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05sep08
Los Generales Bussi y Menéndez son condenados por la comisión de crímenes contra la humanidad
Juicio histórico. Los vocales del Tribunal Oral recordaron que en el país rigió un plan destinado a afectar la vida y la integridad física de algunas personas. Los magistrados calificaron de fantasiosa la tesis de que el ex senador fue secuestrado por segunda vez cuando iba a ser liberado.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal fue contundente: los vejámenes que sufrió el ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse fueron la expresión de un plan sistemático desplegado tras el golpe de Estado de 1976, que tenía por objeto afectar la vida, la libertad y la integridad física -entre otros delitos- de las personas, a partir de listas que se confeccionaban con el conocimiento de los militares retirados Antonio Bussi y Luciano Benjamín Menéndez. Pese a que todos los hechos ilícitos fueron calificados de lesa humanidad, los magistrados Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Josefina Curi consideraron que no se había tipificado la figura del genocidio.
La última audiencia del histórico juicio comenzó pasadas las 11 y se prolongó hasta las 19.40, aunque hubo algunas interrupciones para permitir especialmente que descansara Casas, el vocal encargado de leer los fundamentos de la sentencia por la cual Bussi y Menéndez fueron condenados a prisión perpetua. El pronunciamiento quedó plasmado en 146 fojas.
En la primera parte del fallo, que podrá ser recurrido por las partes dentro de los próximos 10 días hábiles, los jueces justificaron por qué concluyeron que cuatro testigos deben ser investigados penalmente (ver página 7). Luego aseveraron que estaba acreditado que Vargas Aignasse fue detenido-secuestrado la madrugada del golpe de Estado y luego fue alojado en la cárcel de Villa Urquiza hasta que el 5 de abril fue sometido a "un viaje a la desaparición".
Los magistrados calificaron de fantasiosa la tesis que habían sostenido los defensores de ambos militares retirados, Amalina Assaf (por Bussi) y Horacio Guerineau (por Menéndez), que estuvieron presentes en la sala. Según estos, el 5 de abril, cuando Vargas Aignasse era trasladado hacia su casa en un vehículo del penal, supuestamente para ser liberado, fue secuestrado por organizaciones guerrilleras.
Los jueces insistieron: "toda la versión se constituyó como un relato falso que ni la mente más cándida o inocente podría tolerar. Nunca se trasladaba a los presos de noche y jamás a su casa; menos aún en un vehículo oficial. Nunca un preso les fue secuestrado a los que detentaban el poder en Tucumán. Los únicos que conocían la supuesta libertad y el viaje consecuente eran los subordinados de Bussi".
Regreso a Córdoba
Poca gente asistió a la audiencia y ni siquiera estuvieron en la sala los imputados, que permanecieron en una contigua. Hoy, a las 8.30, Menéndez será trasladado a la cárcel de Bower, Córdoba, donde también fue condenado a prisión perpetua. Mientras tanto, hasta que la sentencia no quede firme, Bussi seguirá bajo detención domiciliaria en un country de Yerba Buena, aunque el fiscal general Alfredo Terraf anticipó que solicitará que se modifique esto para que el ex gobernador sea alojado en el penal de Villa Urquiza.
Los magistrados recurrieron a la misma tesis que ensayó el jurista alemán Claus Roxin para atribuir responsabilidad a los jerarcas nazis, con el fin de concluir que, como autores mediatos, Bussi y Menéndez habían tenido el dominio de todo lo que ocurría en Tucumán. "Decidieron el secuestro de Vargas Aignasse en su domicilio, el terror por medio de torturas y la posterior muerte que tuvo sin asignarle especial significación al hecho de que quienes iban a cumplir los distintos tramos de las órdenes (es decir, los ejecutores materiales) fueran efectivos policiales, guardiacárceles o militares", explicaron.
El tribunal también recordó que, en la época en que fueron cometidos los hechos ilícitos imputados a los militares retirados, "existía un ordenamiento normativo imperativo que reprimía los delitos de lesa humanidad". "Ha quedado fehacientemente probado que los delitos cometidos contra Vargas Aignasse (violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, torturas, homicidio, asociación ilícita) fueron perpetrados en el marco de un ataque generalizado y sistemático, llevado adelante desde el aparato estatal contra la población civil, con una práctica de desaparición forzada de personas. Estos elementos, la sistematicidad y la generalidad, caracterizan a la lesa humanidad", aseveraron los jueces.
No obstante, los magistrados precisaron que no correspondía subsumir los hechos sufridos por el ex senador bajo la calificación de genocidio, figura reservada para cuando la acción está destinada a destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. "No había dos nacionalidades, la de los golpistas y la de los perseguidos por el gobierno de facto", ironizaron. Esta precisión técnica, sin embargo, no impidió que, cuando terminó la lectura de la sentencia, la mayoría de los presentes gritara "Bussi genocida", entre otras cosas.
[Fuente: La Gaceta, Tucumán, 05sep08]
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