Dr. Barraco Aguirre también relataba el episodio de la confección de listas por parte de Rigatuso al personal militar o de inteligencia... Ella tuvo conocimiento de la existencia de listas, después del 84 y de esa conferencia prensa el día de la entrega del informe al gobernador, responsabilizan al Dr. Rigatuso por la entrega de listas.-... Torres repite lo que del 84 se venía diciendo. Esas listas ella no la vio. Según lo que ella sabe lo sabe por la Conadep, fue público y publicitado en los medios de difusión la atribución al Dr. Rigatuso de esa conducta"

Perna manifestó "...ella no conoció al gobierno militar, no tuvo oportunidad de conocer la autoridades, la información fue dada por Rigatuso por que ella no estaba en el colegio, deduce que fue información que salió de la escuela en el año 75, porque en el 76 no estuvo. Ella fue reincorporada con la democracia. Fueron dejados cesantes colegas celadores y profesores...".

Zapiola que dijo "...Existían listas de profesores y alumnos que Rigatuso habría facilitado a fuerzas de seguridad. El fue el abogado de Noris Coria de Bellomo, él inició el juicio en contra de la Universidad y de la Provincia, en esa causa hay dos elementos fundamentales, un informe del Coronel César Emilio Anadón, que era el jefe de inteligencia del 3er. Cuerpo de Ejercito en la nota que le contesta a Pierrestegui "en una nueva investigación han quedado desvirtuados los antecedentes marxistas de Bellomo que fueron dadas por las autoridades del colegio anteriores al 24 de marzo de 1976" El nunca vio una lista, si oyó, fue testigo presencial de los dichos en el juicio. Cuando él declara en Nadra recuerda que ahí había informes que estaban en el Gobierno de la Provincia, al poco tiempo le mandan un sobre de los informes existentes en la Provincia que están unidos a lo ocurrido en el Belgrano".-

Este documento es reconocido en juicio en los Tribunales Federales, en cuanto a su autenticidad en su firma y en su contenido. La declaración del Capitán Barceló en el mismo juicio dice expresamente que quien dio los antecedentes fue Rigatuso lo que es concordante con lo que dice Anadón........ El fallo del Dr. Becerra Ferrer en el juicio Nadra, da por sentado la existencia de las listas de los chicos y los docentes...... El nunca vio una lista, si oyó, fue testigo presencial de los dichos en el juicio. Cuando él declara en Nadra recuerda que ahí había informes que estaban en el Gobierno de la Provincia, al poco tiempo le mandan un sobre de los informes existentes en la Provincia que están unidos a lo ocurrido en el Belgrano..."

Avila en un patético testimonio dijo que "...sabe que 20 padres estuvieron citados a la Policía Federal, fue su esposa, la reprendieron a ella y la intimidaron para que su hijo no participara en ninguna actividad del colegio, bajo apercibimiento de que los iban a detener y meter presos, las sanciones fueron disminuidas y pudieron continuar las actividades del colegio.

Varios padres que fueron citados a la Policía Federal, recuerda entre ellos al Dr. Checchi, quien era médico, Dr. Goodbar y a él, pidieron una entrevista con el jefe de 3er. Cuerpo con Tte. Gral. Laroca logran la audiencia, le informan qué había ocurrido en el Colegio, el Gral. Elía Laroca se indignó y dijo palabras que no puede reproducir y dijo que si no sabía que una vez que un nombre de alumno ingresaba en el registro de la Policia Federal lo que les iba a pasar...".- De todo lo expuesto se debe dar por cierto la existencia de esas listas y que las mismas fueron remitidas por Rigatuso a los Servicios de Seguridad, toda vez que según las expresiones de los testigos ya reseñadas, fueron citados por él como padres de los alumnos, y tenía una lista en la mano y les efectuaba la advertencia de mandar esas listas a los servicios de seguridad, y luego se da la coincidencia de la persecución y posterior desaparición de estos alumnos.-

Además es de público conocimiento que las denuncias en ese período no se hacían en forma oficial sino que se había institucionalizado la cobardía y la delación, el "no te metás" y "por algo será", el secreto y el miedo como conducta social, y la consecuente pérdida de los derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional, donde en nombre de la Salvación de la Patria y de sus valores occidentales y cristianos se cometieron horrorosos crímenes, inspirada por las Autoridades democráticas de la época, primero, continuada y llevada a su apogeo con las Autoridades Militares. (Cfr. "Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, S. 9-12-85, en autos "VIDELA, JORGE RAFAEL Y OTROS").-

Todo ello permite tener por cierto la existencia de estas listas, lo que se agrega a lo que ya es cosa juzgada en la justicia Federal.-

En sintesís: de las consideraciones efectuadas precedentemente, ha quedado acreditado con el grado de certeza requerido en esta etapa del proceso, que las listas existieron, que fueron confeccionadas por Rigatuso, y que llegaron a las Fuerzas de Seguridad, por lo que ha existido y existe, un interés público actual que admite la prueba de la verdad y que lo que se manifestó dio lugar a por los menos, un proceso judicial, y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 111 inc. 1º y 2 del C. Penal y en consecuencia corresponde absolver a la querellada Sonia Herminia Torres.-

