Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones Online
Derechos | Equipo Nizkor       

05jun13


Un fallo de la Corte Suprema argentina permitirá a Chevron e YPF avanzar en Vaca Muerta


El fallo de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el embargo que la justicia civil trabó contra Chevron Argentina en una causa que tramita Ecuador contra la casa matriz de la petrolera.

"La decisión de la Corte Suprema de Justicia confirma que la orden de embargo de Ecuador nunca debió haber sido ejecutada en la Argentina", señaló hoy Chevron Argentina -tras conocer el fallo- en un comunicado al que accedió Télam.

La empresa ratificó su decisión de operar en la Argentina donde tiene un acuerdo con YPF para explorar "of shale" en el bloque Vaca Muerta, en la provincia de Neuquén, al expresar que "Chevron Argentina va a continuar trabajando intensamente en el país para ayudarlo en su objetivo (el del Gobierno nacional) de lograr la independencia energética"

En mayo, el presidente de Chevron para América Latina y África, Alí Moshiri, en su paso por Buenos Aires firmó un acuerdo con el titular de YPF, Miguel Galuccio, para el desarrollo de recursos de hidrocarburos no convencionales en el bloque Vaca Muerta.

Para cumplir con ese objetivo Chevron comprometió una inversión inicial de hasta 1.500 millones de dólares, y la firma del acuerdo definitivo que se refrendará en julio.

Este fallo es fundamental para YPF que necesita inversiones millonarias para poder desarrollar shale gas, una "cruzada" que emprendió Galuccio para conseguir nuevos capitales.

En su comunicado Chevron también destacó hoy que "esta decisión -de la Corte- coincide en un todo con la reciente opinión vertida por la Procuración General de la Nación", a cargo de Alejandra Gils Carbó.

La Procuración consideró la semana pasada que hubo "afectación de principios que integran el orden público internacional argentino (artículos 17 y 18 de la Constitución nacional), circunstancia que obsta al cumplimiento de la carta rogatoria".

En el fallo conocido ayer, que incluyó la firma de todos los ministros de la Corte, el máximo tribunal entendió que "la decisión tomada por la justicia del Ecuador de imponer medidas cautelares sobre los bienes de las sociedades demandadas, en razón de haberse decretado, sin audiencia previa, las ha privado de este derecho".

La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia del juez de primera instancia Adrián Elcuj Miranda, titular del Juzgado Nacional Civil 61.

Elcuj Miranda hizo lugar a un pedido de la Justicia ecuatoriana y dispuso el embargo sobre acciones, dividendos y el 40 por ciento de los futuros depósitos bancarios de Chevron Argentina, con lo que paralizaba la actividad de la empresa.

La Cámara entonces convalidó el embargo dispuesto por el juzgado de primera instancia contra los activos de la petrolera Chevron en la Argentina, bajo el amparo de un Tratado Internacional.

Esta causa se inició por la acción de un grupo de abogados estadounidenses que hizo una presentación en 1993 reclamando una "Acción de clase" a favor de 30.000 residentes de la región de la Amazonia ecuatoriana, presuntamente afectados por cuestiones ambientales relacionadas con la explotación de hidrocarburos.

Estos iniciaron un juicio contra la petrolera Texaco, que cesó su actividad en Ecuador en 1992 y que Chevron compró en 2001, por lo que en base a esta temporalidad, entre otras cuestiones, esta última sostiene que no tiene nada que ver con ese reclamo.

Por lo tanto y de conformidad con lo dictaminado por la procuradora Gils Carbó, el máximo tribunal hizo lugar a la queja -de Chevron Argentina- por entender que la continuidad de las medidas debían tramitarse en la jurisdicción de origen, es decir, en Ecuador.

[Fuente: Telam, Agencia oficial, Bs As, 05jun13]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Argentina
small logoThis document has been published on 17Jun13 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.