A los fines de dar cumplimiento al art. 413 del C.P.P., a contrario sensu, ha quedado acreditados en autos el siguiente hecho: " En la edición dominical de LA VOZ DEL INTERIOR, del 21 de JUNIO de 1998, en la pág. 4 de la Sección "A", firmada por el periodista Adrián Bassola "la búsqueda de los bebés robados por la dictadura "UNA BATALLA PERMANENTE CONTRA EL TIEMPO Y EL OLVIDO", en la que, se entrevista a Sonia Herminia Torres, quien perdió a su hija Silvina Parodi embarazada y a su yerno, expresando en una parte de la nota, Bassola: " Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano, Silvina no fue la única desaparecida que tiene ese instituto. Si no que la cifra supera los 10. Afirmando Torres que "son los chicos que delató Rigatuso", continúa Bassola en alusión a Tránsito Rigatuso, interventor del instituto en los años previos al golpe."

Respecto a las costas, deben ser impuestas al querellante según lo prescribe los arts. 550 y 551 C. P. P.

Si bien el Dr. Arbonés solicitó que las costas se impongan por el orden causado, toda vez que se estaba frente a un juicio de honor y por su parte la querellada solicitó por el contrario la imposición de las mismas a cargo del querellante porque no iban a permitir que Rigatuso lavara su honor con la Sra. Torres y por que el agravio que se le ha inferido a Torres con esta querella es superior al infringido por el Dr. Rigatuso.

Estimo le asiste razón a los defensores de Torres, quienes actuaron con gran solvencia profesional, toda vez que el querellante no expresó cuál hubiera sido la razón plausible para litigar, única razón, que le hubiera posibilitado la eximición de costas ( art. 551 del C.P.P.).-

Corresponde hacer lugar al pedido de publicación solicitado por los defensores, en virtud de lo dispuesto por el art. 441 del C. P. P., el que en su parte final expresa: "...En el juicio por calumnias o injurias podrá ordenarse a petición de parte, la publicación de la sentencia a costa del vencido" la que será a cargo de Transito Rigatuso y se deberá efectuar en el diario "La Voz del Interior" ya que el articulo que da base a la presente se publico allí, debiendo ser la publicación en el mismo diario en similar día y sección al mencionado artículo, en el plazo de treinta días a partir de que quede firme la presente sentencia.-

Así respondo a la primera cuestión propuesta. Atento la solución arribada al responder a la cuestión anterior resulta abstracto tratar la segunda y la tercera cuestión propuesta.

A los fines de la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes, por sus trabajos en la causa, el Dr. Arbonés solicitó que los mismos se difieran para la oportunidad de la ejecución de la Sentencia, pero conforme lo dispuesto por el art. 25 del Código Arancelario para Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba, Ley 8226, que ordena a los Tribunales, regular los honorarios a petición de parte o en todos los casos, a la contraria de la condenada en costas; y el art. 29, inc. 4° del mismo Cuerpo Legal establece que cuando no exista base económica ni valores de referencia el juez debe estimar la posible base a los fines de la regulación.

Por lo que corresponde regular los honorarios de los referidos profesionales, para lo cual estimo la base, teniendo en cuenta los reclamos y lo que se ha mandado a pagar en casos similares por Daño Moral, que sería el único rubro susceptible de una acción civil en un proceso de esta naturaleza, por lo que prudencialmente lo estimo en la suma de Pesos Veinte mil ($ 20.000.-), sin que implique fijar criterio, sino que simplemente se trata de una estimación a los fines señalados y luego de aplicar la escala prevista en el art. 34, establezco los de los Dres. Elvio Omar ZANOTTI y Maria Teresa SANCHEZ, por la defensa de la querellada, en la suma de Pesos Cuatro Mil ( $ 4.000.- ) en conjunto y proporción de ley, y los del Dr. Mariano ARBONES, como patrocinante del querellante, tomando como base el veinte por ciento del monto estimado, se establecen en la suma de Pesos Ochocientos ( $ 800.-), (arts. 25, 29, 34, 36, 86, 88 y cc. de la Ley 8226 ) Por lo expuesto y normas legales citadas,

RESUELVO:

I) Absolver a SONIA HERMINIA TORRES ó TORRES DE PARODI de condiciones personales ya relacionadas, de los delitos de INJURIAS Y CALUMNIAS que le atribuía el querellante TRANSITO RIGATUSO, con costas (arts. 110, 111 inc. 1º y 2° del C. P. y 550 y 551 y cc. del C. P. P.).

II) Ordenar la publicación de la presente resolución, en el plazo de treinta días a partir de que quede firme la misma, y en el diario "La Voz del Interior" debiendo ser en similar día y sección al artículo que da base a la presente, a costa del Dr. Tránsito Rigatuso (art. 441 C. P. P. ).

III) Regular los honorarios profesionales de los Dres. ELVIO RAUL ZANNOTTI y MARIA TERESA SANCHEZ, por la defensa de la querellada, en la suma de Pesos Cuatro Mil ( $ 4.000.- ) en conjunto y proporción de ley, y los del Dr. MARIANO ARBONES, como apoderado del querellante, en la suma de Pesos Setecientos ( $ 700.-) (arts. 24, 25, 36, 86, 88 y cc. de la Ley 8226 )

PROTOCOLICESE Y COMUNIQUESE.-
Ante mi:

DDHH en Argentina

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